Revista El Pacto

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esde los albores de nuestro naciente Estado, autodeterminación e independencia representan ideales que se han podido concretar, aunque caminando por una sinuosa vía desde Cádiz en 1810 hasta Querétaro en 1917. En función de éstos, pensadores mexicanos de avanzada incluyeron en el Acta Constitutiva de la Federación y en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos un pacto que ligara sin someter ni perder las identidades regionales. Esta liga consensual, voluntaria, coordinada y articulada fue diseñada como estrategia política para organizar al Estado y generar desarrollo en todos los ámbitos de nuestro multicultural y diverso territorio. Hoy, a 192 años de nuestra primera norma rectora como país soberano, a 159 de nuestra segunda gran reforma constitucional, y a casi cien de la gesta revolucionaria que reivindicó aquellas aspiraciones e incorporó al texto de nuestra actual Carta Magna en 1917, justo es que quienes vivimos este presente lleno de libertades y posibilidades de desarrollo, realicemos una muestra de agradecimiento a quienes lo hicieron posible, desde la tribuna o derramando su sangre en los campos de batalla. Hay que traer al presente la semilla ideológica sembrada por el padre Huerta, que germinó con todo su esplendor en las mentes brillantes de Prisciliano Sánchez, Valentín Gómez Farías y de José Miguel Ramos Arispe, quienes formaron una valiosa generación de liberales que abrevaron en el enciclopedismo, que se reprodujo en la Reforma, en que la estirpe ilustrada de jaliscienses fue enriquecida con las aportaciones de Otero, para continuar multiplicándose hasta 1917, cuando culmina la obra de los federalistas de Jalisco concebida en las aulas del seminario tridentino de la Nueva Galicia. Es así que el movimiento social de 1910 refuerza a nuestro federalismo como la estrategia apropiada para retomar el camino del desarrollo social, político y económico, incorporando la libertad y la autonomía de los municipios al texto constitucional, que desde aquel momento pasaron a ser agentes importantes del progreso regional y político, evolucionando a su vez el país hacia formas cada vez más acabadas de la representación política democrática. En todo este trayecto los mexicanos somos afortunados de tener una fuente inagotable de liberales, que han impedido la pérdida del rumbo fijado por los próceres que se reunieron en Apatzingán, en el templo de San Pedro y San Pablo, en Palacio Nacional y en el Teatro Iturbide. Justo es también tener presente testimonios tan importantes como el Contrato de Asociación para la República de los Estados Unidos del Anáhuac, de El Pacto Federal de Anáhuac, del Acta de Creación del Estado Libre y Soberano de Jalisco, que precedió al Acta Constitutiva de la Federación, el Acta Constitutiva y de Reformas de 1847, y los acalorados debates en los constituyentes de 1857 y de 1917. Como también lo es recordar la huella documental de los actores federalistas de nuestros tiempos contemporáneos y el trabajo investigativo de los estudiosos apasionados de la verdad. Sirva este número como reconocimiento para todos ellos y su obra, a unos meses de celebrar el centenario de la promulgación de nuestra Carta Magna y de la particular de nuestro estado. Invitamos a participar al público en general con un texto que sea objetivo, no exceda las 2 mil 500 palabras (incluyendo pies de página, bibliografía y cuadros) y sea enviado al correo: inaotalt@hotmail.com a mediados de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año. Adicionalmente comunicamos que el Instituto Nacional de Derechos de Autor (INDAUTOR) ha tenido a bien autorizar para nuestra revista EL PACTO el Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas (ISSN). J u n i o 2 0 16


Revista de información, Divulgación y Análisis del Federalismo Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” CONSEJO EDITORIAL Mtro. José Joaquín Osorio Goicoechea Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente Mtra. María de Lourdes Cabezas Muñiz Universidad Autónoma de Guadalajara Dr. Arturo Martínez Sánchez Universidad del Valle de Atemajac Dr. Daniel Peralta Cabrera Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Campus Guadalajara Dr. Edmundo Romero Martínez Universidad Panamericana Dra. Edith Roque Huerta Universidad de Guadalajara Dr. Roberto Arias de la Mora El Colegio de Jalisco Lic. José Gorgonio Ponce Rodríguez Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado de Jalisco Mtra. Magdalena González Casillas Premio Jalisco de Literatura 2014 y ciudadana distinguida Dr. José de Jesus Covarrubias Dueñas Experto constitucionalista Lic. Xavier Garabito Tovar Ciudadano distinguido Lic. Paulina Carvajal de Barragán Ciudadana distinguida Profesor Ernesto Hernández Ruvalcaba SNTE Sección 16 Lic. Pedro Vargas Ávalos Asociación de Cronistas Municipales del Estado de Jalisco A.C. , Año 5, N°18, junio 2016, es una publicación trimestral

Editada y publicada por el Instituto de Estudios del Federalismo Domicilio de la publicación: Juan Álvarez N° 2440 Colonia, L adrón de Guevara, C.P. 44600, Municipio de Guadalajara, Jalisco. http://www.ief.jalisco.gob.mx Correo: institutofederalismo@jalisco.gob.mx Editor responsable: Francisco Javier Jiménez Campos Arte y diseño: José Luis López González Corrector de estilo: Fanny Enrigue L ancaster Jones Número de Certificado de Reserva otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor: 04-2014-102414264000-102 Número de Certificado de Licitud de Título y de Contenido: 16040 ISSN 2395-924X Teléfono: 01 (33) 30 30 18 00 Opción 1 y E xt. 50200 Impreso en: Impresos R evolución 2000 S.A. de C.V. Calle Libertad N°19 Colonia Centro C.P. 44100, Municipio de Guadalajara, Jalisco. Este Número se terminó de imprimir en el mes de juniol de 2016, con un tiraje de 200 ejemplares. Los artículos firmados se consideran responsabilidad exclusiva de su autor y no necesariamente coinciden con los puntos de vista del IEF. Se autoriza la reproducción parcial o total de los trabajos que aparecen en esta revista, siempre que se cite su procedencia y se envíe a este Instituto un ejemplar de la publicación en que éstos sean reproducidos. El material tomado de otras fuentes no puede reproducirse sin autorización. Toda solicitud al respecto deberá enviarse directamente a las fuentes respectivas.


Índice Centenarios constitucionales Jalisco, cuna del Constitucionalismo Federal en México JOSÉ DE JESÚS COVARRUBIAS DUEÑAS

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo

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El poder Constituyente de 1917

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La Entrevista

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Municipios transparentes

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La Primera Constitución de Jalisco ARCHIVO HISTÓRICO DE JALISCO

La Convocatoria para elegir diputados ROXANA PAOLA MIRANDA TORRES

Reflexiones de un Federalista Jalisciense / Guillermo augusto cosío vidaurri JOSÉ DE JESÚS COVARRUBIAS DUEÑAS

Jalisco Transparente Guillermo Muñóz Franco

Federalismo Mexicano El debate teórico en torno a la representación política democrática en el Federalismo mexicano KRISTYAN LUIS NAVARRO Documentos Históricos El Pacto Federal de Anáhuac IEFE

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De Nuestra Biblioteca

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Constituyentes Jaliscienses de 1917

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Información Básica Político Electoral Municipal

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El Gallinero de la Revolución MAURICIO BERUBEN SANTANA

Sebastián Allende Rojas y Rodríguez: El Radical MAURICIO BERUBEN SANTANA

Atenguillo / Atotonilco el Alto FRANCISCO JIMÉNEZ

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Centenarios Constitucionales

Por: José de Jesús Covarrubias Dueñas*

Jalisco,cuna del Constitucionalismo

federal en México

* Director General del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”.

I. El Constitucionalismo La idea de la Constitución es muy antigua y su evolución histórica es polisémica; ya se usaba por los griegos, por los romanos, en la Edad Media, en los fueros y cartas magnas, dentro de las instituciones religiosas y en la creación dello stato, como ente político (Cfr. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: El Paradigma de la Constitución, Porrúa, tercera edición, México, 2010. Obra Conmemorativa del Centenario de la Revolución de México de 1910). A partir de dicha evolución mediterránea, eurocéntrica o de la cultura occidental, se comienza a secularizar la idea del Estado, se retoman ideas de Platón, particularmente de sus diálogos Del Reinado o del Gobernante (El Político) y de La República o de lo Justo, de manera principal; igualmente de aquellas que Aristóteles plasmó en la Política. Después viene Marsilio de Padua y Maquiavelo con Discorsi sopra la prima deca di Tito Livio, con el ánimo de separar el Estado de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana; posteriormente Hobbes en el Leviathan se pronuncia en el mismo sentido, y Locke con su Two Treatises of Government, en el cual se establecen las bases de la Monarquía Parlamentaria, evolución a partir de la Magna Carta, The Petition of Rights and The Bill of Rights, de manera principal (Cfr. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Los Derechos Planetarios, Porrúa, México, 2011). Al hilo de lo anterior, Rousseau redactó El Contrato Social o Principios de Derecho Político. Las obras mencionadas se conjuntan con el planteamiento expresado en Del Espíritu de las Leyes, de Montesquieu, en donde existe una idea muy importante en el sentido de que para legislar, se deben tomar en cuenta todas las condiciones políticas, económicas, sociales, costumbres y demás factores, hasta el clima, con lo cual, se comenzó a gestar, desarrollar y ahora a consolidar, la idea de la Nomología; dentro de nuestras latitudes mexicanas, ésta

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EL PACTO resulta muy importante para desarrollar nuestras propias instituciones a partir de las condiciones específicas de nuestras circunstancias (Cfr. Covarrubias Flores, Rafael: La Sociología Jurídica en México. Primera aproximación, Universidad de Guadalajara, segunda edición, México, 1998).

II. El Federalismo Las ideas precedentes fueron el epítome de The Federalist, con los debates y aportaciones de Jefferson, Madison, Jay y Hamilton, con los cuales se comienza el diseño de la primera República Federal en el planeta: los Estados Unidos de América, cuyo inicio se remonta al 17 de septiembre de 1787, con el precedente de la Constitución de Virginia. Poco después irrumpió la Revolución Francesa, en julio de 1789, y el 26 de agosto de ese mismo año se realizó La Déclaration des Droits de l´Homme et du Citoyen, que en su artículo 16 señalaba que era menester, para la existencia de un Estado, una Constitución que consagrara los sagrados, inalienables, imprescriptibles e indivisibles derechos del hombre y del ciudadano. Así, la Constitución o Norma Rectora, es la carta de nacimiento del Estado Moderno (Cfr. García Pelayo, Manuel: Las transformaciones del Estado Contemporáneo, Alianza Universidad, Madrid, España, 1977 y Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Los Derechos Planetarios, Porrúa, México, 2015, entre otros…). Con base en las anteriores normas rectoras, en España, ante la invasión napoleónica, algunos líderes huyeron a Bayona, Francia, para darse su propia Constitución, la cual sirvió de soporte a la de Cádiz del 19 de marzo de 1812. Así, tenemos las principales fuentes del Constitucionalismo en México, las doctrinales, las normas rectoras y, sobre todo, las revoluciones que las suscitaron, en especial el pensamiento liberal con sus oscilaciones del conservadurismo, que en nuestro país no acaban, lo cual ha provocado que seamos, hasta la fecha, una nación bipolar en lo constitucional, en lo político y en lo social, con resultados muy funestos para nuestro pueblo (Cfr. Tena Ramírez Felipe: Leyes Fundamentales de México, varias ediciones, México).

III. Evolución hasta nuestros días Xalisco, nuestro amado estado, espacio donde se gestaron, germinaron e influyeron las ideas del Constitucionalismo -con las aportaciones de José de Jesús Huerta, Ignacio Ramón Prisciliano Sánchez Padilla, Ramos Arizpe, José María Valentín Gómez Farías y Josef Mariano Fausto Andrés Otero Mestas, entre otros-, se declaró como República Federal el día 16 de junio de 1823; por ello, Jalisco es la cuna del Constitucionalismo Federal en México (Cfr. Jiménez, Francisco: La Primera Legislación Federalista en Jalisco. El Gobierno de Prisciliano Sánchez, Gobierno del Estado de Jalisco/ Instituto de Estudios del Federalismo, Prisciliano Sánchez, Guadalajara, Jalisco, México, 2015; 190 Aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo mexicano, Gobierno del Estado de Jalisco/ Instituto del Federalismo, Guadalajara, Jalisco, México, 2013, entre otras).

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Centenarios Constitucionales

Al respecto, el talento jurídico más grande de México en el siglo XIX, Mariano Otero, expresó: Una Constitución es la obra más seria, más grandiosa, al mismo tiempo que la más difícil de un pueblo. Ella es nada menos que el pacto, en virtud del cual se reúnen para formar un solo cuerpo, no sólo individuos, sino pueblos enteros, que tienen diversos caracteres, intereses y aún elementos también diversos. De aquí nace su dificultad.

Como es manifiesto, el genio de Otero advirtió muy bien la necesidad de analizar a través de la Nomología, los diversos aspectos que se requieren para legislar, los mismos que debemos estudiar, aprehender, interpretar y preservar los grandes valores, principios e intereses del pluriverso cultural y normativo que es el pueblo de México (Cfr. Miranda Torres, Roxana Paola: La Nomología de las Comunidades Precuauhtemicas (Preibéricas) en México. Siglos XV a XXI, Congreso del Estado de Oaxaca, México, 2008). Enseguida, el excelentísimo Otero, manifestó: ¿De qué manera contentar a esos distintos pueblos? Este problema lo resuelven dos proposiciones que en concepto de los hombres sensatos e imparciales, son absolutamente innegables. Primera. Que cuando la extensión del terreno cuyos habitantes van a constituirse, sea muy dilatada, se adopte el sistema representativo, popular y federal. Segunda. Que la Constitución se limite lo más que sea posible a establecer los principios generales que convengan igualmente a todas las partes integrantes y procurar evitar los que pudieran afectar más a una parte que a otra (Cfr. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Dos Siglos de Constitucionalismo en México, Porrúa, segunda edición, México, 2014, pp. 499 y ss.).

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EL PACTO Aquí vemos de una manera muy clara, cómo la agudeza de Otero señalaba la necesidad de un pacto constitucional para que se organizara en una República democrática, representativa y federal; además declaró con toda claridad y de manera categórica y científica, que la Norma Rectora debería ser un documento con pocos artículos, que expresase de manera especial los principios que fuesen los más convenientes en términos de igualdad para todas las partes integrantes o entes federados, de tal manera que no hubiese ventajas de unas sobre otras, afectaciones o excesos en cuanto al poder de unos con relación a los otros estados pactantes, principio todavía válido en el esquema constitucional actual, dado que se parte de la idea de que todos los entes federados son iguales, como lo debemos ser todas las personas, tal como lo refiere el artículo primero con relación al 43 de la propia Constitución de la República. Durante el siglo XIX, tuvimos muchas luchas fratricidas para definir nuestra organización política como República Federal, representativa, democrática y ahora, laica; en la actualidad ese no es un asunto que nos divida, enfrente y provoque situaciones belicosas, peligrosas o rijosas de cualquier forma. No obstante, lo más grave en México es que quienes habitamos este maravilloso espacio seguimos enfrentados, divididos y sin ponernos de acuerdo por disputas del poder, por cuestiones políticas, económicas, religiosas, de costumbres, del origen de la población y hasta por cuestiones deportivas; aquí cualquier asunto es suficiente para discutir, enfrentar y, en su caso, llegar a la violencia con suma facilidad por cualquier tema, que podríamos señalar como vano, no importante o trivial, nuestro complejo de inferioridad no nos permite perder ni en las canicas (Cfr. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: La Sociología Jurídica en México, Porrúa, cuarta edición, México, 2015). El constitucionalismo federalista mexicano, habiendo nacido en Xalisco, como se apuntó, desde 1823, se fue consolidando a nivel de la República en 1824, 1847, 1857 y de manera definitiva con la Revolución de México de 1910, movimiento político que trató de preservar los grandes valores, principios e intereses de nuestro pueblo el 5 de febrero de 1917, cuya Norma Rectora sigue siendo vigente en nuestro país.

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Centenarios Constitucionales Así, el Federalismo es la forma en que se organiza de manera política el Estado y el Gobierno de la República, tal como lo expresan los artículos 40 y 41 de nuestra Carta Magna, los cuales datan desde 1857. La Constitución vigente de 1917 los volvió a establecer con la aprobación por unanimidad respecto al artículo 41 y con sólo un voto en contra del artículo 41, por razones de mero trámite, no por diferencias de fondo, conforme a la sesión celebrada por el Congreso Constituyente de 1916 a 1917, el 29 de diciembre de 1916, habiendo disentido Hilario Medina (Cfr. Debates del Congreso Constituyente de 1916 a 1917). El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), establece: Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República, representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de esta Ley Fundamental. Lo anterior significa que este precepto fue adicionado con el término “laico”, mediante reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 30 de noviembre de 2012. Debemos precisar que este vocablo ya se encontraba en el artículo tercero de la CPEUM y de alguna manera, implícito en el texto del artículo primero, adicionado por reforma del 10 de junio de 2011, en el DOF; así como en los artículos 24 y 130 de la propia CPEUM, sin embargo, por cuestiones políticas y sobre todo electorales, se consideró necesario adicionar el artículo 41 y el 24, dado que no se cumplía con las disposiciones señaladas en el artículo 130, inciso e), en el sentido de que los ministros de culto religioso no debían manifestarse en actos de culto público, dentro de los lugares previamente destinados para ello, respecto de candidatos políticos y electorales, partidos políticos o de que opinasen de las cuestiones públicas (Cfr. Reformas Constitucionales 2008–2014, Gobierno

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EL PACTO

del Estado / Instituto del Federalismo / Universidad de Guadalajara, Guadalajara, Jalisco, México, 2015, p. 267). Así, el artículo 24 reformado, señala: Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política. Los actos religiosos de culto público, se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de estos se sujetarán a la ley reglamentaria Lo anterior, según reforma publicada en el DOF el 19 de julio de 2013 y cuyos precedentes en materia electoral han sido bastantes; de manera especial, el caso de San José de los Cabos, en Baja California Sur durante el proceso electoral de 2012, asuntos debatidos y discutidos, pero que siempre hubo intervenciones proselitistas al amparo de cuestiones religiosas, lo que todavía no termina en nuestro país y es un asunto de cultura (Cfr. Lamadrid Souza, José Luis: La larga marcha a la modernidad en materia religiosa, Fondo de Cultura Económica, México, 1994). El artículo 41 de la CPEUM hasta el año de 2014, cuenta con ocho reformas y una fe de erratas, señala que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes federales o de la Unión y en su caso, por los de los entes federados, conforme a las normas rectoras respectivas, que deben resultar armónicas con las J u n i o 2 0 16 |

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Centenarios Constitucionales

disposiciones de la Federación. El mismo precepto regula el sufragio, los partidos políticos, sus derechos en cuanto al financiamiento y los tiempos del espectro mediático; asimismo, las precampañas, y que todos los actos y resoluciones en materia electoral deberán ajustarse a la constitucionalidad y a la legalidad. Las reformas realizadas al artículo 41 CPEUM, se publicaron en el DOF en 1977, 1990, 1993, 1994, 1996, 2007 y 2014 (2) (v. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Dos Siglos de Constitucionalismo en México, Op. cit., pp. 961 y ss.). Como se podrá apreciar, los lineamientos trazados por los grandes estadistas y juristas jaliscienses, siguen siendo la tea que ilumina la organización política del país; debemos reforzar el asunto de la cultura constitucional y la federal, dado que en México quien detenta el poder quiere hacerlo a su propio estilo o, en ocasiones, mirando hacia sus intereses, los de su partido o, en el peor de los casos, como ha venido aconteciendo en los últimos años, como sean los dictados de los poderes de hecho o de facto, lo cual no lleva a reforzar, de manera necesaria, la cultura y educación para la democracia, en la participación ciudadana respecto de los asuntos de la República (Cfr. Covarrubias Flores, Rafael: La Sociología Jurídica en México. Primera aproximación, Universidad de Guadalajara, segunda edición, Jalisco, México, 1998). Una forma de analizar este problema, es el hecho de que nuestra Constitución se estructuró en 1917 en nueve títulos, diez capítulos, cuatro secciones y 136 artículos. En la actualidad se adicionó una sección más, suman cinco; se ha modificado un capítulo y dos títulos, pero lo más grave es la gran cantidad de modificaciones que ha sufrido y, sobre todo, de una manera en que se ha atentado contra el pacto suscrito por la Revolución de México en 1910 en muchísimos aspectos, lo cual es muy serio, dada la naturaleza de la República, ya que en nuestro país se ha establecido que la soberanía nacional reside en forma esencial y originaria en el pueblo; que todo poder es del pueblo y que se instituye para su beneficio, y que el pueblo tiene, en todo tiempo, el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno (Cfr. Artículo 39 CPEUM). Así, no hemos cumplido la recomendación del genio jurídico de Otero en el sentido de que se estableciesen los principios más trascendentes dentro del pacto de la República, que fuesen comunes, iguales y equitativos para los entes federados, de una manera sencilla, entendible y asequible a toda la raza, lo cual nos ha costado un gran atraso en todos los aspectos, dado que refleja poco compromiso político con la población, con la organización política y el que todos trabajemos en una misma línea por la República (Cfr. Otero, Mariano: Ensayo sobre la verdadera cuestión social y política que se agita en la República Mexicana, México, 1842).

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EL PACTO Conclusiones Primera. La Constitución es la resultante del gran pacto que pretende preservar los valores, principios e intereses más trascendentes de una agrupación humana en un contexto histórico determinado. Segunda. En México no nos hemos puesto de acuerdo en un pacto que incluya la integración cosmopolita de nuestro territorio, al pluriverso cultural y jurídico que debemos entender, lo cual requiere de su estudio. Tercera. El Federalismo es una forma de organización política, en la cual el Gobierno debe contar con estrategias de descentralización y desconcentración del poder en beneficio de la República, representativa, democrática y laica, que tenga como fin primordial el desarrollo armónico e integral de los seres humanos en términos de igualdad. Propuestas 1. Estudiar, a través de la Nomología, el pluriverso cultural y normativo que tiene nuestro país, con el propósito de identificar, reconocer y aprehender los valores, principios e intereses de las diversas agrupaciones humanas que lo integran. 2. Una vez conocidos, identificados, reconocidos y aprehendidos los contenidos del pluriverso cultural y jurídico, iniciar procesos de armonización de dichos valores, principios e intereses. 3. Posteriormente, celebrar los pactos que sean necesarios desde las comunidades más pequeñas, cercanas y afines; después, hacia los grandes conglomerados sociales y enseguida en toda la República y en armonía con los diversos pactos en el planeta.

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo

Por: Archivo H. de Jalisco*

La primera

Constitución de Jalisco

Quintanar, Bustamante, Támes, Sánchez

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n 1821, México nacía como nación independiente y daba sus primeros pasos hacia la consolidación de un sistema republicano, popular y liberal. Jalisco y sus protohombres, personajes fundadores, insignes héroes de la gestación de nuestro estado; hombres como Luis Quintanar, Anastasio Bustamente, Pedro Tamés y en especial Prisciliano Sánchez, luchaban por hacer respetar el pacto federalista. Poniendo en alto la bandera de la soberanía estatal, lo mismo en los campos de batalla que en las altas tribunas de la nación, esta pléyade de hombres defendió el federalismo como la mejor forma de entender y definir a la nación mexicana y más tras el breve ínterin monárquico que representó el frustrado imperio mexicano presidido por Agustín de Iturbide. Éste fue el contexto político general que albergó el nacimiento de la

primera Constitución de Jalisco. Nuestro estado vivía sus mocedades, el Reino de la Nuevo Galicia, la Provincia de Guadalajara eran entidades viejas, nomenclaturas pretéritas remitidas a un pasado difícil de olvidar; un pasado aún presente en las formas, costumbres y estilos de vida inveterados, acuñados en una época en la que mandaba el peninsular. Las comparaciones demográficas nos patentizan la juventud referida: la Guadalajara de entonces no rebasaba los 46 mil 804 habitantes; para 1840, la cifra había descendido a causa de epidemias y guerras, la capital tapatía apenas completaba los 45 mil 544 habitantes. Hospitalaria y la a vez desconfiada con los forasteros, en especial con los extranjeros, Guadalajara conservaba su cariz provinciano y su gente, su celo criollo apegado a creencias y formas heredadas del pasado. En el campo y en las municipalidades, este sentir y

* Colaboración del Dr. Fabián Acosta Rico. Jefe del Departamento de Investigación y Divulgación del Archivo Histórico de Jalisco (AHJ).

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| La primera Constitución de Jalisco

Archivo Histórico de Jalisco


EL PACTO ver eran todavía más acendrados; pero a pesar de este gravitar en la tradición, los aires de libertad desatados con la Independencia inspiraban a espíritus ávidos de libertad y atentos a las luces y a la nuevas ideas provenientes de Europa y Estados Unidos; médicos, ingenieros, abogados, periodistas, comerciantes en pequeño, gente de clase media formaron una elite intelectual inspirada en el ideario de José María Luis Mora, Lorenzo de Zavala, Luis Quintanar. Hombres cultos y apasionados son los que redactaron y votaron la nueva Constitución de Jalisco. De mucho valor tuvieron que armarse. Eran tiempos difíciles y de grandes desafíos. De recién, los poderes centralistas, atrincherados en la capital y encarnados en un triunvirato presidido por Nicolás Bravo, habían golpeado a Jalisco despojándolo de Colima en una maniobra militar y política orquestada por Celestino Negrete y concretada por Anastasio Brizuela. Fue Negrete el ejecutor, el verdugo, en fin, la mano que castigó el honor federalista de Jalisco. Negrete, el antes iturbidista, español de origen, a quien los neogallegos acogieron como un libertador cuando en la garita de San Pedro proclamó, para la Provincia de Guadalajara, la Independencia. Vaya paradoja de la historia, le tocaría a Negrete ser el primero en mancillar la soberanía e integridad del estado que liberó. El riesgo de disolución social no era una apuesta sólo política, generada por la rivalidad sostenida entre la vocación federalista de Jalisco y los afanes centralistas de la capital mexicana. El espectro de la delincuencia, la corrupción y la criminalidad en todas sus variantes amenazaba con vulnerar y arruinar el endeble orden social. Simplemente en Guadalajara imperaba la más completa

desorganización policíaca: el facineroso deambulaba impune, los vagos y los menesterosos hacían de los portales del centro tapatío su hogar. Luis Quintanar, jefe político y militar de Jalisco y uno de sus más destacados defensores, intentó organizar un cuerpo de gendarmes formado por vecinos de los distintos cuarteles en los que estaba divida la ciudad. La iniciativa tuvo un pobre resultado. Los reclutados, cuando no estaba en contubernio con los ladrones, robaban por sí mismos. Ante las pocas garantías, los tenderos procuraban ser discretos; no exhibían sus mercancías más suntuosas y procuraban cerrar sus negocios al anochecer. Sólo las tiendas de comestibles se mantenían abiertas hasta las nueve de la noche. Si prevenir y combatir el crimen era todo un problema, el castigar a los infractores de la ley tampoco resultaba fácil. Cuando un criminal caía en la cárcel, su permanencia era corta y su consignación engorrosa; en el trámite de esclarecer su culpabilidad o inocencia se entremezclaban las apelaciones a las nuevas leyes republicanas y a las antiguas o coloniales. Esta confusión de instancias y de códigos, urgía a la creación de un marco legal definido que aboliera las viejas ordenanzas y diera orden y unidad a las nuevas normas legales; en pocas palabras se requería de una constitución. La Constitución de 1824 no nació de un capricho azuzado por pasiones partidistas de cuño republicano liberal; aunque los poderes regionales confrontados con el centro demandaban una ley particular. La necesidad de una carta constitutiva, que le diera forma al gobierno y dirección a la sociedad, era real y a la vez apremiante. J u n i o 2 0 16 |

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo

Agustín de Iturbide

Para mediados de 1823, Jalisco afrontaba una segunda embestida de los poderes centralistas. Los hombres que sujetaban las riendas del estado, Quintanar y Bustamante, eran señalados por la prensa capitalina de conspirar a favor del regreso de Iturbide. Sin mejores pruebas que sustentaran semejantes acusaciones, Bravo recibió todos los permisos para dirigir una incursión armada sobre Jalisco, bajo el pretexto de apresar a los partidarios del derrocado emperador. Con la esperanza de evitar el choque armado, Quintanar salió de Guadalajara el 22 de julio de 1823. En Lagos consigue entrevistarse con Bravo. Ambos llegan a un sano y decoroso entendimiento. A nombre del gobierno central, Bravo se comprometía a respetar el sistema republicano federal; por su parte, Quintanar juraba por Jalisco obediencia al Congreso y al Poder Ejecutivo nacional. Conjurado este segundo intento intervencionista por parte de los poderes del centro, Quintanar apuró la creación de un Congreso Constituyente local, para lo cual llamó a elecciones.

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| La primera Constitución de Jalisco

El cuerpo legislativo del que emanaría nuestra primera Constitución entró en funciones el 14 de septiembre de 1823.1 Los poderes del centro seguían sospechando de Quintanar y Bustamente; estaban convencidos de que ambos disfrazaban su filiación iturbidista bajo la bandera federalista. Esta versión es sostenida incluso por historiadores como Lorenzo de Zavala y, en menor medida, por Lucas Alamán. Lo cierto es que bastó un irrelevante pretexto para que la tregua se rompiera. El triunvirato que presidía el Poder Ejecutivo de la nación intentó imponer a Jalisco a José Joaquín Herrera como jefe de armas. De nueva cuenta, el gobierno jalisciense lo rechazó. Bravo y Negrete emplazan sus fuerzas y reciben la justificación para arreglar cuentas con los supuestos partidarios del derrocado emperador. Los contingentes federales y estatales amagan la ofensiva. Bravo y Quintanar vuelven a negociar. El día 11 de junio de 1823 firman un convenio; el acuerdo sólo reitera el anterior pacto. Los centralistas actúan a traición. El gobernador de Jalisco es tomado prisionero junto con Bustamante e imponen como autoridad a Rafael Dávila, hombre de manifiesta fidelidad conservadora que duraría poco en el cargo. Su impopularidad, tanto con las clases pudientes como populares, lo obligaron 1 Resultaron electos al Congreso Constituyente los señores Pedro Vélez, Esteban Huerta, Juan Nepomuceno Cumplido, Diego Aranda, José M. Gil, Justo Corro, José María Gil, José Antonio Méndez, Anastasio Bustamante, Urbano Sanromán, Prisciliano Sánchez, José María Castillo Portugal, Santiago Guzmán, Ignacio Navarrete, José Manuel Cervantes, José Ignacio Cañedo, Esteban Aréchiga, Vicente Ríos y Rafael Mendoza.

Archivo Histórico de Jalisco


EL PACTO a renunciar. El Congreso aceptó su renuncia y decretó que el vicegobernador, Juan Nepomuceno Cumplido, asumiera el Poder Ejecutivo. Con la designación de Cumplido, el partido federalista se anotó un triunfo. De todos los estados que conformaban la república, Jalisco había demostrado ser el más celoso defensor del federalismo2; que lo gobernara un hombre de comprobadas ideas liberales como Cumplido era de vital importancia para el partido federalista en su pretensión de hacer prosperar la instauración de un orden constitucional acorde con sus principios ideológicos: liberales, republicanos, democráticos y obviamente federalistas. El vicegobernador y el Congreso estatal, conformado en su mayoría por diputados federalistas, se esmeraron en proclamar con toda solemnidad y júbilo la Constitución de 1824; pues haciendo de lado el relevante hecho de que era ésta la primera Carta Magna de México, las leyes en ella contenidas, en un buen número, plasmaban el proyecto de país y los ideales políticos de estos hombres que, desde sus respectivos cargos y a través de sus acciones, mantenían la reputación de Jalisco ante la nación, de ser el principal bastión o defensor de la causa a favor de la autonomía y la libertad de los estados. 2 En sus enfrentamientos con el centro, Jalisco, en más de una ocasión, pactó alianzas políticas y militares con otras entidades con las que conformó un bloque al que se le denominó Los Estados Occidentales. Los integrantes de este bloque eran, además de Jalisco, Guanajuato, Querétaro, Zacatecas, Michoacán, San Luis Potosí y Durango; tomando como sede la ciudad de Lagos por encontrarse en un punto central para todas ellas.

Juan N. Cumplido

El Congreso decretó que la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos sería jurada el domingo inmediato a su publicación por las autoridades políticas, militares y eclesiásticas. El vicegobernador precisó que del 21 al 23 de octubre de 1824, además del juramento, se realizarían una serie de festejos y ceremonias, con el fin de darle al evento mayor realce y solemnidad. Las indicaciones del Congreso como las del vicegobernador fueron publicadas en un solo bando. El documento precisaba que el día 21 saldría de Palacio, siguiendo el protocolo y el itinerario de costumbre, una comitiva presidida y escoltada por un cuerpo de caballería, conformada por eclesiásticos, rectores, jueces, catedráticos, síndicos, funcionarios, diputados y obviamente el vicegobernador y sus allegados. El 22 se realizaría en la Catedral de Guadalajara una misa de Te Deum en acción de gracias, concluida la ceremonia se juraría en Palacio de Gobierno la Constitución. La renovación política y jurídica que pretendían realizar Cumplido y los diputados locales era integral. Las

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo Entubado del río San Juan de Diós

intimidaciones del poder central habían disminuido notablemente y como grupo político controlaban, casi sin oposición, los poderes Ejecutivo y Legislativo. Para el vicegobernador y los legisladores federalistas se abría el paréntesis tan esperado, las circunstancias permitían la instauración del tan anhelado y elogiado orden democrático y liberal. Con todo a su favor, se daba por contado que las libertades y derechos que este orden otorgaba convencerían al pueblo, acostumbrado a vivir en el abandono, y sin mayor dificultad se acostumbraría con gusto a él. Fieles a estos anhelos y demostrando verdadero desapego al poder, Cumplido y los legisladores convocaron a elecciones para designar a los diputados del primer Congreso estatal de carácter constitucional. Durante este mismo ejercicio se elegiría al futuro gobernador y vicegobernador. La elección se tenía programada para el 29 de octubre de 1824 y los ganadores ocuparían sus cargos el primero de febrero del siguiente año. El darle a Jalisco su primera Constitución fue otra victoria que se apuntaron los federalistas durante la administración de Cumplido. Desde mayo, la Diputación local discutía y deliberaba acerca de los artículos que integrarían la Constitución Política del Estado de Xa-

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| La primera Constitución de Jalisco

lisco, los legisladores le dieron un carácter federalista y moderadamente liberal al documento. Con seguridad, la promulgación de la primera Carta Magna de Jalisco hubiera tenido que sortear la decida oposición del anterior vicegobernador, Rafael Dávila, hombre de férreas convicciones conservadoras e incondicional de los poderes centralistas; pero no fue así, el que tuviera que renunciar a su cargo y que oportunamente el Congreso lo hubiese sustituido por Cumplido permitieron que la Constitución fuera jurada el 19 de noviembre de 1824. A pesar de que la Constitución tenía una clara orientación liberal y federalista, y los términos en que fue redactada no caían en ningún radicalismo político o ideológico, el documento recibió desde su exposición, el 18 de noviembre, el rechazo de la Iglesia. El blanco de las críticas del clero era el artículo 7°. A la letra, éste mencionaba que la única religión en Jalisco sería la Católica, Apostólica y Romana sin tolerancia hacia ninguna otra. Hasta aquí todo bien, a continuación, señalaba que los gastos erogados en el sostenimiento del culto serían sufragados por el Estado. Esta última parte fue la que levantó la protesta de los prelados, quienes estaban también en desacuerdo con otro artículo que desconocía la autoridad del

Archivo Histórico de Jalisco


EL PACTO Papa, es decir, de la autoridad suprema de la Iglesia. El cabildo eclesiástico no estaba dispuesto a permitir que las autoridades civiles se entrometieran en sus asuntos internos. Recabar limosnas, primicias, diezmos y demás donativos piadosos eran cuestiones de su exclusiva incumbencia, igual que el decidir en qué y cómo utilizar estos recursos; pero, curiosamente, sí exigían que las autoridades sancionaran a quienes no cumplían con el pago de estas obligaciones para con la Iglesia. Como menciona el historiador Pérez Verdía, el que ambas partes no se pusieran de acuerdo hasta dónde llegaban sus atribuciones y derechos suscitó este desacuerdo o polémica entre la Iglesia y el Estado. Para hacer manifiesta su inconformidad, el cabildo eclesiástico no asistió al juramento de la Constitución; pero, a pesar de la ausencia de los prelados y de que las puertas de la iglesia catedral estuvieron cerradas para la ceremonia, ésta se efectuó. No podía ser de otra forma. Como era de esperarse, Cumplido y los diputados no iban a posponer sus planes por el apremio de dirimir sus diferencias con el cabildo eclesiástico respecto a las nuevas leyes. Su proyecto político estaba antes que todo. Como se acordó, el 19 de octubre se reunieron en el salón del Con-

greso el vicegobernador, los diputados y los integrantes del Supremo Tribunal de Justicia. En comitiva salieron del inmueble y se dirigieron a la iglesia de la Merced, los escoltó durante el trayecto una compañía de infantería y otra de caballería. Dentro de la iglesia, el presidente del Congreso leyó la Constitución; a continuación se le rindió protesta y después de que el presidente de la legislatura, Pedro Vélez, pronunciara un discurso, se dio por terminada la ceremonia y la comitiva volvió a Palacio. Incapaces de sortear el muro de la intransigencia, el gobierno de Cumplido tuvo su ceremonia; por su parte, el cabildo eclesiástico, empecinado en ver resueltas sus demandas, le presentó su inconformidad al gobierno federal, cuya respuesta fue que los prelados debían jurar la Constitución sin anteponer ninguna protesta, derecho que sí les otorgaba el vicegobernador, demostrando ser más tolerante que las autoridades federales. El problema de las rentas eclesiásticas era un asunto aún por resolverse en el Congreso de la Unión. El artículo 50 en su fracción XII de la Constitución de 1824, facultaba a los diputados a negociar con la Santa Sede un nuevo concordato, es decir, un acuerdo como el que suscribieron los reyes españoles con el Papa; acuerdo que especificaba los

Av. Hidalgo

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo derechos y responsabilidades del poder civil para con el poder eclesiástico. El 22 de noviembre, el presidente de la república, con atención a este asunto, resolvió que las legislaturas locales no podrían tomar ninguna decisión respecto a las rentas eclesiásticas, es decir, sobre los cobros demandados por la Iglesia a sus feligreses, hasta que no se suscribiera un nuevo concordato. Por esa misma fecha, Jalisco se enlutó con la muerte de uno de sus grandes benefactores y pastores: Juan Cruz Ruiz Cabañas. Feneció durante su estancia en el Rancho Los Delgadillos, cerca de Nochistlán, el 28 de noviembre, tenía 72 años. Con los honores correspondientes a su investidura, los restos del obispo Cabañas fueron sepultados en la catedral de Guadalajara, el 5 de diciembre.

Juan Cruz Ruiz Cabañas

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| La primera Constitución de Jalisco

Como se tenía contemplado, se llevaron a cabo las votaciones para renovar los poderes del estado, quedando los dos candidatos a la gubernatura, Rafael Dávila y Prisciliano Sánchez, empatados. El Congreso estatal intervino decidiendo la elección a favor de Sánchez. El 24 de enero, de 1825, el autor del Pacto de Anáhuac tomó posesión de su cargo convirtiéndose en el primer Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco. Cumplido, por su parte, recorrió durante esos meses todos los niveles y esferas del poder público. Le fue refrendado el cargo de vicegobernador y, además, sustituyó a José Ramón Pacheco dentro del Congreso del Estado, donde fungió de secretario; tiempo después ocupó un asiento en el Congreso de la Unión. Siendo diputado federal conoció del deceso de Prisciliano Sánchez. La Diputación local lo mandó llamar para que, en su calidad de vicegobernador, tomara la batuta del estado. Su designación desencadenó una polémica en el Poder Legislativo federal entre grupos políticos rivales. La facción centralista del Congreso de la Unión rechazó la iniciativa de concederle permiso a Cumplido para abandonar su curul. Suponemos que con su negativa trataban de impedir que un político de su talla, que abanderaba ideas opuestas a las suyas, ocupara tan importante cargo. Los centralistas argumentaron que el cargo de diputado era de mayor relevancia que el de vicegobernador y, por tanto, no podían aprobar su abandono. Los federalistas, el grupo político de Cumplido, lo apoyó y logró imponerse pretextando la existencia de un caso similar fallado favorablemente: Poco meses antes, el Senado de la República le otorgó una licencia al senador Molinos del Campo para ocu-

Archivo Histórico de Jalisco


EL PACTO

par el puesto de gobernador del Distrito. Esta decisión marcaba un antecedente que decidió la controversia legislativa a favor de Cumplido. Por fin, el vicegobernador pudo hacer sus maletas e ir a su estado a tomar posesión de la gubernatura. Tan importante cargo no quedaría vacío, provisionalmente el puesto de gobernador recayó en el senador José María Echauri, quien por designación del Congreso estatal ocupó el puesto del 29 de diciembre de 1826 al 18 de enero de 1827. La instauración de un orden constitucional en Jalisco le debió mucho a Cumplido y Prisciliano Sánchez. Ambos fueron decididos defensores de un estado donde la ley fuera la máxima autoridad, por encima de cualquier título o figura; garantizándose así la equidad y la justicia entre los ciudadanos. Bibliografía Cambre Manuel. Gobierno y gobernadores de Jalisco. H. Ayuntamiento de Tlaquepaque. Guadalajara, Jalisco. Cornejo Franco, José. De la independencia a la Reforma. Gobierno del Estado de Jalisco. Guadalajara, Jalisco. Mateos, José María. Historia de la masonería en México desde 1806 hasta 1884. SEP. México. Olveda, Jaime. Liberalismo, Estado y nación. Instituto Cultural Ignacio Dávila Garibi. Guadalajara, Jalisco. ___________ La oligarquía de Guadalajara: de las reformas borbónicas a la reforma liberal. CONACULTA. México. ___________ El iturbidismo en Jalisco. INAH. México. Pérez Verdía, Luis. Historia Particular del Estado de Jalisco. Tomo II, Gráfica, Guadalajara, Jalisco, 1952.

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El Poder Constituyente de 1917

Por: Roxana Paola Miranda Torres*

La convocatoria para elegir diputados (Imagen anexa de un ejemplar de la Convocatoria/Bando de Tomás López Linares) El documento que se muestra a continuación descubre una parte de la realidad política que los jaliscienses vivieron desde la perspectiva y momento histórico en que fue dado a conocer por el Gobernador interino de Jalisco Tomás López Linares a los jaliscienses. Se desarrollaba el periodo conocido como el de la Revolución Constitucionalista, iniciado con el asalto al poder por parte de Victoriano Huerta y el asesinato de Francisco I. Madero; fue comprendido entre marzo de 1913 y septiembre de 1916, en el que corren cuatro ejes que le dan sentido: El Plan de Guadalupe, los Tratados de Teoloyucan, las adiciones y enseguida las reformas a ese mismo documento. Cabe recordar que el de Carranza en aquellos momentos fue un gobierno de facto, dado que el régimen constitucional estaba roto: Huerta desplazó ilegalmente a Madero, el Plan de Guadalupe desconoció al gobierno de Huerta y la Soberana Convención de Aguascalientes desconoció a Carranza. Por lo que su único sostén formal era la autoridad que le había otorgado la Legislatura local de Coahuila prevista en el Plan de Guadalupe. En esas condiciones se convirtió además en un gobierno itinerante y alterno; primero fue simultáneo al de Huerta y Francisco S. Carvajal (provisional), y después paralelo a los de Eulalio Gutiérrez, Roque González Garza y Francisco Lagos Cházaro, quienes fueron designados por la Convención, en oposición a su gobierno. Este recorrido, también conocido como la Marcha por la legalidad, trazó al movimiento constitucionalista una ruta que lo llevó primero de Saltillo a Guadalajara, de Guadalajara a Veracruz y, finalmente, de Veracruz a la Ciudad de México. Es precisamente en este último trayecto cuando se convoca al pueblo para elegir al Congreso Constituyente. El Primer Jefe del Ejército Constitucionalista encargado del Poder Ejecutivo, General Venustiano Carranza, emitió un decreto S/N, el 19 de septiembre de 1916, en que se convocaba a dicha elección, la cual fue realizada el 22 de octubre. 20

| La convocatoria para elegir diputados

Roxana Paola Miranda Torres


En dicho Congreso, que se instalaría el 1° de diciembre de 1916, Carranza entregaría el proyecto de Constitución reformado. Una vez llegada a Guadalajara la convocatoria, fue dada a conocer a los jaliscienses por Bando Solemne el 22 de septiembre de 1916, siendo gobernador interino Tomás López Linares y J. Espiridión González, subsecretario interino del Gobierno del Estado. Llama la atención que en la misma convocatoria se especificaba que los diputados al Congreso Constituyente percibirían 60.00 pesos diarios más los gastos de viaje de ida y regreso. Quienes resultaron electos en Jalisco fueron: Diputados de Jalisco al Constituyente de 1917 Propietario

Suplente

Distrito

Luis Manuel Rojas

Carlos Cuervo

1° Guadalajara

Marcelino Dávalos

Tomás Morán

2° Guadalajara

Federico E. Ibarra

Luis G. Gómez

3° Zapopan

Manuel Dávalos Ornelas

Francisco Villegas

4° San Pedro Tlaquepaque

Francisco Martín del Campo

Manuel Martín del Campo

5° Lagos de Moreno

Bruno Moreno

Gilberto Dalli

6° Encarnación de Díaz

Gaspar Bolaños V.

Manuel Bouquet

7° Teocaltiche

Ramón Castañeda y Castañeda

Alberto Macías

8° Tepatitlán de Morelos

Juan de Dios Robledo

Rafael Degollado

9° Arandas

Jorge Villaseñor

José Jorge Farías

10° La Barca

Amado Aguirre

Salvador Brihuega

11° Ahualulco de Mercado

José I. Solórzano

Gabriel González Franco

12° Ameca

Ignacio Ramos Praslow

Rafael Obregón

13° Autlán de Navarro

Francisco Labastida Izquierdo

No hay registro

14° Mascota

José Manzano

Miguel R. Martínez

15° Sayula

Joaquín Aguirre Berlanga

Pablo R. Suárez

16° Chapala

Esteban Baca Calderón

Conrado Oseguera

17°Colotlán

Paulino Machorro y Narváez

Bernardino Guzmán

18° San Gabriel

Sebastián Allende

Carlos Villaseñor

19° Ciudad Guzmán

Rafael Ochoa Gregorio Preciado 20° Mazamitla Fuente: http://constitucion1917.gob.mx/es/Constitucion1917/Jalisco, y Directorio del Congreso Constituyente de los Estados Unidos Mexicanos 1916-1917. Querétaro de Arteaga. México. Imprenta Cámara de Diputados. 1922.

* Doctorante en Derecho, Catedrática en la Universidad Panamericana y constitucionalista. J u n i o 2 0 16 |

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Entrevista

Con Guillermo Augusto Cosío Vidaurri*

Reflexiones de un federalista jalisciense El Licenciado Guillermo Augusto Cosío Vidaurri, a lo largo de su vida profesional como abogado y político, representa un icono para los jaliscienses y, por supuesto, para los tapatíos, pues como pocos es un hombre de Estado que ha acumulado importantes experiencias en todos los ámbitos de gobierno en nuestro país. A su paso como funcionario en la administración pública federal, estatal, municipal y en el Distrito Federal, dentro del Poder Judicial, así como en el Legislativo federal y local, en el medio magisterial y político, ha sido un ejemplo a seguir por la solidez de sus convicciones, la verticalidad de sus principios, tanto como por su indeclinable amor al trabajo. Como estudioso de la obra legislativa que aportaron los constituyentes jaliscienses -los de 1824 como los de 1857 y 1917-, interesa al Instituto de Estudios del Federalismo conocer algunas de sus reflexiones en torno a esta doctrina que le da sentido a nuestro Estado nacional. DR. JOSÉ DE JESÚS COVARRUBIAS DUEÑAS. Queremos preguntarle, Don Guillermo, que usted nos orientara qué opina sobre el federalismo, cómo ve el federalismo mexicano. LIC. GUILLERMO AUGUSTO COSÍO VIDAURRI. Bueno, para mí el federalismo es una idea que surge precisamente en Jalisco, hay que atenernos a la historia, y la historia nos dice que quienes propusieron el federalismo son jaliscienses, entonces yo me siento muy orgulloso de ello y pienso que esa lección que recogieron nuestros antepasados es válida y seguirá siendo válida. JJCD. Muchas gracias. Usted por su gran experiencia política, como gobernante, como una persona comprometida con la República, cuál considera que es el principal o los principales problemas que aquejan a Jalisco y a la República.

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| Entrevista Con Guillermo Augusto Cosío Vidaurri


EL PACTO GACV. Los problemas que aquejan a la República son, lamentablemente, derivados de la forma como nos hemos ido desenvolviendo a lo largo del tiempo. Actualmente tenemos una población que excede nuestras posibilidades de sustentación, porque –desafortunadamente- no hemos ido al parejo de una cosa con otra. Tenemos la idea de que México es una nación sumamente rica, que tiene para dar y para prestar; pero, por desgracia, esa riqueza no siempre ha sido bien explotada. Por lo general, hemos mal aprovechado las circunstancias que nos ha dado la vida y por eso no hemos logrado hacer que el desarrollo que buscamos desde tiempo atrás, sea lo que queremos. JJCD. ¿Considera que el federalismo, como una forma de organización política -dijo algo en lo que coincido plenamente con usted: Jalisco es la cuna del federalismo-, considera que pudiera ese esquema de organización política del federalismo, servir para un mejor aprovechamiento, una mejor explotación de estos recursos de México, una mejor distribución de la riqueza, que pudiera ser una buena estrategia para ello? GACV. Yo pienso que en la medida en que hagamos realidad los principios fundamentales de lo que inspiró al federalismo, que la República se convierta precisamente en una entidad que cobije por igual a todas las pequeñas porciones que forman las entidades, estaríamos del otro lado. JJCD. Don Guillermo, por último, qué consejo, consejos, orientaciones, le daría a nuestros actuales gobernantes, nuestra clase política, aprovechando su gran experiencia. GACV. Yo no tendría ninguna factibilidad de darles consejos, a ninguno. Las cosas que se han presentado en cada entidad, en los tiempos diferentes que le han tocado gobernar a una persona, pues tienen mucho que ver con esas circunstancias; no puede ser válido lo que se hizo antier con lo que se tiene que hacer hoy o lo que se tiene que hacer mañana. Lo que sí podemos hacer es pensar en programar para el futuro, hacer planeación, es fundamental en donde quiera que estemos sentados tratando de gobernar. JJCD. Muchas gracias, Don Guillermo, ¿algo más que usted quiera comentar, cualquier otra cosa? GACV. Pues sí, me da mucho gusto que el Gobierno de Jalisco esté actuando en forma tal que le ha permitido crear instituciones como ésta en que ustedes están desarrollándose, porque en la medida en que impulsemos, como es debido, la acción del federalismo, estaremos realizando un viejo sueño de los jaliscienses. JJCD. Cómo no. Muchas gracias por su atención, por su tiempo y su sabiduría. GACV. Yo lo único que quiero que tengan presente es que me da mucho gusto haberlos atendido. JJCD. Gracias, Don Guillermo, Muchas gracias. * Expresidente municipal de Guadalajara (1971-1973) y exgobernador del estado de Jalisco (1989-1992). Fue legislador federal (XLVII y L Legislaturas) y diputado local (XLII Legislatura).

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Municipios transparentes

Por: Guillermo Muñoz Franco*

Cuando hablamos de transparencia, se nos viene a la mente el acceso a la información pública, combate a la corrupción y en los últimos años se ha hablado de gobiernos abiertos; todos estos conceptos dirigidos a fortalecer la confianza en los gobiernos y las instituciones públicas, generando una mayor participación ciudadana y colaboración de los actores y agentes sociales. La transparencia dentro del ejercicio de la planeación municipal, se vuelve una necesidad que la sociedad demanda para un desarrollo pleno y adecuado, el papel que juegan los gobiernos es de vital importancia, esto debido a que en la estructura de todos los órganos gubernamentales, la planeación es primordial, ya que de esta forma se determina cuáles serán las actividades a seguir para lograr un crecimiento y nunca un retroceso. Al interior de la planeación gubernamental es donde se materializan las políticas públicas y el programa a seguir, con el propósito de mejorar las condiciones, el bienestar de los habitantes de una entidad, donde es de gran importancia, no solo la obligada

participación del sector público, sino también del sector privado, ya que la participación ciudadana juega un papel en extremo importante para que el ejercicio se lleve a cabo de manera transparente y abierta. Actualmente, la transparencia es considerada por el gobierno como una forma de fundamentar un trabajo democrático y abierto, es la manera en que se pone a disposición de la sociedad toda aquella información fundamental con la que, por medio de la participación constante de la ciudadanía, sea analizada, revisada y, en su caso, utilizada para que las áreas generadoras y administradoras de los recursos públicos hagan uso del presupuesto otorgado por parte del gobierno, y sean sancionadas en caso de no proporcionar la información esencial que por ley estén obligadas a otorgar al solicitante. Desde este punto de vista, el acceso a la información colabora a la correcta aplicación de los recursos que tiene a su disposición una entidad, es una manera de que la rendición de cuentas esté reforzada y que la demo-

*Coordinador General de Transparencia e Información Pública del Gobierno del Estado de Jalisco.

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| Jalisco Transparente Guillermo Muñoz Franco


EL PACTO cracia tenga una mayor y mejor calidad en su ejercicio. En la actualidad, con las recientes reformas y armonizaciones de las leyes en materia de Transparencia, nos explican cómo los tres ámbitos de gobierno tienen la obligación de otorgar y garantizar el acceso público a la información, de permitir a la ciudadanía participar en los asuntos públicos y ser parte de las revisiones al ejercicio gubernamental, que dicho sea de paso, deben ser realizadas de forma periódica. El objetivo de que se apliquen los parámetros de transparencia al realizar un ejercicio de planeación municipal, es lograr el impacto suficiente en la ciudadanía para generar una mayor confianza en las instituciones, tropicalizando o haciendo de la transparencia una forma de vida. Así, con la participación ciudadana, se podrá convertir una simple queja en una acción por parte de un órgano garante que, en base a el interés o a las solicitudes de información recabadas, sea capaz de aplicar la ley que garantice a la ciudadanía la rendición de cuentas con la transparencia que se necesita para contar con una sociedad más informada del quehacer público. En la práctica este objetivo es a mediano plazo, ya que el cambio cultural en la ciudadanía y en la gestión pública municipal, es de proceso lento, debido a que implica romper paradigmas. La modificación ideológica general debe ser pausada pero en línea ascendente, por nuevos modelos de gobernanza y mientras haya voluntad de los actores del proceso administrativo gubernamental, llegará el momento en que todas las personas se empoderen de transparencia y exijan una rendición de cuentas clara y convincente.

Para promover y garantizar que los procesos de transparencia y rendición de cuentas se logren, habrá de implementar estrategias que impacten a todos los sectores que intervienen en el escenario de las buenas prácticas gubernamentales, estrategias que ayuden a la traducción del lenguaje propio de un gobierno al lenguaje común, para que la asimilación de los conceptos impulse a la población no solo a interesarse en saber, sino que forme parte de los procesos para la correcta aplicación y distribución del presupuesto municipal, en un lenguaje ciudadano, que llegue a todos los integrantes de la entidad y no se quede únicamente en un sector; en suma, la sociedad se debe apropiar del derecho de acceso a la información fundamental. El gobierno debe de establecer mecanismos para la transparencia y la rendición de cuentas en el ejercicio de recursos destinado al desarrollo municipal y, a su vez, coordinar tales mecanismos, como lo marca la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, para dar detalle, de forma puntual, de cómo, dónde y en qué se invierten los recaudos que, a fin de cuentas, provienen de la misma sociedad. Asimismo debe mostrar cuál es el impacto que dichos mecanismos tienen en términos económicos y sociales. Se deben reforzar o crear organismos que regulen o se encarguen de que el acceso a la información pública gubernamental sea, por decirlo de una forma, proactiva y focalizada, que sea rápida en los términos que la búsqueda de esa información lo permita, de igual forma es necesario que los sujetos obligados se especialicen, actualicen y profesionalicen en materia de transparencia.

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Municipios transparentes

En lo que se refiere a los documentos donde se encuentra la información pública gubernamental, es menester que se encuentren debidamente organizados, ya que ello contribuye a garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, al estar disponibles de forma que el acceso a éstos sea fácil. Aquí entran en escena las tecnologías de la información (TIC’S), ya que una manera de optimizar los espacios es, precisamente, convertir los documentos al formato electrónico, como la digitalización de los archivos y así generar datos en formatos abiertos a disposición de los ciudadanos y que generen valor público. Parte de los esfuerzos para que la planeación municipal sea transparente, es el promocionar de forma constante la cultura de la transparencia, se le debe recordar al ciudadano de forma periódica que uno de sus derechos fundamentales es saber -que el conocimiento es poder-, despertar el interés común por conocer a qué se destinan sus impuestos, por decirlo de una forma coloquial, de esta manera la participación ciudadana ejerce el efecto de

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crear conciencia en los administradores de los recursos y al tener gobernantes conscientes y transparentes, podemos confiar en que el desarrollo de la sociedad como tal será de forma positiva, siempre y cuando exista esa necesidad de saber. Dentro de la promoción de la cultura de la transparencia, se deben incluir cuales son los beneficios de utilizar la herramienta del derecho de acceso a la información y, en su momento, poder sugerir, con conocimiento de causa, en qué rubros hace falta mayor atención por parte del municipio. Al conformar una sociedad más participativa es imperativo que ésta tenga en cuenta los conceptos adecuados en la materia, que tanto los empresarios, la sociedad civil, organismos públicos, civiles, sindicales, tengan conciencia del papel que juegan para exigir que la labor gubernamental sea clara y transparente, que sea fundamental el exigir la rendición de cuentas a quienes ejecutan y planean un desarrollo de una entidad municipal. La cultura de la transparencia debe prevalecer en la conformación de los gobiernos, en la forma en la que se toman las decisiones; es imperativo que dentro de la estructura de una sociedad existan proyectos educativos que se fundamenten en la ética, que procuren concientizar con base en valores, que vayan más allá de una simple información. Las campañas de difusión que se deben realizar, no solo deben incluir lo que está haciendo con los recursos, también deben ser de concientización de hacer buen uso de la información pública, de difundir la idea de las buenas prácticas, no solo gubernamentales, porque de poco servirían si no existen las buenas prácticas sociales.


EL PACTO En resumen, un plan de desarrollo municipal, debe ser completo y totalmente transparente, debe incluir el interés de que dentro del desarrollo de la sociedad, se incluyan los preceptos necesarios para el crecimiento adecuado de todo lo que conforma al municipio: salud, seguridad, infraestructura, educación, liderazgo gubernamental, coordinación entre todos los sectores. Hay que recordar que las características de un buen gobierno deben ser: coordinación entre dependencias y, en gran medida, la comunicación, ya que es necesario comunicar de forma constante y oportuna todas las acciones que toma un gobierno para realizar una planeación municipal efectiva.

Jalisco Transparente

El pasado 17 de octubre del 2014 se firmó el convenio de colaboración “Jalisco Transparente” en compañía del Gobernador del Estado de Jalisco, Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, la Lic. Cynthia Pacheco Cantero -presidenta del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (ITEI)- y la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas (SEPAF), con los cual se buscó que los ciudadanos de todos los municipios del estado tengan la facilidad de acceder a la información pública del estado y sus municipios. Conforme al artículo 6° de la reforma constitucional, se obliga a que la autoridad debe documentar de manera eficaz su actuación administrativa, no importando que el derecho de acceso a la información pública solo busque la mínima sencillez; toda planeación de programas, en este caso el convenio “Jalisco Transparente”, estuvo debidamente sustentado.

Cabe resaltar que para que se realizara de manera efectiva el convenio tuvo tres bases fundamentales: un diagnóstico, diseño y la planeación de dicho programa para que pueda desarrollarse; ya una vez llevadas a cabo en orden racional las acciones del gobierno y la sociedad se podrá coadyuvar en la mejora de la calidad de vida de la población del estado de Jalisco. Llegando a una hipótesis, para que sea efectiva la ejecución y así elevar los estándares de calidad en la actuación del Gobierno del Estado de Jalisco, fue imperante planear las actividades a realizar por medio de la Comisión Técnica señalada por el convenio de colaboración. Las acciones que se están realizando con base en lo establecido son, en primer lugar, según contempla la primera cláusula del convenio, la colaboración de “LAS PARTES” que garantice a los ciudadanos el acceso a la información pública, gubernamental y la protección de datos personales en los términos de la normatividad vigente. En la segunda cláusula se establecen los compromisos de ambas partes, y su objetivo es promover acciones y acercar el gobierno a sus ciudadanos, propiciar la rendición de cuentas y la confianza en sus actividades, como lo viene practicando la administración del gobierno de Jorge Aristóteles Sandoval Díaz. En la tercera y cuarta cláusula se estipulan las obligaciones de “LAS PARTES”. Un compromiso del Poder Ejecutivo es garantizar las condiciones mínimas de equipamiento a los municipios; en otras palabras, dotar de equipo (computadoras, escáner y videocámaras) a las unidades de transparencia municipales para que permitan dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acce-

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Municipios transparentes so a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios (LTAIPEJM). Además de la creación y administración del “Portal Único de Transparencia”, en conjunto con el ITEI se deberá establecer el parámetro para desarrollar dicho portal, que podría ser -a semejanza de lo que ocurre con el actual portal del Gobierno del Estado- abriendo un apartado para los municipios que se sumen y cuenten con recursos para aquellos que se hayan visto beneficiados con equipamiento en términos de lo citado en el punto anterior. De igual manera el ITEI está comprometido, en coordinación con el Poder Ejecutivo, a difundir y promover los derechos de acceso a la información pública por medio de talleres y campañas de capacitación, dirigidos a la sociedad en general como a los servidores públicos municipales y estatales.

Avanza el Poder Ejecutivo de Jalisco y el órgano garante ITEI, en los compromisos del convenio de colaboración “Jalisco Transparente”

El día 15 de julio del 2015 se llevó a cabo la entrega de equipo de cómputo a presidentes municipales de Jalisco por parte del Secretario General de Gobierno, Mtro. Roberto López Lara, en representación del Gobernador Jorge Aristóteles Sandoval Díaz. En dicho acto estuvieron presentes la Presidenta del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco ITEI, Lic. Cynthia Patricia Cantero Pacheco, y el Coordinador General de Transparencia e Información Pública del Poder Ejecutivo, Dr. Guillermo Muñoz Franco. Lo anterior derivado del convenio de colaboración “Jalisco Transparente”.

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| Jalisco Transparente Guillermo Muñoz Franco

El Poder Ejecutivo ha hecho de la transparencia una política pública incluyente y no solo de discurso sino con resultados tangibles en los distintos indicadores en la materia y la innovación, que contribuyen al combate a la corrupción. El ITEI reconoce el ejercicio y el apoyo del Poder Ejecutivo, con el compromiso del Gobernador de Jalisco, Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, con la transparencia y el acceso a la información pública; además se expresó la necesidad de llevar la transparencia a todo el estado incrementando la capacitación, difusión y cobertura del acceso a la información. El Gobierno del Estado de Jalisco tiene la convicción de que solo a través de la participación de los ciudadanos se puede generar un acercamiento con éstos, así como generar políticas incluyentes, sobre todo es indispensable que los municipios cuenten con herramientas tecnológicas, de comunicación y asesoría jurídica para garantizar el derecho de acceso a la información pública a los ciudadanos de todo el estado. Los beneficios del convenio “Jalisco Transparente” son garantizar las condiciones mínimas de equipamiento en las 125 unidades de transparencia municipales, para que cuenten con por lo menos una computadora, un escáner y una cámara web para cumplir con las obligaciones de transparencia respecto a la publicación de información fundamental y brinden la atención a solicitudes de información, habiéndose identificado por parte del ITEI aquellas oficinas de transparencia que no cuentan con ningún equipo destinado exclusivamente a estas funciones; asimismo, la capacitación básica y especializada para servidores públicos municipales y estatales, con el objetivo de su actuali-


EL PACTO zación y profesionalización en la materia; e igualmente la innovación, difusión y promoción de la cultura en transparencia y el derecho de acceso a la información pública a través de la realización de campañas, talleres y cursos, tanto para servidores públicos como para la sociedad en general, por parte de la Coordinación General de Transparencia e Información Pública y el ITEI. El Gobierno de Estado como sujeto obligado y como Poder Constitucional instituido en servicio de la sociedad, está al pendiente de los trabajos derivados de los compromisos del convenio de colaboración “Jalisco Transparente” con el ITEI, procurando apoyar en la medida de sus atribuciones, velando por consolidar la democracia -que es una de las finalidades principales del derecho de acceso a la información-, según refiere nuestra Constitución Política federal y local. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, apenas promulgada el pasado 4 de mayo del 2015, incorpora cuestiones novedosas y exporta figuras jurídicas de la legislación de nuestro estado, y exige que cada entidad federativa cuente con su propia ley que venga armónicamente a regular el derecho de acceso a la información; ello con la idea de la construcción de un nuevo esquema de gobernanza que debe plantear y permear en nuestro estado, y que habrá de contener fuertes cimientos de la rendición de cuentas, la transparencia y la participación ciudadana, valiéndose de la aplicación efectiva de otra figura importante implicada en la Ley General, es decir, el modelo de Gobierno Abierto, y para ello los municipios de Jalisco tendrán que estar con el equipo tecnológico necesario para hacer realidad este nuevo

modelo de gobernanza. El convenio de colaboración “Jalisco Transparente” fue realizado bajo esa visión. En Jalisco consideramos que la transparencia ha tenido un recorrido o avance importante y debe sumarse con firmeza a los nuevos modelos de gobernanza, aprovechando la era digital, la innovación gubernamental, transformarse y generar mayor provecho y valor a su producto, es decir: los datos. La Ley General alude a esa evolución, puesto que incorpora los datos abiertos como un valor, y es menester que la legislación lo regule, el beneficio le corresponderá a la sociedad, que se encargará de transformar y reutilizar los datos para su bienestar. En el Gobierno del Estado de Jalisco, tenemos la convicción que solo con la participación y acercamiento con la gente podemos generar políticas incluyentes con miras al bienestar. Para facilitar y generar ese acercamiento es vital que estén informados, es indispensable que cuenten con herramientas técnicas y jurídicas para garantizar su derecho de acceso a la información; por ende, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios tiene una alta exigencia social, donde el Poder Ejecutivo de Jalisco, como sujeto obligado, y el ITEI, como el órgano garante en la entidad, tenemos esa responsabilidad con la que estamos comprometidos y dispuestos a coadyuvar. J u n i o 2 0 16 |

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Federalismo mexicano

Por: Kristyan Luis Navarro*

El debate teórico en torno a la representación

política democrática en el Federalismo mexicano “El federalismo se define como una estructura dual de organización del poder de un Estado, en donde lo fundamental es la naturaleza política de las relaciones que se establecen entre cada una de las partes (niveles u órdenes de gobierno), caracterizadas por su independencia, no subordinación o, dicho en los términos jurídicos más usados, por la permanencia de su soberanía. Su esencia es la estructura institucional dual y la autonomía política que conservan las partes, esto es, la capacidad para decidirse a sí mismas: autogobierno más gobierno compartido”.1 La representación política democrática, categoría conceptual abordada en gran cantidad de ocasiones y desde muy distintas perspectivas o posicionamientos, es hoy en día uno de los temas más controvertidos por su enorme trascendencia en la vida del Estado y del propio ciudadano. Dentro de la diversidad de temas controvertidos que envuelven a esta materia, el debate relativo a la conveniencia de su existencia y su cristalización como principal mecanismo para el ejercicio del poder soberano originario por parte del individuo, en contraste con otras formas de ejercicio de soberanía -como lo son las fórmulas de democracia directa, democracia semidirecta y democracia participativa- es un tópico que ha adquirido especial trascendencia e interés doctrinario. Grandes teóricos han optado por el ataque frontal a la figura de la representación política democrática con arduo afán; por otro lado es muy sencillo encontrar gran cantidad de estudios que llevan a cabo una defensa estoica de dicha figura. No obstante, sin gran esfuerzo podemos localizar con claridad a estudiosos que han dirigido sus opiniones hacia una vertiente moderada, consistente en la aceptación y convivencia de instituciones representativas y no representativas. Es 1 GUILLÉN LÓPEZ, Tonatiuh. (1999). El Federalismo, gobiernos locales y democracia. México: Instituto Federal Electoral.

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| El debate teórico en torno a la representación política democrática en el Federalismo mexicano

Kristyan Luis Navarro


EL PACTO pertinente apuntar, sin embargo, que en esta tercera cosmovisión, contienen mayor arraigo las propuestas que giran en torno a una solución que comprende una cantidad alta de instituciones representativas con pequeñas permisiones no representativas. La posición a adoptar dentro de este debate, no es para nada de fácil elección. Antes de identificarse con una postura, es en extremo conveniente identificar meridianamente el origen de las críticas, cuestionamientos y propuestas dentro del tema que nos ocupa. Así, es altamente común encontrar una proliferación de opiniones y puntos de vista que emergen de los medios masivos de comunicación, de los generadores de opinión pública (falsos o reales), de la propia y pura opinión pública y de toda persona individual o colectiva que se interese al respecto. Y de igual manera es frecuente encontrarse con discursos similares en cuanto a la desilusión, falta de satisfacción y poca permeabilidad de convencimiento respecto de la existencia material de la representación política democrática y sus consecuencias o frutos reales en la sociedad en que encuentra su campo de acción. Difícil puede resultar disentir de la mayor parte de discursos en el día a día. No se puede dejar de lado el sentir de la población, que debe ser tomado como legítimo y escuchado para entender cómo nos afecta a los que somos materia de la aplicación del mecanismo representativo. Pero esa legitimación democrática de opinión o crítica no puede ser tomada como objetiva ni como base para un estudio formal. No podemos descalificar el sentir y opinión legítima, pero lo que sí podemos es utilizarla como motor y motivación para encontrar los verdaderos y objetivos entresijos del complicado mecanismo de la representación desde un plano teórico. Al abordar este tema debemos tender a superar el coloquio, la charla, el periodismo. La invitación es a que, con el objeto de encontrar soluciones, reformas o pequeñas propuestas, pasemos al análisis con profundidad. Invitación que puede y debe ser abordada por todos los interesados en los apasionantes temas que se generan como resultado de muchos campos de estudio, tales como el jurídico, el sociológico y el político. Se puede concluir que en nuestros días la mayoría de los cuestionamientos y críticas no han alcanzado consenso sobre los elementos angulares de la representación política y su más adecuada configuración teórica. Pero ello no debe arrojarnos a la vía de distanciarnos del análisis científico. El argumento multisostenido de

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Federalismo mexicano

alejarnos de los estudios teóricos y de la experiencia académica para resolver las problemáticas de la representación política desde una perspectiva social, popular o participativa, no solo carece de factor convincente sino que además es falaz. Es el conjunto, y solo este conjunto de experiencias (científico-académica con apego a la realidad concreta), debidamente dimensionadas lo que debe guiar el trabajo y acercamiento al objeto de estudio. Se puede entender la existencia del sistema democrático como la mejor forma de vida y de organización social que el ser humano ha encontrado, o que materialmente más se ha acercado a alcanzarla, con sus respectivas consecuencias perjudiciales y gratificantes. Ésta es la realidad, y también es parte de esa realidad el hecho de que el más adecuado o eficaz sistema democrático que se ha logrado, es teniendo como base de su funcionamiento a la representación política democrática como ejercicio del poder y de soberanía. No es posible sustraerse de esta realidad. El análisis y objeto histórico del diseño de la figura de la representación política ha sido esclarecido y aceptado; igualmente la relevancia de la abolición del mandato imperativo directo entre el votante y el representante. Pues bien, también debe ser superado el pedestal que sostiene la mayor parte de problemáticas de la representación política, como lo es el exceso de trabajo y materias a atender por parte del representante y su vínculo con los representados. Es la eficacia de la representación lo que debe adquirir relevancia y no si su existencia es o no la mejor opción. No hemos sido capaces de diseñar una mejor forma de organizarnos que la ejercida a través de la representación, entonces al tiempo que la cuestionamos y proponemos formas alternativas que tal vez algún día la suplan, mejoremos sus elementos conformadores, perfeccionemos su función y establezcamos parámetros para su ejercicio. No cuestionemos solo su existencia o no. La crisis o no de la representación política democrática no es tal, no existe; con lo que se cuenta en la realidad es con un conglomerado de factores que impiden a la representación su correcto funcionamiento no solo como mecanismo legitimador sino además como mecanismo operativo de la política.

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| El debate teórico en torno a la representación política democrática en el Federalismo mexicano

Krystian Luis Navarro


EL PACTO El problema de la confusión entre identificación política y representación política, que produce un malestar generalizado con la figura de la representación política, es el óbice resultado de que en realidad existe una falta de identificación del cuerpo electoral con sus representados. Relación en la cual la figura teórica de la representación tiene mucho que decir pero poco de que hacerse responsable. “La identidad o identificación política se define como el sentimiento que tiene una persona de pertenecer a un grupo, cuando esta identificación influye en su comportamiento político. La identificación es, entonces, un proceso por medio del cual una persona percibe que comparte características comunes con otra y, por lo tanto, adopta sus ideas, valores o conductas; puede ser consciente o inconsciente, y a veces la identificación con personas o grupos que se idealizan es producto de un mecanismo de compensación de las propias debilidades”.2 La figura jurídica o institución de la representación política democrática ha sido abofeteada injustamente por las deficiencias de quienes la ejercen activamente; de los representantes, que no han logrado identificarse claramente con el electorado, ni han logrado satisfacer sus necesidades e intereses. Una tarea ardua es la que tiene que enfrentar la clase política para establecer vínculos con quien a final de cuentas, le entrega una pizca de soberanía para que la ejerza en nombre de todos y para todos. “La ciencia política no sirve si no logra crear una conciencia democrática, de virtudes cívicas, sin raseros de otras latitudes civilizadas, una igualdad desigual es posible dentro de la definición de una heterogeneidad coherente que nos permita agruparnos de manera armónica, sin refinar vicios, para perfeccionar las virtudes, porque no puede haber patria donde los ciudadanos no participan ni se preocupan por los problemas políticos, por tanto, no es admisible un Estado Democrático incapaz de resolver sus problemas por sí mismo: colectividad que no sabe pensar y trabajar no sabe vivir; requerimos abrir caminos al consenso, a la participación social de la ciudadanía; a la información y a la educación cívica e integral del pueblo”.3 Los problemas de estructuración y planteamiento de la representación están alejados de los que general y públicamente se le achacan, producto de una frustración democrática; por el contrario, es cierta la existencia de falta de consenso teórico sobre algunos de sus elementos principales; entonces discernamos y actuemos al respecto. *Secretario Técnico de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco. 2 LÓPEZ AGUILAR, Jesús. (2008). “Identificación partidaria: apuntes teóricos para su estudio”. Mayo 2016, de UNAM Sitio web: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/polis/cont/20082/art/art2.pdf 3 COVARRUBIAS DUEÑAS, José de Jesús. (2005). Derecho Constitucional Electoral, 290p. México: Porrúa.

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Documentos históricos

IEFE

El pacto

Federal de

Anáhuac Conviene recordar los esfuerzos de aquellos federalistas radicales mexicanos ante las Cortes españolas en 1811, como el coahuilense José Miguel Ramos Arizpe y los tapatíos José Simeón de Uría y Salvador Sanmartín y Cuevas, quienes lograron incluir la figura de las Diputaciones Provinciales en el texto de la Constitución de Cádiz, fincando con ello las primeras bases jurídicas del federalismo en México. De la misma forma, hay que reconocer los esfuerzos de Ignacio López Rayón, quien promovió los Elementos Constitucionales en 1812 y los Sentimientos de la Nación expedidos por el Generalísimo de las armas en 1813, así como la Constitución de Apatzingán, en donde, no obstante, aún no se habla de organización política federal alguna. El Plan de Iguala en 1821, declara la Independencia de México respecto del Imperio español, y los Tratados de Córdoba que lo ratifican, en él se habla de una forma de Estado que, aunque monárquico, abrió la posibilidad de plantear un proyecto nacional alternativo que luego condujo a un

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| El Pacto Federal de Anáhuac

IEFE

Congreso Constituyente siendo impulsado desde las provincias. Pero aún más, antes del Pacto Federal de Anáhuac sucedieron algunos hechos que constituyeron el preámbulo de su definitiva redacción. El principal motor de todo esto fue el Acta de Casa Mata, luego a los pocos días Francisco Severo Maldonado da a conocer su extraordinaria obra conocida como el Contrato de Asociación para la República de los Estados Federados del Anáhuac (26 de febrero de 1823). Enseguida, abdicado Iturbide, el Constituyente restituido declaró insubsistentes al Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba, con lo cual se extinguía a sí mismo (8 de abril de 1823), y en tanto no se convocaba a uno nuevo, generó la inexistencia de cualquier nexo jurídico y político entre la capital y las provincias, por lo que éstas tomaron al pie de la letra el primer apartado del mencionado decreto derogatorio, donde dejaba a la nación en absoluta libertad para constituirse como le acomodara. Es en ese momento cuando las provincias deciden organizarse


EL PACTO

de acuerdo al federalismo, y dándole cumplimiento al artículo dos del Plan de Casa Mata se integra el nuevo Constituyente, en donde el diputado jalisciense Prisciliano Sánchez Padilla dio a conocer su opúsculo “La imparcialidad y la justicia” (28 de abril de 1823), que descalifica todo intento por la monarquía. De inmediato, el 9 de mayo la Diputación Provincial declara ante el Congreso General que se pronunciaban por el federalismo, y los municipios de la Nueva Galicia dan a conocer el Voto General de los Pueblos de la Provincia Libre de Xalisco, denominada hasta ahora de Guadalajara, sobre constituir su forma de gobierno en república federada. Acto seguido, la Provincia de la Nueva Galicia se erige en el Estado Libre y Soberano de Jalisco, el 16 de junio de 1823. Y el 28 de julio de ese mismo año Sánchez Padilla publica su magna obra conocida como El Pacto Federal de Anáhuac, que se constituye como la obra cumbre y determinante en la arquitectura constitucional que hoy tenemos, porque sienta las bases de la organización política del Estado mexicano y de las entidades federativas, así como

de la estructuración y relación entre los poderes públicos dentro del sistema republicano. Se trata de un documento que influyó en forma determinante para que los constituyentes que se instalaron el 7 de noviembre de 1823, terminaran en su mayoría por aceptar al federalismo como forma de organización política del Estado mexicano (1). Aquí una parte del texto: (1) Enciclopedia Política de México. Coordinada por el Dr. José de Jesús Covarrubias Dueñas. Volumen 1, Tomo I. Página 140.

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De nuestra biblioteca

Por: Mauricio Beruben*

* Politรณlogo jalisciense.

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El gallinero de la Revoluciรณn Mauricio Beruben


Esta obra escrita por el Dr. Mario Aldana Rendón presenta los desencuentros y en muchas ocasiones el rechazo abierto que existía por parte de la sociedad jalisciense hacia la Revolución que encabezaban los constitucionalistas. El título de esta obra proviene de una anécdota de cundo el General Álvaro Obregón llegó a la estación de ferrocarril de Guadalajara el 10 de agosto de 1915, quien ingresaba como héroe después de una intensa campaña contra el Villismo en El Bajío. Una vez que arribó a Palacio de Gobierno, desde el palco reclamó a los jaliscienses y los llamó cobardes; es supuestamente en ese momento cuando dijo al Gobernador Manuel M. Diéguez que Jalisco era “El gallinero de la Revolución”, por ser una sociedad conservadora. La pregunta fundamental que guía la investigación del Dr. Aldana es de qué manera podemos explicar el comportamiento social de Jalisco, siendo muchas veces de repudio abierto a la Revolución. Para poder responder este cuestionamiento, el autor recurre a la historia y al desarrollo regional. Éste incluye tanto factores internos (crecimiento demográfico, procesos económicos regionales, desarrollo educativo y cultural, etc.), como factores externos (la forma en que se incorporó al mercado global), lo que termina generando diferencias regionales e identidades diferenciadas. A finales del Porfiriato podemos encontrar al menos tres principales regiones: El Norte, de donde llega la Revolución dirigida por las élites económicas provinciales como Francisco I. Madero o Venustiano Carranza, quien a la muerte de Madero encabezó el movimiento revolucionario y el proyecto de nación. El Sur, donde predominaban

las comunidades indígenas y donde la lucha era esencialmente agraria. Finalmente, el Centro-Occidente del país, especialmente en Jalisco, donde se pasó de tener una clase política fuerte y con orientación liberal a una clase política débil y conservadora. El libro se divide en 12 capítulos. Se inicia con la exposición de las clases sociales (arrendatarios, pequeños propietarios jornaleros, etc.) y políticas (Gobierno, partidos políticos, grupos, etc.) del Porfiriato. Igualmente se examinan las sociedades científicas y culturales, pasando por la derrota del Maderismo y el auge del Partido Católico Nacional (PCN) en la entidad. Posteriormente se analiza el advenimiento del Huertismo, su caída con la llegada de la Revolución del norte y la consolidación del régimen constitucionalista en nuestro estado. Un excelente trabajo muy bien documentado que nos muestra el papel de Jalisco durante la Revolución mexicana. Un libro sumamente interesante no sólo para los estudiosos de la Historia o de la Ciencia Política sino para todas las personas que tengan interés en los temas de la Revolución y la historia de Jalisco.

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Constituyentes Jaliscienses

Por: Mauricio Beruben Santana*

Sebastián Allende Rojas y Rodríguez:

El Radical

Sebastián Allende nació el 25 de mayo de 1893 en Tequila, Jalisco. Hijo de Sebastián Allende y Ventura Rojas. Comenzó sus primeras letras en su pueblo natal, más tarde llegaría a Guadalajara donde se inscribió en el Liceo de Varones y después en la Escuela de Jurisprudencia. Abandonaría su instrucción para sumarse a la campaña militar encabezada por el General Manuel M. Diéguez en Jalisco. Concluiría sus estudios en Derecho en la Ciudad de México. En 1916, Allende fue electo diputado al Congreso Constituyente de Querétaro por el Distrito 19 de Jalisco, con cabecera en Ciudad Guzmán. El año siguiente pasaría a formar parte de la Legislatura XXV de Jalisco, la que aprobó nuestra actual Constitución, por el Distrito 161. Fue uno de los pocos privilegiados que tuvo la oportunidad de participar tanto como constituyente federal como constituyente local. 1 Vargas Avalos, Pedro (2004). La Constitución Política del Estado de Jalisco, en Jurídicas UNAM, Disponible en: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/podium/cont/30/ pr/pr14.pdf [Fecha de consulta 06-05-2016]

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| Sebastián Allende Rojas y Rodríguez: El radical

Mauricio Beruben Santana


Su participación en la elaboración de la Constitución de Jalisco fue fundamental, reconocido como miembro del ala radical, participó activamente en los debates, principalmente en el relacionado con la autonomía municipal, donde la propuesta de Allende de que los municipios manejaran sus propios recursos generó mucha polémica pero al final terminó siendo aprobada2. Después del triunfo del Plan de Agua Prieta y del fracaso de la Rebelión Delahuertista, Allende regresó a la política local cuando el Gobernador de Jalisco, José María Cuéllar, lo nombró Procurador de Justicia en 19293. Posteriormente fue electo Diputado federal en la XXXIV Legislatura (1930-1932) por el Distrito 124. Allende se sumó al Callismo y es nombrado Presidente del Partido Nacional Revolucionario (PNR) en 1931, cargo que ocupó hasta que finalmente llegó la gubernatura del estado de Jalisco en el período constitucional de gobierno XXIV del 01 de abril de 1932 al 28 de febrero de 1935. Durante su gestión se realizaron acciones como el inicio de la construcción del Parque Revolución, inauguró la penitenciaria de Oblatos, así como trabajos de reparación en el Hospicio Cabañas y la Biblioteca Pública, entre otros edificios5. En 1936, el General Lázaro Cárdenas del Río expulsa a Plutarco Elías Calles del país por sus constantes intervenciones durante su gobierno dando fin al Maximato. Con esas noticias, Allende decidió alejarse de los asuntos públicos en Jalisco, puesto que ya no contaba con el apoyo de una figura como Calles. Sebastián Allende murió en la Ciudad de México el 07 de diciembre de 1947, sus restos fueron traslados a Guadalajara. * Politólogo jalisciense. 2 Aldana Rendón, Mario (2006). “Sebastián Allende Rojas y Rodríguez” en Biografía Política del viejo régimen. Jalisco Siglo XX. Tomo I. (pp. 217-259). Guadalajara, Jalisco. Instituto Electoral del Estado de Jalisco. 3 Manual de bienvenida e inducción a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco, en Unidad General de Asuntos Jurídicos, disponible en http://www.ordenjuridico.gob.mx/ Documentos/Estatal/Jalisco/wo47963.pdf [Fecha de consulta 06-05-2016] 4 Legislatura 34, en Cámara de Diputados, disponible en: http://www.diputados.gob.mx/ sedia/biblio/virtual/dip/leg27-60/Legislatura_34.pdf [Fecha de consulta 06-05-2016] 5 Allende, Sebastián, en Jaliscienses Destacados, disponible en: http://www.fomentar.com/ Jalisco/Tapatios/index.php?codigo=21&inicio=0 [Fecha de consulta 07-05-2016] J u n i o 2 0 16 |

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Información básica político electoral municipal

Por: Francisco Jiménez* * Editor.

ATENGUILLO

Atenquílitl / Verdura que crece a orilla del río; Atl= agua, Téntli= orilla o labio, Quíltli= verdura comestible; en náhuatl BREVE HISTORIA ELECTORAL Dentro de una dinámica diferente al acontecer nacional y estatal, el municipio de Atenguillo experimenta por primera vez la alternancia en la alcaldía en una elección intermedia, cuando ya gobernaba el PAN en Jalisco y a tres años de que también lo hiciera en la Presidencia de la República. Es así que en 1997 el PAN se convierte en el partido alternante logrando alcanzar el poder en otras dos ocasiones posteriores. Pero aquel año también es el inicio de un periodo en que los resultados electorales entre quien obtiene el poder y quien le sigue en número de votos, son sumamente apretados. El más representativo fue el que arrojó la elección de 2006, cuando el PRI obtuvo el triunfo con una diferencia de dos votos sobre el candidato del PAN. En esa ocasión el blanquiazul gana la elección logrando anular determinadas casillas electorales revirtiendo los resultados en su favor, razón por la cual quien asumió el cargo de presidente municipal fue José de Jesús Rubio Robles. Llama la atención que una vez iniciada la alternancia, los resultados apretados se volvieron frecuentes. En 1997 vence el PAN sobre el PRI, pero lo hace con solo el 2% de diferencia; en 2003 el poder regresa al Revolucionario Institucional, pero también únicamente con el 2% sobre Acción Nacional; como ya se dijo, en 2006 la diferencia fueron solo dos votos; y en 2009 vuelve al poder al PAN, igualmente con el 2% de diferencia entre ambos.

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| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO ATENGUILLO INTEGRACIÓN DEL CUERPO EDILICIO (2015-2018) PARTIDO

CARGO

PMC

PRESIDENTE

PROPIETARIO ROSALIO VILLASEÑOR ÁLVAREZ

FERNANDO SALCEDO SÁNCHEZ

PMC

REGIDOR

LUIS ANTONIO DURÁN POLITRON

CLAUDIA MARICELA PEÑA GÓMEZ

PMC

REGIDOR

MA. CARITINA RANGEL VILLA

FLAVIO GABRIEL RIVERA ACOSTA

PMC

REGIDOR

JORGE PEÑA ANAYA

MAYRA ISELA GÜITRÓN CONTRERAS

PMC

REGIDOR

ANA GISELA GONZÁLEZ CHAVARÍN

CARLOS ALAN GONZÁLEZ ESTRADA

PMC

REGIDOR

AURELIO MACEDO ARIAS

TERESA DE JESÚS DUEÑAS CHAVARÍN

PMC

SÍNDICO

FIDELA NOVOA GONZÁLEZ

GREGORIO BECERRA LÓPEZ

PAN

RP

FELIPE RAMIRO LÓPEZ DUEÑAS

PRI

RP

RAQUEL BERNAL DUEÑAS

PRI

RP

CLAUDIA ORALIA ARIAS URIBE

PRI

RP

JUAN JOSÉ LEPE TOPETE

SECRETARIO GENERAL

SUPLENTE

LIC. FIDELA NOVOA GONZÁLEZ

Fuente: IEPCEJ y Portal del gobierno municipal.

Desde otro punto de análisis, tanto en el PAN como en el PRI, se observa la presencia de un personaje que predomina en los escenarios de la política local. En el primero de ellos, la figura preponderante es la de la familia Novoa Novoa; mientras que en el segundo resalta la presencia del Coordinador de la preparatoria de Atenguillo, quien ha sido tres veces candidato a la alcaldía, el profesor Ángel Heriberto López Villaseñor. Otra de las tendencias que se observan a lo largo de los últimos nueve procesos electorales es que quien llega al poder, cada vez lo hace con menos consenso del voto ciudadano. Quien triunfó en la elección de 1992 fue el priista Miguel Arceo Núñez, lo hizo con el 80% de la votación general emitida. Y quienes han llegado al más bajo registro son quienes ganaron la elección en 2009 y 2012: el primero de ellos fue la primera alcaldesa de Atenguillo, Irma Chavoya Serrano, quien obtuvo solo el 43% de los votos emitidos, mientras que el segundo de ellos fue el priista Juan Carlos de Robles Arceo, con igual porcentaje de votos. LAS PRINCIPALES FUERZAS LOCALES Como ya se dijo en un apartado anterior, el periodo de alternancia se abre en 1997 y lo hace entre dos partidos (PRI y PAN). El esquema se rompe en el proceso electoral de 2015, cuando un tercer partido relativamente nuevo obtiene el triunfo en las urnas. Se puede decir que no había una tercera fuerza electoral importante después del PRI y el PAN, pero esto sucede solo hasta la elección de 2012. Es decir, entre 1992 y 2009 la tercera fuerza electoral fueron cuatro veces los votos nulos, una vez los votos no registrados, en otra lo fue el Partido Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional (PFCRN) y en 2009 ese lugar le correspondió al PVEM. Sin embargo, la cantidad de votos obtenida por esa tercera fuerza electoral siempre estuvo muy lejos de la segunda. J u n i o 2 0 16 |

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Información básica político electoral municipal No obstante que entre 2009 y 2015 la votación del PRI mejora notablemente, solo en 2012 recupera el poder; mientras que el PAN en ese mismo periodo ve caer su voto simpatizante notoriamente. Lo cual parece constituirse como la causa de que se fortalezca una tercera opción bajo las siglas del Partido Movimiento Ciudadano (PMC). De esta forma se puede afirmar que tradicionalmente las principales opciones que escogieron los electores hasta 2009 fueron el PRI y el PAN; y a partir de 2012 el PAN cede su lugar al PMC, quien accede al poder por primera ocasión en 2015, nutrido con el voto desplazado del panismo. Y por lo que respecta a la abstención como un indicador de la participación del electorado, encuentra su mayor énfasis en la elección de 2006, cuando alcanzó el 36%, a partir de entonces comienza el descenso y llega al 26% en el año 2015. ATENGUILLO Elección de Munícipes 1992

Partido

1995

1997

2000

2003

2006

2009

2012

2015

Votos

%

Votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

PAN

189

17

439

25

1002

49

696

34

936

47

1026

49

1010

43

724

30

167

7

47

1279

63

983

49

1028

49

879

38

1035

43

PRI

893

80

1117

65

964

PFCRN

3

0

92

5

0

PT

10

1

6

0 5

0

0

0

0

0

0

0

0

11

0

0

294

36

1

0

0

PVEM

1

0

7

0

2

0

0

PRD

0

10

1

6

0

3

0

7

SUMA

1177

48

SUMA PT/MC

380

16

357

15

PRI/PVEM

0

MC

SUMA PRI/NAL

945

Otros (1)

3

N.R.

0

NULOS

28

3

42

2

54

VÁLIDA

1088

97

1681

98

L.N.

N.E.

N.E.

2053

ABSTENCIÓN

N.E.

N.E.

TOTAL

1116

100

Simbología

0

12

0

0

49

1250

41

66

0

201

0

0

0

10

0

1

0

1

0

1

0

0

0

0

2

11

1

0

3

9

0

56

3

43

2

74

3

68

3

43

2

1995

97

1975

97

1926

97

2054

98

2249

96

2364

97

2488

98

100

2525

100

2807

100

3047

100

3292

100

3578

100

3354

100

3412

100

330

16

476

19

773

28

1054

35

1195

36

1245

35

921

27

880

26

1723

100

2049

100

2034

100

1993

100

2097

100

2333

100

2433

100

2532

74

0

Ganador

Segundo lugar

0

42

39

0

10

13

1071

Tercer lugar

(1) Incluye la suma de la votación de todos aquellos partidos que, en cualquiera de los ocho últimos procesos electorales (1992-2012), no han alcanzado ni por lo menos el tercer lugar. NOTA: El porcentaje de cada partido está calculado en base a su votación obtenida y la votación total emitida; el porcentaje de abstencionismo está calculado en base al listado nominal y la votación emitida. Fuente: Elaboración propia en base a datos del INE y el IEPCEJ.

42

| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO VOTO LINEAL/VOTO DIFERENCIADO ATENGUILLO

PRI

Senador

PRI

PRI

PRI

PRI

Diputado Federal

PRI

PRI

PRI

PRI

Gobernador

PRI

Diputado Local

PRI

PRI

Presidente Municipal Emisión del Voto Épocas

D

P

I

2012

PRI

I 2009

Presidente de la República

P 2006

2000

I

1997

P

94/95

I

91/92

Cargo

P

PAN

PRI

PAN

PRI

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

PAN

PRI

PAN

PRI

PRI

PAN

PAN

PRI

PMC

PRI

PAN

PRI

PRI

PRI

PAN

PRI

PMC

D

L

D

L

L

D

L

L

NO CONCURRENTE

2015

I

2003

Tendencia del voto lineal/diferenciado (1991-2015)

PMC

CONCURRENTE

(I): Intermedia; (P): Presidencial; (L): Lineal; (D): Diferenciada. FUENTE: Elaboración propia a partir de los datos del INE y el IEPCEJ.

Si se realiza un análisis general se podrá observar que en el municipio de Atenguillo los electores prefieren mayoritariamente votar en forma lineal. Durante las últimas nueve elecciones municipales (1992-2015), en siete han votado así: cinco lineales a favor de los candidatos del PRI, una en favor de los candidatos del PAN (2009) y en otra a favor de los candidatos de Movimiento Ciudadano (2015). En las otras dos ocasiones, cuando el voto fue emitido en forma diferenciada, la de 1997, los electores le dieron el triunfo a los panistas para los cargos federales, mientras que para los cargos locales el triunfo fue para los priistas. Y en 2006, que fue una elección general, solo el candidato priista a la presidencia municipal obtuvo el triunfo, pues de diputado local hacia arriba fueron victorias para Acción Nacional.

J u n i o 2 0 16 |

43


Información básica político electoral municipal

ATOTONILCO EL ALTO Atotonilco: Lugar del agua caliente Atl =Agua, Totonílli= calentada, Co= Lugar en Náhuatl BREVE HISTORIA ELECTORAL El municipio de Atotonilco es un ejemplo palpable de la asincronía que existe entre la realidad electoral nacional y las realidades específicas de los municipios, así como entre las entidades federativas y sus propias localidades. Fiel a la vocación de los frutos de esas tierras, como el agave, la lima y el ganado bovino, los sectores más desarrollados de esta localidad son la industria extractiva y el sector comercial. Lo cual se ha visto reflejado en el perfil de quienes han llegado a gobernarla, pues en su mayoría pertenecen a estos grupos económicos. Solo tres exalcaldes no han sido priistas: Gustavo Ríos Aguiñaga (20002003); J. Trinidad García Sepúlveda (2006-2008) y Francisco Godínez Arias, todos militantes del PAN. Y los que sí lo fueron, en su mayoría estuvieron apoyados por un sector de este partido que agrupa a militantes que pertenecen a estos sectores de la economía, conocido como Confederación Nacional de Organizaciones Populares (CNOP). Estas características sociales y naturales han influido en parte para que en Atotonilco el Alto predominen los alcaldes ganaderos, comerciantes o industriales y de que la alternancia electoral no haya llegado sino hasta el año 2000, y no cuando Jalisco experimenta un paradigma electoral con el arribo del primer gobernador procedente de un partido diferente al Revolucionario Institucional.

44

| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO ATOTONILCO EL ALTO INTEGRACIÓN DEL CUERPO EDILICIO (2015-2018) PARTIDO

CARGO

PROPIETARIO

SUPLENTE

PRI

PRESIDENTE

MIGUEL ORTEGA GUZMÁN

JOSÉ LUIS VALLE HERNÁNDEZ

PRI

REGIDOR

LIC. OSCAR EDUARDO GONZÁLEZ DE LA TORRE

OSCAR CAMARENA VELÁZQUEZ

PRI

REGIDOR

C. DELIA CERVANTES ORTIZ

DULCE MARÍA SALDAÑA VALADEZ

PRI

REGIDOR

L. MKT. EDUARDO VÁZQUEZ GONZÁLEZ

ADÁN ACEVES NAVARRO

PRI

REGIDOR

C. ADRIANA GALLEGOS PÉREZ

MARIANA FONSECA DE LA TORRE

PRI

REGIDOR

PARAMÉDICO TOBÍAS VILLALOBOS GONZÁLEZ

JORGE ANTONIO NAVARRO RUIZ

PRI

REGIDOR

L.R.H. VEIDA MARÍA VEGA AYALA

MIRIAM EDITH RODRÍGUEZ SEGOVIA

PRI

REGIDOR

ARQ. LUIS GERARDO HERNÁNDEZ MUÑIZ

ANTONIO VÁZQUEZ AGUIRRE

PRI

SÍNDICO

LIC. ROCÍO BERENICE VILLALOBOS VÁZQUEZ

ALEJANDRA GUADALUPE BRAVO ORTEGA

MC

RP

C. CRUZ CARRILLO SOLÍS

MC

RP

C. ERIKA MUÑOZ VÁZQUEZ

PAN

RP

DR. LUIS MANUEL HERNÁNDEZ LÓPEZ

PAN

RP

M.V.Z. SERGIO GARCÍA SEPÚLVEDA

PVEM

RP

C. JOSÉ LUIS GUADALUPE GONZÁLEZ RUBIO

SECRETARIO GENERAL

LIC. FRANCISCO MANUEL GONZÁLEZ ZAMUDIO

Fuente: IEPCEJ y Portal del gobierno municipal.

Es decir, el sistema de partido hegemónico en Atotonilco termina en el año 2000, cuando por primera vez el PRI pierde una elección de munícipes, no en 1995 cuando pierde la gubernatura frente al candidato del PAN, Alberto Cárdenas Jiménez, sino cuando el Revolucionario Institucional pierde también por primera vez la presidencia de la República. A partir de entonces, la alternancia se ha dado entre los candidatos del PRI y los del PAN. Otra característica, poco usual en otros municipios, es la de que en Atotonilco desde 1992 hasta 2009, en plena edad de la alternancia, se mantuvo un sistema en que, aunado al principal sostén electoral del PRI, destacó uno de sus miembros emblemáticos, con indiscutible liderazgo, como lo fue Carlos Padilla Villarruel, siendo presidente municipal en tres ocasiones (1992-1994, 1998-2000 y 2004-2006). Fue hasta la cuarta vez en que se postuló como candidato, que perdió frente al panista, Ing. Francisco Godínez Arias. A la par, se puede decir que dicha alternancia no refleja una competencia cerrada entre el PRI y el PAN, pues la brecha entre quienes han obtenido el triunfo electoral y el segundo lugar no ha sido más allá del 10%, como es el caso de la elección de 1995, cuando aún no había alternancia. Por otro lado, este sistema de sucederse el poder ha arrojado una tendencia alcista en el abstencionismo. Es decir, el punto más bajo se registró en 1995 (28%) y el punto más alto fue el de 2009 (47%), mientras que la abstención observada en el proceso electoral de 2015 fue de 55%. J u n i o 2 0 16 |

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Información básica político electoral municipal LAS PRINCIPALES FUERZAS LOCALES El sistema de alternancia que prevalece en Atotonilco el Alto, basado en la preferencia reiterada por solo dos opciones electorales (PRI y PAN), pone en entredicho la existencia de una tercera fuerza política que ponga en equilibrio dicha forma. Entre 1992 y 1995, la tercera fuerza electoral fueron los votos nulos; entre 1997 y 2000 lo fue el PRD, y a partir del 2003 el PVEM ocupa esa posición, pero muy lejos del segundo lugar. Queda bien establecido que hasta la elección de munícipes celebrada en 2012, las dos principales fuerzas electorales fueron esos dos partidos (PRI y PAN). Pues de acuerdo a los resultados electorales arrojados en 2015, el PAN pasa a ser la tercera opción de los electores, en tanto que el segundo lugar ahora es ocupado por el Partido Movimiento Ciudadano. Este cambio en el mapa electoral local se explica con la evidente transferencia de votos tanto del panismo como del priismo hacia el Partido Movimiento Ciudadano, y hacia el PVEM en menor proporción, puesto que en este municipio no iban en alianza con el PRI. ATOTONILCO EL ALTO Elección de Munícipes 1992

Partido

1995

1997

2000

2003

2006

2009

2012

2015

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

PAN

2362

21

7039

42

5364

29

10914

54

5636

28

12627

54

10150

45

7277

27

4660

19

44

6440

32

7941

40

8480

36

5930

26

13552

49

9797

34

PRI

8139

73

8582

52

8084

PFCRN

81

1

76

0

PRD

23

0

38

0

3794

PPJ

147

1

SUMA PRI/NAL

SUMA PRI/ VEM

PVEM

10

PMC

0

Otros (1)

100

0

109

N.R.

6

0

0

0

1518

21

156

588

6282

4

4220

3

810

8

565

1

21

840

4

3

9

15775

4506

20

2365

28

58

588

2

3078

13

5755

23

109

0

91

0

697

0

816

0

640

0

3764

0

567

2

1

0

527

3

4

0

39

0

111

0

31

0

4

0

NULOS

364

3

568

3

466

3

26

0

651

3

556

2

682

3

790

3

654

3

VÁLIDA

10711

97

16001

97

17798

97

19528

97

19304

97

22763

97

21816

96

26560

97

23857

97

L.N.

N.E.

N.E.

23170

72

26578

69

30395

66

34609

58

38510

61

42397

53

42816

64

44195

100

ABSTENCIÓN

N.E.

N.E.

6601

28

8314

31

10223

34

14650

42

15152

39

19788

47

15435

36

19680

45

TOTAL

11075

100

16569

100

18264

100

20172

100

19959

100

23358

100

22609

100

27381

100

24515

55

Simbología

Ganador

Segundo lugar

Tercer lugar

(1) Incluye la suma de la votación de todos aquellos partidos que, en cualquiera de los ocho últimos procesos electorales (1992-2012), no han alcanzado ni por lo menos el tercer lugar. NOTA: El porcentaje de cada partido está calculado en base a su votación obtenida y la votación total emitida; el porcentaje de abstencionismo está calculado en base al listado nominal y la votación emitida. Fuente: Elaboración propia en base a datos del INE y el IEPCEJ.

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| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO VOTO LINEAL/VOTO DIFERENCIADO ATOTONILCO EL ALTO

PRI

PAN

Senador

PRI

PRI

PAN

PAN

Diputado Federal

PRI

PRI

PAN

PAN

Gobernador

PRI

Diputado Local

PRI

PRI L

Presidente Municipal Emisión del Voto Épocas

I

2012

P

2009

Presidente de la República

I

2006

Cargo

P

2015

I

2000

P

1997

I

94/95

P

91/92

I

2003

Tendencia del voto lineal/diferenciado (1991-2015)

PAN

PRI

PAN

PRI

PRI

PAN

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

PRI

PRI

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

L

D

L

L

L

L

L

L

NO CONCURRENTE

PRI

CONCURRENTE

(I): Intermedia; (P): Presidencial; (L): Lineal; (D): Diferenciada. FUENTE: Elaboración propia a partir de los datos del INE y el IEPCEJ.

Si observamos la trayectoria del voto emitido en Atotonilco el Alto durante los últimos nueve procesos electorales, tanto de las elecciones federales como de las locales, se puede observar lo dicho líneas arriba, en el sentido de que cuando el PAN gana la gubernatura de Jalisco (1995) y en una gran cantidad de municipios, es esta localidad los electores le dan el triunfo no solo al candidato al gobierno del estado registrado por el PRI, sino también a sus candidatos a la Presidencia de la República, al Senado, a la diputación federal y a la diputación local. Otro aspecto interesante es que los electores han preferido mayoritariamente emitir su voto en forma lineal. Desde 1992 solo en la elección realizada en 1997, siendo una elección intermedia, el voto popular le dio el triunfo a los candidatos de Acción Nacional a los cargos federales (senador y diputado), mientras que hizo ganar a los candidatos del PRI a los cargos de diputado local y alcalde. En el resto de las elecciones analizadas desde 1992, el voto fue emitido en forma lineal: cinco en favor de los candidatos del PRI y tres en favor de los candidatos del PAN.

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Directorio CONS E J O G E N E RAL D E L INSTITUTO D E E STUDIOS D E L F E D E RALISMO “ PRISCILIANO S Á NCH E Z ” (JUNTA DE GOBIERNO) Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz Gobernador del Estado de Jalisco y Presidente del Consejo General Diputado Héctor Alejandro Hermosillo González Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado Magistrado Salvador Cantero Aguilar Representante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco Dr. José de Jesús Covarrubias Dueñas Director General del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”

Dr. Arturo Martínez Sánchez Universidad del Valle de Atemajac (UNIVA) Mtro. Francisco Peña R azo/Dra. Edith Roque Huerta Universidad de Guadalajara Dr. Roberto Arias de la Mora Colegio de Jalisco

Dr. Daniel Peralta Cabrera Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Guadalajara (ITESM) Mtro. José Joaquín Osorio Goicoechea Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) Mtra. María de Lourdes Cabezas Muñiz Universidad Autónoma de Guadalajara (UAG)

Lic. José Gorgonio Ponce Rodríguez Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Edo.

Dr. Edmundo Romero Martínez Universidad Panamericana

Profesor Ernesto Hernández Ruvalcaba SNTE Sección 16

Francisco Padilla López Ciudadano distinguido

Lic. X avier Garabito Tovar Grupo Democrático X alisco

Profesor R amón Mata Torres Ciudadano distinguido

Lic. Paulina Carvajal de Barragán Ciudadana distinguida y miembro de la Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado Mtra. Magdalena González Casillas Ciudadana distinguida

Dr. Jaime Preciado Coronado Ciudadano distinguido Lic. Pedro Vargas Ávalos Presidente fundador del IEFE y Consejero honorario

http://www.ief.jalisco.gob.mx IMPRESO Y HECHO EN MÉXICO

Tiraje 200 ejemplares Correo: institutofederalismo@jalisco.gob.mx




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