La presencia de los jaliscienses en los congresos constituyentes

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Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917

La presencia de los jaliscienses en los congresos constituyentes

1 Lic. Guillermo Cosío Vidaurri


Lic. Guillermo Cosío Vidaurri Licenciado en Derecho por la Universidad de Guadalajara (1948-1953). Tesorero Municipal de Zapopan (1953-1954). Profesor de Derecho en la Universidad de Guadalajara (1957-1966). Diputado Local por el Distrito 20 en la XLII Legislatura (1959-1962). Director de Educación Pública del Estado de Jalisco (1962- 1964). Secretario General de Gobierno (1964-1965). Diputado Federal por el Distrito 12 de Jalisco en la XLVII Legislatura (1967-1970). Presidente municipal de su natal Guadalajara (19721974). Diputado federal por el primer distrito ante la L legislatura (1976-1979). Secretario General del C.E.N. del PRI en 1981. Director General del Sistema de Transporte Colectivo del Distrito Federal. (1982-1984). Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional del PRI (19 de marzo de 1981 al 14 de octubre de 1981). Presidente del Comité Directivo del PRI en el Distrito Federal (19841985). Secretario de Gobierno del Distrito Federal. (1985-1988). Gobernador de Jalisco (1989-1992). En 1981 ingreso a la Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística con el tema: “La presencia de los jaliscienses en los congresos constituyentes”. Titular de la Notaría Pública No. 57 de Guadalajara.


La presencia de los jaliscienses en los congresos constituyentes

Lic. Guillermo CosĂ­o Vidaurri



Guillermo Cosío Vidaurri

PRESENTACIÓN Este ejemplar constituye otro esfuerzo más del Instituto de Estudios del Federalismo por divulgar el conocimiento de temas relacionados con la doctrina federalista. Es el primero de una nueva serie, que, simultáneamente a la conocida como Cuadernos de Divulgación del Federalismo, ya iniciada, versará sobre tópicos referidos al centésimo aniversario de la promulgación de nuestra actual Constitución. Su autoría corresponde al licenciado Guillermo Cosío Vidaurri, bajo el título de La presencia de los jaliscienses en los congresos constituyentes. Cabe mencionar que esta breve investigación fue presentada en diciembre de 1981, como trabajo de su ingreso a la Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado de Jalisco. Por su contenido, es considerado como un trabajo académico importantísimo para mantener viva en la memoria colectiva la herencia ideológica, el espíritu republicano y federalista que inspiró a los representantes populares de Jalisco ante el Poder Constituyente de 1917, cuando reformaron el texto de 1857 y durante la promulgación del de 1824. La obra cuenta con su autorización para reproducirse como parte de la colección de opúsculos que en adelante se ira formando y denominará: Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La razón de esta nueva empresa editorial de nuestro Instituto, es la de involucrar a Jalisco en el marco de la realización del programa nacional derivado del acuerdo 5


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suscrito entre los Poderes de la Unión el 5 de febrero de 2013, para crear el Comité para la Conmemoración de dicho centenario Con la seguridad de que la experiencia y vasto conocimiento del mundo político por parte del autor respaldan su contenido, el Instituto de Estudios del Federalismo pone en manos de sus lectores este volumen, pretendiendo recordar, difundir y reflexionar sobre la importancia que el pretérito político tiene sobre nuestras vidas y nuestras instituciones en el presente.

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Índice

1. Tendencia hacia la individualidad

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2. Bosquejo histórico

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3. Prisciliano Sánchez y el Pacto Federal de Anáhuac

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4. Rebeldía contra el centralismo

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5. Toribio González, precursor del Senado

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6. La Diputación jalisciense al Congreso de 1824

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7. Valentín Gómez Farías y su brillante ejecutoria legislativa

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8. Gómez Farías contra el Imperio de Iturbide y el centralismo

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9. Valentín Gómez Farías, Benemérito de la patria

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10. Participación legislativa y política de Juan de Dios Cañedo

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11. Mariano Otero, su influencia en la configuración del Amparo

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12. Presencia de Ignacio Luis Vallarta en el Constituyente de 1857

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13. Vallarta, el político

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14. Pedro Ogazón, militar y constituyente

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15. Paulino Machorro Narváez y los demás representantes jaliscienses en el Constituyente de 1917

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16. La función del legislador y la acción de los jaliscienses en el proceso constitucional

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LA PRESENCIA DE LOS JALISCIENSES EN LOS CONGRESOS CONSTITUYENTES

Guillermo Cosío Vidaurri

I. INTRODUCCIÓN La Centenaria Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística por conducto de su correspondiente en Guadalajara, ha abierto sus puertas para recibirme como uno de sus miembros, para lo cual, confieso, carezco de merecimientos. Debo corresponder a tan señalado honor con la presentación de un trabajo que ponga de relieve mi interés en el estudio y mi inquietud por los fenómenos sociales que han incidido en la conformación de nuestra Patria. Por ello, he elegido como tema de mi modesta disertación un aspecto de la historia, que en mucho ha influido en el desarrollo del país, siendo éste el de la formación de nuestras Leyes Constitucionales y particularmente, la presencia que en ellas han tenido jaliscienses de todas las épocas, particularmente a partir de la Independencia. Trataré de destacar aspectos sobresalientes, de aquellos que con sus tareas legislativas actuaron con mayor in9


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tensidad en los trabajos de sus respectivos congresos, sin que ello pueda considerarse de manera alguna como afán de minimizar las tareas realizadas por los demás, ya que en mi opinión, todos en la medida de sus posibilidades, supieron cumplir con la honrosa encomienda que para representar al Estado les fuera conferida; misión que en múltiples ocasiones no resultó fácil y sí en cambio requirió siempre un esfuerzo especial que muchas de las veces no ha sido comprendido. La influencia que han tenido los hombres de Jalisco en la configuración política de nuestro México, puede calificarse sin hipérbole alguna como sobresaliente y para decir lo anterior no nos ciega el amor al terruño ni nuestra raigambre orgullosamente provinciana.

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1. TENDENCIA A LA INDIVIDUALIDAD En la época inmediata anterior a la Conquista Española, los Señoríos que ocupaban el que podríamos calificar como territorio jalisciense y en gran parte lo que hoy son los Estados de Colima, Nayarit, y una porción de Sinaloa, revelaron una tendencia a la interrelación pero también una voluntad irreductible a su autonomía. Los Señoríos de Colima, Tonalá, Xalisco y Aztatlán, guardaban entre sí lazos de comunidad muy explicable por su ascendencia común, pero no obstante ellos eran celosos de su independencia. Al observar el curso de la historia y el comportamiento de los jaliscienses, advertimos que tanto en la época colonial como en la muy turbulenta que siguió a la independencia del país y hasta nuestros días conservamos la idea de solidaridad con el resto de las entidades que forman nuestra República; pero somos decididos partidarios de mantener nuestra identidad dentro de ese gran todo que es la Patria. Cuando en el año de 1548 Carlos V mediante Real Cédula crea la Audiencia para la Nueva Galicia, reconoció implícitamente la importancia que tenía dicha provincia dentro de la composición de lo que se dió en llamar la Nueva España. Veintitrés años después de instituída la Audiencia de la Nueva Galicia, quienes la constituían 11


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revelaron su autonomía al entrar en conflicto con la Audiencia de México en el problema de Jurisdicción sobre la Villa de Purificación. La disputa hubo que ser resuelta por Real Mandamiento, el que favoreció a la Audiencia de Guadalajara. No corresponde al tema de esta plática incursionar en la importancia que tuvo Jalisco y los jaliscienses en la Guerra de Independencia; ella está escrita en forma indeleble en los anales de nuestra historia. Nuestro propósito es hacer resaltar la intervención de algunos jaliscienses en el quehacer político dentro del marco de derecho del México que fué, del que es, y que confiamos será siempre. 2. BOSQUEJO HISTÓRICO Para ilustrar lo anterior, baste recordar a grandes rasgos a los diferentes Congresos, o seudo Congresos Constituyentes a partir de la culminación de la Guerra de Independencia, fueron ellos, durante el siglo pasado los siguientes: Junta Provisional de Gobierno, que tiene su origen en los Tratados de Córdoba, en cuyo Artículo 14 se determinó depositar el Poder Legislativo de la Nación, recién independizada, en una Junta compuesta por “Los Primeros Hombres del imperio, por sus virtudes, sus fortunas, por su presentación y conceptos”. “Segundo Congreso Mexicano” del 24 de febrero de 1822, instituído en sustitución de la Junta Provisional de Gobierno, al adoptarse la monarquía moderada constitucional con denominación del Imperio Mexicano. 12


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Este Congreso fué disuelto por el propio Agustín de Iturbide el 19 de mayo del mismo año, estableciendo a cambio la Junta Nacional Instituyente, que se instaló el 2 de noviembre del citado año y la que en febrero de 1823 expidió el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano y se atribuyó el Poder Legislativo. Cabe advertir que en virtud del “Plan de Casa Mata”, del que fueron figuras destacadas Antonio López de Santa Anna y Guadalupe Victoria, el 2 de diciembre del mismo año, se declara disuelta esta Junta y el 3 de marzo de 1823 es reinstalado el Congreso que con anterioridad había sido proscrito por Iturbide. Más tarde, por haberse dejado sin efecto la reinstalación del “Segundo Congreso Mexicano”, el 5 de noviembre de 1823, se estableció uno nuevo, en el que prevaleció la idea federalista, mismo que el 31 de enero de 1824 emitió “El Acta Constitutiva de la Confederación Mexicana”, antecedente inmediato de la Constitución Federal del 4 de octubre del mismo año, la que estuvo vigente hasta el año de 1836 en que fueron suspendidos sus efectos como consecuencia del entronizamiento de las ideas centralistas en el país y como resultado de la expedición de las “7 Leyes Constitucionales”. Posteriormente, en diciembre de 1841 se convocó a un nuevo Congreso Constituyente, que como es sabido no realizó tareas en ese sentido, dado que el 19 de diciembre de 1842, Nicolás Bravo, en un Decreto expedido por él, creó una “Junta de Notables”, encargada de formar las BASES para organizar la nación. Dichas Bases vieron la luz en el año de 1843 y se estuvieron aplicando hasta el 4 de agosto del 46, fecha en la que, mediante 13


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el Plan de la Ciudadela, se desconoció al Régimen Central, se dispuso el reestablecimiento del Sistema Federal y la formación de un nuevo Congreso Constituyente, el cual quedó instalado el 6 de diciembre del mismo año, habiéndose expedido el 18 de mayo del año siguiente las llamadas “Actas de Reformas”, mediante las cuales se restauró la vigencia de la Constitución de 1824, mediante las adecuaciones y modificaciones que se estimaron necesarias y oportunas. 3. PRISCILIANO SÁNCHEZ Y EL “PACTO FEDERAL DE ANÁHUAC” En 1822 participa en el Primer Congreso Nacional un ilustre jalisciense, Prisciliano Sánchez, al que ortodoxamente no cabría considerarse como miembro de los Congresos Constituyentes de la Nación, aunque pudo haber llegado fácilmente como representante de su Estado al Congreso Constituyente de 1824. No fué así, porque a él le atraía fundamentalmente el calor de la provincia; de ahí que hubiese preferido retornar a Guadalajara en donde es electo Diputado al Congreso Constituyente de Jalisco, para que más tarde, como es sabido, le corresponda el señalado honor 14


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de ser el primer Gobernador Constitucional del Estado, cargo éste que desempeñó del 24 de enero de 1825 al 29 de diciembre de 1826, fecha en que se separó con licencia por encontrarse enfermo, de tal gravedad, que falleció al día siguiente de su separación. Su intervención puede considerarse como relevante en los procesos constitucionales por su mantenido propósito de dar al país una forma de Gobierno Federal y no Centralista; ya que él fué autor de lo que se conoció en ese momento como Pacto Federal de Anáhuac, el que tuvo influencia decisiva en el Proyecto del Acta Constitutiva de la Federación que se plasma, como ya hemos dicho, en la Constitución de 1824. Se distinguió también como opositor a los gravámenes fiscales que englobaban dentro de un mismo renglón los licores, el algodón y los artículos de consumo necesario. También intervino de nuevo con su característica vehemencia cuando se discutía el por entonces espinoso tema de las relaciones entre la Iglesia y el Estado. Tan espinoso era que se debatía incluso dentro de la materia, lo que era considerado como la libertad de conciencia. 4. REBELDÍA CONTRA EL CENTRALISMO Caído el Imperio, la Provincia de Nueva Galicia exigió el establecimiento de una República Federal y la Diputación Provincial expidió un largo Manifiesto que equivalía a una rebelión política contra el Centralismo, lo que no significaba la separación de Jalisco del todo que formaba la Nación Mexicana; ya que en junio de 1823, en el Acta de la Diputación del Estado, se consignaba entre otras cosas: “Que se declara que es llegado el caso de hacerse el pronunciamiento tan deseado de erigirse esta 15


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Provincia en Estado Soberano Federal con los demás de la grande Nación Mexicana con el nombre de Estado Libre de Xalisco”. 5. TORIBIO GONZÁLEZ, PRECURSOR DEL SENADO Durante las deliberaciones del Congreso Nacional se alzó la voz del jalisciense Toribio González cuando se discutía la igualdad de la Representación y lo hizo en los términos siguientes: “La Representación Nacional no está igual porque en la Convocatoria no se tuvo presente la población de que resulta la desigualdad del nombramiento. Los Gobiernos Representativos estriban en la igualdad, por lo que es justo que se iguale la Representación de las Provincias para los que han de ser nombrados, repartiéndose entre todos los miembros del Congreso como legítimos representantes”. Abre así por primera vez la puerta de lo que posteriormente habrá de ser el Senado Mexicano. Debe consignarse que el 13 de mayo de 1823, Don Luis Quintanar, hasta entonces Capitán General de la Nueva Galicia, inició mediante la expedición de una proclama dirigida a todos los habitantes de la Provincia, el proceso transformador que habría de concluír dos meses y ocho días después con la erección y establecimiento del Estado Libre y Soberano de Xalisco, integrado por el territorio correspondiente a los veintiocho Partidos de que se componía la Intendencia de Guadalajara, siendo éstos los siguientes: “Guadalajara, Acaponeta, Ahuacatlán, Autlán, Barca, Colima, Cuquío, Compostela, Colotlán con el Nayarit y Corregimiento de Bolaños, Etzatlán, 16


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Hostotipaquillo, Lagos, Mascota, Real de San Sebastián, San Blas, Santa María del Oro, Sayula, Sentispac, Tomatlán, Tala, Tepatitlán, Tepic, Tlajomulco, Tequila, Tonalá, Tuxcacuesco, Zapotlán El Grande y Zapopan”. Para ello fué preciso realizar una laboriosa consulta entre los distintos habitantes de todos los pueblos y ciudades que integraban a su vez los Partidos indicados, entre los cuales se encontraban, como ya se ha dicho, muchos de los que ahora conforman no sólo el Estado de Jalisco, sino los de Colima y Nayarit, que a la postre pasaron a ser a su vez entidades soberanas. 6. LA DIPUTACIÓN JALISCIENSE AL CONGRESO CONSTITUYENTE DE 1824

A raíz de su constitución como Estado, Jalisco proclama su adhesión a los principios del Federalismo y dispone incorporarse al procedimiento que en todo México se había organizado para la elección y establecimiento del Congreso Constituyente, el que debería abocarse de inmediato a la tarea de crear la Estructura Jurídica que la Nación requería para formalizar Constitucionalmente su Libertad e Independencia. 17


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Tiempo después, el 7 de septiembre del mismo año, la Junta Electoral del Estado eligió a quienes como Diputados habrían de concurrir como Representantes de la Entidad al Congreso Constituyente Mexicano, habiendo resultado nominados los siguientes ciudadanos: Dr. Valentín Gómez Farías, con cuarenta votos, Dr. José María Covarrubias, con treinta y nueve votos, Dr. José de Jesús Huerta, con treinta votos, Lic. Juan de Dios Cañedo, con treinta y seis votos, Dr. José María Castro, con treinta y cuatro votos, Rafael Aldrete, con veintisiete votos, Dr. Cayetano Portugal, con treinta y cuatro votos, Lic. Juan José Romero, con veintiocho votos, Dr. José Miguel Ramírez, con treinta y un votos, y Dr. Antonio Montenegro, con treinta y siete votos. Y como Suplentes, a los siguientes: Dr. José Angel de la Sierra, con treinta y tres votos, Lic. Crispín Velarde, con treinta y nueves votos, y Lic. Rafael Dávila, con treinta y cuatro votos. Cabalísticamente, Jalisco hacía así, en la persona de trece de sus hijos más destacados, su valiosa aportación al intenso proceso Legislativo que nuestro país ha vivido desde entonces y a lo largo de ciento sesenta años de ser independiente y dentro de los cuales vieron la luz, como ya lo hemos señalado, diversos Congresos Constituyentes, que en cada caso fueron resultado de los cambios que México ha sufrido en su afán de integrarse, así como de las ansias de transformación que alentaron a las diversas corrientes ideológicas, que por una u otra razón pretendieron en su tiempo orientar el rumbo de la Patria. 18


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7. VALENTÍN GÓMEZ FARÍAS Y SU BRILLANTE EJECUTORIA LEGISLATIVA Don Valentín Gómez Farías fué el jalisciense que mayor número de veces resultó electo a un Congreso Constituyente, ya que, sin contar las Cortes de Cádiz, lo fué en cuatro ocasiones, la última para el constituyente de 1856-1857, en el que aparte de Jalisco también lo eligieron los Estados de México y Zacatecas. El Patriarca Liberal presidió el Constituyente de 1824 en noviembre de dicho año, y en el mes de julio de 1856 y en el de febrero de 1857, el Constituyente que corresponde a ese periodo, por lo que en reconocimiento a sus grandes méritos obtenidos en largos años de lucha en pos de la Reforma, es él quien con el carácter de Presidente del Congreso, juró la Constitución de 1857 que consagraba muchos de los principios por los que tanto había pugnado. En su larga carrera política que abarca cuatro décadas, don Valentín promovió la Reforma desde la Tribuna Parlamentaria, desde la Presidencia de la República, desde la cárcel, desde el ostracismo, desde la oposición, siempre con el deseo de consolidar a México como Estado Independiente, de destruír las estructuras colo19


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niales, de combatir el fanatismo, de extinguir los privilegios, de modernizar la educación, de separar a la Iglesia del Estado. El Doctor Gómez Farías da comienzo a su actividad política en el modesto cargo de Regidor del Ayuntamiento de Aguascalientes en 1820 y poco después se le eligió diputado a las Cortes Españolas, representación que no aceptó, porque optó por la Independencia de México que proclamó en Aguascalientes el 6 de julio de 1821. 8.- GÓMEZ FARÍAS CONTRA EL IMPERIO DE ITURBIDE Y EL CENTRALISMO Su acceso a la política nacional se produce como consecuencia de haber sido electo Diputado al Congreso supuestamente Constituyente de 1822-1823, por la Intendencia de Zacatecas a la que, por entonces, pertenecía Aguascalientes. En aquel Congreso, ante la inevitable desigAgustín de Iturbide nación de Iturbide como emperador, Gómez Farías logró se supeditara “a la precisa e indispensable condición” de que obedeciera la Constitución, Leyes, Órdenes y Decretos que dictase al Soberano Congreso Mexicano. 20


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Cuando Iturbide se enfrenta al Congreso, cuya convocatoria había promovido, y encarcela a un grupo de sus miembros, el médico jalisciense da muestra de su entereza al denunciar en la tribuna parlamentaria el atropello del tirano y proponer la disolución del Congreso, “antes que reducirse a una criminal condescendencia”. Pero la intervención más trascendental de Gómez Farías en aquel sedicente Congreso Constituyente dominado por los representantes de la reacción, consistió en proponer que sólo quedase en plan de convocante, moción que finalmente fué aprobada y permitió la instalación del auténtico Congreso de 1823-1824, que constituyó al Estado mexicano bajo la forma de federal. En el Constituyente de 1823-1824, Gómez Farías promovió el establecimiento del Federalismo en México, lo que defendió desde la tribuna el 14 y el 19 de diciembre de 1823, en la que sostuvo, contra la oposición de muchos aristocratizantes, que los senadores deberían ser designados por elección popular. La Primera Cámara de Senadores en México tuvo como Presidente inicial al doctor Gómez Farías, que resultó electo por el Estado de Jalisco para el bienio 1825-1826 y posteriormente reelecto para el cuatrienio 1827-1830. Muchos años después Sinaloa lo eligió Senador para el cuatrienio 1849-1853. El médico jalisciense tuvo una relevante actuación política en el Estado de Zacatecas, al lado del también destacado liberal don Francisco García Salinas, en cuyo Gobierno fungió como Secretario General. Su desempeño 21


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en aquel cargo fué a tal grado eficiente que le valió resultar electo diputado local y luego Vicegobernador. El derrocamiento del usurpador Anastasio Bustamante permitió el regreso de Gómez Farías a las palestra política nacional, al designarlo el presidente Gómez Pedraza, Secretario de Hacienda en 1833; este cargo lo habría de Anastasio Bustamante ocupar de nuevo, años más tarde, en 1846, por designación del presidente don Mariano Salas. 9. VALENTÍN GÓMEZ FARÍAS BENEMÉRITO DE LA PATRIA El precursor de la Reforma, fué electo en dos ocasiones Vicepresidente de la República, la primera en 1833 y la segunda en 1846; y estuvo en funciones de Presidente de la República en cinco ocasiones: La primera del 1° de abril al 16 de mayo de 1833, la segunda del 3 al 18 de junio del mismo año, la tercera del 5 de julio al 27 de octubre, también en 1833, la cuarta del 16 de diciembre de 1833 al 24 de abril de 1834, y la última del 24 de diciembre de 1846 al 21 de marzo de 1847. En sus efímeras actuaciones presidenciales demostró su probidad, energía, entusiasmo y vehemente deseo de reformar social22


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mente al país; no le arredró la magnitud de la empresa, porque consideró menester arrostrarla, “Dése principio a ella aunque se deje a otros la gloria de acabarla”, señaló cuando se lanzó a intentarla. El doctor Gómez Farías resultó electo diputado al Congreso Constituyente de 1846-1847, Restaurador del Federalismo, que inició sus sesiones en México y hubo de trasladarse en octubre de 1847 a Querétaro, ante la invasión norteamericana. El ilustre jalisciense interrumpió su participación en el Constituyente de 1846-1847 para hacerse cargo de la Presidencia de la República por quinta ocasión, pero la reanudó en Querétaro después de haber sido depuesto de la Primera Magistratura del país. Al volver a ocupar un escaño en este Congreso, pugnó porque se continuara la guerra contra el invasor americano, antes que perder una fracción del territorio nacional. Muchos otros cargos desempeñó don Valentín, como el de Presidente de la Junta de Representantes instalada en Cuernavaca a raíz de la Proclama del Plan de Ayutla, que eligió al General Juan Álvarez como Presidente de la República. También fué, en 1855, Administrador General de Correos de la Nación. Gómez Farías jamás buscó su beneficio personal y siempre manejó con absoluta honradez los caudales públicos que tuvo a su cargo. Al término de su vida se le encontraron sus manos sin polvo de oro y sin gota de sangre, porque tampoco se manchó con el asesinato de sus enemigos. Así, impoluto, llegó al término de sus días el 5 23


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de julio de 1858 en su casa de Mixcoac; la república con posterioridad lo reconoció Benemérito de la Patria, la historia lo declaró Patriarca de la Reforma, la reacción uno de sus más enconados opositores y Jalisco uno de sus hijos más preclaros. 10.- PARTICIPACIÓN LEGISLATIVA Y POLÍTICA DE JUAN DE DIOS CAÑEDO En el Congreso Constituyente de 1823-1824 hizo gala de un tacto admirable y de gran capacidad política otro coterráneo nuestro, Juan de Dios Cañedo, quien se opuso a que se consignara en la Constitución que no se toleraría una religión distinta a la católica y con agudo sentido de las circunstancias argumentó que “Convine callar en este punto, porque la intolerancia es hija del fanatismo y contraria a la religión”. Juan de Dios Cañedo, nacido en la Hacienda de El Cabezón, Jalisco, en el año de 1786, miembro de una acaudalada familia tapatía, acudió a obtener su enseñanza media, al único centro existente en aquella época, en nuestra ciudad: El Seminario Conciliar de Guadalajara. Más tarde ingresó a la Real Universidad de Guadala24


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jara, donde, contemporáneo de Anastasio Bustamante, de Francisco García Salinas y Valentín Gómez Farías, se formó ideológicamente con las ideas de vanguardia de sus maestros don Francisco Severo Maldonado y don José de Jesús Huerta. El señor Cañedo fué Diputado a las Cortes de Cádiz, al reinstalarse éstas en 1820 y posteriormente, a su regreso a México, Jalisco le eligió Diputado al Congreso Constituyente de 1823-1824, en el que, con su elocuencia, conocimientos jurídicos y amplia cultura, defendió a la causa del pueblo, del Federalismo y del cambio social, al lado de Gómez Farías, Ramos Arizpe y Manuel Crescencio Rejón. Su Estado lo nombró Senador para la Primer Cámara, por el cuatrienio 1825-1828 y el 8 de marzo de 1828, el Presidente Don Guadalupe Victoria lo designó Ministro de Relaciones Exteriores, cargo que desempeñó hasta el 25 de enero de 1829. De 1831 a 1836 tuvo la representación diplomática de México en Brasil, Perú y Chile. Fué electo diputado federal de nuevo en 1831 y como tal se opuso con vehemencia a que el gobierno obsequiase al General Nicolás Bravo, una espada con empuñadura de oro, por haber combatido al General Don Vicente Guerrero. Cañedo ocupó algunos otros cargos de importancia, como el de Presidente del Ayuntamiento de México en 1844 a 1845 y radicó en diversos países de Europa por espacio de varios años. A su regreso, Jalisco lo nombró diputado de nueva cuenta y volvió a defender la causa liberal. 25


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11. MARIANO OTERO SU INFLUENCIA EN LA CONFIGURACIÓN DEL AMPARO La aportación individual de mayor trascendencia para la estructura del sistema político-jurídico mexicano, es sin lugar a dudas la hecha por Mariano Otero, cuya fórmula adoptada en el Acta de Reformas de 1847 en relación con el alcance del juicio de garantías permanece vigente incluso en estas fechas, al grado que se le conoce entre los estudiosos como la fórmula Otero. No es el caso de hacer la historia del Juicio de Amparo, Institución de la que por varias razones puede sentirse orgulloso el Derecho Mexicano; pero sí conviene resaltar que la aportación de Otero le vino a dar una fisonomía característica que permite situar al juicio de garantías como una institución propia de nuestro sistema jurídico y distinta a los demás sistemas de control de constitucionalidad. La esencia de la fórmula en cuestión, es de todos sabido, radica en que la declaración de los Tribunales de la Federación ampararán al habitante de la República, “Limitándose dichos Tribunales a impartir protección en el caso particular sobre el que verse el proceso sin hacer ninguna declaración general respecto de la Ley o Acto que lo motivase”. 26


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Mariano Otero además de haber sido un jurista distinguidísimo y haber pasado a la historia como el creador de la fórmula que lleva su nombre, fué además sociólogo y economista notable. Estaba al tanto de las corrientes avanzadas de su época y el año de 1848 siendo diputado por Jalisco, en compañía de otro jalisciense, Don Bernardo Flores, votó en contra de la aprobación del Tratado de Paz con la Unión Americana mientras el enemigo estuviera ocupando militarmente el territorio nacional. Sin duda que se trató de un gesto simbólico y el voto de los jaliscienses representó el 50% de los emitidos en contra de dicho tratado, ya que en total fueron cuatro. Caudillo ideológico de la corriente liberal y progresista, Mariano Otero prestó luz y sabiduría a la gran controversia nacional, cuando el país se dividía en Federalistas y Centralistas. Con profética visión y esclarecida certidumbre, Otero promovió un vigoroso movimiento de ideas en favor del ideal federalista, y convenció a la opinión ilustrada de su tiempo para instaurar un proyecto histórico que sepultara al inmovilismo, la injusticia y la marginalidad del régimen colonial cuyas estructuras aún subsistían. Las ideas federalistas de Otero, concebían la libertad como requisito para la actividad plena del hombre, porque sin ella la ideología se transforma en dogma; la ciencia y la cultura en asunto de pocos; la técnica en instrumento sin fines; la política en negociación minúscula o ajuste rutinario de intereses, y el progreso económico y la justicia social son inconcebibles. 27


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12. PRESENCIA DE IGNACIO L. VALLARTA EN EL CONSTITUYENTE DE 1857 Después del purgatorio del Centralismo y habiendo triunfado la Revolución de Ayutla cuya cabeza visible lo fué Don Juan Álvarez, hombre de una pureza ciudadana excepcional, pero que sin el respaldo de las ideas políticas del Grupo de Nueva Orleans no hubiera hecho una verdadera Revolución sino una simple rebelión, se decide plasmar en una nueva Constitución los ideales de la Revolución triunfante y que para la época eran muy avanzados. Jalisco acreditó dentro del Congreso Constituyente que dió como fruto la Constitución del año de 1857 a 15 Diputados, entre otros, a Don Valentín Gómez Farías, quien como ya dijimos representó a nuestro Estado por sus cualidades como legislador y por ser un símbolo de la pureza republicana. Tanto respeto infundía él a la Nación, que la Crónica de Zarco consigna lo siguiente: “El señor Don Valentín Gómez Farías, Presidente del Congreso, conducido por varios Diputados y arrodillado delante del Evangelio juró enseguida; hubo un momento de emoción profunda, al ver al venerable anciano, al patriarca de la libertad de México, prestando el apoyo moral de su nombre y de su gloria al nuevo Código Político”. 28


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También representaron a Jalisco: Joaquín Angulo, J. Ignacio Herrera y Cairo, Jesús Camarena, Espiridión Moreno, Mariano Torres Aranda, Anastasio Cañedo, Jesús Anaya Hermosillo, Sabás Sánchez Hidalgo, Albino Aranda, Juan C. Fontán, Pedro Ogazón y alguien que al correr de los años sería uno de los más destacados juristas de México, Ignacio L. Vallarta, quien formó parte del Constituyente apenas despuntaba. Ello si comparamos sus intervenciones con las de Ponciano Arriaga, inicialmente electo como Diputado por Jalisco, dado que este último tuvo una influencia muy superior a la mayoría de los constituyentes y por supuesto a la de Vallarta, cuyas intervenciones fueron discretas y breves y según la crónica de Zarco no excedieron de quince; trece de las cuales versaron sobre cuestiones de método y dos de ellas de fondo, habiendo dado lectura a dos discursos que revelaron el carácter del futuro gran señor del Juicio de Amparo al discutirse la fracción IV del artículo 24 del proyecto de Constitución relativo al establecimiento del sistema de jurados, ahí Vallarta se declaró enemigo de tal situación. A favor del establecimiento del juicio mediante Jurados se invocaba la experiencia extranjera y los abusos cometidos por los jueces y el ilustre jalisciense argumentó en contra, rebatiendo en los términos siguientes: “Yo creo señores, que las instituciones no se importan en un país con la facilidad que se hacen viajar las modas. Yo creo que aquellas instituciones que más que otras se rozan directamente con el pueblo descansan en el espíritu público de los ciudadanos y tienen su raíz en las costumbres, no pueden llevarse al pueblo que no le prestan esas costumbres en que se apoyan. Lugar sería éste de hacer 29


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ver cómo la bondad del jurado inglés consiste principalmente en la bondad de las costumbres de aquel país célebre, lo mismo que el jurado americano heredado, con las costumbres de su Madre Patria. Lugar sería éste de probar con el testimonio de los amigos del jurado, cómo éste nunca ha podido establecerse con perfección en Francia, y ésto, por más que en ello hayan trabajado desde los violentos demagogos del terror hasta el despotismo de acero de Napoleón. Lugar sería éste de probar en fin que las costumbres de un pueblo ni se abandonan ni se olvidan por mandato de una Ley, sino que por el contrario, están fuera del alcance directo del Legislador. Y no tiende todo ésto a probar que soy amigo del ´Aún no es tiempo´ y como el que más, abomino de ese ´no es tiempo´ y que ha perdido a nuestra Patria. No señores, eso sólo tiene por objeto decir lo que yo reputo una verdad: sin costumbres no hay leyes posibles´. Vallarta pasó a la Historia del Derecho como un agudo observador y jurista de altos vuelos. En el discurso que comentamos expresó frases que contempladas a distancia resultan un tanto irónicas. Se expresó así: “Vuelvo a protestar mi imparcialidad, aunque abogado, al hablar así manifiesto que: yo no he sido juez nunca ni pretendido serlo jamás, y los intereses de mi profesión ni se rozan tal como la miro en este punto, ni vacilaría un instante en sacrificarlos en bien de mi patria. Yo señores, aunque abogado, ni me opongo al Jurado por espíritu de cuerpo, que no mantengo cuando mis ideas van por otro camino, ni por interés que, por mi honor aseguro, nunca inspiró mis opiniones ni lo tengo en esta cuestión…”. Vallarta era de los que pensaban que en vez de crear nuevas Instituciones es preferible volver 30


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operantes las ya existentes y al referirse al argumento conforme al cual los jueces eran verdaderos tiranos se expresó a la letra: “Porque yo el primero, confieso que nuestro actual modo de enjuiciar adolece de defectos crasos. Yo conozco que nuestros jueces cometen abusos, que si se quiere los jueces dependen del gobierno, aunque no con toda sujeción como en esta tribuna se ha dicho y aun conviniendo con la sombría descripción que los amigos del jurado nos hacen de nuestros Tribunales; aún siendo una verdad el furor sangriento, los grillos y las cadenas, los calabozos y las cárceles y sobre todo esos cuadros de desolación, de un juez tan bárbaro como omnipotente; pero aún siendo ésto una verdad, repito, nuestros conatos deben dirigirse a remover estos abusos, a cortar ese mal. En la impotencia de dar al pueblo mexicano costumbres nuevas debemos corregir las que sean viciosas. No olvidemos que estamos en México y que pisamos el suelo de un pueblo desgraciado, para ir a viajar a la región de las teorías, porque éstas, lo diré en una palabra, sólo son aplicables a un país cuando sus exigencias las piden”. Al discutirse el artículo 17 que consignaba a la letra: “La libertad de ejercer cualquier género de industria que sea útil y honesto no puede ser coartada por la Ley ni por la autoridad ni por los particulares a título de propietarios. Exceptuamos los actos de privilegio exclusivo concedido conforme a las leyes, a los inventores, perfeccionadores o introductores de alguna mejora”. Vallarta se opuso a la orientación ideológica del dispositivo y leyó un discurso en el que se advierten sus ideas sociales y económicas, dijo así: “Yo, lo mismo que la Comisión me he indignado una y otra vez de ver cómo los propieta31


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rios tratan a sus dependientes. Yo, lo mismo que la Comisión reconozco que nuestra Constitución democrática será una mentira; más todavía, un sarcasmo si los pobres no tienen sus derechos solamente detallados en la Constitución. Yo, en fin, conozco como la Comisión, que entre nosotros no andan escasos esos improvisados señores feudales que nada les falta para poder vivir bajo un Felipe II o bajo un Carlos IX…”. Y al referirse a cuestiones de orden económico implícitamente sostuvo lo que en la actualidad resulta un apotegma en la materia: “Las cuestiones económicas no pueden manejarse por Decreto”. Entre otras cosas expresó: “El principio de concurrencia ha probado que toda protección a la industria sobre ineficaz es fatal; que la ley no puede ingerirse en la producción; que la economía política no quiere del legislador más que la remoción de toda traba hasta las de protección…”. 13. VALLARTA, EL POLÍTICO En Jalisco actúa Vallarta como Secretario del Gobernador Pedro Ogazón, y como Gobernador sustito en dos breves periodos. Electo Diputado Federal en 1862, rechaza el cargo en un rasgo de honradez, porque consideró que no había logrado la mayoría necesaria. En 1863 por renuncia del General Arteaga, se le nombra Gobernador sin que llegue a ocupar el cargo y, siguiendo instrucciones del Presidente Juárez de abandonar las zonas ocupadas por el enemigo, emigra a Mazatlán y luego a los Estados Unidos, de donde regresa para acompañar al Benemérito, desde Zacatecas hasta la consumación del triunfo de la República. 32


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El 27 de julio de 1871 es elegido Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, cargo en el que tiene una administración con saldo positivo, a pesar de los problemas internos y de las dificultades e insurrecciones, como la Revuelta de la Noria. Concluído su periodo gubernamental, ocupa la Cartera de Gobernación en el Poder Ejecutivo Federal; en la primera etapa del Gobierno de Porfirio Díaz, sirve al país como Secretario de Relaciones Exteriores, cargo del que pasa al de Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el que con sus votos, ya clásicos en la historia y doctrina del Derecho Constitucional, realiza una interpretación de la Ley Fundamental de 1857 y, a la vez, da forma a lo que bien podría considerarse un tratado del Juicio de Amparo. 14. PEDRO OGAZÓN, MILITAR Y CONSTITUYENTE Por su papel relevante, además del que le tocó desempeñar como constituyente, es decido hacer una breve semblanza de Pedro Ogazón, quien nació en Guadalajara en 1824. Abogado y militar, participa en la defensa de su ciudad natal en el año de 1846 y toma parte ac33


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tiva en las campañas militares que se extendieron desde 1855 a 1867, siempre en el bando liberal, primero en una lucha contra la reacción doméstica y después contra el invasor extranjero, las ciudades de Colima, Guadalajara, Sayula, Zapotlán, Zacatecas y Querétaro, fueron teatro del arrojo y decisión de este emérito jalisciense. Al término de la Revolución de Ayutla es nombrado Gobernador del Estado de Jalisco, mismo cargo al que después accede por elección popular, al triunfo logrado en Calpulalpan. Diputado Federal en diversas ocasiones, también concurre al Constituyente de 1856, donde apoya decididamente las iniciativas de los liberales que en esa ocasión hicieron culminar el proceso de emancipación política del país y conformaron la fisonomía de una nación emergente. Fué Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y tuvo a su cargo la cartera de Guerra, desde la cual ordenó repeler las fuerzas del general Ord, norteamericano, que pretendía introducirse al territorio nacional con partidas a su mando. En reconocimiento de sus méritos, los restos de Pedro Ogazón se hallan, hoy, en la rotonda de los Hombres Ilustres. 15. PAULINO MACHORRO NARVÁEZ Y LOS DEMÁS REPRESENTANTES JALISCIENSES EN EL CONSTITUYENTE DE 1917 Hasta aquí hemos hablado acerca de la acción de los jaliscienses en los Constituyentes que vieron la luz en el siglo pasado, hablaremos ahora, aun cuando sea a grandes trazos, de lo hecho en el presente siglo. 34


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Como es sabido, al triunfo de la Revolución de 1910 se convoca a los habitantes del país a integrar un nuevo Congreso Constituyente, de cuyos trabajos surgió el 5 de febrero de 1917 la Constitución que actualmente nos rige; la que con múltiples modificaciones, reformas y adiciones, ha sido soporte Paulino Machorro Narváez esencial de la estructura jurídica de nuestro país y de las instituciones que los mexicanos nos hemos dado en el empeño de construir una Patria grande, libre, soberana e independiente. Jalisco no fué ajeno a ese proceso, primero porque era y es parte integrante de la Federación y, segundo, porque muchos jaliscienses habían sido actores distinguidos en el proceso revolucionario. Uno de sus hijos, Esteban Baca Calderón, a quien también hoy los nayaritas consideran como suyo, tuvo el mérito de ser precursor de la Revolución de 1910 por su participación junto con Diéguez en la Huelga de Cananea. Concurren al Congreso Constituyente, Amado Aguirre, Joaquín Aguirre Berlanga, Gaspar Bolaños, el propio Esteban Baca Calderón, Ramón Castañeda y Castañeda, Marcelino Dávalos, Manuel Dávalos Ornelas, Federico E. Ibarra, José Manzano, Francisco Martín de Campo, Bruno Moreno, Rafael Ochoa, José I. Solórzano, Carlos Villaseñor, Jorge Villaseñor, así como Sebastián Allende, 35


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Juan de Dios Robledo, Ignacio Ramos Praslow y Francisco Labastida Izquierdo, que posteriormente fueron gobernadores del Estado de Jalisco; Luis Manuel Rojas a quien cupo el señalado honor de presidir el propio Constituyente y Paulino Machorro Narváez, uno de los más destacados participantes en el Congreso y de quien vale la pena hacer una exégesis de su intervención como diputado. Su figura es descollante. El distinguido jurista, quien durante algunos años había ejercido su profesión de abogado en la ciudad de Guadalajara, presidió la Segunda Comisión que firmó cerca de setenta dictámenes para que se discutieran dentro del Congreso Constituyente. De dicha Comisión formaban parte personajes tan significativos como Heriberto Jara, Agustín Garza González, Arturo Méndez e Hilario Medina. Es por demás interesante la lectura de las Actas del Congreso Constituyente y observar que Machorro Narváez, quien al principio titubeaba, no en el aspecto fonético, sino en la dimensión técnica, a medida que avanza el trabajo va aprendiendo la técnica parlamentaria, va madurando dentro del terreno que podríamos llamar constitucional y durante el último mes de las discusiones se conduce con gran señorío, y conocedor ya del sistema del debate jurídico-político se permite contestar a los opositores hasta con cierta elegante ironía. En una de sus primera intervenciones relativa al contexto del artículo 55 referente a los requisitos para ser diputado, revela Machorro Narváez un fervor nacionalista característico, y al referirse a la nacionalidad por 36


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nacimiento, indispensable para ser diputado se produjo más bien en forma lirica ya que estaba en el principio de su aprendizaje parlamentario. Días después intervino en el debate sobre la composición de la Cámara de Senadores y con sentido político hizo resaltar que mientras que los diputados lo son por el voto de un cierto número de individuos y puede el número de dichos diputados variar de acuerdo a los electores, “La genuina representación de la Federación es la Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados es el Congreso electo sobre la base de la soberanía del pueblo; la de Senadores es la Cámara Federal por antonomasia”. Cuando de nuevo interviene nuestro personaje, en el debate es para defender la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, los argumentos que esgrime tienen ya un contenido político-jurídico, que sin llegar a lo excelso revela no obstante la evolución que hay siempre hacia arriba en el representante de Jalisco. Al tomar la palabra para oponerse a la elección popular de los miembros del Poder Judicial, distingue con toda la capacidad del abogado postulante entre las ventajas de la elección popular para los puestos políticos y las aparentes, si los miembros del Poder Judicial son electos mediante dicho sistema. Se pronuncia definitivamente en contra de la elección popular. Dijo entre otras cosas: “El poder moral verdadero, el poder verdaderamente grande en la conciencia de los pueblos está en el Poder Judicial porque este Poder representa la razón y la justicia; porque los actos de este Poder afectando hasta los pequeños intereses son comprensibles para la gran mayoría de los individuos… El pueblo puede no votar, no le preocupa el número de diputados ni quiénes sean, pero el pueblo sí se fija en que 37


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el juez lo ha condenado a pagar una deuda que no debe; el pueblo sí se fija en que alguien ha sido absuelto de pagar una cuenta que sí debía, debido a las influencias de sus abogados… Hay que alejar al Poder Judicial de la política y no arrojarlo al fondo de ella para que resulte un juguete de las pasiones. El elector popular está impedido de conocer las cualidades intelectuales del funcionario que va a elegir. Las cualidades de un buen magistrado tienen que ser el conocimiento y la honradez…” Son más de treinta las intervenciones que tuvo Machorro Narváez en su calidad de Presidente de la Segunda Comisión para contestar cuestiones técnicas; dichas intervenciones tuvieron lugar durante el mes de enero de 1917 cuando tenía ya cierta experiencia después de los primeros veinte días de debate. Su madurez y el aplomo parlamentario se revelan en la sesión de 22 de enero de ese año, cuando contestando al diputado Fernández Martínez, quien propugnaba porque los Municipios tuvieran facultad constitucional para ir al Juicio de Garantías y

Luis Manuel Rojas rinde protesta de Ley como presidente de la mesa directiva que encauzará los trabajos del congreso.

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como el diputado en cuestión recurriera a ciertos lirismos según los cuales su propuesta sería rechazada por venir de un representante oscuro, pero que si ello sucediera únicamente le restaba “contemplar que mi iniciativa está quemándose y que su fuego va a unirse al fuego de las hogueras que devoraron a infinidad de los cadáveres de los revolucionarios que murieron defendiendo su bandera, sus ideales, la bandera roja de sus grandes rebeldías”. Después de tan lírico discurso Machorro Narváez en su calidad de Presidente de la Segunda Comisión pidió el uso de la palabra y concedida que le fué se produjo en los términos siguientes: “El señor diputado Fernández Martínez puede estar tranquilo porque no serán mutiladas sus manos, solamente ha sufrido una pequeña herida de amor propio… no es verdad que nos hayamos desentendido de su propuesta, sino que ella no corresponde al tema del Amparo sino a la seguridad de los Municipios y de tal seguridad se ocupa el artículo 115. Puede estar tranquilo el señor diputado”. 16. LA FUNCIÓN DEL LEGISLADOR Y LA ACCIÓN DE LOS JALISCIENSES EN EL PROCESO CONSTITUCIONAL Expuestos los comentarios anteriores, a guisa de resumen es prudente señalar que los Constituyentes de nuestro Estado, imbuídos de un espíritu profundamente revolucionario en su momento, ya que procuraron y lograron cambiar las estructuras, eran apasionados amantes de la libertad individual y con ello revelaban el deseo de afirmación de sí mismos, característico de nuestros hombres. 39


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Enjuiciar a los constituyentes jaliscienses desde el punto de vista técnico es un tema que no se quiso fuese materia de esta plática. Tratamos de resaltar algunos aspectos de su ideología y creemos que con lo señalado se puede afirmar: que como representantes de un pueblo amante de la libertad, pero enemigo del atropello, desempeñaron honrosamente su papel, y que todos ellos, dentro de su escala, son el mejor ejemplo para quienes hemos nacido en esta tierra amada. La función de un legislador no siempre puede advertirse plenamente: dado que no todo el trabajo que se realiza en una Cámara se presta a lucimiento público, habida cuenta que por lo general el brillo está reservado a quienes teniendo el don de la elocuencia, pueden captar desde la tribuna la atención de la colectividad; lo que no acontece en otros casos, como es en el trabajo de comisiones, el que usualmente siendo laborioso y de gran trascendencia, es por lo común poco apreciado, excepto por quienes conocen los distintos pasos que deben seguirse antes de que una Ley llegue a tener nacimiento formal y se haya convertido en norma obligatoria para todos los habitantes de la República. Para concluír es dable decir que la participación de los jaliscienses en el proceso legislativo mexicano a partir de la Independencia y hasta nuestros días no se ha interrumpido. Sabido es que toda reforma, modificación, adición o supresión de un precepto constitucional, requiere de un procedimiento específico que la propia Constitución General de la República establece y por virtud del cual funciona lo que justamente se denomina Constituyente Permanente. En él han participado muchos jaliscienses 40


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que llegaron a las Cámaras de Diputados o Senadores del Congreso de la Unión, así como aquellos que como miembros de la Legislatura de la Entidad han tenido en algún momento la oportunidad de conocer y sancionar cambios en nuestra Carta Magna; los que de ninguna manera hubiesen tenido legitimación, de no haber mediado el seguimiento exacto de los mecanismos jurídicos que la propia Ley Fundamental establece. En la tarea de hacer una Patria justa e igualitaria, consecuente con la idea rectora de quienes hicieron posible su independencia, su soberanía y su libertad, Jalisco ha aportado a la República hombres valiosos que en su momento supieron responder a quienes directa o indirectamente pensaron en ellos para elegirlos representantes ante los Órganos Legislativos de la Nación. Si bien es cierto que los Prisciliano Sánchez, los Gómez Farías, Los Otero, Los Ogazón, Los Vallarta, Los Machorro Narváez y Los Luis Manuel Rojas no surgen todos los días, también lo es que de la cantera inagotable de Jalisco han surgido y seguramente seguirán surgiendo otros muchos adalides del pensamiento, que dispuestos a servir a sus connacionales, han entregado y entregarán en el futuro lo mejor de sí mismos para bien de la Patria y para orgullo de nuestro Estado.

Guadalajara, Jalisco, 15 de diciembre de 1981. Lic. Guillermo Cosío Vidaurri 41


Nota aclaratoria: En la presente edición se respetaron las normas ortográficas vigentes en la época que se publicó el texto. Únicamente se corrigieron las erratas que aparecían en el documento original.

En portada: Alegoría de la república Autor desconocido Siglo XIX Óleo sobre tela 87x107.5 cm. Colección Museo de Historia Mexicana http://www.museohistoriamexicana.org.mx/themes/coleccion/msxix_74.html


Otras publicaciones del IEF Crónicas del Proceso de Discusión del Acta Constitutiva de la Federación y de la Constitución de 1824. José Barragán Barragán. IEF. 2013 Luis Manuel Rojas: El jalisciense que presidió el Congreso Constituyente de 1917. IEF. 2015 Demarcando a Jalisco. José María Muriá. MAPORRUA-IEF. 2014

DIRECTORIO Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz Gobernador del Estado de Jalisco y Presidente del Consejo General del Instituto de Estudios del Federalismo Roberto López Lara Secretario General de Gobierno Javier Hurtado Director General del Instituto de Estudios del Federalismo Primera edición 2015 EDITOR RESPONSABLE Francisco Javier Jiménez Campos ARTE Y DISEÑO José Luis López González CORRECTOR DE ESTILO Fanny Enrigue Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” Juan Álvarez N° 2440 Colonia Ladrón de Guevara. C.P. 44600 N° 1 La presencia de los jaliscienses en los congresos constituyentes. Serie “Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917”, se terminó de imprimir en Febrero de 2015, con un tiraje de 300 ejemplares. ISBN: 978-607-8136-21-6


E

sta obra es la apreciación justa y precisa del autor, donde destaca, en la rica pléyade de constituyentes jaliscienses, entre otros, el distinguido reformador Valentín Gómez Farías, prócer epónimo de la agrupación a la que ha pertenecido desde tiempo atrás. Con el deseo de difundir la obra, hasta ahora poco conocida del Patriarca de la Reforma, el Comité Nacional Ejecutivo de aquella agrupación solicitó –y obtuvo– la autorización del señor licenciado Guillermo Cosío Vidaurri para publicar su referido trabajo académico, que enfatiza y destaca aspectos de la actuación del ameritado médico jalisciense. Y ahora, en 2015, da su consentimiento a nuestro Instituto para publicar su documentado trabajo en donde nos entera de la importancia y trascendencia de la participación de los jaliscienses en cada uno de los documentos constitucionales de 1824, 1857 y 1917. En ella, nos hace viajar desde un bosquejo histórico que da contorno a los tres Constituyentes, pasando por la lucha en contra del centralismo y la labor de los legisladores jaliscienses en el diseño constitucional que ahora tenemos. Su publicación enorgullece a este Instituto por la temática y calidad de su contenido.

Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917


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