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1.2 La Educación en Derechos Humanos
Tomando en cuenta lo señalado en el acápite anterior, la Educación en Derechos Humanos no puede ser entendida solo como un servicio público o privado a cargo del Estado (Ministerio de Educación), o de entidades privadas, y que se implementa en base a una estructura y programación curricular predeterminados que, teórica y técnicamente, pueden estar bien formuladas, pero que en la práctica, tienen una orientación y finalidad social y política distintas a la concepción de la educación como un derecho humano integral.
La Educación en Derechos Humanos no consiste solo en el conocimiento teórico de los referentes jurídicoinstrumentales sobre los derechos humanos, sino el cómo llevarlos a la práctica, tanto en la vida de relación cotidiana de los actores que participan en los procesos educativos, así como también en la incidencia para contribuir a la formulación de políticas públicas con enfoque de derechos humanos. La Educación en Derechos Humanos no tiene que ver solo con la educación formal, con el acceso a ella de niños y niñas en edad escolar; esta abarca todas las edades, niños y niñas, adolescentes, jóvenes y adultos, en la perspectiva de una educación permanente, para toda la vida.
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Concebimos la Educación en Derechos Humanos, como un proceso de interacción social intencional, orientada a la transformación de todas aquellas condicionantes que impiden la plena realización personal y social de los seres humanos. Esto supone el desarrollo de un vínculo de respeto permanente entre los sujetos de la educación y su entorno que, mediante el diálogo crítico, reflexionan, analizan, debaten, construyen conocimientos, asumen
MISIÓN DE LA ESCUELA EDUCAR EN VALORES DE:
• RESPERO • JUSTICIA • SOLIDARIDAD • TOLERANCIA
y practican actitudes y comportamientos fundados en valores éticos y democráticos, con el propósito de generar condiciones de vida más justas y dignas para todos. En esta perspectiva, la persona se asume como sujeto protagónico, es decir, como ciudadano y constructor de su propio proyecto de vida.
Desde esta aproximación, en la medida que la persona humana es el centro de los procesos educativos, y entendiendo que todos los seres humanos somos seres dignos y valiosos, tanto el Estado, como los demás actores de la educación, tienen una responsabilidad ética y política insoslayable para garantizar una educación de calidad, y no hay educación de calidad, y mejor aún, la educación solo será de calidad si responde a este enfoque.
La Educación en Derechos Humanos tiene un profundo sentido ontológico, puesto que su razón de ser y su fin primero y último es la persona humana y su realización integral. En tal medida, la finalidad y objetivo central de la Educación en Derechos Humanos no es la acumulación de conocimientos (saber más), o el desarrollo y manejo de habilidades (saber hacer), sino el desarrollo y fortalecimiento del SER persona. Esto no quiere decir que los conocimientos y habilidades no sean importantes y necesarios. Nuestra sociedad requiere de los conocimientos y competencias intelectuales y académicas, pero primordialmente necesita la formación de personas, seres humanos y ciudadanos capaces de convivir e interactuar en la sociedad, con libertad, autonomía, responsabilidad y voluntad propias, reconociendo y respetando la dignidad y derechos de todos en la sociedad. En tal sentido, la implementación de la Educación en Derechos Humanos implica asumir una responsabilidad que no puede ser solo académica, técnica u operativa, sino, fundamentalmente, ético-política.
EDUQUEMOS PERSONAS QUE SE VALOREN Y VALOREN A LOS DEMÁS