Cartera de Inversiones
Oficina de Programación de inversiones multianual Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones “Invierte.pe”
III. REPORTE DEL ESTADO SITUACIONAL DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
Responsable de la edición: Ing. José Gabriel Vásquez Urbina
AUTOINSTRUCTIVO #3 GESTIÓN 2015-2018
NUEVO SISTEMA DE INVERSIÓN PÚBLICA INVIERTE.PE El gobierno ha creado el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones “Invierte.pe”, en reemplazo del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) que fue introducido en el año 2000. Este cambio busca orientar la inversión pública a la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el país y evitar el dispendio de recursos en proyectos de baja rentabilidad social. En el nuevo sistema la inversión pública se basará en la planificación multianual de proyectos según las necesidades de la población (medidas mediante brechas de infraestructura), y se usarán estudios de pre inversión para el correcto dimensionamiento de los proyectos y sus costos. Otro elemento del nuevo sistema es la estandarización de proyectos, que permitirá reducir los tiempos de formulación y evaluación. Finalmente, se espera garantizar la operación y el mantenimiento del proyecto mediante la programación presupuestal, y la evaluación del proyecto ejecutado para aprender y mejorar el sistema.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 035-2018-EF/15 DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN MULTIANUAL QUE REGULA Y ARTICULA LA FASE DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES Y LA FASE DE PROGRAMACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
Los sectores, a través de su OPMI (antes OPI), elaboran un diagnós co de brechas de infraestructura y servicios públicos. En función al diagnós co establecen obje vos para reducir las brechas, por áreas geográficas, que comunican a los GR y GL. Las OPMI del sector y de los GR y GL elaboran su cartera de inversiones sobre la base de los objetivos y priorización definidos.
Consolidación en el PMIE
La cartera de inversiones debe indicar la posible fuente de financiamiento, modalidad de ejecución, monto referencial y fechas de inicio y término.
El Órgano Resolu vo de cada sector, GR y GL debe presentar, antes del 30 de marzo de cada año, su PMI a la Dirección General de Presupuesto Mul anual de Inversiones (DGPMI), que consolida toda la información en el Programa Mul anual de Inversiones del Estado (PMIE).
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Si bien el PMIE es el marco de referencia de la inversión pública, previamente es evaluado por la DGPMI para validar su consistencia con la programación de inversiones que realizan anualmente los sectores, GR y GL, y cuya información es remi da por la Dirección General de Presupuesto Público.
Se realiza la programación mul anual
En base a las brechas, estándares de servicio y niveles de producción comunicados por los sectores, las OPMI de cada GR y GL elaboran sus PMI y se lo comunican a cada sector.
La programación que realicen debe cubrir un período mínimo de tres años
Para incorporar PIP después que los PMI han sido aprobados, la OPMI (antes OPI) deberá jus ficar el pedido y este deberá ser aprobado por el Órgano Resolu vo (OR) correspondiente ( tular del sector, gobernador o alcalde). De no contar con marco presupuestal, no pasará a la siguiente fase.
Oficina de Programación Multianual de Inversiones
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Anexo N° 4 Sistema/Ente rector/ Organismo/ Temática
Información o documentación con la que cuenta la entidad, sujeta a verificación
En el autoinstructivo # 2, nos quedamos en la pregunta 11 de asuntos urgentes de prioritaria atención.
Respuestas
(Si/No/ No aplica)
Observaciones
Base legal -
Sistema Nacional de Inversión PúblicaMinisterio de Economía y Finanzas - MEF Dirección General de Inversión Pública - DGIP 25.1. ¿Completó el formato de Situación actual de las Inversiones gestionadas en el periodo 2015-2018? Formato N° 7 25
Programación Multianual y Gestión de Inversiones
25.2. ¿Cuenta con el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del gobierno regional o gobierno local a su cargo, aprobado por el Órgano Resolutivo correspondiente que incluya el último año de su gestión?
25.3. ¿Ha completado la información de la cartera de Inversiones financiados con el Foniprel en el aplicativo correspondiente a la DGIP?
Para responder esta pregunta con el Si-No - No aplica, debemos ver la hoja explicativa.:
Numeral 5.4 del Artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252 , Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modificatorias.
Numeral 6.2 del Artículo 6 de la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la Fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto. Aprobado con Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15. Artículo 11 de la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL. Referido a la Unidad Ejecutora.
Se recomienda revisar la base legal, para tener mayor sustento.
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Hoja explicativa para el llenado de pregunta 25 programación multianual.
Es importante verificar la información.
Observaciones
En esta columna, colocar las observaciones, si el documento se concluyo o que le falta.
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(74); así como su ubicación física de tal documental indicando el órgano que lo tiene (75).
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