Juan Pablo Pozo Bahamonde
Democracia en el Contexto Suramericano
Quito - Ecuador 2015
© De la presente edición 2015. DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO Autor: Dr. Juan Pablo Pozo Bahamonde ISNB: 978-9942-20-573-5 Derechos de Autor: Equipo de investigación: Ab. Rodrigo Sánchez Gualoto. Diseño, diagramación e impresión: V&M Gráficas Portada: Rubén Risco Primera Edición, enero de 2015 2.000 ejemplares Quito, Ecuador. República del Ecuador Aval: Consejo Nacional Electoral Instituto de la Democracia Universidad de Cuenca
NOTA: el contenido de este libro no podrá ser reproducido, ni total, ni parcialmente, sin previo permiso del autor. Todos los derechos son reservados.
A quienes creen que las fronteras son artificiales y luchan
incansablemente por la integración de nuestros pueblos. A Sofía y Juan Andrés, por enseñarme a ver la vida desde la magia y la sonrisa. A María Virginia, por mantener inquebrantable su amistad y amor. A mis padres, por su ejemplo siempre presente, vigente, eterno, aquí y ahora.
Este libro busca ser una herramienta que nos invite a soñar, a promover la esperanza y la utopía de edificar cada día, a cada instante, la Patria Grande Suramericana, en la cual vivamos nosotros y nuestros hijos, en sociedades democráticas, dignas y soberanas. Porque nada nos separa, nada nos diferencia; todo nos une y entrelaza. Por ello, esta publicación va dedicada a todos los que son orgullosamente unasureños, que día a día contribuyen a construir la Gran nación de Bolívar.
Índice Prólogo del Dr. Alejandro Tullo ........................................................................................i Prólogo del Dr. José Domingo Paredes Castillo................................................................v Prólogo del Dr. Francisco A. Távara Córdova ...................................................................x Prólogo del Dr. Patricio Baca Mancheno.......................................................................xiii Prólogo del Dr. Wilfredo Penco.....................................................................................xvi Introducción ...................................................................................................................1 CAPÍTULO I LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACIÓN SURAMERICANOS .................................................................5 1.1. Introducción ............................................................................................................7 1.2. La vinculación entre el fortalecimiento de la democracia y los procesos de integración suramericanos. ............................................................7 1.3. Aportes para el fortalecimiento de la democracia de la CAN, Mercosur, Alba-Tcp y Unasur. ...............................................................................24 1.3.1. Aportes de la Comunidad Andina de Naciñones (CAN) al fortalecimiento de la democracia. .............................................................29 1.3.2. Aportes del Mercado Común del Sur (Mercosur) para el fortalecimiento de la democracia.......................................................41 1.3.3. Aportes de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos (Alba-Tcp) para el fortalecimiento de la democracia.......................................................49 1.3.4. Aportes de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) para el fortalecimiento de la democracia.......................................................51 CAPÍTULO II LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR).................................53 2.1. Introducción. .........................................................................................................55 2.2. Definición y características del proceso de integración de la Unasur. ......................55 2.2.1. Características del proceso de integración de la Unasur. ...............................58 2.2.1.1. Integración intergubernamental. ...................................................58 2.2.1.2. Integración multidimensional. ......................................................62 2.2.1.3. Integración endógena y autónoma. ...............................................65 2.2.1.4. Cooperación, convergencia y complementariedad.........................68 2.2.1.5. Integración direccionada a garantizar derechos..............................73 2.3. Objetivos de la Unasur. ..........................................................................................75 2.4. Desarrollo histórico del proceso de integración de la Unasur. .................................78 9
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
2.4.1. Las Cumbres Presidenciales Suramericanas (2000-2004)..............................79 2.4.1.1. La I Cumbre de Presidentes/as Sudamericanos de Brasilia-2000....81 2.4.1.2. La II Cumbre de Presidentes/as Sudamericanos de Guayaquil - 2002. ....................................................................81 2.4.2. La Comunidad de Naciones Sudamericanas, 2004-2008..............................82 2.4.2.1. La I Cumbre de la Comunidad de Naciones Sudamericanas, Brasilia – 2005..............................................................................84 2.4.2.2. La II Cumbre de la Comunidad de Naciones Sudamericanas, Cochabamba – 2006.....................................................................85 2.4.2.3. Declaración de Margarita, Venezuela – 2007. ...............................86 2.5. El nacimiento de la Unasur – 2008. .......................................................................87 2.6. Compromiso de la Unasur con la democracia y la cooperación en materia electoral. .....................................................................89 2.6.1. El diálogo político en la Unasur. ..................................................................92 2.6.2. La construcción de la ciudadanía suramericana. ...........................................93 2.6.3. El Parlamento suramericano.........................................................................94 2.6.4. La participación ciudadana. .........................................................................95 2.6.5. La Cláusula Democrática de la Unasur.........................................................96 2.6.6. La cooperación sectorial – Consejo Electoral de la Unasur (CEU)................98 CAPÍTULO III ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR (CEU)................................103 3.1. Introducción. .......................................................................................................105 3.2. Estados integrantes de la Unasur. .........................................................................105 3.3. Estructura institucional de la Unasur....................................................................105 3.3.1. Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno .......................................106 3.3.2. Presidencia Pro Témpore ............................................................................107 3.3.3. El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. ...................108 3.3.4. Consejo de Delegadas y Delegados.............................................................109 3.3.5. La Secretaría General de la Unasur.............................................................110 3.4. Consejos sectoriales..............................................................................................111 3.5. Otras instancias....................................................................................................115 CAPÍTULO IV CONSEJO ELECTORAL DE UNASUR (CEU).......................................................117 4.1. Introducción. .......................................................................................................119 4.2. Definición y características del CEU ....................................................................119 4.2.1. Principios del CEU. ...................................................................................122 4.2.2. Objetivos del CEU. ...................................................................................125
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ÍNDICE
4.2.3. Atribuciones del CEU................................................................................125 4.2.4. Estructura del CEU. ..................................................................................126 4.3. Organismos Electorales Suramericanos miembros CEU .......................................128 4.3.1. Teoría general de las administraciones electorales. ......................................129 4.3.1.1. Organismos electorales de la República Argentina.......................134 4.3.1.2. Tribunal Superior Electoral de la República Federativa de Brasil .....................................................................138 4.3.1.3. Órgano Plurinacional Electoral del Estado Plurinaciona de Bolivia....................................................................................141 4.3.1.4. Organización Electoral de la República de Colombia..................145 4.3.1.5. Organismos Electorales de la República de Chile ........................148 4.3.1.6. Función Electoral de la República del Ecuador ...........................151 4.3.1.7. Comisión Electoral de la República Cooperativa de Guyana .......153 4.3.1.8. Justicia Electoral de la República de Paraguay .............................154 4.3.1.9. Sistema Electoral de la Repúblca de Perú ....................................159 4.3.1.10. Consejo Electoral Independiente de la República de Surinam .....161 4.3.1.11. Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay.................162 4.3.1.12. Poder Electoral de la República Bolivariana de Venezuela............164 4.4. Desarrollo histórico del CEU...............................................................................167 4.4.1. Reuniones de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur (2009-2012). .................................168 4.4.1.1. I Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Caracas-Venezuela, octubre de 2009..........................................................................169 4.4.1.2. II Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Caracas-Venezuela, julio de 2011. .............................................................................171 4.4.1.3. Reunión de los grupos de trabajo encargados del diseño de los proyectos de Estatuto del CEU y de los “Criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional”, Asunción-Paraguay, marzo-mayo de 2012. .................................................................173 4.4.1.4. III Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Asunción-Paraguay, mayo de 2012.............................................................................174 4.4.1.5. IV Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Lima-Perú, noviembre de 2012. ....................................................................176 4.4.2. Nacimiento del CEU e incorporación a la institucionalidad de la Unasur...176
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4.4.2.1. I Reunión extraordinaria del CE), Quito-Ecuador, 2 y 3 de diciembre de 2012.........................................................177 4.4.2.2. I Reunión Ordinaria del CEU, Lima-Perú, 26 y 27 de agosto de 2013........................................179 4.4.2.3. II Reunión Extraordinaria del CEU, Guayaquil-Ecuador, 28 de enero de 2014. ..................................181 4.5. Presentación de la propuesta de creación de una Unidad Técnica de Coordinación Electoral del CEU............................................182 CAPÍTULO V LOGROS DEL CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU) .......................185 5.1. Introducción ........................................................................................................187 5.2. Elementos básicos sobre la observación electoral internacional. ............................187 5.2.1. La observación electoral internacional en Suramérica antes de la conformación de la Unasur y su Consejo Electoral.............................189 5.3. Misiones de Observación Electoral de la Unasur. .................................................191 5.3.1. Desarrollo de las misiones de observación electoral de la Unasur. ...............196 5.3.1.1. Misión de observación electoral internacional de la Unasur en el Referéndum Nacional Constituyente del 25 enero de 2009, en el Estado Plurinacional de Bolivia. .........................................196 5.3.1.2. Misión de acompañamiento electoral en el referéndum constitucional del 9 octubre de 2011, en la República de Paraguay. .......................................................197 5.3.1.3. Misión de acompañamiento electoral en las elecciones de las autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional del 17 de octubre de 2011, en el Estado Plurinacional de Bolivia. .........................................199 5.3.1.4. Misión de observación y acompañamiento electoral de la Unasur para las elecciones generales y regionales de la República Cooperativa de Guyana, noviembre de 2011......202 5.3.1.5. Misión de observación acompañamiento electoral en las elecciones presidenciales del 7 de octubre 2012, en la República Bolivariana de Venezuela. ...................................202 5.3.1.6. Misión de observación y acompañamiento en las elecciones generales del 17 de febrero de 2013, en la República del Ecuador. .......................................................205 5.3.1.7. Misión de acompañamiento electoral a las elecciones presidenciales de 14 de abril de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela. ...................................208
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ÍNDICE
5.3.1.8. Misión de seguimiento electoral en las elecciones generales de la República de Paraguay, del 21 de abril de 2013. .................210 5.3.1.9. Misión de acompañamiento y observación electoral en la elecciones municipales del 8 de diciembre de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela. ...................................212 5.3.1.10. Misión de acompañamiento y observación electoral en las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014, en la República del Ecuador. .......................................................214 5.3.1.11. Misión de observación electoral en las elecciones parlamentarias del 9 de marzo de 2014 y la elección presidencial del 25 de mayo y 15 de junio de 2014 (primera y segunda vuelta), en la República de Colombia. ..........219 5.4. Creación de la Red de Institutos y Escuela de Formación en Democracia de la Unasur. ........................................................................................................222 5.5. Propuesta de creación de una instancia de capacitación y excelencia en materia electoral a escala suramericana. ........................................225 Mensaje final ...............................................................................................................227 Bibliografía..................................................................................................................231 Siglas ...........................................................................................................................243
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Prólogo del Dr. Alejandro Tullio
Palabras liminares Juan Pablo Pozo Bahamonde es un joven abogado ecuatoriano que ha dedicado los recientes y fértiles años al servicio de la democracia en la región. Precisamente en esta región, a la que muchas veces hemos calificado de extraordinaria en términos de democracia y elecciones, la totalidad de sus países tienen Jefes de Estado y Jefes de Gobierno electos en forma democrática, todos tienen normas electorales claras y celebran elecciones periódicamente. Ello permite afirmar que en forma colectiva, en materia de elecciones y democracia, si nuestra región tiene mucho que aprender lo hará de su propia práctica, porque ninguna organización, nación o conjunto de naciones está en condiciones de darnos honestamente lecciones. Esta concurrencia de reglas de juego permite, al mismo tiempo la convivencia de gobiernos de orientación ideológica diversa, y hasta de modelos de democracia que difieren en sus contenidos y alcances pero que van siendo adoptados por los propios constructores de nuestras sociedades cada día mas inclusivas. Tanto las democracias representativas del cono sur como la democracias plurales andinas –representativas, participativas y comunitarias– encuentran su lugar y el respeto del que en un pasado no remoto se carecía. Ese irrespeto se manifestaba en una única forma reconocida de democracia –la representativa– y el desdén doctrinario hacia las formas ancestrales de organización de la sociedad, la economía y el poder. I
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Esta convivencia de modelos de democracia no es fácil, requirió de la construcción de una organización regional de nuevo cuño para su reconocimiento y protección internacional y se fortalece en la legitimidad de un ejercicio que no se agota en las formalidades de la elección sino que apunta a lo que en alguna intervención hemos denominado las tres dimensiones de la democratización: la del poder, el conocimiento y la prosperidad. En nuestros países, las elecciones tienden a consagrar gobiernos que pueden romper esquemas preestablecidos, sin romper las reglas de la elección, y eso causa apoyos, repudios y perplejidades, motivando el desafío de desarrollar una novedosa forma de presenciar procesos electorales, formular recomendaciones y sacar conclusiones en forma colectiva y adecuada, entendiendo por adecuada la imperiosa negativa a aplicar conceptos y nociones ajenas a la praxis democrática de la región. Asimismo, en el marco de una región caracterizada por la vigencia de la democracia, no hay dos países con estructuras de organización, administración y calificación electoral análogas. Cada uno de los doce países de UNASUR tiene una arquitectura electoral distinta, la que se describe en este libro, y una diversa forma de designación para ocupar las magistraturas electorales. Esas diferencias causan problemas de dialogo institucional, ampliamente superados por la voluntad de marchar conjuntamente hacia nuevas fronteras de la democracia. La tarea de construcción institucional de un Consejo que reúna a los órganos electorales de América del Sur en el marco de un tratado internacional vigente, no es simple ni desde su planteamiento ni de su ejecución. Requirió voluntad, perseverancia, flexibilidad, comprensión y grandeza. También generosidad. He sido testigo y protagonista de todo este camino. He colaborado y presenciado todos los pasos dados, desde las iniciales reuniones de autoridades electorales, inspirada por la siempre generosa, en todos los aspectos, iniciativa del Consejo Nacional Electoral de Venezuela, hasta la Cumbre de Lima, donde las y los Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno aprobaron la creación del Consejo Electoral, y desde allí hasta este increíblemente promisorio presente.
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PALABRAS LIMINARES
Los debates que precedieron la creación del Consejo Electoral no fueron formales -no estamos ante una región que se caracterice por la pasividad y seguidismo de sus instituciones y quienes las encabezan – ni tuvo igual participación de todos los Estados pero, en este caso concreto, el antónimo de formales es vitales y la participación se fue logrando hasta la integración completa; las deliberaciones fundacionales, sostenidas en Caracas, Paraguay y Lima, y las siguientes también en Lima, Quito o Guayaquil siempre fueron francas, abiertas, sin reservas ni especulaciones, y eso es un valor. El Consejo transita varios caminos, tal vez el mas notorio sea el de las Misiones Electorales. Trece desde los primeros pasos, diez desde la constitución del Consejo Participé todas estas ultimas. Guyana, Venezuela, Ecuador, Bolivia, Perú, Paraguay, Colombia fueron huéspedes de distintas experiencias en que fuimos creciendo con metodologías propias. Innovamos en la presencia en elecciones fuera del territorio del país que celebraba elecciones, innovamos al verificar la usabilidad y accesibilidad de las paginas web institucionales, herramientas poderosas a la hora de informar sobre los derechos políticos. Las recomendaciones en materia electoral no son superfluas ni enmarcadas de un idealismo que las aleje de la práctica concreta de la organización electoral contextualizada, y en muchos casos pueden colaborar con la rectificación de tendencias que ponen en riesgo aspectos vitales de algo tan crítico como una elección. En aquellos casos que las recomendaciones son posteriores al acto electoral, toda recomendación o propuesta lleva implícita el compromiso de participar, mediante una respetuosa cooperación, de la silución que se considere adecuada. En misión hemos olvidado, aún siendo miembros de órganos electorales, que una misión es una actividad de carácter político-institucional y contenido técnico, decidida y organizada a instancias de una invitación del Estado anfitrión, para relevar en forma detallada y a la luz de las normas internas de cada país, su institucionalidad y su cultura política, la regularidad de los procesos electorales y el contexto en que estos se desarrollan.
III
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Pero en el marco de UNASUR también se vienen desarrollando actividades de cooperación bilateral, como, para dar un ejemplo de complejidad, las exitosas colaboraciones de Venezuela y Argentina con Ecuador para la organización de las elecciones con Voto Electrónico, en Santo Domingo de los Tsachilas y Papeleta Única Electrónica en el Azuay en Ecuador. Perú en materia de estudios electorales, o Venezuela, recabando información institucional sobre las elecciones en nuestros países lideran aspectos fundamentales del conocimiento y las acción mancomunadas que representan etapas superiores de la organización electoral regional. Esta obra, que refleja con rigor institucional y sin concesiones a las pasiones ni parcialidades, los pasos que jalonaron la todavía reciente creación del Consejo Electoral de la UNASUR, viene a cubrir una necesidad y a dar un testimonio de aquello que los suramericanos comprometidos con nuestra propia realidad hemos sido capaces de construir: una institución electoral regional, con normas, procedimientos y una práctica que, en poco tiempo, se ha legitimado interna y externamente. El prólogo de una obra es una oportunidad para saludar al autor y a su obra. Sea. Pero también, y creo con esto interpretar al autor porque lo conozco y lo valoro como un colega íntegro, es una oportunidad para agradecer a todos aquellos que con su inteligencia y actitud permitieron la forja de un metal suficientemente fuerte para acometer la tarea y suficientemente flexible como para no quebrarse en la primera dificultad.
Dr. Alejandro Tullio DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Buenos Aires, Noviembre de 2014.
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Prólogo del Dr. José Domingo Paredes Castillo
Sin lugar a dudas, América Latina está atravesando un proceso de trasformación en torno a los mecanismos de integración entre sus países y en su relacionamiento con los distintos bloques y regiones a nivel mundial. Muy conocidos y explicados son los procesos que derivan de la globalización y cómo éstos afectan a los países suramericanos. Estrategias de integración suramericana como al CAN, MERCOSUR, UNASUR, ALBA–TCP se definen como instancias que poco a poco crecen en sus respectivos campos de acción y expectativas, absorbiendo en sí mismas las complejidades que caracterizan a la región, sin estancarse en proyectos que difícilmente sean compartidos, fortaleciendo el diálogo fructífero entre los Estados miembros. En este contexto de creciente retos y desafíos de la comunidad internacional, UNASUR se posiciona como una respuesta y una estrategia de los países suramericanos por lograr una cooperación profunda en ámbitos de política pública que cada día se va ampliado, así como para fortalecer los sistemas democráticos en el marco del respeto a la soberanía de cada función y a la dinámica de sus procesos específicos. Surge así el Consejo Electoral de UNASUR, que fue promovida por varios países miembros de la Unión, entre ellos Ecuador. La relevancia que ha concitado las acciones de este Consejo Sectorial, principalmente a través del despliegue de misiones electorales a Venezuela, Paraguay, Ecuador, Colombia, Perú, Bolivia, así como también el dinamismo en su accionar desde su reciente creación, genera la necesidad de conocer, analizar y debatir las potencialidades que este nuevo espacio de integración presenta para el desarrollo de los países de la región. V
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
La experiencia ecuatoriana en el origen y desarrollo del Consejo Electoral de UNASUR es muy interesante. Dicho Consejo se ha constituido en un espacio muy importante para el fortalecimiento de la democracia en el Ecuador. A través de sus misiones electorales desplegadas en territorio ecuatoriano no solo ha analizado el desempeño de la Función Electoral en la organización de los últimos comicios, sino que, a través de sus informes técnicos, ha contribuido a identificar aspectos a mejorar y los puntos críticos en la organización de futuras elecciones. Asimismo, el aporte del Ecuador en las actividades del Consejo Electoral de UNASUR ha sido significativo. Junto a UNASUR, Ecuador ha desarrollado dos talleres de validación de sus recomendaciones (la segunda incluyendo también a UNIORE). Estas experiencias emblemáticas tuvieron lugar del 6 al 7 de mayo de 2013 en Galápagos – acerca de las recomendaciones emitidas sobre las Elecciones Seccionales del 17 de febrero de aquel año-, y del 17 al 18 de septiembre de 2014 – respecto a las Elecciones Seccionales del 23 de febrero – las cuales permitieron, a través de un encuentro entre las autoridades de las misiones y el organismo electoral, delinear estrategias institucionales de aplicación de estas recomendaciones. Estos ejercicios significaron un avance de carácter cualitativo respecto a la labor que desarrollan las misiones electorales. Se dieron gracias al carácter eminentemente técnico en la conformación de las Misiones Electorales de UNASUR, y a la voluntad política de la Función Electoral del Ecuador que, en una decisión soberana y responsable, ha garantizado un adecuado trabajo de las misiones electorales y una coordinación, en el marco de la libertad e independencia, con UNASUR. Este tipo de cooperación no tiene precedentes en el Ecuador ni en la Región. El trabajo coordinado entre nuestros países y UNASUR ha sido tan cercano, que ha permitido desarrollar iniciativas como la creación de una Unidad Técnica de Coordinación Electoral en el seno del Consejo Electoral de UNASUR que permita una mejor asistencia a la Presidencia pro Témpore en el despliegue y seguimiento entre los organismos electorales miembros de cada país. VI
PRÓLOGOS
Paralelamente, el Consejo Electoral de UNASUR se encuentra en una etapa de fortalecimiento donde se van cristalizando iniciativas de promoción e intercambio de transferencia de conocimientos y asistencia técnica para propiciar la creación, uso y aplicación de tecnologías no dependientes mediante la transferencia en materia de innovación y modernización tecnológica. La importancia del Consejo Electoral de UNASUR para Ecuador, y los demás países miembros no es solamente la legitimación de las elecciones, sino la de constituirse en un espacio de desarrollo de incoativas que promuevan una asistencia técnica y un mejoramiento de cada uno de los sistemas electorales de la región. En razón de una mayor complejidad en el ámbito de acción del Consejo Electoral de UNASUR, y su constitución como un instrumento eficaz para el fortalecimiento democrático de la región, la pertinencia de abordar sus características y proyecciones es emergente. “Democracia en el Contexto Suramericano” analiza la relación existente entre la democracia y los procesos de integración en Suramérica, determinando cuáles han sido los aportes institucionales y normativos para fortalecer la vigencia del sistema democrático y el Estado de Derecho en la región, haciendo hincapié en el trabajo del Consejo Electoral de UNASUR (CEU). En la presente investigación el autor aborda cinco temas clave. El primer tema es la relación entre la democracia y los procesos de integración que se han dado en Suramérica, en donde el autor analiza la constitución y fortalecimiento de los procesos democráticos y al reconstitución del Estado de Derecho en la región, contribuyendo decisivamente a implementar instrumentos de participación ciudadana, diálogo político, y creación de parlamentos, consejos y observatorios de la democracia. El segundo tema clave de la obra es el análisis del desarrollo del proceso de integración de la UNASUR. Describe las causas y componentes de su activación, las características esenciales de su desarrollo y sus perspectivas, lo que permite entender el proyecto político de desarrollo regional que persigue la unión, destacando el compromiso que en todo su desarrollo histórico ha teVII
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
nido con el fortalecimiento y vigencia de la democracia en la región y también los instrumentos normativos e institucionales que ha diseñado para este fin, siendo uno de ellos el Consejo Electoral de UNASUR. El tercer aspecto central que el autor aborda es la estructura institucional de la Unión de Naciones Suramericanas, sus órganos permanentes, los consejos sectoriales, a la función de la Secretaría General y otras instancias que se han conformado en respuesta a los retos institucionales frente a realidades emergentes. El cuarto aspecto clave que el autor aborda son los principios, atribuciones y estructura del Consejo Electoral de UNASUR, analizando sud desarrollo histórico, así como también se estudia la conformación de las adminsitraciones electorales suramericanas de los países miembros. El quinto aspecto trascendental, analizado por el autor es la cooperación internacional en el marco del CEU, desarrollada a través de las misiones electorales realizadas y las actividades de la agenda establecida en el marco del Consejo Electoral. Una de las afirmaciones que marcan el contenido de la obra es que la “Democracia como sistema político, ha pasado de ser un problema exclusivamente interno de cada uno de los Estados soberanos, a ser la base de las relaciones de entre ellos como con la comunidad internacional”. Ciertamente, hoy en día es difícil concebir un Estado Latinoamericano que busque derroteros, que no busque responder a las necesidades de sus pueblos y se aísle en un proyecto autárquico. En efecto, la línea argumentativa de la obra señala que las dictaduras en Suramérica dificultaron la integración regional, por cuanto ésta desemboca en procesos de democratización. Ello explica que la relación entre los procesos de integración y la democracia sea de reciente data y se haya observado reiteradas condenas unánimes de los países de la región a los intentos de golpe de Estado por parte de fuerzas retardatarias y antidemocráticas. La conclusión afirma que UNASUR, desde la creación en el 2008, se ha constituido en el espacio de integración que permite desarrollar y fortalecer la democracia en Suramérica. A través de su Consejo Electoral ha logrado construir VIII
PRÓLOGOS
“un espacio único y trascendente sin parangón en la historia de los procesos de integración regional”. Ciertamente, el presente trabajo permite al interesado contextualizar la gestión de UNASUR en el ámbito electoral y el estado en el que se encuentra en la actualidad, la agenda del Consejo Electoral. En este sentido, uno de los mayores aportes de la presente obra es invitar a la ciudadanía a conocer el aporte de la Unión de Naciones Suramericanas en el tema de fortalecimiento de la democracia a la luz de su adecuado análisis de las estructuras integracionista de América del Sur. En este sentido, destaco la claridad y sencillez- cualidades muy difíciles de encontrar en obras de esta naturaleza – con que el autor aborda la cristalización del proyecto suramericano de integración. Destaco la utilización de fuentes documentales que generalmente no están al alcance de la mayoría de las personas interesadas, o que sus acceso es muchas veces restringido: actas, memorias e informes oficiales. Esto gracias en gran medida al trabajo directo del autor y su presencia en muchos de los procesos mencionados del Consejo Electoral de UNASUR. Finalmente, quiero rescatar el pensamiento integracionista del autor, el cual se puede resumir en la afirmación que cita del Libertador Simón Bolívar: “la unidad de nuestros pueblos, no es simple quimera de los hombres, sino inexorable decreto del destino.” A ello se suma su profundo interés en la socialización y democratización de los asuntos públicos al dejar un trabajo que comparte los desafíos de un proyecto político de alcance regional en contante construcción.
Dr. José Domingo Paredes Castillo PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Prólogo del Dr. Francisco A. Távara Córdova
En América Latina, los procesos electorales y las instituciones encargadas de la administración electoral han tenido la mayor evolución de su historia en estos últimos años, conjuntamente con la aparición y desarrollo de los procesos globales de modernización así como con el retorno de la democracia en la mayoría de países de la región. A partir de la década del ochenta en adelante, la mayoría de países establecieron o, en algunos casos, restablecieron su propio diseño de administración electoral, caracterizado en su generalidad por estar conformada por instituciones u órganos permanentes, especializadas, independientes y autónomas de los respectivos poderes ejecutivos. Efectivamente, es indudable que, de un tiempo a esta parte, los organismos electorales latinoamericanos adquirieron una gran relevancia no solamente como organizadores y calificadores de elecciones, sino también como garantes de la voluntad popular, e impulsores y defensores de los sistemas democráticos de gobierno. Todo este proceso incluye por supuesto, a los países suramericanos, cuyas instituciones u órganos electorales hemos venido actuando sinérgica y coordinadamente, con la finalidad de lograr elecciones cada vez más limpias, justas y transparentes. En ese sentido, puede decirse que nos hemos integrando cada vez más, uniendo esfuerzos y sumando iniciativas, fundamentalmente por el hecho de compartir una serie de objetivos comunes, como por ejemplo el de contribuir al fortalecimiento de nuestras democracias. “La unidad de nuestros pueblos no es quimera de los hombres, sino inexorable decreto del destino” ha dicho Simón Bolívar, y no le faltaba razón, cuando X
PRÓLOGOS
experimentamos realidades de integración suramericana, como sucede con la Unión de Naciones Suramericanas – UNASUR. Los ciudadanos latinoamericanos hemos sido testigos de algunos procesos de integración regional, tales como la Comunidad Andina de Naciones – CAN, iniciativa del bloque de países andinos que se inició con la suscripción del Acuerdo de Cartagena en 1969; o el Mercado Común del Sur – MERCOSUR, cuyo tratado de creación se firmó en Asunción en 1991; pero en ninguno de estos u otros proyectos integracionistas se había trabajado con el nivel de alcance y complejidad como el que se ha generado con UNASUR, la cual incluso ha tenido en cuenta la incorporación de la temática electoral (definido como Consejo Electoral de UNASUR), ausente de las propuestas anteriores. La integración a nivel de organismos electorales se concreta en este Consejo Electoral, a sugerencia de estas propias instituciones, no solamente por la importancia de construir un espacio de integración, intercambio de experiencias, cooperación, investigación y promoción de la participación ciudadana, la educación cívica y la democracia; sino también por la intención de abrir un espacio de reunión y reflexión entre nosotros, lo que constituye sin duda un enorme reto para quienes somos los encargados de poner al servicio de nuestros ciudadanos mecanismos de administración y justicia electoral justos, transparentes y eficaces, teniendo en cuenta la particular realidad de cada uno de nuestros países. Así pues, iniciamos juntos un camino de integración regional en el plano electoral, y precisamente el texto denominado “Democracia en el contexto suramericano: el Consejo Electoral de UNASUR” da cuenta de manera muy didáctica y detallada acerca de todo ese recorrido, incorporando los acuerdos y logros alcanzados, y las misiones de observación organizadas. Se incluye además de forma acertada, el análisis de otras figuras de relevancia, como los procesos de integración regional y los compromisos de la UNASUR con la democracia y la cooperación en materia electoral. La lectura de este documento, sumado a mi experiencia a cargo de la Presidencia Pro Tempore del Consejo Electoral de UNASUR para el período 2012-2013, no hace más que confirmar un futuro promisorio y triunfante XI
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
para esta instancia, pues soy testigo de nuestro común esfuerzo y deseo de compartir conocimientos y buenas prácticas entre nuestras instituciones.
Dr. Francisco A. Távara Córdova* PRESIDENTE DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
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Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú
PRÓLOGOS
Prólogo del Dr. Patricio Baca Mancheno
La decisión política de emprender un proceso de integración regional entendida como el medio idóneo para alcanzar metas económicas, políticas, sociales y culturales de forma mancomunada, respetando la realidad e identidad de los países ha sido el anhelo histórico de Suramérica. Esta aspiración dejó de ser una utopía para convertirse en una realidad mediante la creación de un espacio de integración autónomo, permanente, complementario, intergubernamental y multidimensional con el desafío de eliminar la desigualdad social, fortalecer la democracia, lograr la inclusión social y la participación ciudadana. Por ello, me es grato prologar la presente obra la cual se convierte en un aporte invaluable para aquellas personas que buscan la fuente primigenia del proceso de integración regional de las Naciones Suramericanas, que ha sido impulsada en el transcurso de la historia y plasmada con la constitución de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR). Sin lugar a dudas, que la experiencia del autor en materia electoral permite que este fenómeno complejo y novedoso sea explicado de una manera didáctica, permitiendo al lector analizar desde una perspectiva jurídica-doctrinaria el proceso de integración suramericano y su contribución en el fortalecimiento de la democracia; y, con ello dimensionar la importancia de la creación de la Unasur y su rol protagónico en la defensa de los intereses de sus países integrantes, destacándose el estudio pormenorizado del trabajo desempeñado por el Consejo Electoral de Unasur como organismo de promoción de la democracia y de la participación ciudadana. XIII
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
El propio título de la obra, Democracia en el contexto suramericano. El Consejo Electoral de Unasur, refleja con claridad el enfoque certero que realiza el autor respecto a la importancia de la democracia y su vigencia como elemento indispensable para el desarrollo de los procesos de integración entre los Estados miembros, para lo cual a través de una breve síntesis de la realidad socio-política evidencia los factores que convergieron en un primer momento para el estancamiento de este proceso así como aquellos que coadyuvaron a su construcción, entre ellos las instituciones y normativa legadas de la experiencia y aportes emprendidos por la Comunidad Andina de Naciones (CAN), Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA) en el marco del fortalecimiento del sistema democrático. El nacimiento de la Unasur se constituye en un hito histórico ya que por primera vez en un solo proceso de carácter regional se logra la integración de doce países de la región, para lo cual en el capítulo II y III de esta obra, el autor de forma magistral ilustra al lector los antecedentes históricos que precedieron este proyecto hasta llegar a su consolidación profundizando las características inherentes del mismo y su estructura a través de instancias permanentes o temporales, así como la función de los doce consejos de cooperación sectorial los cuales viabilizan el cumplimiento de sus objetivos. Siendo que uno de los compromisos de la Unión de las Nacional Suramericanas es el fortalecimiento de la democracia en la región como el pilar fundamental sobre el cual se logrará la unión de los doce Estados suramericanos, cobra relevancia el estudio pormenorizado que realiza el autor en el capítulo IV respecto a la creación e incorporación del Consejo Electoral de Unasur (CEU), el cual se constituye en un espacio único y de trascendencia para el desarrollo sectorial en materia electoral, para lo cual el autor sintetiza las reuniones mantenidas por los organismos y autoridades electorales de los Estados miembros a partir del período 2009-2012, período que marca el inicio de la fase de formación del CEU; y, entre las cuales se destaca la primera Reunión Extraordinaria del Consejo Electoral de Unasur celebrada en Quito Ecuador el 2 y 3 de diciembre de 2012 al ser la primera sesión de las autoridades electorales como un organismo parte de Unasur en la que se aprobó la Declaración de Quito. XIV
PRÓLOGOS
Así mismo, es necesario destacar la investigación realizada en la obra en torno a la organización de las administraciones electorales suramericanas y los modelos que han adoptado, estudio que permite establecer lineamientos comunes que concurren entre los países miembros a fin de fortalecer las políticas, planes y proyectos enfocados en el fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana, respetando irrestrictamente la soberanía de las naciones. Prueba fehaciente de que la Unión de Naciones Suramericanas es una realidad se evidencia en el capítulo V titulado Logros del Consejo Electoral de Unasur, en el que se particulariza la cooperación horizontal realizada a través de las misiones de observación electoral en los diversos comicios de los países suramericanos que propician el intercambio de experiencias y permiten detectar las necesidades de las naciones para su fortalecimiento. Por ello, una vez más ratifico el honor y agrado de presentar esta obra a la ciudadanía, la cual estoy seguro perdurará en el tiempo por la riqueza de su contenido. Estoy seguro que la temática planteada por el Dr. Juan Pablo Pozo Bahamonde, permite conocer el proceso de transformación que está viviendo Suramérica, abriendo un debate intelectual en la ciudadanía sobre las reformas necesarias para consolidar este proyecto.
Dr. Patricio Baca Mancheno PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Prólogo del Dr. Wilfredo Penco
Construcción de sueños en realidades La dinámica y el cúmulo de acontecimientos en los procesos de integración regional, en particular en los de más reciente data, se articulan como lineamientos determinantes de la historia suramericana de principios del siglo XXI. Y pese a periódicas marchas y contramarchas, a contradicciones más o menos explícitas y a resistencias consuetudinarias, confluyen en un estado de situación que apunta, en lo pertinente y sin posible retorno, a superar cerrazones culturales sin destino, fronteras artificiosas y anacrónicas, y vocaciones claustrales autosuficientes o expansivas de dominio extraterritorial. En ese panorama inequívoco de variantes entrecruzadas, la interpretación política que da cuenta de necesidades colectivas reivindicadoras de equidades tantas veces postergadas y de la unidad por encima de miopes intereses de círculo, se proyecta sobre un espacio continental abierto a desafíos consecuentes, a iniciativas conformadas en todo caso para largo alcance y calado en profundidad. La Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) ha intentado convertirse, desde su creación, en el instrumento idóneo para dar respuesta a tales condicionantes, en el marco de una instancia favorable a lo que sus objetivos establecen y multiplicada en todas las direcciones requeridas para su principal finalidad integradora. Esa finalidad, no obstante, corre el riesgo de naufragar, como siempre, en una retórica internacional cuando los trabajos que la invocan y en la que se basan XVI
PRÓLOGOS
no se concretan en hechos tangibles incorporados al quehacer institucional y demostrativos de la viabilidad del gran proyecto en marcha. Solo la labor efectiva, los compromisos asumidos y las tareas realizadas prueban la fortaleza de los nuevos paradigmas que comienzan a asomar en un horizonte más o menos cercano. Aunque planteados desde la etapa fundacional de UNASUR, la defensa, la consolidación y el desarrollo de la democracia en las doce naciones suramericanas no tuvieron de inmediato la parcela instrumental y especializada correspondiente. Las propias peculiaridades de los diseños institucionales en cada país y en particular los niveles de independencia o autonomía de los órganos nacionales competentes en materia de elecciones y consultas democráticas hicieron que los acuerdos para la creación del Consejo Electoral de UNASUR fueran más lenta y pacientemente elaborados. Solo la conciencia alerta sobre la necesidad integradora permitió terminar contemplando en definiciones básicas y directivas de funcionamiento común, con amplitud y flexibilidad suficientes, todos los aspectos, incluso los más sutiles, de la naturaleza y los perfiles de cada uno de sus integrantes. Pese a la demora en su constitución, a partir de ese momento (y aun antes, a modo de avance), el Consejo Electoral no perdió tiempo ni ahorró energías para poner en marcha su potencial en materia de recursos técnicos y experiencia previa acumulada. Y se lanzó sin más trámite a cubrir los espacios que reclamaban su atención, con el intercambio de normativas y buenas prácticas en democracia, aportes de misiones electorales y contribuciones tecnológicas, cooperación en políticas educativas o de promoción cívica, modelos de administración y fomento de participación ciudadana. De toda esta fecunda y variada actividad dio cuenta en una pormenorizada memoria que publicó en cuidada edición al término de su mandato, el primer presidente del Consejo Electoral de UNASUR, Francisco Távara, asimismo presidente del Jurado Nacional de Elecciones de Perú. A esa contribución documental se suma ahora el estudio y análisis de Juan Pablo Pozo, consejero integrante del Consejo Nacional Electoral de Ecuador.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Su propia y activa participación en el Consejo Electoral de UNASUR convierten al autor en calificado testigo de debates y desarrollos conceptuales y operativos en el seno de la institución, a lo que suma una notoria capacidad analítica y de conocimiento pleno sobre normas, acuerdos, resoluciones e informes, todos registrados en un considerable cúmulo documental y sometidos a examen con rigor y sagacidad. Desde los antecedentes que esbozan diversos intentos integradores en el continente suramericano y las definiciones fundacionales que dieron lugar a la propia UNASUR, así como sus jalones históricos (cumbres presidenciales, principios y ejes rectores, declaraciones estratégicas, estructura institucional, funcionamiento en sus variados niveles), hasta las labores sectoriales y sus ámbitos de coordinación, Pozo recorre, con adecuado orden y depurado criterio de sistematización, las instancias imprescindibles que le permiten determinar una precisa visión de conjunto y a un tiempo desbrozar sus partes más importantes sobre las que aplica un lente de aumento para observar de cerca peculiaridades y detalles. El autor sabe compaginar con equilibrio perspectivas teóricas, referencias bibliográficas actualizadas y consideraciones propias de análisis sobre hechos y documentos que conciertan el principal común denominador que justifica y persigue este trabajo: la articulación de la democracia con los procesos integradores. Y en tal sentido quedan destacados por su importancia algunos conceptos que abastecen la contemporaneidad histórica suramericana, en particular los vinculados a garantizar los derechos humanos, propender a la equidad y la inclusión social, identificar problemas afines y sus posibles soluciones, compartir una administración prudente de recursos estratégicos, defender la constitucionalidad de los estados de derecho, fortalecer el diálogo político entre gobiernos y actores sociales, buscar solidariamente la superación de asimetrías y la erradicación de la pobreza, incentivar la cooperación y la transferencia de conocimientos, consolidar una identidad cultural común sobre la base del pluralismo y la diversidad, Lo más novedoso del aporte de Juan Pablo Pozo consiste sobre todo en la abundante reseña de la actividad desplegada por el Consejo Electoral de XVIII
PRÓLOGOS
UNASUR, sus principios específicos a partir del Protocolo adicional sobre el Compromiso con la Democracia, sus atribuciones y estructura, su integración desde experiencias y modelos que representan cada uno de sus miembros, las formas de funcionamiento, los criterios normativos y el alcance de sus resoluciones, las tareas cumplidas hasta la fecha como las proficuas misiones electorales o la creación de la red de institutos y escuelas de formación en democracia, y otras iniciativas en vías de concreción. En su “Mensaje final”, el autor hace una apuesta decidida por el Consejo Electoral de UNASUR, al que define como “espacio único y trascendente, sin parangón en la historia de los procesos de integración regionales (...)” y que, en cuanto tal, consolida a Suramérica como “una región democrática en la cual la voluntad soberana de sus pueblos se respeta y expresa a través del sufragio (...)”, con “un continuo perfeccionamiento y ampliación de los derechos políticos y de participación”. Más que a una profesión de fe o a un augurio, este “mensaje” parece responder a una acendrada convicción que con su fuerza verifica y construye realidades, en todo caso sueños convertidos en realidades, gracias también a ejercicios intelectuales, disciplinados y lúcidos, como el que es recomendable leer en las siguientes páginas.
Dr. Wilfredo Penco VICEPRESIDENTE DE LA CORTE ELECTORAL DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DE URUGUAY
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Introducción La unidad de nuestros pueblos no es simple quimera de los hombres, sino inexorable decreto del destino. Simón Bolívar La primera década del presente siglo significó para Suramérica un período de revitalización del proceso de integración regional mediante la constitución de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), la cual ha venido impulsando diversos mecanismos de cooperación en diversas áreas, entre ellas la electoral. Para cumplir los grandes objetivos de su Tratado Constitutivo, la Unasur se ha empeñado en edificar su institucionalidad por medio de la constitución de sus órganos y consejos sectoriales; a la fecha (año 2014) dentro de la Unasur se han creado 12 consejos sectoriales, entre los cuales se encuentra el Consejo Electoral de Unasur (CEU). En este contexto, al amparo del Tratado Constitutivo, los organismos y autoridades electorales suramericanas propiciaron desde el año 2009 hasta la actualidad, un proceso de acercamiento e intercambio de información, de experiencias y trabajo conjunto, que desembocó en la creación del CEU y la incorporación a su institucionalidad en noviembre de 2012 por parte de la Decisión 15/2012 del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno (máximo órgano de la unión suramericana). Este libro analiza la relación existente entre la democracia y los procesos de integración en Suramérica, en especial la Unasur, determinando cuáles han sido los aportes institucionales y normativos para fortalecer la vigencia del sistema democrático y el Estado de derecho en la región, haciendo hincapié en el estudio del gran trabajo y labor desarrollado por el CEU. 1
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Cinco capítulos conforman este libro. El primero, “La democracia y los procesos de integración suramericanos”, aborda la vinculación entre la democracia y los procesos de integración suramericanos: Comunidad Andina (CAN), Mercado Común del Sur (Mercosur), Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (Alba-Tcp) y la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur); analiza los aportes que cada proceso de integración ha realizado en los planos normativo e institucional, tendientes a fortalecer el sistema democrático, el Estado de derecho y el régimen constitucional mediante la adopción de cartas o cláusulas democráticas, el diálogo político, la implementación de instrumentos de participación ciudadana y la creación de parlamentos, consejos electorales y observatorios de la democracia. El segundo capítulo analiza el desarrollo del proceso de integración de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), sus características esenciales, así como el compromiso que en todo su desarrollo histórico ha tenido con el fortalecimiento y vigencia de la democracia en la región, además los instrumentos normativos e institucionales que ha diseñado para este fin, siendo uno de ellos el CEU. El tercer capítulo aborda la estructura institucional de carácter intergubernamental de la Unasur, sus órganos permanentes: el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, el Consejo de Delegadas y Delegados y la Secretaría General de la Unasur. También se describe brevemente la función de los doce consejos de cooperación sectorial, entre los cuales se encuentra el CEU. El objetivo de este capítulo es orientar al lector para que determine en qué nivel institucional se desarrolla el trabajo del CEU. El cuarto capítulo, “El Consejo Electoral de la Unasur”, aborda en detalle las características esenciales del CEU, es decir, sus principios, objetivos y atribuciones y estructura. Así mismo, analiza el desarrollo histórico del CEU, desde el año 2009 con la celebración de las reuniones de los organismos y autoridades electorales de 2
INTRODUCCIÓN
los Estados Miembros de la Unasur, el nacimiento del CEU y su incorporación a la institucionalidad de la Unasur en el 2012. Repasa brevemente la conformación de las administraciones electorales suramericanas, y la propuesta de creación de una Unidad Técnica de Coordinación Electoral del CEU. El quinto capítulo, “Logros del CEU”, analiza el desarrollo de las misiones electorales realizadas por el CEU dentro de los procesos electorales de los países suramericanos, como las iniciativas que en materia de capacitación e intercambio de experiencias ha desarrollado este organismo.
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Capítulo I LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACIÓN SURAMERICANOS
Sumario 1.1. Introducción. 1.2. La vinculación entre el fortalecimiento de la democracia y los procesos de integración suramericanos. 1.3. Aportes para el fortalecimiento de la democracia de la CAN, Mercosur, AlbaTcp y la Unasur. 1.3.1. Aportes de la Comunidad Andina (CAN) al fortalecimiento de la democracia. 1.3.2. Aportes del Mercado Común del Sur (Mercosur) para el fortalecimiento de la democracia. 1.3.3. Aportes de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos (Alba-Tcp) para el fortalecimiento de la democracia. 1.3.4. Aportes de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) para el fortalecimiento de la democracia.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
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CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
1.1. Introducción La democracia como sistema político en el actual contexto internacional ha dejado de ser un asunto exclusivamente interno o reservado a la soberanía de cada país, para ubicarse como la base de las relaciones de los Estados Soberanos entre sí, como de estos con las Organizaciones Internacionales que conforman la comunidad internacional. La defensa y el fortalecimiento de la democracia constituye una condición indispensable de todo Estado suramericano para formar parte de los procesos de integración que se vienen gestando en la región suramericana en la actualidad como son la Comunidad Andina (CAN), el Mercado Común del Sur (Mercosur), la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (Alba) y la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur). Este capítulo ofrece una visión global sobre la vinculación entre la democracia y los procesos de integración suramericanos; estudia los aportes que cada proceso de integración ha realizado en los planos normativo e institucional, tendientes a fortalecer el sistema democrático, el Estado de derecho y el régimen constitucional mediante la adopción de cartas o cláusulas democráticas, diálogo político, implementación de la participación ciudadana, creación de parlamentos, consejos electorales u observatorios de la democracia. El objetivo del presente capítulo es ofrecer una visión histórica de la integración en favor de la democracia, que contribuirá a la construcción de mejores mecanismos normativos e institucionales democráticos dentro de la Unasur. 1.2. La vinculación entre el fortalecimiento de la democracia y los procesos de integración suramericanos La democracia es un valor universal que se sustenta en la voluntad y participación plena de los ciudadanos en los asuntos de interés público, a fin de determinar con base al consenso, el sistema político, económico, cultural y social más acorde a las necesidades y características de su país, así como fortalecer el imperio de la ley y el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales. 7
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
En ese contexto, en Suramérica, el sueño integracionista plasmado con mayor vigor y esperanza en la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) que busca a futuro unificar en su seno a la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y el Mercado Común del Sur (Mercosur) como un solo proceso de integración regional, ha situado a la democracia como un elemento indispensable e insustituible para construir de forma plena la integración entre los doce Estados suramericanos.1 Únicamente con democracia podrá construirse la integración suramericana dentro de la Unasur, esto se basa en la voluntad política de los Gobiernos de sus doce Estados Miembros y la participación decidida y activa de los ciudadanos suramericanos, los pilares fundamentales que determinan que este esfuerzo colectivo sea ágil, dinámico, eficiente y eficaz, con resultados tangibles y que permitan de este modo, edificar la democracia con los componentes económico, comercial, social, cultural, energético, entre otros, que la unión suramericana se ha propuesto alcanzar. Como señala Salgado (2010), el resultado tangible será “un proceso integracionista participativo y permanente, múltiple y profundo, cuya institucionalidad sea estable y vigorosa, porque es el resultado de la decisión popular y no de la voluntad de un gobierno que le da pensando y solucionando (muchas veces de manera diversa a sus anhelos y sentir mayoritario)”.2 Resulta difícil pretender edificar y avanzar en el sueño de integración suramericana, si al mismo tiempo se derrumban las democracias o estas son endebles. Por su parte, Franco (1996) manifiesta que “La integración, en última instancia, solo tiene sentido si se convierte en sinónimo de igualdad, de prospe1
Dentro del proceso de integración de la Unasur participan como Estados Miembros: la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa de Brasil, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Ecuador, la República Cooperativa de Guayana, la República del Paraguay, la República de Perú, la República de Suriname, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela. 2 Salgado Espinoza, Oswaldo (2010). “El abc del derecho para la integración”. Quito, Edislat/ Celdis 21, p. 451. 8
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
ridad, de dinamismo y de democracia. Los procesos de integración serán sostenibles en la medida en que sean democráticos, es decir, en la medida en que den cabida a la participación de la sociedad civil.”3 Enfáticamente, hay que señalar que la ausencia de la democracia y la participación ciudadana en la integración suramericana del siglo XX, como la presencia persistente de la inestabilidad política de los países suramericanos incidió en el fracaso o debilitamiento de procesos de integración regionales y subregionales, como la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (Alalc)4, creada en 1960, su sucesora, la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi),5 formada en 1980, y la misma Comunidad Andina (CAN), creada en 1969, puesto que los continuos golpes de Estado, dictaduras militares y el sometimiento del poder civil al poder militar en los Estados suramericanos durante las décadas de 1960 y 1970 generaron que no se puedan implementar en los tiempos previstos las uniones aduaneras, zonas de libre comercio o mercados comunes, ni sus mecanismos sociales, parlamentarios, industriales, de infraestructura, etc., previstos en estos procesos. Como lo aseveró Tiana (1995): “No obstante el notable sesgo comercialista que presentaron los esquemas de integración regional en su fase actual, la cuestión del régimen político que debe imperar no es un asunto de segundo 3 Franco, Alberto (1996). “Hacia un modelo de integración sostenible”. Ponencia presentada en el Centro de Estudios Superiores Universitarios, Universidad Mayor de San Simón, Cátedra de las Naciones Unidas, Cochabamba-Bolivia, p. 14. 4 Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (Alalc): proceso de integración existente entre 1960 y 1980, conformado por Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Paraguay, Uruguay y Venezuela. Fue creado por el Tratado de Montevideo, cuyo objetivo central era la conformación de una zona de libre comercio como paso previo a la implementación de un mercado común regional en el plazo de 12 años. Debido a la falta de coordinación económica, rigidez en los plazos y mecanismos, esta organización fue disuelta en 1980 y reemplazada por la Aladi. 5 Asociación Latinoamérica de Integración (Aladi): creada por el Tratado de Montevideo de 1980 que reemplazó a la Alalc. Su objetivo es establecer en forma gradual y progresiva el mercado común latinoamericano; sus funciones básicas son la promoción y regulación del comercio recíproco, la complementación económica y la ampliación de mercados. Se encuentra conformada por 12 países: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Cuba, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
orden. Algunos teóricos e investigadores del tema afirman que la democracia facilita la integración, mientras que los gobiernos militares la desaceleran hasta casi estancarla.”6 A las dictaduras militares suramericanas nunca les interesó la integración regional debido a sus políticas autárquicas y aislacionistas, las cuales propugnaban el desarrollo individual e independiente de sus respectivos países sin depender o relacionarse con los Estados vecinos a los cuales veían como enemigos o competidores; más bien prefirieron privilegiar relaciones asimétricas con las grandes potencias mundiales; y, si se unieron únicamente fue para coordinar sus fuerzas de seguridad a fin de violentar los derechos humanos de sus ciudadanos, como sucedió con el Plan Cóndor en el Cono Sur de Suramérica. Como hace referencia Tirado Mejía (1997): “En el pasado reciente el predominio de regímenes autoritarios hacia casi imposible que los dirigentes políticos y sociales opositores a estos regímenes comprometieron su acción con los ideales de la unidad regional o subregional, puesto que su tarea inmediata era acceder a la democracia.”7 Ejemplos claros de esta política antiintegracionista, promovida por las dictaduras militares suramericanas en las décadas de 1960 y 1970, los tenemos en las decisiones que tomaron las dictaduras militares ecuatoriana, peruana, chilena, boliviana y argentina en contra de los procesos de integración, en especial el Pacto Andino. En el caso de Chile, la dictadura del General Augusto Pinochet retiró en 1976 a su país del entonces Pacto Andino (hoy CAN) al negarse a establecer un régimen normativo común que regule la inversión extranjera, y prefirió dar paso a la liberalización económica de este país.
6 Tiana, Jorge (1995). “El nacimiento del Mercosur”. Guatemala: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), pp. 20–21. 7 Tirado Mejía, Álvaro (1997). “Integración y democracia en América Latina y el Caribe”. Buenos Aires: Instituto para la Integración de América Latina y el Caribe (Intal), Documentos de Divulgación, p. 15.
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CAPÍTULO I
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Al respecto, Salgado (2010) manifiesta que “En el mes de octubre de 1976, la República de Chile se retiró del Pacto Andino, a causa de su desacuerdo con la Decisión 24 referente a la inversión extranjera directa e indirecta en los países andinos, y, en el año 2006, se integró nuevamente como Miembro Asociado.”8 Respecto a Bolivia, el dictador militar, General Luis García Meza (19801981), retiró en 1980 a su país del entonces Pacto Andino (hoy CAN) para conformar un bloque de Gobiernos militares en el Cono Sur. En lo que se refiere a Argentina, tanto las dictaduras militares de la Revolución Argentina (1966-1973) y del Proceso de Reorganización Nacional (19761983) aplicaron una política aislacionista con el resto de países suramericanos, o políticas bélicas como fue el “Operativo Soberanía” de 1978 que casi provoca una guerra con Chile por el control del Canal del Beagle. Mientras que las dictaduras militares ecuatoriana (1972-1979) y peruana (1968-1980) a causa de sus políticas nacionalistas estancaron el proceso de implementación de los programas industriales comunes, la adopción de normas comunes y la construcción de la institucionalidad del Pacto Andino. Casos especiales constituyen Guyana y Surinam que no pudieron integrarse a los procesos de integración suramericanos de las décadas de 1960 y 1970, debido a que obtuvieron su independencia de Inglaterra y Países Bajos, respectivamente, recién en 1966 y 1975, por lo cual durante esos años se dedicaron a organizar sus estructuras internas como países independientes: tarea en la cual ambos países no estuvieron exentos de inestabilidad política, autoritarismos y dictaduras militares. Por otro lado, por lazos históricos, cercanía geográfica e idioma, tanto Guyana como Surinam se vincularon al proceso de integración de la Comunidad del Caribe (Caricom), por lo cual durante algunas décadas no se vincularon en forma profunda con el resto de países suramericanos.
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Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 212. 11
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Es necesario precisar que el estancamiento de los procesos de integración suramericanos durante las décadas de 1960 y 1970, su nulo interés por fortalecer la democracia de sus países miembros, obedeció al predominio del eje económico en la integración (comercial o tradicional), el cual privilegiaba únicamente la liberación comercial por medio del establecimiento de uniones aduaneras, zonas de libre comercio o mercados comunes, por lo cual se consideraba que podían coexistir los regímenes constitucionales y democráticos con los regímenes autoritarios y de facto, en la medida en que las metas comerciales integracionistas fueran alcanzadas. De acuerdo con Salgado (2010), refiriéndose a los procesos de integración comerciales o tradicionales: “Los procesos tradicionales son los que existen y se manejan con los mismos criterios coincidentes de privilegiar el capital, los mercados, la economía, el comercio, la riqueza, etc.”9 En ese sentido, debido al modelo comercial de la integración suramericana como por la fragilidad de las democracias suramericanas durante las décadas de 1960 y 1970, derivó en que las autoridades y órganos electorales (administraciones electorales)10 no se vinculen entre sí, ni intercambien experiencias y conocimientos en materia electoral, debido a que consideraban al sistema de partidos, regímenes electorales, procesos electorales, escrutinios, etc.; estos aspecto relacionados a la soberanía interna y la autodeterminación de cada Estado, los cuales eran intocables e impenetrables a cualquier observador extranjero, peor aún a organismos electorales foráneos. Hay que tomar en cuenta que el modelo institucional de las autoridades y organismos electorales suramericanos (administraciones electorales), vigente durante los años 60 y 70, se caracterizaba por privilegiar únicamente a la “de9
Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 60. Urruty Navatta, Carlos Alberto (2007). “La importancia de los organismos electorales”. Revista de Derecho Electoral. San José de Costa Rica: Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, p. 15. Administración electoral. Se trata de la organización pública a la que está encomendado el buen desarrollo del proceso electoral. Su adecuada configuración es de la primera importancia en el moderno Estado representativo, toda vez que las elecciones son el proceso primario (en el sentido de que de sus resultados dependen otros muchos) de asignación o distribución de poder político. 10
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CAPÍTULO I
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mocracia electoral”, es decir, centraba su actividad en la organización del proceso electoral y escrutinios como expresión de la soberanía de cada Estado, por lo cual era impensable que otros organismos pares de Suramérica observen o cooperen en los procesos electorales de otros países; además que la cooperación internacional en cualquier área se consideraba una esfera de control exclusivo de la Función Ejecutiva de cada Estado en el ejercicio de determinar su política exterior y de relaciones internacionales. Como refirió Vacchinno (1989): En un comienzo los esquemas de integración en América Latina eludieron referirse y adoptar posiciones en cuanto a las características del sistema político en los países participantes. Ni siquiera el Acuerdo de Cartagena, expresión de la rebelión contra el autarquismo militar nacionalista, pudo hacer explícito su propósito de lograr los objetivos integracionistas dentro de un marco democrático. La explicación a tal situación puede encontrarse en la adhesión a modelos comercialistas y de sesgo economicista que son frecuentes en lo especial a las ideas de la armonización de políticas nacionales.11
Es necesario observar que el fenómeno de vinculación entre el fortalecimiento de la democracia y los procesos de integración suramericanos, se produce con el retorno y consolidación de la democracia en los países de Suramérica a fines de la década de 1970 y principios de la década de 1980. Estos acontecimientos, también llamados la “Tercera Ola de Democratización12”, generaron que los diversos pueblos suramericanos recuperaran la soberanía popular sobre sus respectivos Estados por medio del voto y elecciones periódicas, dando legitimidad mediante estos instrumentos a los gobiernos
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Vacchino, José María (1989). “Esquemas latinoamericanos de Integración”. Revista Pensamiento Iberoamericano, n.° 15, p. 80. 12 Para Samuel Huntington, en su obra La tercera ola: la democratización a finales del siglo XX: “La tercera ola de democratización se produce desde 1974 hasta la actualidad, en aproximadamente treinta países de Europa, Asia y América Latina donde los regímenes autoritarios fueron emplazados por otros democráticos. Es así, que empieza nuevamente a manifestarse la corriente democrática.” 13
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y parlamentos en el ejercicio del poder público. Asimismo otorgaron a los ciudadanos la posibilidad de formar partidos y movimientos políticos de las más diversas ideologías para su alternancia en el poder; así como el ejercicio del derecho al voto sin coacción e interrupción alguna, con lo cual se puso fin a las dictaduras militares implantadas en la década de 1970 a lo largo del subcontinente suramericano, dictaduras que únicamente no padecieron Colombia y Venezuela. Como indica Escobar (2006): “Así, los primeros países que realizaron elecciones en América Latina, dentro de la ‘Tercera ola de democratización’ fueron Ecuador en 1978; Perú en 1980, seguido de Bolivia en 1982, Argentina en 1983, Uruguay y Brasil en 1985; hubo que esperar a Paraguay y Chile en 1989, para hablar de una verdadera democracia en la región.”13 Por eso, en la Región suramericana la vinculación entre el fortalecimiento de la democracia y los procesos de integración (sean comunitarios o intergubernamentales) es de reciente data, puesto que durante los últimos 35 años (desde 1979) que los diversos bloques de integración suramericanos antiguos como la Comunidad Andina (CAN), creada en 1969, el Mercado Común del Sur (Mercosur), creado en 1991. Adicionalmente mecanismos de integración recientes como la Alianza para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos (AlbaTcp), creada en 2004, y sobre todo la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), creada en 2008, paulatinamente han dictado diversos instrumentos normativos, declaraciones, cartas o cláusulas democráticas, también han creado una serie de mecanismos institucionales como consejos, observatorios y comisiones especializadas, tendientes todos ellos a fortalecer y fomentar la democracia, la vigencia del régimen constitucional y la participación ciudadana en sus Estados Miembros, así como establecer mecanismos de condena y coerción cuando en algunos de ellos se produzcan amenazas sobre el régimen constitucional o su ruptura.
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Escobar, Ingrid y otros (2006). “La transición a la democracia en el Ecuador”. Quito: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), Sede Ecuador, p. 281. 14
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
Como refiere Naranjo (2009): “América Latina y el Caribe, en las últimas décadas, ha sido escenario de procesos de consolidación y transición democrática progresiva, con algunas alteraciones e intermitencias, contexto que se refleja en las agendas de diálogo interregional y subregional, asumiendo marcos renovados de discusión política, cimentados en la idea de democracia como eje configurador de los acuerdos de cooperación y de la constitución de organismos internacionales.”14 Es decir, los esfuerzos de los mecanismos de integración suramericanos se han orientado a la ampliación y fortalecimiento del orden democrático, la institucionalidad democrática, el Estado de derecho, el orden constitucional y la paz social de nuestros pueblos. Tanto los instrumentos normativos como institucionales de los procesos de integración, paulatinamente se han direccionado a lograr la cooperación y asistencia técnica entre los organismos y autoridades electorales (administraciones electorales) de los diversos Estados Miembros de los procesos de integración regionales CAN, Mercosur, Alba y la Unasur que coexisten dentro del espacio suramericano. De acuerdo con lo que González indica (2014): La reformulación del proceso de consolidación de la democracia, iniciado en los albores de los 80, tienen como denominador común entre nuestros países, la creación de organismos electorales especializados y autónomos, surgidos de un depurado proceso de transición de modelo imperante que existía desde finales de los 50 y que se acentuó en los inicios de los 60, en que predominaban los organismos electorales al servicio de las dictaduras civiles y militares de la época, no obstante, con la caída de estas en las últimas tres décadas, los organismos electorales han evolucionado positivamente para convertirse en generadores de confianza, garantía y de transparencia para asfaltar el camino a la democracia representativa.15 14 Naranjo Morales, María del Pilar (2009). Integración regional y democrática en América Latina y El Caribe. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, p. 3. 15 González Mendoza, Lourdes (2014). “Robustecimiento de los Organismos Electorales en América Latina”. Revista Mundo Electoral n.º 19, enero de 2014. Tribunal Electoral de Panamá, p. 53.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Hay que resaltar que los países suramericanos con aciertos y tropiezos han logrado que los últimos 35 años de su vida contemporánea (1979-2014) transcurran sin interrupciones en sus regímenes constitucionales, ni se presenten regímenes militares de facto, pero todavía en cada Estado es necesario seguir edificando y fortaleciendo el régimen democrático a fin de que la inestabilidad o las crisis políticas que si se han presentado en este período desaparezcan y la gobernabilidad sea la regla general. La convicción democrática de Suramérica se ha visto reflejada en la condena unánime de todos los países de la región a los intentos de golpes de Estado en Argentina en 1987 y 198916, Perú en 199217, Venezuela en 1992 y y 2002, Paraguay en 1996 y 199918, Ecuador en los años 2000, 2005 y 201019, como a las crisis políticas sucedidas que pusieron en riesgo la democracia en el Perú en el año 200020, Ecuador en 1997 y 200521, Argentina en 200122, Bolivia en 200323 y 200824, Paraguay 201225 y Venezuela 201426. 16
Rebelión Carapintada, fueron una serie de levantamientos militares sucedidos entre 1987 y 1989 por un sector del Ejército argentino contrario a la política de derechos humanos, al juzgamiento a los militares responsable de las violaciones de derechos humanos durante el proceso de Reorganización Nacional en Argentina (1976-1981) y el sometimiento del estamento militar al poder civil promovida por el Presidente argentino Raúl Alfonsín. 17 El golpe en Perú de 1992 propiciado el domingo 5 de abril por el entonces Presidente de la República, Alberto Fujimori, con el respaldo del Ejército peruano. En este se disolvió el Congreso de la República, se intervino el Poder Judicial y se produjo la persecución de algunos miembros de la oposición. 18 Los intentos de golpes de Estado del Ejército Paraguayo en los años 1996 y 1999 en contra de los presidentes Juan Carlos Wasmosy y Raúl Cubas. 19 Derrocamiento del presidente constitucional Jamil Mahuad, el 21 de enero de 2000, por una rebelión liderada por oficiales del Ejército ecuatoriano y el movimiento indígena ecuatoriano. Derrocamiento del presidente constitucional Lucio Gutiérrez el 20 de abril de 2005 e intento de golpe de Estado en contra del presidente constitucional Rafael Correa, en 2010. 20 La crisis peruana del año 2000, causada por las irregularidades en las elecciones presidenciales del año 2000 que reeligió por tercera vez consecutiva como presidente constitucional del Perú a Alberto Fujimori, lo cual causó una serie de protestas y revueltas cívico-militares que desembocaron en su renuncia al cargo en noviembre de 2000. 21 El derrocamiento de los presidentes constitucionales de Ecuador Abdalá Bucaram, el 7 de febrero de 1997, y posteriormente del presidente Lucio Gutiérrez, el 20 de abril de 2005. 22 La crisis de diciembre de 2001 en Argentina, crisis financiera y política generada por la 16
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
Álvaro Tirado Mejía (1997) manifiesta: “En nuestro hemisferio el discurso de la democracia cobró fuerza después de la caída del muro de Berlín y la sustitución de las dictaduras. La democracia ya no tiene enemigos relevantes, ni modelos políticos que le hagan competencia.”27 Por lo tanto, la democracia es un camino irreversible que la región, los Estados y los ciudadanos suramericanos han decidido transitar, siendo esta una tarea individual al interior de cada país, como una tarea colectiva de los Estados agrupados dentro de diversos procesos de integración. Como indica Patriota (2012): “La democracia en nuestra región ha recorrido un largo camino que, con altibajos, es hoy, una realidad objetiva que marcha hacia su consolidación. El régimen democrático se erige como el único sistema legítimo de gobierno en nuestros países. Sin embargo, la persistencia de elementos de precariedad en el desarrollo de nuestras instituciones y culturas democráticas plantea retos aún pendientes.”28 El objetivo, tanto de los procesos de integración como de los Estados Miembros que los conforman, es consolidar la democracia como un sistema político en el cual los gobernantes sean seleccionados mediante el sufragio, directo y secreto, en elecciones limpias, periódicas y competitivas; así como garantizar la participación de los ciudadanos de dichos Estados no solo en sus decisiones, planes, políticas y proyectos públicos, sino sobre todo influir e intervenir en
restricción a la extracción de dinero en efectivo de plazos fijos, cuentas corrientes y cajas de ahorro denominadas Corralito, que causaron la renuncia a la presidencia de Fernando de la Rúa, el 20 de diciembre de 2001, y llevaron a una situación de acefalía presidencial. 23 La Guerra del Gas en Bolivia, año 2003, fue una serie de conflictos producidos en Bolivia de septiembre a octubre, relacionados con la exportación de gas natural de Bolivia a Estados Unidos y México. El conflicto principal surgió por la decisión del Gobierno presidido por Gonzalo Sánchez de Lozada de exportar gas natural por Chile. 24 Crisis política de Bolivia de 2008. 25 Crisis política de Paraguay de 2012. 26 Manifestaciones en Venezuela durante el 2014. 27 Tirado Mejía, Álvaro, op. cit., p. 13. 28 Patriota, Antonio (2012). “Disertación del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federativa de Brasil”. Lima: Centro de Estudios sobre Democracia, p. 20. 17
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
los proyectos integracionistas para que estos últimos dejen de ser estructuras burocráticas y lejanas a las personas comunes, y se conviertan en instrumentos eficientes y eficaces que permitan romper fronteras, intercambiar conocimientos y experiencias a fin de perfeccionar constantemente el régimen democrático y constitucional. La consolidación y la profundización de las democracias suramericanas requieren ser promovidas, fortalecidas y defendidas colectivamente por los países que tienen un espacio continuo y un futuro compartido. La democracia no solo es necesaria para que los procesos de integración suramericanos cristalicen los objetivos económicos y comerciales, sino ante todo construyan una comunidad regional en la cual prevalezca el régimen constitucional y los derechos fundamentales de los ciudadanos suramericanos, permitiéndoles de esta manera alcanzar una mejor calidad de vida en todos los sentidos. Por eso, la democracia es la única vía para alcanzar un horizonte de justicia social. Allí radica su razón de ser y la necesidad de su defensa. En el contexto de democratizar la región suramericana se da a partir de 1979 que, paulatinamente, los procesos de integración como la CAN y el Mercosur incorporaron a la democracia como eje central de su labor mediante la adopción de diversas cartas o cláusulas democráticas; sin embargo, sus enunciados principales por lo general quedaron reducidos al papel y a la retórica del discurso político en las diversas cumbres y reuniones internacionales de Jefes de Estado y de Gobierno, careciendo de mecanismos eficaces y eficientes que los lleven a la práctica. Esta debilidad encontrada en el trabajo de la CAN y el Mercosur obedece al predominio del eje económico como motor de la integración, que privilegia la creación de uniones aduaneras, zonas de libre comercio y mercados comunes a fin de que los factores de producción (mano de obra, mercancías y capital) circulen entre sus Estados Miembros sin restricciones arancelarias de ningún tipo, considerando que el progreso económico traería en forma automática el afianzamiento de la democracia y la satisfacción de las diversas demandas sociales. 18
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
Al respecto, Salgado (2010) manifiesta: El eje decisorio económico de la integración es fundamental, pues originalmente o tradicionalmente es por éste que se han gestado procesos y se seguirán dando en el futuro, está determinado por la conveniencia del esfuerzo común de un grupo de Estados, con la finalidad de ampliar sus respectivos ámbitos económicos, buscar un mejoramiento de las condiciones de vida de sus países y poblaciones, a través de medios tradicionales como la abolición gradual o inmediata de barreras comerciales existentes entre ellos, consiguiendo establecer un solo espacio económico, generando ingresos suficientes para los países en integración, es decir, situaciones que impliquen rentabilidad a sus economías.29
Otro factor que contribuyó al poco éxito de las iniciativas en pro de las democracias suramericanas, llevadas a cabo por la CAN y el Mercosur, fue el carácter subregional de la integración, lo cual limitó los efectos de sus instrumentos normativos e institucional a los países miembros de dichos procesos sin que trasciendan en forma total y global a la región suramericana y logren intercambiar experiencias entre bloques de integración. Los esfuerzos más relevantes en favor de la democracia llevados adelante por la CAN, se reflejaron en la expedición de sendas declaraciones, cartas de principios y derechos y decisiones de los organismos del Sistema de Integración Andina (SAI), que colocaron a la democracia como eje central de la integración subregional andina como son la Declaración de los Presidentes Andinos de 1979, la Carta de Conducta de Riobamba en 1980, el Declaración Conjunta de Caracas del 3 de febrero de 1989, Manifiesto de Cartagena de Indias del 25 y 16 de mayo de 1989, Declaración de Galápagos del 17 y 18 de diciembre de 1989, la Carta Andina de Derechos Humanos de 2002, la Carta Social Andina de 1994, Protocolo de Trujillo de 1996, Declaración Presidencial sobre El Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia de 1998, Protocolo adicional al Acuerdo de Cartagena Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia del año 2000, Declaración de Quirama de 2003. 29
Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 71. 19
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
En el plano institucional se crearon el Parlamento Andino en 1979 mediante su Tratado Constitutivo y la creación de Consejo Electoral Andino en junio de 2003 por medio de la Decisión 551 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. En el caso del Mercosur su compromiso democrático se inició con la Declaración Presidencial de Las Leñas (Argentina) de 1992 referida a que “la plena vigencia de las instituciones democráticas es condición indispensable para la existencia y desarrollo del Mercosur.”30 Sobre la base de Declaración de Las Leñas de 1992, dentro del Mercosur se suscribieron la Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el Mercosur de 1996, el Protocolo de Ushuaia sobre el Compromiso Democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile en 1998 y el Protocolo de Asunción sobre el Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur en 2005. A escala institucional y con la finalidad de cumplir con los objetivos de las declaraciones e instrumentos antes mencionados, el Mercosur en el año 2006 creó su Parlamento cuando sus Estados Miembros aprobaron el Protocolo Constitutivo de dicho organismo. Posteriormente, el Consejo del Mercado Común creó en el año 2008 el Observatorio de la Democracia del Mercosur, cuyo objetivo general es contribuir para el fortalecimiento de los objetivos sobre el Compromiso Democrático en el Mercosur. Todos los esfuerzos realizados por la CAN y el Mercosur en materia de promoción a la democracia pueden ser considerados un antecedente y una experiencia previa valiosísima para el trabajo posterior que la Unasur y su Consejo Electoral están llevando a cabo; sin embargo, se puede decir que sus logros fueron reducidos o parciales al limitar su trabajo únicamente con instrumentos normativos que no llegaron a plasmarse en la realidad; por otro lado, no se profundizó la cooperación entre organismos y autoridades electorales. 30
Declaración Presidencial de Jefes de Estado del Mercosur de Las Leñas (26 y 27 de junio de 1992), artículo 1. 20
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
Como lo expresa Távara (2013): Los ciudadanos latinoamericanos hemos sido testigos de algunos procesos de integración regional, tales como la Comunidad Andina de Naciones – CAN, iniciativa del bloque de países andinos que se inició con la suscripción del Acuerdo de Cartagena en 1969; o el Mercado Común del Sur – Mercosur, cuyo tratado de creación se firmó en Asunción en 1991; pero en ninguno de estos u otros proyectos integracionistas se había trabajado con el nivel de alcance y objetivos como el que se ha generado con la Unasur, la cual incluso ha tenido en cuenta la incorporación de la temática electoral definido como Consejo Electoral de la Unasur, ausente de las propuestas anteriores.31
En el caso de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América Tratado de Comercio de los Pueblos (Alba-Tcp), surgida en el año 2004 y de la cual participan tres países suramericanos (Bolivia, Ecuador, Venezuela), su aporte a la democracia suramericana se ha enmarcado en expedir diversas declaraciones a favor de la democracia y de condena a amenazas contra la misma, como fue en el caso de Honduras y Venezuela en los años 2009 y 2014 y en la promoción de la participación de los movimientos sociales dentro de su estructura institucional. Toda esta experiencia previa acumulada como proceso de integración, y específicamente en materia democrática y electoral tanto por la CAN, el Mercosur y la Alba-Tcp con sus diversos aportes, mecanismos, aciertos y errores, constituye la base con la cual se edifica desde el año 2008 con gran éxito el proceso de integración de la Unasur y el CEU. El compromiso de la Unasur con la democracia se ha visto reflejado en que su Tratado Constitutivo firmado en Brasilia en el año 2008, cuyo objetivo principal implica el fortalecimiento de la democracia, como lo expresa el artículo 2 de dicho instrumento. 31
Távara Córdova, Francisco (2013). “Presentación del presidente pro témpore del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur)”, en “Memoria de Gestión del Consejo Electoral de la Unasur”. Lima: Jurado Nacional de Elecciones de Perú, p. 7. 21
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Artículo 2.- Objetivo.- La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados32 (énfasis añadido).
La Unasur, en base de su Tratado Constitutivo, ha establecido los siguientes mecanismos: • • • •
El diálogo político; La participación ciudadana; El Parlamento suramericano; El Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre el compromiso con la democracia; • La construcción de la ciudadanía suramericana; • La cooperación sectorial que permitió la creación del CEU.
Basado en estos mecanismos, la Unasur busca llevar adelante una integración suramericana verdadera, completa y profunda, es decir, una integración que no solo se ocupe del eje económico o la liberalización del comercio recíproco, sino que sitúe a la democracia como el eje vertebrador mediante el cual se construirá el bienestar de los ciudadanos suramericanos, dentro de un marco del respeto, independencia, soberanía y autodeterminación de los pueblos. Como manifiesta Salgado (2010), la Unasur se enmarca dentro de los procesos neointegracionistas: Los procesos Neo-Integracionistas son aquellos que toman como bases los elementos endógenos, culturales, sociales, económicos y políticos consi-
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Tratado Constitutivo de la Unasur, suscrito en Brasilia el 23/5/2008.
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
derando sus debilidades, potencialidades y sabiduría de los pueblos que lo integran, construyendo un sistema económico, social y jurídico, caracterizado por las nuevas corrientes de la integración solidaria, ecológica y humanista, capaz de responder a su idiosincrasia y necesidades.33
Esta tarea únicamente puede ser alcanzada con la vigencia de regímenes democráticos comprometidos con los valores de la democracia, de la integración y no únicamente con los económicos. Como refiere Rincón (2006): En este sentido, no puede establecerse un proceso de integración verdadero sin que se fortalezca la democracia y la participación ciudadana tanto a nivel interno como a nivel comunitario. Avanzar hacia etapas ulteriores, requiere que los países miembros fortalezcan sus regímenes democráticos internos y simultáneamente, democraticen los órganos y las políticas comunitarias.34
En este nuevo modelo de integración desarrollado por la Unasur y el CEU, en el cual la vigencia de la democracia es fundamental, las autoridades y organismos electorales suramericanos han promovido la cooperación sectorial en materia electoral. El CEU es el espacio adecuado para la reflexión sobre los desafíos y las encrucijadas de las democracias, en plural; constituye entonces una necesidad en términos sociales y en términos estatales. De ahí la urgencia de que los organismos electorales de nuestros países brinden un aporte para generar un debate serio, responsable y sobre todo plural. La sociedad real que subyace a los Gobiernos democráticos es diversa, heterogénea y compleja. Por tanto, el debate sobre democracias debe incluir necesariamente a los sistemas electorales, el sufragio y la participación electoral; pero también debe involucrar la discusión sobre la gobernabilidad, la 33
Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 70. Rincón Eizaga, Lorena Beatriz (2006). “Democracia e integración: especial referencia a la Comunidad Andina”, Revista Online Plataforma Democrática. Bogotá, p. 92. 34
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
plurinacionalidad, la interculturalidad y los derechos individuales, sociales y colectivos. Todos estos aspectos referentes a la Unasur serán analizados a profundidad y con mayor énfasis cuando aborde los aportes a favor de la democracia que han realizado los diversos procesos de integración suramericanos. 1.3. Aportes para el fortalecimiento de la democracia de la CAN, Mercosur, Alba-Tcp y la Unasur Como analicé anteriormente, en el actual contexto internacional la democracia es la condición básica e indispensable de las relaciones de los Estados soberanos entre sí, como de aquellos con las organizaciones internacionales. En ese sentido, el fortalecimiento y defensa de la democracia constituye una condición necesaria que deben cumplir los Estados suramericanos para participar como miembros plenos de los diversos procesos de integración comunitarios o intergubernamentales que se desarrollan en la actualidad en la región, como son la CAN, el Mercosur, la Alba-Tcp y la Unasur. La interrelación entre democracia e integración se refleja en el hecho de que solo la vigencia del sistema democrático puede impulsar la integración suramericana, al darle mayor seguridad y respeto a la implementación de los objetivos, valores y principios que se ha trazado. Como indica Ciuro Caldani (1998): “Cuando en un proceso integrador afirma su compromiso democrático, de exclusión del uso interno de la fuerza, no se hace sino reconocer una idea que es propia de la misma noción de integración.”35 Con este fin, dentro de los procesos de integración suramericanos paulatinamente desde 1979 se han establecido varios mecanismos normativos e
35 Ciuro Caldani, Miguel Ángel (1998). “El protocolo de Ushuaia sobre el compromiso democrático en el Mercosur (integración, desarrollo y democracia). Revista de la Integración n.º 8. Rosario: Centro de Estudios Comunitarios, Facultad de Derecho, Universidad Nacional de Rosario, p. 20.
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CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
institucionales tendientes a fortalecer y asegurar la vigencia de la democracia en la región: • La adopción de cartas o cláusulas democráticas entre sus Estados Miembros; • El diálogo político entre los gobiernos de los Estados Miembros; • La implementación de la participación ciudadana en los procesos de integración; • La creación de Parlamentos dentro de los procesos de integración; • La creación de consejos electorales y observatorios de la democracia. A continuación se definirá cada uno de estos instrumentos normativos e institucionales, para luego analizar cómo se ha desarrollado e implementado cada uno de ellos dentro de los procesos de integración suramericanos (CAN, Mercosur, Alba-Tcp, Unasur). • Las cartas o cláusulas democráticas son instrumentos normativos (originarios36 o derivados37) de carácter vinculante, suscritos por los Estados Miembros, que participan de un proceso de integración, en los cuales adoptan a la democracia como su sistema de gobierno y su vigencia como condición básica para participar en el proceso integracionista. Mediante las cartas o cláusulas democráticas los Estados Miembros de un proceso de integración se comprometen a fortalecer a la democracia y defender de cualquier hecho que amenace poner fin a su vigencia; por otro lado se establecen sanciones o la suspensión de su participación dentro del proceso de integración para los países en los cuales se da una ruptura a sus regímenes constitucionales o estos sean amenazados. Al respecto Covarrubias (2009) indica: 36
Derecho o legislación originaria se refiere a los tratados constitutivos de los procesos de integración más las normas convencionales que puedan haberlo modificado. Establecen los principios, determinan las competencias, construyen el sistema institucional y distribuyen poderes y funciones del proceso de integración. 37 Derecho o legislación derivada se refiere a las normas nacidas de los instrumentos originarios de la integración, y que tienen su fundamento, su alcance y sus límites previstos en ellas mismas. 25
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
La cláusula democrática se entiende esencialmente como la facultad que tienen uno o varios actores internacionales, ya sean países o instituciones, para condicionar cualquier tipo de ayuda o apoyo, e incluso relaciones diplomáticas o comerciales en el caso de los países, a que el Estado receptor cumpla con una serie de requisitos que definan su régimen como democrático. Dicha cláusula es una herramienta más para la promoción de la democracia, siempre acompañada de la protección de los derechos humanos. Desde un punto de vista extremo, sin sutilezas, se trata de una forma de presión en las relaciones internacionales.38
A medida que se fue consolidando la democracia en la región suramericana, los procesos de integración adoptaron el compromiso de velar por el reconocimiento y el respeto de la democracia como sistema de gobierno. Como señalan Priotti y Trucco (2012): “La inserción de las clausulas democráticas en los instrumentos de la integración latinoamericana, zanjaron el debate sobre si la democracia era una condición deseable o necesaria en los procesos de integración. Podemos afirmar entonces, a la luz de dichas normativas, que la democracia se presenta como principio y condición de existencia del proceso integrador, convencidos que es a partir del fortalecimiento democrático donde puedan consolidarse objetivos comunes que garanticen resultados a largo plazo.”39 El diálogo político puede ser definido como la discusión o debate que se desarrolla entre los Estados Miembros de un proceso de integración sobre una problemática determinada y de interés común para todos ellos, en este caso el fortalecimiento y la vigencia de la democracia, los derechos humanos, el régimen constitucional y el Estado de derecho. El diálogo político tiene como finalidad llegar a un acuerdo general entre los Estados Miembros de un proceso de integración, orientado a establecer las di-
38 Covarrubias Velasco, Ana (2004). “La cláusula democrática”. Ciudad de México: Secretaría de Relaciones Exteriores de México, p. 3. 39 Priotti Anahí y Marcelo Trucco (2012). “La cláusula democrática en los procesos de integración latinoamericana”. Revista Electrónica Cordobesa de Derecho Público n.º 2, Córdoba, p. 17.
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LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
rectrices generales, líneas de acción en favor del fortalecimiento de la democracia o la aplicación de las cartas o cláusulas democráticas si fuere el caso. La implementación de la participación ciudadana en los procesos de integración se refiere a los mecanismos normativos e institucionales previstos en la legislación originaria y derivada de todo proceso de integración a fin de que los ciudadanos de los Estados Miembros participen de los aspectos relevantes del mismo, en sus instituciones con el fin de fortalecerlo, intercambiar experiencias y conocimientos, generar propuestas y proyectos dentro del proceso de integración. Para Tirado Mejía (1997): “No puede haber integración sin participación, y para que todos los individuos, grupos sociales y países puedan participar libremente en un mismo proceso e integrarse se requiere de la democracia. Las bases de la sociedad son las principales protagonistas de la integración. Es desde estas mismas bases de donde deben salir las autoridades; es decir, los sectores o individuos que permitan aumentar, desarrollar, multiplicar la participación ciudadana e incentivar la integración en todos los niveles.”40 La participación ciudadana es fundamental dentro de un proceso de integración para profundizar sus diversas etapas, sobre todo aquellas en las cuales se discute entre los países miembros el entregar facultades y competencias a las instituciones integracionistas, coordinar acciones comunes entre poderes judiciales y Parlamentos, mecanismos comunes de fortalecimiento y defensa de la democracia y de los derechos de los ciudadanos. Como sostiene Tirado Mejía (1997): “Aquí se ha caracterizado la democracia como la participación del pueblo; se definió el concepto de integración no como sinónimo de incorporación, sino como un proceso lógico de la democracia que lleva a una realización cada vez mayor del conjunto social y de cada uno de sus miembros en armonía con su ambiente.”41 La creación de Parlamentos dentro de los procesos de integración, pueden considerarse una proyección de la democracia representativa hacia los procesos 40 41
Álvaro Tirado Mejía, op. cit., p. 21. Ibíd 27
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
de integración, al momento existen en Suramérica el Parlamento Andino, el Parlamento del Mercosur y próximamente será implementado el Parlamento Suramericano. En ese sentido un Parlamento, dentro de cualquier proceso de integración, es el órgano deliberante y de representación política de los pueblos de los Estados Miembros que participan en el mismo, siendo una expresión de la pluralidad y diversidad ideológica de cada país. Su legitimidad política se da por medio de la elección de sus integrantes mediante el sufragio universal y directo de los ciudadanos integrados, que le confiere la responsabilidad en la promoción y defensa permanente de la democracia, la libertad y la paz. La creación de consejos electorales y observatorios de la democracia. Son los mecanismos institucionales de cooperación entre las autoridades y organismos electorales (administraciones electorales); también se encargan de dar seguimiento al desarrollo de todas las facetas del sistema democrático en sus países miembros, generando recomendaciones e informes sobre estos aspectos. El mecanismo institucional que mayor acogida ha tenido dentro de los procesos de integración suramericanos, especialmente en la CAN y la Unasur, ha sido la creación de los Consejos Electorales, con el objetivo de que las autoridades y organismos electorales de los países miembros tengan un espacio de cooperación e intercambio de experiencias y conocimientos en materia electoral destinado a fortalecer la democracia de cada país. Por otro lado, los Consejos Electorales dentro de los procesos de integración suramericanos constituyen los espacios idóneos para llevar a la práctica la elección de los representantes de cada Estado Miembro a los respectivos Parlamentos Integracionistas, mediante el sufragio directo y universal de los ciudadanos suramericanos. El mecanismo de Observatorio de la Democracia, adoptado por el Mercosur, es un organismo adjunto a su Parlamento cuya misión es acompañar los procesos electorales en los Estados Miembros; coordinar acciones del Cuerpo de Observadores Electorales del Mercosur; realizar las actividades 28
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LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
y proporcionar los informes que sean solicitados por el Parlamento del Mercosur. Al respecto, Herdoiza (2014) señala: “Los observatorios son una forma de ejercer y construir ciudadanía, que apoyan el uso y difusión de la información y generación de conocimiento, una de las características esenciales de los observatorios. Los resultados que arrojan sus investigaciones en países de América Latina, dan cuenta de los avances hacia la consolidación de la democracia y de los retos que aún están pendientes.”42 Este organismo fue creado con la finalidad de observar la aplicación del Protocolo de Ushuaia en los Estados Miembros del Mercosur, el que constituye su carta o cláusula democrática. Como indica Herdoiza (2014): “Los observatorios son espacios claves de referencia ciudadana. Al analizar la realidad y la actuación de los gobiernos y otros actores públicos, ellos informan a la sociedad sobre las políticas públicas que deben fortalecerse o corregirse y alertan sobre los desafíos para mejorar las condiciones de vida de la población.”43 1.3.1. Aportes de la CAN al fortalecimiento de la democracia La CAN es una organización subregional económica y política con personería jurídica internacional, que fue creada en 1969 por el Acuerdo de Integración de Integración Subregional Andino o Acuerdo de Cartagena. Actualmente está integrada por cuatro países miembros: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, y por los órganos del Sistema Andino de Integración.44 42 Herdoiza, María Virginia (2014). “Caracterización de los observatorios de la democracia en América Latina”. Revista Voces. Quito: Red de Escuelas e Institutos de Formación en Democracia de la Unasur, p. 14. 43 Ibíd. 44 Acuerdo de Integración Subregional Andino - Acuerdo de Cartagena, artículo 6.- El Sistema Andino de Integración está conformado por los siguientes órganos e instituciones: el Consejo Presidencial Andino; el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; la Comisión de la Comunidad Andina; la Secretaría General de la Comunidad Andina; el Tribunal de Jus-
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Al inicio se llamó Pacto Andino; posteriormente adoptó el nombre de Comunidad Andina de Naciones mediante los Protocolos de Trujillo (1996) y de Sucre (1997)45 que modificaron tanto su nombre como la estructura, los objetivos y las funciones de la integración andina que originalmente se establecieron en el Acuerdo de Integración Subregional Andino o Acuerdo de Cartagena de 1969. Como señala Salgado (2010): “En este contexto, en abril de 1996, los presidentes de los países andinos en la ciudad de Trujillo, Perú, suscribieron el Protocolo de Trujillo, en el cual se adoptaron decisiones trascendentales para la región, las cuales fueron: cambiar la denominación de Pacto Andino por Comunidad Andina de Naciones, la cual inició sus labores en agosto de 1997.”46 A continuación analizaré los mecanismos normativos, institucionales y de participación ciudadana establecidos por la CAN a favor de la democracia. En el aspecto normativo el compromiso de la CAN con la democracia se inicia a partir de 1979, puesto que originalmente el Acuerdo de Cartagena de 1969 como derecho originario andino no hacía mención alguna sobre la vigencia y defensa de la democracia en sus países miembros, ni se establecía en el derecho derivado andino mecanismos institucionales de cooperación entre organismos y autoridades electorales (administraciones electorales) de la subregión.
ticia de la Comunidad Andina; el Parlamento Andino; el Consejo Consultivo Empresarial; el Consejo Consultivo Laboral; la Corporación Andina de Fomento; el Fondo Latinoamericano de Reservas; el Convenio Simón Rodríguez, los Convenios Sociales que se adscriban al Sistema Andino de Integración y los demás que se creen en el marco del mismo; la Universidad Andina Simón Bolívar; los Consejos Consultivos que establezca la Comisión; y los demás órganos e instituciones que se creen en el marco de la integración subregional andina. 45 Acuerdo de Integración Subregional Andino - Acuerdo de Cartagena, artículo 6.- Se crea la “Comunidad Andina”, integrada por los Estados soberanos de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, y por los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, que se establece por el presente Acuerdo. 46 Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 212. 30
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
Con el retorno de la democracia en Ecuador y Perú en 1979, conjuntamente con los Gobiernos democráticos de Venezuela47 y Colombia, fue promovida la Doctrina Roldós (antes de 1979 eran los únicos países sin dictaduras militares en Suramérica); el entonces Pacto Andino (hoy CAN) se comprometió a fondo con la defensa de la vigencia y fortalecimiento del orden democrático en Suramérica, debido a la presencia de las dictaduras militares en Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay que cometían atroces violaciones de los derechos humanos de sus ciudadanos. Por otro lado, en el caso de Bolivia, país miembro del Pacto Andino (hoy CAN), los continuos golpes de Estado y la inestabilidad política provocaron que entre 1978 y 1982 se sucedieran 8 presidentes, los cuales fueron 2 gobiernos civiles y 6 militares, estos últimos a más de cometer graves violaciones a los derechos humanos de sus ciudadanos retiraron a su país del Pacto Andino debilitando este proceso de integración. En ese contexto, mediante la Declaración de los Presidentes Andinos reunidos en Quito el 11 de agosto de 1979, con motivo de la asunción al poder del abogado Jaime Roldós a la Presidencia de la República del Ecuador, expresaron que la democracia debía ser defendida y fortalecida en la subregión andina, así como debía crearse un Parlamento dentro del proceso del Pacto Andino. Bajo el nuevo enfoque democrático del Pacto Andino, este proceso de integración se pronunció en contra de los golpes de Estado en Bolivia de 1979 y 1981, encabezados por los Coronel Alberto Natusch Busch y el General Luis García Meza, respectivamente; en este sentido las gestiones diplomáticas del Pacto Andino se enfocaron en no reconocer a estos Gobiernos de facto y aislarlos, lo que contribuyó posteriormente a su renuncia y al restablecimiento del orden constitucional en Bolivia. Otros aspectos importantes del trabajo del Pacto Andino a favor de la democracia fueron los que señala Rincón (2006): “Esta vocación democrática del 47
La República Bolivariana de Venezuela fue país miembro de la Comunidad Andina (CAN) entre 1973 y 2006, cuando por decisión del Presidente Hugo Chávez abandonó este proceso de integración. 31
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esquema andino de integración fue reafirmada en la práctica a través de dichosos pronunciamientos, tales como la acción de los países andinos para contribuir al derrocamiento de la dictadura de Somoza en Nicaragua, la acción de Colombia, Perú y Venezuela en el marco de los Grupos de Contadora y de Apoyo, respaldada por el Grupo Andino, a favor de la paz y la democracia en Centroamérica.”48 En este contexto, el 23 de septiembre de 1980, los presidentes andinos reunidos en Riobamba-Ecuador, para celebrar el Sesquicentenario de la Primera Constitución del Estado Ecuatoriano, suscribieron la Carta de Conducta, en la cual se estableció que el carácter democrático debía regir el ordenamiento político de los países de la subregión andina, así como su compromiso con el respeto a los derechos humanos. Como señala Espinosa (1998): “La Carta de Conducta cuyo contenido afianzaba el sistema constitucional y la vigencia de los derechos humanos fue firmada por los presidentes de Colombia, Costa Rica y Venezuela, por el vicepresidente del Perú y el exiliado vicepresidente electo de Bolivia, y por un delegado del presidente del gobierno español, reunidos en Riobamba el 23 de septiembre de 1980 para celebrar el sesquicentenario de la expedición de la Primera Constitución del Estado Ecuatoriano.”49 En sus aspectos más importantes la Carta de Conducta de Riobamba de 1980, respecto a la vigencia de la democracia y los derechos humanos en la subregión andina, registra: Procurar un ordenamiento político subregional generado en democracia de extracción popular y definido carácter participativo, sin perjuicio de los principios de autodeterminación de los pueblos, de no intervención y del pluralismo ideológico. Reiterar el compromiso solemne que el respeto de los derechos humanos, políticos, económicos y sociales constituye norma fundamental de la con-
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Lorena Beatriz Rincón Eizaga, op. cit., p. 94. Espinoza, Simón (1998). “Presidentes del Ecuador”. Revista Vistazo, Guayaquil, p. 214.
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ducta interna de los Estados del Grupo Andino y que su defensa es una obligación internacional a la que están sujetos los Estados y que, por tanto, la acción conjunta ejercida en protección de esos derechos no viola el principio de no intervención. Contribuir a la vigencia de la libertad, la justicia social y la democracia.50
Este impulso democrático dentro del Pacto Andino se vería reflejado en las Declaraciones Presidenciales Andinas de Caracas, Cartagena y Galápagos, todas ellas del año 1989, las cuales expresan que “el sistema democrático, constituye, la norma inquebrantable, la forma de vida, y el instrumento idóneo para preservar la paz, alcanzar el desarrollo, y la justicia social, garantizar el pleno respeto a los derechos humanos e impulsar la cooperación e integración entre nuestros pueblos”.51 Basada en estas declaraciones el entonces Pacto Andino realizó pronunciamientos a favor de la vigencia de la democracia ante los intentos de golpe de Estado de Surinam, Trinidad y Tobago en 1990, Perú y Venezuela en 1992. Posteriormente la Carta Social Andina, expedida por el Parlamento Andino en el año 1994, estableció el deber de los Estados Miembros de la CAN de realizar la promoción, fortalecimiento y perfeccionamiento del sistema democrático de Gobierno dentro de sus países. Entre los compromisos más destacados respecto a la democracia que asumieron los países miembros de la CAN, mediante la Carta Social Andina, se registran: Revisar el ordenamiento jurídico referente a los sistemas de partidos políticos y elecciones para lograr una participación ciudadana permanente, en los organismos de elección y representación, tanto formal como informal. Hacer de la democracia un ideal permanente para que la justa distribución
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Carta de Conducta de Riobamba de 1980. Declaración Conjunta de Caracas del 3 de febrero de 1989, Manifiesto de Cartagena de Indias del 16 y 25 de mayo de 1989, Declaración de Galápagos del 17 y 18 de diciembre de 1989. 51
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
de la riqueza sea un instrumento de libertad y por lo tanto de equidad y justicia social.52
Con la reforma estructural del Acuerdo de Cartagena por los protocolos de Trujillo (1996) y Sucre (1997) con los cuales el Pacto Andino, pasó a llamarse Comunidad Andina de Naciones, se incorporó a la democracia como uno de los valores inspiradores del proceso de integración andino. En ese sentido, la Declaración del Consejo Presidencial Andino sobre Democracia e Integración de Santa Fe de Bogotá de 199853 determinó con mayor claridad el compromiso de la CAN con la democracia, puesto que los Jefes de Estado por medio de esta declaración determinaron que el sistema democrático era un requisito esencial para participar en el proceso de integración andino; por otro lado encomendaron a los cancilleres la elaboración de un protocolo adicional al Acuerdo de Cartagena que estableciera las medidas a adoptarse por parte de la CAN en caso de la ruptura del orden constitucional en uno de sus países miembros. Los aspectos relevantes de la Declaración del Consejo Presidencial Andino sobre Democracia e Integración de Santa Fe de Bogotá de 1998 fueron los siguientes: La Comunidad Andina es una comunidad de naciones democráticas. La plena vigencia de la democracia ha sido condición esencial para el diálogo y la cooperación política, fundamentos del proceso de integración económica, social y cultural en el marco del Acuerdo de Cartagena y demás instrumentos que conforman el Sistema Andino de Integración. La Comunidad Andina tiene entre sus objetivos principales el desarrollo y consolidación de la democracia y el Estado de Derecho así como el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.54
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Carta Social Andina de 1994. Declaración del Consejo Presidencial Andino sobre Democracia e Integración del 7 de agosto de 1998, suscrita en Santa Fe de Bogotá. 54 Ibíd. 53
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CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
Posteriormente, basados en esta Declaración, los países miembros de la CAN establecieron dos instrumentos normativos vinculantes dentro de su ordenamiento jurídico comunitario tanto originario como derivado: • El Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena denominado “Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia”, suscrito el 17 de octubre de 1998. • La Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, suscrita el 26 de julio de 2002.
El Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena, denominado “Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia”, suscrito el 17 de octubre de 1998 por los presidentes andinos, estableció que “La plena vigencia de las instituciones democráticas y el estado de derecho son condiciones esenciales para la cooperación política y el proceso de integración económica, social y cultural en el marco del Acuerdo de Cartagena y demás instrumentos del Sistema Andino de Integración.”55 En los siguientes artículos, el Protocolo “Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia” estableció que sus disposiciones se aplicarán en caso de producirse una ruptura del orden democrático en cualquiera de sus países miembros. En caso de producirse una ruptura del orden constitucional en cualquiera de los países andinos, el Protocolo dispone al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores adoptar las medidas pertinentes para propiciar el pronto restablecimiento del orden democrático. Entre las sanciones que pueden aplicarse, el Protocolo contempla las siguientes: • La suspensión de la participación del País Miembro en alguno de los órganos del Sistema Andino de Integración; • La suspensión de la participación en los proyectos de cooperación internacional que desarrollen los Países Miembros;
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El Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena denominado “Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia”, suscrito el 17 de octubre de 1998. 35
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• La extensión de la suspensión a otros órganos del Sistema, incluyendo la inhabilitación para acceder a facilidades o préstamos por parte de las instituciones financieras andinas (Corporación Andina de Fomento y Fondo Latinoamericano de Reservas); • Suspensión de derechos derivados del Acuerdo de Cartagena y concertación de una acción externa en otros ámbitos.56
La Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, suscrita por los presidentes andinos en Guayaquil el 26 de julio de 2002, estableció como derechos de los ciudadanos andinos los siguientes: Los pueblos andinos tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla, para lograr la plena realización de todos los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, y el derecho al desarrollo. Los gobiernos y pueblos de los países andinos se comprometen a defender el orden democrático en la región andina, convencido de que la vigencia de los valores democráticos asegura la interdependencia y reforzamiento mutuo entre la democracia, el desarrollo y el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales. Reconocen el derecho de todo ciudadano y ciudadana de los Países Miembros de la Comunidad Andina a elegir y participar en las elecciones del Parlamento Andino, que deberán realizarse mediante sufragio universal, libre, directo y secreto.57
Con la finalidad de llevar a la práctica todos los instrumentos normativos antes mencionados, en el aspecto institucional, la CAN implementó dos órganos para fomentar la representación política y la cooperación en materia electoral dentro del proceso de integración andino: • El Parlamento Andino. • El Consejo Electoral Andino.
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Ibíd. Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de 2002.
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LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
El Parlamento Andino es el órgano deliberante y de control común del proceso de Integración Andina, su naturaleza es comunitaria. Tiene sede en Bogotá-Colombia. El Parlamento fue creado el 25 de octubre de 1979 en La Paz, mediante el Tratado Constitutivo suscrito por los cancilleres de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Este instrumento entró en vigencia en 1984 con lo cual iniciaron sus actividades. Representa a los pueblos de la CAN y estará constituido por representantes elegidos por sufragio universal y directo, según el procedimiento que se adoptará mediante Protocolo Adicional, que incluirá los adecuados criterios de representación nacional. Su misión no es legislar, sino brindar consejos y dar su opinión sobre algún tema que afecte a algún miembro de la CAN, de esta forma el Parlamento Andino es el órgano encargado de velar que el proceso de integración represente los intereses de los ciudadanos andinos. El Protocolo de Trujillo de 1996, entre su reformas, estableció las elecciones directas y universales en los países de la CAN, para la designación de sus representantes, ya que anteriormente el Parlamento estaba conformado por representantes que designaban los parlamentos nacionales de cada país. En la actualidad, gracias al Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento Andino sobre elecciones directas y universales de sus representantes del año 2002, Colombia, Ecuador y Perú eligen sus parlamentarios en forma directa para un periodo de 5 años, Bolivia tiene previsto realizar las elecciones directas de sus parlamentarios en el año 2015. Debido a que el Protocolo contempló en el artículo 4, el deber de diseñar un régimen electoral uniforme para las elecciones de parlamentarios andinos; las autoridades y organismos electorales de los países andinos vieron la necesidad de crear un mecanismo institucional para trabajar en este objetivo. El Consejo Electoral Andino fue creado mediante la decisión 551 del 25 de junio de 2003, expedida por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones 37
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Exteriores, como un órgano asesor y técnico en materia electoral dentro del sistema andino de integración, conformado por los titulares de los órganos electorales de los países andinos. Entre sus principales funciones se encuentran las siguientes: • Emitir opinión ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Secretaría General de la Comunidad Andina en los ámbitos de su competencia, cuando así se lo requieran. • Elaborar y recomendar la aprobación del Estatuto Electoral Andino y sus reformas. • Auspiciar mecanismos de cooperación horizontal y asistencia técnica entre los órganos electorales de la región. • Supervisar y observar los procesos de elección directa de los parlamentarios andinos. • Sugerir medidas para el perfeccionamiento de la legislación electoral interna relacionada con la elección de los Parlamentarios andinos en cada País Miembro. • Proponer la modernización y automatización de los sistemas de los procesos electorales de la región y de cada uno de los Países Miembros. • Emitir su propio Reglamento.58 La principal tarea del Consejo Electoral Andino se centró en la elaboración del proyecto de Estatuto Electoral Andino como el mecanismo normativo común para la elección de los parlamentarios andinos, así mismo centró su trabajo en observar el desarrollo de las elecciones para esta dignidad en los países miembros de la CAN. Entre los principales logros del trabajo del Consejo Electoral Andino se destacan los siguientes: • Aprobación de su reglamento interno, propuestas de acompañamiento a los procesos electorales y a los mecanismos de participación de le re-
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Decisión 551 del 25 de junio de 2003 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. 38
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LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
gión y subregión para el año 2004, en la sesión del 28 de agosto de 2003 en la ciudad de Quito. • En la reunión de abril de 2005, realizada en Caracas-Venezuela, el Consejo Electoral Andino evaluó el cumplimiento de países andinos del Protocolo de Elección Directa de Parlamentarios Andinos, la votación de los ciudadanos residentes en el exterior y los informes de avance en materia de voto electrónico por parte de los organismos electorales. • En la reunión de junio de 2008 celebrada en Bogotá-Colombia, los miembros del Consejo Electoral Andino intercambiaron información sobre la normativa constitucional y legal del sistema electoral y el desarrollo de los procesos electorales de cada país miembro de la CAN. Otro aspecto que definió el Consejo Electoral Andino fueron los criterios de cooperación horizontal, normatividad interna, estrategias y mecanismos que permitan el desarrollo de la democracia y de los sistemas, procesos y organizaciones electorales. • Participación del Consejo Electoral Andino como observador del referéndum revocatorio de mandato popular convocado en Bolivia para el 10 de agosto de 2008. Finalmente, sobre los mecanismos de participación ciudadana dentro del proceso de integración de la CAN, se manifiesta por medio de la formulación y presentación de las opiniones o puntos de vista de los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andinos y mediante el diálogo y la concertación de los intereses de los pueblos indígenas de la CAN. Se está promoviendo también la participación de los consumidores y municipios. Veamos brevemente cada uno de ellos: • Consejos Consultivos Empresarial y Laboral, promueve la participación organizada de los sectores empresariales y laborales de los países miembros en el proceso de integración está consagrada en el artículo 44 del Acuerdo de Cartagena y en las Decisiones 441, 442 y 464. Ambos sectores están facultados para presentar sus opiniones y puntos de vista a los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral y a participar activamente, con derecho a voz, en las reuniones vinculadas con la marcha del proceso subregional de integración. 39
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Consejo Consultivo de los Pueblos Indígenas. Los pueblos indígenas andinos tienen su mecanismo de participación por medio del Consejo Consultivo de Pueblos Indígenas de la Comunidad Andina (Decisión 674), siendo su función principal promover el intercambio, evaluación y difusión de experiencias y prácticas exitosas, el fortalecimiento organizativo y, en general, la cooperación entre pueblos y organizaciones indígenas, entidades del Estado y organismos de derechos humanos y la sociedad civil de la subregión andina. • Mesa Andina de Participación de la Sociedad Civil para la Defensa de los Derechos del Consumidor. Los consumidores tienen su espacio de participación mediante la Mesa Andina de Participación de la Sociedad Civil para la Defensa de los Derechos del Consumidor, que fue establecida por la Decisión 539 como una instancia consultiva dentro del marco del Sistema Andino de Integración, para promover la activa participación de las instituciones, públicas y privadas, vinculadas con la defensa de los derechos del consumidor en los Estados Miembros de la CAN, en los procesos de concertación social y de toma de decisiones de la integración subregional en las áreas de su interés. • Consejo Andino Asesor de Altas Autoridades de la Mujer e Igualdad de Oportunidades. Las mujeres tienen su espacio de participación mediante el Consejo Andino Asesor de Altas Autoridades de la Mujer e Igualdad de Oportunidades, creado mediante Decisión 711. Su objetivo es apoyar al proceso de integración subregional con un enfoque de derechos humanos, de género e interculturalidad, particularmente de las mujeres, que tiendan a la igualdad de oportunidades entre mujeres y varones, la eliminación de la violencia hacia la mujer y la construcción de una nueva sociedad regional más justa y equitativa. • Consejo Consultivo Andino de Autoridades Municipales. Los gobiernos municipales tienen su espacio de participación por intermedio del Consejo Consultivo Andino de Autoridades Municipales, que es la institución consultiva del Sistema Andino de Integración, orientada a impulsar acciones para fortalecer las ciudades y los gobiernos locales como actores de la integración.
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LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
1.3.2. Aportes del Mercado Común del Sur (Mercosur) para el fortalecimiento de la democracia El Mercosur es un proceso de integración subregional en los ámbitos económico, comercial y político, surgido a partir del Tratado de Asunción de 1991. Actualmente se encuentra integrado por cinco países miembros: la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela.59 A continuación analizaré los mecanismos normativos, institucionales y de participación ciudadana establecidos por el Mercosur a favor de la democracia. En el aspecto normativo es necesario precisar que el nacimiento del Mercosur, en 1991, fue el resultado de un trabajo de integración bilateral entre Argentina y Brasil, el cual inició en 1985 con la Declaración de Foz de Iguazú y se extendió hasta 1991 cuando la integración bilateral pasó a ser subregional al integrar a Paraguay y Uruguay. Por lo cual puede considerarse este trabajo previo como el origen del Mercosur. Este proceso de integración bilateral entre Argentina y Brasil es importante porque vinculó a la democracia como uno de los valores fundamentales de la integración bilateral inicialmente y después de la integración subregional del Mercosur. En este sentido la Declaración de Foz de Iguazú, del 30 de noviembre de 1985, estableció una serie de principios inherentes a los sistemas democráticos de Suramérica, determinando que el proceso de democratización que vivía en ese entonces el continente debía reconducir a una mayor aproximación e integración entre los pueblos de la región, constituyendo una herramienta eficaz frente a las amenazas contra el régimen constitucional. 59 La República Bolivariana de Venezuela inició su proceso de ingreso al Mercosur, el 4 de julio de 2006, cuando se suscribió el Protocolo de Adhesión de Venezuela al Mercosur mediante el cual Venezuela se constituyó como Estado parte. La formalización del ingreso de Venezuela al Mercosur se demoró hasta 2012 por la falta de la ratificación del Protocolo por el Congreso paraguayo.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Al respecto Mendoza (2006) indica: “La Declaración de Iguazú, primer documento firmado por los presidentes de Brasil y Argentina, José Sarney y Raúl Alfonsín – explicitó una serie de principios inherentes a los incipientes sistemas democráticos de Suramérica, refiguró el objetivo de crear un mercado común y sentó las bases de una renovada y fortalecida relación bilateral en múltiples materias que sobrepasaban los aspectos estrictamente comerciales.”60 Posteriormente, a través del Acta de Amistad Argentino-Brasileña “Democracia, Paz y Desarrollo” de 1986 y el Acta de Buenos Aires de 1990, expresaron que la democracia representativa y el Estado de derecho que tengan como origen el respeto al orden legal y a la voluntad popular pueden asegurar la paz, promover el pleno desarrollo nacional, la justicia social, como la dignidad, la libertad y los derechos esenciales de la persona humana. Pese a todos estos enunciados democráticos, el Tratado de Asunción de 1991, con el cual nació el Mercosur como un proceso de integración subregional, no recogió en sus normas el carácter democrático de sus miembros como condición para participar en el proceso integracionista, como tampoco la vigencia del Estado de derecho, ni estableció cláusula democrática alguna. Como Mendoza (2006) señala: “Efectivamente, el Tratado de Asunción —texto constitutivo del Mercado Común del Sur que el 26 de marzo de 1991 firmaron Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay— no hace referencia al carácter democrático de los Estados Parte ni plantea principio alguno al respecto. Tampoco incluye como condición para el ingreso de terceros países la vigencia en ellos del Estado de Derecho.”61 Pese al predomino del eje económico-comercial dentro del Mercosur, en los años siguientes al Tratado de Asunción adoptó una serie de instrumentos normativos a favor del fortalecimiento y vigencia de la democracia.
60 Mendoza, María Cecilia (2006). “Un mecanismo de prevención de crisis de gobernabilidad para el Mercosur”. Revista Aportes n.º 8. Buenos Aires: Asociación de Administraciones Gubernamentales, p. 69. 61 Ibíd.
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CAPÍTULO I
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En ese sentido, mediante la Declaración Presidencial de Las Leñas (Argentinade 1992), los jefes de Estado del Mercosur expresaron que la plena vigencia de la democracia en una condición indispensable para la existencia y desarrollo del proceso de integración subregional. Basado en esta Declaración (1995), el Mercosur al firmar su Acuerdo de Cooperación con la Unión Europea en Madrid, ambas partes establecieron a la democracia como fundamento de la cooperación entre ambos bloques de integración. Posteriormente, en 1996 los jefes de Estado del Mercosur suscribieron la Declaración Presidencial sobre el compromiso democrático del Mercosur, en la cual expresaron que la plena vigencia de las instituciones democráticas es condición esencial para la cooperación dentro del proceso de integración, el diálogo político es un instrumento fundamental para concertar posiciones con relación a temas de interés, toda alteración del orden democrático constituye un obstáculo inaceptable para la continuidad del proceso de integración de uno de sus Estados Miembros. Como señala Buongermini (2007): “La Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el Mercosur suscrita el 25 de junio de 1996 que tiene que ver con el ejercicio efectivo de la democracia representativa y a la incompatibilidad de las alteraciones al orden democrático con la continuidad del proceso de integración con respecto al Estado miembro afectado.”62 Entre los aspectos más destacados de la Declaración Presidencial sobre el compromiso Democrático del Mercosur de 1996, menciono los siguientes: • La plena vigencia de las instituciones democráticas, es condición esencial para la cooperación en el ámbito del Tratado de Asunción, sus Protocolos y demás actos subsidiarios. • Toda alteración del orden democrático constituye un obstáculo inacep-
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Buongermini, María Mercedes (2007). “Carta de los derechos fundamentales del Mercosur”. Revista Aportes n.º 8. Buenos Aires: Asociación de Administraciones Gubernamentales, p. 12. 43
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
table para la continuidad del proceso de integración en curso respecto al Estado miembro afectado. • Las Partes consultarán inmediatamente entre sí, en la forma que estimen apropiada, en caso de ruptura o amenaza de ruptura del orden democrático en un Estado miembro. Las Partes procederán igualmente, de forma coordinada, a efectuar consultas con el referido Estado miembro.63
Basados en esta declaración los países miembros del Mercosur asumieron una activa defensa de la democracia y el régimen constitucional durante el intento de golpe de Estado en Paraguay en 1996, mediante la realización de gestiones diplomáticas a favor del Gobierno paraguayo y al enviar a Asunción a cancilleres de Argentina, Brasil y Uruguay como signo de respaldo a la legalidad en ese país. Al respecto, Mendoza (2006) refiere: “Respecto al rol del Mercosur en aquella circunstancia, fue auspiciosa y determinante la presencia en Asunción de los cancilleres de Argentina, Brasil y Uruguay, quienes advirtieron al gobierno, a los sediciosos y a la opinión pública en general que de no mantenerse en vigencia el sistema democrático, Paraguay sería sancionado con la exclusión del Bloque y padecería los consiguientes perjuicios económicos.”64 Ante la necesidad de establecer mecanismos normativos permanentes sobre la defensa de la democracia, el Mercosur estableció en 1998 el Protocolo de Ushuaia (Argentina) sobre el compromiso democrático en el Mercosur, instrumento al que se sumaron las repúblicas de Bolivia y Chile. El Protocolo de Ushuaia constituye la cláusula democrática del Mercosur, toda vez que establece que la plena vigencia de las instituciones democráticas es la condición esencial para el desarrollo de los procesos de integración, pasando a ser una norma de cumplimiento obligatorio de los Estados Miembros firmantes, así como a formar parte del Tratado de Asunción como instrumento de derecho originario. Como afirma Mendoza (2006): “El Protocolo de Ushuaia conocido como la cláusula democrática del Mercosur se constituyó en un sistema con alcance 63 64
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Declaración Presidencial sobre el compromiso Democrático del Mercosur de 1996. María Cecilia Mendoza, op. cit., p. 73.
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
punitorio para quienes no observen su cumplimiento e inauguró una nueva etapa en la protección de las democracias de la región.”65 Entre los aspectos más relevantes del Protocolo de Ushuaia están los siguientes: • La plena vigencia de las instituciones democráticas es la condición esencial para el desarrollo de los procesos de integración del Mercosur. • En caso de ruptura del orden democrático en un Estado parte del Protocolo de Ushuaia, los demás Estados Parte del Mercosur promoverán las consultas pertinentes entre sí y con el Estado afectado. • Si se produjera la ruptura del orden constitucional en alguno de los países del Mercosur, se lo sancionará con la suspensión del derecho a participar en los distintos órganos de los procesos de integración. • Los países que se adhieran al Mercosur en calidad de miembros plenos o Estados Asociados, deberán ratificar el Protocolo de Ushuaia, como lo hizo la República Bolivariana de Venezuela en el año 2012. En su calidad de países asociados al Mercosur: Bolivia, Chile, Perú, Ecuador y Colombia se han adherido al Protocolo. • La suspensión del país sancionado cesará cuando se halla verificado el pleno restablecimiento del orden democrático, lo que deberá tener lugar tan pronto se haga efectivo.
Hasta el momento el Protocolo de Ushuaia (Argentina) ha sido aplicado dos veces sobre Paraguay, la primera en 1999 cuando se produjo la crisis política que motivó la renuncia del presidente Raúl Cubas, y la segunda en junio de 2012 cuando el Senado de ese país destituyó al presidente Fernando Lugo Méndez. Los principios democráticos del Protocolo de Ushuaia serían ratificados y ampliados por el Protocolo de Asunción sobre el Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur en 2005, cuyos elementos fundamentales son los siguientes:
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Ibíd. 45
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• La plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son condiciones esenciales para la vigencia y evolución del proceso de integración. • Los Estados Miembros del Mercosur cooperarán mutuamente para la promoción y protección efectiva de los derechos humanos y libertades fundamentales a través de los mecanismos institucionales. • En caso de violación a los derechos humanos de sus ciudadanos por parte de cualquier Estado Miembro del Mercosur, será suspendido de participar en todos sus organismos y beneficios económicos derivados del proceso de integración.66
Estos dos instrumentos normativos han generado que en el Mercosur se defina que los Estados Partes que conforman el Mercosur comparten una comunión de valores que encuentra expresión en sus sociedades democráticas, pluralistas, defensoras de las libertades fundamentales, de los derechos humanos, de la protección del medioambiente y del desarrollo sustentable, así como su compromiso con la consolidación de la democracia, la seguridad jurídica, el combate a la pobreza y el desarrollo económico y social con equidad. A escala institucional y con la finalidad de cumplir con los objetivos de las declaraciones e instrumentos antes mencionados, el Mercosur creó su Parlamento y Observatorio de la Democracia. El Parlamento del Mercosur fue constituido en el año 2005 cuando sus Estados Miembros aprobaron el Protocolo Constitutivo de dicho organismo, iniciando sus funciones oficialmente en el año 2006. El Parlamento es el órgano de representación de sus pueblos (argentino, brasileño, uruguayo, paraguayo y venezolano), independiente, autónomo e integrante de la estructura institucional del Mercosur. El respeto a la pluralidad ideológica y política en su composición es uno de los pilares de esta institución. Sus parlamentarios son elegidos mediante voto universal, directo y secreto de los ciudadanos de los países miembros del Mercosur, los cuales les confieren 66
Protocolo de Asunción sobre el Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur de 2005. 46
CAPÍTULO I
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la responsabilidad en la promoción y defensa permanente de la democracia, la libertad y la paz. El Parlamento tiene un compromiso importante en garantizar la participación de los actores de la sociedad civil en el proceso de integración, impulsando el desarrollo sustentable de la región con justicia social y respeto a la diversidad cultural de su población. Según el Protocolo Constitutivo, el Parlamento del Mercosur tiene las siguientes competencias: • Velar en el ámbito de su competencia por la observancia de las normas del Mercosur. • Velar por la preservación del régimen democrático en los Estados Partes, de conformidad con las normas del Mercosur, y en particular con el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile. • Elaborar y publicar anualmente un informe sobre la situación de los Derechos Humanos en los Estados Partes, teniendo en cuenta los principios y las normas del Mercosur. • Efectuar pedidos de informes u opiniones por escrito a los órganos decisorios y consultivos del Mercosur sobre cuestiones vinculadas al desarrollo del proceso de integración. • Recibir, al finalizar cada semestre a la Presidencia Pro Témpore del Mercosur, para que presente un informe sobre las actividades realizadas durante dicho período. • Recibir, al inicio de cada semestre, a la Presidencia Pro Témpore del Mercosur, para que presente el programa de trabajo acordado, con los objetivos y prioridades previstos para el semestre. • Realizar reuniones semestrales con el Foro Consultivo Económico-Social a fin de intercambiar informaciones y opiniones sobre el desarrollo del Mercosur. • Organizar reuniones públicas, sobre cuestiones vinculadas al desarrollo del proceso de integración, con entidades de la sociedad civil y los sectores productivos. 47
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Recibir, examinar y en su caso canalizar hacia los órganos decisorios, peticiones de cualquier particular de los Estados Partes, sean personas físicas o jurídicas, relacionadas con actos u omisiones de los órganos del Mercosur.
Finalmente, el Consejo del Mercado Común creó en el año 2008 el Observatorio de la Democracia del Mercosur como parte de su Parlamento, cuyo objetivo general es contribuir para el fortalecimiento de los objetivos sobre el compromiso democrático en el Mercosur expresado en el Protocolo de Ushuaia. El rol del Observatorio consiste en acompañar los procesos electorales en los Estados Partes; coordinar acciones del Cuerpo de Observadores Electorales del Mercosur; realizar las actividades y proporcionar los informes que sean solicitados por el Parlamento del Mercosur o al menos por el Consejo del Mercado Común, presentar un informe anual de sus actividades al Pleno, que será remitido al Consejo del Mercado Común y a la Comisión de Representantes Permanentes del Mercosur. Como Naranjo (2009) indica: “La creación del Observatorio de la Democracia del Mercosur por la Decisión Nº 05 de 2007 del Consejo del Mercado Común, tuvo el interés de generar un espacio para realizar seguimiento a procesos electorales y realizar actividades relacionadas, con la consolidación democrática en la región.”67 Así mismo, el Observatorio deberá realizar actividades y estudios vinculados a la consolidación de la democracia en la región, incluyendo indicadores y estadísticas sobre la materia. En el ámbito del Observatorio se constituirá un Foro de Consulta integrado por cinco miembros de cada Estado Parte, para establecer el vínculo del Observatorio con la sociedad civil. Por intermedio de este órgano interno, el Parlamento del Mercosur tiene por objeto cumplir con su compromiso de protección permanente y promoción de la democracia, la libertad y la paz.
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48
María del Pilar Naranjo Morales, op. cit., p. 7.
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
1.3.3. Aportes de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América - Tratado de Comercio de los Pueblos (Alba-Tcp) para el fortalecimiento de la democracia En el caso de la Alba-Tcp, surgida en el año 2004 y de la cual participan tres países suramericanos (Bolivia, Ecuador y Venezuela), su aporte a la democracia se ha enmarcado en expedir diversas declaraciones a favor de la democracia dentro de América Latina y de condena a amenazas contra la misma como fue en el caso de Honduras en el año 2009 cuando se produjo la remoción del poder del presidente Manuel Zelaya Rosales por parte de las Fuerzas Armadas de ese país, y en el año 2014 debido a la crisis política de Venezuela. En el plano institucional, la Alba-Tcp ha promovido la participación de movimientos sociales y partidos políticos de izquierda en su proceso de integración, para ello creó dentro de su estructura el Consejo de Movimientos Sociales en el año 2009. Como señala la Declaración de la VIII Cumbre de la Alba-Tcp, suscrita en La Habana, Cuba el 13 y 14 de diciembre de 2009: El Consejo de Movimientos Sociales es el principal mecanismo que facilita la integración y participación social directa en la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América / Tratado de Comercio de los Pueblos (Alba-Tcp), es un espacio antiimperialista, antineoliberal y comprometido en trabajar para alcanzar, la mayor suma de seguridad social y de felicidad posible, en armonía con la naturaleza, la justicia social y la verdadera soberanía de nuestros pueblos. Tiene como misión articular a los Movimientos Sociales de los países miembros del Alba-Tcp y a aquellos de países no miembros, que se identifiquen con este esfuerzo y tiene la responsabilidad de aportar al desarrollo y ampliación del proceso del AlbaTcp.68
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Declaración de la VIII Cumbre de la Alba-Tcp, suscrita en La Habana, Cuba el 13 y 14 de diciembre de 2009. 49
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
El Consejo de Movimientos Sociales de la Alba-Tcp está integrado por los movimientos de campesinos, obreros, estudiantes, entre otros, de cada Estado miembro. Como señala el Centro de Derechos Económicos y Sociales de Perú (2014): “El Consejo entiende como movimientos sociales aquellos creados en América Latina a partir de la década de los 70, reconociendo la importancia de vincular activamente a las organizaciones y movimientos sociales las cuales formulan propuestas para la creación de espacios de participación en la formulación, ejecución, evaluación y control social de los proyectos acordados a nivel presidencial.69 La finalidad del Consejo es permitir que los movimientos sociales se incorporen a este mecanismo de integración regional, generando propuestas para ser implementadas dentro del mismo. Hasta el momento (2014), el Consejo de Movimientos Sociales de la Alba-Tcp llevó adelante la Cumbre de Movimientos Sociales en Otavalo-Ecuador en 2010 y la I Reunión de Partidos Políticos, Movimientos Progresistas y Revolucionarios de la Alba-Tcp celebrada en Caracas-Venezuela en el año 2012. Es necesario observar que la Alba-Tcp, hasta el momento no ha creado un mecanismo de cooperación entre organismos y autoridades electorales (administraciones electorales) entre sus Estados Miembros, pero ha aportado a la consolidación de la democracia al incorporar a los movimientos sociales y partidos políticos lo que podría decir que es una forma de participación ciudadana dentro del proceso de integración. 1.3.4. Aportes de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) para el fortalecimiento de la democracia La primera década del presente siglo significó para América Latina y Suramérica un periodo de revitalización del proceso de integración regional mediante 69
Centro de Derechos Económicos y Sociales de Perú y otros (2014), “Diagnóstico de la situación de la participación ciudadana en Suramérica”. Lima. 50
CAPÍTULO I
LA DEMOCRACIA Y LOS PROCESOS DE INTEGRACION SURAMERICANOS
la constitución de renovadas organizaciones como la Unasur caracterizada por ser dinámica, eficaz, efectiva y propiciadora de la complementariedad en todos los campos entre sus Estados miembros. En el caso de la Unasur, su creación, desarrollo institucional y el impulso de nuevos mecanismos de cooperación significa una oportunidad para acelerar la integración regional pretendiendo crear un nuevo modelo integracionista para enfrentar el nuevo orden internacional por parte de los 12 países suramericanos: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela. El Tratado Constitutivo de la Unasur, establece como objetivos de proceso de integración suramericana la construcción participativa y consensuada de la misma, en procura del fortalecimiento democrático. Para dar cumplimiento a este objetivo general, el cual implica el fortalecimiento de la democracia, la Unasur basada en su Tratado Constitutivo ha establecido los siguientes mecanismos: • Diálogo político (preámbulo, artículo 3, literal a y artículo 14 del Tratado Constitutivo de la Unasur); • La participación ciudadana (preámbulo, artículo 3, literal p y artículo 18 del Tratado Constitutivo de la Unasur y artículo 15 del Reglamento General de la Unasur); • Construcción de la ciudadanía suramericana (artículo 3, literal i del Tratado Constitutivo de la Unasur); • Parlamento suramericano (artículo 17 del Tratado Constitutivo de la Unasur). • El Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unasur sobre el compromiso con la democracia. • La cooperación sectorial (artículo 3, literal u, y artículo 5 del Tratado Constitutivo de la Unasur y artículos 9 y 10 del Reglamento General de la Unasur).70 70
Tratado Constitutivo de la Unasur, artículo 5. Desarrollo de la Institucionalidad. Podrán convocarse y conformarse reuniones ministeriales sectoriales, consejos de nivel ministerial, gru51
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
En materia de cooperación sectorial se ha producido el mayor avance de la Unasur dirigida al fortalecimiento de la democracia, con la creación e incorporación a su institucionalidad del CEU en noviembre de 2012 mediante la Decisión n.º 15 del Consejo de Jefes de Estado y de Gobierno. Todos estos aspectos serán analizados con mayor detalle en el segundo capítulo.
pos de trabajo y otras instancias institucionales que se requieran, de naturaleza permanente o temporal, para dar cumplimiento a los mandatos y recomendaciones de los órganos competentes. Estas instancias rendirán cuenta del desempeño de sus cometidos a través del Consejo de Delegadas y Delegados, que lo elevará al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno o al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, según corresponda. Los acuerdos adoptados por las reuniones ministeriales sectoriales, consejos de nivel ministerial, los grupos de trabajo y otras instancias institucionales serán presentados a consideración del órgano competente que los ha creado o convocado. 52
Capítulo II LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)
Sumario 2.1. Introducción. 2.2. Definición y características del proceso de integración de la Unasur. 2.2.1. Características del proceso de integración de la Unasur. 2.2.1.1. Integración intergubernamental. 2.2.1.2. Integración multidimensional. 2.2.1.3. Integración endógena y autónoma. 2.2.1.4. Cooperación, convergencia y complementariedad. 2.2.1.5. Integración direccionada a garantizar derechos. 2.3. Objetivos de la Unasur. 2.4. Desarrollo histórico del proceso de integración de la Unasur. 2.4.1. Las cumbres presidenciales suramericanas (20002004). 2.4.1.1. La I Cumbre de Presidentes/as Sudamericanos de Brasilia - 2000. 2.4.1.2. La II Cumbre de Presidentes/as Sudamericanos de Guayaquil - 2002. 2.4.2. La Comunidad Suramericana de Naciones (CSN), 2004-2008. 2.4.2.1. La I Cumbre de la CSN, Brasilia - 2005. 2.4.2.2. La II Cumbre de la CSN, Cochabamba - 2006. 2.4.2.3. Declaración de Margarita-Venezuela-2007. 2.4.3. El nacimiento de la Unasur - 2008. 2.5. Compromiso de la Unasur con la democracia y la cooperación en materia electoral. 2.5.1. Diálogo político en la Unasur. 2.5.2. Construcción de la ciudadanía suramericana. 2.5.3. Parlamento suramericano. 2.5.4. Participación ciudadana. 2.5.5. Cláusula democrática de la Unasur. 2.5.6. Cooperación sectorial - Consejo Electoral de la Unasur (CEU).
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2.1. Introducción El nacimiento de la Unasur en el año 2008 constituyó la culminación de un proceso de acercamiento y convergencia que los Estados suramericanos iniciaron en el año 2000 cuando empezaron a definir una agenda de integración común. Este acto constituye un hito histórico para los doce países de la región que se reúnen por vez primera en un solo proceso integracionista de carácter regional, concomitante a esto la integración suramericana inauguró un proceso con objetivos multidimensionales con un gran contenido social y económicocomercial. En este sentido la Unasur al amparo de las diversas Declaraciones Presidenciales e instrumentos normativos que ha vinculado la integración con la defensa y fortalecimiento de la democracia en la región, inauguró un hecho inédito como es la cooperación en materia electoral entre los organismos y las autoridades electorales de la región, agrupados en el CEU como el mecanismo institucional para llevar adelante este gran objetivo. En este capítulo analizo el avance del proceso de integración de la Unasur, sus características esenciales, así como el compromiso que en todo su desarrollo histórico ha tenido con el fortalecimiento y vigencia de la democracia en la región, como los instrumentos normativos e institucionales que ha diseñado para este fin, siendo uno de ellos el CEU. 2.2. Definición y características del proceso de integración de la Unasur La Unasur puede ser definida como una organización dotada de personería jurídica internacional, la cual agrupa a los doce71 países suramericanos, y se caracteriza por ser un espacio de integración multidimensional, interguber71 La República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Colombia, la República de Chile, la República del Ecuador, la República Cooperativa de Guyana, la República del Paraguay, la República del Perú, la República de Surinam, la República Oriental del Uruguay y, la República Bolivariana de Venezuela.
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namental, autónomo, convergente, de cooperación horizontal y concertación, endógeno, de alto nivel político, orientado a garantizar derechos de los ciudadanos suramericanos y fortalecer las soberanías de sus Estados Miembros. Al respecto, Sanahuja (2014) manifiesta: “La Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) parece erigirse como el intento de mayor alcance para articular un espacio regional suramericano y hacer realidad los objetivos de autonomía, proyección internacional, desarrollo económico, social, y gobernanza interna que anima al regionalismo latinoamericano desde sus orígenes.”72 La Unasur constituye ante todo un espacio de integración en el que ha primado el interés por los temas sociales antes que los económicos-comerciales, por eso su trabajo se direcciona a la cooperación intergubernamental, al fortalecimiento de la democracia, cooperación electoral, educación, salud, diálogo político, defensa, energía, entre otros. Sanahuja (2014) destaca: “El Tratado de Unasur deja claro que no es una organización de integración económica, pues no menciona la tipología usual de la integración de enmarcados como zonas de libre comercio y uniones aduaneras, y no implica políticas comunes asociadas a la integración económica. En el Tratado de Unasur sólo aparecen mencionadas de forma genérica en el preámbulo, y las metas económicas y comerciales de Unasur parecen diluidas en una agenda amplia de objetivos.”73 Es necesario señalar que la Unasur constituye un proceso de integración de carácter permanente y con institucionalidad propia, así como representa la culminación de un proceso de acercamiento y convergencia de los doce países suramericanos iniciado en el año 2000 con la celebración periódica de las Cumbres Presidenciales Suramericanas, acelerado en 2004 con la creación de la Comunidad de Naciones Sudamericanas (CNS) como un foro de debate y reflexión entre los mandatarios de la región, la cual finalmente evolucionó en 72 Sanahuja, José Antonio (2014). “Enfoques diferenciados y marcos comunes en el regionalismo latinoamericano: alcance y perspectivas de Unasur y Celac”, en Revista Pensamiento Propio n.º 39. Buenos Aires: Coordinadora Regional de Investigaciones Económicas y Sociales (Cries) y Centro de Estudios Globales y Regionales (Cegre), Buenos Aires, p. 86. 73 Ibíd.
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LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)
la Unión Suramericana en 2008 por medio de su Tratado Constitutivo firmado en Brasilia. Sobre este tema, Shandele (2013) se refiere a que “La Unasur representa un instrumento de integración importante, que responde a una visión del multilateralismo en concordancia con la ONU, y plantea la cooperación entre los Estados en diferentes dimensiones, como infraestructura, finanzas, políticas sociales, energía y defensa.”74 En lo referente a la vigencia de la democracia y la cooperación en materia electoral tanto el Tratado Constitutivo de la Unasur, como su Protocolo Adicional sobre el compromiso democrático del bloque integracionista, direccionan este proceso hacia la vigencia y fortalecimiento de este sistema político; así como; el respeto a los derechos humanos como condiciones básicas de la integración regional. Como señala el portal web de la Secretaría General de la Unasur: “Todas las acciones de la Unasur se dirigen a la construcción de una identidad regional, apoyada en una historia compartida y bajo los principios del multilateralismo, vigencia del derecho en las relaciones internacionales y el absoluto respeto de los derechos humanos y los procesos democráticos.”75 Para llevar a la práctica los objetivos de fortalecimiento de la democracia en la región, la Unasur ha fomentado la cooperación en materia electoral entre sus Estados Miembros por medio de la creación del CEU en el año 2012. Por su parte, Sanahuja (2014) se refiere a lo siguiente: “Esa mayor cooperación sectorial se observa desde 2008. En el caso de la Unasur, la aparición de consejos sectoriales ilustra también el mayor énfasis en la cooperación que caracteriza a esta organización.”76 Todo el trabajo en materia electoral del CEU se ha orientado a edificar con mayor fuerza y vigor el eje democrático de la integración, mediante la coope74 Shandele, Nadia (2013). Unasur y el Consejo de Defensa Suramericano. Córdoba: Centro Argentino de Estudios Internacionales (CAEI), p. 26. 75 Recuperado de http://www.unasursg.org/inicio/organizacion/historia. 76 José Antonio Sanahuja, op. cit., p. 89.
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ración entre las autoridades y organismos electorales suramericanos. A continuación muy brevemente desarrollaré las características esenciales del proceso de integración de Unasur bajo las cuales desarrollan su trabajo sus organismos y consejos sectoriales. 2.2.1. Características del proceso de integración de la Unasur Las principales características del proceso de integración de la Unasur son las siguientes: • • • • •
Integración intergubernamental; Integración multidimensional; Integración endógena y autónoma; Integración de cooperación, convergente y complementaria; Integración direccionada a garantizar derechos.
2.2.1.1. Integración intergubernamental El proceso de integración de la Unasur desde el punto de vista político y jurídico se caracteriza por ser de carácter intergubernamental, es decir, sus doce Estados Miembros han decidido no crear dentro de la integración suramericana órganos o instituciones comunitarias o supranacionales con autonomía plena y decisiones vinculantes para ellos. Como indica Salgado (2010): “La Integración intergubernamental es la que confiere delegaciones facultativas a los órganos facilitadores de los procesos de integración para su gestión sin autonomía plena, sino condicionada y restringida a la aceptación generalmente unánime de sus integrantes (Integración Intergubernamental).”77 En ese sentido la estructura institucional de la Unasur, conformada por cuatro órganos facilitadores78 y sus doce consejos sectoriales, entre ellos el CEU, 77 78
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Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 58. Tratado Constitutivo de la Unasur. Artículo 4. Los órganos de la Unasur son:
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LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)
constituyen mecanismos de concertación y consenso para la formulación, implementación y evaluación de lineamientos, políticas, planes y proyectos comunes, acordados por los representantes de los doce Estados suramericanos, que los aprueban bajo su beneplácito general. Al respecto, Sanahuja (2014) expresa: “la Unasur no supone la atribución de competencias soberanas a órganos comunes, ni a éstos se les han dado competencias para adoptar un derecho común. Tiene, por lo tanto, una lógica eminentemente intergubernamental.”79 Sin embargo estos órganos no poseen autonomía plena, ni sus decisiones son vinculantes y de inmediato cumplimiento, por lo cual los Estados Miembros de la Unasur han adoptado la fórmula del consenso y la implementación gradual de los aspectos comunes de la integración suramericana. Como Solón (2008) manifiesta: “Si bien toda decisión es por consenso con la participación de todos los Estados Miembros, la implementación de dichas decisiones puede ser gradual y flexible. De esta forma un Estado Miembro no está en la obligación de aplicar de forma inmediata, o a la misma velocidad, todos los acuerdos, pero sí debe acordar con la existencia de dichas ‘políticas, instituciones, organizaciones o programas’ para que éstos puedan ser considerados como iniciativas de la Unasur. Esta fórmula permite una aplicación flexible en el marco de un procedimiento de aprobación por consenso.”80 Complementando ese criterio, las decisiones trascendentales dentro de la Unasur son adoptadas bajo el consenso general y unánime de los mandatarios suramericanos que conforman el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur, como órgano máximo de decisión del organismo y reflejo de su carácter intergubernamental. 1. El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; 2. El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; 3. El Consejo de Delegadas y Delegados; 4. La Secretaría General. 79 José Antonio Sanahuja, op. cit., p. 56. 80 Solón, Pablo (2008). “Reflexiones a mano alzada sobre el Tratado de Unasur”. La construcción de la integración suramericana. Secretaría de General de la Comunidad Andina, p. 14. 59
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Como Solón (2008) expresa: “Se podrá argumentar que el consenso puede bloquear la toma de decisiones si un gobierno decide oponerse a los acuerdos de la mayoría. Esto es posible, pero al mismo tiempo es la garantía que tienen todos los Estados Suramericanos de incidir en el proceso de integración. Sin lugar a dudas sin la fórmula del consenso no hubiera sido posible la elaboración y firma del Tratado Constitutivo de la Unasur.”81 En el campo jurídico los instrumentos normativos de Unasur como son el Tratado Constitutivo, los Protocolos adicionales al mismo, los acuerdos que celebren los Estados Miembros, las Decisiones del Consejo de Jefas y jefes de Estado y de Gobierno, como las Disposiciones del Consejo de Delegadas y Delegados, al poseer un carácter intergubernamental establecen y regulan mecanismos de cooperación y colaboración entre los Estados Miembros de Unasur, necesitando obligatoriamente ser suscritas por sus mandatarios y posteriormente ratificadas y aprobadas por sus Parlamentos y Cortes o Tribunales Constitucionales (control constitucional) para que rijan dentro de sus ordenamientos jurídicos internos. Como indica Salgado (2010): “El Derecho de Integración Intergubernamental es el conjunto de normas, procedimientos y sistemas de solución de controversias, que tiene un proceso de integración intergubernamental para conseguir sus objetivos de mejora de la calidad de vida de los ciudadanos integrados, a través de mecanismos y modalidades de cooperación y colaboración, sin llegar a dar a sus órganos facilitadores la autonomía plena o de carácter supranacional.”82 Es necesario destacar que el carácter intergubernamental de la Unasur ha sido el factor positivo, que le ha permitido adquirir flexibilidad, agilidad y rapidez en la implementación de los mecanismos y objetivos integracionistas, convirtiéndose de esta manera en un proceso de integración que ha respondido a las expectativas y necesidades comunes. Esto se ha debido a que los mandatarios suramericanos han tenido la dirección del proceso impulsándolo de forma continua, así mismo, ha contribuido 81 82
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Ibíd. Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 99.
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la ausencia de instituciones burocráticas extensas que estanquen los objetivos integracionistas, permitiendo que existan consensos mínimos comunes dentro de una agenda amplia de integración y cooperación de los Estados Miembros. Con respecto a esta temática, Mejía destaca lo siguiente (2012): “Los mandatarios optaron, por consiguiente, por la institucionalidad emanada de la ‘Diplomacia de Cumbres’, en que embajadores, cancilleres y los propios Jefes de Estado y de Gobierno, han tomado bajo sus responsabilidades el manejo de las relaciones comerciales y políticas de los países involucrados, así como la identificación de los problemas que le son comunes, en reuniones periódicas, y adoptando una serie de compromisos, cuya implementación depende del grado de compromiso y voluntad política de los mandatarios con la resoluciones adoptadas.”83 En ese sentido dentro de la Unasur por intermedio de sus doce consejos84 sectoriales, entre ellos el CEU, han aprovechado las capacidades, conocimientos, experiencias, infraestructura existente tanto de los países miembros, como de los procesos de integración subregionales CAN y Mercosur, para la generación de iniciativas comunes que eviten la duplicación de esfuerzos económicos. Como señalan Comini y Frenkel (2014): “Existen otras razones que explican por qué la Unasur avanzó con velocidad a la que lo hizo durante sus primeros años de vida, vinculadas a la ausencia de burocracias y a la arquitectura de la toma de decisiones. Desde un principio, se buscó evitar una duplicación y 83
Mejía, Leonardo (2012). “Geopolítica de la integración regional: el rol de Brasil”. Quito: Taller Grafico “La Huella”, p. 95. 84 Al momento dentro de la Unasur se han conformado 12 consejos sectoriales: 1) Consejo Energético Suramericano; 2) Consejo de Defensa Suramericano; 3) Consejo de Salud Suramericano; 4) Consejo Suramericano de Desarrollo Social; 5) Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento; 6) Consejo Suramericano sobre el Problema Mundial de las Drogas; 7) Consejo Suramericano de Economía y Finanzas; 8) Consejo Electoral de la Unasur; 9) Consejo Suramericano de Educación; 10) Consejo Suramericano de Cultura; 11) Consejo Suramericano de Ciencia, Tecnología e Innovación; 12) Consejo Suramericano en materia de Seguridad Ciudadana, Justicia y Coordinación de Acciones contra la Delincuencia Organizada Trasnacional. 61
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superposiciones de esfuerzos y la configuración de nuevas estructuras burocráticas que generaran costos adicionales a los Estados.”85 Este aspecto cobra gran relevancia dentro del CEU, especialmente en la propuesta de conformación de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral, que busca aprovechar el acervo existente de las autoridades y organismos electorales suramericanos, en áreas como: misiones electorales, intercambio de conocimientos, asistencia técnicas, creación uso y aplicación de tecnologías no dependientes para el desarrollo de los sistemas electorales. De esta manera no se parte de cero en materia electoral en Suramérica, sino que existen conocimientos y experiencias exitosas llevadas por cada una de las autoridades y organismos electorales de la región, que pueden ser aplicados y replicados en todos los Estados Miembros. Todos estos aspectos se los verá más detenidamente en el cuarto capítulo que trata exclusivamente sobre el CEU. 2.2.1.2. Integración multidimensional El modelo de integración ordinaria o tradicional se ha centrado exclusivamente en la apertura de mercados y del comercio entre los Estados Miembros mediante la constitución gradual y progresiva de zonas de libre comercio, uniones aduaneras y mercados comunes, tendientes a lograr la libre circulación de todos los factores de producción dentro de los territorios de los países integrados. Al respecto, Salgado (2010) expresa: “Los procesos de integración ordinarios son aquellos que se basan en el desarrollo o crecimiento económico (comercial) de sus miembros, mediante la implantación de la mal llamada ‘competencia’ entre ellos, básicamente buscan la integración económica.”86
85
Comini, Nicolás y Alejandro Frenkel Alejandro (2014). “Una Unasur de baja intensidad”. Revista Nueva Sociedad n.º 250. Buenos Aires, p. 66. 86 Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 68. 62
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En ese sentido, el predominio del eje económico dentro de procesos de integración como la CAN y el Mercosur ha generado el desplazamiento o impedido que se vinculen a estos procesos aspectos importantísimos como la defensa y fortalecimiento de la democracia, la reducción de la pobreza, cultura, ambiente, educación, entre otros. La Unasur, con la finalidad de establecer nuevos paradigmas y mecanismos ágiles de integración en su Tratado Constitutivo, estableció una serie de objetivos amplios de integración, dando gran importancia a los temas sociales o la “integración positiva” como son la democracia, la lucha contra la pobreza, salud, educación, cultura, etc., dejando por el momento los aspectos económicos y comerciales a los procesos subregionales de la CAN y el Mercosur. Como Mejía (2012) indica: “la Unasur es un proyecto que supera los límites de la liberalización comercial y la desregulación que hasta entonces se habían venido implementando y proponiendo a nivel regional y subregional. A diferencia de esas propuestas, parte del reconocimiento de que la integración y la unión suramericana son necesarias para avanzar en el desarrollo sostenible y el bienestar de la población, así como para contribuir a resolver los problemas que aun afectan a la región.”87 Este nuevo modelo de integración multidimensional o positiva de Unasur se orienta a garantizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos suramericanos en todos los ámbitos, no solo en el comercial y económico, a fin de alcanzar con la acción conjunta de los Estados suramericanos integrados el bienestar social o una adecuada calidad de vida. Complementando lo anterior, Sanahuja (2014) indica: “Tanto Alba-Tcp como la Unasur dan más peso, a la agenda positiva de la integración centrada en la creación de instituciones y políticas comunes y en la cooperación. También se observa una mayor preocupación por las dimensiones sociales y las asimetrías, y la vinculación entre la integración regional y la reducción de la
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Leonardo Mejía, op. cit., p. 100. 63
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
pobreza y la desigualdad, en un contexto político en el que la justicia social ha adquirido mayor peso en la agenda política de la región.”88 El eje democrático dentro de la integración suramericana fue incluido por la Unasur por medio de su Tratado Constitutivo y el Protocolo Adicional sobre el compromiso democrático del proceso de integración, direccionándose estos dos instrumentos a fortalecer la democracia en la región. El sentido amplio e integral de la Unasur como su compromiso con la democracia, lo encontramos en el artículo 2 de su Tratado Constitutivo suscrito en Brasilia en 2008 que señala como uno de sus objetivos prioritarios el fortalecer este sistema político para lograr la construcción participativa y consensuada de la integración regional. Como Távara (2013) manifiesta: “Según vemos del Tratado Constitutivo de la Unasur suscrito el año 2008, los Estados parte acordaron como sus objetivos el construir un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, logar la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia, reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los estados.”89 Tanto los caracteres multidimensional e intergubernamental tiene su expresión institucional en la creación de los 12 consejos sectoriales entre ellos el CEU, destinados todos ellos a abarcar la diversidad de temas que se han puesto dentro de la agenda suramericana, entre ellos la cooperación en materia electoral. Como Carrión (2013) expresa: “El nuevo regionalismo, como proceso dinámico y no estático, va más allá de la premisa liberal de que el comercio, como factor de integración, es importante pero no es el único ni tampoco suficiente. Agrega factores estratégicos como la seguridad, la solución de conflictos, la defensa de los derechos humanos, la vigencia de la democracia, el desarrollo
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José Antonio Sanahuja, op. cit., p. 88. Francisco Távara Córdova, op. cit., p. 18.
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socio económico integral y equitativo, la protección del ambiente, la integración física, los recursos energéticos.”90 2.2.1.3. Integración endógena y autónoma El proceso de integración de la Unasur dentro del nuevo regionalismo suramericano postneoliberal, se ha caracterizado por romper con los esquemas de integración tradicional de carácter comercial y subregional de impronta europea, dejando de lado estos enfoques para abarcar la totalidad de países suramericanos y generar un proceso de integración en diversos ámbitos de carácter social, entre ellos el tema electoral como el fortalecimiento de la democracia desplazados en los enfoques integracionistas comunes. Como indica Carrión (2013): “El nuevo regionalismo suramericano entendido como fenómeno tendiente a integrar no solo desde un enfoque económico –especialmente comercial– sino desde una concepción multidimensional a los Estados para incrementar su capacidad de negociación e impulsar su desarrollo.”91 Bajo los enfoques endógeno y autónomo, la Unasur se ha convertido en un mecanismo de integración que genera propuestas, mecanismos y respuestas propias a las necesidades y problemas regionales, sin tutelajes o imposiciones de países extraregionales. Como Larrea (2014) manifiesta: “Problemas que otrora se resolvían con la intervención de un organismo externo a la región o de una potencia extranjera o que simplemente, no eran resueltos, no abordados, ahora son solventados en el seno de la propia organización de forma autónoma.”92 En ese sentido, la Unasur busca consolidar un pensamiento regional propio, una identidad suramericana y una cooperación horizontal entre los Estados 90
Carrión Mena, Francisco (2013). “Unasur: simple retórica o regionalismo efectivo; fortalezas y debilidades. Quito: Fundación ILDIS, p. 3. 91 Ibíd. 92 Larrea Maldonado, Ana María (2014). “La experiencia de UNASUR: un nuevo campo de lo posible”. La unión latinoamericana: diversidad y política. Buenos Aires: Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, p. 124. 65
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suramericanos sobre la base de sus potencialidades; esta tarea es todavía inmensa pero en la cual se han dado pasos importantes, tomando en cuenta que históricamente los Estados de la región han vivido separados entre sí. Por otro lado, la Unasur constituye un proyecto político estratégico que permita a los doce Estados suramericanos insertarse en mejores condiciones en el escenario internacional, sin que su independencia o soberanía sean disminuidas, sino que exista una posición conjunta frente a los retos que presenta la globalización y los problemas regionales comunes. En efecto, varios de los problemas que comprometen el bienestar de los ciudadanos suramericanos no se pueden abordar desde las políticas nacionales, sino que requieren soluciones conjuntas y de cooperación horizontal entre los Estados suramericanos. Como señala Chávez (2010): “la Unasur es un proyecto diseñado para construir la cohesión regional frente a los desafíos y las demandas del sistema internacional contemporáneo; también, como un foro regional privilegiado para la concertación política de los países suramericanos de cara al reconocimiento de problemáticas comunes, la defensa, los recursos geoestratégicos, y la búsqueda y construcción de soluciones consensuadas frente a coyunturas domésticas e internacionales desfavorables para la región, más allá de las afinidades ideológicas de los actuales gobiernos.”93 Bajo el enfoque de endógeno y de autonomía que maneja la Unasur, en lo referente a la vigencia de la democracia y la cooperación en materia electoral, se ha convertido en un mecanismo ágil para solucionar las necesidades regionales. Es así que durante las crisis de Bolivia (2008), Ecuador (2010), Paraguay (2012) que pusieron en riesgo la estabilidad democrática de estos países, la intervención decidida de la Unión Suramericana para evitar la ruptura constitucional por medio de las Declaraciones de la Moneda y Buenos Aires en las cuales se respaldó al Gobierno constitucional y fue condenada la intención 93
Cháves García, Carlos Alberto (2010). “La inserción internacional de Sudamérica: la apuesta por la Unasur”. Revista Iconos n.º 38. Quito: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), p. 30. 66
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de afectar a la democracia, fue vital mediante el respaldo a los Gobiernos que sufrían dichas crisis al disuadir a los sectores golpistas con el aislamiento internacional, con lo cual depusieron sus actitudes y se evitó recurrir a otros foros como la OEA. En el caso de la crisis de Ecuador en 2010, Tcach (2013) señala: “Otro acontecimiento que puso a prueba a la UNASUR en materia democrática fue el intento de golpe de estado al Presidente Rafael Correa de Ecuador el 30 de septiembre de 2010. El intento de golpe de Estado motivó inmediatamente una reunión extraordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas en Buenos Aires. Horas más tarde, la organización expedía la Declaración de Buenos Aires sobre la situación de Ecuador en apoyo incondicional al mandatario y en rechazo de cualquier intento desestabilizador tanto en el país como en la región.”94 En el caso de la cooperación en materia electoral al amparo del CEU se han generado documentos importantes como el Estatuto del Consejo, los Criterios y Normativas para las Misiones Electorales, Reglamentos de las Misiones electorales y la Declaración de Quito, que han definido los criterios y principios rectores en torno al trabajo del CEU y las misiones de observación y acompañamiento electoral que ha desarrollado durante los últimos años. Como proyección de estos documentos se han desarrollado las misiones de observación y acompañamiento electoral del CEU en los procesos electorales de los Estados miembros de la Unasur, con lo cual progresivamente se ha desarrollado la cooperación entre organismos electorales, como se ha reducido el papel sobredimensionado que ONGs, fundaciones u organizaciones privadas internacionales ejercían en materia de observación electoral. De esta forma, el CEU ha desarrollado las siguientes misiones de acompañamiento y observación electoral, desde el año 2009 hasta la actualidad (año 2014): 94
Tcach, Ariel Sebastián (2013). “Nuevas instancias de diálogo en América del Sur y América Latina: Unasur, Celac y el fin de la era unipolar”. Revista de Cooperación e Integración Regional n.º 15, CEPAL-BID, p. 17. 67
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• Misión de observación electoral internacional de la Unasur en el Referéndum Nacional Constituyente del 25 enero de 2009, en el Estado Plurinacional de Bolivia. • Misión de Acompañamiento Electoral en las Elecciones de las autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional de septiembre de 2011, en el Estado Plurinacional de Bolivia. • Misión de Acompañamiento Electoral en el Referéndum Constitucional de octubre de 2011, en la República del Paraguay. • Misión de Acompañamiento Electoral de la Unasur para las Elecciones Generales y Regionales de la República Cooperativa de Guyana, noviembre de 2011. • Misión de Acompañamiento Electoral en las Elecciones Presidenciales del 7 de octubre 2012, en la República Bolivariana de Venezuela. • Misión de Observación y Acompañamiento en las Elecciones generales del 17 de febrero de 2013, en la República del Ecuador. • Misión de Acompañamiento electoral en las Elecciones Presidenciales de abril de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela. • Misión de Seguimiento Electoral en las Elecciones Generales de la República de Paraguay, de abril de 2013. • Misión de Acompañamiento Electoral en las Elecciones Municipales del 8 de diciembre de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela. • Misión de Acompañamiento y Observación Electoral en las Elecciones Seccionales del 23 de febrero de 2014, en la República del Ecuador. • Misión de Acompañamiento y Observación Electoral en las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias de marzo, mayo y junio de 2014, en la República de Colombia.
2.2.1.4. Cooperación, convergencia y complementariedad El proceso de integración de la Unasur al poseer un carácter multidimensional e intergubernamental, ha enfocado sus esfuerzos en crear mecanismos ágiles y flexibles que permitan establecer lineamientos, planes, programas y proyectos comunes entre los doce Estados suramericanos, sin tener que crear una 68
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institucionalidad grande y burocrática que supondría un esfuerzo económico adicional y estancaría el proceso de integración suramericano. Como indica Mejía (2012): “Con el propósito de complementar y desarrollar la plataforma de acción de la Unasur, las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur han venido creando consejos temáticos que, mediante la consulta, la coordinación y la cooperación, procurarían solucionar problemas considerados comunes a sus países, tales como: salud, energía, desarrollo, social, infraestructura, defensa, etc.”95 En ese sentido, dentro de la Unasur se ha dado gran impulso a la cooperación entre sus Estados Miembros mediante la conformación de los 12 consejos sectoriales, entre ellos el CEU tendientes a alcanzar los objetivos integracionistas en diversas áreas de interés común, aprovechando las potencialidades, recursos, infraestructura y fortalezas de cada país en cada una de ellas. Concordando con lo anterior, De Assis (2013) expresa: “La cooperación no es una meta en sí. Es un instrumento de las naciones para enfrentar amenazas comunes y crear oportunidades de desarrollo económico y social para sus pueblos.”96 La cooperación que la Unasur ha desarrollado por intermedio de sus consejos sectoriales se inscribe dentro del concepto de “cooperación sur-sur”, puesto que establece relaciones directas y horizontales en sus Estados Miembros para enfrentar problemas comunes, teniendo como propósito superarlos, a partir de un esfuerzo conjunto. Como señala López (2014): “La Cooperación Sur-Sur es un proceso consciente, sistemático y políticamente motivado en el que destacaban: la no interferencia de los países cooperantes en los asuntos de otros estados; la igualdad entre los asociados; y el respeto por los contenidos locales del desarrollo.”97 95
Leonardo Mejía, op. cit., p. 103. De Assis, Juan Carlos (2013). “La Integración Sudamericana bajo el imperativo de la Cooperación”. Perspectiva para la integración de América Latina. Brasilia: Instituto de Investigación Económica Aplicada (IPEA). 97 López Cabana, Silvia (2014). Cronología e historia de la cooperación Sur-Sur. Montevideo: Programa Iberoamericano para el Fortalecimiento de la cooperación Sur-Sur, p. 32. 96
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Los mecanismos de cooperación sur-sur desarrollados por los consejos sectoriales de la Unasur, se han basado en el trabajo, en iniciativas comunes y el intercambio de conocimientos y experiencias. Como afirma la Unidad Especial de Cooperación Sur-Sur del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, la cooperación sur-sur: “Es la Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo que se refiere a todo aquel proceso por el cual ‘dos o más países en desarrollo adquieren capacidades individuales o colectivas a través de intercambios cooperativos en conocimiento, cualificación, recursos”.98 La cooperación sectorial de la Unasur ha constituido una herramienta útil para que cada Estado suramericano desde sus potencialidades, recursos y la experiencia pueda compartirlos con sus pares en un proceso de cooperación y ayuda mutua, que no se basa en criterios económicos, que ofrecen asociaciones estratégicas entre iguales para lograr objetivos comunes. En el tema electoral la cooperación sectorial de la Unasur se vuelve realidad al constituir el CEU como “una instancia de consulta, funcional y técnica, de cooperación, coordinación, investigación, intercambio de experiencias, organización de misiones electorales, promoción de la participación ciudadana y de la democracia en el marco del Tratado Constitutivo.”99 En ese contexto las autoridades y organismos electorales dentro del CEU han compartido las diversas fortalezas que poseen en sistemas electorales, derechos de participación política, capacitación electoral, tecnología aplicada a sistemas electorales, entre otros aspectos. Como resalta Távara (2013): “Tenemos que reconocer este primer logro, que consiste en haber podido unir a los organismos electorales suramericanos con perseverancia y esfuerzo, para constituirnos en un órgano que es parte importante de la institucionalidad de la Unasur, es decir, formalmente integrada 98 Recuperado de www.cooperacionsursur.org/quienes-somos/15-documentos/130-documentos. html. 99 Artículo 1 del Estatuto del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur).
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a esta organización de ámbito regional. Luego, hemos podido ir alcanzando en la realización de diversas actividades de carácter electoral de relevante impacto para la vida democrática de la región.”100 En ese sentido la cooperación sectorial de la Unasur se caracteriza por seguir los siguientes principios básicos: • La horizontalidad, puesto que los países suramericanos colaboran entre sí en términos de socios, de manera voluntaria, sin condicionamientos, ni exigencias de ningún tipo. • El consenso, la cooperación sectorial suramericana es sometida siempre al consenso de los países suramericanos para su implementación. • La equidad, en virtud de que los beneficios de la cooperación son repartidos en forma equitativa entre todos los países suramericanos, así como la distribución de costos, es asumida de manera compartida y proporcional a las posibilidades de casa Estado Miembro. Los principios de horizontalidad, consenso y equidad que rigen la cooperación sectorial se evidencian en el objetivo general y los objetivos específicos contemplados en el artículo 3 del Estatuto del CEU, que manifiestan lo siguiente: Artículo 3. El Consejo Electoral de la Unsaur tiene los siguientes objetivos: OBJETIVO GENERAL. 1. Construir un espacio para la integración, intercambio de experiencias, cooperación, investigación y promoción de la participación ciudadana, la educación cívica y la democracia. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Promover el intercambio y la transferencia de conocimientos, experiencias y asistencia técnica de los organismos, autoridades y técnicos electorales. 2. Propiciar la creación, uso y aplicación de tecnologías no dependientes para el desarrollo de los sistemas electorales, mediante la transferencia en 100
Francisco Távara Córdova, op. cit., p. 8. 71
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materia de innovación y modernización tecnológica, así como buenas prácticas de sistemas en los procesos electorales. 3. Organizar, a solicitud de un Estado Miembro, una Misión Electoral de la Unasur.101
La cooperación sectorial de la Unasur se inscribe dentro de la lógica de la complementariedad entre los Estados suramericanos, en la cual todos ellos dentro del proceso de integración se ayudan mutuamente desde sus diversas fortalezas para disminuir las asimetrías existentes entre los diversos países y crear un espacio complementario y no competitivo. El carácter convergente de la Unasur se refleja en función de los Estados Miembros han establecido una agenda mínima o mínimos comunes denominadores, es decir, temas de interés común en los cuales participan para beneficiarse mutuamente; cada uno de ellos participa desde su propia realidad, potencialidad y recursos. Como señalan Comini y Frenkel (2014): “La lógica de mínimos comunes denominadores también estuvo presente en la flexibilidad y gradualidad que se buscó implementar en el proceso de integración para asegurar que cada Estado adquiera compromisos según sus propias realidades. La gradualidad de los objetivos permitiría alcanzar acuerdos básicos, estableciendo iniciativas realizables en el corto plazo que luego se concatenarán hacia objetivos de mediano y largo plazo.”102 Otro aspecto de la convergencia dentro de la Unasur es que en ellas se unen las experiencias y logros que tanto la CAN como el Mercosur han conseguido durante su existencia, esto se ha reflejado dentro de la Unasur que sobre la base de las cartas democráticas de estos procesos de integración mencionados, ha diseñado mecanismos normativos e institucionales para fomentar y proteger la democracia en el espacio suramericano.
101
Artículo 3 del Estatuto del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur). 102 Nicolás Comini y Alejandro Frenkel, op. cit., p. 65. 72
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Como señala Salgado (2010): “El carácter convergente de la Unasur, lo encontramos en que el proceso de integración sudamericano no busca partir de cero en la edificación del mismo, por el contrario desea iniciar esta tarea, tomando las mejores experiencias y logros tanto de la CAN, el Mercosur y la Caricom, evitando caer en los errores que surgieron en estos mecanismos de integración.”103 2.2.1.5. Integración direccionada a garantizar derechos El proceso de integración de la Unasur no ha centrado su atención en el plano económico-comercial como eje de su trabajo, sino que ha dado prioridad a la “agenda positiva” que se ha orientado a los temas sociales como educación, salud, medioambiente, energía, vigencia de la democracia, cooperación electoral, entre otros aspectos. Esta agenda amplia de la integración suramericana reflejada en los múltiples objetivos que establece el Tratado Constitutivo de la Unasur, así como el trabajo de los consejos de cooperación sectorial, entre ellos el CEU, sin lugar a dudas se orientan a que los Estados suramericanos en forma colectiva garanticen los derechos fundamentales de los ciudadanos suramericanos mediante su acción conjunta dentro del espacio integrado. En ese sentido, los Estados suramericanos integrados dentro de la Unasur tienen como el más alto deber, el garantizar a los ciudadanos suramericanos, el goce efectivo de los derechos establecidos en sus Constituciones Nacionales, en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y los instrumentos normativos suscritos dentro de la Unasur, que en esencia son derechos universales que transcienden el ámbito territorial de cada país, al ser inherentes a la condición humana de cada persona. Al respecto indica Salgado (2010): “La tutela de los Derechos Ciudadanos responde al deber de asegurar la defensa y gestión de los intereses morales y materiales de los individuos; a la vez que, debe certificar la protección de los 103
Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 478. 73
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derechos básicos e irrenunciables del ser humano, tales como: educación, salud, trabajo, alimentación, vestimenta, entre otros.”104 Al garantizar los derechos fundamentales, los Estados suramericanos dentro de la Unasur en conjunto buscan sin lugar a dudas crear dentro de un espacio integrado una sociedad justa, que eleve la calidad de vida de las personas, en la cual no existan inequidades, pobreza, desigualdad o exclusiones de ningún tipo, todo esto en armonía con la naturaleza, como lo expresan los conceptos filosóficos andinos y amazónicos del Buen Vivir-Sumak Kawsay (Ecuador), Allin Kausay (Perú), Bien Vivir-Sumak Qamaña (Bolivia) y Alli Ruay (región amazónica suramericana). La integración garantista de derechos que propugna la Unasur necesita de la vigencia de la democracia como requisito esencial, puesto que este sistema político permite estructurar marcos jurídicos e institucionales fuertes y sólidos, tanto públicos como privados que permitan cristalizar la real vigencia de los derechos de los ciudadanos suramericanos. Como señala el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo: “Los valores de libertad y respeto por los derechos humanos y el principio de celebrar elecciones periódicas y genuinas mediante el sufragio universal son elementos esenciales de la democracia. A su vez, la democracia proporciona el medio natural para la protección y la realización efectiva de los derechos humanos.”105 La ausencia o debilidad de la democracia es el principal obstáculo para la plena y eficaz vigencia de los derechos y garantías de los ciudadanos suramericanos, así como inciden en el estancamiento de los procesos de integración. En este sentido, la finalidad de la Unasur por intermedio de su Consejo Electoral es fortalecer y proteger la democracia, mediante la cooperación en material electoral, que suministre apoyo continuo a las instituciones democráticas, entre ellas entidades e instituciones nacionales involucradas en la administración y justicia electoral, para mejorar la capacidad de los ciudadanos para participar e 104 105
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Ibíd., p. 91. Recuperado de http://www.un.org/es/globalissues/democracy/human_rights.shtml.
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incidir en las decisiones públicas por medio de su voto y facilitar la mejora continua de los procesos de desarrollo electoral y constitucional. El sentido el trabajo del CEU es garantizar en Suramérica la vigencia plena del derecho al voto universal, igual, directo, secreto y escrutado públicamente, como fundamento del poder público de cada Estado y a la vez del proceso de integración suramericano. Como señala el artículo 21, numeral 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.106
En ese sentido el trabajo del CEU en materia electoral se orienta al fortalecimiento integral de la democracia, mediante el intercambio de experiencias, cooperación, investigación y promoción de la participación ciudadana, la educación cívica, la asistencia técnica, innovación y modernización tecnológica, entre otros aspectos. Por lo tanto, la cooperación en materia electoral del CEU se basa en el principio establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos de que la voluntad de la población, expresada por conducto de elecciones periódicas y genuinas, ha de constituir la base de la autoridad de gobierno. La cooperación electoral del CEU también reconoce los principios de soberanía del Estado y el control nacional de las elecciones. 2.3. Objetivos de la Unasur Como expresé anteriormente el proceso de integración de la Unasur posee un carácter multidimensional, es decir, no se ha concentrado solo en los aspectos económico y comerciales, sino ante todo ha colocado en la agenda in106
Artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. 75
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tegracionista a los temas sociales como eje de su acción, entre los cuales se encuentra el fortalecimiento de la democracia, el diálogo político, la cooperación sectorial, participación ciudadana, entre otros. De esta manera el objetivo general y los objetivos específicos, contenidos en los artículos 2 y 3 del Tratado Constitutivo, son los siguientes: Objetivo General de la Unasur Artículo 2.- Objetivo.- La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados. Objetivos Específicos de la Unasur Artículo 3.- Objetivos Específicos.- La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivos específicos: a) El fortalecimiento del diálogo político entre los Estados Miembros que asegure un espacio de concertación para reforzar la integración suramericana y la participación de la Unasur en el escenario internacional; b) El desarrollo social y humano con equidad e inclusión para erradicar la pobreza y superar las desigualdades en la región; c) La erradicación del analfabetismo, el acceso universal a una educación de calidad y el reconocimiento regional de estudios y títulos; d) La integración energética para el aprovechamiento integral, sostenible y solidario de los recursos de la región; e) El desarrollo de una infraestructura para la interconexión de la región y entre nuestros pueblos de acuerdo a criterios de desarrollo social y económico sustentables; f ) La integración financiera mediante la adopción de mecanismos compatibles con las políticas económicas y fiscales de los Estados Miembros; g) La protección de la biodiversidad, los recursos hídricos y los ecosiste76
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mas, así como la cooperación en la prevención de las catástrofes y en la lucha contra las causas y los efectos del cambio climático; h) El desarrollo de mecanismos concretos y efectivos para la superación de las asimetrías, logrando así una integración equitativa; i) La consolidación de una identidad suramericana a través del reconocimiento progresivo de derechos a los nacionales de un Estado Miembro residente en cualquiera de los otros Estados Miembros, con el fin de alcanzar una ciudadanía suramericana; j) El acceso universal a la seguridad social y a los servicios de salud; k) La cooperación en materia de migración, con un enfoque integral, bajo el respeto irrestricto de los derechos humanos y laborales para la regularización migratoria y la armonización de políticas; l) La cooperación económica y comercial para lograr el avance y la consolidación de un proceso innovador, dinámico, transparente, equitativo y equilibrado, que contemple un acceso efectivo, promoviendo el crecimiento y el desarrollo económico que supere las asimetrías mediante la complementación de las economías de los países de Suramérica, así como la promoción del bienestar de todos los sectores de la población y la reducción de la pobreza; m) La integración industrial y productiva, con especial atención en las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las redes y otras formas de organización productiva; n) La definición e implementación de políticas y proyectos comunes o complementarios de investigación, innovación, transferencia y producción tecnológica, con miras a incrementar la capacidad, la sustentabilidad y el desarrollo científico y tecnológico propios; o) La promoción de la diversidad cultural y de las expresiones de la memoria y de los conocimientos y saberes de los pueblos de la región, para el fortalecimiento de sus identidades; p) La participación ciudadana a través de mecanismos de interacción y diálogo entre la Unasur y los diversos actores sociales en la formulación de políticas de integración suramericana; q) La coordinación entre los organismos especializados de los Estados Miembros, teniendo en cuenta las normas internacionales, para fortalecer 77
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la lucha contra el terrorismo, la corrupción, el problema mundial de las drogas, la trata de personas, el tráfico de armas pequeñas y ligeras, el crimen organizado transnacional y otras amenazas, así como para el desarme, la no proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva, y el desminado; r) La promoción de la cooperación entre las autoridades judiciales de los Estados Miembros de la Unasur; s) El intercambio de información y de experiencias en materia de defensa; t) La cooperación para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, y u) La cooperación sectorial como un mecanismo de profundización de la integración suramericana, mediante el intercambio de información, experiencias y capacitación.
2.4. Desarrollo histórico del proceso de integración de la Unasur El proceso de integración suramericano históricamente se ha caracterizado por ser fraccionado y de carácter subregional, es decir no ha abarcado a la totalidad de los doce países suramericanos; sin embargo, como analicé en el capítulo anterior, el fortalecimiento y la vigencia de la democracia progresivamente se ha convertido en un elemento central y transversal en todos los procesos de integración suramericanos, incluida la Comunidad de Naciones Suramericanas de la que posteriormente nacería la Unasur. Debido a factores políticos, geográficos, económicos y culturales, entre otros en la región se han edificado bloques de integración parciales, como la CAN que agrupa a 4 países (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) y el Mercosur que agrupa a 5 países (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela), todos ellos con el predominio del eje económico en la integración, pero disímiles en el modelo comunitario o intergubernamental que han adoptado cada una de ellos. En el caso de Chile, únicamente participa como miembro asociado de la CAN y el Mercosur, mientras que Guyana y Surinam históricamente han participado del proceso de integración de la Comunidad del Caribe (Caricom). 78
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Otro factor importante a tomar en cuenta en el fraccionamiento de la integración suramericana es la política de inserción comercial basada en la suscripción bilateral de acuerdos de libre comercio que algunos países suramericanos han adoptado como instrumento para promover su comercio exterior y posicionarse en los mercados internacionales. Con la finalidad de revertir esta situación de fraccionamiento y poder avanzar en el fortalecimiento de la democracia regional, como eje central de la integración, surgió en el año 2008 la Unasur como un espacio de convergencia y cooperación intergubernamental de los doce países suramericanos en diversos sectores y también de los procesos de integración suramericanos: CAN, Mercosur y la Alba-Tcp. Es importante señalar que el nacimiento de la Unasur en 2008, con la suscripción de su Tratado Constitutivo en Brasilia, fue el punto culminante de un proceso que inició en el año 2000 con la celebración periódica de las cumbres presidenciales suramericanas, las cuales posteriormente desembocaron en la conformación de la Comunidad Sudamericana de Naciones en 2004 como un espacio de diálogo y reflexión política de los mandatarios de la región, y posteriormente la Comunidad Sudamericana de Naciones evolucionó en una entidad más fuerte y estructurada como lo es la Unasur en el año 2008. Todo este proceso de integración de los doce países suramericanos antes descrito, situó desde su inicio como sus pilares fundamentales a la democracia y la cooperación intersectorial. A continuación me centraré en analizar la vinculación con la democracia de: • Las Cumbres Presidenciales Suramericanas (2000-2004). • La Comunidad de Naciones Suramericanas (2004-2008). • El nacimiento de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) (2008…). 2.4.1. Las Cumbres Presidenciales Suramericanas (2000-2004) El inicio del nuevo milenio determinó que los doce países suramericanos iniciaran un proceso de acercamiento, diálogo y convergencia sobre temas de 79
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interés común. En este contexto a partir entre los años 2000 y 2004 los países suramericanos iniciaron un proceso denominado “la diplomacia de las cumbres” en las cuales los Jefes de Estado y de Gobierno Suramericanos celebraron reuniones periódicas con el objetivo de establecer posiciones comunes en temas de interés común, entre ellos, el fortalecimiento y vigencia de la democracia en la región. Al respecto, Iglesias (2014) señala: La diplomacia de las Cumbres es de alguna manera, un instrumento directo del avance del multilateralismo en el mundo, y la manera de negociar en la complejidad y el número de actores, de países y de sectores que participan en ese multilateralismo. Se trata más bien de recoger las ideas, las iniciativas, aquellas que son más comúnmente aceptadas, y aquellas que quedarán en proceso de maduración.107
Bajo la modalidad de diplomacia de las cumbres, los Jefes de Estado y de Gobierno ruramericanos desarrollaron dos reuniones: • La I Cumbre de Presidentes/as Sudamericanos de Brasilia del año 2000. • La II Cumbre de Presidentes/as Sudamericanos de Guayaquil del año 2002. Las Cumbres Presidenciales Suramericanas (2000-2002) tuvieron como eje común el establecer a la democracia como uno de los ejes vertebradores del proceso de integración suramericano. Como indica Sánchez (2014): “Los encuentros evidenciaron el interés de los doce países de la región en temas como: seguridad, desarrollo, infraestructura, defensa de la democracia, paz y la erradicación de la pobreza. Aspectos que serán la piedra angular de la Comunidad Sudamericana de Naciones (2005) y la posterior Unión de Naciones Suramericanas (Unasur, 2008).”108 (Énfasis añadido.) 107
Iglesias, Enrique (2014). “La diplomacia de las cumbres y el multilateralismo”. La diplomacia de las cumbres: retos y oportunidades de los nuevos regionalismos. Quito: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), Sede Ecuador, p. 15. 80
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A continuación veamos cuáles fueron los aportes en cuanto al fortalecimiento de la democracia que realizaron estas cumbres. 2.4.1.1. La I Cumbre de Presidentes/as Suramericanos de Brasilia - 2000 La Cumbre de Brasilia del año 2000 marca un hito importante puesto que era la primera vez que los doce Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno de Suramérica se reunían para tratar temas comunes, entre ellos el fortalecimiento de la democracia. Por medio del “Comunicado de Brasilia”109 los doce Jefes y Jefas de los Estados Suramericanos determinaron que el proceso de integración se centraría en grandes ejes como la democracia, comercio, infraestructura, combate al tráfico de drogas ilícitas, e información, conocimiento y tecnología. Dentro del eje democrático el Comunicado de Brasilia destacó el compromiso democrático de la CAN como del Mercosur por medio de la formulación de sus respectivas cartas democráticas, determinando que en los próximos años se debería acordar una agenda común para los doce Estados suramericanos donde se establezca el respeto de la democracia, los derechos humanos y desarrollo sostenible. 2.4.1.2. La II Cumbre de Presidentes/as Sudamericanos de Guayaquil - 2002 La II Cumbre de Presidentes Suramericanos celebrada en Guayaquil, en julio de 2002, continúo impulsando los ejes establecidos en el Comunicado de Brasilia del año 2000.
108 Sánchez, Fabio (2014): El papel de las cumbres suramericanas del siglo XXI como antecedente de la Unasur. Bogotá: IRI, Serie Documentos de Trabajo n.º 7. IRI, p. 37. 109 Comunicado de Brasilia. Reunión de Presidentes de América del Sur, Brasilia, 1 de septiembre de 2000.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Por medio del “Consenso de Guayaquil”110 se ratificó el compromiso de los doce Estados Suramericanos con la democracia, los principios de la Carta Democrática de la Organización de Estados Americanos, y se celebró la adopción de la Carta Andina de Derechos Humanos en el año 2001 por los cuatro países miembros de la CAN. Tanto las cumbres de Brasilia (2000) como Guayaquil (2002) se enfocaron en posicionar a la democracia como uno de los ejes de la integración suramericana. Como señala Sánchez (2014): “Las I y II Cumbres Suramericanas dan cuenta del inicio de la construcción multilateral de la Unasur. Para algunos autores estos encuentros constituyen los antecedentes inmediatos del mecanismo. Hemos visto varios temas altamente coincidentes en los dos encuentros: democracia, infraestructura, paz y seguridad.”111 2.4.2. La Comunidad de Naciones Sudamericanas, 2004-2008 Las Cumbres Presidenciales Suramericanas evolucionaron en el año 2004 a la Comunidad Naciones Sudamericanas como un foro de diálogo y reflexión permanente entre los doce países suramericanos, dentro de la celebración de la III Cumbre Presidencial Suramericana. La Comunidad Naciones Sudamericanas no constituyó un proceso de integración como tal, sino un espacio de concertación, diálogo y reflexión entre los mandatarios suramericanos, carente de institucionalidad, para evitar duplicación y superposición de esfuerzos que implique nuevas erogaciones financieras a los países miembros. Concordando con lo anterior, Salgado (2010) indica: “La Declaración del Cuzco alumbró el nacimiento de la Comunidad Sudamericana de Naciones, como un espacio de concertación política tendiente a fortalecer la integración 110
Consenso de Guayaquil sobre Integración, Seguridad e Infraestructura, para el Desarrollo. II Reunión de Presidentes de América del Sur Guayaquil-Ecuador, 26 y 27 de julio de 2002. 111 Fabio Sánchez, op. cit., p. 42. 82
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regional mediante acciones concretas. Es necesario decir que los presidentes accedieron a establecer un programa que avanzaría paulatinamente dentro del marco de la Comunidad Naciones Sudamericanas, aclarando que no buscaban crear una nueva institucionalidad, por lo cual no firmaron ningún acuerdo o tratado, que diera paso a un nuevo ente de integración.”112 En otras palabras, el objetivo central de la Comunidad Naciones Sudamericanas fue lograr paulatinamente la convergencia de los procesos subregionales de integración y de los países no miembros de ellos (Chile, Guyana y Surinam), en un foro político de alto nivel tendiente a lograr la coordinación en temas de interés común a la región. Tanto las Declaraciones del Cuzco y de Ayacucho de 2004, suscritas dentro del marco de la III Cumbre Presidencial Suramericana, coincidieron en determinar que la Comunidad Sudamericana de Naciones tenía como objetivos las concertación política, el fortalecimiento de la democracia y la cooperación regional. Al respecto Sanahuja (2014) manifiesta: “Hay que destacar el importante viraje político que tiene el proceso suramericano en 2004 con la Declaración de Cuzco y la constitución de la Comunidad Sudamericana de Naciones, que define una agenda con tres pilares: un primer pilar de concertación y diálogo político; un segundo pilar económico, dando continuidad a la convergencia de la CAN y el Mercosur a través de Área de Libre Comercio Suramericana (Alcsa); y un tercer pilar de cooperación regional temática avanzada.”113 En lo referente al eje democrático de la integración suramericana ambas declaraciones tienen los siguientes puntos relevantes: • La común pertenencia de las naciones suramericanas a los sistemas democráticos de gobierno. 112
Oswaldo Salgado Espinoza, op. cit., p. 473. Sanahuja, José Antonio (2014). “ Unasur: logros y dilemas”. La diplomacia de las cumbres: retos y oportunidades de los nuevos regionalismo. Quito: Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) Sede Ecuador, p. 55. 113
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• La concepción de la gobernabilidad, sustentada en la participación ciudadana que incremente la transparencia en la conducción de los asuntos públicos y privados. • El deseo de las naciones suramericanas de consolidar a Sudamérica como una región democrática. • Ejercicio del poder con estricto apego al estado de derecho, conforme a las disposiciones de la Carta Democrática Interamericana. • Cooperación política, social y cultural.
2.4.2.1. La I Cumbre de la Comunidad de Naciones Sudamericanas, Brasilia – 2005 La I Cumbre de la Comunidad Naciones Sudamericanas celebrada en septiembre de 2005 en Brasilia, centró el trabajo de mandatarios suramericanos en establecer los mecanismos institucionales para avanzar en la integración suramericana. Dentro del eje democrático se ratificó lo acordado en las Declaraciones de Cuzco y Ayacucho de 2004, mientras que dentro de la Agenda Prioritaria y el Programa de Acción de la Comunidad Naciones Sudamericanas se establecían como una de las prioridades avanzar en el diálogo político entre los países suramericanos. Con la finalidad de avanzar en dichas temáticas, a finales de 2005, se conformó una Comisión de Reflexión, integrada por representantes diplomáticos de los doce países suramericanos; la Comisión entregó a los jefes de Estado de la región el documento titulado “Un Nuevo Modelo de Integración de América del Sur. Hacia la Unión Suramericana de Naciones”, el cual establece los siguientes aspectos relevantes sobre la democracia dentro del proceso de integración suramericano: • El proceso de integración permite la construcción de una unión de repúblicas democráticas y soberanas. • Vigencia de la democracia como sistema político. • Promoción de la democracia y compromiso de su perfeccionamiento. 84
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LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)
• Una integración sin dictaduras y respetuosa de los derechos humanos. • Construcción de la ciudadanía suramericana. • La región suramericana presenta en la actualidad una enorme vitalidad democrática, sucesión de elecciones libres y justas, reformas políticas que dan solidez institucional a los Estados, creciente promoción y defensa de los derechos humanos y, sobre todo, en la ampliación de la participación popular. • Creación de mecanismos que permitan a la sociedad civil, en particular a los movimientos sociales organizados, participar de manera más eficaz en la definición de las grandes políticas de integración. • El proceso de integración suramericano debe fundamentarse en alianzas estratégicas pautadas por el compromiso democrático, el refuerzo del diálogo político, la creación de un espacio de concertación y conciliación, la contribución a la estabilidad regional, la articulación de políticas sociales regionales y la valorización de una identidad cultural suramericana. 2.4.2.2. La II Cumbre de la Comunidad de Naciones Sudamericanas, Cochabamba – 2006 La II Cumbre de la Comunidad Naciones Sudamericanas celebrada en Cochabamba-Bolivia en el año 2006, definido el nuevo modelo de integración suramericano aprovechando las experiencias positivas de los proceso de integración subregional CAN y Mercosur. Basados en el documento “Un Nuevo Modelo de Integración de América del Sur. Hacia la Unión Suramericana de Naciones”, los Jefes de Estado y de Gobierno de Sudamérica dentro del eje democrático establecieron mediante la Declaración de Cochabamba los siguientes aspectos relevantes: • La integración se asienta en el compromiso democrático, diálogo político, la contribución a la estabilidad regional y participación ciudadana. • La Comunidad de Naciones Sudamericanas se conforma por Estados democráticos y soberanos. 85
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• Construcción de la ciudadanía sudamericana dentro del proceso de integración. • Vigencia y respeto de los derechos humanos dentro de la Comunidad de Naciones Sudamericanas. • Cooperación intersectorial de los Estados que conforman la Comunidad de Naciones Sudamericanas. 2.4.2.3. Declaración de Margarita, Venezuela - 2007 En la Cumbre Energética de la Isla Margarita en 2007, los doce mandatarios suramericanos decidieron profundizar y acelerar el proceso de integración suramericano, mediante la adopción del nombre de Unasur en reemplazo de la Comunidad de Naciones Sudamericanas, estableciendo también la necesidad de que los países suramericanos suscriban un tratado que marque el nacimiento de este nuevo proceso de integración a escala regional. Cabe señalar que la Cumbre de Margarita de 2007 significó que los doce Estados suramericanos decidieran recoger todos los aspectos trabajados tanto por las Cumbres Presidenciales Suramericanas (2000-2002) como por la Comunidad Sudamericana de Naciones (2004-2008) en un proceso de integración estructurada y con institucionalidad permanente, la que se proyectara en el Tratado Constitutivo de Unasur en el año 2008. Al respecto Solón (2008) manifiesta: “El punto de encuentro en esta discusión medular fue dada por nuestros Presidentes en la Cumbre Energética Suramericana realizada en Isla Margarita el 16 de abril del 2007. Allí se aprobó un documento de media página denominado ‘Decisiones del diálogo político entre los Jefes de Estado y de Gobierno’, en el que se ‘nombra este esfuerzo integrador de Suramérica, como Unión de Naciones Suramericanas (Unasur)’, y en el que se encomienda la redacción del proyecto de Acuerdo Constitutivo del organismo.’”114
114
86
Pablo Solón, op. cit., p. 12.
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LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)
2.5. El nacimiento de la Unasur - 2008 El 23 de mayo de 2008 en la ciudad de Brasilia, los Jefes de Estado y de Gobierno suramericanos suscribieron el Tratado Constitutivo de la Unasur, con lo cual nació como una organización con personería jurídica internacional. Adicionalmente el Tratado estableció los objetivos y la institucionalidad del nuevo proceso de integración regional. Como Cardona (2008) resalta: “Para comenzar, se trata del primer Tratado Internacional negociado y firmado en conjunto por la totalidad de los países suramericanos. Nuestros países han firmado tratados bilaterales, subregionales como los andinos o los del Mercosur, o a una escala mayor el Tratado de Cooperación Amazónica; pero es la primera vez que un documento de esta naturaleza se negocia y firma por todos y recibe un nombre dedicado a Suramérica como conjunto.”115 A diferencia de la Comunidad de Naciones Sudamericanas, la Unasur constituye un proceso de integración permanente de carácter intergubernamental que abarca a los doce países suramericanos, posee una institucionalidad permanente y no se limita a ser un foro de diálogo y reflexión de los mandatarios suramericanos, sino que establece acciones y mecanismos comunes para llevar adelante los objetivos trazados, como han sido la creación de doce consejos de cooperación sectorial. Como Zapata (2014) resalta: “En su Tratado Constitutivo la Unasur mostró claramente la nueva agenda de integración regional, que venía desarrollándose desde la Declaración de Brasilia de 2000, por cuanto: La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer 115
Cardona, Diego (2008). “El ABC de UNASUR: doce preguntas y respuestas”. La construcción de la integración suramericana. Secretaría General de la Comunidad Andina, p. 19. 87
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados.”116 Por otro lado, recoge el trabajo realizado por las cumbres presidenciales suramericanas y la CNS, como las experiencias de la CAN y el Mercosur. Como señala Cardona (2008): “Se llegó finalmente a una posición de consenso bastante lógica: aprovechar los logros y avances de los mecanismos ya existentes, en la medida en que ellos existan según el tema; y, crear mecanismos de confluencia en donde ello sea posible. Al construir Suramérica sobre esas bases, y sobre los aportes de los propios países, todos son conscientes que el resultado tendrá que ser superior a la suma de las partes. Es decir que se debe aprovechar lo ya existente, sabiendo que el resultado final debe superar a las realidades actuales, para que el ejercicio tenga sentido.”117 En lo sustancial el Tratado Constitutivo de la Unasur radicó en la ciudad de Quito-Ecuador la Sede de la Secretaría General del Organismo, la del Parlamento en Cochabamba-Bolivia, así como estableció que sus órganos permanentes serían a más de la Secretaría, el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, y el Consejo de Delegadas y Delegados. Es importante señalar que el Tratado Constitutivo entró en vigencia en el año 2010 cuando la República Oriental de Uruguay depositó su instrumento de ratificación y por ende otorgó personería jurídica internacional al organismo, debido a que el artículo 26118 estableció que se requería la ratificación de nueve países suramericanos para tener vida jurídica. Al respecto Cardona (2008) indica: “El Tratado debe pasar ahora por los procesos de ratificación en cada país. Cuando se hayan notificado al gobierno depositario (el gobierno del Ecuador) las ratificaciones de 9 de los 12 países, 116
Zapata, Victoria (2013). “Rompecabezas: el regionalismo actual desde una perspectiva conosureana”. Documento de Trabajo n.º 7. Quito: Flacso Sede Ecuador, p. 63. 117 Ibíd. 118 Tratado Constitutivo de Unasur. Art. 17. Entrada en Vigor. El presente Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas entrará en vigor treinta días después de la fecha de recepción del noveno (9.o) instrumento de ratificación. 88
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el Tratado tendrá vigencia plena. Se calcula que será un proceso que puede tardar entre 2 y 3 años.”119 Este proceso concluyó en el año 2011 cuando la República de Colombia ratificó el Tratado, con lo cual doce países suramericanos se adhirieron totalmente ha dicho documento. Como señalé en el primer capítulo, el Tratado Constitutivo en cuanto al eje democrático de la integración suramericana estableció los siguientes mecanismos: • • • • •
El diálogo político; La participación ciudadana; La construcción de la ciudadanía suramericana; El Parlamento suramericano; El Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unasur sobre el compromiso con la democracia; • La cooperación sectorial.
Todos estos aspectos serán analizados a profundidad en el siguiente punto. 2.6. Compromiso de la Unasur con la democracia y la cooperación en materia electoral La Unasur es un proceso de integración regional surgido en el año 2008 a través de su Tratado Constitutivo firmado en Brasilia el 23 de mayo de 2008. La Unasur constituye un proceso de integración renovado y amplio en sus objetivos, apuntando a fortalecer la democracia en la región como el pilar fundamental sobre el cual se logrará la unión de los doce Estados suramericanos. Como señala Naranjo (2009): “La asunción de un proceso completo de integración, debe cubrir varios aspectos que transciendan el primario económico y comercial, debe incluir la dimensión social y la democracia como eje de es119
Diego Cardona, op. cit., p. 25. 89
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
tructuración de la nueva cooperación e interdependencia que implica la configuración de un sistema supranacional.”120 El sentido amplio e integral de la Unasur como su compromiso con la democracia, lo encontramos en el artículo 2 de su Tratado Constitutivo suscrito en Brasilia en 2008, el cual manifiesta lo siguiente: Artículo 2.- Objetivo.- La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados.121 (Énfasis añadido.)
El Tratado Constitutivo de la Unasur establece como objetivos de proceso de integración suramericana la construcción participativa y consensuada de la misma, en procura del fortalecimiento democrático, ratificado en la III Reunión Ordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur celebrada en Quito el 10 de agosto de 2009, donde se reafirmó “el compromiso con la democracia como único sistema para resolver los desafíos y brindar mayores esperanzas y oportunidades a nuestros pueblos, con pleno respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales”,122 agregando a continuación la prohibición de reconocimiento de un gobierno ante la ruptura del régimen constitucional democrático y del Estado de derecho. Al respecto, Larrea (2014) resalta: “Ecuador ha planteado la necesidad de posicionar a la Unasur como un bloque regional comprometido con la defensa de la democracia y los derechos humanos.”123 120
María del Pilar Naranjo Morales, op. cit., p. 3. Tratado Constitutivo de la Unasur, suscrito en Brasilia el 23 de mayo de 2008. 122 Declaración Presidencial de Quito del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur celebrada en Quito el 10 de agosto de 2009. 123 Ana María Larrea Maldonado, op. cit., p. 126. 121
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Para dar cumplimiento a este objetivo general el cual implica el fortalecimiento de la democracia, la Unasur basada en su Tratado Constitutivo ha establecido los siguientes mecanismos: • El diálogo político (preámbulo, artículo 3 literal a y artículo 14 del Tratado Constitutivo de la Unasur).124 • La participación ciudadana (preámbulo, artículo 3 literal p y artículo 18 del Tratado Constitutivo de la Unasur y artículo 15 del Reglamento General de la Unasur).125 • La construcción de la ciudadanía suramericana (artículo 3 literal i del Tratado Constitutivo de la Unasur). • El Parlamento suramericano (artículo 17 del Tratado Constitutivo de la Unasur).126 • El Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unasur sobre el compromiso con la democracia. • La cooperación sectorial (artículo 3 literal u y artículo 5 del Tratado Constitutivo de la Unasur y artículos 9 y 10 del Reglamento General de la Unasur).127 124
Tratado Constitutivo de la Unasur. Artículo 14. Diálogo Político. La concertación política entre los Estados Miembros de la Unasur será un factor de armonía y respeto mutuo que afiance la estabilidad regional y sustente la preservación de los valores democráticos y la promoción de los derechos humanos. Los Estados Miembros reforzarán la práctica de construcción de consensos en lo que se refiere a los temas centrales de la agenda internacional y promoverán iniciativas que afirmen la identidad de la región como un factor dinámico en las relaciones internacionales. 125 Tratado Constitutivo de la Unasur. Artículo 18. Participación Ciudadana. Se promoverá la participación plena de la ciudadanía en el proceso de la integración y la unión suramericanas, a través del diálogo y la interacción amplia, democrática, transparente, pluralista, diversa e independiente con los diversos actores sociales, estableciendo canales efectivos de información, consulta y seguimiento en las diferentes instancias de la Unasur. Los Estados Miembros y los órganos de la Unasur generarán mecanismos y espacios innovadores que incentiven la discusión de los diferentes temas garantizando que las propuestas que hayan sido presentadas por la ciudadanía, reciban una adecuada consideración y respuesta. 126 Tratado Constitutivo de Unasur. Artículo 17. Parlamento. La conformación de un Parlamento Suramericano con sede en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, será materia de un Protocolo Adicional al presente Tratado. 127 Tratado Constitutivo de Unasur. Artículo 5. Desarrollo de la Institucionalidad. Podrán 91
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2.6.1. El diálogo político en la Unasur El diálogo político de los Estados Miembros de la Unasur por intermedio de su Consejo de Jefes de Estado y de Gobierno ha permitido defender la democracia cuando esta se ha visto amenazada en la región suramericana durante los últimos años, como han sido los casos de Bolivia en 2008 (crisis de las autonomías) mediante la Declaración de la Moneda, Ecuador (revuelta policial) en 2010 por medio de la Declaración de Buenos Aires, y en el caso de Paraguay, (destitución del Presidente Lugo) en 2012. En todos estos casos los presidentes suramericanos se han pronunciado unánimemente en contra de que se interrumpa el régimen constitucional, respaldando al Gobierno. Complementando lo anterior, Larrea (2014) puntualiza: “El intento separatista ocurrido en Bolivia durante septiembre de 2008 (reconocido por la llamada ‘masacre de Pando’), la ruptura de relaciones entre Colombia y Venezuela, el bombardeo de Colombia al Ecuador en 2008, la crisis ocurrida durante agosto de 2009 por el acuerdo colombiano-estadounidense para la instalación de bases militares en el país suramericano, el golpe de Estado en Honduras o el intento de golpe de Estado en Ecuador en septiembre de 2010, que condujo a la aprobación de la cláusula democrática, por parte de la Unasur.”128 El diálogo político dentro de la Unasur ha permitido ayudar a solucionar las crisis políticas internas en sus Estados Miembros, convirtiéndose en un foro regional para neutralizar dichos conflictos, sin recurrir a otros foros que no han resultado efectivos, ni eficientes para resolver dichos retos. convocarse y conformarse reuniones Ministeriales Sectoriales, Consejos de nivel Ministerial, Grupos de Trabajo y otras instancias institucionales que se requieran, de naturaleza permanente o temporal, para dar cumplimiento a los mandatos y recomendaciones de los órganos competentes. Estas instancias rendirán cuenta del desempeño de sus cometidos a través del Consejo de Delegadas y Delegados, que lo elevará al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno o al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, según corresponda. Los acuerdos adoptados por las reuniones ministeriales sectoriales, consejos de nivel ministerial, los grupos de trabajo y otras instancias institucionales serán presentados a consideración del órgano competente que los ha creado o convocado. 128 Ana María Larrea Maldonado, op. cit., p. 124. 92
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LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)
2.6.2. La construcción de la ciudadanía suramericana La construcción de ciudadanía suramericana contempla la creación de un catálogo de derechos fundamentales y comunes (individuales, sociales, económicos, migratorios, laborales, etc.) para los ciudadanos de los 12 países integrantes de la Unasur, el cual tenga vigencia en cada Estado y no estén sujetos a la territorialidad de la ley y la soberanía interna de cada país, sea supranacional y traspase las fronteras. Al respecto, Larrea (2014) señala: “La ciudadanía universal amplía la comunidad política, proponiendo que se deban garantizar los derechos de todos los seres humanos, independientemente de su condición migratoria, o su lugar de nacimiento. La ciudadanía universal defiende el derecho a la libre movilidad y plantea que no pueden existir personas ilegales. El Tratado Constitutivo de la Unasur incorpora el principio de la ciudadanía suramericana mediante el reconocimiento progresivo de derechos a los nacionales de un Estado Miembro residentes en cualquiera de los Estados Miembros de la Unión Suramericana.129
Las Declaraciones de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur, suscritas en Quito, del 10 de agosto de 2009 y Los Cardales, del 4 de mayo de 2010, reconocen a la ciudadanía suramericana como un objetivo de la integración de interés prioritario, destacando la importancia del tema migratorio. Como Larrea (2014) manifiesta: “En el marco de la Unasur, Ecuador ha planteado la construcción de la ciudadanía suramericana. Para ello, se debe trabajar en ampliar en el acuerdo de residencia de los países del Mercosur al resto de países miembros de la Unasur y promulgar un acuerdo de protección diplomática y consular a todos los ciudadanos de la Unasur en el exterior.”130 Por medio de la Decisión n.º 8 del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur, suscrita el 30 de noviembre de 2012 en Lima-Perú, 129 130
Ibíd. Ibíd. 93
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
se ha iniciado la construcción de la ciudadanía suramericana en el tema migratorio, mediante la conformación de un grupo de trabajo de los 12 países suramericanos. Como señala Paredes (2014): La visión de la Unasur es una visión compartida por los países miembros. Es indispensable que, en conjunto, se definan las bases para la construcción de la democracia que aspiramos a tener como suramericanos. Lo he dicho ya: la construcción de una nueva democracia requiere de la construcción de un nuevo ciudadano. La patria grande no es un sueño, es una realidad. Nosotros somos ciudadanos de esa patria grande, de Sudamérica. No creo que la Unasur esté definiendo al ciudadano, somos los ciudadanos los que construimos esa visión compartida y damos vida a la democracia para los habitantes de Sudamérica.131
Ese aspecto se halla en plena construcción en la actualidad dentro de la Unasur, poniéndose mayor énfasis al tema migratorio; a futuro se prevé avanzar en la construcción de los derechos políticos de los ciudadanos suramericanos sobre todo en lo referente a la elección por sufragio universal, secreto y directo de los parlamentarios suramericanos, como los mecanismos de consulta a la ciudadanía en temas de importancia para el proceso de integración suramericano. 2.6.3. El Parlamento suramericano El Parlamento suramericano está contemplado en el artículo 17 del Tratado Constitutivo de la Unasur, y será el órgano deliberativo de la Unasur con sede en Cochabamba-Bolivia; al momento no está operativo ya que su Tratado Constitutivo no fue firmado por falta de acuerdos entre los países suramericanos reunidos en Quito en el año 2010. Así mismo no se ha establecido el mecanismo de elección mediante sufragio universal, directo y secreto de los representantes de los Estados Miembros de la Unasur a este organismo. 131
Paredes Castillo, Domingo (2014). Entrevista: “La integración electoral”. Revista Voces. Quito: Red de Escuelas e Institutos de Formación en Democracia de la Unasur, p. 12. 94
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Complementando lo anterior, señala Solón (2008): “A nivel del Parlamento Suramericano se acordó su creación con sede en Cochabamba, Bolivia, y se dejó a una Comisión Especial de representantes de los Parlamentos Nacionales, Subregionales y Regionales, bajo la coordinación del Consejo de Delegadas y Delegados, la elaboración de un Protocolo Adicional hasta la IV Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. La composición, las atribuciones y las etapas en el proceso de construcción del Parlamento Suramericano serán los temas centrales de esta nueva negociación.”132 2.6.4. La participación ciudadana En lo referente a la participación ciudadana, este aspecto fue incluido como uno de los principios fundamentales de la Unasur por su Tratado Constitutivo; al respecto el Consejo de Jefes de Estado y de Gobierno por medio de su Decisión n.º 7 del 30 de noviembre de 2012 decidió constituir el Foro de Participación, cuyas directrices de funcionamiento fueron aprobadas en la Declaración de Paramaribo en 2013. Tema importantísimo puesto que, sin dudar, el mayor peligro de una democracia y de un proceso de integración es tener una sociedad ausente, una sociedad imperceptible y no participativa; el fortalecimiento de la democracia en la Unasur no debe ni puede limitarse a la observancia de los ciclos electorales, sino que debe trascender los ciclos cotidianos, donde la participación de la sociedad cree las condiciones para nutrir al sistema democrático. Como indica Solón (2008): “Una institucionalidad de participación ciudadana es y será necesaria en el proceso de integración, pero su construcción debe ser resultado de un proceso de interacción y no a la inversa. Así mismo se acordó una visión amplia de participación ciudadana, no circunscrita únicamente al ámbito laboral o empresarial como en otras experiencias de integración. Por último, se remarcó que esta relación con los actores sociales debe 132
Pablo Solón, op. cit., p. 17. 95
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ser democrática, transparente, pluralista y reconocer la independencia de las diversas instancias de la sociedad civil.”133 En ese sentido, para fortalecer la participación ciudadana se desarrolló en septiembre de 2013 en Buenos Aires la reunión preparatoria para el Primer Foro de Participación Ciudadana de la Unasur, el cual se realizó en Cochabamba, Bolivia en el año 2014. Como señala Tirado Mejía (1997): “La participación de la sociedad civil en estos procesos es fundamental para la sostenibilidad de la integración regional dado que, en última instancia, ella no solo es la primera afectada o beneficiada sino que, además, la implementación de los acuerdos requiere de su concurso y de la activa participación de sus diversos estamentos.”134 2.6.5. La Cláusula Democrática de la Unasur El Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unasur135 sobre el compromiso con la democracia constituye la Carta Democrática del proceso de integración suramericano; fue suscrito por los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur en noviembre de 2010 luego del intento de golpe de Estado de septiembre del mismo año en Ecuador. Como expresan Priotti y Trucco (2012): “En este nuevo espacio integracionista (Unasur), la defensa de la democracia también juega un rol fundamental en la búsqueda del desarrollo y el progreso común de los países miembros. Con el fin de consolidar este propósito, y como respuesta a algunos intentos desestabilizadores de la región, el 26 de noviembre de 2010 se adoptó en Ge133
Ibíd. Álvaro Tirado Mejía, op. cit., p. 20. 135 El Gobierno del Ecuador mediante el Decreto Ejecutivo n.º 33, del 24 de junio de 2013, en el artículo 1 ratificó en todos sus artículos el “Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unasur sobre compromiso con la Democracia”, suscrito el 26 de noviembre de 2010 en Georgetown, República Cooperativa de Guyana. En este decreto el Gobierno ecuatoriano resalta la importancia de dicho documento, cuyo objetivo es crear un mecanismo de protección y de acciones concretas y concertadas de cooperación, para la defensa y preservación de la institucionalidad democrática de los Estados Miembros de la Unasur. 134
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orgetown, República de Guyana, el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unasur sobre el Compromiso con la democracia, instrumento donde se afirma que la plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto irrestricto de los derechos humanos son condiciones esenciales para la construcción de un futuro común de sus Estados Miembros.”136 El Protocolo fue suscrito con la finalidad de prevenir y sancionar la ruptura del régimen constitucional en cualquier país suramericano, es decir, contribuye a la defensa y preservación de la institucionalidad democrática de los Estados Miembros de la Unasur. Este instrumento fue aplicado por primera vez en junio de 2012, cuando se produjo la destitución del presidente Fernando Lugo de la República de Paraguay. Como claramente lo indica el artículo 1 del Protocolo: Artículo 1. El presente Protocolo se aplicará en caso de ruptura o amenaza de ruptura al orden democrático, de una violación del orden constitucional o de cualquier situación que ponga en riesgo el legítimo ejercicio del poder y al vigencia de los valores y principios democráticos.137
Ante esta situación, la Unasur suspendió temporalmente la participación de la República del Paraguay en su proceso de integración y de los órganos que la conforman; por eso la Presidencia ProTémpore de bloque que era ejercida por este país fue suspendida y entregada a la República del Perú. Al respecto, Sanahuja (2014) indica: “Tras la asonada policial de 2010 en Ecuador, la Unasur también se ha dotado de una cláusula democrática y un mecanismo de sanciones que suponen capacidades reforzadas para la prevención y la gestión de la crisis.”138 Adicionalmente, el Protocolo establece en el artículo 4 los siguientes mecanismos de coerción cuando se produzca amenaza de ruptura o ruptura del régimen constitucional en cualquiera de los países miembros de la Unasur:
136
Anahí Priotti y Marcelo Trucco, op. cit., p. 12. Artículo 1 del Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de la Unasur. 138 José Antonio Sanahuja, op. cit., p. 90. 137
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• Suspensión del derecho a participar en los distintos órganos, e instancias de la Unasur, así como del goce de los derechos y beneficios conforme al Tratado Constitutivo de la Unasur; • Cierre parcial o total de las fronteras terrestres, incluyendo la suspensión y limitación del comercio, tráfico aéreo y marítimo, comunicaciones, provisión de energía, servicios y suministros; • Promover la suspensión del Estado afectado en el ámbito de otras organizaciones regionales e internacionales; • Promover, ante terceros países y bloques regionales, la suspensión de los derechos y beneficios del Estado afectado, derivados de los acuerdos de cooperación de los que fuere parte; • Adopción de sanciones políticas y diplomáticas adicionales.139
2.6.6. La cooperación sectorial – Consejo Electoral de la Unasur (CEU) Para cumplir los grandes objetivos del Tratado Constitutivo en Brasilia, los países suramericanos se han empeñado en edificar la institucionalidad de la Unasur por medio de la constitución de sus órganos y consejos sectoriales. A la fecha (año 2014) dentro de la Unasur se han creado 12 consejos sectoriales, entre ellos el CEU. En este contexto, al amparo del Tratado Constitutivo, en lo referente al fortalecimiento de la democracia y de la cooperación sectorial, los organismos y autoridades electorales suramericanas, han propiciado, desde el año 2009 hasta la actualidad, un proceso de acercamiento, intercambio de información, experiencias y trabajo conjunto, que desembocó en la creación del CEU y la incorporación a su institucionalidad en noviembre de 2012 por parte de la Decisión 15/2012 del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Como lo expresa Larrea (2014): “La Unasur constituyó su Consejo Electoral, que recientemente participó como observador del proceso electoral del Ve139
El Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre el Compromiso con la Democracia de 2010. 98
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nezuela y actuó también en el proceso electoral del Ecuador en febrero de 2013.”140 En materia de cooperación sectorial se ha producido el mayor avance de la Unasur dirigida al fortalecimiento de la democracia, con la creación e incorporación a su institucionalidad del CEU en noviembre de 2012 por intermedio de la Decisión n.º 15 del Consejo de Jefes de Estado y de Gobierno. En el nuevo contexto de integración suramericana fomentado por la Unasur y su Consejo Electoral, las autoridades y organismos electorales suramericanos (administraciones electorales) han abandonado el modelo reduccionista de la democracia electoral, ampliando su campo de acción a nuevos aspectos como la democracia directa, la democracia comunitaria, la participación ciudadana, además de la capacitación del ciudadano y las organizaciones políticas (partidos y movimientos) en temas electorales a fin de fortalecer a la democracia en su conjunto. Ampliando lo anterior, Naranjo (2009) manifiesta: “La democracia antes centrada en la representatividad, y la convergencia de esquemas de delegación políticas y fundamentada en la participación solamente ‘refrendataria’ y electoral, debe transcender, hacia un concepto más integral de participación, que permita consensos directos y reales, erigidos sobre el acatamiento del orden constitucional y legal, producto de la decisión de la mayorías con el respeto por la oposición, que incorpore además la plena vigencia de los derechos humanos y se construya en la perspectiva de desarrollo sostenible. La sociedad civil, de auto reconocerse como partícipe del proceso de integración y dinamizar los espacios necesarios para los cambios.”141 En este nuevo modelo de integración desarrollado por la Unasur y su Consejo Electoral en el cual la vigencia de la democracia es fundamental, las autoridades y organismos electorales suramericanos han promovido la cooperación sectorial en materia electoral. 140 141
Ana María Larrea Maldonado, op. cit., p. 126. María del Pilar Naranjo Morales, op. cit., p. 12. 99
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
La reflexión sobre los desafíos y las encrucijadas de las democracias, en plural, constituye entonces una necesidad en términos sociales y en términos estatales. De ahí la urgencia de que los organismos electorales de nuestros países brinden un aporte para generar un debate serio, responsable y, sobre todo, plural. La sociedad real que subyace a los Gobiernos democráticos es diversa, heterogénea y compleja. Por tanto, el debate sobre democracias debe incluir necesariamente a los sistemas electorales, el sufragio y la participación electoral; pero también debe involucrar la discusión sobre la gobernabilidad, la plurinacionalidad, la interculturalidad y los derechos individuales, sociales y colectivos. El CEU tuvo claramente dos etapas definidas: la primera, 2009-2012) en la cual se realizaron cuatro reuniones de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur tendientes a promover la creación del Consejo e incorporarlo a la institucionalidad de la Unasur mediante la redacción del proyecto estatuto y la normativa para las observaciones electorales como la realización de las gestiones ante el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores para la aprobación de estos documentos. La segunda etapa del CEU (2012-2013), caracterizada por el nacimiento propiamente dicho del organismo, la organización de sus aspectos operativos (Plan de Acción Bianual) y, sobre todo, la organización de misiones de acompañamiento y observación electoral en las elecciones de Venezuela, Ecuador y Paraguay. El CEU constituye un espacio único y trascedente sin parangón en la historia de los procesos de integración regionales que permite consolidar a pasos agigantados a Suramérica en una región democrática en la cual la voluntad soberana de sus pueblos se respeta y expresa por medio del sufragio en la cual existe un continuo perfeccionamiento y ampliación de los derechos políticos y de participación. Como señala Távara (2013): “La integración a nivel de organismos electorales en el Consejo Electoral, a sugerencia de estas propias instituciones, no sola100
CAPÍTULO II
LA UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR)
mente por la importancia de construir un espacio de integración, intercambio de experiencias, cooperación, investigación y promoción de la participación ciudadana, la educación cívica y la democracia; sino también por la intención de abrir un espacio de reunión y reflexión entre nosotros, lo que constituye sin duda un enorme reto para quienes somos los encargados de poner al servicio de nuestros ciudadanos mecanismos de administración y justicia electoral justos, transparentes y eficaces, teniendo en cuenta la particular realidad de cada uno de nuestros países.”142 Por otro lado, el CEU es el espacio perfecto para conocernos y reconocernos como ciudadanos suramericanos desarrollando mecanismos normativos, de organización de procesos electorales, observación y acompañamiento electoral, así como intercambio de experiencias y generación de conocimientos propios, surgidos y adaptados desde nuestras realidades y necesidades. Como señala Sanahuja (2014): “La búsqueda de autonomía respecto de la Oraganización de Estados Americanos, y de Estados Unidos mediante una organización regional más efectiva también se observa en la creación del CEU en 2011, operativo ya en las elecciones judiciales de Bolivia de octubre de ese año y en las elecciones presidenciales en Venezuela de 2012.”143 Finalmente, el accionar del CEU se orienta a cristalizar a la Unasur como un proceso de integración empoderado y democrático que propicie una gran participación, consenso, motivación, interés y sentido de pertenencia de los pueblos y Gobiernos, impulsando la democracia y la participación ciudadana; es decir, lograr una integración que se sustenta en lo que los pueblos quieren y no necesariamente en lo que los líderes o teóricos y académicos creemos.
142 143
Francisco Távara Córdova, op. cit., p. 7. José Antonio Sanahuja, op. cit., p. 90. 101
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Capítulo III ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR
Sumario 3.1. Introducción. 3.2. Estados integrantes de la Unasur. 3.3. Estructura institucional de la Unasur. 3.3.1. Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. 3.3.2. Presidencia Pro-Témpore. 3.3.3. Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. 3.3.4. Consejo de Delegadas y Delegados. 3.3.5. Secretaría General de la Unasur. 3.4. Consejos sectoriales. 3.5. Otras instancias.
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CAPÍTULO III
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR
3.1. Introducción Este capítulo analiza la estructura institucional de carácter intergubernamental de la Unasur: sus órganos permanentes como son el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, el Consejo de Delegadas y Delegados y la Secretaría General de la Unasur. También se describe brevemente la función de los doce consejos de cooperación sectorial, entre los cuales se encuentra el CEU, que constituyen los instrumentos para desarrollar el trabajo conjunto entre las instituciones estatales de los Estados Miembros de la integración suramericana. 3.2. Estados integrantes de la Unasur El proceso de integración de Unasur tiene como miembros plenos a los doce Estados suramericanos: la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa de Brasil, la República de Chile, la República de Colombia, la República del Ecuador, la República Cooperativa de Guyana, la República del Paraguay, la República del Perú, República de Surinam, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela. Todos los Estados Miembros se encuentran representados dentro de la institucionalidad de la Unasur por sus jefes de Estado y de Gobierno, cancilleres o ministros de Relaciones Exteriores, así como los delegados de cada país ante los diversos consejos sectoriales. 3.3. Estructura institucional de la Unasur El Tratado Constitutivo de la Unasur, por medio de los artículos 4 y 5, establece instancias permanentes o temporales encargadas del cumplimiento de sus objetivos.
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Los organismos de carácter permanente son aquellos contemplados en el artículo 4144 del Tratado Constitutivo: • • • • •
El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; Presidencia Pro Témpore; El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; El Consejo de Delegadas y Delegados; La Secretaría General de la Unasur.
A cerca de los organismos temporales de la Unasur, el artículo 5145 del Tratado Constitutivo menciona a los siguientes: • Reuniones ministeriales sectoriales. • Consejos de nivel ministerial o de cooperación sectorial. • Grupos de trabajo. 3.3.1. Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno es el órgano máximo de Unasur; se encuentra conformado por los mandatarios de los doce países suramericanos. Se reúne en forma ordinaria una vez al año y en forma extraordinaria a petición de un Estado Miembro, por intermedio de la Presidencia Pro Témpore, con el consenso de todos los Estados Miembros de la Unasur. 144
Tratado Constitutivo de la Unasur. Artículo 4. Los órganos de la Unasur son: 1. El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; 2. El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; 3. El Consejo de Delegadas y Delegados; 4. La Secretaría General. 145 Tratado Constitutivo de la Unasur. Artículo 5. Desarrollo de la Institucionalidad. Podrán convocarse y conformarse reuniones ministeriales sectoriales, Consejos de nivel ministerial, grupos de trabajo y otras instancias institucionales que se requieran, de naturaleza permanente o temporal, para dar cumplimiento a los mandatos y recomendaciones de los órganos competentes. Estas instancias rendirán cuenta del desempeño de sus cometidos a través del Consejo de Delegadas y Delegados, que lo elevará al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno o al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, según corresponda. Los acuerdos adoptados por las reuniones ministeriales sectoriales, consejos de nivel ministerial, los grupos de trabajo y otras instancias institucionales serán presentados a consideración del órgano competente que los ha creado o convocado. El Consejo Energético de Suramérica, creado en la Declaración de Margarita (17 de abril de 2007), es parte de la Unasur. 106
CAPÍTULO III
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR
El Consejo de Jefas y Jefes de Estado de la Unsaur, se expresa por medio de Decisiones, en donde los mandatarios suramericanos determinan los objetivos, planes, proyectos, actividades, entre otros aspectos importantes del proceso de integración de este organismo. Las decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado forman parte de las fuentes jurídicas de la Unasur146 y deben estar en concordancia con el Tratado Constitutivo y sus protocolos adicionales. Las principales atribuciones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado señaladas en el artículo 6 del Tratado Constitutivo son: • Establecer los lineamientos políticos, planes de acción, programas y proyectos del proceso de integración suramericana y decidir las prioridades para su implementación; • Convocar reuniones Ministeriales Sectoriales y crear Consejos de nivel Ministerial; • Decidir sobre las propuestas presentadas por el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; • Adoptar los lineamientos políticos para las relaciones con terceros. 3.3.2. Presidencia Pro Témpore Según el artículo 7 del Tratado Constitutivo de la Unasur, la Presidencia Pro Témpore será ejercida sucesivamente por cada uno de los Estados Miembros, en orden alfabético, por períodos anuales. Las principales atribuciones de la Presidencia Pro Témpore son: 146 Tratado Constitutivo de la Unasur. Artículo 11. Fuentes Jurídicas. Las fuentes jurídicas de la Unasur son las siguientes: 1. El Tratado Constitutivo de la Unasur y los demás instrumentos adicionales; 2. Los Acuerdos que celebren los Estados Miembros de la Unasur sobre la base de los instrumentos mencionados en el punto precedente; 3. Las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; 4. Las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores; y 5. Las Disposiciones del Consejo de Delegadas y Delegados.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Preparar, convocar y presidir las reuniones de los órganos de Unasur. • Presentar para su consideración al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores y al Consejo de Delegadas y Delegados el Programa anual de actividades de la Unasur, con fechas, sedes y agenda de las reuniones de sus órganos en coordinación con la Secretaría General. • Representar a la Unasur en eventos internacionales, con la delegación aprobada por los Estados Miembros. • Asumir compromisos y firmar Declaraciones con terceros, con el consentimiento previo de los órganos correspondientes de la Unasur. 3.3.3. El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores Este organismo se encuentra conformado por los doce cancilleres de los Estados suramericanos, su misión principal es asegurar la consecución de los objetivos delineados, tanto por el Tratado Constitutivo como por las decisiones emanadas del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. Las reuniones ordinarias del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, se celebran cada seis meses, pudiendo convocar la Presidencia Pro Témpore a reuniones extraordinarias a petición de la mitad de los Estados Miembros. El Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores se expresa mediante Resoluciones, las cuales forman parte de las fuentes jurídicas de la Unasur y deben estar en concordancia con el Tratado Constitutivo y sus protocolos adicionales. El artículo 8 del Tratado Constitutivo encomienda al Consejo las siguientes atribuciones: • Adoptar Resoluciones para implementar las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; • Proponer proyectos de Decisiones y preparar las reuniones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno; • Coordinar posiciones en temas centrales de la integración suramericana; 108
CAPÍTULO III
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR
• Desarrollar y promover el diálogo político y la concertación sobre temas de interés regional e internacional; • Realizar el seguimiento y evaluación del proceso de integración en su conjunto; • Aprobar el Programa anual de actividades y el presupuesto anual de funcionamiento de la Unasur; • Aprobar el financiamiento de las iniciativas comunes de Unasur; • Implementar los lineamientos políticos en las relaciones con terceros; • Aprobar resoluciones y reglamentos de carácter institucional o sobre otros temas que sean de su competencia; • Crear Grupos de Trabajo en el marco de las prioridades fijadas por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. 3.3.4. Consejo de Delegadas y Delegados El Consejo de Delegadas y Delegador, está conformado por una o un representante acreditado por cada Estado Miembro. Se reúne con una periodicidad bimestral, en el territorio del Estado que ejerce la Presidencia Pro Témpore u otro lugar que se acuerde. El Consejo de Delegadas y Delegados se expresa por medio de Disposiciones las cuales forman parte de las fuentes jurídicas de la Unasur y deben estar en concordancia con el Tratado Constitutivo y sus protocolos adicionales. El artículo 9 del Tratado Constitutivo de la Unasur asigna al Consejo las siguientes atribuciones: • Implementar las Disposiciones pertinentes, las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno y las Resoluciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, con el apoyo de la Presidencia Pro Témpore y la Secretaría General. • Preparar las reuniones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. • Elaborar proyectos de Decisiones, Resoluciones y Reglamentos para la consideración del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores. 109
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Compatibilizar y coordinar las iniciativas de la Unsaur con otros procesos de integración regional y subregional vigentes, con la finalidad de promover la complementariedad de esfuerzos. • Conformar, coordinar y dar seguimiento a los Grupos de Trabajo. • Dar seguimiento al diálogo político y a la concertación sobre temas de interés regional e internacional. • Promover los espacios de diálogo que favorezcan la participación ciudadana en el proceso de integración suramericana. • Proponer al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores el proyecto de presupuesto ordinario anual de funcionamiento para su consideración y aprobación. 3.3.5. La Secretaría General de la Unasur Es el órgano que, bajo la conducción del Secretario General, ejecuta los mandatos que le confieren los órganos de la Unasur y ejerce su representación por delegación expresa de los mismos. Tiene su sede en Quito, Ecuador. Según el artículo 10 del Tratado Constitutivo las atribuciones de la Secretaría General son: • Apoyar al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores, al Consejo de Delegadas y Delegados y a la Presidencia Pro Témpore, en el cumplimiento de sus funciones; • Proponer iniciativas y efectuar el seguimiento a las directrices de los órganos de la Unasur; • Participar con derecho a voz y ejercer la función de secretaría en las reuniones de los órganos de la Unasur; • Preparar y presentar la Memoria Anual y los informes respectivos a los órganos correspondientes de la Unasur; • Servir como depositaria de los acuerdos en el ámbito de la Unasur y disponer su publicación correspondiente; • Preparar el proyecto de presupuesto anual para la consideración del 110
CAPÍTULO III
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR
Consejo de Delegadas y Delegados y adoptar las medidas necesarias para su buena gestión y ejecución; • Preparar los proyectos de Reglamento para el funcionamiento de la Secretaría General, y someterlos a la consideración y aprobación de los órganos correspondientes; • Coordinar con otras entidades de integración y cooperación de América Latina y el Caribe para el desarrollo de las actividades que le encomienden los órganos de la Unasur; • Celebrar, de acuerdo con los reglamentos, todos los actos jurídicos necesarios para la buena administración y gestión de la Secretaría General. El Secretario/a General es designado por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, a propuesta de sus respectivos cancilleres, por un período de dos años, renovable por una sola vez. El Secretario/a General no podrá ser sucedido por una persona de la misma nacionalidad. Durante el ejercicio de sus funciones, el Secretario General y los funcionarios de la Secretaría tendrán dedicación exclusiva, no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún Gobierno, ni entidad ajena a la Unasur, y se abstendrán de actuar en forma incompatible con su condición de funcionarios internacionales responsables únicamente ante esta organización internacional. El Secretario/a General ejerce la representación legal de la Secretaría. En la selección de los funcionarios de la Secretaría General se garantizará una representación equitativa entre los Estados Miembros, tomando en cuenta, en lo posible, criterios de género, idiomas, étnicos y otros. 3.4. Consejos sectoriales Dentro del marco de cooperación sectorial intergubernamental que impulsa Unasur han sido creados doce consejos sectoriales entre ellos el CEU. A continuación describiré los consejos sectoriales existentes en Unasur y los objetivos que llevan adelante: 111
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Consejos Sectoriales de la Unasur Consejo sectorial
Fecha de creación
Objetivo general
Consejo de Salud Suramericano
Creado en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, el 28 de noviembre de 2008.
Es el órgano de consulta y consenso en temas de salud. Su objetivo general es promover un espacio de integración en salud que contribuya al mejoramiento de la atención sanitaria incorporando e integrando los esfuerzos y logros subregionales en la materia.
Consejo de Defensa Suramericano
Creado en Salvador de Bahía, Brasil, el 16 de diciembre de 2008.
Constituye la instancia de consulta, cooperación y coordinación en materia de defensa de la Unasur. Se encarga de consolidar a Suramérica como una zona de paz, base para la estabilidad democrática y el desarrollo integral de nuestros pueblos, y como contribución a la paz mundial.
Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento
Creado en la ciudad de Quito, Ecuador, el 28 de enero de 2009.
Constituye una instancia de discusión política y estratégica, por medio de la consulta, evaluación, cooperación, planificación y coordinación de esfuerzos y articulación de programas y proyectos para implementar la integración de la infraestructura regional de los países miembros de la Unasur.
Creado el 10 de Consejo Suramericano de agosto de 2009, Desarrollo Social en la ciudad de Quito, Ecuador. Consejo Suramericano sobre el Problema
Creado el 10 de agosto de 2009, en Quito, Ecuador, como Con-
Es una instancia de diálogo, coordinación, reflexión y cooperación sobre desarrollo social y humano integral. Es la instancia permanente de la Unasur de consulta, cooperación y coordinación para enfrentar el problema mundial de las drogas. Continúa en la página siguiente…
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CAPÍTULO III
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR
Mundial de las Drogas
sejo Suramericano de Lucha contra el Narcotráfico.
Consejo Energético Suramericano
Creado el 4 de mayo de 2010, en la ciudad Los Cardales, Argentina.
Está encargado de considerar todos los temas comunes en materia energética entre los países que conforman la Unasur.
Consejo Suramericano de Economía y Finanzas
Creado en la ciudad de Georgetown, Guyana, el 26 de noviembre de 2010.
Es una instancia de diálogo, reflexión, consulta y cooperación en materia de economía y finanzas. Sus objetivos generales son: El desarrollo social y humano con equidad e inclusión para erradicar la pobreza y superar las desigualdades de la región. La construcción de un sistema económico con equidad, justicia social y en armonía con la naturaleza para un desarrollo sustentable.
Consejo Electoral de la Unasur
Creado el 24 de agosto de 2011, en Lima, Perú.
El CEU, organiza misiones de observación y acompañamiento electorales a requerimiento del Estado Miembro que organiza el proceso electoral con el acuerdo de su autoridad electoral. Su objetivo general es: Construir un espacio para la integración, intercambio de experiencias, cooperación, investigación y promoción de la participación ciudadana, la educación cívica y la democracia.
Consejo Suramericano de Educación
Creado el 30 de noviembre de 2012, en Lima, Perú.
Es la instancia de cooperación de la Unasur encargada de desarrollar mecanismos de desarrollo en materia de educación, homologación de títulos, mejoramientos de docentes, entre otros aspectos.
Continúa en la página siguiente… 113
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Consejo Suramericano de Cultura
Creado el 30 de noviembre de 2012, en Lima, Perú.
Es la instancia de cooperación de la Unasur de la promoción de la diversidad cultural y de las expresiones de la memoria y de los conocimientos y saberes de los pueblos de la región, para el fortalecimiento de sus identidades.
Consejo Suramericano de Ciencia, Tecnología e Innovación
Creado el 30 de noviembre de 2012, en Lima, Perú.
Es la instancia de cooperación de la Unasur de la definición e implementación de políticas y proyectos comunes o complementarios de investigación, innovación, transferencia y producción tecnológica para incrementar la capacidad, la sustentabilidad y el desarrollo científico y tecnológico propios.
Consejo Suramericano en materia de Seguridad Ciudadana, Justicia y Coordinación de Acciones contra la Delincuencia Organizada Trasnacional
Creado el 30 de noviembre de 2012, en Lima, Perú.
Es la instancia de cooperación de la Unasur de la coordinación entre los organismos especializados de los Estados Miembros, teniendo en cuenta las normas internacionales, para fortalecer la lucha contra el terrorismo, la corrupción, el problema mundial de las drogas, la trata de personas, el tráfico de armas pequeñas y ligeras, el crimen organizado transnacional y otras amenazas, así como para el desarme, la no proliferación de armas nucleares y de destrucción masiva, y el desminado.
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CAPÍTULO III
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA UNASUR
3.5. Otras instancias Además de los Consejos Sectoriales que fueron detallados en los numerales anteriores, la Unasur posee otras instancias, entre ellas están: • Centro de Estudios Estratégicos de Defensa. Es la instancia de producción de estudios estratégicos a efecto del asesoramiento al Consejo de Defensa Suramericano cuando este lo requiera. Inaugurado en Buenos Aires el 27 de mayo de 2011. • Instituto Suramericano de Gobierno en Salud. Es el instituto de la Unasur que busca contribuir al mejoramiento de la calidad del gobierno en salud en Suramérica por medio de la formación de liderazgos, gestión del conocimiento y apoyo técnico a los sistemas de salud. Funciona en Río de Janeiro desde el 25 de julio de 2011. • Grupo de Trabajo de Solución de Controversias en Inversiones. Este grupo de trabajo está a cargo del desarrollo de un Centro de Solución de Conflictos en materia de inversiones en la región suramericana. • Secretaría Unasur-Haití. Es el ente encargado de coordinar la cooperación suramericana con el Gobierno de la República de Haití, para la reconstrucción de este país luego del terremoto de 2010.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
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Capítulo IV CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU) Sumario 4.1. Introducción. 4.2. Definición del CEU. 4.2.1. Principios del CEU. 4.2.2. Objetivos del CEU. 4.2.3. Atribuciones del CEU. 4.2.4. Estructura del CEU. 4.3. Organismos electorales suramericanos miembros del CEU. 4.3.1. Teoría General de las administraciones electorales. 4.3.1.1. Organismos electorales de la República Argentina. 4.3.1.2. Tribunal Superior Electoral de la República Federativa de Brasil. 4.3.1.3. Órgano Plurinacional Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia. 4.3.1.4. Organización Electoral de la República de Colombia. 4.3.1.5. Organismos electorales de la República de Chile. 4.3.1.6. Función Electoral de la República del Ecuador. 4.3.1.7. Comisión Electoral de la República Cooperativa de Guyana. 4.3.1.8. Justicia Electoral de la República de Paraguay. 4.3.1.9. Sistema Electoral de la República de Perú. 4.3.1.10. Consejo Electoral Independiente de la República de Surinam. 4.3.1.11. Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay. 4.3.1.12. Poder Electoral de la República Bolivariana de Venezuela. 4.4. Desarrollo Histórico del CEU. 4.4.1. Reuniones de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de Unasur (2009-2012). 4.4.2. Nacimiento del CEU e incorporación a la institucionalidad de Unasur. 4.5. Presentación de la propuesta de creación de una Unidad Técnica de Coordinación Electoral del CEU.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
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CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
4.1. Introducción Este capítulo analiza el trabajo desempeñado por el CEU, iniciando por definir sus características principales, principios, objetivos, atribuciones y estructura. Otro aspecto relevante de este capítulo es investigar los diversos modelos institucionales que han adoptado los organismos electorales suramericanos miembros del CEU, para ello se establecerá un marco conceptual básico referente a las administraciones electorales y los modelos institucionales independiente, gubernamental y mixto, y como cada uno de ellos ha sido implementado por los marcos constitucionales y legales de los doce países suramericanos. También se abordará el desarrollo histórico del CEU con la celebración periódica de las reuniones de los organismos electorales suramericanos, las cuales han venido desarrollándose desde el 2009 hasta la actualidad, aportando todas ellas elementos importantes para la integración regional en materia electoral. Finalmente, se examinará la propuesta de creación de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral del CEU. 4.2. Definición y características del CEU El CEU constituye un espacio único y trascedente sin precedente en la historia de los procesos de integración regionales que permite consolidar a pasos agigantados a Suramérica en una región democrática, en la cual la voluntad soberana de sus pueblos se respeta y expresa mediante el sufragio y existe un continuo perfeccionamiento y ampliación de los derechos políticos y de participación. El artículo 1 del Estatuto del CEU define a este organismo como “una instancia de consulta, funcional y técnica, de cooperación, coordinación, investigación, intercambio de experiencias, organización de Misiones Electorales, 119
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
promoción de la participación ciudadana y de la democracia en el marco de Tratado Constitutivo de la Unasur.”147 Hay que empezar estableciendo que el CEU es uno de los doce consejos sectoriales creados por la Unasur para promover la cooperación sectorial en diversos temas, siendo este caso específico el tema electoral, la promoción de la democracia y la participación ciudadana. El CEU posee una particularidad como consejo sectorial, al gozar de mayor autonomía debido a la independencia de los organismos electorales respecto al Poder o Función Ejecutiva, pudiendo de esta manera, implementar en forma más ágil y dinámica, los acuerdos a que lleguen sus miembros. En este contexto, el CEU es una instancia intergubernamental conformada por los organismos electorales suramericanos, con el propósito de desarrollar cooperación sectorial en materia electoral reflejada en la formulación, implementación y evaluación de lineamientos, políticas, planes y proyectos comunes en esta área, todo dentro del respeto a la soberanía, independencia y autodeterminación de cada Estado suramericano. Hay que recalcar que el CEU, al poseer un carácter intergubernamental, sus decisiones y acuerdos se toman bajo la fórmula del consenso general de sus integrantes y pueden ser adoptados total o parcialmente por ellos, siendo todos estos esfuerzos direccionados a fortalecer la vigencia de la democracia y Estado de derecho dentro de los Estados Miembros de la Unasur. Al ser una instancia de consulta, funcional y técnica, el CEU asesora a los órganos de la Unasur como a sus organismos miembros, en los diversos aspectos jurídicos y técnicos referentes al desarrollo de procesos electorales, misiones de observación electoral, participación ciudadana, sistemas electorales, entre otros aspectos. Es decir, constituye un organismo de asesoría, consulta y soporte en temas específicos de materia electoral. 147 Estatuto del Consejo Electoral de la Unasur. Artículo 1°. El Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas es una instancia de consulta, funcional y técnica, de cooperación, coordinación, investigación, intercambio de experiencias, organización de Misiones Electorales, promoción de la participación ciudadana y de la democracia en el marco del Tratado Constitutivo de la Unasur.
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CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
En materia de cooperación técnica y coordinación, la labor del CEU se desarrolla dentro del concepto de cooperación sur-sur, puesto que establece relaciones directas y horizontales en los organismos electorales suramericanos para enfrentar desafíos comunes, teniendo como propósito superarlos, a partir de un esfuerzo conjunto. La cooperación sectorial del CEU ha constituido una herramienta útil para que cada organismo electoral desde sus potencialidades, recursos y la experiencia, pueda compartirlos con sus pares en un proceso de cooperación y ayuda mutua, que ofrece asociaciones estratégicas entre iguales para lograr objetivos comunes. Por eso las autoridades y organismos electorales dentro del CEU han intercambiado las diversas fortalezas que poseen en sistemas electorales, derechos de participación política, capacitación electoral, tecnología aplicada a sistemas electorales, entre otros aspectos. En lo referente a la investigación, intercambio de experiencias y organización de misiones electorales, el CEU se orienta a desarrollar un pensamiento suramericano propio en aspectos como el sistema electoral, los derechos y obligaciones de participación político-electoral de la ciudadanía, las organizaciones políticas, la organización de los organismos electorales, el desarrollo de los procesos electorales, la implementación de los mecanismos de democracia directa, el control de las campañas electorales y gasto electoral, y los procedimientos de la justicia electoral, entre otros. Como uno de los primeros logros en los aspectos antes mencionados al interior del CEU, se han generado documentos importantes como el Estatuto del Consejo, los Criterios y Normativas para las Misiones Electorales, Reglamentos de las Misiones electorales y la Declaración de Quito, que han definido los criterios y principios rectores en torno al trabajo del CEU y las misiones de observación y acompañamiento electoral que ha desarrollado durante los últimos años. Así mismo, el desarrollo de las misiones de observación y acompañamiento electoral del CEU en los procesos electorales de los Estados Miembros de la Unasur, ha desarrollado la cooperación entre organismos electorales, con 121
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
lo cual se ha reducido el papel sobredimensionado que las organizaciones no gubernamentales, fundaciones u organizaciones privadas internacionales ejercían en materia de observación electoral. Es necesario indicar que el Estatuto del CEU, al establecer como principios de su acción el irrestricto respeto a la soberanía y autodeterminación de los Estados suramericanos, claramente determina que su trabajo de cooperación no interfiere con el marco constitucional y legal interno de cada país, ni con el ejercicio de las facultades de los organismos electorales que poseen sobre el proceso electoral, la promoción de la democracia y la participación ciudadana. Todo esto obedece a que los Estados suramericanos no han cedido parte de su soberanía al proceso de integración de la Unasur ni al CEU, a causa del carácter intergubernamental de ambos, como a que las “cláusulas de apertura constitucional”148 no contemplan la cesión a mecanismos de integración de aspectos en materia electoral, al ser parte del ejercicio interno e irrenunciable de su soberanía cimentado en los principios de la supremacía constitucional y la soberanía popular. Finalmente, el marco jurídico que respalda la acción del CEU está conformado por el Tratado Constitutivo de la Unasur, el Protocolo Adicional sobre el Compromiso con la Democracia, las Decisiones del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, las Disposiciones del Consejo de Delegados, su Estatuto y reglamentos internos. 4.2.1. Principios del CEU El Tratado Constitutivo de la Unasur, su Protocolo Adicional sobre el Compromiso con la Democracia y el CEU establecen para este organismo los siguientes principios: 148 Oswaldo Salgado, op. cit., p. 104. “Las Constituciones se abren a la integración por medio de las cláusulas de apertura, las cuales son normas constitucionales que permiten a los Estados aceptar limitaciones o restricciones en su soberanía, bajo las condiciones de igualdad y reciprocidad para asegurar la paz y la justicia internacionales o para atribuir a organizaciones supranacionales el ejercicio de competencias soberanas derivadas de la carta magna.”
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CAPÍTULO IV
• • • • • • • • • •
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
El irrestricto respeto a la soberanía de los Estados; El respeto a la autodeterminación de los pueblos; La solidaridad; La cooperación; La paz; La promoción, fortalecimiento y vigencia de la democracia; La participación ciudadana; La transparencia; El pluralismo; El respeto a los derechos humanos universales, indivisibles e interdependientes.
Pasemos a analizar muy brevemente cada uno de estos principios. El principio de respeto a la soberanía de los Estados se refiere a que la acción del CEU no interferirá sobre los ordenamientos constitucionales y legales en materia electoral de los Estados suramericanos, ni en el ejercicio de las funciones de los organismos electorales, puesto que al ser una instancia intergubernamental de cooperación sectorial su acción se circunscribe al intercambio de conocimientos, experiencias y recomendaciones tendientes a fortalecer el desarrollo de los procesos electorales, la promoción de la democracia y la participación ciudadana. El principio de respeto a la autodeterminación de los pueblos consiste en que cada pueblo tiene derecho a decidir por sí mismo cómo va a ser gobernado. Esto implica que desde el exterior ningún país o entidad internacional puede interferir en el Gobierno, ni en los procesos y resultados electorales de ese pueblo. El principio de solidaridad conlleva la asistencia mutua, el apoyo y el compartir las fortalezas, logros y éxitos de los organismos electorales suramericanos dentro del espacio que ofrece el CEU, a fin de superar las asimetrías, debilidades o falencias que pudieran estar presentes. El principio de cooperación tiene como contenido el desarrollo de una asistencia mutua sur-sur entre los organismos electorales suramericanos, mediante 123
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
el intercambio de las diversas fortalezas que poseen en sistemas electorales, derechos de participación política, capacitación electoral, tecnología aplicada a sistemas electorales, entre otros aspectos. El principio de paz expresa que el CEU y sus miembros asumen, en el desarrollo de sus actividades el compromiso permanente de respeto por todas las vidas, el rechazo a la violencia, la promoción de la cooperación y el entendimiento entre pueblos y naciones. El principio de promoción, fortalecimiento y vigencia de la democracia establece como una de las prioridades del proceso de integración de la Unasur y del trabajo del CEU, el preservar y fortalecer la existencia del sistema democrático, los derechos políticos y el Estado de derecho, al ser la condición básica para el bienestar de los pueblos suramericanos y la integración suramericana. El principio de participación ciudadana conlleva el integrar a los ciudadanos suramericanos a todas las instancias institucionales de la Unasur, entre ellas el CEU, a fin de desarrollar una integración basada en el consenso e intervención de los ciudadanos en los temas de importancia colectiva para todos los países de la región suramericana. El principio de transparencia enmarca que el desempeño de las funciones del CEU se desarrolla bajo la constante rendición de cuentas y entrega de información de sus labores, tanto al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, la Secretaría General de la Unasur y a los ciudadanos suramericanos en general. El pluralismo se refiere a que el CEU es un espacio de convergencia de diversos modelos de organización institucional de los organismos electorales suramericanos, así como es un foro donde existen una pluralidad de pensamientos, ideologías, puntos de vista e iniciativas que se expresan dentro de parámetros de respeto y tolerancia mutua. El respeto a los derechos humanos universales, indivisibles e interdependientes se enrumba a que la integración suramericana y los organismos que la llevan adelante, deben preservar y promover la real vigencia y garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos, entre ellos los derechos de participación política. 124
CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
4.2.2. Objetivos del CEU El artículo 3 del Estatuto del CEU fija como objetivos de esta instancia a los siguientes: OBJETIVO GENERAL 1. Construir un espacio para la integración, intercambio de experiencias, cooperación, investigación y promoción de la participación ciudadana, la educación cívica y la democracia. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Promover el intercambio y la transferencia de conocimientos, experiencias y asistencia técnica de los organismos, autoridades y técnicos electorales. 2. Propiciar la creación, uso y aplicación de tecnologías no dependientes para el desarrollo de los sistemas electorales, mediante la transferencia en materia de innovación y modernización tecnológica, así como buenas prácticas de sistemas en los procesos electorales. 3. Organizar, a solicitud de un Estado Miembro, una Misión Electoral de la Unasur.
4.2.3. Atribuciones del CEU Las principales atribuciones del CEU establecidas en su Estatuto son las siguientes: • Aprobar su Plan de Acción y someterlo a consideración de los órganos competentes de la Unasur; • Aprobar su reglamento interno de funcionamiento; • Presentar los requerimientos de financiamiento para iniciativas del Consejo y llevarlas a consideración de los órganos competentes de la Unasur; • Establecer las coordinaciones necesarias con la Institucionalidad de la Unasur para su buen funcionamiento; • Organizar a solicitud de un Estado Miembro la Misión Electoral de la Unasur en los procesos electorales de su país; 125
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• Cumplir con las decisiones emanadas de los órganos de la Unasur; • Aprobar los acuerdos a que hubiera lugar y llevarlos a consideración de los órganos competentes de la Unasur; • Crear grupos de trabajo de acuerdo con las necesidades de su funcionamiento; • Actuar de conformidad con los artículos 6, 7 y 15 del Tratado Constitutivo de la Unasur, en las iniciativas de diálogo y cooperación con otras organizaciones regionales y subregionales similares; • Todas aquellas que permitan cumplir con los objetivos del Estatuto y el Tratado Constitutivo. 4.2.4. Estructura del CEU El Estatuto del CEU prevé una estructura ágil y dinámica basada en el consenso y participación de todos los organismos electorales suramericanos, compuesta por tres entidades básicas: • El Plenario del CEU; • La Presidencia Pro Témpore del CEU; • Instancias temporales o permanentes. El Plenario del CEU está integrado por las máximas autoridades de los organismos electorales suramericanos; es la máxima instancia de toma de decisiones y establecimientos de directrices en el trabajo del CEU. El Plenario celebra, bajo la dirección de la Presidencia Pro Témpore del CEU, reuniones ordinarias con una periodicidad anual y las de carácter ordinario a petición de al menos la mitad de sus miembros. Hay que resaltar que todas las decisiones que tome el plenario del CEU deberán adoptarse por consenso y estando presente al menos las tres cuartas partes de sus integrantes. Las decisiones así aprobadas, deberán ser consultadas por la Presidencia Pro Témpore del CEU a los representantes de los organismos electorales ausentes, quienes podrán pronunciarse al respecto en un plazo máximo de 15 días luego 126
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de haber recibido los documentos redactados en los idiomas oficiales de la Unasur. En caso de no existir pronunciamientos ni observaciones en dicho plazo, tales decisiones se considerarán aprobadas. La Presidencia Pro Témpore del CEU es ejercida por un año por la autoridad del organismo electoral del país que se encuentre ejerciendo las Presidencia Pro Témpore de la Unasur. En los casos en que existan varios organismos electorales en el Estado que ejerce la Presidencia Pro Témpore del CEU, las autoridades de dichas entidades se pondrán de acuerdo para su ejercicio. Las principales atribuciones de la Presidencia Pro Témpore del CEU son las siguientes: • Ejercer la representación oficial del CEU, ante los demás órganos de la Unasur, en las relaciones con terceros y en eventos internacionales; • Coordinar y hacer seguimiento a las actividades y planes aprobados por el CEU; • Preparar, convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del CEU; • Preparar y presentar al CEU el plan anual de trabajo, la agenda de reuniones, la memoria y cuenta de su gestión; • Coordinar la formación y creación de grupo de trabajo para realizar las actividades establecidas en los planes y programas aprobados por el CEU; - Las demás que el CEU le asigne. Las instancias temporales o permanentes del CEU son grupos de trabajo, redes de cooperación o unidades técnicas que el pleno del CEU decide crear para dar cumplimiento a sus objetivos. Los grupos de trabajo son instancias de naturaleza temporal, los cuales se reúnen todas las veces necesarias para dar cumplimiento a los objetivos que el CEU les ha asignado, informándole a su Presidencia Pro Témpore sobre los avances en sus labores.
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4.3. Organismos Electorales Suramericanos miembros del CEU El Estatuto del CEU en el artículo 4149 señala que este organismo está integrado por las máximas autoridades de los órganos autónomos y los organismos o instituciones estatales con competencia electoral derivada de la Constitución y la legislación interna de cada Estado suramericano. Es importante señalar, que basado en los principios de respeto a la soberanía nacional y autodeterminación de cada Estado suramericano, el CEU no interfiere en el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales de los organismos electorales suramericanos, pudiendo estas entidades consentir o no el desarrollo de actividades y programas, preservando de esta manera al CEU como un espacio de convergencia en materia de cooperación. Los organismos electorales suramericanos integrantes del CEU son los siguientes: • La Cámara Electoral de la República Argentina; • La Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior de la República Argentina; • El Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia; • El Tribunal Superior Electoral de la República Federativa de Brasil; • El Tribunal Calificador de Elecciones de la República de Chile. • El Servicio Electoral de la República de Chile; • El Consejo Nacional Electoral de la República de Colombia; • La Registraduría Nacional del Estado Civil de la República de Colombia; 149
Estatuto del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur). Artículo 4. El Consejo Electoral de la Unasur estará integrado por las máximas autoridades de los órganos autónomos, los organismos o instituciones estatales con competencia electoral, establecidos en el Anexo I que forma parte integral de este Estatuto, de conformidad con la legislación de cada Estado Miembro. Sus miembros actuarán en el seno del Consejo Electoral con autonomía y en el marco del Tratado Constitutivo de la Unasur. Ningún organismo electoral de los Estados Miembros recibirá instrucciones o mandatos del Consejo Electoral respecto de sus actividades, atribuciones, funciones y estatuto en su respectivo país. 128
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• El Consejo Nacional Electoral de la República de Ecuador; • El Tribunal Contencioso Electoral de la República de Ecuador; • La Comisión Electoral (Elections Commission) de la República Cooperativa de Guyana; • El Tribunal Superior de Justicia Electoral de la República de Paraguay; • El Jurado Nacional de Elecciones de la República de Perú; • La Oficina Nacional de Procesos Electorales de la República de Perú; • El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de la República de Perú; • El Consejo Electoral Independiente (e Independent Electoral Council) de la República de Surinam; • La Corte Electoral de la República Oriental de Uruguay; • El Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela. A continuación se incluye un breve análisis de cómo se organizan las administraciones electorales suramericanas. 4.3.1. Teoría general de las administraciones electorales Para poder comprender la organización de las administraciones electorales suramericanas y lo modelos que han adoptado, es necesario partir de la definición de administración electoral u organismo electoral. La administración electoral u organismo electoral se refiere a la estructura institucional o el conjunto de instituciones públicas de carácter permanente, autónomo, independiente y especializado en materia electoral, encargadas de tutelar y garantizar el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía y el principio de soberanía popular del Estado, por medio de la correcta y eficaz gestión de los procesos electorales, el control y supervisión de las organizaciones políticas, la formación cívico-política de los ciudadanos y la administración de la justicia electoral. Como indica Barrientos (2010): “La administración electoral es el conjunto de órganos del aparato estatal responsable de la conducción de las elecciones. El término puede abarcar uno o varios organismos con funciones diferencia129
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das relativas a las elecciones, según regiones del mundo, países, tradición constitucional y cultura política.”150 Es necesario precisar que tanto el modelo institucional, la autonomía, las funciones, como la selección de sus miembros, entre otros aspectos referentes a la administración u organismo electoral son establecidos por las Constituciones de cada Estado suramericano como su legislación en materia electoral. Al respecto, Sosa (2009) expresa el siguiente criterio: “En términos generales, los organismos electorales son estructuras institucionales dedicadas a la gestión de los proceso electorales, y toman parte también en las controversias electorales y postelectorales que puedan presentar entre los principales actores de las elecciones (partidos y candidatos).”151 En otras palabras, la administración electoral interviene en todas las fases del proceso electoral: fase preelectoral, fase electoral y fase poselectoral, ejerciendo sus funciones administrativas, de control, capacitación y jurisdiccionales. En este contexto, Sobrado (2008) indica que “La administración electoral es un servicio público, de carácter nacional, consistente en la administración íntegra del proceso electoral, que comprende tanto la preparación, organización, dirección, vigilancia y promoción de los comicios, como la realización de los escrutinios, la resolución de impugnaciones y la declaración oficial de la elección.”152 Las principales funciones que desarrollan las administraciones u organismos electorales son las siguientes: • Función de gestión electoral: se refiere a la organización, dirección, vigilancia y garantía de todas las fases del proceso electoral referente a la 150 Barrientos Del Monte, Fernando (2010). “Confianza en las elecciones y el rol de organismos electorales en América Latina”. Revista de Derecho Electoral. San José de Costa Rica: Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, p. 14. 151 Sosa Clavel, Andrés (2009). “Integración de los organismos electorales y credibilidad”. Revista Mundo Electoral n.º 05 del Tribunal Electoral de Panamá, p. 30. 152 Sobrado González, Luis Antonio (2008). “Los organismos electorales: autonomía, formación electoral y democracia”. Revista de Derecho Electoral n.º 6 del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, p. 7.
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elección de dignidades públicas como la realización de consultas populares, plebiscitos, referéndums y revocatorias de mandato. Función reglamentaria: al expedir los reglamentos, instructivos y demás normas de carácter reglamentarias, necesarias para desarrollar el proceso electoral y la función jurisdiccional electoral. Función de control: referente a la existencia, organización y actividades de los partidos políticos y sus asuntos internos. Función jurisdiccional: se refiere al ejercicio de la jurisdicción contencioso-electoral, a la cual le concierne el conocimiento y resolución de los recursos legales que se interpongan respecto de los actos, actuaciones y abstenciones de los organismos electorales en ejercicio de las funciones de gestión y control electoral. Función de capacitación y formación cívico-política de los ciudadanos y organizaciones políticas: se refiere a la enseñanza y difusión de los conceptos básicos referentes al ejercicio de los derechos y políticos, normas constitucionales electorales y derecho electoral en general, tendiente a fortalecer la vigencia del sistema democrático y el Estado constitucional.
El ejercicio eficaz, eficiente y efectivo de todas estas funciones por parte de la administración u organismo electoral permite alcanzar una “democracia de calidad” caracterizada por la plena vigencia y estabilidad de los derechos ciudadanos, el Estado constitucional, seguridad jurídica en el ejercicio de los derechos políticos, las instituciones públicas y los gobernantes responden a las necesidades de sus ciudadanos, entre otros aspectos. Como lo refiere Sosa (2009): “El diseño, funcionamiento y rendimiento institucional de los organismos estatales son indicadores de la calidad de una democracia en términos de resultado, pero también son el reflejo de la cultura política de una sociedad. Dentro de los procesos de transición y consolidación de la democracia en América Latina, el diseño y funcionamiento de los organismos electorales han tenido una importancia fundamental, para superar la desconfianza hacia las elecciones producto de los autoritarismos.”153
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Andrés Sosa Clavel, op. cit., p. 31. 131
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Todo Estado basado en su Constitución y legislación interna en materia electoral, puede adoptar diversos modelos de organización para su administración u organismo electoral, como son los modelos institucionales independiente, gubernamental y mixto. El modelo independiente se caracteriza por la existencia de una administración u organismo electoral institucionalmente independiente y autónomo de los demás Poderes o Funciones del Estado, existiendo por lo tanto organismos electorales autónomos y especializados. Bajo este modelo se pueden dar las siguientes variantes: • Como una Función del Estado en materia electoral, conformada por un órgano encargado de la gestión de los procesos electorales y otro con competencia en materia contencioso-electoral; • Como un órgano electoral supremo en el cual se concentra el ejercicio de las funciones de gestión de los procesos electorales, el control y supervisión de las organizaciones políticas, la formación cívica-política de los ciudadanos y la administración de la justicia electoral; • Como una Función del Estado en materia electoral, la cual posee un órgano encargado de la gestión de los procesos electorales, pero el ejercicio de la jurisdicción contencioso-electoral la ejerce la Función Judicial por medio de una sala especializada en materia electoral; • El organismo electoral se encuentra ubicado dentro del Poder Judicial, concentrando tanto las funciones de gestión electoral y jurisdiccional. En todas estas variantes del modelo independiente el Registro Civil puede ser dependiente o autónomo de los organismos electorales. Las principales características del modelo independiente son las siguientes: • La administración u organismo electoral es independiente de los demás Poderes del Estado; • La administración u organismo electoral es responsable de las funciones de gestión de los procesos electorales, el control y supervisión de las organizaciones políticas, la formación cívica-política de los ciudadanos y la administración de la justicia electoral; 132
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• La administración u organismo electoral rinde cuentas a la Función Legislativa, mas no a la Ejecutiva; • La administración u organismo electoral tiene la potestad de desarrollar el marco reglamentario en materia electoral; • La administración u organismo electoral está integrado por un órgano directivo colegiado; • El Registro Civil puede ser dependiente o autónomo de los organismos electorales. El modelo gubernamental se refiere a la existencia de un organismo electoral dependiente de algún ministerio o secretaría de la Función Ejecutiva, el cual se encarga de la organización y gestión de los procesos electorales; mientras que la resolución de los conflictos electorales en la jurisdicción electoral la ejerce el Poder Judicial por medio de una cámara o sala especializada en materia electoral. Las principales características del modelo gubernamental son las siguientes: • Existe un organismo electoral encargado de la organización y desarrollo de los procesos electorales, el cual es dependiente del Ministerio de Gobierno o del Interior de la Función Ejecutiva; • Las funciones de este organismo electoral abarcan tareas ejecutivas u operativas, responde por sus acciones ante la Función Ejecutiva y está encabezado por un ministro o funcionario público; no existe por lo tanto un órgano colegiado; • Las funciones jurisdiccionales en materia electoral las ejerce la Función Judicial por medio de una Sala o Cámara especializada. El modelo mixto se caracteriza por la existencia de dos organismos electorales: uno de carácter independiente y autónomo encargado de la dirección, supervisión y vigilancia de los procesos electorales, la función jurisdiccional y desarrollo del marco reglamentario en materia electoral. Mientras que el otro organismo electoral es dependiente de la Función Ejecutiva a cargo de la gestión y organización electoral. Las principales características del modelo mixto son las siguientes: 133
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• Existe un órgano electoral independiente de la Función Ejecutiva, el cual tienen autonomía para vigilar o supervisar las tareas en materia electoral y ejerce la jurisdicción contencioso-electoral; • El órgano electoral independiente posee un cuerpo colegiado que lo dirige; • El órgano electoral dependiente es parte del Ejecutivo, sus tareas son de carácter ejecutivo y operativo y se encuentra encabezado por un ministro o funcionario público que lo dirige. 4.3.1.1. Organismos electorales de la República Argentina Los organismos electorales de la República Argentina son la Dirección Nacional Electoral (Función Ejecutiva) y la Justicia Nacional Electoral (Función Judicial) compuesta por la Cámara Nacional Electoral y los jueces federales electorales. La Justicia Nacional Electoral de Argentina ejerce la competencia jurisdiccional o contencioso-electoral y está compuesta por 24 jueces federales unipersonales de primera instancia existentes en cada Estado provincial y en la ciudad autónoma de Buenos Aires, mediante la creación en cada uno de ellos, de una secretaría electoral que se dedica exclusivamente al desempeño de funciones en materia electoral. La Cámara Nacional Electoral es la máxima autoridad encargada de la organización y desarrollo de los procesos electorales nacionales, provinciales y municipales como la realización de consultas populares, plebiscitos, referéndums, revocatoria popular y apelación de sentencia. La Cámara constituye un único Tribunal de apelaciones en materia electoral cuyas resoluciones tienen carácter de jurisprudencia obligatoria para los jueces electorales provinciales. En otras palabras, es un Tribunal de alzada tanto de los juzgados federales en materia electoral como de las juntas electorales conformadas para las elecciones. Orgánicamente la Cámara Nacional Electoral forma parte del Poder Judicial de Argentina y está integrada por tres jueces designados por el presidente de la República de Argentina con anuencia del Senado. 134
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La Cámara Nacional Electoral de Argentina posee cuatro atribuciones en materia jurisdiccional, de control, de administración electoral y registral (Art. 4154 de la Ley 19.108 de Organización de la Justicia Nacional Electoral). • En materia jurisdiccional la Cámara posee la facultad de conocer y resolver las apelaciones de las resoluciones de los jueces electorales federales de primera instancia,155 referentes a la aplicación de la ley orgánica de 154 Ley 19.108 de Organización de la Justicia Nacional Electoral. Art. 4. La Cámara Nacional Electoral tendrá las siguientes atribuciones especiales: a) dirigir y fiscalizar el funcionamiento del Registro Nacional de electores y fiscalizar los de los distritos de acuerdo con las disposiciones de la Ley Electoral; b) dirigir y fiscalizar el funcionamiento del Registro Nacional de Afiliados de los Partidos Políticos y fiscalizar los de los distritos, de acuerdo con las disposiciones de esta ley y de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos; c) dictar las normas a las que deberá sujetarse la formación y funcionamiento de los Registros Generales, de distritos, de cartas de ciudadanía, de inhabilitados, de faltas electorales, de juicios paralizados en razón de inmunidades, de nombres, símbolos, emblemas y número de identificación de los Partidos Políticos y las características uniformes de las fichas de afiliación que llevará y conservará la Justicia Federal Electoral; d) organizar un Cuerpo de Auditores Contadores para verificar el estado contable de los partidos y el cumplimiento, en lo pertinente a las disposiciones legales aplicables. A estos fines, contará con un fondo anual especial que no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del Fondo Partidario Permanente, el cual se integrará con los aranceles percibidos por los trámites que se realizan ante su sede, con los fondos previstos en el Presupuesto General de la Nación y con recursos provenientes del Fondo Partidario Permanente que administra el Ministerio del Interior en caso de no cubrirse el mínimo establecido. Trimestralmente el Tribunal verificará haber percibido al menos un cuarto de dicho monto mínimo y en caso de no alcanzar esa cantidad lo comunicará a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior a fin de que sea completada; e) implementar un sistema de auditoría de medios de comunicación; f ) administrar los recursos provenientes de los aranceles percibidos por los trámites que se realizan ante su sede, los que se asignen en el Presupuesto General de la Nación y los provenientes de las transferencias específicas del Poder Ejecutivo nacional en ocasión de las elecciones nacionales y para el funcionamiento del Cuerpo de Auditores Contadores; g) trasladar su sede, temporariamente a los distritos, si así lo exigiere el mejor cumplimiento de sus funciones; h) dictar las reglas necesarias para el cumplimiento de las normas que rigen las materias propias de su competencia, respetando el espíritu de las leyes y de sus disposiciones reglamentarias. 155 El artículo 42 del Código Electoral Nacional de Argentina sobre los jueces electorales señala lo siguiente: Art. 42. Jueces electorales. En la Capital de la República, y en la de cada pro-
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los partidos políticos, el Código Electoral Nacional y sus leyes complementarias. Cabe decir que existen 24 jueces electorales, los cuales se encuentran en las 23 provincias de Argentina y la ciudad de Buenos Aires. • En material de control, la Cámara Nacional Electoral realiza el control respecto a la existencia, organización y actividades de los partidos políticos. • La administración electoral se encarga de aspectos como formar, corregir e imprimir las listas provisionales y los padrones definitivos, atender los reclamos de los ciudadanos y apoderados de los partidos políticos sobre los datos consignados en ellos, disponer su exhibición, ordenar las tachas de los electores inhabilitados y agrupar a los electores por mesas electorales. Designar los lugares en donde funcionarán las mesas y a las autoridades que las tendrán a cargo. Controlar el despliegue y repliegue de las urnas, entre otros. • En el aspecto registral la Cámara tiene a su cargo la custodia, archivo y actualización de los siguientes registros: el Registro Nacional de Electores, el Registro Nacional de Afiliados a los Partidos Políticos, el Registro General de Cartas de Ciudadanía, el Registro de inhabilitados para el ejercicio de los derechos electorales, el Registro General de Consulados, el Registro de Electores Residentes en el exterior, el Registro de Electores Privados de Libertad, el Registro de Infractores al deber de votar, el Registro de faltas electorales y el Registro de nombres, símbolos, emblemas, números de identificación, cuentas bancarias y responsables financieros de los partidos políticos. La Dirección Nacional Electoral es un órgano especializado del Poder Ejecutivo en materia electoral, que funciona en la órbita del Ministerio del Interior. El cumplimiento de las responsabilidades primarias implica para la DINE la planificación y ejecución de un amplio conjunto de acciones que abarcan tanto vincia y territorio, desempeñarán las funciones de jueces electorales, hasta tanto éstos sean designados, los jueces federales que a la fecha de promulgación de esta ley se encuentren a cargo de los registros electorales. En caso de ausencia, excusación o impedimento, tales magistrados serán subrogados en la forma que establece la ley de organización de la justicia nacional. 136
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las actividades internas del organismo como la colaboración y coordinación con otros actores gubernamentales, no gubernamentales y la sociedad civil. Tiene funciones exclusivas en materia de administración de campañas electorales; financiamiento partidario y electoral; recuento provisional y difusión de resultados y aquisiciones de materiales y servicios electorales; funciones concurrentes con la Justicia Nacional Electoral en materia de cartografía electoral, capacitación, logistica, seguridad y organización electoral y actividades de colaboración con entidades provinciales y municipales Entre las acciones más relevantes se destacan: • Colaborar con los poderes públicos a nivel nacional, provincial y municipal en orden al ejercicio de los derechos políticos. • Planificar y ejecutar las políticas electorales nacionales, atendiendo los diferentes aspectos de los procesos electorales encomendados por la normativa electoral vigente. • Colaborar con la Justicia Nacional Electoral y las Jurisdicciones locales respecto de los aspectos logísticos, materiales, comunicacionales y demás actividades relacionadas con los procesos electorales y consultas populares. • Llevar a cabo las tareas para la gestión del Fondo Partidario Permanente, los aportes de campaña electoral e impresión de boletas y los aspectos financieros de la cooperación con otros actores de los procesos electorales. • Realizar las actividades previstas en las leyes Nº 26.215 y 26.571 en materia de asignación de espacios de publicidad electoral en los servicios de comunicación audiovisual. • Llevar a cabo la gestión de los sistemas de Información Electoral y Geoelectoral, generando informes y productos geoestadísticos específicos. • Participar en la determinación de la geografía electoral, y en particular en la delimitación de los circuitos electorales. • Gestionar la vinculación operativa con la Justicia Nacional Electoral en las tareas que le encomienda la Ley o requieren los magistrados. • Planificar y gestionar las tareas operativas y relaciones con el Comando General Electoral, la Secretaria de Seguridad Interior y las Fuerzas de Seguridad en materia electoral. 137
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• Llevar a cabo la coordinación operativa entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas y la Justicia Nacional Electoral, en aquellos aspectos que la legislación electoral y la Ley de Ministerios le impone. • Coordinar las tareas operativas entre la Dirección Nacional Electoral, la Justicia Nacional Electoral, las Jurisdicciones provinciales y municipales que así lo requieran y el Correo Oficial de la República Argentina S.A. • Realizar las tareas de recolección, ordenamiento y generación de información atinente a los procesos electorales, la planificación y ejecución de las acciones de difusión y capacitación relativas a las actividades institucionales, los procesos electorales y participativos federales, nacionales y locales, así como en el desarrollo de estrategias y acciones de formación y capacitación cívico-electoral. • Realizar los estudios y análisis sobre las normas y procedimientos electorales y de partidos políticos y sobre el comportamiento electoral general. • Proponer y elaborar proyectos de modificación en materia de normativa electoral y de partidos políticos. • Ejecutar la política de vinculación, cooperación y asistencia técnica electoral con organismos electorales extranjeros, organizaciones internacionales o regionales, Jurisdicciones locales, entidades no gubernamentales y partidos políticos. 4.3.1.2. Tribunal Superior Electoral de la República Federativa de Brasil El artículo 92156 de la Constitución Política de la República Federativa de Brasil ubica al Tribunal Superior Electoral como uno de los órganos de Poder Judicial. 156 Constitución Política de la República Federativa de Brasil. Art. 92. Son órganos del Poder Judicial: I. el Supremo Tribunal Federal; II. el Superior Tribunal de Justicia; III. los Tribunales Regionales Federales y Jueces Federales;
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Conjuntamente con el Tribunal Superior Electoral de Brasil, son también órganos electorales los Tribunales Regionales Electorales, Jueces Electorales y las Juntas Electorales. (Art. 118 de la Constitución de Brasil.)157 El Tribunal Superior Electoral es el máximo organismo en materia electoral de Brasil, el cual posee facultades para organizar y dirigir los procesos electorales como conocer y resolver los diversos recursos legales que se interpongan en materia contencioso-electoral. Se compone de siete ministros elegidos para un período de dos años, con la posibilidad de reelegirse para un período más. (Art. 118 de la Constitución de Brasil.)158 En lo que se refiere a la organización y dirección de los procesos electorales, el artículo 23 del Código Electoral de Brasil encomienda al Tribunal las siguientes funciones: • Fijar las fechas de las elecciones de Presidente y Vicepresidente, senadores y diputados federales, cuando no han sido por la ley. • Determinación de la fecha para las elecciones presidenciales, federales, estatales y municipales. • Fijar las fechas para la realización de consultas populares, plebiscito y referéndum. IV. los Tribunales y Jueces del Trabajo; V. los Tribunales y Jueces Electorales; VI. los Tribunales y Jueces Militares; VII. los Tribunales y Jueces de los Estados, del Distrito Federal y Territorios. Parágrafo único. El Supremo Tribunal Federal y los Tribunales Superiores tienen su sede en la Capital Federal y jurisdicción en todo el territorio nacional. 157 Constitución Política de la República Federativa de Brasil. Art. 118. Son órganos de la Justicia Electoral: I. el Tribunal Superior Electoral; II. los Tribunales Regionales Electorales; III. los Jueces Electorales; IV. las Juntas Electorales. 158 Constitución Política de la República Federativa de Brasil. Art. 119. El Tribunal Superior Electoral se compondrá, mínimamente, de siete miembros, escogidos: I. Mediante elección, por voto secreto: a) tres jueces de entre los Ministros del Supremo Tribunal Federal; b) dos jueces de entre los Ministros del Tribunal Superior de Justicia. 139
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• Aprobar la división de los Estados de Brasil en las zonas electorales o la creación de nuevas zonas. • Absolver consultas en materia electoral. • Autorizar el conteo de votos a los Tribunales Regionales Electorales. • Realizar un informe postelectoral. Al Tribunal, conforme lo establece el artículo 22 del Código Electoral Brasileño, le compete conocer y resolver sobre impugnaciones relacionadas con: • El registro y cancelación de registro de partidos políticos, sus directorios nacionales, y sus candidatos a la Presidencia o Vicepresidencia. • Los conflictos sobre jurisdicción entre los Tribunales Regionales y los Jueces Electorales de los diferentes estados. • La sospecha de impedimento para sus miembros, el Fiscal General y funcionarios de su Secretaría. • Los delitos electorales y comunes que son cometidos por sus propios Jueces y por los Jueces de los Tribunales Regionales. • El recurso de hábeas corpus o interdicto en materia electoral, en relación con actos del Presidente de la República, de los Ministros de Estado, o de los Tribunales Regionales; o un hábeas corpus cuando haya peligro de que se consume un acto de violencia antes de que se pueda presentar el caso ante el juez competente. • Las impugnaciones relativas a las obligaciones impuestas por la ley a los partidos políticos en cuanto a su contabilidad y el origen de sus recursos. • Impugnaciones relativas al cómputo final, a la declaración de validez y a la expedición del certificado de vencedor en la elección de Presidente y Vicepresidente. • Impugnar decisiones de Tribunales Regionales formuladas por partidos, candidatos, ministerio público o partes legítimamente interesadas. • Los recursos contra los propios ministros que no hayan, dentro de treinta días, juzgado los hechos presentados ante ellos. • Dejar sin efecto acciones por causas de inelegibilidad. Los Tribunales Regionales Electorales son organismos electorales que ejercen competencias administrativas y contencioso-electorales dentro de la jurisdic140
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ción de cada uno de los 26159 Estados y Distrito Federal de Brasilia, como lo indica el artículo 120160 de la Constitución brasileña. Los Jueces Electorales son funcionarios públicos elegidos por los Tribunales Electorales Federales, para que se encarguen de hacer cumplir las decisiones y resoluciones del Tribunal Superior y Regional, enjuiciar y sentenciar los delitos electorales y comunes, ordenar el hábeas corpus y mandato judicial en materia electoral, tomar nota de las quejas, instruir a los miembros de los receptores de estar sobre sus trabajos, tomar todas las medidas a su alcance para evitar los actos viciosos de las elecciones, entre otras. Las Juntas Electorales son las mesas de votación integradas por ciudadanos designados por los Tribunales Electorales Federales, y cuyas funciones principales son la recepción de votos de la ciudadanía y la realización de los escrutinios. 4.3.1.3. Órgano Plurinacional Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en el artículo 205 y la Ley del Órgano Electoral Plurinacional en los artículos 2161 y 5162 crearon a este órgano con jurisdicción nacional como una de las funciones o 159
La República Federativa de Brasil se compone de 26 Estados Federales y el Distrito Federal de Brasilia. Los Estados de Brasil son los siguientes: Estado de Acre, Estado de Alagoas, Estado de Amapá, Estado de Amazonas, Estado de Bahía, Estado de Ceará, Estado del Espíritu Santo, Estado de Goiás, Estado de Maranhão, Estado de Mato Grosso, Estado de Mato Grosso del Sur, Estado de Minas Gerais, Estado de Pará, Estado de Paraíba, Estado de Paraná, Estado de Pernambuco, Estado de Piauí, Estado de Río de Janeiro, Estado de Río Grande del Norte, Estado de Río Grande del Sur, Estado de Rondonia, Estado de Roraima, Estado de Santa Catarina, Estado de São Paulo, Estado de Sergipe, Estado de Tocantins. 160 Constitución Política de la República Federativa de Brasil. Art. 120. Habrá un Tribunal Regional en la Capital de cada Estado y en el Distrito Federal. 161 Ley del Órgano Electoral Plurinacional. Artículo 2. (Naturaleza). El Órgano Electoral Plurinacional es un órgano del poder público del Estado Plurinacional y tiene igual jerarquía constitucional a la de los Órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Se relaciona con estos órganos sobre la base de la independencia, separación, coordinación y cooperación. 141
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poderes del Estado boliviano, relacionándose con el Ejecutivo, Legislativo y Judicial bajo los principios de independencia, separación, coordinación y cooperación. El Órgano Electoral Plurinacional de Bolivia conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la ley que lo regula, posee las siguientes competencias: • Organización, dirección, supervisión, administración, ejecución y proclamación de resultados de procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato que se realicen en el territorio del Estado Plurinacional y en los asientos electorales ubicados en el exterior; • Supervisión de los procesos de consulta previa; • Observación y acompañamiento de las asambleas y cabildos; • Supervisión del cumplimiento de las normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos en la elección, designación o nominación de sus autoridades, representantes y candidaturas, en las instancias que corresponda; • Supervisión del cumplimiento de las normas estatutarias de las cooperativas de servicios públicos para la elección de autoridades de administración y vigilancia; • Aplicación de la normativa sobre el reconocimiento, organización, funcionamiento, extinción y cancelación de las organizaciones políticas; • Regulación y fiscalización de elecciones internas de las dirigencias y candidaturas de organizaciones políticas; • Organización, dirección, supervisión, administración y/o ejecución de procesos electorales en organizaciones de la sociedad civil y universidades públicas y privadas, como un servicio técnico y cuando así lo soliciten. • Regulación y fiscalización del patrimonio, origen y manejo de los recursos económicos de las organizaciones políticas, y de los gastos de propaganda en los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato; 162 Ley del Órgano Electoral Plurinacional. Artículo 5. (Función Electoral). La función electoral se ejerce de manera exclusiva por el Órgano Electoral Plurinacional, en todo el territorio nacional y en los asientos electorales ubicados en el exterior, a fin de garantizar el ejercicio pleno y complementario de la democracia directa y participativa, la representativa y la comunitaria.
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• Regulación y fiscalización de la propaganda electoral en medios de comunicación, y de la elaboración y difusión de estudios de opinión con efecto electoral; • Resolución de controversias electorales y de organizaciones políticas; • Diseño, ejecución y coordinación de estrategias y planes nacionales para el fortalecimiento de la democracia intercultural; y • Organización y administración del Servicio de Registro Cívico. En el aspecto institucional, el Órgano Electoral Plurinacional163 está integrado por cinco entidades: • • • • •
El Tribunal Supremo Electoral; Los Tribunales Electorales Departamentales; Los Juzgados Electorales; Los Jurados de las Mesas de Sufragio; Los Notarios Electorales.
En esta estructura el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia es máxima autoridad del órgano Electoral Plurinacional, posee autonomía, independencia, carácter permanente y jurisdicción sobre todo el territorio boliviano, así como en las circunscripciones electorales del exterior. El Tribunal posee tres funciones específicas en materia electoral:164 163
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 205. I. El Órgano Electoral Plurinacional está compuesto por: 1. El Tribunal Supremo Electoral. 2. Los Tribunales Electorales Departamentales. 3. Los Juzgados Electorales. 4. Los Jurados de las Mesas de Sufragio. 5. Los Notarios Electorales. II. La jurisdicción, competencias y atribuciones del Órgano Electoral y de sus diferentes niveles se definen, en esta Constitución y la ley. 164 Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, Artículo 208. I. El Tribunal Supremo Electoral es el responsable de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales y proclamar sus resultados. II. El Tribunal garantizará que el sufragio se ejercite efectivamente, conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de esta Constitución. 143
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales y proclamar sus resultados. • Garantizar el derecho al sufragio. • Organizar y administrar el Registro Civil y el padrón electoral. El Tribunal concentra atribuciones fundamentales referentes a la organización electoral, de registro civil, jurisdiccional, fortalecimiento democrático, sobre legislación electoral y organizaciones políticas, pudiendo resolver en las vías administrativa y contencioso-electoral asuntos como: • Organizar, dirigir, supervisar, administrar y ejecutar los procesos electorales; • Registrar candidaturas, disponer su inhabilitación y otorgar las credenciales a las candidatas y los candidatos que resulten electos en los procesos electorales; • Regular y fiscalizar la contratación y uso de medios de comunicación masiva en la difusión de propaganda electoral en los procesos electorales; • Organizar y administrar el sistema del padrón electoral y el registro civil; • Conocer y resolver los recursos presentados en contra de las resoluciones de los Tribunales Electorales Departamentales. En un sentido amplio, el Tribunal Supremo se encarga de administrar y desarrollar los procesos electorales, la justicia electoral, el registro cívico-electoral, el fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana, así como la auditoría y fiscalización de las organizaciones políticas, sus decisiones en estas materias son de carácter obligatorio e inapelable. Es necesario descartar que el Servicio de Registro Civil forma parte del Tribunal, y se encarga de todo lo referente a la identidad de los ciudadanos bolivianos, el registro civil, los nacimientos, defunciones, matrimonios, padrón electoral, etc. Los Tribunales Electorales Departamentales son las máximas autoridades en materia electoral a nivel departamental, coordinando su trabajo con el Tribunal Supremo Electoral. III. Es función del Tribunal Supremo Electoral organizar y administrar el Registro Civil y el Padrón Electoral. 144
CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
Poseen atribuciones fundamentales referentes a lo electoral, de registro civil, jurisdiccional, fortalecimiento democrático, sobre legislación electoral y organizaciones políticas, dentro de los 9 departamentos que conforman Bolivia: Beni, Chuquisaca, Cochabamba, La Paz, Oruro, Pando, Potosí, Santa Cruz y Tarija. Los jueces electorales son las autoridades judiciales designadas por el Tribunal Electoral Departamental para cumplir las funciones de preservar los derechos y garantías en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato. En lo que se refiere a los jurados de mesas de sufragio, son los ciudadanos designados para constituir las mesas de sufragio, receptar los votos y realizar los escrutinios. Finalmente, los notarios electorales son autoridades electorales designadas por el Tribunal Electoral Departamental para cumplir las funciones de apoyo logístico y operativo y para dar fe de los actos electorales en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato en los recintos que les son asignados. 4.3.1.4. Organización Electoral de la República de Colombia Los organismos electorales de la República de Colombia son establecidos en el artículo 120165 de su Constitución, los cuales son: el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil. Estas dos entidades conforman la organización electoral de Colombia, cumplen tres funciones básicas: • La organización de las elecciones; • La dirección y vigilancia de los procesos electorales; • Velar por el derecho a la identidad de los ciudadanos.
165 Constitución Política de la República de Colombia. Artículo 120. La organización electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la ley. Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
El Consejo Nacional Electoral de Colombia es el órgano estatal encargado de la organización de los procesos electorales, así como conocer y resolver en forma definitiva los recursos que se interpongan en sus decisiones. En otras palabras, el Consejo Nacional Electoral de Colombia concentra las funciones administrativas relativas a la organización de los procesos electorales y contencioso-electoral, como lo determina el artículo 265 de la Constitución de Colombia y el artículo 12 de su Código Electoral. Las principales funciones del Consejo Electoral de Colombia son las siguientes: • Ejercer la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral. • Elegir y remover al Registrador Nacional del Estado Civil. • Conocer y decidir definitivamente los recursos que se interpongan contra las decisiones de sus delegados sobre escrutinios generales y, en tales casos hacer, la declaratoria de elección y expedir las credenciales correspondientes. • Servir de cuerpo consultivo del Gobierno en materias de su competencia, presentar proyectos de acto legislativo y de ley, y recomendar proyectos de decreto. • Velar por el cumplimiento de las normas sobre partidos y movimientos políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. • Distribuir los aportes que para el financiamiento de las campañas electorales y para asegurar el derecho de participación política de los ciudadanos, establezca la ley. • Efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales a que haya lugar. • Reconocer la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos. • Reglamentar la participación de los partidos y movimientos políticos en los medios de comunicación social del Estado. • Colaborar para la realización de consultas internas de los partidos y movimientos para la escogencia de sus candidatos. 146
CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
La Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia es el organismo encargado de la dirección y organización de las elecciones, el registro civil y la identificación de las personas, como lo expresan el artículo 266166 de la Constitución de Colombia y el artículo 26 del Código Electoral Colombiano. Este organismo se vincula con la dirección y organización de los procesos electorales al tutelar el derecho a la identidad de los ciudadanos colombianos, al registrar, custodiar y actualizar el registro civil, domicilio, como todos los actos relativos al estado civil de las personas y dotarles de su cédula de ciudadanía, con lo cual se puede determinar cuántas y cuáles son las personas habilitadas para sufragar y ejercer cargos públicos y ejercer el derecho al voto. Además, este ente cumple una actividad importante para la realización de las elecciones, al elaborar el censo nacional electoral, llevar las estadísticas de naturaleza electoral relacionadas con los resultados obtenidos en los procesos electorales y elaborar los calendarios electorales. El artículo 26 Código Electoral de la República de Colombia asigna a la Registraduría varias funciones: • Organizar y vigilar el proceso electoral. • Señalar y supervisar el trámite para la expedición de las cédulas de ciudadanía y tarjetas de identidad. • Ordenar investigaciones y visitas para asegurar el correcto funcionamiento de la organización electoral. • Dictar las medidas relativas a la preparación, tramitación, expedición de duplicados, rectificación alta, bajas y cancelaciones de cédulas y tarjetas de identidad.
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Constitución de la República de Colombia. Art. 266.- El Registrador Nacional del Estado Civil será elegido por el Consejo Nacional Electoral para un período de cinco años y deberá reunir las mismas calidades que exige la Constitución para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. No podrá ser reelegido y ejercerá las funciones que establezca la ley, incluida la dirección y organización de las elecciones, el registro civil y la identificación de las personas, así como la de celebrar contratos en nombre de la Nación, en los casos que aquella disponga. 147
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Dictar y hacer conocer las resoluciones que fijen los términos para la entrega de los pliegos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales al respectivo Registrador del Estado Civil. • Organizar la difusión de los resultados electorales a medida que se vayan conociendo los escrutinios practicados por las comisiones escrutadoras distritales, municipales y zonales y por los Delegados del Consejo Nacional Electoral. 4.3.1.5. Organismos Electorales de la República de Chile Los organismos responsables en materia electoral en la República de Chile son el Tribunal Calificador de Elecciones y el Servicio Electoral. La Constitución Política de Chile en el artículo 95167 conforma al Tribunal Calificador de Elecciones como un organismo especializado en materia electoral, con carácter autónomo e independiente de toda autoridad o poder, y permanente; posee competencias administrativas y jurisdiccionales electorales. Se encuentra conformado por cinco miembros llamados ministros. Las funciones en materia de administración electoral del Tribunal se refieren a conocer el escrutinio general y de la calificación de las elecciones del Presidente de la República, de Diputados y Senadores, calificar los procesos electorales y plebiscitarios nacionales o comunales, proclamar los resultados electorales, designar a los miembros de los tribunales electorales regionales, reglamentar los procedimientos materia electoral, entre otras (Art. 9 de la Ley Orgánica del Tribunal Calificador de Elecciones de Chile).168 167 Constitución Política de la República de Chile. Artículo 95. Un tribunal especial, que se denominará Tribunal Calificador de Elecciones, conocerá el escrutinio general y de la calificación de las elecciones de Presidente de la República, de diputados y senadores; resolverá las reclamaciones a que dieren lugar y proclamará a los que resulten elegidos. Dicho Tribunal conocerá, asimismo, de los plebiscitos, y tendrá las demás atribuciones que determine la ley. 168 Ley Orgánica del Tribunal Calificador de Elecciones de Chile. Artículo 09. Corresponderá al Tribunal Calificador de Elecciones: a) Conocer del escrutinio general de las elecciones de Presidente de la República, de diputados y senadores y del de los plebiscitos;
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CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
Mientras que las funciones del Tribunal Calificador de Elecciones se circunscriben a resolver las reclamaciones que se interpongan sobre las decisiones de los Tribunales Electorales Regionales, respecto al ejercicio de sus competencias –administrativo-electorales. (Art. 9 de la Ley Orgánica del Tribunal Calificador de Elecciones de Chile.) Los Tribunales Electorales Regionales son organismos electorales descentralizados, que trabajan bajo la directriz del Tribunal Calificador de Elecciones y se ubican en las 15 regiones,169 las cuales son las máximas unidades administrativas que conforman Chile. Estos organismos desempeñan las siguientes funciones, señaladas en el artículo 96170 de la Constitución de Chile y el artículo 10171 de la Ley de los Tribunales Electorales Regionales: b) Resolver las reclamaciones que se interpongan en materias de su competencia; c) Calificar los procesos electorales y plebiscitarios, ya sean nacionales o comunales, y proclamar a quienes resulten electos o el resultado del plebiscito. La proclamación del Presidente electo se comunicará al Presidente del Senado, la de senadores y diputados, a los Presidentes de las respectivas Cámaras, el resultado del plebiscito nacional al Presidente dela República y el del plebiscito comunal, al alcalde respectivo. La circunstancia de que quede alguna repetición de elección, no obstará al envío de las proclamaciones de aquellos a quienes ésta no afecte; d) Nombrar, en conformidad al inciso segundo del artículo 85° de la Constitución Política, a los miembros de los tribunales electorales regionales que sean de su designación; e) Reglamentar los procedimientos comunes que deban aplicar los Tribunales Electorales Regionales, en la forma señalada en el artículo 12 y consultando previamente la opinión de éstos, y f ) Cumplir las demás funciones que le encomienden la Constitución Política y las leyes. 169 Administrativamente Chile se halla dividido en 15 regiones: Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana de Santiago, O’Higgins, Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén, Magallanes. 170 Constitución Política de la República de Chile. Artículo 96. Habrá tribunales electorales regionales encargados de conocer el escrutinio general y la calificación de las elecciones que la ley les encomiende, así como de resolver las reclamaciones a que dieren lugar y de proclamar a los candidatos electos. Sus resoluciones serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones en la forma que determine la ley. Asimismo, les corresponderá conocer de la calificación de las elecciones de carácter gremial y de las que tengan lugar en aquellos grupos intermedios que la ley señale. 171 Ley de los Tribunales Electorales Regionales. Artículo 10.- Corresponde a los Tribunales 149
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Conocer el escrutinio general y la calificación de las elecciones nacionales y seccionales. • Resolver las reclamaciones a que dieren lugar y de proclamar a los candidatos electos. • Calificar las elecciones de carácter gremial y las de los grupos intermedios, que tengan derecho a participar en la designación de los integrantes de los Consejos Regionales de Desarrollo o de los consejos comunales de organizaciones de la sociedad civil, de acuerdo con las respectivas leyes orgánicas constitucionales. • Conocer de las reclamaciones que se interpongan con motivo de las elecciones de carácter gremial. • Declarar las incompatibilidades que deriven de la aplicación de la Constitución Política y las leyes electorales.
Electorales Regionales: 1.°- Calificar las elecciones de carácter gremial y las de los grupos intermedios, que tengan derecho a participar en la designación de los integrantes de los Consejos Regionales de Desarrollo o de los consejos comunales de organizaciones de la sociedad civil, de acuerdo con las respectivas leyes orgánicas constitucionales. Con este objeto, los gremios y grupos intermedios a que se refiere este número deberán comunicar al Tribunal respectivo la realización de toda elección que tenga lugar en ellos, dentro de quinto día de efectuada. La contravención a esta obligación, hará aplicable lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 23. El Tribunal deberá requerir los antecedentes necesarios, dentro del décimo día, contado desde el ingreso en la secretaría del Tribunal de la comunicación aludida en el inciso anterior. 2.°- Conocer de las reclamaciones que se interpongan con motivo de las elecciones de carácter gremial y de las de cualesquiera otros grupos intermedios. En el caso de los grupos intermedios no comprendidos en el número 1.° de este artículo, la reclamación deberá ser formulada por, al menos, diez de sus miembros. 3.°- Declarar las incompatibilidades que deriven de la aplicación del artículo 23 de la Constitución Política y las inhabilidades que, de acuerdo a esa norma constitucional, establezca la ley. 4.°- Cumplir las demás funciones que les encomienden las leyes. La resolución de las calificaciones y reclamaciones comprenderá también el conocimiento de cualquier vicio que afecte la constitución del cuerpo electoral o cualquier hecho, defecto o irregularidad que pudiera influir en el resultado general de la elección o designación, sea que haya ocurrido antes, durante o después del acto eleccionario de que se trate. 150
CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
El Servicio Electoral de Chile es un organismo público y autónomo en materia de administración electoral, especialmente en el manejo y actualización de los registros y padrones electorales, el cual se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Interior. Las principales atribuciones del Servicio Electoral de Chile son las siguientes: • Supervisar y fiscalizar a los organismos electorales establecidos por las leyes electorales. • Velar por el cumplimiento de las normas electorales. • Formar, mantener y actualizar el Registro Electoral. • Determinar el Padrón Electoral y la Nómina de Inhabilitados. • Resolver las solicitudes de cambio de domicilio electoral. • Disponer la compra de los programas y equipos computacionales que utilizará en el cumplimiento de sus funciones. 4.3.1.6
Función Electoral de la República del Ecuador
La Constitución de la República del Ecuador del año 2008 organizó al Estado ecuatoriano en cinco funciones: Legislativa, Ejecutiva, Judicial, de Transparencia y Control Social y Electoral. La Función Electoral del Ecuador se encarga de garantizar el ejercicio de los derechos políticos que se expresan mediante el sufragio, así como los referentes a la organización política del ciudadano (Art. 217172 de la Constitución de la República del Ecuador). 172 Constitución de la República del Ecuador. Art. 217.- La Función Electoral garantizará el ejercicio de los derechos políticos que se expresan a través del sufragio, así como los referentes a la organización política de la ciudadanía. La Función Electoral estará conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral. Ambos órganos tendrán sede en Quito, jurisdicción nacional, autonomías administrativa, financiera y organizativa, y personalidad jurídica propia. Se regirán por principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad y probidad.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
La Función Electoral está conformada por dos organismos especializados en materias de administración electoral y justicia electoral, respectivamente; el Consejo Nacional Electoral es el organismo encargado de la organización y vigilancia de los procesos electorales, mientras que el Tribunal Contencioso Electoral es el ente encargado de administrar justicia en temas electorales. Ambos organismos poseen jurisdicción nacional, autonomía, administrativa, financiera y organizativa, gozan de personalidad jurídica propia y se rigen por los principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, interculturalidad, entre otros. El Consejo Nacional Electoral es el organismo encargado de realizar actividades administrativo-electorales como la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales a escala nacional y seccional y aquellos que se refieren a la realización de consultas populares, referéndums y revocatorias de mandato. Este ente se halla integrado por cinco consejeros. El artículo 219 de la Constitución y el artículo 25 del Código de la Democracia de Ecuador fijan como principales funciones del Consejo Nacional Electoral a las siguientes: • Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. • Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. • Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. • Garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas. • Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso Electoral. • Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. • Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 152
CAPÍTULO IV
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• Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. • Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las organizaciones políticas. • Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que correspondan. • Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil. • Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político-electoral. El Tribunal Contencioso Electoral es el organismo encargado de administrar justicia en materia electoral y dirimir los conflictos internos de las organizaciones políticas, cuyas sentencias son de última y definitiva instancia. Este ente está conformado por cinco jueces. El artículo 221 de la Constitución y el artículo 70 del Código de la Democracia de Ecuador fijan como principales funciones del Tribunal Contencioso Electoral, las siguientes: • Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. • Sancionar por incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. • Determinar su organización, formular y ejecutar su presupuesto. 4.3.1.7. Comisión Electoral de la República Cooperativa de Guyana La Comisión Electoral de Guyana es un órgano de carácter permanente y autónomo, encargado de la administración, organización, desarrollo y conclusión de los procesos electorales en este país. Se encuentra conformada por un presidente y seis comisionados, todos estos aspectos son establecidos en los 153
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artículos 162 y 266 de la Constitución de Guyana y su Ley de Elecciones (Elections Laws). Las principales funciones que desempeña la Comisión Electoral de Guyana son las siguientes: • Organización y supervisión de los procesos electorales. • Inscripción de votantes, el mantenimiento de la lista de votantes y la administración de todas las elecciones de los gobiernos nacionales, regionales y locales dentro del marco legislativo. • Convocar a elecciones generales, regionales y locales. • Determina la ubicación de las mesas de votación y centros de escrutinio. • Realizar la asignación de los votantes a los colegios electorales. • Designar a sus funcionarios permanentes y temporales. • Se encarga del registro civil y de la emisión de tarjetas de identificación nacional. • Realizar el registro de partidos políticos para que participen en las elecciones generales, regionales y locales. • Absolver consultas de los partidos políticos en temas relacionados con la celebración de elecciones y otros asuntos de importancia electoral. • Celebrar convenios de cooperación con organismos internacionales. • Aprobar la realización de misiones de observación electoral. 4.3.1.8. Justicia Electoral de la República de Paraguay La Constitución Nacional de la República del Paraguay en los artículos 273 y 274 establece a la Justicia Electoral como el conjunto de organismos públicos encabezados por el Tribunal Superior de Justicia Electoral, los cuales orgánicamente se encuentran formando parte del Poder Judicial y tienen como misión fundamental el desarrollo de los aspectos administrativos y jurisdiccionales en materia electoral. 173
Constitución Nacional de la República del Paraguay. Artículo 273 - DE LA COMPETENCIA. La convocatoria, el juzgamiento, la organización, la dirección, la supervisión y la vi154
CAPÍTULO IV
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Como indica el artículo 273173 de la Constitución de Paraguay, a la Justicia Electoral le corresponde convocar, juzgar, organizar, dirigir, supervisar los procesos electorales de elección de dignidades públicas, la realización de consultas populares y el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos. En forma más amplia el artículo 3174 de la Ley n.º 635/95 que reglamenta la Justicia Electoral, le otorga las siguientes funciones administrativas y jurisdiccionales: • En los conflictos derivados de las elecciones generales, departamentales, municipales y de los tipos de consulta popular establecidos en la Constitución. • En las cuestiones relativas al Registro Cívico Permanente. • En las contiendas que pudieran surgir en relación con la utilización de nombres, emblemas, símbolos y demás bienes incorporales de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales. gilancia de los actos y de las cuestiones derivados de las elecciones generales, departamentales y municipales, así como de los derechos y de los títulos de quienes resulten elegidos, corresponden exclusivamente a la Justicia Electoral. Son igualmente de su competencia las cuestiones provenientes de todo tipo de consulta popular, como asimismo lo relativo a las elecciones y al funcionamiento de los partidos y de los movimientos políticos. 174 Artículo 3º.- Competencias. La Justicia Electoral entenderá: a) En los conflictos derivados de las elecciones generales, departamentales, municipales y de los tipos de consulta popular establecidos en la Constitución; b) En las cuestiones relativas al Registro Cívico Permanente; c) En las contiendas que pudieran surgir en relación a la utilización de nombres, emblemas, símbolos y demás bienes incorporales de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales; d) En todo lo atinente a la constitución, reconocimiento, organización, funcionamiento, caducidad y extinción de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales; e) En las cuestiones y litigios internos de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales, los que no podrán ser llevados a la Justicia Electoral sin antes agotar las vías estatutarias y reglamentarias internas de cada partido, movimiento político o alianza electoral; f ) En las faltas previstas en el Código Electoral; g) En los amparos promovidos por cuestiones electorales o relativas a organizaciones políticas; y h) En el juzgamiento de las cuestiones derivadas de las elecciones de las demás organizaciones intermedias previstas en las Leyes. 155
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• En todo lo atinente a la constitución, reconocimiento, organización, funcionamiento, caducidad y extinción de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales. • En las cuestiones y litigios internos de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales, los que no podrán ser llevados a la Justicia Electoral sin antes agotar las vías estatutarias y reglamentarias internas de cada partido, movimiento político o alianza electoral. • En las faltas previstas en el Código Electoral. • En los amparos promovidos por cuestiones electorales o relativas a organizaciones políticas. • En el juzgamiento de las cuestiones derivadas de las elecciones de las demás organizaciones intermedias previstas en las leyes. La Justicia Electoral de Paraguay se encuentra conformada por el Tribunal Superior de Justicia Electoral, por los Tribunales Electorales, los Juzgados Electorales, las Fiscalías Electorales, la Dirección del Registro Electoral y los Organismos Electorales Auxiliares. El Tribunal Superior de Justicia Electoral es el máximo organismo electoral de Paraguay, teniendo a su cargo todas las fases del proceso electoral como todos los asuntos relativos concernientes al funcionamiento de las organizaciones políticas. Se encuentra conformado de tres miembros, elegidos por el Parlamento paraguayo. Las decisiones del Tribunal pueden ser revisadas por la Corte Suprema de Justicia de Paraguay mediante el recurso extraordinario de inconstitucionalidad. Las principales funciones del Tribunal Superior Electoral contempladas en el artículo 6, Ley n.º 635/95 que reglamenta la Justicia Electoral, son las siguientes: • Convocar, dirigir y fiscalizar las elecciones y consultas populares y efectuar el cómputo y juzgamiento de los resultados de los comicios y proclamar a quienes resulten ganadores. • Autorizar la confección de los registros y boletas de sufragio. • Ejercer la superintendencia sobre toda la organización electoral. 156
CAPÍTULO IV
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• Resolver los recursos de reposición, aclaratoria o ampliatoria interpuestos contra sus decisiones, las emitidas por los Tribunales Electorales y la Dirección del Registro Electoral. • Juzgar las cuestiones y litigios internos de carácter nacional de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales. • Distribuir a los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales los espacios gratuitos de propaganda electoral. • Distribuir a los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales los aportes y subsidios estatales. • Declarar, en última instancia y por vía de apelación, la nulidad de las elecciones a nivel departamental o distrital, así como de las consultas populares. • Declarar, a petición de parte y en instancia única, la nulidad de las elecciones y consultas populares a escala nacional. • Resolver en única instancia sobre la suspensión de los comicios de carácter nacional, departamental o municipal. • Suministrar a los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales y movimientos internos las informaciones y copias de los padrones e instrumentos públicos que le fueren solicitados. Como parte de la Justicia Electoral de la República de Paraguay, la Dirección del Registro Civil lleva adelante la parte administrativa en lo referente a la conformación de los padrones electorales de manera que los ciudadanos puedan participar en las elecciones nacionales, departamentales y municipales, realizando también emisión, distribución y control de los documentos relativos al nacimiento y defunción de las personas. Así también, la Dirección de Partidos Políticos realiza el registro de las organizaciones políticas y alianzas electorales reconocidos por el Tribunal. Los Tribunales Electorales departamentales son organismos electorales desconcentrados ubicados en cada uno de los 17 departamentos y la capital Asunción,175 en los cuales es el encargado de dirigir y fiscalizar las elecciones 175
Administrativamente Paraguay está dividido en 17 departamentos y un Distrito Capital, Asunción; los departamentos son: Concepción, San Pedro, Cordillera, Guaira, Caaguazú, 157
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
realizadas en su jurisdicción como de resolver los recursos legales que se interpongan en contra de sus decisiones. Los Jueces Electorales se encuentran ubicados en cada una de las capitales de los departamentos de Paraguay, y se encargan de los siguientes aspectos: • Organizar, dirigir y fiscalizar las elecciones y consultas populares en sus respectivas jurisdicciones. • Designar los locales de votación y a los integrantes de las mesas electorales. • Recibir y organizar la distribución de todos los materiales, útiles, equipos y documentos requeridos para la celebración de las elecciones. • Recibir de las Juntas Cívicas las actas y padrones utilizados en las elecciones y entregarlos a los Tribunales Electorales. • Disponer la adopción de medidas de seguridad policial que garanticen el normal desarrollo del proceso eleccionario. • Acreditar a los apoderados y veedores de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales. • Inscribir las candidaturas a intendentes, concejales municipales y sus apoderados. • El control de los espacios acordados a los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales, en los medios de comunicación social, para la propalación de la propaganda electoral. • Fiscalizar los actos preparatorios y las elecciones internas de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales. Los fiscales electorales actúan en cada departamento del Paraguay y tienen como funciones principales el actuar de oficio o a instancia de parte en las faltas electorales, participar del control patrimonial y la fiscalización del funcionamiento de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales. La Dirección del Registro Electoral se encarga de todo lo relativo a la confección, actualización y depuración de los padrones electorales, registro de naCaapá, Itapúa, Misiones, Paraguarí, Alto Paraná, Central, Ñeembucú, Amambay, Canindeyú, Presidente Hayes, Alto Paraguay. 158
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turalizaciones, registro de ciudadanos inhabilitados para el ejercicio de sus derechos políticos y padrones de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales. Mientras que los organismos electorales auxiliares se refieren a las juntas cívicas o mesas de votación, que son integradas por ciudadanos para la recepción de los sufragios el día de las elecciones. 4.3.1.9. Sistema Electoral de la República de Perú La Constitución Política de la República del Perú, en los artículos 176176 y 177177 establecen que su sistema electoral se encuentra conformado por tres instituciones: el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Estos tres organismos tienen como función principal que los procesos electorales se desarrollen con transparencia y eficacia, de manera que permitan a los ciudadanos mediante su voto incidir en las decisiones públicas y que los escrutinios sean reflejo de la voluntad del elector expresada en votaciones directas. El Jurado Nacional de Elecciones del Perú es el organismo encargado de administrar e impartir justicia electoral y fiscalizar la legalidad de los procesos electorales. Está conformado por cinco miembros que componen el Pleno de la institución. 176 Constitución Política de la República del Perú. Artículo 176.- El sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa. Tiene por funciones básicas el planeamiento, la organización y la ejecución de los procesos electorales o de referéndum u otras consultas populares; el mantenimiento y la custodia de un registro único de identificación de las personas; y el registro de los actos que modifican el estado civil. 177 Constitución Política de la República del Perú. Artículo 177°.- El sistema electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones; la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Actúan con autonomía y mantienen entre sí relaciones de coordinación, de acuerdo con sus atribuciones.
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El artículo 178 de la Constitución del Perú le confiere las siguientes funciones: • Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, así como también la elaboración de los padrones electorales. • Mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas. • Velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral. • Administrar justicia en materia electoral. • Proclamar a los candidatos elegidos, el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes. • Tiene iniciativa en la formulación de las leyes en materia electoral. La Oficina Nacional de Procesos Electorales es el organismo encargado de organizar y ejecutar los procesos electorales. Se encarga también de ejercer control sobre las organizaciones políticas en aspectos como la verificación de las firmas de adherentes a las organizaciones políticas, su actividad económicofinanciera, y brindar capacitación en materia electoral a estas entidades. Además, desarrolla actividades de capacitación y difusión en materias electorales y cívicas dirigidas a los ciudadanos. (Art. 182 de la Constitución del Perú.)178 Al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil le corresponde preparar y actualizar el padrón electoral en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así mismo se encarga de la inscripción de los nacimien178
Constitución Política de la República del Perú. Artículo 182.- El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura por un período renovable de cuatro años. Puede ser removido por el propio Consejo por falta grave. Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas para los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. Le corresponde organizar todos los procesos electorales, de referéndum y los de otros tipos de consulta popular, incluido su presupuesto, así como la elaboración y el diseño de la cédula de sufragio. Le corresponde asimismo la entrega de actas y demás material necesario para los escrutinios y la difusión de sus resultados. Brinda información permanente sobre el cómputo desde el inicio del escrutinio en las mesas de sufragio. Ejerce las demás funciones que la ley le señala. 160
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tos, matrimonios, divorcios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil. (Art. 183 de la Constitución del Perú.)179 4.3.1.10. Consejo Electoral Independiente de la República de Surinam El Consejo Electoral Independiente de Surinam es un organismo autónomo, independiente y de carácter permanente, cuya autoridad y funciones son señaladas en la Ley Electoral de Surinam de 1987, la cual estructura todo lo relacionado con los procesos electorales. El Consejo se encuentra integrado por tres miembros principales y tres suplentes, quienes permanecen seis años en sus funciones y son elegidos por el Parlamento de Surinam. La principal función del Consejo Electoral Independiente es organizar y supervisar los procesos electorales, como declarar los resultados de los mismos. Además, la Ley Electoral de 1987 asigna al Consejo las siguientes funciones: • Supervisar la distribución de las tarjeras de votación (papeletas) en los diversos recintos electorales o centros de votación. • Regular los sondeos de opinión electoral. • Ejercer el control de las actividades electorales en los centros de votación durante la jornada electoral. 179 Constitución Política de la República del Perú. Artículo 183.- El Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura por un período renovable de cuatro años. Puede ser removido por dicho Consejo por falta grave. Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas para los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones. El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil tiene a su cargo la inscripción de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones, y otros actos que modifican el estado civil. Emite las constancias correspondientes. Prepara y mantiene actualizado el padrón electoral. Proporciona al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Mantiene el registro de identificación de los ciudadanos y emite los documentos que acreditan su identidad. Ejerce las demás funciones que la ley señala.
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• Designar a los miembros de las mesas de votación. • Elaborar y actualizar el registro electoral. • Inscribir a los partidos políticos y a los candidatos que se presenten a elecciones. • Resolver en vía administrativa los recursos presentados por los ciudadanos y organizaciones políticas sobre sus actuaciones. 4.3.1.11. Corte Electoral de la República Oriental del Uruguay La Corte Electoral de Uruguay es el organismo público, autónomo, permanente encargado de la organización y fiscalización de los procesos electorales como son las elecciones, referéndums y plebiscitos. (Art. 322180 de la Constitución de Uruguay.) En forma más amplia, la Ley del Registro Cívico Nacional y la Ley de Elecciones de Uruguay señalan que sus principales funciones son: • Organizar, formar y guardar el Registro Cívico Nacional y el Archivo Nacional Electoral. • Realizar el registro de partidos políticos y candidaturas. • Ejercer la superintendencia sobre todos los organismos de carácter electoral. • Conocer todas las apelaciones y reclamos que se produzcan sobre actos y procedimientos electorales y fallar sobre ellos en última instancia. • Designar los miembros de las comisiones receptoras del voto. • Seleccionar los locales que servirán como centros de votación. 180 Constitución de la República Oriental del Uruguay. Artículo 322.- Habrá una Corte Electoral que tendrá las siguientes facultades, además de las que se establecen en la Sección III y las que le señale la ley: A) Conocer todo lo relacionado con los actos y procedimientos electorales. B) Ejercer la superintendencia directiva, correccional y económica sobre los órganos electorales. C) Decidir en última instancia sobre todas las apelaciones y reclamos que se produzcan, y ser el juez de las elecciones de todos los cargos electivos, actos de plebiscito y referéndum.
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• Proponer al Poder Ejecutivo las providencias necesarias que a éste corresponda, disponer que las elecciones se realicen en el tiempo y forma que señala la Constitución y para que se observe en ellas lo que disponen las leyes electorales. • Asignar escaños. • Dictaminar los reglamentos necesarios para su funcionamiento y el de sus dependencias. Todas estas funciones son de gestión electoral y de control electoral, puesto que ante la Corte Electoral se elabora el registro cívico nacional (padrón electoral) donde constan los ciudadanos aptos para ejercer el derecho al voto; entrega a los ciudadanos la credencial cívica (documento de identidad) para que ejerzan su derecho al sufragio; así mismo ante este organismo los candidatos a dignidades públicas deben inscribir sus candidaturas para participar en las elecciones, elaboración de circuitos electorales, etc. La Corte Electoral ejerce funciones contencioso-electorales al decidir en última instancia sobre todas las apelaciones y reclamos acerca de los actos y procedimientos electorales emitidos por este organismo o por las Juntas Electorales Departamentales, como son por ejemplo el resultado de una elección, la elegibilidad de un ciudadano para un cargo de elección popular, o sobre la procedencia de realizar o no un plebiscito o referéndum la Ley de Elecciones de Uruguay. Finalmente, la Corte Electoral de Uruguay ejerce la dirección de las Juntas Electorales Departamentales, las cuales son órganos electorales desconcentrados ubicados en los 19 departamentos de Uruguay181 y que tienen la dirección local de los actos y procedimientos electorales.
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Uruguay se encuentra dividido administrativamente en 19 departamentos: Montevideo, Canelos, Maldonado, Salto, Colonia, Paysandú, San José, Rivera, Tacuarembó, Cerro Largo, Soriano, Artigas, Rocha, Florida, Lavalleja, Durazno, Rio Negro, Treinta y Tres y Flores. 163
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4.3.1.12. Poder Electoral de la República Bolivariana de Venezuela La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expedida en el año 1999, abandonó la clásica división tripartita de los poderes o las funciones del Estado, dividiendo en cinco poderes al Estado venezolano: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, del Poder Ciudadano y Electoral. El Poder Electoral de Venezuela es ejercido por el Consejo Nacional Electoral y sus órganos dependientes: la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, rigiéndose el trabajo de todos estos organismos por los principios de igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia, eficiencia de los procesos electorales, tutela del derecho al sufragio y la representación proporcional. (Art. 292 de la Constitución de Venezuela.)182 Es necesario señalar que estas entidades cumplen funciones de gestión electoral, control electoral y registro e identificación de los electores, puesto que desarrollan actividades como la organización de los procesos electorales, recepción de y conteo de votos, control de la organización y actividades de los partidos políticos, realización del registro electoral, etc. En lo que se refiere a la jurisdicción contencioso-electoral, es ejercida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, la cual forma parte del Poder Judicial. (Art. 297 de la Constitución.)183 La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el artículo 293 establece las siguientes funciones del Poder Electoral:
182 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Art. 292. El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector, y son organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva. 183 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Art. 297. La jurisdicción contencioso electoral será ejercida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determine la ley.
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• Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan. • Formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrará autónomamente. • Dictar directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político-electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas. • Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones. • La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos. • Organizar, administrar, dirigir y vigilar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley. Así mismo, podrán organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de estas o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios. • Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral. • Organizar la inscripción y registro de las organizaciones con fines políticos y velar porque estas cumplan las disposiciones sobre su régimen, establecidas en la Constitución y en la ley. En especial, decidirá sobre las solicitudes de constitución, renovación y cancelación de organizaciones con fines políticos, la determinación de sus autoridades legítimas y sus denominaciones provisionales, colores y símbolos. • Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con fines políticos. El Consejo Nacional Electoral de Venezuela es el órgano rector del Poder Judicial de ese país, caracterizado por ser una entidad de carácter permanente, autónoma e independiente del resto de poderes públicos. Está integrado por cinco miembros llamados rectores o rectoras electorales, quienes son designados por la Asamblea Nacional de Venezuela (Poder Legislativo).
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La función principal del Consejo Electoral es garantizar el cumplimiento de los derechos de participación política, entre ellos el sufragio, así como direccionar y normar las actividades de sus organismos subalternos. La Ley Orgánica del Poder Electoral, por intermedio del artículo 33, le asigna al CNE las siguientes funciones principales: • Organizar, administrar, supervisar y vigilar los actos relativos a los procesos electorales, de referendo y los comicios para elegir funcionarias o funcionarios cuyo mandato haya sido revocado, en el ámbito nacional, regional, municipal y parroquial. • Realizar la convocatoria y fijar la fecha para la elección de los cargos de representación popular, de referendos y otras consultas populares. • Destinar los recursos necesarios para la realización de campañas institucionales, de información y de divulgación, para la cabal comprensión de los procesos electorales, de referendos y otras consultas populares. • Totalizar, adjudicar, proclamar, con base en las actas de escrutinio, y extender la credencial a la candidata electa o candidato electo a la Presidencia de la República, Diputadas y Diputados a la Asamblea Nacional, Diputadas o Diputados por la representación indígena a la Asamblea Nacional, Parlamento Latinoamericano. • Participar a las autoridades que corresponda, las proclamaciones que realice y publicar los resultados de todas las elecciones y referendos en la Gaceta Electoral. • Determinar el número y ubicación de las circunscripciones electorales, centros de votación y mesas electorales. • Acreditar a las observadoras y los observadores nacionales o internacionales en los procesos electorales, referendos y otras consultas populares de carácter nacional. • Garantizar la oportuna y correcta actualización del registro electoral, en forma permanente e ininterrumpida. • Establecer las directrices vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político-electoral, y aplicar sanciones cuando estas directrices no sean acatadas. 166
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• Garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y estatutarias referidas a la conformación y democratización del funcionamiento de las organizaciones con fines políticos. • Garantizar y promover la participación de las ciudadanas y los ciudadanos en los procesos electorales, de referendos y otras consultas populares. • Determinar y regular todo lo relacionado con la financiación de las campañas electorales nacionales. • Conocer los recursos previstos en las leyes electorales y resolverlos oportunamente. • Conocer y resolver las quejas y reclamos de acuerdo con esta ley o con cualquier otra disposición legal que le atribuya esta competencia. La Junta Nacional Electoral es un órgano subordinado del Consejo Nacional Electoral y tiene a su cargo la dirección, supervisión y control de todos los actos relativos al desarrollo de los procesos electorales. La Comisión de Registro Civil y Electoral es un órgano subalterno del Consejo Nacional Electoral de Venezuela, el cual se encarga de la elaboración y actualización permanente de registro del estado civil de los ciudadanos como registro civil y electoral. Finalmente, la Comisión de Participación Política y Financiamiento es el órgano subalterno del Consejo Electoral de Venezuela encargado de estimular y promover la participación ciudadana en los asuntos públicos; la formación, organización y actualización del registro de inscripciones de organizaciones políticas. Así mismo se encarga de controlar, regular e investigar los fondos de las organizaciones políticas y el financiamiento de las campañas electorales. 4.4. Desarrollo Histórico del CEU El CEU tuvo dos etapas en su evolución: la primera, que transcurre en el período 2009-2012, en el que se realizaron cuatro reuniones de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur tendientes a 167
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promover la creación del Consejo e incorporarlo a la institucionalidad de la Unasur mediante la redacción del proyecto estatuto y la normativa para las observaciones electorales como la realización de las gestiones ante el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores para la aprobación de estos documentos. La segunda etapa del CEU, desde el año 2012 hasta la actualidad, está caracterizada por el nacimiento propiamente dicho del organismo, así como la organización de sus aspectos operativos (Plan de Acción Bianual) y, sobre todo, la organización de misiones de acompañamiento y observación en los procesos electorales de los países miembros de la Unasur. A continuación analizaré los aportes de las reuniones de los organismos electorales suramericanos que conforman el CEU. 4.4.1. Reuniones de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur (2009-2012) Las reuniones que los organismos y autoridades electorales suramericanas celebraron en el período 2009-2012 constituyen la fase de formación del CEU, en la cual estas entidades por primera vez se reunieron y decidieron incluir dentro de la agenda de la integración suramericana la cooperación en materia electoral. Este fue un hecho inédito pues ninguno de los mecanismos de integración subregional anteriores se había propuesto algo semejante. En esta fase, los organismos y autoridades electorales suramericanas acordaron promover la creación del CEU como parte de la institucionalidad de la Unasur, así como desarrollar acciones conjuntas en materia electoral, específicamente el diseño de los documentos rectores para el desarrollo de las Misiones de Observación y Acompañamiento Electoral, así como el despliegue de dichas misiones en los procesos electorales de los Estados Miembros de la Unasur. Esta primera etapa del CEU se desarrolló dentro del marco del Tratado Constitutivo de la Unasur en lo que se refiere a la cooperación sectorial en materia electoral, pero como tal el CEU no había nacido formalmente, ni había sido 168
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incorporado a la institucionalidad de la Unasur, porque la propuesta debía ser madurada como consensuada y, sobre todo, porque el Tratado Constitutivo no tenía vida jurídica al carecer de la ratificación total por parte de los Parlamentos de los Estados suramericanos, hecho que se producirá recién a mediados del año 2010, lo cual produjo que la creación de la nueva institucionalidad continuó frenada. En este sentido durante el período 2009-2012 se celebraron cuatro reuniones de los organismos electorales suramericanos y dos reuniones de los grupos de trabajo encargados de elaborar el Proyecto de Estatuto del CEU y el proyecto de los criterios y normativas para la observación y acompañamiento electoral, las cuales fueron llevadas a cabo en las siguientes ciudades y años: • I Reunión de los Organismos y Autoridades Electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Caracas-Venezuela, octubre de 2009. • II Reunión de los Organismos y Autoridades Electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Caracas-Venezuela, julio de 2011. • Reunión de los Grupos de Trabajo encargados del diseño de los proyectos de Estatuto del CEU y de los criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional, Asunción-Paraguay, marzo-mayo de 2012. • III Reunión de los Organismos y Autoridades Electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Asunción-Paraguay, mayo de 2012. • IV Reunión de los Organismos y Autoridades Electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Lima-Perú, noviembre de 2012. 4.4.1.1. I Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Caracas-Venezuela, octubre de 2009 La I Reunión de los Organismos y Autoridades Electorales suramericanos, celebrada el 9 de octubre de 2009 en la ciudad de Caracas-Venezuela, contó con la presencia de representantes de las administraciones electorales de Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Guyana, Perú, Uruguay y Venezuela en su calidad de países 169
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miembros de la Unasur, y como observadores de la reunión, los representantes de los organismos electorales de El Salvador y República Dominicana. La decisión más trascendente de los organismos y autoridades electorales suramericanas fue promover la creación del CEU, con los siguientes principios rectores: • • • • • • •
La integración; La cooperación; La colaboración entre pueblos; El fortalecimiento de la democracia; El respeto a la soberanía; La promoción de la participación; La independencia y autonomía de las autoridades electorales.
Para llevar adelante la creación del CEU fue constituida una Comisión Coordinadora, de la cual formaron parte: la Cámara Nacional Electoral y la Dirección Nacional Electoral de Argentina, el Consejo Nacional Electoral, el Tribunal Contencioso Electoral de Ecuador y el Consejo Electoral de Venezuela. A la Comisión Coordinadora se le encomendó consultar, discutir y proyectar el diseño de la estructura y funcionamiento del CEU, así como coordinar el desarrollo de las siguientes actividades acordadas: • Desarrollar criterios comunes para el desarrollo de la observación y acompañamiento de los procesos electorales de los países miembros de la Unasur; • Desarrollar una página web que constituya un sistema de comunicación e intercambio de información sobre el ámbito electoral suramericano. • Promover mecanismos para constituir acuerdos de cooperación; • Creación de un Observatorio Electoral que proporcione a las misiones o grupos de acompañamiento electoral, la información sobre los sistemas y procesos electorales; • Comunicar a la Presidencia Pro Témpore de la Unasur y a los organismos y autoridades de los Estados Miembros, la decisión de crear el CEU. 170
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4.4.1.2. II Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Caracas-Venezuela, julio de 2011 La II Reunión de los organismos y autoridades electorales, celebrada en la ciudad de Caracas-Venezuela el 11 de julio de 2012, contó con la presencia de los representantes de las administraciones electorales de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Venezuela y Uruguay. En esta reunión las administraciones electorales suramericanas reconocieron que la materia electoral constituye un espacio de integración, intercambio y vinculación entre los Estados Miembros de la Unasur, que contribuye a la participación ciudadana y al fortalecimiento de la democracia. En ese sentido acordaron crear el CEU integrado por los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, como una instancia autónoma, funcional y técnica, de cooperación, coordinación, investigación, intercambio, promoción de la participación ciudadana y la democracia, como de organización de misiones de observación o acompañamiento electoral que serán desplegadas previa solicitud de cualquiera de los Estados Miembros de la Unasur. Este criterio se basó en la Declaración de los Cardales-Argentina de mayo de 2010, en la cual los mandatarios suramericanos expresaron su interés y atención sobre la creación del CEU, decidida por las administraciones electorales de la región en octubre de 2009 en Caracas-Venezuela. Basados en esta decisión los organismos electorales suramericanos decidieron remitir su decisión al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno para que el CEU sea incorporado a la institucionalidad de la Unasur. Para respaldar esta decisión trascendental los organismos electorales suramericanos conformaron dos grupos de trabajo, con los siguientes objetivos: • La elaboración del proyecto de Estatuto del CEU, en el cual se determine sus principios, naturaleza, ámbito de actuación, objetivos, estructura, funcionamiento y financiamiento. Este grupo de trabajo fue integrado por los organismos electorales de Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador y Venezuela. 171
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• La redacción del proyecto sobre “Los Criterios y normativa para la observación y el acompañamiento en procesos electorales” que se realicen en los Estados Miembros de la Unasur. Este grupo fue integrado por los organismos electorales de Bolivia, Brasil, Colombia y Uruguay. Otro punto relevante de esta reunión fue que los organismos y autoridades electorales suramericanas expresaron al Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia su interés de organizar una Misión Electoral que participe en el proceso de elección de las altas autoridades del órgano judicial de dicho país, que se realizaron el 16 de octubre de 2011. Sobre la base de lo decidido en esa reunión, el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unasur, mediante resolución del 24 de agosto de 2011, decidieron recomendar al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno la creación del CEU como su incorporación a la institucionalidad del bloque regional; en este sentido acogieron la creación de los dos grupos de trabajo encargados de la elaboración de los documentos normativos antes citados. Entre tanto, el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unasur determinó que las solicitudes para la realización de misiones de observación o acompañamiento electoral deberán ser presentadas por el Estado Miembro en el cual se desarrollara el proceso electoral, por medio de la Presidencia Pro Témpore y al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unasur. En ese sentido, se aprobó la realización de las misiones de observación y acompañamiento electoral en Paraguay, Bolivia y Guyana. Posteriormente, el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, mediante la Declaración del 29 de octubre de 2011, aprobó las recomendaciones del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores respecto de la creación del CEU. Es importante señalar que el 22 de septiembre de 2011, los representantes de los organismos y autoridades electorales de la Unasur se reunieron nuevamente en Caracas-Venezuela, donde elaboraron y aprobaron la estructura básica de las misiones de observación y acompañamiento electoral que 172
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participarían en los procesos electorales celebrados durante 2011 en Paraguay (referéndum constitucional), Bolivia (elecciones judiciales) y Guyana (elecciones generales y regionales). Basados en ese documento, durante esta reunión los organismos y autoridades electorales de los Estados miembros de la Unasur suscribieron los Acuerdos de Acompañamiento Electoral con el Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay y con el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia. 4.4.1.3. Reunión de los grupos de trabajo encargados del diseño de los proyectos de Estatuto del CEU y de los “Criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional”, Asunción-Paraguay, marzo-mayo de 2012 Durante los meses de marzo y mayo de 2012 se reunieron en Asunción del Paraguay, los grupos de trabajo encargados de elaborar el proyecto de Estatuto del CEU y el proyecto de la normativa referente a los criterios y normativas para la observación y acompañamiento electoral. En lo referente al Proyecto de Estatuto del CEU, el grupo de trabajo respectivo conoció las observaciones presentadas por los organismos electorales de Argentina y Venezuela sobre este cuerpo normativo, así mismo se conoció y analizó el proyecto de Estatuto elaborado por la Secretaría General de la Unasur. El texto consensuado del Proyecto de Estatuto del CEU fue aprobado por el grupo de trabajo respectivo y posteriormente sería conocido para su aprobación por los organismos electorales suramericanos en su III reunión que se desarrollaría en Asunción del Paraguay en mayo de 2012. El aporte más importante al texto del proyecto del Estatuto fue entregado por el Consejo Nacional Electoral del Ecuador, el cual propuso que se cree una oficina técnica en materia electoral dentro de la Secretaría General de la Unasur, que articule y coordine las actividades del CEU y sus misiones de observación electoral; dicha propuesta fue apoyada por los demás representantes de los organismos electorales suramericanos. 173
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El grupo de trabajo, encargado de la elaboración del proyecto de criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional, debatió las características y naturaleza de ambas actividades y decidió tomar como base el Acuerdo de Acompañamiento Electoral suscrito con el Organismo Electoral Plurinacional de Bolivia. El texto definitivo del proyecto de los “Criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional”, una vez enriquecido con los aportes de los organismos electorales suramericanos fue aprobado por el grupo de trabajo; posteriormente sería conocido para su aprobación por los organismos electorales suramericanos en su III reunión que se desarrollaría en Asunción del Paraguay en mayo de 2012. En las dos reuniones también se conoció los informes de los grupos de acompañamiento electoral internacional de los organismos y autoridades electorales de la Unasur realizados durante el año 2011, así mismo la Delegación de la República Cooperativa de Guyana hizo la entrega del documento denominado “Lista de verificación y normas para las misiones de observación y acompañamiento, con calificación en escala” para desarrollar de mejor forma el trabajo de las misiones. Finalmente, en la reunión del 7 de mayo de 2012 la Presidencia Pro Témpore de la Unasur hizo la entrega de la invitación de la República Bolivariana de Venezuela en la cual solicita que se conforme una Misión de Acompañamiento y Observación Electoral de la Unasur para presenciar las elecciones presidenciales del 7 de octubre del 2012. 4.4.1.4. III Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Asunción-Paraguay, mayo de 2012 La III Reunión de los organismos y autoridades electorales celebrada en la ciudad de Asunción del Paraguay, el 8 de mayo de 2012, contó con la presencia de los representantes de las administraciones electorales de los doce países suramericanos y de la Secretaría General de la Unasur. 174
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En esta reunión fueron aprobados el Estatuto del CEU y los “Criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional”, los cuales serían elevados a consideración del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unasur. En este contexto el Consejo Nacional Electoral de Ecuador, conjuntamente con la Presidencia Pro Témpore de Unasur y la Secretaría General de Unasur, elaboró una propuesta preliminar sobre la creación de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral, la cual sería debatida en esta y en las posteriores reuniones para enriquecerla con los aportes de los organismos electorales suramericanos. En esta reunión se conoció la invitación de la República Bolivariana de Venezuela en la cual solicitó que se conforme una Misión de Acompañamiento y Observación Electoral de la Unasur para presenciar las elecciones presidenciales del 7 de octubre del 2012, solicitando a su vez al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores que eleve dicha solicitud al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno para su aprobación definitiva. Como consecuencia de esta reunión, el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores mediante las resoluciones n.os 23 y 24, del 11 de junio de 2012 emitidas en Bogotá-Colombia, decidió proponer al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno la incorporación del CEU a la institucionalidad de Unasur, como la aprobación de su Estatuto y de los “Criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional”. Finalmente, por medio de esas dos resoluciones se aprobó la Misión de Acompañamiento y Observación Electoral de la Unasur en la República Bolivariana de Venezuela, para las elecciones presidenciales del 7 de octubre de 2012, como la autorización a la Presidencia Pro Témpore de la Unasur a que suscriba con el Consejo Nacional Electoral de Venezuela el convenio de acompañamiento electoral para dicho proceso electoral.
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4.4.1.5. IV Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, Lima-Perú, noviembre de 2012 La IV Reunión de los organismos y autoridades electorales celebrada en la ciudad de Lima-Perú el 12 y 13 de noviembre de 2012, contó con la presencia de Alí Rodríguez Araque, secretario general de la Unasur y de los representantes de las administraciones electorales de nueve países suramericanos: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela; estuvieron ausentes Brasil y Guyana. El punto más relevante de esta reunión fue el cambio de nombre al documento “Criterios y normativas para el acompañamiento y la observación electoral internacional” por el de “Criterios y normativas para las Misiones Electorales” al cual se agregaron algunas modificaciones de fondo basados en los aportes de los delegados de los organismos electorales suramericanos. Así mismo se realizó una reforma al Estatuto del CEU con lo cual se aprobó definitivamente el texto que sería puesto en consideración del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno. En otros temas, dentro de la reunión se conoció el Informe final de la Misión de Acompañamiento y Observación Electoral de la Unasur en la República Bolivariana de Venezuela, de las elecciones presidenciales del 7 de octubre de 2012, y la solitud del Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica para suscribir un convenio marco de cooperación entre este organismo y la Unasur. 4.4.2. Nacimiento del CEU e incorporación a la institucionalidad de la Unasur Basado en el Estatuto del CEU como los “Criterios y normativas para las Misiones Electorales”, elaborados por los representantes de los organismos electorales suramericanos durante la IV Reunión celebrada en Lima-Perú, en noviembre de 2012, el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores por medio de las resoluciones n.o 23/2012 y n.o 24/2012 decidió elevar al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno para su aprobación definitiva 176
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dichos documentos normativos, como el proyecto de Decisión para incorporar el CEU a la institucionalidad de la Unasur. Todo el proceso desarrollado para la incorporación del CEU a la institucionalidad de la Unasur culminó con éxito cuando el 30 de noviembre de 2012 el Consejo de Jefas y Jefes de Estado de Gobierno, mediante la Decisión n.o 15/2012 integró al Consejo dentro de su institucionalidad y aprobó el Estatuto del Consejo Electoral como los “Criterios y Normativas para la Misiones Electorales.” La decisión tomada por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno marca el nacimiento del CEU, dotándole de vida jurídica, así como de facultades para participar y coordinar actividades dentro del tema electoral entre los organismos electorales suramericanos. Una vez que el CEU nació oficialmente y fue incorporado a la institucionalidad de la Unasur, las autoridades y organismos electorales suramericanos celebraron las siguientes reuniones: • I Reunión Extraordinaria del CEU, Quito-Ecuador, 2 y 3 de diciembre de 2012. • I Reunión Ordinaria del CEU, Lima-Perú, 26 y 27 de agosto de 2013. • II Reunión Extraordinaria del CEU, Guayaquil-Ecuador, 28 de enero de 2014. 4.4.2.1. I Reunión Extraordinaria del CEU, Quito-Ecuador, 2 y 3 de diciembre de 2012 La I Reunión Extraordinaria del CEU significó un hito histórico trascendental, pues es la primera sesión de las autoridades electorales suramericanas como un organismo parte de la Unasur. En este encuentro estuvieron presentes las autoridades y delegados técnicos de los organismos electorales de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela. Además se contó con la presencia de representantes de la Secretaría General de la Unasur y de Roberto Rosario 177
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Márquez, presidente de la Junta Central Electoral de la República Dominicana, en representación de este organismo como de la Unión Interamericana de Organismos Electorales. En esta reunión, las autoridades electorales suramericanas determinaron nuevos objetivos en materia normativa y operativa para el trabajo del organismo, al ser aprobados el Reglamento de las Misiones Electorales y la Declaración de Quito. La Declaración de Quito establece los principios rectores de la acción del CEU, entre los cuales tenemos los siguientes: • Impulsar la democracia, como la máxima expresión participativa e incluyente de la ciudadanía en la toma de decisiones, planificación y gestión de asuntos públicos; • Impulsar la democracia basada en los principios de igualdad, libertad, interculturalidad, plurinacionalidad, respeto a la diferencia, inclusión, paridad de género, transparencia, solidaridad, participación y justicia, de acuerdo con las realidades de cada Estado; • Consolidar y desarrollar mecanismos, instrumentos y procedimientos que ayuden a reconocer, fortalecer y proteger la democracia como fundamento en la toma de decisiones públicas; • Promover la participación de las ciudadanas y los ciudadanos suramericanos, en los diversos espacios e instancias democráticas, con el fin de generar un mayor interés por la política regional; • Contribuir a la construcción de una democracia regional, basada en los valores, culturas y realidades sociales suramericanas, destinada a cubrir las necesidades más elementales de los pueblos, en especial: educación, salud, seguridad alimentaria y social, hábitat y vivienda, comunicación, medioambiente; • Contribuir a la estabilidad político-democrática de los Estados Miembros de la Unión, por medio del respeto a la libre expresión de la voluntad ciudadana; • Presenciar procesos electorales, a efectos de transparencia y legitimidad, en concordancia con la legislación del país anfitrión; 178
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• Fortalecer el rol de las misiones electorales de la Unasur, como mecanismo de cooperación, participación y fortalecimiento del orden democrático en los Estados Miembros; • Destacar la importancia de los programas educativos y de formación en materia electoral, democráticas y de participación ciudadana; • Promover el intercambio de conocimientos y la difusión de la legislación y jurisprudencia en materia de justicia electoral; • Establecer mecanismos de cooperación horizontal entre los órganos electorales de la Unasur en el campo tecnológico, de investigación, educación y modernización de los procesos electorales. Posteriormente, en este encuentro se dio a conocer la aprobación del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, de la Misión Electoral de la Unasur, para las elecciones generales del 17 de febrero de 2013 en la República del Ecuador. Para finalizar, como punto relevante, se suscribieron los convenios de cooperación y asistencia técnica interinstitucional entre el Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador y el Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia, el Consejo Nacional Electoral de la República de Colombia y la Dirección Nacional Electoral de la República Argentina y de la autoridad electoral del Estado Plurinacional de Bolivia y los organismos electorales de la República Argentina. 4.4.2.2. I Reunión Ordinaria del CEU, Lima-Perú, 26 y 27 de agosto de 2013 En este encuentro estuvieron presentes representantes de las autoridades electorales de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela, a más del representante de la Secretaría General de la Unasur. Durante la I Reunión Ordinaria del CEU, celebrada en Lima en el mes de agosto de 2013, fueron aprobados: el Plan de Acción Bianual 2013-2015 y el Reglamento Interno de Funcionamiento del CEU. 179
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Sobre el desarrollo de las misiones electorales de Unasur, los miembros del CEU conocieron los informes de las misiones de observación destinadas a los procesos electorales de los siguientes países: • República Bolivariana de Venezuela - Elecciones presidenciales del 7 de octubre de 2012 y 14 de abril de 2013. • República del Ecuador – Elecciones generales del 17 de febrero de 2013. • República del Paraguay – Elecciones generales del 21 de abril de 2013. En este tema, el CEU acogió la invitación del Consejo Nacional Electoral del Ecuador para participar con una misión electoral en las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014. En lo referente a la materia de capacitación, las autoridades electorales suramericanas acordaron la creación de una red que recopile las ofertas de estudios y capacitación en materia electoral, bajo la coordinación de los órganos electorales de Ecuador, Perú y Bolivia; dicha red tiene como objetivo la creación de una instancia de capacitación y excelencia en el área electoral. Finalmente, en el marco de esta reunión, los organismos electorales suramericanos suscribieron los siguientes convenios de cooperación bilateral: • Convenio entre la Dirección Nacional Electoral de la República Argentina y el Jurado Nacional de Elecciones de la República del Perú. • Convenio marco de cooperación interinstitucional entre el Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia y el Jurado Nacional de Elecciones de la República del Perú. • Convenio marco de cooperación interinstitucional entre el Instituto de Capacitación y Promoción Político Electoral de Ecuador del Consejo Nacional Electoral de Ecuador y el Jurado Nacional de Elecciones de Perú. • Convenio entre el Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia y el Tribunal Supremo Electoral de la República del Paraguay. • Convenio marco de cooperación interinstitucional entre el Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia y el Tribunal Supremo Electoral de la República del Paraguay. 180
CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
• Convenio entre el Tribunal Supremo Electoral del Estado Plurinacional de Bolivia y el Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela. • Convenio marco entre el Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador y el Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela. • Convenio marco entre el Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador y la Oficina Nacional de Procesos Electorales de la República del Perú. 4.4.2.3. II Reunión Extraordinaria del CEU, Guayaquil-Ecuador, 28 de enero de 2014 En este encuentro estuvieron presentes representantes de las autoridades electorales de Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela, a más de los representantes de la Secretaría General y la Presidencia Pro Témpore de la Unasur. Durante ese encuentro se conoció el informe de la Misión Electoral del CEU que participó en las Elecciones Municipales, del 8 de diciembre de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela. Así mismo fueron aprobadas las misiones de observación electoral para los procesos electorales en los siguientes países: • En la República de Colombia para las elecciones parlamentarias del 9 de marzo de 2014 y las elecciones presidenciales del 25 de mayo de 2014. • En el Estado Plurinacional de Bolivia para las elecciones presidenciales y parlamentarias de octubre de 2014. En lo concerniente al Plan Bianual de Trabajo, su texto fue ratificado y se solicitó a la Presidencia Pro Témpoire del CEU que tramite ante Surinam, elevar esta propuesta al próximo Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. En ese sentido los integrantes del CEU decidieron organizar la operatividad del Plan de Trabajo 2013-2015, asignando a organismos electorales interesa181
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dos como puntos focales por cada objetivo específico del plan de la siguiente manera: • El Jurado Nacional de Elecciones del Perú y el Consejo Nacional Electoral de Venezuela impulsarán la sistematización de la normatividad constitucional, legal y reglamentaria de los países miembros en materia electoral, para ser colocada en el portal web correspondiente al CEU. • El Consejo Nacional Electoral de Venezuela ofreció compartir los conocimientos y sistematización de experiencias en la organización de procesos electorales, logística y transmisión de resultados. • El Consejo Electoral Independiente de Surinam se comprometió a desarrollar el objetivo referente a organizar, a solicitud de un Estado Miembro, las misiones electorales de la Unasur. Finalmente, dentro del desarrollo de actividades académicas, la delegación de Chile propuso incorporar el estudio de las nuevas formas de participación ciudadana, enfocada a la presencia pública, activa y presente de las minorías no representadas en la estructura institucional electoral actual, por medio de un Seminario para fines de 2014, con la presencia de filósofos, sociólogos destacados de la región. La delegación de Bolivia propuso incorporar al trabajo del CEU el estudio sobre campaña y propaganda electoral y el estudio de las redes sociales. 4.5. Presentación de la propuesta de creación de una Unidad Técnica de Coordinación Electoral del CEU La propuesta de creación de una Unidad Técnica de Coordinación Electoral del CEU, adscrita a la Secretaría General de la Unasur, fue presentada por el Consejo Nacional Electoral del Ecuador durante la Reunión de los Grupos de Trabajo encargados de las redacciones de los proyectos de estatuto y de criterios para la observación electoral, llevada a cabo el 19 y 20 de marzo de 2012 en Asunción del Paraguay.
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CAPÍTULO IV
CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU)
Dicha propuesta busca la creación de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral, como mecanismo articulador y coordinador de los temas manejados por el CEU. En ese sentido al contar la propuesta del Consejo Nacional Electoral del Ecuador, con el consenso y apoyo unánime de los demás representantes de los Estados Miembros de la Unasur, el grupo de trabajo recomendó la creación de dicha unidad a la Presidencia Pro Témpore y a la Secretaría General de la Unasur. Posteriormente, durante la III Reunión de organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, celebrada el 8 de mayo de 2012 en Asunción del Paraguay, fue elaborado un borrador preliminar sobre la creación de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral, elaborado conjuntamente por la Presidencia Pro Témpore y el Consejo Nacional Electoral del Ecuador, que sería tratado en las siguientes reuniones de los organismos electorales suramericanos. Es importante mencionar que el Informe Técnico Electoral de la “Misión de acompañamiento electoral de la República Bolivariana de Venezuela”, en octubre de 2012, recomendó acoger la propuesta de creación de la Unidad Técnica Electoral en la órbita de la Secretaría General que apoye a este organismo como a la Presidencia Pro Témpore del Consejo Electoral y a las Misiones Electorales. En ese sentido, durante la siguiente reunión del grupo de trabajo electoral celebrada en Lima, durante el 12 y 13 de noviembre de 2012, ratificó la propuesta formulada por el Consejo Nacional Electoral del Ecuador. Por eso, el tema referente a la creación de la Unidad Técnica Electoral fue incluido como uno de los temas de las agendas de la I Reunión Extraordinaria, I Reunión Ordinaria y III Reunión Extraordinaria del CEU, llevadas a cabo en Quito (noviembre 2012), Lima (agosto 2013) y Guayaquil (enero 2014), respectivamente, se siguió por parte de las autoridades y organismos electorales evaluando la viabilidad y conveniencia de la creación de una Unidad Técnica Electoral del Consejo de Unasur, recogiendo también sus aportes y sugerencias para enriquecer la propuesta, que con seguridad será aprobada en 183
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las siguientes reuniones del Consejo Electoral. Los aspectos relevantes de la propuesta de creación de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral del Consejo Nacional Electoral, presentada por el Consejo Nacional Electoral del Ecuador, son los siguientes: • Es una instancia técnica dependiente del CEU con sede permanente en la ciudad de Quito. Sus principales funciones serían: - Prestar apoyo técnico en materia electoral a la Secretaría General de la Unasur. - Brindar asistencia a nivel operativo a la Presidencia Pro Tempore del Consejo Electoral. - Elaborar los documentos para el funcionamiento del CEU. - Colaborar con la Presidencia Pro Témpore del CEU, en organización de misiones de observación y acompañamiento electoral. - Colaborar con la Presidencia Pro Témpore del CEU, en el seguimiento sus actividades. - Presentar planes semestrales sobre su funcionamiento a la Secretaría General de la Unasur. - Facilitar la coordinación de la Secretaría General y la Presidencia Pro Témpore del CEU. • El Consejo Nacional Electoral del Ecuador, ofreció implementar un área específica dentro de sus instalaciones para el funcionamiento de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral. La implementación de la Unidad Técnica de Coordinación Electoral del CEU continúa en estudio por parte de las autoridades y organismos electorales suramericanos, quienes efectuarán aportes a la propuesta realizada por el Consejo Nacional Electoral del Ecuador en las posteriores reuniones del CEU durante el año 2015.
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Capítulo V LOGROS DEL CONSEJO ELECTORAL DE LA UNASUR (CEU) Sumario 5.1. Introducción. 5.2. Elementos básicos sobre la observación electoral internacional. 5.2.1. La observación electoral internacional en Suramérica antes de la conformación de la Unasur y su Consejo Electoral. 5.3. Misiones de observación electoral de la Unasur. 5.3.1. Desarrollo de las misiones de observación electoral de la Unasur. 5.3.1.1. Misión de observación electoral internacional de la Unasur en el Referéndum Nacional Constituyente del 25 enero de 2009, en el Estado Plurinacional de Bolivia. 5.3.1.2. Misión de acompañamiento electoral en el referéndum constitucional del 9 octubre de 2011, en la República del Paraguay. 5.3.1.3. Misión de acompañamiento electoral en las elecciones de las autoridades del órgano judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional del 17 de octubre de 2011, en el Estado Plurinacional de Bolivia. 5.3.1.4. Misión de acompañamiento electoral de la Unasur para las elecciones generales y regionales de la República Cooperativa de Guyana, de noviembre de 2011. 5.3.1.5. Misión de acompañamiento electoral en las elecciones presidenciales del 7 de octubre 2012, en la República Bolivariana de Venezuela. 5.3.1.6. Misión de observación y acompañamiento en las elecciones generales del 17 de febrero de 2013, en la República del Ecuador. 5.3.1.7. Misión de acompañamiento electoral a las elecciones presidenciales de 14 de abril de 2013, en la República Bolivariana de Ve185
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nezuela. 5.3.1.8. Misión de seguimiento electoral en las elecciones generales de la República de Paraguay, de 21 de abril de 2013. 5.3.1.9. Misión de acompañamiento electoral en la elecciones municipales del 8 de diciembre de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela. 5.3.1.10. Misión de acompañamiento y observación electoral en las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014, en la República del Ecuador. 5.3.1.11. Misión de observación electoral en las elecciones parlamentarias del 9 de marzo de 2014 y la elección presidencial del 25 de mayo y 15 de junio de 2014 (primera y segunda vuelta), en la República de Colombia. 5.4. Creación de la Red de Institutos y Escuela de Formación en Democracia de la Unasur. 5.5. Propuesta de creación de una instancia de capacitación y excelencia en material electoral a escala suramericana.
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5.1. Introducción En este capítulo abordo los logros que el CEU ha tenido durante los últimos años, específicamente en la organización y desarrollo de las misiones de observación electoral en los diversos comicios de los países suramericanos, así como el diseño de mecanismos de intercambio de conocimientos entre los centros de capacitación y formación en democracia de Suramérica. 5.2. Elementos básicos sobre la observación electoral internacional La observación electoral internacional puede ser definida como la presencia que realiza una delegación integrada por representantes de organismos gubernamentales, intergubernamentales u organizaciones no gubernamentales, a un país donde se celebra un proceso electoral, con la finalidad de sistematizar la información relevante sobre los comicios, con el propósito de evaluar el desarrollo del mismos y entregar conclusiones y recomendaciones al organismo electoral que los organiza. Al respecto Pinilla (2009) sostiene lo siguiente: “La Observación Electoral Internacional generalmente es definida como la búsqueda sistemática de información en relación con un proceso electoral, con el propósito de llegar a una adecuada evaluación del mismo, basada en la información recopilada.”184 Complementado lo expresado anteriormente, el Diccionario Electoral del Centro de Asesoría y Promoción Electoral define a la observación electoral internacional de la siguiente manera: “La observación internacional de las elecciones es un término que se emplea para describir una visita realizada por una delegación gubernamental, intergubernamental o no-gubernamental a un país en el cual se celebran elecciones.”185
184 Pinila, Erasmo (2009). “La observación nacional e internacional de las elecciones”. Revista Mundo Electoral n.º 2, enero de 2009, Tribunal Electoral de Panamá, p. 11. 185 Centro de Asesoría y Promoción Electoral (1997). Diccionario de Derecho Electoral. San José de Costa Rica, p. 502.
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La observación electoral internacional se desarrolla durante las fases pre-electoral, electoral y post-electoral, evaluando aspectos como la organización de las elecciones, los centro de votación, la capacitación a los ciudadanos, el desarrollo de la jornada electoral, la realización de escrutinios, proclamación de resultados, resolución de recursos contenciosos electorales, entrega de credenciales, entre otros. El desarrollo del trabajo de la misión electoral internacional inicia con las invitaciones que el organismo electoral a cargo del proceso electoral realiza a sus organismos pares, organizaciones no gubernamentales o secretarías generales de los procesos de integración, las cuales son cursadas por medio de sus respectivas cancillerías o de manera directa a dichos entes. Luego de la aceptación de la invitación para constituir una misión electoral, se procede a la suscripción de memorados de entendimiento o convenios específicos entre el organismo electoral anfitrión y los organismos invitados. En dichos documentos se definirán aspectos como la duración, cobertura geográfica, recepción de informes, instalación de la misión, etc. Hay que señalar que la observación electoral internacional está regulada por disposiciones legales, reglamentarias o decisiones administrativas de los organismos electorales. Los principales objetivos, según varios tratadistas electorales internacionales, sobre la observación electoral internacional son los siguientes: • Conferirle o no legitimidad al proceso electoral, por medio de la evaluación de todas las etapas del proceso electoral tendiente a determinar la imparcialidad o no del Gobierno o de las autoridades electorales sobre el desarrollo y resultados de los comicios. • Corregir y mejorar el sistema y la organización electoral mediante las recomendaciones contenidas en sus informes. • Contribuir a crear confianza sobre el desarrollo del proceso electoral, consolidar un proceso de retorno al régimen constitucional y limitar la posibilidad de violencia inhibiendo a los actores políticos en generar medidas de hecho contra los comicios. 188
CAPÍTULO V
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• Contribuir a detectar o evitar el fraude electoral. • Propiciar el intercambio de información, experiencias y cooperación entre organismos electorales. 5.2.1. La observación electoral internacional en Suramérica antes de la conformación de la Unasur y su Consejo Electoral En Suramérica en particular, antes de la constitución de la Unasur y su Consejo Electoral la observación de los procesos electorales ha sido desarrollada principalmente por la Organización de Estados Americanos, el Centro de Asesoría y Promoción Electoral, el Consejo de Europa, la Unión Europea y la Organización para la Seguridad y la Cooperación de Europa, Unión Interamericana de Organismos Electorales, mecanismos de integración subregionales y múltiples organizaciones no gubernamentales. En el caso de la Organización de Estados Americanos las misiones de observación electoral son organizadas por la sección de Misiones de Observación Electoral del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral dependiente de la Secretaría de Asuntos Políticos del organismo. Las misiones se han realizado al amparo de la Carta de la Organización de Estados Americanos, su Carta Democrática y la Declaración de Santiago sobre Democracia y Confianza Ciudadana. La primera misión de observación electoral de la Organización de Estados Americanos se desarrolló en 1961 cuando realizó el monitoreo de las elecciones presidenciales de República Dominicana. Posteriormente, la Organización de Estados Americanos entre 1962 y 2010 realizó cerca de 200 misiones de observación electoral en diversos países de Suramérica, Centroamérica y el Caribe, formulando recomendaciones para contribuir al mejoramiento del sistema electoral en sus Estados Miembros. Hay que destacar que la Organización de Estados Americanos, a partir de 1990 diseñó una serie de documentos, metodologías e implementación de tecnologías para el trabajo de sus observadores, como indica Royo (2008): 189
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La Organización de Estados Americanos ha logrado una avanzada tecnología para el desarrollo de las funciones que ejerce el Departamento para la Cooperación y Observación Electoral. En este sentido, se ha elaborado una Manual que incluye los criterios para el cumplimiento de los fines de observación, el cual contiene un cuestionario, normas para la capacitación de los observadores y del personal de los centros de comunicaciones y de informática, así como un documento de indicadores sobre el proceso electoral.186
En lo que se refiere al Centro de Asesoría y Promoción Electoral desde 1983 han realizado 180 misiones de observación electoral en 20 países de Suramérica, Centroamérica y el Caribe, en el marco de la cooperación entre organismos electorales de la región trazado por los Protocolos de Tikal y Quito. Sus misiones de observación han tenido como propósito el fomentar la cooperación horizontal, propiciar el intercambio de experiencias, detectar los requerimientos de apoyo técnico y de reforma electoral de los comicios observados. Como refiere Boneo (2007): “Por vía de la acción del Centro de Asesoría y Promoción Electoral, se ha orientado a analizar la organización de los procesos electorales desde una perspectiva técnica y jurisdiccional, ayudando a los actores electorales rectores de los procesos a identificar áreas de trabajo futuro para el fortalecimiento de los sistemas electorales y de los mismos organismos electorales.”187 El Consejo de Europa, la Unión Europea y la Organización para la Seguridad y la Cooperación de Europa han participado desde 1990 en la observación de procesos electorales de los países suramericanos. La Unión Interamericana de Organismos Electorales es una entidad no gubernamental integrada por 29 organismos electorales de Norteamérica, Centroamérica, Suramérica y el Caribe. Sus decisiones tienen el carácter de 186 Royo, Arístides (2008). “Las misiones electorales de la OEA vistas por un embajador panameño”. Revista Mundo Electoral n.º 3 septiembre de 2008, Tribunal Electoral de Panamá, p. 11. 187 Boneo Horacio, Manuel Carillo y Ricardo Valverde (2008). “La observación (internacional y nacional de las elecciones”. Tratado de Derecho Electoral comparado de América Latina. México D.F.: Fondo de Cultura Económica, p. 1074.
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recomendaciones y orientaciones para los organismos que la integran, en este sentido durante los últimos años ha desplegado sus misiones electorales para monitorear los comicios presidenciales y seccionales de Venezuela, Ecuador, Paraguay realizadas entre los años 2012 y 2014. Respecto a los mecanismos de integración regionales, las misiones de observación electoral han sido desarrolladas por la CAN por intermedio de su Consejo Electoral y Parlamento. En lo referente al Mercosur su Observatorio de la Democracia (ODM) ha realizado esta labor. En lo que se refiere al papel de las Organizaciones No Gubernamentales desde 1983 han venido desarrollando su labor de observación internacional sobre los comicios de los países suramericanos. En esta labor se han destacado ONG como el Grupo Legal Internacional de Derechos Humanos, el Instituto Nacional Demócrata de Asuntos Internacionales, el Instituto Republicano Internacional, la Fundación Internacional de Sistemas Electorales, el Centro Carter, entre otros. 5.3. Misiones de Observación Electoral de la Unasur El Estatuto del CEU en el artículo 3, fija como uno de los objetivos específicos de este organismo el organizar a solicitud de un Estado Miembro, misiones electorales de la Unasur. Los artículos 11 y 12 del Estatuto del CEU establecen los siguientes pasos para la organización y funcionamiento de las misiones electorales: • Las misiones electorales son organizadas ha solicitud o invitación del organismo electoral del Estado Miembro de la Unasur, en el cual van a desarrollarse el proceso electoral, determinado el alcance y cobertura de la misma. • La solicitud o invitación para la organización de la misión electoral debe ser tramitada por las autoridades electorales del Estado solicitante, por medio de la Presidencia Pro Témpore de la Unasur. • Las misiones electorales se realizarán de conformidad con el Acuerdo que suscribirán el organismo electoral del Estado solicitante y la Presidencia Pro Témpore del CEU. 191
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• El Estado solicitante se compromete a garantizar la seguridad, información, desplazamiento y cooperación a los miembros de la misión electoral. • Las actividades de la misión electoral concluirán con la presentación de un informe que contenga conclusiones y recomendaciones sobre el desarrollo del proceso electoral, el que será entregado a las autoridades electorales del Estado solicitante y a la institucionalidad de la Unasur. • Los principios que rigen el desarrollo de las misiones electorales son aquellos contenidos en el Tratado Constitutivo de la Unasur, el Estatuto del CEU y el Reglamento de las Misiones Electorales, los cuales son: el irrestricto respeto a la soberanía de los Estados, el respecto a la autodeterminación de los pueblos, la solidaridad, la cooperación, la paz, promoción, fortalecimiento y vigencia de la democracia, la participación ciudadana, la transparencia, el pluralismo, el respeto a los derechos humanos universales, indivisibles e interdependientes. El Reglamento de las Misiones Electorales de la Unasur, aprobado durante la I Reunión Extraordinaria del CEU en diciembre de 2012, es el instrumento que regula en detalle todos los aspectos referentes al desarrollo de las misiones electorales de la Unasur. Los aspectos más relevantes sobre el trabajo de las misiones electorales contemplados en el Reglamento son los siguientes: Acuerdo para el desarrollo de la misión de observación electoral, el cual será suscrito entre la Presidencia Pro Témpore de la Unasur y el organismo electoral anfitrión; en este documento se acordará el período de duración, la naturaleza, alcance y actividades a presenciar por la misión. Conformación de la misión, el Reglamento en los artículos 2 y 3 establece que las misiones de observación electoral estarán conformadas por un Coordinador General, un Representante Especial de la Unasur, asesores técnicos, personal de apoyo administrativo y personal diplomático. El número máximo de integrantes de la misión es de 44 delegados, pudiendo cada organismo electoral del Estado Miembro designar 4 representantes.
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Los miembros de la misión deben estar en el territorio del país anfitrión cinco días antes de la fecha de elecciones, para el despliegue de la misión y la observación de la jornada electoral. El Coordinador General de la Misión es elegido por el CEU de entre las autoridades electorales suramericanas, quien no deberá ser ciudadano del Estado que organiza el proceso electoral. Las principales funciones del Coordinador General de la Misión son las siguientes: • Definir, junto con el Representante Especial, el programa general de la Misión; • Organizar la sede de la Misión; • Asignar las responsabilidades al grupo base; • Determinar las verificaciones previas a la jornada electoral a realizar; • Aprobar, junto con el Representante Especial y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, las propuestas de asesores técnicos que formulen los miembros del Consejo Electoral; • Establecer con el Representante Especial, el cronograma de adquisiciones, alquileres de equipo y gastos operativos, eventuales desde la instalación de la Misión electoral de la Unasur los que serán realizados por medio de la Oficina de Apoyo Administrativo de la Secretaría General de la Unasur; • Coordinar las reuniones internas de la Misión; • Definir las metodologías de verificación en la jornada electoral y el formato para realizarlas, informarlas y procesarlas; • Definir y asignar los destinos y rutas de la jornada electoral en consulta con los miembros de la Misión que participen en una reunión general días antes de la jornada electoral. El Representante Especial de la Unasur es designado por la Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unasur y desempeña las siguientes funciones como parte de la misión de observación electoral: • Representar, con el apoyo del Coordinador General Electoral, a la Misión ante los organismos del país anfitrión; 193
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Mantener contacto con los embajadores de los países miembros de Unasur, acreditados ante el país anfitrión; • Ser portavoz de la Misión, con el apoyo del Coordinador General Electoral; • Definir, conjuntamente con el Coordinador General Electoral, la integración del grupo base; • Determinar conjuntamente con el Coordinador General Electoral, la aplicación de los recursos asignados a la Misión, los que serán gestionados por medio de la Oficina de Apoyo Administrativo; • Recibir, conjuntamente con los otros integrantes de la Misión, informes y mantener contactos con autoridades electorales locales, actores políticos, vinculados de una forma u otra al proceso electoral; entidades académicas, actores sociales y otras misiones; medios periodísticos y toda otra entidad o personalidad que considere oportuna. Los asesores técnicos son personal de apoyo en aspectos específicos del desarrollo del proceso electoral, los cuales provienen de los organismos electorales suramericanos para que presten su contingente a la misión de observación electoral. El personal de apoyo administrativo se refiere a funcionarios de la Secretaría General de Unasur que prestan su apoyo a la misión de observación electoral; también pueden ser funcionarios de las cancillerías suramericanas designados para este fin. El personal diplomático se refiere a los funcionarios diplomáticos y el personal de las embajadas de los Estados Miembros de la Unasur acreditadas ante el país anfitrión, quienes prestarán su apoyo al trabajo de la misión. Etapas de la Misión: la Misión desarrollará su trabajo en la siguientes etapas: 1) Visita preliminar, 2) Recepción de informes, 3) Instalación de la Misión, 4) Presencia en procesos destacados, 5) Despliegue y 6) Presencia en la jornada electoral. • Durante la visita preliminar el Representante Especial de la Unasur y el Coordinador General de la Misión tomarán contacto con las autoridades electorales del país anfitrión y los actores políticos. 194
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• En la etapa de recepción de informes previo a la jornada electoral, el Coordinador General de la Misión recibirá toda la información relevante sobre el proceso electoral, la que será proporcionada por el organismo electoral anfitrión, y posteriormente será distribuida y analizada por los demás miembros de la misión. • Durante la instalación de la Misión, el Coordinador General y el Representante Especial de la Unasur, previo al proceso electoral iniciarán sus actividades en la sede de la Misión ante el organisno electoral anfitrión. • En lo referente a la presencia en procesos destacados, los miembros de la misión presenciaran procesos logísticos, de capacitación, informáticos, entre otros, los cuales son necesarios para el desarrollo de los comicios. • En el despliegue previo y jornada electoral, los miembros de la misión deben empezar su trabajo por lo menos cuatro días antes de la jornada electoral, monitoreando aspectos como los cierres de campaña, tomar contacto local con las fuerzas políticas, la instalación previa de las mesas, la preparación de los locales de votación. Para ello los miembros de la Misión deberán organizarse en grupos que se desplacen en un territorio representativo del país anfitrión. Informes y recomendaciones, la Misión se expresa por medio de informes, habrá al menos tres: uno previo, inmediato anterior a la jornada electoral; otro preliminar, inmediatamente posterior a la jornada electoral; y el informe final, que consistirá en una memoria de lo actuado con sus respectivos antecedentes. • Informe previo, será emitido durante el primer día de veda electoral; la Misión emitirá un informe con las actividades realizadas y las que tendrán lugar durante la jornada electoral, sin ningún tipo de valoraciones; • Informe preliminar, será emitido en la jornada posterior a las elecciones, en el cual se realizará un análisis genérico de la elección y será entregado al órgano electoral anfitrión; • Informe final, será emitido dentro de los quince días posteriores a la jornada electoral y contendrá toda la información relevante recogida por la Misión durante su trabajo, así como las conclusiones y recomendaciones para el desarrollo del proceso electoral. 195
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Con la finalidad de mejorar el trabajo de las misiones electorales de la Unasur, el presidente de la Comisión Electoral de Guyana, Steve Surujbally, presentó en el año 2013 al CEU, el documento denominado “Propuestas de Normas para las Misiones de Observación / Acompañamiento Electoral”, con la finalidad de ser un instrumento para facilitar las funciones y labores de los observadores durante el desarrollo de las misiones, así como establecer metodologías homologadas y uniformes que permitan medir cualitativa y cuantitativamente la eficiencia del proceso electoral observado. Esta propuesta está todavía en estudio y debate entre los organismos electorales suramericanos. 5.3.1. Desarrollo de las misiones de observación electoral de la Unasur A continuación se analizará el desarrollo de las misiones de observación electoral desarrolladas por el CEU, desde el año 2009 hasta la actualidad. 5.3.1.1. Misión de observación electoral internacional de la Unasur en el Referéndum Nacional Constituyente del 25 enero de 2009, en el Estado Plurinacional de Bolivia El 25 de enero de 2009 se realizó en el Estado Plurinacional de Bolivia el Referéndum condicional para la aprobación de la Nueva Constitución redactada por la Asamblea Constituyente de este país. En este contexto la Unasur organizó una misión de observación electoral internacional atendiendo al pedido del presidente de Bolivia, Evo Morales, sobre la presencia de veedores internacionales en dicho proceso electoral durante la Cumbre Extraordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, desarrollada en diciembre de 2008 en la Costa de Sauipe-Brasil. La misión de observación fue conformada por representantes de los organismos electorales de Chile, Paraguay, Brasil, Uruguay, Venezuela y de la Secretaría General de la Unasur, iniciando sus labores días antes del referéndum en la ciudad de La Paz.
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Dentro la visita preliminar de la Misión, sus miembros tomaron contacto con distintos actores políticos y sociales de la vida nacional de Bolivia, entre ellos expresidentes de la República, miembros de los poderes Legislativo y Judicial de Bolivia, miembros del organismo electoral boliviano, miembros de la Iglesia Católica, entre otros. En todas estas reuniones la Misión pudo apreciar la confianza de todos los actores políticos y sociales de Bolivia respecto al sistema electoral, como la predisposición para desarrollar una jornada electoral tranquila y con alta participación ciudadana. Durante la jornada electoral los observadores se desplegaron en distintas áreas del departamento de La Paz, El Alto y zonas rurales de Huatajata y el Lago Titicaca, encontrando un desarrollo del proceso electoral en forma tranquila cumpliendo los estándares internacionales y legales, con gran participación de los ciudadanos en el mismo. Sobre el proceso electoral, la Misión destacó varios aspectos: • Desarrollo normal y tranquilo del proceso electoral, con una imperante participación ciudadana, cumpliéndose los estándares internacionales como son el voto secreto, padrones actualizados y seguridad de los votantes. • Promover la realización de procesos electorales como instrumento de solución pacífica de las controversias, diálogo y perfeccionamiento del sistema político. 5.3.1.2. Misión de acompañamiento electoral en el referéndum constitucional del 9 octubre de 2011, en la República de Paraguay La conformación de la misión de acompañamiento electoral para el referéndum constitucional de Paraguay del 9 de octubre de 2011 fue acordada durante la II Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, toda vez que la justicia electoral de Paraguay por intermedio de 197
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su Tribunal Superior de Justicia Electoral solicitó a los organismos electorales suramericanos que acompañen la realización de dicho proceso electoral. La aprobación para la realización de la Misión de Acompañamiento Electoral fue realizada por el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el 24 de agosto de 2011, en la reunión celebrada en Buenos Aires-Argentina. Basadas en esta aprobación el 8 de octubre de 2011, la Presidencia Pro Témpore de la Unasur, a solicitud de las autoridades y organismos electorales suramericanos suscribió con el Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay, el “Acuerdo para el Acompañamiento Electoral Internacional del Referéndum Constitucional sobre el Voto de los paraguayos residentes en el extranjero del 09 de octubre de 2011.” La Misión de Acompañamiento Electoral fue conformada por miembros de los organismos electorales de Argentina, Brasil, Uruguay y Venezuela. Dentro del desarrollo de las actividades previas a la jornada electoral, los miembros de la Misión participaron de un encuentro con los representantes de las misiones de observación internacional de la Organización de Estados Americanos y la Unión Interamericana de Organismos Electorales; después mantuvieron reuniones con los miembros de la Cámara de Diputados y el Presidente de la República de Paraguay, así como con los Ministros del Tribunal Superior Electoral y Coordinadora Permanente de la Migración Paraguaya. Posteriormente la Misión fue capacitada respecto a la organización y desarrollo del proceso del referéndum constitucional y en lo referente a la información y el sistema de transmisión de resultados electorales preliminares. Adicionalmente los miembros de la Misión participaron en el panel “Derechos políticos de los Emigrantes. Aspectos Fundamentales del Referéndum del 09 de octubre de 2011”, organizado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay. Durante la jornada electoral del domingo 9 de octubre de 2011, los miembros de la Misión de Acompañamiento Electoral de la Unasur se dividieron en dos grupos de trabajo, para visitar los recintos electorales de los Departamentos 198
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de Capital-Asunción, Presidente Hayes y Central, observando el desarrollo de la jornada electoral en 77 mesas de votación. Durante el desarrollo de la jornada electoral la Misión destacó que la apertura de las mesas receptoras de votos se realizaron con puntualidad y efectividad, contando en la mayoría de los casos con todos sus miembros, quienes estuvieron adecuadamente capacitados sobre sus labores, así mismo se pudo presenciar el desarrollo de una jornada electoral tranquila en los centros de votación. Entre las principales conclusiones que la Misión transmitió al Tribunal Superior Electoral de Paraguay, mediante su Informe Final, se destacan las siguientes: • Los electores que asistieron a votar tenían un conocimiento claro de la pregunta en consulta y las opciones de respuestas, así como información general sobre el proceso de Referéndum. • Plenas garantías al secreto del voto. • Presencia de mesas receptoras de voto para mujeres embarazadas, personas con discapacidad, tercera edad, etc. • Seguridad en el proceso de manipulación y traslado de las urnas electorales por parte del Tribunal Superior Electoral de Paraguay. • Desarrollo de una jornada electoral tranquila y libre de incidentes de violencia. • Realización de los escrutinios en forma pública. • Transmisión de datos una vez concluido el acto de escrutinio, cumpliendo los protocolos de seguridad existentes. 5.3.1.3. Misión de acompañamiento electoral en las elecciones de las autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional del 17 de octubre de 2011, en el Estado Plurinacional de Bolivia Durante la II Reunión de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur, desarrollada en Caracas-Venezuela, en julio de 199
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2011, se manifestó el interés de Bolivia, Guayana y Paraguay para la conformación de misiones de acompañamiento electoral internacional que participen en los procesos electorales que se realizarían en dichos países durante el año 2011. Dichas solicitudes serían aceptadas por el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, el 24 de agosto de 2011 en la reunión celebrada en Buenos Aires-Argentina. En ese sentido el 22 de septiembre de 2011, los representantes de los organismos y autoridades electorales de la Unasur se reunieron nuevamente en Caracas-Venezuela, donde se elaboró y aprobó la estructura básica de las misiones de observación y acompañamiento electoral que participarían en los procesos electorales celebrados durante 2011 en Paraguay (referéndum constitucional), Bolivia (elecciones judiciales) y Guyana (elecciones generales y regionales). Posteriormente, basados en este documento la Presidencia Pro Témpore de la Unasur, a solicitud de las autoridades y organismos electorales suramericanos suscribió el Acuerdo de Acompañamiento Electoral con el Tribunal Suprema Electoral de Bolivia, el cual tuvo como objetivo observar el proceso electoral de los miembros del órgano judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, que fue realizado el 17 de octubre de 2011. En función de esto, la misión de acompañamiento electoral internacional fue conformada por 26 representantes de los organismos y autoridades electorales de Argentina, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, quienes iniciaron su trabajo en la ciudad de La Paz desde el 7 de octubre de 2011. Dentro de las actividades previas a la jornada electoral, la Misión sostuvo reuniones con las autoridades del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, Servicio General de Identificación de Bolivia, miembros de medios de comunicación locales e internacionales, miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional, representantes empresariales, de organizaciones sociales y analistas políticos, entre otros. Durante el desarrollo de la jornada electoral los miembros de la Misión electoral se desplegaron en los Departamentos de Santa Cruz, Tarija y Cochabamba y en las ciudades de la Paz y El Alto. 200
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En el desarrollo del proceso electoral los miembros de la Misión de acompañamiento electoral pudieron destacar que las mesas de votación estuvieron listas a la hora en que se abrieron las votaciones, estando integradas por los ciudadanos designados como jurados electorales, así como que los recintos electorales prestaron las condiciones adecuadas para el desarrollo de los comicios. Por otro lado, se destacó la masiva participación de los electores en los comicios, como su respeto y acatamiento a las normas electorales. En lo que se refiera a los escrutinios estos se desarrollaron con normalidad al cierre de las mesas de sufragios y los Tribunales Electorales Departamentales, se instalaron a la hora establecida por la ley electoral para proceder al escrutinio de la votación en sus respectivas jurisdicciones. Entre las principales conclusiones que la Misión de acompañamiento electoral internacional de la Unasur comunicó al Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, están las siguientes: • Destacar el civismo y la concurrencia masiva de los ciudadanos bolivianos a los centros de votación. • Desatacar lo novedoso a escalas regional y continental de la elección de las autoridades judiciales, en cumplimiento al mandato constitucional y legal de Bolivia. • Destacar el ejercicio transparente de las funciones constitucionales y legales por parte del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, en el desarrollo del proceso electoral. Entre las principales recomendaciones que la Misión formuló al Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, se destacan: • Optimizar los mecanismos de capacitación a los jurados electorales y la difusión de información al elector. • Mejorar los mecanismos de difusión de información, previos al día de elecciones, de manera que los ciudadanos cuenten con la información necesaria sobre el proceso electoral. • Avanzar en la incorporación automática de los electores al padrón biométrico y al uso de un solo documento habilitante para votar. 201
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• Procurar la creación de mecanismos que garanticen el ejercicio del derecho al sufragio a los electores que sufren de algún tipo de discapacidad, personas de las tercera edad, mujeres embarazadas, así como estudiar la posibilidad de facilitar su traslado hacia los recintos electorales. • Disminuir los recintos con gran número de votantes, a fin de agilizar el proceso de votación y facilitar el ejercicio del derecho al sufragio. 5.3.1.4. Misión de observación y acompañamiento electoral de la Unasur para las elecciones generales y regionales de la República Cooperativa de Guyana, noviembre de 2011 Como parte de los acuerdos de los organismos y autoridades electorales pactados durante su II Reunión en julio de 2011 en Caracas-Venezuela, se envió una Misión de observación electoral internacional para que monitoree los comicios generales y regionales de la República Cooperativa de Guyana, celebrados en noviembre de 2011. Dicha misión fue aprobada por el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores el 24 de agosto de 2011 en su reunión celebrada en Buenos Aires, Argentina y desarrolló, durante las elecciones generales y regionales de Guyana, actividades de observación en la capital Georgetown como en las zonas circundantes a la misma. 5.3.1.5. Misión de observación y acompañamiento electoral en las elecciones presidenciales del 7 de octubre 2012, en la República Bolivariana de Venezuela El Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela solicitó el 30 de abril de 2012 a la Presidencia Pro Témpore de la Unasur a cargo de la República de Paraguay, la conformación de una Misión de Acompañamiento Electoral de la Unasur para presenciar los comicios presidenciales del 7 de octubre de 2012. Esta solicitud fue acogida por Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores el 11 de junio de 2012.
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Posteriormente, el 22 de agosto de 2012 el CEU y el Consejo Nacional Electoral de Venezuela suscribieron el Acuerdo de acompañamiento electoral internacional para la elección presidencial del 7 de octubre de 2012, destacándose que la Misión basada en este documento se direccionó a presenciar el proceso electoral venezolano, dentro del marco del respeto, solidaridad y cooperación, así como generar conocimientos y experiencias en material electoral a favor de los organismos electorales suramericanos. La Misión de acompañamiento electoral de la Unasur para las elecciones presidenciales de Venezuela, del 7 de octubre de 2012, estuvo conformada por 40 representantes y asesores técnicos provenientes de los organismos electorales de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Uruguay. En la etapa previa a la instalación de la Misión, una avanzada de la misma participó en la auditoría de software de las máquinas de votación, sistema de autenticación del votante y predespacho de la máquina de votación, la cual contó con la presencia de 7 asesores técnicos de los organismos electorales de Argentina, Bolivia, Colombia, Perú y Uruguay. En otras principales actividades desarrolladas en esta fase, los asesores técnicos de la misión estuvieron presentes en las ferias populares de contacto tecnológico en Caracas, en la entrevista al Director General de la Oficina de Planificación y organismos electorales subalternos; además participaron en seminarios y charlas informativas sobre el sistema electoral venezolano. Antes del desarrollo de la jornada electoral, el Jefe de la Misión mantuvo reuniones con el Presidente de la República de Venezuela, los miembros de Consejo Nacional Electoral, Ministerio Público, Defensoría Pública, Cancillería de Venezuela, así como representantes de las organizaciones políticas, observadores nacionales e internacionales, entre otros. Durante la jornada electoral los miembros de la Misión de acompañamiento electoral se desplegaron en ocho Estados venezolanos: Distrito Capital, Miranda, Vargas, Aragua, Barinas, Carabobo, Táchira y Zulia, destacando en todos ellos el desarrollo de unos comicios tranquilos, con alta participación 203
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ciudadana, instalación puntual de las mesas de votación y el correcto funcionamiento de las máquinas de votación electrónica y el sistema automatizado de identificación. Las principales conclusiones que la Misión puso en conocimiento al Consejo Electoral de Venezuela, mediante su informe final, son las siguientes: • El sistema electoral venezolano constituye un procedimiento tecnológico muy avanzado en todos y cada uno de sus aspectos. • El registro de electores se realiza con seis meses de anticipación y se posibilita la actualización de los documentos de identidad hasta un día antes del acto electoral. • La designación de las autoridades de las mesas de votación se realiza con cinco meses de anticipación. • Se puso a disposición de los miembros de las mesas de votación una diversificada oferta de talleres de capacitación. • Se contó con adecuado resguardo y seguridad sobre las máquinas y boletas de votación, así como un control íntegro de los servicios de transporte. • El funcionamiento de las máquinas de votación y el sistema de autenticación integrado tuvo altos niveles de eficiencia y eficacia durante la jornada electoral. • La jornada electoral se desarrolló en total paz y tranquilidad. • Los resultados de las votaciones se transmitieron bajo los protocolos técnicos establecidos y en presencia de los ciudadanos y organizaciones políticas. Las principales recomendaciones de la Misión fueron las siguientes: • Reducir progresivamente las barreras arquitectónicas en los centros de votación, para facilitar el acceso de las personas de la tercera edad, mujeres embarazadas y personas con discapacidad. • Crear al seno de la Unasur una oficina técnica permanente en materia electoral, para que asista a las misiones electorales en su trabajo.
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5.3.1.6. Misión de observación y acompañamiento en las elecciones generales del 17 de febrero de 2013, en la República del Ecuador Durante la celebración de la I Reunión Extraordinaria del CEU en la ciudad de Quito, el 2 y 3 de diciembre de 2012, se dio a conocer la aprobación del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Misión Electoral de la Unasur para las elecciones generales (presidente y asambleístas) del 17 de febrero de 2013 en la República de Ecuador. En este sentido el 28 de diciembre de 2012, en la ciudad de Lima, fue suscrito el Acuerdo sobre la Misión Electoral de la Unasur para la observación y acompañamiento de las elecciones generales del 17 de febrero de 2013, entre el Consejo Nacional Electoral de Ecuador y la Presidencia Pro Témpore de la Unasur. Los principales objetivos de la Misión fueron los siguientes: • Asegurar la presencia institucional del CEU en las elecciones generales ecuatorianas dentro del marco del respeto, solidaridad y cooperación. • Contribuir con el Consejo Nacional Electoral de Ecuador en las distintas etapas del proceso electoral, promoviendo el intercambio y la generación de experiencias y conocimientos en materia electoral. • Contactar con el Consejo Nacional Electoral de Ecuador, con los actores políticos y otros relevantes, conocer la normativa y prácticas electorales aplicadas, verificar y analizar el proceso en sus diversos aspectos administrativos, legales y procedimentales. La Misión estuvo integrada por magistrados, altos funcionarios de los órganos electorales y técnicos especializados, provenientes de los organismos electorales de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Perú, Guyana, Surinam, Uruguay. La Misión de observación y acompañamiento electoral se instaló el 10 de enero de 2013, en la Sede de la Secretaría General de la Unasur, realizándose también los primeros contactos de los miembros de la misión con las autoridades electorales ecuatorianas y los medios de comunicación. El 15 de enero 205
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de 2013 emitió un primer informe con las actividades realizadas y las que se desarrollarían durante la jornada electoral, así como la metodología de trabajo empleada por la Misión electoral, entre otros aspectos. En la fase previa a la jornada electoral, el Coordinador General de la Misión y el Representante Especial de la Unasur mantuvieron reuniones institucionales con las autoridades nacionales a cargo de la Función Electoral, Corte Constitucional, Asamblea Nacional, candidatos presidenciales, representantes de los sujetos políticos y miembros de otras misiones de observación electoral internacional, con quienes examinaron las condiciones del proceso electoral. En el tema técnico los miembros de la Misión presenciaron los simulacros sobre el funcionamiento de las Juntas Intermedias de Escrutinio y Juntas Provinciales Electorales, proceso de conteo rápido, auditoría del software de transmisión y recopilación de datos, actividades de capacitación, proceso de impresión de boletas y documentos electorales, como su embalaje, almacenamientos y control de calidad de los paquetes electorales y los proyectos de voto facultativo y voto en casa, todo esto con la finalidad de evaluar el comportamiento de los recursos humanos, materiales y tecnológicos del Consejo Nacional Electoral de Ecuador. Durante la jornada electoral del 17 de febrero de 2013, los miembros de la misión se desplegaron en las provincias de Azuay, Cotopaxi, Esmeraldas, Guayas, Imbabura, Loja, Los Ríos, Manabí, Napo, Pichincha y Tungurahua, donde presenciaron las actividades de instalación de juntas receptoras de votos, observación del proceso de votación, cierre de las juntas receptoras de voto, observación del escrutinio y transmisión de resultados. Hay que destacar que la Misión también observó el desarrollo de los comicios en el exterior en los países de Colombia, Argentina y Perú, para lo cual la comisión envió delegados a las mesas de votación situadas en diversas ciudades de estos países. Luego de la jornada electoral, la Misión emitió un informe preliminar sobre el desarrollo de los comicios y una síntesis de las demandas y aportes recibidos por los actores políticos. 206
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Entre las principales recomendaciones que la Misión entregó al Consejo Nacional Electoral de Ecuador, en su informe final, se puede destacar las siguientes: • Mejorar los procedimientos de trabajo de las Juntas Intermedias de Escrutinio en lo referente al manejo de las actas de escrutinio y la reacción de su personal técnico frente a fallas de funcionamiento de los servidores. • Aumentar el personal asignado y reforzar la capacitación en cada recinto electoral. • Mejorar la señalización en los recintos electorales para la mejor ubicación de las juntas receptoras de voto por parte de los ciudadanos. • Mejorar la distribución de las juntas receptoras de voto en los recintos con limitaciones de espacio, para facilitar el acceso de los electores. • Mejorar la capacitación de los miembros de las juntas receptoras de voto y de las juntas intermedias de escrutinio. • Elaborar un padrón fotográfico. • Mejorar las condiciones que aseguren el secreto del voto. • Definición del calendario electoral y de las reglas electorales con mayor anticipación posible al acto electoral. • Afianzamiento del sistema del conteo rápido como contribución a la difusión de los resultados preliminares. • Consolidación de la plataforma tecnológica y multiplicación de pruebas anticipadas. • Continuación y desarrollo del proyecto “Voto en casa”, la asistencia del sufragio a personas con discapacidad, el incentivo del voto facultativo a jóvenes de 16 a 18 años. Hay que resaltar que el Consejo Nacional Electoral del Ecuador promovió la realización de una reunión de validación de las recomendaciones de la Misión electoral de la Unasur respecto de los comicios del 17 de febrero de 2013. Dicha reunión se llevó a cabo el 6 y 7 de mayo de 2013 en San Cristóbal, provincia de Galápagos, donde se realizó un seguimiento a las recomendaciones de la Misión, evaluando aspectos como la organización del proceso, sistemas informáticos, voto facultativo, organizaciones políticas, escrutinio y 207
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transmisión de datos. Todas estas recomendaciones serían implementadas en el proceso electoral del 23 de febrero de 2014. 5.3.1.7. Misión de acompañamiento electoral a las elecciones presidenciales de 14 de abril de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela El Consejo Nacional Electoral de Venezuela y la Presidencia Pro Témpore de la Unasur a cargo de la República del Perú suscribieron el 25 de marzo de 2013, en la ciudad de Caracas, el acuerdo sobre el acompañamiento internacional electoral para la elección presidencial del 14 de abril de 2013. En virtud del Acuerdo suscrito, los objetivos de la Misión de acompañamiento electoral fueron los siguientes: • Asegurar la presencia institucional del CEU mediante el acompañamiento electoral a las elecciones presidenciales del 14 de abril de 2013 en la República Bolivariana de Venezuela. • Mantener los principios de imparcialidad, objetividad, independencia, legalidad, no injerencia y transparencia en el desarrollo de su labor de observación electoral. • Mantener contacto con el Consejo Nacional Electoral de Venezuela para el conocimiento de la normativa y las prácticas electorales aplicadas al proceso comicial. • Mantener contacto con los actores políticos y otros actores relevantes conforme a los principios del Estatuto del CEU y el marco jurídico del país anfitrión. La Misión estuvo compuesta por magistrados, máximas autoridades, técnicos de los organismos electorales de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Guyana, Surinam y Uruguay. Su labores iniciaron con una etapa de avanzada realizada entre el 1 y 7 de abril de 2013, integrada por técnicos electorales de Argentina, Colombia, Ecuador, Perú y Uruguay, la cual presenció la auditoría de software de totali208
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zación, capacitación de miembros de mesas electorales, producción y auditoría de producción de máquinas de votación, presentación del proyecto de digitalización del archivo histórico del Registro Civil de Venezuela, reuniones con autoridades electorales venezolanas, el sistema de monitoreo de la campaña electoral, presencia in situ y seguimiento a distancia en los actos de campaña de los candidatos presidenciales. Durante el desarrollo de la jornada electoral los miembros de la Misión se desplegaron en los Estados de Anzoátegui, Aragua, Barinas, Carabobo, Distrito Capital de Caracas, Lara, Miranda, Vargas y Zulia. Así mismo desarrolló sus actividades de observación en los consulados de Venezuela en Bogotá, Montevideo y Quito. En todos estos lugares los miembros de la Misión presenciaron durante la jornada electoral la constitución de las mesas electorales, el proceso de votación, la situación en interior y exterior de los centros de votación, el cierre, escrutinio y transmisión de datos; y, finalmente, la verificación ciudadana. Las principales recomendaciones presentadas por la Misión al Consejo Electoral de Venezuela, por medio de su informe final, fueron las siguientes: • En el proceso de votación, si un elector ya conoce cuál es su mesa de votación dentro del centro de votación, no debería pasar por la estación de información del centro, sino dirigirse directamente a la mesa correspondiente para ejercer el sufragio. • El sistema de información al elector de un centro de votación debería tener información de los electores no solo de ese centro, sino también al menos de los electores de la parroquia respectiva para poder proporcionarla a los electores que no se encuentren empadronados en dicho centro. • Se recomienda la selección de máquinas de votación para la auditoría predespacho producidas en el día, que se realice al finalizar la producción del día o se extraiga la muestra de las máquinas de votación que hayan culminado la línea de producción. Esto con la finalidad de identificar la muestra y posteriormente sean configuradas esas máquinas de votación. 209
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5.3.1.8. Misión de seguimiento electoral en las elecciones generales de la República de Paraguay, del 21 de abril de 2013 La Misión de seguimiento electoral para las elecciones de Paraguay se organizó a partir de la resolución del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y el acuerdo suscrito entre el Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay y el Grupo de Alto Nivel para el seguimiento y evaluación de la situación de Paraguay. La Misión estuvo conformada por 49 miembros de los organismos electorales de Argentina, Perú, Brasil, Ecuador, Bolivia, Chile, Colombia, y Uruguay. El trabajo de la Misión inició el 20 de febrero de 2013, con la suscripción del Acuerdo para el establecimiento de una misión de seguimiento electoral de las elecciones generales del 21 de abril de 2013, entre el Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay y el Grupo de Alto Nivel de la Unasur para el seguimiento y evaluación de la situación de Paraguay. Los principales objetivos de la Misión fueron los siguientes: • Asegurar la presencia de la Unasur dentro del marco del respeto, solidaridad y cooperación. • Conocer las diferentes etapas del proceso electoral e informar sobre su desarrollo, en el marco de los parámetros técnicos internacionales y la legislación electoral paraguaya. • Tomar contacto con el Tribunal Supremo de Justicia Electoral de Paraguay, con los actores políticos y otros relevantes del proceso comicial y conocer la normativa y prácticas electorales aplicadas. Adicionalmente a este acto la Misión mantuvo reuniones con las autoridades electorales paraguayas, actores políticos, sociales y empresariales, a fin de tener una primera aproximación informativa del proceso electoral. Posteriormente los miembros de la Misión evaluaron las áreas más sensibles del proceso electoral, como son la organización, capacitación, accesibilidad, padrón electoral, transmisión de resultados y legislación.
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El día de la elección, la Misión desplegó a los 49 delegados que visitaron y verificaron el desempeño del proceso electoral en los departamentos de Alto Paraná, Caaguazú, Guaira, Itapúa, San Pedro, Central y Capital, monitoreando un total de 432 mesas, en 55 locales de votación. También se dio seguimiento en el exterior a tres locales de voto en las ciudades de La Plata, Buenos Aires y San Justo en la República Argentina. Durante la jornada electoral los miembros de la Misión sistematizaron y analizaron información respecto a la instalación y apertura de los comicios, desarrollo de la jornada de votación, cierre de votaciones y escrutinio y transmisión de datos. La Misión destacó que existió un correcto desempeño de la totalidad de los actores involucrados, el Tribunal Superior de Justicia Electoral con las autoridades y funcionarios, las juntas cívicas, el Ministerio Público, las organizaciones políticas, las organizaciones no gubernamentales, las fuerzas policiales implicadas en la jornada electoral y la ciudadanía paraguaya con su presencia y actividad garantizaron la limpieza y transparencia de los comicios, en un clima electoral donde se garantizó la participación en paz de todos. Las principales recomendaciones sobre el proceso electoral que la Misión expreso al Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay fueron las siguientes: • Incorporar gradualmente medidas de reconocimiento biométrico en las mesas de votación, por las cuales se verifique la relación existente entre la identidad del ciudadano y los datos de documentos de identidad con los registros biométricos de la autoridad electoral. • En lo referente a los locales de votación se recomienda elegir aquellos con menores barreras arquitectónicas, ubicar las mesas en el interior de las aulas y utilizar mesas más amplias o mayor cantidad de mesas agrupadas de manera de obtener más espacios para trabajar en la mesa de votación. • Se sugirió colocar un padrón electoral con un formato especial para fijar en las paredes del local de votación y que indique en qué mesa vota cada elector. 211
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• Los boletines de votación deberían tener un marco o contorno de colores distintos para cada categoría lo que facilitaría su identificación para colocarlos en las respectivas urnas. • En lo referente a las campañas electorales se debe tender una mayor participación del Estado en la concesión de franjas publicitarias basadas en fórmulas equitativas, restringiendo o limitando la contratación privada de publicidad por los partidos políticos. • Prohibir la difusión de encuestas de boca de urna en forma explícita o implícita hasta la hora de anuncio de resultados por el Tribunal Superior de Justicia Electoral. 5.3.1.9. Misión de acompañamiento y observación electoral en las elecciones municipales del 8 de diciembre de 2013, en la República Bolivariana de Venezuela La Misión de acompañamiento electoral para las elecciones municipales del 8 de diciembre de 2013 estuvo conformada por 28 representantes de la Secretaría General de la Unasur y de los organismos electorales de Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Uruguay. La Misión inicio sus labores, con su instalación en la ciudad de Caracas durante el 3 y 9 de diciembre de 2012, donde posteriormente inició el análisis de la documentación sobre los actos preparatorios del proceso electoral, la presencia en la instalación de centros de votación, conversatorios con periodistas y candidatos de distintas fuerzas políticas. Otro aspecto relevante fue la presencia de la Misión en los 14 procesos de auditorías del registro electoral, software de máquinas de votación, software del sistema de información al elector, de huellas de electores, de los cuadernos de votación impresos, de la verificación de archivos de configuración de máquinas de votación, producción de máquinas de votación, producción del sistema de identificación al elector, al sistema nacional de totalización, tinta indeleble, sistema de estadística de participación, infraestructura tecnológica, predespacho, puesta en cero del sistema de estadística de participación. 212
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Durante la jornada electoral del 8 de diciembre de 2013, los miembros de la Misión se dividieron en siete grupos que recorrieron 202 mesas de votación en las que aproximadamente se encontraban inscritos 81.000 electores. Los aspectos más relevantes de la jornada electoral, señalados por los miembros de la Misión, fueron los siguientes: • La situación en el exterior de los centros de votación fue normal, sin alteraciones o conflictos que pudieran afectar el desarrollo de la elección. • En el interior de algunos centros de votación se detectaron problemas de accesibilidad que afectaron a las personas con dificultades transitorias o permanentes de desplazamiento. • La señalización interna de los centros de votación fue adecuada, permitiendo ubicar correctamente las mesas de sufragio y los coordinadores de cada centro ejercieron su responsabilidad con imparcialidad y eficiencia. • Un número considerable de mesas de votación sufrió demoras en su constitución, motivadas por la ausencia de miembros de mesa originalmente designados, los que fueron reemplazados en un número significativo por miembros de reserva y testigos de las agrupaciones políticas. • El sistema de autenticación integrado tuvo un desempeño satisfactorio y los dispositivos de votación tuvieron algunos inconvenientes que pudieron ser resueltos en la etapa de instalación sobre la base de los protocolos establecidos. • La organización general de las mesas de votación y la conducta de sus miembros garantizó la privacidad del voto. En su informe final la Misión emitió las siguientes recomendaciones al Consejo Nacional Electoral de Venezuela: • Se debe incrementar las facilidades para el ejercicio del derecho al voto de grupos de población con discapacidad, tercera edad, lo que incluye una adecuación física progresiva de los establecimientos de votación o una selección más adecuada de los establecimientos de votación accesibles. • Se debe reforzar la señalización externa de los recintos de votación, y en el interior, la señalética y cartelería de instrucción a los votantes. 213
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• Se debe promover la participación de los miembros designados e incrementar no solo la capacitación, sino el entrenamiento de estos, de los coordinadores y de los electores en general, de manera sectorial y localizada. • Se debe fortalecer la aplicación de los protocolos de contingencia y asistencia al elector. 5.3.1.10. Misión de acompañamiento y observación electoral en las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014, en la República del Ecuador Durante la celebración de la I Reunión Ordinaria del CEU, en la ciudad de Lima-Perú, el 26 y 27 de agosto de 2013, este organismo acogió la invitación del Consejo Nacional Electoral del Ecuador para participar con una misión electoral en las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014. En este contexto, la Presidencia Pro Témpore de la Unasur ejercida por la República de Surinam suscribió con el Consejo Nacional Electoral de Ecuador, el 11 de noviembre de 2013 en Quito, el Acuerdo sobre la Misión Electoral de la Unasur para la observación y acompañamiento de las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014. El Acuerdo fijó como objetivos de la Misión a los siguientes: • Asegurar la presencia institucional del CEU a través de una Misión Electoral en los comicios seccionales que se llevarán a cabo en la República del Ecuador el 23 de febrero de 2014, dentro del marco del respeto, solidaridad y cooperación. • Contribuir con el Consejo Nacional Electoral de Ecuador en las distintas etapas del proceso electoral, promoviendo el intercambio y la generación de experiencias y conocimientos en la materia, a fin de desarrollar con mejores prácticas las tareas que su legislación establezcan. • Tomar contacto con el Consejo Nacional Electoral de Ecuador, con los actores políticos y otros relevantes del proceso comicial y conocer la normativa y prácticas electorales aplicadas. 214
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Así mismo, verificar y analizar las diferentes etapas del proceso en sus aspectos administrativos, legales y procedimentales. El trabajo de la Misión arrancó el 25 de enero de 2014, con su instalación en la sede de la Secretaría General de la Unasur, siendo integrada por 41 miembros, provenientes de los organismos electorales de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Guyana, Surinam, Uruguay y Venezuela. El período de trabajo de la Misión electoral transcurrió entre el 25 de enero al 25 de marzo de 2014, puesto que se observaron las elecciones seccionales del 23 de febrero de 2014 y las elecciones complementarias del 23 de marzo de 2014 en las provincias de Azuay, Guayas y Esmeraldas. Durante la fase preelectoral la Misión presenció las actividades preparatorias de las elecciones, especialmente el simulacro general de las elecciones, el simulacro de conteo rápido, simulacros de los proyectos de voto electrónico en las provincias de Azuay y Santo Domingo de los Tsáchilas, capacitación electoral, auditoría al sistema de escrutinio oficial, seguridad, seguridad de la información, arquitectura del sistema de escrutinio, revisión del código fuente del sistema de escrutinio, portal web institucional. Así mismo mantuvo reuniones con actores relevantes del proceso electoral en las ciudades de Quito, Guayaquil, Cuenca y Santo Domingo de los Tsáchilas. Además durante la fase preelectoral, los delegados técnicos de la Misión centraron su atención en el funcionamiento de las juntas intermedias de escrutinio, la conformación del padrón electoral, el cumplimiento del calendario electoral, la accesibilidad de los sujetos políticos al software de conteo rápido, de recuento definitivo y de totalización de resultados y las acciones para la distribución equitativa de la publicidad electoral en los medios de comunicación. La presencia de la misión abarcó en esta fase a las provincias de Azuay, Cotopaxi, Esmeraldas Guayas, Imbabura, Los Ríos, Manabí, Napo, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha, Tungurahua y Loja. Entre el 20 y 22 de febrero de 2014, los miembros de la Misión mantuvieron reuniones con las delegaciones provinciales, juntas provinciales y juntas intermedias de escrutinio del Consejo Nacional Electoral de Ecuador, así mismo 215
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presenciaron el desarrollo del voto de las personas privadas de su libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada en los centros de detención de mujeres, centros de varones y centros de adolescentes infractores; por otro lado, observaron el desarrollo del Proyecto de Voto en Casa y el despliegue del material electoral. Durante la jornada electoral del 23 de febrero de 2014, la Misión desplegó 36 delegados en 12 provincias, los cuales visitaron 666 municipios y verificaron el desempeño electoral de 505 juntas receptoras del voto, en 146 recintos electorales de votación, destacándose la observación realizada en las provincias de Azuay y Santo Domingo de los Tsáchilas y a la zona de La Morita de la parroquia de Tumbaco en la provincia de Pichincha, en las cuales se implementaron los proyectos de voto electrónico. En todos los sitios visitados los miembros de la Misión observaron la instalación y apertura de los comicios, el desarrollo de la jornada de votación, el cierre de la jornada, el desarrollo de escrutinio, la devolución de los materiales electorales y la trasmisión de resultados en la Juntas Intermedias de Escrutinio. Entre los aspectos más relevantes sobre la jornada electoral señalados por la Misión se encuentran: • El proceso electoral se desarrolló de manera satisfactoria. • En los recintos electorales se encontró información sobre la accesibilidad del voto, localizándose en lugares visibles para los electores. • Se destaca la participación de la ciudadanía ecuatoriana que acudió a votar en forma ordenada y pacífica, contando con una participación del 83,1% de los ciudadanos habilitados para sufragar. • Las fuerzas de seguridad se desempeñaron adecuadamente. • No se observaron conflictos significativos de destacar en el interior de los recintos visitados, los que pudiesen afectar la libertad del sufragio. • El 82 % de los coordinadores de recintos poseían planillas braille para facilitar el voto de los electores con discapacidad visual. • El secreto del voto estuvo asegurado en más del 91% de las mesas de votación. 216
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• El 86,68% de los miembros de las juntas receptoras del voto observadas durante la jornada electoral, manifestaron haberse capacitado en forma presencial, donde fueron instruidos también sobre la importancia de la accesibilidad el voto. • La mayoría de los electores señalaron que recibieron información de donde votar a través de distintos medios dispuestos por el Consejo Nacional Electoral del Ecuador: páginas web, mensajes de texto y mesas informativas. • La totalidad de las juntas receptoras del voto observadas cerraron a las 17:00 horas. • No se evidenciaron dificultades por parte de los miembros de las juntas receptoras del voto para llenar las actas de escrutinio. En las provincias de Azuay y Santo Domingo de los Tsáchilas y en la zona de La Morita de la parroquia de Tumbaco en la provincia de Pichincha, donde se aplicó la modalidad de votación electrónica, los observadores de la Unasur destacaron los siguientes aspectos: • El material electoral llegó completo y las máquinas de votación se encontraban operativas para la elección. • Los miembros de las juntas receptoras del voto no manifestaron problemas para instalar de manera rápida y eficiente las máquinas de voto electrónico. • Los miembros de las juntas receptoras del voto manifestaron haber sido capacitados presencialmente en su gran mayoría. • Los sistemas de voto electrónico garantizaron el secreto del voto de los electores. • Los delegados de la Misión no presenciaron dificultades al momento de que los electores ejercieron el voto. • Los electores que utilizaron el voto electrónico se encontraban informados sobre en qué junta les correspondía votar y pudieron ejercer su voto sin problema alguno. • Cada recinto poseía una mesa de capacitación, la cual se visualiza fácilmente. • Los electores manifestaron comprender cómo votar en el 98% de los consultados. 217
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• Los equipos de voto electrónico funcionaron correctamente. • La totalidad de las juntas receptoras del voto observadas cerraron a las 17:00 horas. • Las autoridades de las juntas receptoras del voto observadas respetaron los protocolos previstos para realizar el cierre, el escrutinio, guardar materiales y documentos en las fundas respectivas y entregarlas a quien correspondía. • No se presentaron problemas en la transmisión de resultados de las provincias que utilizaron voto electrónico. Hay que indicar que la Misión participó en las elecciones complementarias del 23 de marzo de 2014 en los cantones de Muisne-Esmeraldas, Camilo Ponce Enríquez-Azuay y Pedro Carbo y Yaguachi en Guayas, destacando el desarrollo de la jornada electoral en forma tranquila y pacífica en todos estos lugares. Entre las principales conclusiones que la Misión entregó al Consejo Nacional Electoral del Ecuador, mediante su informe final se destacan: • La Misión considera que se han desarrollado avances respecto de las recomendaciones formuladas con ocasión de las elecciones presidenciales de 2013 en materia de capacitación, de logísticas y de adecuación de recintos. • Es notable el desarrollo creciente de programas de inclusión, voto transparente y especialmente el voto en casa y el voto de electores privados de libertad. • Resultó exitosa la incorporación de nuevas tecnologías al proceso de votación evidenciadas en las elecciones de las provincias de Santo Domingo de los Tsáchilas y Azuay, así como también en la zona la Morita de la parroquia de Tumbaco en la provincia de Pichincha. • Los proyectos de voto electrónico no solo reposan en la fiabilidad de la tecnología, sino en la posibilidad de un adecuado control por parte de los sujetos políticos y en la existencia de un elemento que permita el recuento de votos; y también en igual medida en la intensidad y eficiencia de la capacitación de las autoridades de las juntas receptoras de voto, los funcionarios y agentes vinculados con la operación logística de estos 218
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sistemas y, fundamentalmente, en los sujetos políticos y los propios ciudadanos. • Las experiencias de voto electrónico y voto con papeleta única electrónica no solo demostraron las ventajas de estos sistemas, sino la capacidad de las delegaciones y responsables de organizar estas particulares elecciones en forma satisfactoria. • La suspensión y postergación de elecciones solo afectó a un pequeño número de cantones y electores. 5.3.1.11. Misión de observación electoral en las elecciones parlamentarias del 9 de marzo de 2014 y la elección presidencial del 25 de mayo y 15 de junio de 2014 (primera y segunda vuelta), en la República de Colombia Durante la II Reunión Extraordinaria del CEU celebrada en Guayaquil-Ecuador, durante el 28 de enero de 2014, fue aprobada la conformación de la Misión de acompañamiento y observación electoral para las elecciones parlamentarias del 9 de marzo de 2014 y las elecciones presidenciales del 25 de mayo de 2014, en la República de Colombia. Posteriormente, el 26 de febrero de 2014, la Presidencia Pro Témpore de la Unasur a cargo de Surinam suscribió con el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia el Acuerdo para la realización de la Misión de acompañamiento y observación electoral de la Unasur, para las elecciones parlamentarias y presidenciales del 9 de marzo y 25 de mayo de 2014. Debido a la realización de la segunda vuelta de la elección presidencial en Colombia del 15 de junio de 2014, el trabajo de la Misión se extendió hasta el 20 de junio de 2014. Sobre la base del Acuerdo suscrito entre la Presidencia Pro Témpore de la Unasur con el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia, se fijaron los siguientes objetivos para la Misión: • Asegurar la presencia institucional del CEU mediante una Misión Electoral en las elecciones parlamentarias y presidenciales que se llevarán a 219
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cabo en la República de Colombia, dentro del marco del respeto, solidaridad y cooperación. • Contribuir con el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia en las distintas etapas y procesos del debate electoral, promoviendo el intercambio y la generación de experiencias y conocimientos en la materia, a fin de desarrollar con mejores prácticas las tareas que sus legislaciones establezcan. • Tomar contacto con el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia, con los actores políticos y otros relevantes del proceso electoral y conocer la normativa y prácticas electorales aplicadas. Así mismo, verificar y analizar las diferentes etapas del proceso en sus aspectos administrativos, legales y procedimentales. La Misión, integrada por 12 representantes de los organismos electorales suramericanos, entre el 6 y 9 de marzo de 2014, efectuó su trabajo con la observación y monitoreo de las elecciones parlamentarias de Colombia. En esta primera fase su tarea se circunscribió al análisis de la documentación sobre los actos preparatorios del proceso electoral, visita a la empresa responsable de la impresión, armado y despliegue del material electoral, instalación de los puestos de votación, diálogo con los representantes de las empresas encuestadoras y de las fuerzas políticas. Posteriormente, la Misión entre el 8 y 15 de abril de 2014, dentro de la observación de la primera vuelta elecciones presidenciales de Colombia, mantuvo entrevistas con embajadores de los Estados Miembros de la Unasur, con las autoridades del Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, Ministerio del Interior y de Relaciones Exteriores de Colombia y también con medios de comunicación, partidos políticos y el Centro Nacional de Consultoría. En lo referente a la organización del proceso electoral, la Misión estuvo presente en los simulacros de preconteo, escrutinios a escala nacional y digitalización. Durante las jornadas electorales del 9 de marzo y 25 de mayo, la Misión se desplazó a los departamentos de Antioquía, Bolívar, Chocó, Córdoba, Mag220
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dalena, Nariño, norte de Santander, Sucre y Valle del Cauca, así como el Distrito Capital de Bogotá. En la segunda vuelta de la elección presidencial del 15 de junio de 2014, la Misión se desplegó en las ciudades de Barranquilla, Bogotá, Cali y Medellín, así como en los consulados de Colombia en Asunción, Buenos Aires, Lima, Quito y Santiago. Durante todas las jornadas electorales, la labor de la Misión se centró en la visita y verificación a los puestos de votación y observaron el desempeño de los jurados de las mesas de votación, tanto en el proceso de apertura como en los procesos de votación y escrutinios. Adicionalmente verificaron el funcionamiento del área de trasmisión de resultados instalados en cada puesto de votación, la tarea desplegada en los centros de procesamiento de datos y en las comisiones escrutadoras. La Misión en su informe preliminar destacó como puntos relevantes de todas estas etapas del proceso electoral: • La identificación biométrica de los sufragantes, instalada en algunos puestos de votación, es un mecanismo que garantiza la identidad del elector habilitado. • El moderno sistema de distribución de los kits electorales, que son verificados informáticamente, tanto para garantizar el contenido de los materiales asignados como para asegurar que cada kit llegue al destino previo. • La celeridad para la difusión del preconteo, resultado de la implementación de una gran infraestructura de comunicación telefónica desde cada puesto de votación hasta el centro de procesamiento de datos correspondientes. A una hora del cierre de la votación, el pueblo colombiano pudo conocer el resultado electoral con el 84% de las mesas de votación escrutadas y minutos después el resultado final. • La aplicación del sistema de digitalización de los formularios que contienen los resultados del escrutinio de cada una de las mesas de votación de todo el país, y que son levantadas a la web de forma inmediata, otorga transparencia a un aspecto muy sensible de toda elección, que es la auditoría de los resultados. 221
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• El desempeño de los puestos y mesas de votación, de los jurados y los procedimientos de conteo y recuento fueron eficientes, auditables y transparentes. • En casi la totalidad de las mesas de votación observadas, la instalación fue puntual y estuvieron conformadas por todos los jurados de votación. • El proceso transcurrió en total normalidad, ágil y fluido. Con respecto al estado de los establecimientos de votación, se destaca la correcta identificación de los mismos y el posicionamiento de personal destinado a la información y orientación de los electores. • El cierre de las mesas de votación se realizó en el horario estipulado. • El proceso de escrutinio se ejecutó de forma rápida y fluida. • La consolidación de datos y difusión de resultados constituye un caso de éxito excepcional, ya que el 99% de los resultados fueron entregados en la primera hora de recuento. • En el desarrollo de las elecciones en los consulados de Colombia en el exterior hubo normalidad. En necesario señalar que el Informe de la Misión al momento se halla en elaboración por parte de sus integrantes y será próximamente entregado a la SGU y al CEU. 5.4. Creación de la Red de Institutos y Escuela de Formación en Democracia de la Unasur En el marco de la I Reunión Extraordinaria del CEU efectuada en Quito, el 2 y 3 de diciembre de 2012, se organizó el Primer Encuentro de Escuelas e Institutos de Formación en Democracia y Capacitación Electoral de los organismos electorales de los países de la Unasur, con los siguientes objetivos estratégicos: • Propiciar espacios de diálogo para el intercambio de experiencias. • Definir mecanismos sostenibles de articulación entre los países miembros. 222
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• Establecimiento de directrices comunes para la formación en democracia orientadas al trabajo de nuestras instituciones. • Establecer acuerdos de cooperación horizontal para el fortalecimiento de las Escuelas e Institutos de Formación en Democracia y Capacitación Electoral de los países miembros de la Unasur. • Suscripción de compromisos de cooperación concretos que aterricen los “buenos propósitos” en buenos programas de acción. • Definir mecanismos de seguimiento a los acuerdos establecidos. El I Encuentro de Escuelas e Institutos de Formación en Democracia y Capacitación Electoral de los organismos electorales de la Unasur, contó con la participación de representantes de siete países suramericanos y un centroamericano, provenientes de las siguientes instituciones: • • • • • • • •
Escuela de Capacitación Electoral de Argentina. Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático de Bolivia. Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales de Colombia. Instituto de la Democracia del Ecuador. Escuela Electoral y de Gobernabilidad de Perú. Corte Electoral de Uruguay. Instituto de Altos Estudios del Poder Electoral de Venezuela. La Junta Central Electoral de la República Dominicana.
El encuentro se desarrolló bajo la metodología de panel. Se contó con tres paneles, cada uno integrado por tres miembros, más un moderador encargado de sistematizar las ponencias presentadas por los expositores. Todos los representantes de los países presentes concordaron en la necesidad de establecer un mecanismo que permita una real articulación de las instituciones en el marco de la integración de los países suramericanos, para lo cual, dentro de la declaración de compromisos, se recomienda a los organismos electorales de los Estados Miembros del Consejo Electoral de la Unasur, la conformación de una red de escuelas, institutos, centros, direcciones y otras dependencias dedicadas a la formación en democracia y a la capacitación electoral que estará a cargo temporalmente por el país organizador, Ecuador.
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Su finalidad será intercambiar experiencias de investigación, capacitación, promoción y divulgación de los procesos democráticos de cada país miembro y estará basada en los principios democráticos de participación y representación ciudadana, con especial énfasis en los grupos de atención prioritaria. Así mismo, otros compromisos nacidos del I encuentro fueron: • Realizar periódicamente encuentros de escuelas, institutos, centros, direcciones y otras dependencias de formación en Democracia y Capacitación Electoral de los organismos electorales de la Unasur. • Fortalecer las escuelas, institutos, centros, direcciones y otras dependencias de formación en Democracia y Capacitación Electoral de los organismos electorales de la Unasur, así como fomentar su creación en los países miembros que no cuentan con dichas dependencias. • Fomentar la cooperación horizontal en programas y proyectos de investigación, capacitación, promoción y divulgación de los procesos democráticos entre los organismos electorales. • Apoyar al CEU en sus misiones electorales. • Coordinar líneas de investigación, capacitación, promoción y divulgación de los procesos democráticos de los Estados Miembros de la Unasur. • Priorizar la investigación, capacitación, promoción y divulgación de los procesos democráticos de los países miembros, dirigida a sectores históricamente excluidos, con el fin de contribuir a la profundización de la democracia intercultural. El Encuentro de Escuelas e Institutos de formación en democracia y capacitación electoral reflejó la firme voluntad de los países presentes, en abonar esfuerzos integracionistas para la pronta consecución de una confraternidad de Estados suramericanos, para lo cual considera crucial el fortalecimiento de la democracia y de una ciudadanía empoderada de sus derechos políticos y con capacidad y garantías para ejercitarlos. En este horizonte estratégico de unidad los países suramericanos presentes señalan que los puntales más fuertes para la integración son los “hallazgos” de instituciones sociales propias, establecidas sobre la base de la reciprocidad, 224
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solidaridad, control mutuo de la arbitrariedad y, sobre todo, de la construcción de una nueva intersubjetividad levantada a partir de la alegría del trabajo colectivo entre naciones hermanas. 5.5. Propuesta de creación de una instancia de capacitación y excelencia en material electoral a escala suramericana Durante la I reunión ordinaria del CEU, realizada durante el 26 y 27 de agosto de 2013, el pleno de este organismo decidió crear una instancia institucional de capacitación electoral que oferte formación académica y posgrados a los funcionarios de los organismos electorales suramericanos. En este sentido, el Jurado Nacional de Elecciones de la República de Perú coordina el trabajo para conformar una red que recopile las ofertas de estudio y capacitación en materia electoral, junto con el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral de Ecuador y el Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, para la creación de una instancia de capacitación y excelencia en materia electoral suramericana.
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Mensaje final Para nosotros la patria es América; nuestra insignia, la independencia y la libertad. Simón Bolívar La primera década del presente siglo significó para América Latina y Suramérica en particular, un periodo de revitalización del proceso de integración regional mediante la constitución de renovadas organizaciones como la Unasur, caracterizada por ser flexible, dinámica, eficaz, efectiva y propiciadora de la complementariedad en todos los campos entre sus países miembros. En el caso de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), su creación, desarrollo institucional y el impulso de nuevos mecanismos de cooperación significa una oportunidad para acelerar la integración regional creando un nuevo modelo integracionista para enfrentar el nuevo orden internacional por parte de los 12 países suramericanos: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela. El Tratado Constitutivo de la Unasur determina un carácter amplio y holista del proceso de integración suramericano, puesto que no solo se refiere al aspecto económico como eje central de la integración, sino concreta acciones en diversos campos como el dialogo político, desarrollo social, integración energética, medioambiente, cooperación sectorial, entre otros, como lo refleja el Tratado Constitutivo de la Unasur que fija su objetivo central de la siguiente manera: “La Unión de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión en lo cultural, social, económico y político entre sus pueblos, otorgando prioridad al diálogo político, las políticas sociales, la educación, la energía, 227
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la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconómica, lograr la inclusión social y la participación ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrías en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados.”
En función de cumplir estos grandes objetivos desde el año 2008 en que se suscribió el Tratado Constitutivo en Brasilia, los países suramericanos se han empeñado en edificar la institucionalidad de la Unasur a través de la constitución de sus órganos y consejos sectoriales. A la fecha (año 2013) dentro de la Unasur se han creado 12 consejos sectoriales, entre ellos, el Consejo Electoral de la Unasur. En este contexto, al amparo del Tratado Constitutivo tendientes a fortalecer la democracia, lograr la cooperación sectorial, los organismos y autoridades electorales suramericanas, se ha propiciado desde el año 2009 hasta la actualidad, un proceso de acercamiento, intercambio de información, experiencias y trabajo conjunto, que culminó en la creación del Consejo Electoral de la Unasur y la incorporación a su institucionalidad en noviembre de 2012 por parte de la Decisión 15/2012 del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno (órgano máximo de la unión suramericana). El Consejo Electoral de la Unasur claramente tuvo dos etapas definidas; la primera, 2009-2012) en la cual se realizaron cuatro reuniones de los organismos y autoridades electorales de los Estados Miembros de la Unasur tendientes a promover la creación del Consejo e incorporarlo a la institucionalidad de la Unasur mediante la redacción del proyecto estatuto y la normativa para las observaciones electorales como la realización de las gestiones ante el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores para la aprobación de estos documentos. La segunda etapa del Consejo Electoral (2012-2013) caracterizada por el nacimiento propiamente dicho del organismo, la organización de sus aspectos operativos (Plan de Acción Bianual) y, sobre todo, la organización de misiones de acompañamiento y observación electoral en las elecciones de Venezuela, Ecuador y Paraguay. 228
MENSAJE FINAL
A lo largo de este proceso, la Función Electoral del Ecuador, a través de sus dos organismos: el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal Contencioso Electoral, ha desempeñado un rol protagónico en las reuniones de las autoridades de los organismos electorales, los grupos de trabajo y el Consejo de Delegados de la Unasur en la formulación de los proyectos de estatutos, declaración de principios del Consejo Electoral y los criterios y normativas para las misiones electorales suramericanas, su reglamento, la propuesta de creación de la Unidad Técnica Electoral del Consejo, como en las misiones electorales desplegadas en los procesos electorales celebrados en Venezuela y Paraguay. El Consejo Electoral de la Unasur, al cual con honor soy el representante y delegado oficial de la República del Ecuador, constituye un espacio único y trascedente, sin precedentes en la historia de los procesos de integración regionales, que permite consolidar a pasos agigantados a Suramérica en una región democrática en la cual la voluntad soberana de sus pueblos se respeta y expresa mediante el sufragio como en la cual existe un continuo perfeccionamiento y ampliación de los derechos políticos y de participación. El Consejo Electoral de la Unasur es el espacio perfecto para conocernos y reconocernos como ciudadanos suramericanos desarrollando mecanismos normativos, de organización de procesos electorales, observación y acompañamiento electoral, así como intercambio de experiencias y generación de conocimientos propios, surgidos y adaptados desde nuestras realidades y necesidades. Lo avanzado en este camino es fruto, ante todo, de la constancia de nuestros pueblos, pero también de la voluntad decidida de los jefes y jefas de Estado, ministras y ministros de relaciones exteriores y, por supuesto, de las autoridades de los organismos electorales, varias de las cuales prologan generosamente esta obra, y que sin su arduo aporte la integración en materia electoral no existiría. El accionar del Consejo Electoral se orienta a cristalizar a la Unasur como un proceso de integración empoderado y democrático que propicie una gran participación, consenso, motivación, interés y sentido de pertenencia de los pueblos y Gobiernos, impulsando la democracia y la participación ciudadana, es 229
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decir, lograr una integración que se sustenta en lo que los pueblos quieren y no necesariamente en lo que los líderes o académicos creemos. En este esfuerzo por fortalecer los regímenes democráticos y la institucionalidad de nuestros pueblos, las autoridades y organismos electorales de la región constituyeron el Consejo Electoral de la Unasur como una instancia de consulta técnica, cooperación, coordinación, investigación, intercambio de experiencias, promoción de la participación ciudadana y organización de misiones de acompañamiento y observación electoral, en el marco del Tratado Constitutivo de la Unión Suramericana. El CEU constituye un espacio único y trascedente en la historia de los procesos de integración regionales, incorporando al campo electoral en la agenda común de los Estados Suramericanos, en el contexto del respeto a la soberanía, la autodeterminación de los pueblos, la solidaridad, la cooperación, la transparencia y el pluralismo político. En Suramérica el sueño integracionista de Bolívar, San Martín, Artigas y O'Higgins, abriga hoy más esperanzas, certezas y utopía que antes. El fortalecimiento de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), bajo la premisa de asumir a la democracia como un elemento insustituible para nuestros pueblos, ha replanteado los procesos integracionistas regionales y subregionales.
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Tirado Mejía, Álvaro (1997). “Integración y democracia en América Latina y el Caribe”. Buenos Aires: Instituto para la Integración de América Latina y el Caribe (Intal), Documentos de Divulgación. Urruty Navatta, Carlos Alberto (2007). “La importancia de los organismos electorales”. Revista de Derecho Electoral. San José de Costa Rica: Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica. Vacchino, José María (1989). “Esquemas latinoamericanos de Integración”. Revista Pensamiento Iberoamericano n.° 15: 80. Zapata, Victoria (2013). “Rompecabezas: el regionalismo actual desde una perspectiva conosureana”. Documento de Trabajo n.° 7. Quito: Flacso. CONSTITUCIONES NACIONALES Constitución Nacional de la República Argentina. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Constitución de la República Federativa de Brasil. Constitución Política de la República de Chile. Constitución Política de la República de Colombia. Constitución de la República del Ecuador. Constitución de la Republica Cooperativa de Guyana. Constitución Nacional de la República del Paraguay. Constitución Política de la República del Perú. Constitución de la República de Surinam. Constitución de la República Oriental del Uruguay. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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BIBLIOGRAFÍA
LEGISLACIÓN ELECTORAL República Argentina Ley 19.108 de Organización de la Justicia Nacional Electoral Decreto Ejecutivo n.° 682/2010 del 19 de mayo de 2010 República Federativa de Brasil Código Electoral Estado Plurinacional de Bolivia Ley del Órgano Electoral Plurinacional República de Colombia Código Electoral República de Chile Ley Orgánica del Tribunal Calificador de Elecciones de Chile Ley de los Tribunales Electorales Regionales República de Ecuador Código de la Democracia Repuública Cooperativa de Guyana Ley de Elecciones República del Paraguay Código Electoral Ley n.° 635/95 que reglamenta la Justicia Electoral República de Surinam Ley Electoral República Oriental del Uruguay Ley de Elecciones 237
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
Ley del Registro Cívico Nacional República Bolivariana de Venezuela Ley Orgánica del Poder Electoral ACUERDOS, TRATADOS, PROTOCOLOS Y DECISIONES CAN • Acuerdo de Integración Subregional Andino - Acuerdo de Cartagena. • Carta Social Andina de 1994. • Protocolo de Trujillo de 1996. • Protocolo de Sucre de 1997. • Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena denominado “Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia”, suscrito el 17 de octubre de 1998. • La Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, suscrita el 26 de julio de 2002. • Declaración de Quirama de 2003. • Tratado Constitutivo del Parlamento Andino de 1979. • Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento Andino sobre Elecciones directas y universales de 2002. • Decisión 441 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. • Decisión 442 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. • Decisión 464 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. • Decisión 551 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. • Decisión 539 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. 238
BIBLIOGRAFÍA
• Decisión 674 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. • Decisión 711 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores. Mercosur • Tratado de Asunción de 1991. • Protocolo de Ushuaia de 1998. • Protocolo de Asunción sobre el Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur en 2005. • Protocolo de creación del Parlamento del Mercosur. Alba-Tcp • Declaración Presidencial entre Cuba y Venezuela para la creación de la ALBA, del año 2004. Unasur • Tratado Constitutivo de la Unasur, suscrito en Brasilia el 23 de mayo de 2008. • Reglamento General de la Unasur. • Estatuto del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur).
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DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
DECLARACIONES PRESIDENCIALES CAN • Carta Andina de Derechos Humanos de 2002. • Carta de Conducta de Riobamba de 1980. • Declaración Conjunta de los Presidentes Andinos, Caracas, 3 de febrero de 1989. • Declaración de Galápagos del 17 y 18 de diciembre de 1989. • Declaración de los Presidentes Andinos del 11 de agosto de 1979. • Declaración de Quirama de 2003. • Manifiesto de Cartagena de Indias del 25 y 16 de mayo de 1989. • Protocolo adicional al Acuerdo de Cartagena Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia del año 2000. Mercosur • Acta de Amistad Argentino-Brasileña “Democracia, Paz y Desarrollo” de 1986. • Acta de Buenos Aires de 1990. • Declaración de Foz de Iguazú de 1985. • Declaración Presidencial de Jefes de Estado del Mercosur de Las Leñas del 26 y 27 de junio de 1992. • Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el Mercosur de 1996.
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BIBLIOGRAFÍA
Alba-Tcp • Declaración de la VIII Cumbre de la Alba-Tcp, suscrita en La Habana, Cuba el 13 y 14 de diciembre de 2009. Comunidad de Naciones Sudamericanas. • Comunicado de Brasilia. Reunión de Presidentes de América del Sur, Brasilia, del 1 de septiembre de 2000. • Consenso de Guayaquil sobre integración, seguridad e infraestructura, seguridad e infraestructura para el desarrollo. II Reunión de Presidentes de América del Sur, Guayaquil-Ecuador, 26 y 27 de julio de 2002. • Declaración del Cuzco sobre la Comunidad Sudamericana de Naciones. III Cumbre Presidencial Sudamericana, Cusco, 8 de diciembre de 2004. • Documento final de la Comisión Estratégica de Reflexión. Un nuevo modelo de integración de América del Sur: hacia la Unión Sudamericana de Naciones. Unasur • Decisión 15 del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur de 2012. • Decisión n.° 8 del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur de 2012. • Decisión n.° 7 del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur de 2012. • Declaración de Buenos Aires de 2010. • Declaración de la Moneda de 2008. • Declaración de los Cardales de 2010. 241
DEMOCRACIA EN EL CONTEXTO SURAMERICANO
• Declaración de Paramaribo en 2013. • Declaración Presidencial de Quito del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unasur de 2009.
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Siglas A Aladi: Asociación Latinoamericana de Integración. Alalc: Asociación Latinoamericana de Libre Comercio. Alba-Tcp: Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América – Tratado de Comercio de los Pueblos. Alcsa: Área de Libre Comercio Sudamericana. C CAN: Comunidad Andina de Naciones. Caricom: Comunidad del Caribe M Mercosur: Mercado Común del Sur. U Unasur: Unión de Naciones Suramericanas.
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Edificio Sede de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) - Néstor Kichner, en la Ciudad Mitad del Mundo - Quito. Latitud 0° 0’ 00’’
“La unidad de nuestros pueblos no es simple quimera de los hombres, sino inexorable decreto del destino” Simón Bolivar