Ciclo de webinars “Por ti… construyendo un mundo seguro” 08 al 11 de noviembre de 2021
Para seguir avanzando hacia una mayor protección en las obras educativas de la Provincia Marista de México Central, del 8 al 11 de noviembre de 2021 se realizó el Ciclo de webinars“ Por ti… construyendo un mundo seguro”, con el objetivo de conocer marcos teóricos y buenas prácticas en prevención y atención integral de la violencia sexual con perspectiva de género en ámbitos educativos, así como propuestas para su apropiación por parte de la comunidad. Ciclo completo disponible en: https://www.youtube.com/playlist?list=PL2KPiTx-LN1klVaGj5FUE8xmEiKI-dQui
Aviso importante A continuación, la presentación realizada por nuestra especialista invitada al Conferencia 1: Abordaje integral de la violencia sexual con perspectiva de género en ámbitos educativos el 11 de noviembre de 2021 en el marco del Ciclo de webinars “Por ti… construyendo un mundo seguro” dirigido a la comunidad educativa de la Provincia Marista de México Central con fines educativos. La institución se deslinda de cualquier uso de esta presentación, parte de ella o de la información, referida fuera de contexto y/o con propósitos ajenos dicho Ciclo de webinars.
Taller de habilidades en género para estudiantes
Sesión 3 Violencia de Género
Imparte: Dra. Magali Barreto Ávila
TEMA 1. Violencia de género 2. Definición de violencia de género 3. Tipos y modalidades de violencia de género
4. Expresiones de violencia entre estudiantes, personal académico y administrativo 5. El protocolo para la atención de casos de violencia de
género en la UNAM: lineamientos y políticas5. 6. Enseñanza de la cultura de la igualdad y consentimiento
Perspectivas conceptuales y jurídicas de la violencia de género y la violencia hacia las mujeres ▪ Para la Organización de las Naciones Unidas, la violencia de género engloba distintas formas de violencia sexual hacia las mujeres, en el ámbito privado y público, además de diversos modos de discriminación con base en la preferencia sexual e identidad de género, de hombres y mujeres. ▪ A partir de 1994 la definición de la ONU: “concibe como violencia de género como problema público y no sólo remitido a la esfera de lo íntimo y privado.
▪ La violencia contra la mujer se presenta como violencia física, sexual y/o psicológica: realizada dentro de la comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en institutos educacionales y en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada.
Perspectivas conceptuales y jurídicas de la violencia de género y la violencia hacia las mujeres
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia estipula que la violencia sexual “es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física”.
HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL o El hostigamiento sexual y acoso sexual se refieren a “un comportamiento sexual que no es deseado por la víctima y afecta la dignidad de su persona, ya sea mujer u hombre. El espacio más frecuente donde suele ocurrir es en el ámbito laboral. o Se caracteriza por solicitar favores sexuales; actos de naturaleza sexual, verbales, físicos, o visuales; pellizcos, palmadas, besos, caricias, sonrisas, miradas, bromas y contactos que no han sido propiciados ni consentidos” (Larralde & Ugalde, 2007, p. 76).
Violencia de género en Instituciones Un trabajo ya clásico sobre el acoso sexual de los docentes hacia las alumnas es el de Wright y Weiner (1988), traducido al español como “Las cátedras de la lujuria”. En ese estudio realizaron un análisis integral y profundo del fenómeno. Su investigación explica el problema como parte del entonces reciente ingreso amplio de las mujeres dentro de las universidades norteamericanas, que en sus inicios habían sido espacios masculinos que excluían a las mujeres. Las autoras identificaron el problema como una resistencia del poder patriarcal de las instituciones para incorporar en términos de igualdad y equidad a las mujeres dentro de la vida universitaria.
Violencia de género
• En su reflexión muestran las prácticas de secrecía y censura sobre el acoso sexual y señalan que la extrema jerarquía entre los profesores y las estudiantes hacía posible el silencio. •
El estudio es también un trabajo de denuncia y un diagnóstico basado sobre todo en un amplio número de encuestas y de testimonios.
• Dicen ellas: “Que los profesores acosen sexualmente a sus estudiantes es un hecho de la vida universitaria que muchos educadores prefieren ignorar, y con silencio aceptar […] El silencio es parte del problema, la indiferencia solo conduce a su empeoramiento” (Wright y Weiner, 1988: 11).
Violencia de género en Instituciones
• Forma parte de la ceguera de género, la creencia generalizada de que los espacios universitarios se encuentran libres de este fenómeno debido a que son lugares privilegiados donde imperan el espíritu del conocimiento y el aprendizaje, alejados de los males que aquejan al país (Wright y Weiner, 1988), junto con la idea inserta.
Violencia de género en la UNAM
• La UNAM cuenta con una encuesta que refleja una percepción bastante alta en la frecuencia del acoso sexual: 39.8% de las mujeres y 21.7% de los hombres de la población académica afirmaron haber sido objeto de al menos un comportamiento de este tipo; 49.3% de las alumnas y 27.6% de sus compañeros también lo reportaron (Buquet, Cooper, Mingo & Moreno, 2014, p. 304). • La Comisión Nacional de Derechos Humanos (cndh) emitió en noviembre de 2013 una recomendación a la universidad por no atender conforme al derecho la denuncia por acoso sexual de una alumna menor de edad en el plantel número 9 de la Preparatoria Nacional.
Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 Principales Resultados Delito de Acoso y Hostigamiento Sexual en el Código Penal de Oaxaca TITULO DECIMOSEGUNDO. Delitos contra la libertad, la seguridad y el normal desarrollo psicosexual. CAPITULO I. Abuso, hostigamiento y acoso sexual, estupro y violación. (Denominación del Capítulo I reformada mediante decreto número 1372, aprobado el 10 de diciembre de 2015 y publicado en el Periódico Oficial número 5 Cuarta Sección el 30 de enero de 2016)
ARTÍCULO 241.- Comete el delito de abuso sexual, quien sin consentimiento de una persona
ejecute en ella o la haga ejecutar un acto sexual, que no sea la cópula, o la obligue a observar cualquier acto sexual aun a través de medios electrónicos. Al responsable de tal hecho, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y multa de cincuenta a doscientos días de salario mínimo. La pena prevista en esté delito, se aumentará en una mitad en su mínimo y en su máximo cuando: I.- Sea cometido por dos o más personas; II.- Se hiciera uso de violencia física o moral; y III.- Se hubiera administrado a la víctima alguna sustancia tóxica.
Cuando el delito fuere cometido contra persona menor de doce años, incapaz o cuando se realice en persona que no tenga la capacidad e comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo, la pena será de siete a doce años de prisión y multa de trescientos a setecientos días de salario mínimo. A los autores y partícipes del delito previsto en este párrafo no se les concederá ningún beneficio preliberacional en la ejecución de la sentencia. Cuando el delito fuere cometido por un servidor público, docente o ministro de culto y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo primero, será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o profesión. (Párrafo adicionado mediante decreto número 2025, aprobado el 11 de agosto del 2016 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 3 de octubre del 2016)
Acoso Sexual en el Código Penal de Oaxaca
• A nivel nacional 7 de cada 100 habitantes mayores de 15 años son analfabetas, mientras que en Chiapas se presenta más del doble de ese porcentaje con un 17.8% del total de su población13 . La falta de educación de las mujeres también es un factor preocupante. La condición de analfabetismo de las mujeres es superior a la de hombres en todas las edades. De este modo, una de cada cinco mujeres mayores de 15 años en Chiapas no saben leer ni escribir y de aquellas mujeres que sí tuvieron acceso a la educación cuatro de cada diez no pudieron terminar la secundaria14 .
La desigualdad de las mujeres indígenas propicia la discriminación en su contra y facilita las condiciones que permiten que se produzca y se reproduzca la violencia en su contra. Así, por ejemplo, en ocasiones, cuando las mujeres indígenas deciden dejar su comunidad para buscar oportunidades laborales y mejor sus condiciones de vida, son víctimas de agresiones por parte de sus familiares, amigos o su comunidad, por haber abandonado su rol tradicional dentro de la misma. De esta forma, la tensión entre lo público y lo privado se exacerba, dibujando los límites entre la violencia familiar, institucional y comunitaria.
ACCESO A LA JUSTICIA
El acceso a la justicia forma parte de las pautas por las que las autoridades que ostentan el poder de sancionar pueden evitar ejercer la segunda victimización hacia las denunciantes. Dicho concepto jurídico establece un protocolo de debido proceso para que los administradores de justicia cumplan las garantías con base en el derecho internacional de los derechos humanos: “El Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha reconocido el rol esencial que le compete a la realización del derecho de acceder a la justicia en la garantía de los derechos fundamentales en general y de los derechos sociales en particular, y ha fijado una serie de estándares con impacto en el funcionamiento de los sistemas judiciales en la región” (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2007).
IMPUNIDAD •Crisis del sistema judicial el México •No hay cultura de denuncia •No hay acceso a la justicia •En nuestro país, 97% de los casos denunciados ante el Ministerio Público por violencia de género no son procesados (Rosales, 2012). La adopción de leyes en favor de las mujeres en México, aunque es relativamente positiva, resulta infructuosa debido a las deficiencias del estado de derecho y el sistema de procuración de justicia (Saucedo y Huacuz, 2010).
CIFRAS, IMPUNIDAD Y CULTURA DE LA NO DENUNCIA
o La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas elaboró un diagnóstico nacional sobre la atención de violencia sexual en México, con base en cifras de la Procuraduría General de la República. En México se estima que ocurren 600,000 delitos sexuales anualmente; de éstos, 94,1 % no se denuncian.
o De las personas que sufren violación y abuso sexual, el 80 por ciento son mujeres. De cada mil denuncias penales que reciben, los procuradores de justicia sólo consignan ante un juez a 10 agresores sexuales, lo que equivale al 1 por ciento del total de casos.
Disponible en: https://goo.gl/voeDAL . [Consultado el 23.06.16].
DAÑOS PARA LAS MUJERES TRABAJADORAS AFECTADAS DE HOSTIGAMIENTO SEXUAL
Cultura de violencia Institucional, el circulo de la impunidad
Subjetivo: Negación, silencio, vergüenza, miedo, culpa, ansiedad, depresión Social: Revictimización, culpabilización hacia la afectada, el estigma y castigo social, desestimación de la víctima Institucional y del derecho: Revictimización, no acceso a la justicia
•Negación •Silencio •Dilación
Abandono del espacio educativo y/o trabajo
•Reconocimiento •Solidaridad •Justicia
Malestar Efecto postraumático Campañas de Sensibilización Redes de apoyo informal
Teoría de Género aplicada al acoso sexual en el área laboral y las universidades
• Diversas posturas de la teoría feminista coinciden en que la funcionalidad de la violencia de género contra las mujeres permite mantener estructuralmente la desposesión de espacios y extracción del trabajo de las mujeres y la subordinación de éstas respecto a los hombres, basada en el género (Huacuz, 2011; Segato, 2015; Rubin, 1985). • En contextos educativos tiene el efecto de mantener la distancia o brecha de mujeres y hombres respecto de los centros de poder masculinos y mayor valoración académica (Buquet et al., 2013).
Teoría de Género aplicada al acoso sexual en el área laboral y las universidades • Algunas investigaciones sobre violencia de género en los centros de educación superior mexicanos consideran que el silencio institucional es el principal problema (González, 2013). • La violencia de género se ejerce como disciplinador social; su legitimación sucede a través de la “neutralidad” de la institución escolar respecto a la experiencia de las estudiantes (Mora, 2011). • En la UNAM, el trabajo de Araceli Mingo y Hortensia Moreno (2015) muestra variadas dificultades que enfrentan las afectadas por este tipo de prácticas para interponer una queja y lograr que los agresores sean castigados.
Efectos negativos del Acoso y Hostigamiento Sexual para el estudiantado, docentes y las trabajadoras.
El silencio personal y la revelación Los delitos de violencia sexual deben sortear diversas barreras para llegar a ser reconocidos y sancionados por las autoridades universitarias: •
La primera dificultad es la propia aceptación de las agredidas; la mayoría de ellas no identifican los primeros signos de la violencia recibida.
•
El segundo obstáculo radica en que aun si han comenzado el proceso personal de reconocimiento, no efectúan la revelación porque experimentan sentimientos negativos como culpa, vergüenza, ambivalencia y miedo (Chubin, 2014).
• Pocas son las personas que superan esta etapa; de las que lo hacen, sólo algunas deciden denunciar (Cantalupo, 2014).
Efectos negativos del Acoso y Hostigamiento Sexual para el estudiantado, docentes y las trabajadoras.
La revictimización o segunda victimización es un concepto jurídico y psicológico que se refiere a la doble violencia que reciben las afectadas al padecer los delitos y al presentar sus denuncias. Incluye malos tratos, culpabilización, el no reconocimiento como víctimas, la violación a los derechos humanos y los efectos psicológicos derivados de este tipo de violencia institucional y social (Aranda, Montes y Castillo, 2014).
Efectos negativos del Acoso y Hostigamiento Sexual para el estudiantado, docentes y las trabajadoras.
• La violencia de género afecta la inclusión de las mujeres en la Universidad debido a los efectos negativos en las personas que la padecen, como el bajo rendimiento escolar, el abandono de los estudios, la imposibilidad de avanzar en puestos de jerarquía para las mujeres y otros elementos asociados con el estrés postraumático que produce la violencia (Mendoza, 2013; Moreno; 2003; Mingo y Moreno 2015). • El bajo rendimiento escolar y la deserción son algunos de los efectos negativos del acoso sexual en el ámbito educativo (Wright y Hawkins, 2011), de la misma manera que la pérdida de espacios y de la movilidad de quienes la padecen
Efectos negativos del Acoso y Hostigamiento Sexual para el estudiantado, docentes y las trabajadoras.
• La mayoría de las denuncias por violencia sexual ante autoridades penales y universitarias no tienen buen cauce. Los testimonios no son reconocidos y las afectadas se ven expuestas a la doble victimización (Wright y Hawkins, 2011; Ulate, 2006). • La tendencia a negar las quejas es un hecho casi universal en el ámbito de la educación superior. Dar a conocer el problema supone una amenaza para algunas autoridades y académicos. • Los sentimientos de indignación, rabia y necesidad de justicia que preceden a la elaboración del menosprecio en el plano personal (Honneth, 1997)
En equipos analiza un caso de violencia de género en el ámbito escolar con base en las tipificaciones propuestas por ENDIREH Actividad 3.1: Análisis de casos Propósito: Analizar un caso de violencia de género en el ámbito escolar con base en las tipificaciones propuestas por ENDIREH. •
Violencia de género contra las mujeres en el ámbito escolar1
Tipos
Violencia emocional
Actos de violencia
Degradación /Acoso emocional: •
La han ofendido o humillado por el hecho de ser mujer (la hicieron sentir menos o mal).
•
La han ignorado o no la han tomado en cuenta por ser mujer.
•
Le han hecho comentarios ofensivos acerca de que las mujeres no deberían estudiar.
Intimidación o acecho:
Violencia física
•
La han vigilado o seguido al salir de la escuela.
•
La han pellizcado, jalado el cabello, empujado, jaloneado, abofeteado o aventado algún objeto.
•
La han pateado o golpeado con el puño.
•
La han atacado o agredido con un cuchillo, navaja o arma de fuego.
Violencia sexual
Intimidación sexual: •
Le han hecho sentir miedo de ser atacada o abusada sexualmente.
•
Le han dicho piropos groseros u ofensivos de tipo sexual o sobre su cuerpo.
•
Le han enviado mensajes o publicado comentarios con insinuaciones sexuales, insultos
1
Violencia en el ámbito escolar. Tipificación obtenida de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH).
Preguntas a discutir en equipos :
▪
Brevemente ¿en qué consistió el caso de violencia de género que analizaron?
▪
¿Por qué se trata de violencia de género?
▪
Con base en la tabla de tipificación, ¿qué tipo de violencia de género se vivió en el caso que analizaste?
▪
¿Cómo se podría sensibilizar a las y los jóvenes y en general a la comunidad para prevenir y detectar la violencia de género?
¿Qué tipos de violencia de género he visto que se viven durante mis clases y cómo puedo contribuir para su eliminación?
Tipos de
¿A través de qué acciones o
¿Qué acciones puedo
violencia
comportamientos?
realizar para acabar con esta situación?
Emocional Física Sexual
GRACIAS…