1 minute read
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Quedan sin efecto todos los Códigos de Ética y Deontología Médica, así como cuantas declaraciones previas se opongan al presente Código.
Disposiciones Finales
Advertisement
1. El médico que actúa amparado por las Leyes del Estado no puede ser sancionado deontológicamente.
2. Las declaraciones de la Comisión Central de Deontología aprobadas por la Asamblea General del Consejo poseen el mismo carácter vinculante que los preceptos contenidos en este Código.
3. Es deber del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España emprender las iniciativas necesarias para la actualización de este Código.
4. El hecho de que una conducta médica haya sido declarada exenta de responsabilidad en los tribunales no impedirá que, a posteriori, pueda ser enjuiciada por la jurisdicción deontológica competente.
5. Existe una versión electrónica del Código en el que se reflejarán los cambios que puedan producirse (www.cgcom.org)
Este Código Deontológico se aprobó en la Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) del 17 de diciembre de 2022, siendo los miembros de la Comisión Permanente
D. Tomás Cobo Castro (Presidente)
Dª. M.ª Isabel Moya García (Vicepresidenta 1.ª)
D.ª Manuela García Romero (Vicepresidenta 2.ª)
D. José M.ª Rodríguez Vicente (Secretario General)
D.ª M.ª Rosa Arroyo Castillo (Vicesecretaria)
D. Enrique Guilabert Pérez (Tesorero)
Y siendo los miembros de la Comisión Deontológica Presidente
D. José María Domínguez Roldán Secretario
D. Manuel Fernández Chavero Vocales
D. Jacinto Bátiz Cantera
D. Luis Ciprés Casanovas
D. Rafael del Río Villegas
Dª. Sandra Ferrer Gelabert
D. Alberto Fidalgo Francisco
Dª. Pilar León Sanz
D. Ángel Pérez Arias
Dª. M.ª Felicidad Rodríguez Sánchez
D. Juan José Rodríguez Sendín
Dª. M.ª Teresa Vidal Candela