CONOZCA A SU CANDIDATO: CONSEJO CONSTITUCIONAL
El domingo 7 de mayo los chilenos y chilenas regresarán a las urnas de sufragio para elegir a los 50 integrantes del organismo que redactará el nuevo texto de Carta Magna. Cinco de ellos representarán a la Región de Valparaíso, que enfrenta esta contienda electoral con 24 postulantes.
EDICIONES ESPECIALES MERCURIOVALPO.CL
SÁBADO
25
DE MARZO DE 2023
EDMUNDO
ELUCHANS UDI / PACTO CHILE SEGURO ALDO VALLE IND.-PS / PACTO UNIDAD PARA CHILE
VALERIA CÁRCAMO RD / PACTO UNIDAD PARA CHILE
MARCO ANTONIO NÚÑEZ PPD / PACTO TODO POR CHILE
RAIMUNDO PALAMARA PARTIDO REPUBLICANO
Chile inicia un nuevo proceso para cambiar su Constitución Política
Este 7 de mayo se elegirá a quienes deben redactar el nuevo borrador de Carta Magna, como parte de un proyecto que también implica la participación de una Comisión Experta y un Comité Técnico de Admisibilidad con integrantes definidos por el Poder Legislativo.
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El domingo 7 de mayo los chilenos y chilenas irán nuevamente a las urnas de sufragio -obligatorio- para elegir al Consejo Constitucional de 50 integrantes que redactará un nuevo borrador de Constitución Política. Este organismo será protagonista de un nuevo proceso constituyente que también incluye la participación de una Comisión Experta y de un Comité Técnico de Admisibilidad.
Cada uno de estos órganos tiene una función específica en la elaboración de la Carta Magna que será plebiscitada el 17 de diciembre de este año. Todo esto como parte de los términos del “Acuerdo Por Chile” que se concretó en diciembre en el Congreso, donde se realizó una reforma constitucional para habilitar el proceso, nuevo intento de cambiar la Carta Fundamental de 1980 tras el proyecto de texto rechazado el 4 de septiembre de 2022.
CONSEJO
CONSTITUCIONAL
El rol del Consejo Constitucional será discutir y aprobar una propuesta de nueva Carta Marga. Estará compuesto de forma paritaria y se elegirá un número de integrantes por región según las normas de elección de senadores. El órgano tendrá también representantes de los pueblos originarios, donde la cifra dependerá del padrón electoral indígena de Chile.
El Consejo deberá comenzar a sesionar el 7 de junio y su sede será, al igual que en el proceso constituyente anterior, el ex Congreso Nacional en Santiago. Su plazo de entrega de la propuesta es de cinco meses a partir de su instalación.
En el caso específico de la Región de Valparaíso, cuya Circunscripción es la número 6 y donde se elegirá a cinco repre-
serán los integrantes del Consejo Constitucional que inicia sus funciones el 7 de junio.
sentantes, hay 24 candidatos en los siguientes pactos:
• Todo Por Chile: Carla Allendes (Ind.-PR), Marco Antonio Núñez (PPD), Jazmín Murillo (Ind.-PPD), Manuel Tobar (DC), Darma López (DC) y Christian Inostroza (PR).
• Partido Republicano: María de los Ángeles López, Antonio Barchiesi, Tatiana Bernal, Raimundo Palamara, Chantal Robert y Pedro Schwedelbach.
• Unidad para Chile: María Soledad Pardo (CS), Aldo Valle (Ind.-PS), Valeria Cárcamo (RD), Marcelo Schilling (PS), Carolina Fernández (PC) y Gonzalo Vega (Comunes).
• Chile Seguro: Leslie Briones (RN), Gonzalo Ibáñez
(Ind.-RN), Luigina Pruzzo (Ind.-Evopoli), Gonzalo Yuseff (Ind.-Evópoli), Viviana Núñez (Ind.-UDI) y Edmundo Eluchans (UDI).
COMISIÓN EXPERTA
La Comisión Experta está compuesta por 24 personas y su trabajo es proponer un anteproyecto como base para la discusión del texto que deberá redactar el Consejo. Este órgano comenzó a funcionar el 6 de marzo y sus integrantes fueron nombrados de manera equivalente entre el Senado y la Cámara Baja, siendo elegidos como presidente y vicepresidente los abogados Verónica Undurraga y Sebastián Soto.
Así, los nominados por la
son los candidatos a consejeras y consejeros en la Región de Valparaíso.
Cámara Alta fueron Katherine Martorell, Gabriel Osorio, Teodoro Ribera, Leslie Sánchez, Jaime Arancibia, Magaly Fuenzalida , Bettina Horst, Alejandra Krauss, Catalina Lagos, Hernán Larraín, Francisco Soto y Sebastián Soto. En tanto, los elegidos por la Cámara Baja fueron Flavio Quezada, Catalina Salem, Carlos Frontaura, Marcela Peredo, Natalia González, Máximo Pavez, Juan José Ossa, Verónica Undurraga, Alexis Cortés, Paz Anastasiadis, Domingo Lovera y Antonia Rivas Palma.
Asimismo, este órgano consta de cuatro subcomisiones: Función jurisdiccional y órganos autónomos; Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales; Sistema polí-
tico, reforma constitucional y forma de Estado; y Principios, derechos civiles y políticos.
En cuanto a las decisiones que debe tomar la Comisión Experta, éstas deben tener un quórum de 3/5 de sus miembros y el plazo de entrega del anteproyecto es de tres meses después de su instauración, es decir el 6 de junio próximo.
Tras el inicio del funcionaes del Consejo Constitucional, los expertos que integran la Comisión podrán ejercer el derecho de hacer uso de la palabra en las diferentes instancias del nuevo organismo electo, aunque sin derecho a voto.
Otro de los roles de la Comisión Experta es que luego que los consejeros constitucio-
nales tengan lista la propuesta, y antes del trabajo de armonización, los miembros del organismo podrán entregar un informe al mismo Consejo en relación a posibles cambios de redacción y comprensión del texto, las que deben aprobarse por un quórum del 3/5 de los consejeros.
COMITÉ TÉCNICO DE ADMISIBILIDAD
El 6 de marzo pasado se constituyó el Comité Técnico de Admisibilidad, cuya función es resolver todos aquellos requerimientos que sean contrarios a normas ya aprobadas por la Comisión Experta o el plenario del Consejo Constitucional o que no estén de acuerdo con las Bases Institucionales que se establecieron en el proceso. Estas constan de 12 puntos, entre los que destacan que Chile es una República democrática cuya soberanía reside en el pueblo; que la nación además es un Estado unitario y descentralizado; que la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes; que se reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación, y que Chile consta de tres poderes independientes, el Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo, solo por nombrar algunos.
Este Comité está compuesto por los juristas Héctor Mery, Cecilia Flores, Ana María García, Josefina Soto, Enrique García, Viviana Ponce de León, Julia Urquieta, Marcos Contreras, Claudio Grossman, Estefanía Esparza, Juan Carlos Ferrada, Tomás Jordán, Marisol Peña y Víctor Avilés. García y Grossman fueron designados presidenta y vicepresidente del organismo, respectivamente.
Director El Mercurio de Valparaíso: Carlos Vergara E. Editor: Rafael Valle M. Periodistas: Alejandra Romero C. y Matías Llanca M.
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Voto obligatorio: derecho y deber
En esta nueva elección las personas mayores de 18 años que no hayan sido condenadas a pena aflictiva deben sufragar por ley, tras el término definitivo del sufragio voluntario que se había instaurado a partir de
Votar será obligatorio en la elección del Consejo Constitucional del 7 de mayo.
Así, los chilenos mayores de 18 años que no hayan sido condenados a pena aflictiva (superior a 3 años y un día de presidio) o los extranjeros en el mismo rango etario que viven en el país por más de 5 años (y tampoco hay an tenido dicha condena), deben por ley ejercer su derecho a sufragio. En ambos casos deben tener domicilio electoral en Chile, considerándose como tal el lugar de residencia habitual o temporal, o aquel donde trabaja o estudia.
Por su parte, los electores que se han identificado como parte de pueblos originarios
tendrán la opción de votar por los candidatos de la Circunscripción Nacional de Pueblos Indígenas o por quienes están en carrera por el Consejo Constitucional de su respectiva circunscripción electoral. Esto lo harán al momento del sufragio, solicitando indistintamente la cédula de votación que corresponda.
RESTABLECIMIENTO
Fue el pasado 4 de enero cuando se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.524 que modifica la Constitución para restablecer el voto obligatorio en las elecciones populares. Así se terminó con el sistema de voto voluntario e inscripción automática en el Registro Electoral, que se ins-
tauró vía Ley 20.568, que cambió la Ley Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral, publicada en enero de 2012, con miras a las elecciones municipales de ese año. Si bien el sufragio del Plebiscito Constitucional de salida del pasado 4 de septiembre también fue obligatorio, ello se debió a una reforma constitucional específica para dicho evento.
El restablecimiento de la obligatoriedad del sufragio se debió a la baja participación electoral en las votaciones llevaron a cabo desde 2012 en adelante. Ejemplo de lo anterior fueron las elecciones de gobernadores regionales de 2021, donde participó menos del 20% del padrón electoral, o los comicios municipales de 2016, cuando se acercó a las urnas solo un 36% de los ciudadanos.
MULTAS
Las personas con derecho a voto deben estar atentas y re-
visar si están habilitadas para sufragar, información que se publicó este 23 de marzo en www.servel.cl, donde se muestra el padrón electoral definitivo.
Por tratarse de una obligatoriedad por ley, quienes estén habilitados para sufragar y no acudan a las urnas el día de la elección del Consejo Constitucional se exponen a una multa que irá en directo beneficio de las arcas municipales que corresponda, la que asciende a la suma de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM); es decir, entre $ 30 mil y $185 mil pesos, aproximadamente.
Se eximen del pago de multa aquellas personas que no pueden asistir a los locales de votación porque se encuentran enfermas o no están en Chile, o bien porque el día de los comicios se encuentran a más de 200 km de su domicilio electoral, o por algún otro problema grave que debe ser comprobado por un juez competente.
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2012.
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El rol de la Constitución Política del Estado
vo y Judicial.
Entre los aspectos controversiales de la actual Constitución está el rol subsidiario del Estado frente a la iniciativa económica privada, y la falta de garantías explícitas para la protección de derechos sociales como educación, salud y vivienda.
REFORMAS
Desde su promulgación esta Carta Fundamental ha sufrido diversas reformas, destacando entre las más importantes las de 1989 y 2005.
elección presidencial de 1989, que marcaría el fin del régimen militar.
La Constitución Política es la ley fundamental de todo Estado democrático, por cuanto establece la forma en la que un país se organiza y cómo funcionan sus principales instituciones. Por ello, es el documento que también define las bases del sistema político y establece
los derechos y los deberes de todos los ciudadanos.
La actual Constitución chilena, promulgada en 1980, contiene un total de 143 artículos y 51 disposiciones transitorias, las cuales contienen el marco de regulación de las Bases de la Institucionalidad, nacionalidad y ciudadanía, los derechos y garantías constitu-
cionales, la forma de Gobierno, el Congreso Nacional, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, el Servicio Electoral, la Contraloría General de la República, las Fuerzas Armadas y de Orden, el Consejo de Seguridad Nacional, el Banco Central, la Administración Interior del Estado y los meca-
nismos de reforma de la propia Constitución. Dicha Carta Fundamental establece la condición de Chile como República Democrática y que la soberanía reside en la nación, además de fijar a la familia como núcleo esencial de la sociedad. Asimismo, establece la división de poderes entre Ejecutivo, Legislati-
La primera, realizada a través de la Ley N° 18.825, fue el resultado de un plebiscito en el que se ratificó un conjunto de 54 reformas con cambios a aspectos fundamentales como el procedimiento de reforma a la Constitución, el pluralismo político, los derechos constitucionales y los estados de excepción, entre otros, con el objetivo de robustecer los principios democráticos y participativos del sistema político con miras a la
Concretada durante la Presidencia de Ricardo Lagos, y vía Ley N° 20.050, la reforma de 2005 incluyó también 54 modificaciones a la Carta Magna. Entre ellas se incluian la reducción del mandato presidencial de 6 a 4 años, la eliminación de los senadores vitalicios y designados, y la modificación del Consejo de Seguridad del Estado y la facultad de remoción de los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y de Orden, entre otras.
Por otro lado, la Ley N° 21.200, de 2019, modificó el Capítulo XV del texto, materializando el “Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución”, al que llegaron distintos partidos políticos el 15 de noviembre de ese año. Esa reforma sentó las bases para el proceso por el cual una Convención Constitucional elaboró el borrador texto que fue finalmente rechazado en el lebiscito del pasado 4 de septiembre.
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La norma más importante del país define su estructura y regimen político, los derechos y garantías ciudadanas, y las atribuciones de sus distintos órganos, entre otros temas.
MIGUEL CAMPOS
Propaganda electoral: conozca a los candidatos
material no puede exceder los 6 metros cuadrados totales. Tras el término del tiempo fijado para este tipo de publicidad, el Servel remarca que es responsabilidad de los candidatos y partidos políticos participantes, retirar o dar de baja toda la propaganda desplegada o transmitida durante el periodo.
Un signo característico de tiempo de elecciones es la propaganda electoral, la que en este proceso constituyente tiene un plazo de extensión que va desde el pasado miércoles 8 de marzo hasta el próximo 4 de mayo a las 23:59 horas.
La primera etapa de la actual propaganda electoral contempla publicidad realizada por medios de prensa y radios que hayan informado sus tarifas al Servicio Electoral (Servel). Asimismo, también se permite la propaganda realizada en terreno, pero sólo por “activistas o
brigadistas en la vía pública”, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen las candidaturas o la entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos.
También se permite realizar la propaganda en redes sociales y medios digitales, ciñéndose al límite de tiempo fijado para radios y prensa escrita. La excepción en este ítem la conforman las cuentas personales de los candidatos en redes sociales, ya que el contenido expresadosiempre y cuando no sea contenido publicitado y pagado- forma parte de la libertad de emitir
opinión y la de informar; por consiguiente, no se consideran como propaganda electoral.
SEGUNDA ETAPA
La segunda etapa de la propaganda electoral comenzará el día 7 de abril, un mes exacto antes de la elección, y contempla tanto la emisión de la franja electoral en los canales de televisión abierta agrupados en la Asocia-
ción Nacional de Televisión (Anatel), como también la propaganda gráfica fija en lugares públicos y privados.
Esta última, en particular, debe cumplir una serie de características solicitadas por el Servel. Esto, ya que la tradicional propaganda en forma de carteles, afiches y “palomas” sólo podrá ser situada desde ese día en plazas, parques y otros lugares
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de mayo es el día de término de propaganda para la elección del Consejo Constitucional.
públicos que están sujetos a autorización. Estos, según lo establecido en la ley 18.700, no pueden superar los dos metros cuadrados.
Asimismo, se da la oportunidad de emplazar el material gráfico en recintos de carácter privado, siempre y cuando se cuente con la autorización del propietario del recinto, de su poseedor o mero tenedor. En este caso, el
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metros cuadrados es el espacio habilitado en parques y plazas autorizadas para el emplazamiento de propaganda.
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El pasado 8 de marzo comenzó la difusión en prensa, radio y RR.SS. A ello se suma una seguna etapa que parte el 7 de abril y que apunta a la publicidad en TV abierta y la gráfica en lugares públicos y privados.
SHUTTERSTOCK
“Si no sacamos lecciones de este nuevo proceso, la amenaza del populismo será una realidad peor de lo que muchos imaginan”
Claudio Elórtegui-Gómez, Doctor
en
de la Comunicación y académico PUCV, afirma que entre los desafíos del nuevo proceso constituyente está el de enfrentar “las presiones tóxicas de las ‘barras bravas’ en las redes sociales”.
Ciencias
Como Doctor en Ciencias de la Comunicación, Claudio Elórtegui-Gómez mira en detalle al nuevo proceso con que se intenta reemplazar a la actual Carta Magna. En su análisis, los cambios de forma desde la pasada Convención Constituyente a la actual estructura tripartita de una Comisión Experta, un Consejo Constitucional y un Comité Técnico de Admisibilidad invitan a nuevas lecturas y ángulos de observación para la ciudadanía.
Para el también académico e investigador de la Escuela de Periodismo PUCV, el nuevo proceso “experimenta características a nivel del trabajo de la Comisión y del Comité que eran esperables, tanto en la forma como en el fondo de las discusiones y tópicos propios del rediseño constitucional. Desde la comunicación política, por ejemplo, la renuncia de una hiper-mediatización, la limitación de los símbolos identitarios y las expresividades culturales, junto a una cuidada sobriedad en la puesta
en escena, generan una transmisión periodística y audiovisual más cercana a un estilo tradicional y republicano de la política”. A su juicio, ello provoca más distanciamiento con el electorado, pero reafirma el contexto de “expertos” que se focalizan en sus roles y competencias técnicas, independiente de su ligazón partidista.
Elórtegui-Gómez precisa que “se ha articulado, desde estos integrantes, la búsqueda de un clima organizacional que evite el conflicto desmesurado, teniendo focos mínimos de tensiones. Por ende, se busca no caer en la visibilización de una política del espectáculo que polariza y daña la credibilidad”.
- ¿Qué se puede esperar con la elección del Consejo y cómo se ve el panorama regional en esta materia?
- Para un conjunto mayoritario de la ciudadanía se abrirá probablemente la verdadera dimensión del proceso, pues no hay mucho conocimiento de lo que está pasando a nivel de los expertos y técnicos. El incre-
mento en la cobertura electoral y la información constitucional, el voto obligatorio y el perfil de los nuevos elegidos podrían elevar las expectativas, aunque en un ambiente de desgaste y desmotivación masiva, incertidumbre económica y menor paciencia con la política regional. Por eso, tiendo a creer que los nombres más posicionados por sus trayectorias y por la confianza pública previa se quedarán con los triunfos en cada lista.
A juicio del Doctor en Ciencias de la Comunicación, “el panorama regional no es fácil debido a la crisis que presenciamos a nivel de la convivencia en los espacios públicos, tomados por la percepción de inseguridad, precariedad en las respuestas habitacionales, un transporte público que tocó fondo y la inexistencia de un relato cohesionador hacia dónde se dirige nuestra región. Quien logre aunar ciertas esperanzas desde la frustración, con una acertada ingeniería electoral y estratégica, se lleva el quinto cupo. Puede ser cual-
quiera de las cuatro listas hasta este momento”.
PRESIONES Y CONTENIDOS
- Al comparar este proceso constituyente con el anterior, ¿qué puntos son positivos y cuáles negativos?
- Son dos momentos diferentes. Esto de por sí marca una forma de comunicar distinta y de entender al electorado bajo ciertas particularidades. El nuevo proceso no se ha enfrentado todavía a lo que serán las presiones tóxicas de las “barras bravas” en las redes sociales, que intentarán desde los extremos concentrar las discusiones para la destrucción del adversario político y estarán conectados con sus representantes al interior del Consejo, independiente si son marginales en número. Esto volverá a repetirse y puede tener ciertas dinámicas preocupantes que estamos viendo en la actualidad en la Cámara de Diputados. Tiendo a creer que lo positivo es que nos damos cuenta como sociedad chilena que si no hay diálogo, consenso, apertura y respeto por el que
piensa diferente, no llegamos a buen puerto, no logramos mínimos civilizatorios. Si no sacamos lecciones de este nuevo proceso, la amenaza del populismo será una realidad peor de lo que muchos imaginan.
- ¿Cree que el acotado tiempo que hay para redactar la nueva Constitución puede jugar en contra del proceso?
- No necesariamente. Si se tiene la humildad y grandeza de evidenciar que se tomaron contenidos sociales del proceso previo con un afán de real encuentro desde las diferencias; se percibe coherencia-eficiencia en los fundamentos de los expertos que le hacen sentido a la ciudadanía; y la propuesta de texto adquiere una dimensión de legitimidad en la sociedad chilena, se valorará que se pudo lograr un nuevo pacto en los tiempos definidos. La transversalidad debería ser una de las grandes preocupaciones, incluso más que los tiempos acotados
- ¿Qué rol jugará el voto obligatorio en este proceso?
- Un rol significativo. Pero su moderación también puede tener un límite de paciencia. Si este voto aprecia que surge un espacio que no le brinda la tranquilidad y seguridad que está buscando con urgencia, tiendo a considerar que la democracia ingresa en una fase de parálisis y amenaza posterior al plebiscito de salida.
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“Tiendoacreerquelos nombresmás posicionadosporsus trayectoriasyporla confianzapública previasequedarán conlostriunfos(como partedelConsejo Constitucional)en cadalista”.
MÓNICA ZAMORA
Marzo dio el vamos a las fechas más importantes de cara a la elección de consejeros constitucioales que se realizará el próximo domingo 7 de mayo. Este mes las personas comenzaron a ver los primeros atisbos de campañas políticas, ya que el miércoles 8 comenzó el periodo de propaganda por medio de prensa, radio y por brigadistas en terreno.
Asimismo, el jueves 23 quedó configurado el padrón electoral definitivo para esta elección dispuesto por el Servel, que había sido fijado de manera provisoria en 15.150.008 electores, así como también las nóminas de personas que no están habilitadas para ejercer su deber cívico. Además, esta fecha representó el fin del plazo para determinar los colegios escrutadores.
El cronograma de la nueva elección
No obstante ello, aún restan fechas relevantes para determinar el buen funcionamiento de la maquinaria electoral durante este proceso.
VIERNES 7 DE ABRIL
Comienza la transmisión de la franja electoral de propaganda gratuita en canales de televisión abierta, así como también el periodo de propaganda electoral en lugares fijos como plazas, vía pública y espacios privados.
SÁBADO 15 DE ABRIL
Se publica la nómina de vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores designados por las juntas electorales.
LUNES 17 DE ABRIL
Se inicia el plazo de tres días en caso de presentar excusas por la designación de vocales y/o miembros de colegios escrutadores ante las juntas electora-
les. Este plazo culmina el miércoles 19 de abril.
SÁBADO 22 DE ABRIL
Las juntas electorales realizan la publicación de las nóminas de vocales de mesa reemplazantes y miembros de colegios escruta-
dores sustitutos para el proceso eleccionario. Asimismo, vence el plazo para publicar resultados de encuestas que informen sobre tendencias de la elección.
JUEVES 4 DE MAYO
A partir de las 23:59 horas de
ese día finaliza todo tipo de propaganda electoral y también deja de emitirse información electoral de utilidad para la ciudadanía. Asimismo, culmina la franja electoral gratuita en los canales de televisión abierta.
SÁBADO 6 DE MAYO
El proceso eleccionario comienza a las 15:00 horas con la constitución de mesas por parte de los vocales designados para su funcionamiento. En tal oportunidad las personas designadas como vocales deben recibir por parte del Servicio Electoral la capacitación para ejercer dichos roles, que será obligatoria respecto de aquellos que ejerzan por primera vez tal función.
DOMINGO 7 DE MAYO
Se realiza la elección del Consejo Constitucional. En esta oportunidad la ciudadanía deberá escoger a 50 integrantes del organismo que redactará el borrador de nueva Carta Magna. En la jornada, las oficinas electorales comenzarán a funcionar a las 07:00 horas, y los vocales deben reunirse a las 08:00 horas para iniciar el funcionamiento de las mesas. El horario de cierre de la votación será a las 18:00 horas.
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El calendario del proceso hacia la contienda del 7 de mayo incluye temas como la designación de vocales de mesa y el inicio de la propaganda electoral televisiva.
MIGUEL CAMPOS
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