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CONSULTA JURÍDICA

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REPORTAJE

REPORTAJE

Hotel condenado a indemnizar a un cliente tras quemarse con el agua de la ducha

Hace unos días se hacia pública una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona por la que se condenaba a un Hotel a indemnizar a un huésped a más de 14.000 euros por los daños sufridos tras quemarse con el agua de la ducha de su habitación.

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El primer Juzgado (de Primera Instancia) que había conocido del pleito, sin embargo, desestimó la demanda presentada por el huésped apreciando la concurrencia de culpa exclusiva de la víctima.

Sin embargo, de la prueba practicada se corrobora que el agua de la ducha podía haber salido a más de 70 grados, puesto que el huésped sufrió quemaduras de segundo grado en los pies, rodilla, tibia y en una de sus manos.

La Audiencia Provincial entiende que, ante la perspectiva de que el agua pudiera salir a estas temperaturas, lo cual no es previsible, ni esperable para el huésped, el Hotel debería, como mínimo, haberlo advertido, puesto que la temperatura que podría alcanzar el agua, insoportable para el ser humano, exigía una precaución específica.

De hecho, la Sala da un paso más allá, entendiendo que, ya no solo es que el Hotel debería de haber advertido este peligro, sino que debería de haber tomado las medidas necesarias en la instalación para que el agua no saliera tan caliente, entendiendo por tanto, que no se adoptó la diligencia que exige la prestación de servicios recogida en el artículo 147 del TRLGCU y por tanto, son responsables de los daños sufridos por el huésped, teniendo este que ser indemnizado, además de, por las secuelas físicas, por el lucro cesando, es decir, por los días que tuvo que permanecer sin poder hacer vida normal.

2 Tintas PANTONE P 1805 C

Patricia Millastre Valencia.

P 10125 C

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