54 minute read

Contabilidad Gubernamental

La Contabilidad Gubernamental es una rama de la Teoría General de la Contabilidad que se aplica a las Organizaciones gubernamentales cuya actividad está regulada por un marco constitucional, una base legal y normas técnicas que la caracterizan y hacen distinta a la que rige para las entidades del sector privado. Entre las principales diferencias conceptuales, normativas y técnicas de la contabilidad gubernamental y de la contabilidad del sector privado, se mencionan las siguientes: a. El objeto de la contabilidad gubernamental es contribuir, entre otros propósitos, a la gestión y economía de la hacienda pública; en tanto que la contabilidad del sector privado está orientada a la economía de la organización; b. La información financiera del sector público es presentada con estricto apego al cumplimiento de la Ley de Contabilidad y, en general, sus estados financieros se orientan a informar si la ejecución del presupuesto y de otros movimientos financieros se realizaron dentro de los parámetros legales y técnicos autorizados; mientras que los de la contabilidad empresarial informa sobre la marcha del negocio, su solvencia, y la capacidad de resarcir y retribuir a los propietarios su inversión a través de reembolsos o rendimientos; c. El presupuesto para los entes públicos representa responsabilidades formales y legales, siendo el documento esencial en la asignación, administración y control de recursos; mientras que, en las entidades privadas tiene características estimativas y orientadoras de su funcionamiento. d. La información generada por la contabilidad gubernamental es de dominio público; basada en el registro de operaciones económico-financieras realizadas con recursos de la sociedad y como tal, es de divulgación obligatoria e informa sobre los resultados de la gestión pública.

La contabilidad de las organizaciones, tanto públicas como privadas, forma parte a su vez, de un macro sistema contable, que es el Sistema de Cuentas Nacionales (SCN). Este macro sistema contable consolida estados e información de todos los agentes económicos residentes de un país y relaciona la de éstos con el Sector Externo y expone los resultados de las principales variables macroeconómicas nacionales o regionales correspondientes a un período determinado.

Advertisement

Armonización Contable: es la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y el fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, así como la homologación de los procedimientos para el registro de operaciones de la información que deben de generar los sistemas de contabilidad gubernamental.

PRESUPUESTO

Los presupuestos públicos son la expresión anual de los planes del Estado, elaborados para cumplir con los programas y proyectos de inversión, con el propósito de alcanzar las metas y objetivos sectoriales, regionales institucionales. El Organismo Ejecutivo, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, consolidará los presupuestos institucionales y elaborará el presupuesto y las cuentas agregadas al sector público, formulando también el presupuesto multianual. Un presupuesto es un plan de operaciones y recursos de una empresa, que se formula para lograr en un cierto periodo los objetivos propuestos y se expresa en términos monetarios. Otra consideración importante es que se podrá comparar el presupuesto, que solamente es un plan, con las ocurrencias de la realidad, y detectar aquellas áreas que puedan estar causando problemas.

Control Presupuestario

Consiste en las prácticas contables y de programación que efectúan las autoridades gubernamentales, así como también asigna a una persona que fungirá como director de presupuestos. Debe poseer conocimientos de la empresa, de los sistemas contables de la entidad así como sus operaciones.

Funciones del Presupuesto

1. Una herramienta analítica, precisa y oportuna. 2. La capacidad para conseguir un buen desempeño. 3. La principal función de los presupuestos se relaciona con el Control financiero de la organización. 4. El control presupuestario es el proceso de descubrir qué es lo que se está haciendo, comparando los resultados con sus datos presupuestados correspondientes para verificar los logros o remediar las diferencias. 5. Los presupuestos pueden desempeñar tanto roles preventivos como correctivos dentro de la organización.

Objetivos del presupuesto

1. Planear integral y sistemáticamente todas las actividades que la empresa debe desarrollar en un periodo determinado. 2. Controlar y medir los resultados cuantitativos, cualitativos y, fijar responsabilidades en las diferentes dependencias de la empresa para logar el cumplimiento de las metas previstas. 3. Coordinar los diferentes centros de costo para que se asegure la marcha de la empresa en forma integral. 4. Planear los resultados de la organización en dinero y volúmenes. 5. Controlar el manejo de ingresos y egresos de la empresa. 6. Coordinar y relacionar las actividades de la organización.

Clasificación del Presupuesto

Presupuesto base cero: se considera una herramienta técnica presupuestal, ya que implica el proceso de elaboración de un presupuesto basado únicamente en las expectativas para el año siguiente, sin referencias a los años anteriores, sin base de datos históricos; así como en nuevas operaciones que sean diferentes a las habituales de la empresa. De esta manera se revalúan los programas y gastos partiendo de cero. El objetivo de esta metodología es lograr que las áreas realicen todas sus actividades con mayor productividad sin desperdiciar recursos, para que representen un verdadero ahorro a la empresa.

Presupuestos por programas: se puede definir al presupuesto por programas como una técnica empleada por el sector público, la cual, le permite realizar proyectos o programas estableciendo las actividades, los objetivos y su costo de ejecución y a su vez, racionaliza el gasto público. Se puede decir que el presupuesto por programas, son las cosas y medios que adquiere el gobierno para el cumplimiento de sus funciones. El presupuesto por programas, es un instrumento de la programación presupuestaria ya que su función es combinar los recursos disponibles en el futuro. También se puede definir al presupuesto como una serie de programas que realiza cada una de las áreas de la empresa, para que la distribución de los recursos sea dirigida hacia las actividades y se tengan mejores beneficios.

El presupuesto fiscal. Un instrumento de operación de los programas de desarrollo económico y social, es la expresión de un plan en cifras. Su confección forma parte de la etapa de planificación, y busca identificar los recursos que serán necesarios para ejecutar los planes y alcanzar los objetivos que esas previsiones persiguen. En el ámbito de la administración del Estado, el presupuesto público consiste en una estimación de los ingresos proyectados para un año calendario y de los gastos autorizados para aplicar esos fondos.

Presupuesto público y privado, similitudes y diferencias el presupuesto público: El presupuesto público se elabora con base al control de gastos, originados por las necesidades públicas y la planificación de cómo cubrirlas con los ingresos recaudados a través de los impuestos, préstamos obtenidos y la emisión de papel moneda que ocasiona inflación. En las empresas de estiman los ingresos para luego, sobre ellos, predeterminar su distribución o aplicación.

Se realiza con base en la idea de control de gastos; los gobiernos hacen primero una estimación de los gastos que se hayan de originar debido a las necesidades públicas y después planean la forma que podrán cubrirlas, estudiando la aplicación de los ingresos, que habrán de provenir de la recaudación de impuestos, de la obtención de empréstitos y como último recurso de la emisión de papel moneda, que necesariamente causara inflación.

Las empresas privadas, por el contrario, primero deben estimar sus ingresos para, sobre, esta base, predeterminar su distribución o aplicación, lo que ocasiona que la integración presupuestal sea más compleja y difícil de solucionar. La existencia entre el presupuesto gubernamental y el privado, nace de la distinta finalidad que ambas entidades persiguen.

Tradicionalmente las compañías privadas, tienen como fin primordial el logro de utilidades. La concepción actual de empresa industrial, incluye como importante, además de la búsqueda de utilidades, otros factores, entre ellos, un beneficio social, al procurar la satisfacción adecuada de las necesidades de la región en que esta se desarrolle, una mejor distribución de la riqueza, etc.

Las entidades gubernamentales, sin embargo, no deben en caso alguno tener finalidad la obtención de utilidades, sus funciones consisten básicamente en satisfacer las necesidades públicas de la mejor manera posible, con el fin de lograr la estabilidad económica del país cuya administración les ha sido encomendada.

CONTROL PRESUPUESTAL

Es un conjunto de procedimientos y recursos que usados con pericia y habilidad, sirven a la ciencia de la administración para planear, coordinar y controlar, por medio de presupuestos, todas las funciones y operaciones de una empresa con el fin que obtenga el máximo rendimiento con el mínimo esfuerzo, además el control de presupuesto permite que las actividades de la empresa sean planificadas con antelación y referidas a un período de tiempo determinado.

Fase de Control Presupuestario

Aprobada la Ley de Presupuestos y publicada en el Boletín Oficial, su entrada en vigor significa la ejecución o la aplicación del plan presupuestario por el Gobierno, para lo cual se desarrollan unas iniciativas y se toman decisiones cuya finalidad esencial es obtener los recursos previstos en el plan y acometer los gastos pertinentes para así lograr los objetivos del plan en el ámbito más estricto, el control presupuestario se refiere a las actividades, controles y herramientas para mantener las cuentas públicas de una administración saldadas, de tal forma que los gastos no superen a los ingresos, originándose déficit público, y de la misma forma no existan más recursos de los necesarios para financiar las partidas de gasto (superávit público).

El presupuesto es el elemento principal y básico en la planificación de las cuentas de una organización o administración, de tal forma que a partir de éste es posible prever los gastos que vamos a tener en un ejercicio a partir de las acciones que se tengan planificadas y la forma en la que éstas van a ser financiadas, vía impuestos y otros ingresos de tipo tributario, recurrente o extraordinarios.

A partir del control presupuestario, es posible anticipar y estudiar las desviaciones que puedan surgir en la ejecución del presupuesto, tomando medidas periódicamente cuando se vayan produciendo desequilibrios e inestabilidades en la obtención de ingresos o en gastos que se hayan disparado.

Utilidades del control presupuestario

• La posibilidad y oportunidad de comparar, de forma total en un ejercicio o por periodos, los datos reales de ejecución con los objetivos planteados inicialmente. • Flexibilidad en la toma de decisiones, derivadas de la marcha de las actividades, de modo que es posible alterar las previsiones y cambiar tareas y partidas en función del estado del presupuesto.

• Control y efectividad de las medidas adoptadas durante el presupuesto así como cuantificar las posibles diferencias. • El control presupuestario es de vital importancia para cualquier organismo, ya que nos sirve como seguimiento y análisis de las posibles desviaciones en la planificación del ejercicio, y además, supone la actualización continua de la planificación y reorganización de las cuentas y sostenibilidad financiera de cualquier centro.

MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS

El Ministerio de Finanzas Públicas es uno de los catorce ministerios que conforman el Organismo Ejecutivo del Gobierno de Guatemala, bajo la dirección del presidente de la República de Guatemala. Su misión es generar y administrar los recursos financieros y patrimoniales del Estado, de manera eficaz, equitativa y transparente para alcanzar el bien común.

Es el Ministerio encargado de dirigir las finanzas de Guatemala, por lo cual le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la recaudación y administración de los ingresos fiscales, la gestión de financiamiento interno y externo, la ejecución presupuestaria y el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado. En lo relativo a la recaudación tributaria, control aduanero y otros, el Ministerio de Finanzas Públicas es ayudado por la Superintendencia de Administración Tributaria.

Funciones

Algunas de las funciones del Ministerio de Finanzas Públicas son: 1. Formular la política fiscal y financiera de corto, mediano y largo plazo, en función de la política económica y social del Gobierno. 2. Proponer al Organismo Ejecutivo la política presupuestaria y las normas para su ejecución dirigiendo, coordinando y consolidando la formulación del proyecto de presupuesto general de ingresos y egresos del Estado en lo que corresponde al Gobierno Central y entidades descentralizadas y autónomas para su presentación al Congreso de la República. 3. Formular las normas para la desconcentración en la percepción de los ingresos y en la ejecución de los egresos. 4. Programar el flujo de ingresos y egresos con base en las prioridades y disponibilidades del Gobierno, en concordancia con los requerimientos de los organismos y dependencias del Estado. 5. Transferir a los Organismos y entidades del Estado los recursos financieros asignados en sus respectivos presupuestos, en función de los ingresos percibidos. 6. Llevar el registro consolidado de la ejecución presupuestaria y de la contabilidad del Estado, facilitar los lineamientos de su aplicación desconcentrada, así como preparar los informes analíticos consolidados correspondientes. 7. Evaluar cuatrimestralmente la ejecución del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado y proponer las medidas correlativas que sean necesarias. 8. Efectuar el cierre contable y liquidar anualmente el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado. 9. Recaudar, administrar, controlar y fiscalizar los tributos y, en general, todas las demás rentas e ingresos que deba percibir el Gobierno, de conformidad con la ley. 10. Llevar los registros y ejercer las acciones administrativas y judiciales necesarias para cobrar los tributos que se adeuden y denunciar la posible comisión de delitos o faltas contra la hacienda pública. 11. Administrar descentralizada mente el sistema aduanero de conformidad con la ley y los convenios internacionales. 12. Proponer al Organismo Ejecutivo los anteproyectos de ley necesarios para la racionalización y sistematización de la legislación tributaria. 13. Consolidar el registro de los bienes del Estado y los títulos-valores que constituyan activos del Estado, incluyendo los de las entidades descentralizadas y autónomas.

14. Controlar, registrar y custodiar los fondos y valores públicos, excepto cuando dichas funciones estén atribuidas por la ley a órganos o dependencias distintas. 15. Programar, negociar, registrar, controlar y administrar el endeudamiento interno, las donaciones y los legados. 16. Gestionar la constitución, en cualquiera de las instituciones del sistema bancario nacional, de los fideicomisos, fondos y otros instrumentos financieros y la ejecución de los programas del

Gobierno Central, así como reglamentar, registrar y controlar su operación. 17. Programar y administrar el servicio de la deuda pública interna y externa del Gobierno Central y llevar el registro respectivo. 18. Coordinar el sistema de contrataciones y adquisiciones del Gobierno Central y sus entidades descentralizadas y autónomas

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

El Gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, inició a principios de 1997 un conjunto de acciones orientadas a transformar y fortalecer el sistema tributario del país. Dentro de estas acciones se incluyó la creación de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, con el propósito de modernizar la administración tributaria y dar cumplimiento a los compromisos fiscales contenidos en los Acuerdos de Paz y el Programa de Modernización del Sector Público. El proyecto de la creación y puesta en operación de la SAT, se inició en septiembre de 1997 con la integración de un equipo de trabajo responsable de administrarlo. El objetivo general del proyecto consistió en crear, diseñar y poner en funcionamiento una institución autónoma y descentralizada, moderna, eficiente y eficaz, que se hiciera cargo de la administración tributaria y aduanera, y que fuera capaz de incrementar los ingresos tributarios en forma sostenida, honesta y transparente. La creación de la SAT fue aprobada por el Congreso de la República, según Decreto Número 1-98, el cual entró en vigencia a partir del 21 de febrero de 1998. La Superintendencia de Administración Tributaria es una entidad estatal descentralizada, con competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional, para ejercer con exclusividad las funciones de administración tributaria, contenidas en la legislación. La Institución goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa y cuenta con personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios. Es objeto de la SAT, ejercer con exclusividad las funciones de Administración Tributaria contenidas en el Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria.

Objetivo y Funciones de la SAT 1. Aumentar la recaudación de manera sostenida

El área primordial de trabajo deben ser las acciones y actividades que propicien el aumento de la recaudación a fin de lograr la modificación de la tendencia mostrada por la carga tributaria en los últimos ejercicios para llegar a su crecimiento sostenido a través de acciones implementadas, evaluadas e institucionalizadas.

2. Reducir las brechas de cumplimiento tributario

Fundamental para incrementar el desempeño de la administración tributaria, es el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, lo cual dependerá de la implementación de acciones para la facilitación del cumplimiento, reducción del costo de cumplimiento tributario, mejora de la cultura tributaria y, sobre todo, del incremento de la percepción de riesgo por parte de los contribuyentes respecto de la eficacia del control tributario.

3. Incrementar la eficiencia del servicio aduanero

El funcionamiento aduanero adecuado es crucial para aumentar la competitividad del país a través de la facilitación del comercio, factores determinantes para el desarrollo económico y social. Asimismo, contar con procesos estructurados y un sistema bien definido permitirá

incrementar los controles para disminuir la defraudación aduanera, la discrecionalidad por parte de los funcionarios de SAT y, por tanto, la corrupción, un problema que no se ha logrado erradicar del área de aduanas.

4. Fortalecer las capacidades de gestión Institucional

Para alcanzar la visión planteada es imprescindible aumentar la eficiencia y eficacia de la Institución, para lo cual es necesario la revisión de procesos en las áreas de planificación, administración, gestión financiera, recursos humanos y formación. Esto con el fin de generar un sistema integrado de gestión institucional que garantice una operación institucional eficiente. A esto se sumará el fortalecimiento de las acciones de combate a la corrupción dentro de la SAT y la gestión adecuada de los recursos para brindar las condiciones dignas y necesarias para que los empleados realicen su trabajo.

Órganos y Dependencias de la SAT

• El Directorio es el órgano colegiado que en calidad de autoridad de la SAT le compete la responsabilidad de tomar decisiones estratégicas para dirigir la política de administración tributaria y aduanera, así como velar por el buen funcionamiento y la gestión institucional de la SAT.

• El Tribunal Administrativo Tributario y Aduanero es el órgano colegiado que en calidad de autoridad superior le corresponde con exclusividad conocer y resolver todos los recursos en materia tributaria y aduanera, previo a las instancias judiciales y que por disposición del Código

Tributario, la Ley Nacional de Aduanas, el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su reglamento, sean de su competencia, y de las demás leyes y reglamentos aplicables.

• El Superintendente de Administración Tributaria es la autoridad administrativa superior que tiene a su cargo la administración y dirección general de la Institución. Para el cumplimiento de las funciones de la SAT, el Superintendente de Administración Tributaria tiene la representación legal de la Institución, la cual podrá delegar en los funcionarios que designe para el efecto.

• La Intendencia de Aduanas es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la SAT tiene en materia aduanera, como tal, será responsable de administrar el Sistema Aduanero guatemalteco, debe velar por el cumplimiento de la legislación aduanera vigente, así como de los convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por Guatemala.

• La Intendencia de Asuntos Jurídicos es la dependencia encargada de representar y defender los derechos, intereses y patrimonio de la SAT ante cualquier entidad, dependencia, órgano, autoridad, y tribunales de justicia, tanto a nivel nacional como en el extranjero, como parte actora, demandada, tercera interesada, querellante adhesivo o actor civil. Además, proporciona asesoría y consultoría legal y administrativa a las dependencias de la SAT.

• La Intendencia de Atención al Contribuyente, es la dependencia encargada de velar porque en la atención a los contribuyentes y público en general, se preste un servicio eficaz y eficiente, proporcionándoles formación, capacitación e información oportuna y fidedigna, conforme a sus requerimientos y necesidades, en procura de una cultura organizacional de servicio al contribuyente; y, planificar, desarrollar e impulsar programas y proyectos de divulgación, educación y concienciación dirigidos a fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

• La Intendencia de Recaudación, es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la SAT tiene en materia de planificación, organización, evaluación y

• La Intendencia de Fiscalización es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la SAT tiene en materia de supervisión, inspección, verificación y determinación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras sustantivas y formales.

• La Auditoría Interna es la dependencia encargada de ejercer el control y fiscalización de todos los órganos y dependencias de la SAT, verificando que la gestión administrativa y operativa se ejecute de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de la SAT, las normas de control interno y de auditoría para el sector gubernamental, reglamentos internos y manuales técnicos y administrativos aplicables. Asimismo, supervisa, examina, investiga y controla las actuaciones administrativas del personal de la SAT.

• La Gerencia de Asuntos Internos, es la dependencia encargada de realizar investigaciones administrativas y denunciar cuando corresponda, las actuaciones de los funcionarios y empleados de la SAT que sean contrarias a la ley, con la finalidad de prevenir y combatir actos de corrupción, faltas e infracciones administrativas y cualquier otro acto que contravenga los intereses institucionales. Reportará por sus actuaciones directamente al Directorio.

• La Gerencia de Investigación Fiscal, es la dependencia encargada de coadyuvar a la reducción de la evasión fiscal, defraudación tributaria y aduanera, contrabando y delitos relacionados, proporcionando direccionamiento integral en acciones de la Administración

Tributaria, para fortalecer y transparentar los procesos de fiscalización.

• La Secretaría General es la dependencia encargada de proponer la normativa para la emisión y registro de actos administrativos, así como del control, gestión, clasificación, archivo, catalogación, certificación, notificación, resguardo de expedientes y demás documentos oficiales que se encuentran en los distintos órganos y dependencias de la SAT.

• La Gerencia de Planificación y Desarrollo Institucional es la dependencia encargada de formular y coordinar la aplicación de herramientas y mecanismos de planificación, programación, evaluación y control de la gestión institucional, proveyendo información confiable y oportuna para la toma de decisiones y el desarrollo Institucional.

• La Gerencia de Informática es la dependencia encargada de brindar asesoría, desarrollo y soporte en tecnología de información a los diferentes órganos y dependencias de SAT.

• Comunicación Social Externa es la dependencia encargada de coordinar con las dependencias que corresponda, las acciones de información y divulgación de normas, requisitos y procedimientos a la población, a través de los medios de comunicación.

• La Gerencia de Formación de Personal SAT, es la dependencia encargada de desarrollar acciones formativas permanentes y especializadas, basadas en mallas curriculares definidas que fomenten el desarrollo de la carrera administrativa de los empleados y funcionarios, que impulsen un mejor desempeño, en el marco de una cultura organizacional dinámica, innovadora y de autodesarrollo.

• La Gerencia de Recursos Humanos, es la dependencia encargada de administrar la planificación, organización, integración y desarrollo de los recursos humanos de la SAT, incluidos los sistemas, métodos, estrategias, programas, procedimientos e instrumentos que permitan el mejor aprovechamiento de las capacidades humanas.

• La Gerencia Administrativa Financiera es la dependencia encargada de administrar con transparencia, honestidad y efectividad los recursos financieros de la SAT, los sistemas y procesos de presupuesto, contabilidad, tesorería y deuda pública, inclusive, así como de administrar eficientemente el sistema de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, su almacenamiento y registro. Asimismo, le corresponde preparar los instrumentos administrativos y financieros para la rendición de cuentas.

• La Gerencia de Infraestructura es la dependencia encargada de administrar los recursos de infraestructura física de la SAT; lo cual incluye su planificación, desarrollo, mantenimiento, reparación y supervisión.

• La Gerencia de Seguridad Institucional es la dependencia encargada de establecer y administrar los sistemas de seguridad necesarios para resguardar la integridad de las personas, bienes y demás propiedades de la SAT.

• La Gerencia de Contribuyentes Especiales Grandes es la dependencia responsable de brindar, a nivel nacional, atención especializada a los contribuyentes calificados por la Administración

Tributaria como Contribuyentes Especiales Grandes, y darle seguimiento al cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

• La Gerencia de Contribuyentes Especiales Medianos, es la dependencia responsable de brindar, a nivel nacional, atención especializada a los contribuyentes calificados por la

Administración Tributaria como Contribuyentes Especiales Medianos, y darle seguimiento al cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

• Las Gerencias Regionales son las dependencias encargadas de la ejecución y control de las competencias de recaudación, verificación, supervisión, control y gestión, de acuerdo a las directrices emitidas por los órganos y dependencias con funciones de dirección, de normativas sustantivas, de apoyo técnico y de gestión de recursos.

¿Cuándo será removido el Superintendente por el Directorio?

a. Cometer actos fraudulentos, ilegales o evidentemente opuestos a las funciones o los intereses de la SAT en particular, y del Estado en general. b. Haber sido o ser condenado en sentencia firme por la comisión de delito doloso. En caso de procesamiento penal, quedará suspendido temporalmente para el ejercicio del cargo, hasta que finalice el proceso y será sustituido interinamente por el Intendente que el Directorio hubiera aprobado para cubrir las ausencias temporales. c. Padecer de incapacidad física o mental calificada, que lo imposibilite por más de un año para ejercer el cargo o haber sido declarado por tribunal competente en estado de interdicción, de conformidad con la ley. d. Ser declarado en situación de insolvencia o quiebra. e. Postularse como candidato para un cargo de elección popular. f. Actuar o proceder con manifiesta negligencia, deliberadamente, en exceso o defecto, de sus funciones establecidas en esta Ley. g. Incumplir el Convenio de Cumplimiento de las Metas de Recaudación Tributaria, las que incluirán metas de recaudación y otras metas de desempeño de la administración tributaria. Las Intendencias se estructurarán y organizarán bajo criterios de eficiencia y eficacia, conforme a las competencias, funciones y atribuciones que el reglamento interno de la SAT asigne a cada una de ellas.

Funciones que competan a las intendencias

Podrán ser delegadas a las unidades que la SAT establezca en las regiones o departamentos de la República para el cumplimiento de sus fines.

Las Intendencias son: • Intendencia de Asuntos Jurídicos • Intendencia de Aduanas • Intendencia de Fiscalización • Intendencia de Recaudación • Intendencia de Atención al Contribuyente

Autoridad y jerarquía de los Intendentes:

Los Intendentes son los funcionarios del mayor nivel jerárquico de las Intendencias respectivas. Previa no objeción del Directorio, los Intendentes serán nombrados y removidos por el Superintendente, a quien le reportan directamente, y son responsables del cumplimiento de las funciones y atribuciones asignadas a su respectiva Intendencia, de conformidad con esta Ley, los reglamentos internos de la SAT y las demás leyes aplicables. Por delegación del Superintendente, ejercen la representación legal de la SAT. En el caso en que el Directorio objete el nombramiento de un Intendente, deberá emitir una resolución fundamentada en la que informe su decisión. El Superintendente, en el caso de objeción del Directorio, deberá elegir a un nuevo intendente para el puesto, el que también deberá contar con la no objeción del Directorio previo a su nombramiento oficial.

Órganos y dependencias de la Superintendencia de Administración Tributaria

▪ El Directorio ▪ Gerencias con Funciones de Gestión de Recursos ▪ Gerencia Administrativa Financiera ▪ Gerencia de Seguridad Institucional ▪ Gerencia de Recursos Humanos ▪ Gerencia de Infraestructura ▪ Gerencia de Investigación Fiscal ▪ Gerencia de Formación de Personal ▪ Gerencias con Funciones de Ejecución ▪ Gerencia de Atención al Contribuyente ▪ Gerencia de Contribuyentes Especiales Grandes ▪ Gerencia de Contribuyentes Especiales Medianos ▪ Gerencia Regional Central ▪ Gerencia Regional Nor-Oriente ▪ Gerencia Regional Occidente ▪ Gerencia Regional Sur ▪ Otros órganos y dependencias ▪ Asesoría Técnica del Directorio ▪ Asesoría del Superintendente ▪ Gerencia de Auditoria Interna ▪ Secretaría General ▪ Gerencia de Planificación y Desarrollo Institucional ▪ Gerencia de Informática ▪ Subgerencia de Comunicación Social Externa ▪ Subgerencia de Cultura Tributaria

Portal SAT

El portal web de la Superintendencia de Administración Tributaria de Guatemala es una herramienta creada para agilizar los trámites de recaudación de impuestos, apoyándose en la tecnología moderna actual, concretamente en el internet.

El portal brinda información de la SAT y permite realizar gestiones online relacionadas a servicios electrónicos, auto consultas, trámites tributarios, trámites de vehículos y trámites de aduanas.

Es un sistema de declaración y pago de impuestos que opera en Internet a través de los bancos autorizados por la SAT, funciona las 24 horas del día los 365 días del año, reduce costos y ofrece mayor confidencialidad en los trámites. Además, el banco y la SAT confirman al contribuyente a través de una notificación por e-mail la presentación y pago de su declaración. Por medio de PORTAL SAT puede pagar tributos internos y de comercio exterior.

Beneficios

• Directo desde su oficina o donde se encuentre, por medio de Internet, puede presentar su declaración. • Amplios y mejores horarios de atención, de acuerdo con los servicios de banca en línea. Reducción de costos, menos tiempo, dinero y recurso humano para presentar y pagar.

LEY ORGÁNICA DEL PRESUPUESTO Sistema Presupuestario

El sistema de presupuesto está conformado por un conjunto de políticas, normas, organismos, recursos y procedimientos, utilizados en las distintas etapas del proceso presupuestario; tiene por objeto prever las fuentes y montos de los recursos monetarios y asignarlos anualmente para el financiamiento, tanto de planes, programas y proyectos, como de la organización adoptada, a fin de cumplir los objetivos y metas del sector público, en orden a satisfacer las necesidades sociales; requiere para su funcionamiento, de niveles organizativos, de decisión política, unidades técnico normativas centrales y unidades periféricas responsables de su utilización.

Estructura programática del presupuesto

El presupuesto de cada institución o ente se estructurará de acuerdo a la técnica del presupuesto por programas atendiendo a las categorías siguientes: a. Programa b. Subprograma c. Proyecto d. Actividad u obra

Para la confirmación del presupuesto de ingresos se utilizará el clasificador de recursos por Rubro y en el de egresos se utilizarán las clasificaciones siguientes: a. Institucional b. Objeto del gasto c. Económica d. Finalidades y funciones e. Fuentes de financiamiento f. Localización geográfica

Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto

Se basa en el Acuerdo Gubernativo No. 240-98 y tiene el propósito de regular el proceso presupuestario de los organismos del Estado y de sus entidades descentralizadas, autónomas o semiautónomas.

Disposiciones Generales

En cada organismo y ente del sector público, estará una Unidad de Administración Financiera (UDAF) y el responsable en su manejo será designado por la titular o máxima autoridad de cada organismo o ente. Son atribuciones de las Unidades de Administración Financiera de cada organismo y ente del Sector Público, las siguientes: • Coordinar la formulación del presupuesto, la programación de la ejecución presupuestaria, y con los responsables de cada programa, la evaluación de la gestión presupuestaria, en el contexto de la planificación y presupuesto por resultados.

• Administrar la gestión financiera del presupuesto, de la contabilidad integrada, de tesorería y de los demás sistemas financieros cuya operación se desconcentre. Para el efecto, se procederá conforme a los lineamientos y metodologías que establezcan los órganos rectores de cada sistema. • Registrar las diversas etapas del ingreso y del gasto en el sistema de contabilidad integrada vigente de su institución, así como el comportamiento de la ejecución física en el sistema de seguimiento de los programas presupuestarios. • Asesorar en materia de administración financiera, a las autoridades superiores de los organismos, ministerios o entes a que pertenezcan. • Mantener la adecuada coordinación con los entes rectores de los sistemas de administración financiera y aplicar las normas y procedimientos que emanen de éstos. • Publicar en coordinación con la Unidad de Acceso a la Información Pública y la Unidad de

Planificación, los informes a que se refiere la Ley.

La Comisión Técnica de Finanzas Públicas (CTFP) será un órgano asesor del Ministro y Viceministro de Finanzas Públicas en la definición de políticas, programación, control y evaluación de la gestión financiera.

Atribuciones del Ministerio de Finanzas Públicas

Además de las atribuciones especificadas en la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo y demás leyes, el Ministro tendrá las siguientes: 1. Dirigir el desarrollo y cumplimiento de las funciones generales asignadas al Ministerio y ejercer jurisdicción en todas las dependencias administrativas del mismo; 2. Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo; 3. Refrendar los acuerdos firmados por el Presidente de la República, relacionados con su Despacho; 4. Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar los actos y acciones administrativas relacionadas con el Ministerio; 5. Delegar las funciones de gestión administrativa, de conformidad con la ley; 6. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados del Ministerio, cuando le corresponda hacerlo conforme a la ley; 7. Crear y suprimir dependencias administrativas del Ministerio; 8. Presentar anualmente al Presidente de la República la memoria de labores y el plan de trabajo; 9. Promover las acciones judiciales necesarias por hechos u omisiones en perjuicio de las finanzas públicas; 10. Denunciar los actos y hechos ilícitos que se cometan en el ámbito Ministerial;

LEY GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO

La ley general que aprueba el presupuesto general de ingresos y egresos del Estado cada año consta de tres títulos: • TITULO I Referido al Presupuesto de Ingresos, se estructurará por rubros y en cada uno de ellos figurarán los montos a recaudarse sin deducción alguna. Su presentación, a nivel de detalle deberá responder a la siguiente clasificación: clase, sección, grupo y denominación; de conformidad con el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala. • TITULO II Referente al Presupuesto de Egresos, se estructurará a nivel institucional, distinguiendo los gastos de Administración, Recurso Humano, Inversión Física y Financiera y Deuda Pública. • TITULO III Contendrá las Disposiciones Generales referidas al proceso ejecución presupuestaria.

Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado

De acuerdo a lo que estipula el artículo 237 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluye la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. En concordancia, el Decreto No. 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto, artículo 8, relaciona el plan y el presupuesto, indicando que "los presupuestos públicos son la expresión anual de los planes del Estado elaborados en el marco de la estrategia de desarrollo económico y social, en aquellos aspectos que exigen por parte del sector público, captar y asignar los recursos conducentes para su normal funcionamiento y para el cumplimiento de los programas y proyectos de inversión, a fin de alcanzar las metas y objetivos sectoriales regionales e institucionales. El Organismo Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, consolidará los presupuestos institucionales y elaborará el presupuesto y las cuentas agregadas del sector público. Además, formulará el presupuesto multianual”. Proyecto de presupuesto: Es una propuesta técnica de presupuesto que el Organismo Ejecutivo somete a consideración del Organismo Legislativo para el siguiente ejercicio fiscal, el cual puede ser aprobado, improbado o modificado, según lo expresa la Constitución Política de la República de la República de Guatemala, en el artículo 171, literal b).

Programa: Expresa el servicio que se brinda a la población por parte de las Instituciones de Gobierno, tomando en consideración las funciones que la ley establece a cada una de ellas. Por ejemplo, el Ministerio de Educación presta servicios educativos a la población guatemalteca.

Proyecto: Es la creación, ampliación o mejora de infraestructura física.

TESORERÍA NACIONAL

Es la dependencia del Ministerio designada como órgano rector del Sistema de Tesorería Gubernamental, responsable de gestionar eficientemente la liquidez del Tesoro Público, conforme los ingresos percibidos por el Estado, contribuyendo al equilibrio y saneamiento de las Finanzas Públicas.

La Tesorería Nacional definirá los principios, órganos, normas, procedimientos y desarrollará los mecanismos que garanticen la disponibilidad de los fondos del Estado de acuerdo a los ingresos percibidos, la programación de los recursos financieros y la determinación de los montos de financiamiento temporal, con el fin de mantener un ritmo constante en la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. Para este propósito, la Tesorería Nacional coordinará sus acciones con otras dependencias vinculadas al Sistema de Administración Financiera, para el uso eficiente de los saldos disponibles de caja y descentralizar operativamente los procesos previos al pago en las unidades de administración financiera de las entidades del Gobierno Central, bajo los principios de centralización normativa y desconcentración operativa.

Funciones

1. Programar y administrar los flujos de ingresos y egresos del Estado para dar cumplimiento a los programas de trabajo del Gobierno Central. 2. Coordinar con las Direcciones Técnica del Presupuesto y de Crédito Público la programación y reprogramación periódica de la ejecución financiera del 1. Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. 2. Centralizar y administrar los ingresos y egresos del presupuesto del Estado en el fondo común -Cuenta Única del Tesoro. 3. Definir políticas y procedimientos para el uso eficiente de los saldos disponibles de caja. 4. Descentralizar operativamente los procesos previos al pago en. Las unidades de administración financiera de las entidades del Gobierno Central. 5. Gestionar eficientemente la liquidez de la Cuenta Única del Tesoro -CUT-, contribuyendo al equilibrio y saneamiento de las finanzas públicas. 6. Administrar el registro de las cuentas aprobadas en el Sistema de Contabilidad

7. Integrada Gubernamental (SICOIN), de la Presidencia, Ministerios de Estado, Secretarías, otras dependencias del Ejecutivo y de los beneficiarios de los pagos que ordenan dichas entidades. 8. Aprobar en el Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (SICOIN), la programación financiera de anticipos de las entidades de la Presidencia, Ministerios de Estado, Secretarías y otras dependencias del Ejecutivo, autorizada por el Comité de Programación de la Ejecución

Presupuestaria –COPEP. 9. Coordinar con la Dirección de Crédito Público, la colocación de bonos del tesoro y otros títulos valores de deuda pública, conforme a los requerimientos de caja y reprogramaciones presupuestarias aprobadas por el órgano correspondiente. 10. Proporcionar al Comité de Programación de la Ejecución Presupuestaria -COPEP- información de la regularización de gastos de la Presidencia, Ministerios de Estado, Secretarías y otras dependencias del Ejecutivo, para efectos de autorizar anticipos a fideicomisos y convenios. 11. Otorgar visto bueno a las solicitudes de desembolsos de préstamos y donaciones presentadas por las unidades ejecutoras, conforme porcentaje de ejecución y/o regularización en el

Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (SICOIN), previo a remitirlas a los organismos financieros. 12. Autorizar y constituir los fondos rotativos de la Presidencia, Ministerios de Estado, Secretarías y otras dependencias del Ejecutivo. 13. Coordinar con la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- y con la banca central el depósito de los ingresos fiscales, en el Sistema de Contabilidad integrada Gubernamental –SICOIN. 14. Coordinar con las otras unidades especializadas del Ministerio, las actividades complementarias o compartidas del Sistema Integrado de Administración Financiera –SIAF. 15. Coordinar con la Dirección de Crédito Público, la negociación de letras del tesoro para cubrir deficiencias estacionales o temporales de caja. 16. Participar en la constitución de fondos y otros instrumentos financieros que se implementen para la ejecución de programas de Gobierno, así como en la elaboración de su reglamentación, registro y control, en coordinación con la Dirección Técnica del Presupuesto y la Dirección de Contabilidad del Estado. 17. Pagar las obligaciones del Estado a través del Fondo Común -Cuenta Única del Tesoro, directamente a cada beneficiario, pudiendo utilizar para ello el Sistema Bancario Nacional; 18. Asesorar, capacitar y asistir técnicamente a los Ministerios, Secretarías y otras Entidades del

Gobierno; y, 19. Desarrollar otras funciones que le sean asignadas por la ley y el Despacho Ministerial, en el ámbito de su competencia.

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

Los planes de desarrollo a mediano plazo se elaboran en Guatemala a 5 años y constituyen la planificación de las etapas de estrategia, porque analizan los agregados económicos, el desarrollo sectorial y regional, las acciones a tomarse en todo el sector público, las fuentes que se tendrán de financiamiento, las políticas económicas, etc.

En los planes de desarrollo a mediana plazo, los programas y proyectos deben ser elaborados de tal forma que se fijen las acciones correspondientes a cada sector y los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para llevarlos a cabo. Los planes de mediano plazo deben cumplir determinados requisitos para que puedan ser la base de la confección de los planes operativos anuales. Los requisitos de estos planes son: a. Utilizar las mismas clasificaciones que se usan en el presupuesto (clasificación sectorial programática e institucional). b. Determinar para cada año las metas y objetivos que se pretendan alcanzar en cada sector y los recursos financieros que se van a utilizar

Plan Trienal

El plan trienal del sector público, es un instrumento que detalla las acciones que en cada programa y subprograma sectorial le corresponde ejecutara cada institución, para los años inmediatos y dentro de la política de desarrollo de plan a mediano plazo.

Plan Operativo anual

Es el resultado de un proceso por medio del cual se establecen en los planes de mediano plazo y en el plan trienal del sector público, las bases del comportamiento anual de la economía, se determinan las metas y las orientaciones y acciones del sector privado, a través de medidas directas e indirectas.

Principios de Contabilidad y Manual de Clasificación Presupuestaria para el Sector Público Objetivos

Estas normas son conocidas como principios de contabilidad, siendo sus objetivos los siguientes: a. Registrar los activos invertidos en la empresa por los miembros, socios, accionistas y acreedores; registrar los pasivos conocidos para que, conjuntamente con el patrimonio se pueda presentar la situación financiera de la empresa. b. Presentar la inversión de los propietarios sobre bases acumulativas. c. Presentar el resultado de las operaciones. d. Preparar informes y Estados Financieros según el giro de la entidad.

Planificación del Sector Público

La planificación se refiere a las acciones llevadas a cabo para realizar planes y proyectos de diferente índole. En este proceso se pueden cambiar muchas cosas con el tiempo ya que una planificación tiene que ser exacta en lo que se quiere lograr; para que quede como se desea. El Sector Público, es un entorno en el que las TIC (Tecnologías de la Información y de la Comunicación) cada vez tienen más relevancia y, poco a poco, van alcanzando el valor estratégico que les corresponde, aunque todavía les queda camino. En este camino, las TIC tienen que ser una parte fundamental de la necesaria Planificación Estratégica del Sector Público, que nos permitirá convertir el mismo en una palanca de evolución. Para que se pueda desarrollar una correcta planificación estratégica en el ámbito público, por ejemplo, en un Organismo Público, se deben dar una serie de condiciones que se convierten en requisitos necesarios. Para realizar una enumeración y breve explicación de cada una de las condiciones imprescindibles, tomaré como concepto clasificatorio los diferentes grupos de interés que deben participar en la planificación estratégica en un entorno público.

Estrategias de Desarrollo en Guatemala

El desarrollo económico y social del Estado se basa en la Gestión Administrativa del Sector Público, motivo que obliga a su constante actualización y modernización de modo que se logren los objetivos propuestos. Conforme avanza la Sociedad y se tornan más complejas las relaciones entre los seres humanos, el Estado, a través del Sector Público interviene para equilibrar y orientar las diferentes fuerzas que lo integran; que determinan la participación del Estado en la actividad socio-económica.

Plan Nacional de Desarrollo

Es el documento que sirve de base y provee los lineamientos estratégicos de las políticas públicas formuladas por el Presidente de la República a través de su equipo de Gobierno. Su elaboración, socialización, evaluación y seguimiento es responsabilidad directa del Departamento Nacional de Planeación.

Es el instrumento formal y legal por medio del cual se trazan los objetivos del Gobierno permitiendo la subsecuente evaluación de su gestión. Se compone por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional (Art. 339 código penal).

En la parte general se señalan los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal en el mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el gobierno.

En el plan de inversiones públicas contiene los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución y, sus fuentes de financiación.

Componentes Básicos

El objetivo principal de la contabilidad gubernamental es la preparación de los estados contables que reflejan el resultado de las actividades de un período de tiempo determinado y su auténtica situación financiera a una fecha determinada para lo cual se requiere armonizar la contabilidad gubernamental; además, elaborar la cuenta general partiendo de las rendiciones de cuentas de los entes públicos quienes son los que proporcionan la información necesaria para la toma de decisiones; siendo éstos precisamente donde se expresan las metas gubernamentales a alcanzar de manera analítica y global de la situación financiera del Estado.

Procedimientos Contables en el Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (SICOIN)

En su calidad de órgano rector, dicta las normas y procedimientos contables, analiza la información y consolida los estados financieros de la Presidencia de la República, Ministerios de Estado, Secretarías y otras dependencias del Ejecutivo, en forma oportuna, para la toma de decisiones.

Funciones

1. Dictar las normas de Contabilidad Integrada Gubernamental para el Sector Público no financiero, definir la metodología contable a aplicar, así como la periodicidad, la estructura y las características de los estados contables. 2. Llevar el registro consolidado de la ejecución presupuestaria y de la contabilidad de las instituciones del Sector Público no financiero. 3. Implementar el Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (SICOIN) en las entidades del Sector Público no financiero, con el propósito de consolidar el registro patrimonial del Estado. 4. Normar los procedimientos para el mantenimiento de los archivos de la documentación de soporte de las operaciones presupuestarias, a cargo de cada unidad de administración financiera de los organismos ejecutores del presupuesto. 5. Presentar al Congreso de la República de Guatemala, por medio del Despacho Ministerial, el informe cuatrimestral de la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, conforme a la literal 6. w) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala, así como también a la Contraloría General de Cuentas. 7. Coordinar con las otras direcciones especializadas del Ministerio, las actividades complementarias o compartidas del Sistema Integrado de Administración Financiera –SIAF. 8. Generar información relevante y útil con base en los datos del Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (SICOIN), para la toma de decisiones en los distintos niveles de la gestión pública; 9. Asesorar, capacitar y asistir técnicamente a las entidades del Sector Público no financiero, en el establecimiento de las normas y metodologías del Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (SICOIN); Sistema Informático de Gestión -SIGES- y del Sistema de Nómina y Registro de Personal – GUATENÓMINAS. 10. Conciliar las cuentas monetarias administradas por la Tesorería Nacional. 11. Realizar operaciones patrimoniales, de ajuste y cierres contables y producir anualmente los estados financieros para su remisión a la Contraloría General de Cuentas y al Congreso de la República de Guatemala.

12. Administrar el Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental (SICOIN); Sistema

Informático de Gestión -SIGES- y el Sistema de Nómina y Registro de Personal –

GUATENÓMINAS. 13. Autorizar los pagos a pensionados del Estado en el Sistema de Nómina de Clases Pasivas. 14. Preparar la liquidación anual del presupuesto, contemplada en el artículo 241 de la

Constitución Política de la República de Guatemala para su remisión a la Contraloría General de Cuentas y al Congreso de la República Guatemala. 15. Emitir resoluciones en su ámbito de competencia; y, 15. Desarrollar otras funciones que le sean asignadas por la ley y el Despacho Ministerial, en el ámbito de su competencia.

Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados

1. Entidad (nombre de la entidad o empresa): La información incluida en los Estados Financieros debe identificarse con un ente económico con estructura y operaciones propias. Independiente de sus accionistas, propietarios o miembros y en sus Estados Financieros sólo debe incluirse los bienes, valores, derechos y obligaciones de dicho ente. 2. Negocio en marcha (compras o ventas continuas): Supone que una entidad tendrá operaciones en forma continua. 3. Unidad monetaria (la moneda del país en que se realizan las operaciones): Las operaciones y eventos económicos se reflejarán en la contabilidad expresados en la moneda del país en que esté establecida la entidad. 4. Conservatismo: No deben anticiparse las ventas, ingresos y utilidad. 5. Sustancia antes que forma: Las transacciones y eventos económicos deben contabilizarse y presentarse, de acuerdo con su sustancia y realidad financiera y no solamente de acuerdo con su forma. 6. Costo histórico: Las operaciones y eventos económicos se deben contabilizar, según las cantidades de efectivo que se desembolsen, su equivalente, o la estimación razonable que de ellos se haga en el momento en que se consideren realizados contablemente. 7. Realización: Los ingresos se registran en el momento de ser devengados. 8. Período contable: Las operaciones y eventos económicos, así como sus derivados, susceptibles de ser cuantificados, deben identificarse con el período en que ocurran. Por lo tanto, cualquier información contable debe indicar claramente el período correspondiente. De acuerdo con este principio, los costos y gastos deben identificarse con el ingreso que originaron (normalmente un año). 9. Revelación suficiente: La información contable presentada en los Estados Financieros debe contener, en forma clara y comprensible, todos los aspectos necesarios que el usuario de dichos Estados pueda interpretarlos adecuadamente. 10. Importancia relativa: En la contabilización de transacciones y en la preparación de Estados Financieros debe darse atención primordial a aquellos asuntos importantes susceptibles de ser cuantificados en términos monetarios. El factor de importancia debe medirse en relación con el resto de las transacciones, partidas o elementos de los Estados Financieros. La información tiene importancia relativa, o es material, cuando su omisión o presentación errónea pueden influir en las decisiones económicas de los usuarios. 11. Consistencia o uniformidad: Los métodos, procedimientos y políticas contables deben aplicarse de manera uniforme dentro de un mismo período contable y a través de los períodos para asegurar la comparabilidad de los datos. Los cambios en la aplicación de prácticas contables de un período a otro deberán divulgarse, así como el efecto de tales cambios. Su divulgación hará posible efectuar comparaciones razonables de los Estados Financieros.

Principios Básicos del Sistema Gubernamental

Se detalla una serie de principios que son propios de la Contabilidad Gubernamental que sirven de cordón con el proceso presupuestario, entre ellos tenemos: a. La simultaneidad b. Consumo de materiales por administración.

c. Unidad de Almacén. d. Los servicios personales aplicados. e. Desplazamiento de la inversión según criterio f. Inversión de la Mano de Obra g. La depreciación como inversión

Códigos y Clasificadores Presupuestarios

La codificación de las cuentas, tiene como objetivo general la presentación uniforme integral de las cuentas y los dígitos de identificación, teniendo la ventaja de ser flexible, porque cualquier actividad contable, presupuestario o de costos, que no ha sido prevista, puede ser introducida como una subcuenta en el momento que se necesite o ser cancelada sin que se altere correlativo y ordenamiento lógico. La identificación de la codificación se realiza según el sistema decimal y se fracciona en secciones principales Que identifican a los grupos de cuentas en el balance, resultados presupuestarios, patrimoniales y cuentas de orden.

Clasificadores Clasificación Institucional

La clasificación institucional (organismos y ministerios) del Gobierno Central y las instituciones descentralizadas y autónomas, da lugar a que cada una de las mismas tenga su propio presupuesto anual de Ingresos y egresos. Según este sistema, pertenecen al sector público todas las instituciones que desarrollan actividades y funciones que corresponder al Estado o son asumidas por éste, así como los órganos y entes que son propiedad del mismo. Los principales códigos de esta clasificación son:

Clasificación Geográfica

Esta clasificación ordena, agrupa y presenta las transacciones económico financieras que realizan las instituciones del sector público en las regiones del territorio nacional, tomando como base la división Política de la República de Guatemala. Permite identificar hacia donde se destinan los bienes y servicios que se producen, así como el origen de los insumos o recursos reales que utilizan. Para el clasificador regional se utilizan dígitos, para el departamento cuatro dígitos, divididos en dos campos. El primer campo muestra la división por departamento y los otros dos dígitos forman de los municipios que corresponden a cada departamento. Las clasificaciones presupuestarias son instrumentos normativos que agrupan los recursos y gastos de acuerdo a ciertos criterios, cuya estructuración se basa en el establecimiento de aspectos comunes y diferenciados de las operaciones gubernamentales. De esta manera los clasificadores de cuentas serán la base fundamental para instrumentar análisis de las transacciones públicas y sus efectos. A fin de precisar las interrelaciones que deben tener los clasificadores, es necesario distinguir los clasificadores primarios, a través de los cuales se registra cada transacción sea esta de recurso o de gasto, de los clasificadores derivados, que surgen de la combinación de dos o más clasificadores.

CÓDIGO CUENTA

1.1.0 Sector público no financiero 1.1.1 Administración central 1.1.2 Gobierno Central 1.1.3 Entidades descentralizadas no empresariales 1.1.4 Entidades autónomas no empresariales 1.2.0 Empresas públicas 1.3.0 Gobiernos locales 2.0.0 Sector público financiero 2.1.4 Instituciones financieras del Gobierno Central 2.1.1 Entidades públicas financieras no bancarias 2.1.2 Instituciones financieras municipales

Los clasificadores primarios son: a. institucional b. por rubros de recursos c. por objeto del gasto, d. por localización geográfica e. por tipo de moneda f. por fuente de financiamiento g. por categoría programática.

Los demás son clasificadores derivados: a. por finalidad y función b. por naturaleza económica de recursos c. por naturaleza económica de gastos.

Es decir, los clasificadores derivados se estructuran automáticamente por combinación de los clasificadores primarios y, por lo tanto, no se utilizan al registrar cada transacción en particular.

CAJAS FISCALES

La caja fiscal es conceptualmente el repositorio al que llegan los recursos financieros de propiedad de un Estado, y desde el cual se realizan los pagos que corresponden a las obligaciones de dicho Estado. En ese sentido, el saldo que permanece en dicha caja es la cantidad de dinero de la que se dispone para cubrir obligaciones. Cuando el saldo es positivo, se llama superávit y quiere decir que el dinero llega en la cantidad suficiente y en el tiempo adecuado para realizar los pagos. Mientras que cuando es negativo, se llama déficit y quiere decir que el Estado se encuentra en la necesidad de buscar fuentes de recursos para cumplir sus obligaciones. La caja fiscal será revisada y autorizada por el Director Financiero para que posteriormente sea entregada a la contraloría General de Cuentas. Los responsables velarán porque la caja fiscal sea presentada en los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al que corresponda, aunque no se hayan efectuado movimientos. Las Cajas Fiscales, deberán empastarse anualmente para garantizar los documentos.

INVENTARIO Y CONTROL DE BIENES INMUEBLES. Conceptos de inventarios

• Es un escrito detallado de los bienes que integran el patrimonio. • Es un listado ordenado de los bienes tangibles e intangibles de una empresa.

Libro De Inventario

El libro de inventario de una oficina o dependencia del sector público contiene el estado escrito, detallado y valorado de los bienes que integran el patrimonio de ésta. En este libro deben registrarse las adquisiciones de bienes inmuebles, muebles, maquinaria, equipo, etc., cualquiera que sea el origen de los mismos. Es de uso obligatorio para las dependencias del sector público.

Todas las oficinas deberán llevar un libro autorizado, ya sea empastado o de hojas movibles, para el registro del inventario a su cargo el cual contendrá, por cuentas, el detalle de todo lo que se posea así como el valor de los mismos y deberá estar terminado el 31 de diciembre de cada año. La autorización deberá hacerse de conformidad con el Decreto Gubernativo 2084. Todo inventario contendrá: 1. Inventario de bienes inmuebles: edificios, inmuebles, propiedades urbanas, rurales, fincas, terrenos, etc. 2. Inventario de bienes muebles: mobiliario y equipo de oficina. 3. Inventario de maquinaria. 4. Inventario de vehículos. 5. Inventario de herramientas.

Forma en que debe practicarse el inventario

Debido a que en la Contraloría General de Cuentas existe un control separado para los bienes inmuebles de la nación' deben levantarse por separado el inventario de los bienes muebles y de los bienes inmuebles. Ambos deben registrarse en el libro de la oficina y cerrarse independientemente con su total respectivo. El inventario de bienes muebles tendrá el detalle del mobiliario y equipo, maquinaria, herramientas, vehículos, etc. debidamente valorizados y separados por las secciones que integran o componen cada oficina o establecimiento.

Debe ponerse especial cuidado que, en los bienes inventariados se consignen las características, ubicación, identificación, cantidad y aquellos que faciliten su pronta localización y verificación. También deben omitirse aquellos objetos de escaso valor y fácil destrucción que aumenten físicamente el activo. Por ejemplo: reglas, lápices, sellos de hule, almohadillas, etc.

Para localizar los bienes se les consignará sus características y un número o clave de identificación. Esta identificación consistirá en una marca que contenga las iniciales o siglas de la dependencia a que corresponden, seguidas de cifras separadas por guiones o puntos que indicarán en su orden:

El departamento o sección en que se encuentra el artículo inventariado y el número de orden en que vayan apareciendo al elaborar el inventario. Dicho número de identificación debe ser inalterable para un mejor control de las personas bajo cuya custodia se encuentren los bienes y para hacer fácil el chequeo de los mismos por parte de auditores o fiscalizadores.

Baja de Bienes Muebles.

1. Ningún bien mueble será dado de baja, sin la autorización del Departamento de Patrimonios e Inventarios. 2. Los bienes muebles dados de baja serán puestos a disposición del almacén No.2 del Gobierno del estado para su remate o recuperación.

Nomenclatura Gubernamental

Esta nomenclatura contiene todas las cuentas que el Gobierno Central utiliza pero por sus características también es aplicable a todas las entidades descentralizadas y autónomas. Para entender mejor su uso y estructura esta se divide de la siguiente manera: 1. Activo 2. Pasivo 3. Patrimonio 4. Cuentas de orden 5. Ingresos 6. Gastos 7. Cuentas de cierre

También es importante saber que la cuenta principal contiene 4 dígitos, las subcuentas 6 dígitos y las sub cuentas 8 dígitos, como se muestra en el siguiente ejemplo: 2131 00 00 Obligación por Deuda Pública a Corto Plazo 2131 01 00 Deuda Pública Interna 2131 01 01 Colocaciones Bonos

Responsabilidades de los Servidores Públicos.

a. Los titulares de las dependencias y áreas serán solidariamente responsables ante el Ejecutivo del Estado de los bienes muebles asignados a sus áreas y funciones. b. Los servidores públicos serán responsables ante el Director del área o Jefes inmediatos de los bienes muebles asignados a sus funciones. c. Cuando haya cambios de titulares de la dependencia deberá hacerse una entrega recepción de todos los bienes inmuebles del que llega como del que se va. Por medio de departamento de patrimonios e Inventarios. d. En caso de robo o extravío el servidor Público que lo tenga bajo su resguardo, deberá repórtalo al titular del área y al Depto. de Patrimonios e Inventarios.

Ejemplo de inventario

Inventario de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT Practicado en el departamento de San Marcos el 31 de diciembre de 2020

ACTIVO

Activo Fijo CONSERJERÍA 12.2 Mobiliario y Equipo 122.2 Maquinaria 1222.8 Maquinarias Diversas

1 Aspiradora marca General Electric

122.3 Herramienta 1223.3 Herramienta de Carpintería

1 Barreno eléctrico Q 1,300.00

Q 1,325.00

1223.6 Aperos de Labranza

1 Manguera de 150 metros color azul 2 Lámparas marca Coleman Q 485.00

Q 1,050.00

12.5 Armamentos y Municiones

1 Revólver marca Smith & Wesson

SECRETARÍA 12.2 Mobiliario y Equipo 122.1 Muebles y Útiles 1221.1 Muebles y Útiles de Oficina

2 Computadoras marca IBM con impresoras 4 Escritorios de metal tipo secretarial color gris 4 Sillas giratorias color gris 4 Mesas para máquina de escribir 4 Máquinas de escribir marca IBM Q 4,600.00 Q 8,760.00

Q

17,960.00 Q 6,000.00

Q

1,780.00 Q 800.00

Q 19,000.00

4 Archivos de cuatro gavetas color beige Q 6,400.00

2 Escritorio para computadora Q 4,100.00 Q 56,040.00

DIRECCIÓN 12.1 Bienes Inmuebles 121.1 Propiedades Urbanas

1 Inmueble de ladrillo Q 450,000.00 1 Parque infantil a favor de la Agencia SAT de San Marcos Q 200,000.00

121.7 Títulos de Pajas de Agua

1 Título de Agua Q 500.00 Q 650,500.00

12.2 Mobiliario y Equipo 122.1 Muebles y Útiles 1221.1 Muebles y Útiles de Oficina

1 Escritorio de metal color gris tipo ejecutivo 1 Mesa para máquina de escribir de metal color gris 1 Máquina de escribir eléctrica color gris, marca IBM 2 Archivos con cuatro gavetas color gris 1 Juego de sala de tela color café 1 Impresora multifuncional marca HP para fax Q 3,200.00 Q 300.00

Infracciones y Sanciones.

La Comisión de hechos en el manejo de bienes muebles, dará seguimiento y sancionará a los Servidores Públicos, según haya sido el manejo de los bienes muebles. Sin prejuicio alguno se sancionará a los Servidores Públicos que por sus actos dañen, destruyan o pierdan los bienes inmuebles propiedad del Estado. La Secretaria de Administración le corresponde conocer e investigar los hechos, para aplicar alguna sanción administrativa, a través de sus áreas respectivas. Si un bien mueble es extraviado el Servidor Público hará lo siguiente: • Comunicar al responsable del área. • Se abocará a la localización del bien.

Si el bien es localizado será reportado al responsable del área y si en un plazo de 10 días no es localizado será reportado como objeto perdido. La Secretaria de Administración establecerá una negociación con el responsable del resguardo para realizar los descuentos de sus percepciones, hasta recupera el valor del objeto perdido.

LEY DE SIAF-SAG

La Ley SIAF-SAG dispone que el Sistema de Contabilidad Integrada, debe incorporar transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema común, oportuno y confiable, destino y fuente de los gastos expresados en términos monetarios, que genere información relevante útil para la toma de decisiones por parte de las autoridades que regulan la marcha de cada una de sus entidades. El presente Manual está enmarcado en un conjunto conceptual y metodológico desarrollado en la Ley SIAFSAG y en los “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados para el Sector Público no Financiero”. Este manual es el eslabón que une al SIAF con la teoría y práctica contable tradicional y para comprender con rigor su operatoria, es necesario el conocimiento previo y cabal de estas dos metodologías. En el sistema diseñado, la actividad de teneduría de libros, tal como se muestra en el Manual, se realiza automáticamente de acuerdo con el tipo de transacción y de la información que sobre cada una de ellas se ingresa a la base de datos y que cumple con todos los requerimientos de la teoría contable.

Definición

El Sistema Integrado de Administración Financiera y Control (SIAF-SAG) constituye un sistema de organización gubernamental, para el uso y control eficiente de los recursos públicos y transparenta la gestión pública mediante la des concentración y des centralización de las funciones administrativas, operativas y financieras de las entidades; enlazando los sistemas de presupuesto, contabilidad, tesorería, crédito público, adquisiciones e inversiones; y proporcionando información oportuna para la toma de decisiones y/o medidas de control. El objetivo del SIAF-SAG dentro del sector público, es proporcionar información global y estructurada sobre las variables económicas a nivel agregado y sobre todo de los resultados de la gestión, en cuanto a aspectos operativo, económico y financiero de cada entidad, para un período de tiempo determinado En función de lo indicado los principales objetivos del SIAF-SAG, se resumen a continuación: a. Contribuir al fortalecimiento del sistema democrático, al crear confiabilidad en las instituciones públicas y en sus funcionarios. b. Lograr el fortalecimiento del control social, al aprobar las variables que permitan conocer y evaluar la gestión pública. c. Permitir el cumplimiento y ajuste oportuno de las políticas, programas y proyectos del sector público, mediante la programación, organización, ejecución y control de la captación y uso eficaz y eficiente de los recursos públicos. d. Proporcionar información útil, oportuna y confiable apoyando con un mayor número de alternativas evaluadas, la toma de decisiones a todos los niveles de la administración pública,

así como proporcionar la información a la sociedad sobre el uso de los recursos y de los costos de los servicios públicos. e. Permitir que todo funcionario público, sin importar su jerarquía, asuma la responsabilidad por sus actos, y que pueda rendir cuenta tanto del destino como de la forma y resultado de la aplicación de los recursos públicos. f. Hacer que la gestión de los recursos públicos se registre con transparencia, al fortalecer la capacidad administrativa para impedir, identificar y comprobar cualquier anomalía en el manejo de los recursos del Estado. g. Realizar con la mayor transparencia la gestión de los recursos públicos. h. Facilitar la vigilancia de la gestión pública por parte del Congreso de la República y de la Comunidad, al interrelacionar los sistemas operacionales y administrativos con los controles internos y externos.

Los sistemas integrados de administración financiera (SIAF) son sistemas informáticos que automatizan los procedimientos financieros necesarios para registrar los recursos públicos recaudados y aplicarlos a la concreción de los objetivos del sector público.

Auditoría.

This article is from: