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Boris Hau

Chile, Verdad y Justicia para los sacerdotes Joan Alsina y Antonio Llidó

Boris Hau Abogado, investigador Observatorio Justicia Transicional Universidad Diego Portales borishau@yahoo.com

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En Chile las políticas de Justicia Transicional se iniciaron con la búsqueda de verdad y reparación. Pero la justicia en Chile inició un proceso partir de año 1998 con la interposición de la primera querella contra el ex dictador. Entre los casos de derechos humanos investigados están los de los sacerdotes Antonio Llidó y Joan Alsina. Tras más de cuatro décadas de sucedidos los hechos, sus casos fueron investigados por la justicia. Este proceso ha dejado atrás la impunidad de la dictadura, para garantizar una democracia en que sus fundamentos este la vigencia y promoción de los derechos humanos.

Palabras clave: Memoria, derechos humanos, justicia transicional, Chile, justicia

INTRODUCCIÓN. DOS SACERDOTES OBREROS

Tenía 38 años, el sacerdote Antonio Llidó, había dejado Valencia para trabajar como obrero, viviendo en la población O’Higgins de Quillota. Un camino similar había seguido, el catalán Juan Alsina, tenía 31 años, era empleado en un hospital, vivía en la población José María Caro. Ambos sacerdotes participaban en Chile del movimiento “Cristianos por el socialismo”, un grupo de religiosos y sacerdotes que manifestaron su adhesión al gobierno de la Unidad Popular. Las vidas de ambos sacerdotes cambiaron drásticamente el 11 de septiembre de 1973, cuando un Golpe Militar derrumbó la democracia. Ambos sacerdotes eligieron ser solidarios con el pueblo chileno que estaba siendo reprimido.

Juan Alsina, nació en Girona en el pueblo de Castelló d´Empuries. Estudio en el seminario de Girona. Fue ordenado sacerdote el 30 de agosto de 1966. Al iniciar sus labores pastorales, tenía la esperanza de partir al extranjero como misionero, así se lo contaba a sus cercanos “siento que Dios me llama para ir a misiones y quiero prepárame bien” 1 . Cumpliendo esta pretensión llegó a Chile el 30 de enero de 1967 a vivir a una comunidad de sacerdotes catalanes en la comuna de San Bernardo. En 1972 era empleado del hospital San Juan de Dios. Su trabajo pastoral lo realizaba en la población José María Caro, lugar donde vivía junto al sacerdote Alfonso Baeza 2 .

Antonio Llidó, nació el 29 de abril de 1936 en Xavia, Valencia. En 1963 fue ordenado sacerdote en el seminario de Valencia. En julio de 1969 partió destinado a la ciudad de Quillota. Los pobladores de Quillota recuerdan a Antonio como un cura comprometido con los más pobres. Un testimonio de una pobladora recuerda al padre Antonio, con una pastoral nueva en las liturgias “sus misas eran muy entretenidas, pues compartía con la gente a lo largo de las misa” 3 . Su primer trabajo como sacerdote obrero fue en un criadero de aves en Quillota. Su tarea fue la limpieza de los gallineros.

LA REPRESIÓN DE LA DICTADURA, DOS SACERDOTES TENDRAN SU PROPIO “VÍA CRUCIS”

El 11 de septiembre de 1973 se produjo un quiebre institucional en Chile, cuando las Fuerzas Armadas derrocaron al gobierno elegido democráticamente. Una junta militar se tomó el poder y desde los primeros días iniciaron una represión contra los adherentes al derrocado Gobierno 4 .

Juan Alsina, era funcionario del hospital San Juan de Dios, desde el séptimo piso del recinto pudo ver el bombardeo de La Moneda. Los días 11 y 12 de septiembre los funcionarios del hospital se organizaron para atender a los heridos que llegaban al recinto producto de la represión. El 16 de

septiembre una patrulla militar allanó el hospital, siete empleados fueron detenidos. A Juan a su regreso a su trabajo, le contaron que los militares preguntaron por él. Sus compañeros le aconsejaron que busque refugio en la embajada de España. Pero Juan decidió regresar a su trabajo. Esta decisión, lo señaló con una reflexión “hay momentos en la vida en que hay que jugarse el todo por el todo y si me necesitan allá estoy” 5 . El 19 de septiembre un grupo de soldados allanó el hospital. Juan fue detenido, no contento con ello, los militares lo golpearon en el mismo recinto. A las nueve de la noche, Juan fue conducido al Puente Bulnes. En ese lugar fue fusilado. En el momento que fue puesto en la baranda del puente, le dijo al soldado “por favor no me pongas la venda, mátame de frente porque quiero verte para darte el perdón” 6 . Quién lo fusiló fue el soldado Nelson Bañados, cumpliendo órdenes del coronel Mario Caraves.

Para el 11 de septiembre de 1973 el padre Antonio Llidó estaba en Quillota. Su casa en la población fue allanada por los militares, pero el padre Llidó había decidido entrar a la clandestinidad. Se refugió en casa de amigos en Santiago. No quiso asilarse en la embajada de España. El 25 de septiembre de 1974 en la vía pública fue detenido por los agentes de la DINA, Dirección de Inteligencia Nacional. Fue llevado al recinto de detención de José Domingo Cañas n° 1367. En el recinto compartió reclusión con Julio Laks, él expone que el Padre Llidó “se encontraba muy mal de salud, sufría frecuentes hemorragias estomacales, sin embargo su ánimo era muy bueno y se dedicaba a reconfortar a los demás prisioneros” 7 . En 1975 en una reunión con Pinochet, el obispo luterano Helmut Frenz y el obispo Fernando Ariztía, ambos miembros del Comité Pro Paz, estos le señalaron que había un sacerdote español detenido. El dictador les respondió “ese no es un cura, es un marxista” 8 .

CHILE REGRESA LA DEMOCRACIA, LA BÚSQUEDA DE LA VERDAD ES UNA EXIGENCIA, PERO LA JUSTICIA ESTA AUSENTE

Sólo un día después del regreso a la democracia, el 12 de marzo de 1990 el presidente Patricio Aylwin pronunció un discurso. Señaló que la búsqueda de verdad sobre las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura era parte de las políticas que deberá asumir el “Gobierno de la transición”. Este primer gobierno tendrá una particularidad, el ex dictador Augusto Pinochet siguió como Comandante en Jefe del ejército. Luego de algunos días de iniciada la democracia, se creó la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Instaurar una comisión de la verdad al inicio de la democracia era parte de lo que el ex miembro de la Comisión Rettig, José Zalaquett, denomina las políticas refundacionales para perfeccionar esta democracia: “una nación enfrenta el pasado de violaciones a los derechos humanos durante su época refundacional, tiene una importancia decisiva por la fuerza simbólica y la amplificación histórica que cobran los eventos que tienen lugar en

tales períodos” 9 . El Informe Rettig incluyó un listado de 1.319 personas ejecutadas y 979 detenidos desaparecidos, un total de víctimas de 2.298 personas 10 . En el caso de Juan Alsina la comisión calificó su caso como el de un ejecutado político: “Juan ALSINA HURTOS, español, 31 años, sacerdote católico, quien ejercía su ministerio en la Parroquia San Ignacio de San Bernardo y se desempeñaba como Jefe de Personal del Hospital San Juan de Dios, fue ejecutado el 19 de septiembre. Fue detenido en los subterráneos del Hospital por efectivos del Regimiento Yungay de San Felipe. Luego fue llevado al patio del Hospital donde permanece largo rato. Conducido al Instituto Diego Barros Arana y luego al Río Mapocho donde es ejecutado el mismo día. El día 27 es encontrado su cuerpo en el Instituto Médico Legal; es sepultado al día siguiente en el Cementerio Parroquial de San Bernardo. El certificado de defunción consigna como lugar de la muerte el puente Bulnes sobre el río Mapocho, e indica como causa de la misma: “múltiples heridas de bala” y “lesiones apergaminadas en la cara”. La Comisión adquirió, conforme al mérito de los testimonios y antecedentes recibidos, la convicción de que la ejecución del sacerdote Juan Alsina Hurtos constituye una violación de sus derechos, siendo responsables de ello agentes del Estado” 11 . En el caso de Antonio Llidó, la comisión lo calificó como un detenido desaparecido: “En octubre de 1974, Antonio LLIDO MENGUAL, ex-sacerdote de nacionalidad española vinculado al MIR, fue visto por testigos en el recinto de José Domingo Cañas. Con posterioridad Antonio LLIDO, cuya fecha de detención se desconoce, fue trasladado a Cuatro Álamos, desde donde desaparece, en poder de la DINA. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos” 12 .

Durante el Gobierno de “transición” la justicia estuvo ausente. La dictadura dejó un decreto ley de amnistía que impedía una persecución penal. Además, la presencia del ex dictador Pinochet como jefe del ejército les otorgaba seguridad a los ex agentes. A pesar de la amnistía, familiares de las víctimas exigieron Justicia. La hermana de Antonio, Josefa Llidó, presentó el 10 de enero 1992 una querella por “aplicación de tormentos y secuestro”. La Corte Suprema ordenó sobreseer la querella, el fundamento fue la aplicación del decreto ley de amnistía 13 . Esta postura de la Corte Suprema no era una novedad para el ex abogado de la Vicaría de la Solidaridad Roberto Garretón, quien advirtió que luego del regreso de la democracia en el Poder Judicial “absolutamente nada cambió. En términos generales, a pesar de la restauración democrática, las Cortes siguieron consagrando la impunidad” 14

Para recordar al padre Juan Alsina, se construyó un memorial junto al Puente Bulnes donde fue ejecutado. La inauguración del Memorial se realizó el 24 de marzo de 1995. El memorial tiene una cruz donde esta adosada la antigua baranda esta tiene marcas de los balazos del fusilamiento. Al pie de la cruz está escrita la frase “mátame de frente porque quiero verte para darte el perdón” 15 . En Cataluña, también se le rindió un homenaje con una plaza con su nombre. El 28 de febrero de 1993, la fecha en que Juan hubiera cumplido, 50 años de edad, se inauguró un monumento en Malgrat, Cataluña 16 .

TRAS AÑOS DE IMPUNIDAD LA JUSTICIA SE HACE PRESENTE

La dirigente del partido comunista de Chile, Gladys Marín, interpuso el 13 de enero de 1998 una querella contra el ex dictador Augusto Pinochet, quien era jefe del ejército 17 . En España se interpuso una querella contra Augusto Pinochet, cuyo fundamento era hacer justicia por los españoles víctimas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura chilena. El 4 de julio de 1996, Josefa Llidó interpuso una querella contra Pinochet y otros ante la Audiencia Nacional de España, por genocidio, terrorismo y torturas en el caso de su hermano Antonio. Estas querellas habían sido aceptadas por el magistrado Baltasar Garzón. El ex dictador dejó de ser jefe máximo del ejército en marzo de 1998, al día siguiente prestó juramento como senador vitalicio 18 . El ex dictador viajo a Londres, el 16 de octubre de 1998. Oficiales de la policía de Londres le leyeron una orden de detención. Pinochet estaba oficialmente detenido, a solicitud del magistrado Baltazar Garzón, que solicitaba se iniciara un proceso de extradición a España 19 . Para el ex abogado de la Vicaría de la Solidaridad, Roberto Garretón “Chile cambió el 16 de octubre de 1998”, el día de la detención de Pinochet en Londres, porque este fue acusado por la justicia española de crímenes de lesa humanidad, por genocidio, torturas y terrorismo de Estado 20 . Chile solicitó a Inglaterra la expulsión de Pinochet, el 3 de marzo del 2000 regresó, expulsado por razones humanitarias 21 . Mientras Pinochet estaba detenido en Londres los familiares de las víctimas de la dictadura interpusieron querellas en su contra. El Poder Judicial respondió nombrando magistrados para investigar casos de derechos humanos en todo el país.

El 26 de septiembre del año 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, condenó a Chile por el caso del profesor Luis Almonacid, exigiendo al Estado la anulación del decreto ley de amnistía, así como que los tribunales se abstuvieran de su aplicación, por ser contraria a la Convención Americana de Derechos Humanos. La Corte señaló que “El Estado debe asegurarse que el Decreto Ley No. 2.191 no siga representando un obstáculo para la investigación, juzgamiento y, en su caso, sanción de los responsables de otras violaciones similares acontecidas en Chile” 22 . Luego de la sentencia del profesor Almonacid el Poder Judicial se ha abstenido de la aplicación del decreto ley de amnistía 23 .

En los gobiernos democráticos se ha apoyado la construcción de sitios de Memoria. En la ciudad de Quillota, donde el padre Antonio realizó su trabajo como sacerdote se inauguró una escultura, el 29 de abril del 2006. Esta se ubica en la Plaza de los Ceibos 24 . El cura Antonio Llidó estuvo recluido en el cuartel Ollagüe, la casa de José Domingo Cañas n° 1367. Luego en democracia la casa fue de particulares. Finalmente el Estado intervino construyendo un memorial en el sitio. Este se inauguró el 30 de abril del 2010. En un muro de la casa están los rostros de víctimas de la dictadura que fueron detenidos en ese recinto, entre los rostros, está el de Antonio Llidó 25 .

Luego de la detención de Pinochet en Londres, se ha avanzó en un proceso se justicia para las víctimas de la dictadura. Según el abogado Roberto Garretón, los jueces “perdieron el miedo a hacer justicia” 26 . En el caso de Juan Alsina su hermana María Alsina interpuso una querella por la muerte del sacerdote, quién representó judicialmente a la hermana del sacerdote fue la abogada Fabiola Letelier del Solar. Este caso fue investigado por el ministro Jorge Zepeda, quién dicto sentencia el 18 de octubre 2005. El magistrado estimo que el crimen del sacerdote era un crimen de lesa humanidad. No se pudo condenar al ex conscripto Nelson Bañados, ni el coronel Mario Caraves, dado que ambos fallecieron. Se condenó al máximo jefe del Regimiento de Infantería Nº 3 “Yungay”, Donato López Almarza. Este fue condenado a la pena de cinco años como autor del delito de homicidio calificado de Juan Alsina. En el aspecto civil se rechazó la demanda civil interpuesta. En segunda instancia la Corte de Apelaciones de Santiago, el 29 de marzo 2007, confirmó la sentencia, tanto en lo penal como en lo civil. El caso llegó a la Corte Suprema, quién dictó condena el 27 de diciembre 2007, se rebajó la pena, a Donato López, a tres años y un día de prisión, se le otorgó el beneficio de la libertad vigilada. En el aspecto civil se confirmó la sentencia de primera instancia. En la práctica la Corte Suprema al rebajar la condena el único condenado cumplirá su condena en libertad 27 .

En el caso del sacerdote Antonio Llidó, su hermana Josefa Llidó, entregó poder para que fuera representada por el ex abogado de la Vicaría de la Solidaridad, Héctor Salazar. El magistrado Jorge Zepeda investigó el caso, este calificó el caso como de lesa humanidad. Por lo que no aplicó ni la amnistía ni la prescripción del delito. El 22 de septiembre 2008, el magistrado dictó sentencia condenando a los ex miembros de la DINA Manuel Contreras, Marcelo Morén, Miguel Krassnoff y Basclay Zapata, como autores del secuestro calificado a la pena de 7 años de prisión, sin beneficios. Se acogió la demanda civil. El 14 de octubre 2009 en segunda instancia la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmó la sentencia, tanto en el aspecto penal como en lo civil. El 30 de agosto 2010, la Sala Penal de la Corte Suprema, condenó a los ex agentes de la DINA Manuel Contreras, Marcelo Morén, Miguel Krassnoff y Basclay Zapata, a la pena de 5 años de presidio, por el delito de secuestro calificado. Se les concedió el beneficio de la libertad vigilada. Se revocó la aceptación de la demanda civil 28 . Con la rebaja de la sentencia los ex agentes cumplirán su pena en libertad.

Los juicios de derechos humanos siguen siendo investigados en los tribunales en Chile. Según datos del Observatorio de Justicia de Transición de la Universidad Diego Portales, hubo un total de 55 sentencias falladas en la Corte Suprema entre julio del 2016 y junio del 2017 por casos de derechos humanos durante la dictadura 29 . Lo que demuestra la insistencia de los familiares de las víctimas de la dictadura para que se castigue a los culpables.

CONCLUSIÓN. CHILE, POLÍTICAS DE VERDAD Y JUSTICIA PARA ASEGURAR UN “NUNCA MÁS”

A más de 40 años después de la detención de los sacerdotes Juan Alsina y Antonio Llidó. Cada año, el último domingo de septiembre, en el memorial de Juan Alsina, se juntan miembros de comunidades populares se reúnen para celebrar una misa que recuerda a Juan como a las víctimas de la dictadura. El recuerdo de estos sacerdotes sigue presente en el pueblo chileno. Se le recuerda en los memoriales que se han construido, en el Puente Bulnes y en la casa de Memoria de José Domingo Cañas n° 1367. Su recuerdo está presente en las poblaciones donde vivieron. Ambos pudieron tomar la decisión de asilarse en la embajada española. Pero no lo hicieron. Ambos optaron por seguir el mismo camino de cientos de chilenos, que fueron víctimas de la dictadura, por sus ideas políticas, por ser adherentes a un gobierno derrocado por la fuerza. Ambos sacerdotes siguieron el camino del martirio, fueron torturados, interrogados antes de sus muertes. En Chile los familiares de las víctimas de la dictadura han luchado durante años exigiendo verdad y justicia para sus familiares. Los gobiernos democráticos han respondido a estas exigencias. Pero este proceso sigue vigente, siguen los juicios, como se espera que continúen las políticas de reparación como la construcción de memoriales. La exigencia de justicia para las víctimas de la dictadura sigue presente en Chile. Los tribunales chilenos han respondido a las exigencias de justicia con magistrados que han investigado estos casos y dictado sentencias por crímenes de “lesa humanidad”. Estas sentencias son parte, junto con las comisiones de verdad y las acciones de reparación, de las políticas de justicia de transición. La realización de este proceso de justicia de transición en Chile debería garantizar que estos dolorosos hechos nunca más vuelvan a ocurrir.

1 Jordá, M., Martirologio de la iglesia chilena: Juan Alsina y sacerdotes víctimas del terrorismo de Estado. Editorial Lom, Santiago, 2001, p. 7.

Ibíd. p. 9.

Ibíd. p. 189.

Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, Edición oficial, Santiago, 1991, p. 101.

5 Jordá, M., Martirologio de la iglesia chilena: Juan Alsina y sacerdotes víctimas del terrorismo de Estado. Editorial Lom, Santiago, 2001, p. 9.

Ibíd. p. 18.

7 Memoriaviva.com: caso Antonio Llidó. http://www.memoriaviva.com/Desaparecidos/D-L/antonio_llido_mengual.htm

8 Jordá., M., Martirologio de la iglesia chilena: Juan Alsina y sacerdotes víctimas del terrorismo de Estado. Editorial Lom, Santiago, 2001, p. 182.

9 Zalaquett, J., La Mesa de Diálogo sobre derechos humanos y el proceso de transición política en Chile. http://www.indh.cl/wp-content/uploads/2010/10/Mesa_de-Dialogo_CEP2000.pdf

10 Informe de la Corporación Nacional de Verdad y Reparación. Edición oficial, Santiago, 1997, p. 535.

11 Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Edición oficial, Santiago, 1991, p. 189.

12 Ibíd. p.788

13 Memoriaviva.com: caso Antonio Llidó. http://www.memoriaviva.com/Desaparecidos/D-L/antonio_llido_mengual.htm

14 Garretón, R., Los tribunales con jurisdicción penal durante la transición a la democracia en Chile, p. 8. http://www.auschwitzinstitute.org/wp-content/uploads/2015/05/m25aNaturaleza-de-dictadura-Chile.-Rol-dePoder-judicial.pdf

15 Jordá, M., Memoria de dos curas asesinados Juan Alsina y Wilfredo Alarcón, Sin editor, Santiago, 1998, p. 36.

16 Jordá, M., Juan Alsina reivindicado, Sin editor, Santiago, 1994. p. 11.

17 Loveman, B., y Lira., E., El espejismo de la reconciliación política: Chile 1990-2002. Editorial Lom, Santiago, 2002, p. 207.

18 Ibíd. p. 194.

19 Garzón., B., En el punto de mira. Editorial Planeta, Madrid, 2016. p. 262.

20 Garretón, R., Los tribunales con jurisdicción penal durante la transición a la democracia en Chile, p. 79. http://www.auschwitzinstitute.org/wp-content/uploads/2015/05/m25aNaturaleza-de-dictadura-Chile.-Rol-dePoder-judicial.pdf

21 Loveman, B., y Lira., E., El espejismo de la reconciliación política: Chile 1990-2002. Editorial Lom, Santiago, 2002, p. 294.

22 Sentencia CIDH. Caso “Luis Almonacid”, p. 65. http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_154_esp.pdf

23 Observatorio de Justicia Transicional. Principales hitos Jurisprudenciales en causas DDHH en Chile 1990-2015. http://www.derechoshumanos.udp.cl

24 zonaimpacto.cl A 70 años de su nacimiento, el Padre Antonio Llidó tendrá un monumento en Quillota. http://www.zonaimpacto.cl/194/a-70-anos-de-su-nacimiento-el-padre-antonio-llido-tendra-un-monumentoen-quillota.html

25 josedomingocanas.org Historia del centro de detencion Casa José Domingo Cañas. http://josedomingocanas.org/historia/centros-de-detencion/

26 Garretón., R., Los tribunales con jurisdicción penal durante la transición a la democracia en Chile, p. 98. http://www.auschwitzinstitute.org/wp-content/uploads/2015/05/m25aNaturaleza-de-dictadura-Chile.-Rol-dePoder-judicial.pdf

27 Sentencia Corte Suprema de Chile. 27 de diciembre 2007. Rol 3587-2005. Caso Juan Alsina.

28 Sentencia Corte Suprema de Chile. 30 de agosto 2010. Rol 8939-2009. Caso Anonio Llidó.

29 Observatorio Justicia Transicional, “Verdad, Justicia, Reparación y Memoria”, en Informe Anual Derechos Humanos 2017, Centro DDHH UDP, p. 68. http://www.derechoshumanos.udp.cl/derechoshumanos/index.php/informe-ddhh-2017

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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