Hidrocarburos
El IEPS y la conveniencia
E
l economista Harold Somers, profesor emérito de economía en la Universidad de Los Ángeles, California, cuyos aportes más importantes se desarrollaron en el campo de los impuestos gubernamentales y el gasto público propuso algunos principios doctrinarios sobre política fiscal sobre el cual destacó el denominado «Principio de conveniencia»: Algunas veces los impuestos, se establecen, con ningún
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fin más noble que el de recaudar lo más posible con la menor dificultad. La política seguida entonces será sim plemente de conveniencia… La idea que se encuentra detrás de estos impuestos es que lo que el público no conoce no le duele.
Para quienes no están familiarizados con el término, IEPS es el Impuesto Especial sobre Productos y Servicios y se deriva de una ley homónima publicada por el entonces presidente José López Portillo en 1980. Tiene su fundamento en el artículo 73 de la Constitución Política de México que señala que el Congreso tiene facultad para establecer contribuciones especiales sobre energía eléctrica, producción y consumo de tabacos y cerveza, cerillos y fósforos, gasolina, entre otros. La ley del IEPS establece un componente a los combustibles automotrices que va, una parte, para el gobierno federal y, otra, para el gobierno estatal, y un componente a los combustibles fósiles por la cantidad de carbono que emiten a la atmósfera. De lo que corresponde al gobierno federal, si estados y municipios forman parte del pacto fiscal, les corresponderán 8% y 2% de lo recaudado respectivamente. En teoría, la recaudación del IEPS corresponde a un principio de corrección de externalidades. Es decir, que se Acceso Energía 187
Semana 27
Junio 2020
Paul A. Sánchez paul@oem.org.mx Doctor en Política Pública con más de 10 años de experiencia en materia energética en los sectores público, privado, social y académico.