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Consideraciones preliminares
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1. Ser un producto o cosa útil independientemente de si es convertida en moneda. 2. Ser inalterable, para que pueda conservarse intacta sin necesidad de cuidados especiales. 3. Ser homogénea y que se pueda constatar perfectamente su naturaleza por medio de operaciones sencillas. 4. Ser divisible hasta poder representar valores sumamente pequeños. 5. Tener poco volumen y peso, y en ello concentre bastante valor, que facilite su transporte a todos. 6. Que esté en lo posible libre de alteraciones de valor y sobre todo de variaciones bruscas y frecuentes que algunos productos tienen.
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Por su lado, muchos economistas consideran que cualquier objeto, para que pueda ser aceptado como moneda, debe cumplir determinadas funciones, siendo las tres principales: medio de cambio, medida de valor y medio de ahorro.11 Desde las primeras civilizaciones, las primeras monedas fueron los metales preciosos oro y plata por sus especiales cualidades, como homogeneidad y uniformidad, duración indefinida, fácil manejo y transportabilidad, divisibilidad, fraccionabilidad universal y aceptación general. En el mismo sentido va el parecer de Pierre Vilar cuando escribe “que cualquier mercancía preciosa” puede desempeñar el papel de moneda; agregando que los “economistas han definido a la moneda en función de aquello para lo que sirve: ser intermediario de los cambios, medida de valor y reserva del mismo”.12
De los autores coloniales hubo varios a los que también preocupó definir la moneda. Uno de ellos fue Cristóbal de Villalón, que tenía un concepto más moral de esta que económico. Con sus reparos morales, escribió que la moneda era un “medio por el cual se tratan todas las cosas del universo y se traen a conversación para poseerlas y gozarlas […] de manera que el poseer todas las cosas criadas es el fin y el dinero con que se alcanzan es el medio” (1546). Aquí el fin de la moneda es poseer las cosas, y la moneda actúa como medio. La moneda no podía, pues, ser el fin de la ganancia porque iría en contra del orden natural y se incurriría en el error de usar la moneda como fin y no como medio, cayendo en lo pecaminoso (usura). El pensamiento de Villalón contra la usura no comienza con él, sino que es la continuación del pensamiento medieval sobre el tema y el precio justo. La fuente primigenia de la usura está en la Biblia: el Éxodo, el Levítico y el Deuteronomio, textos sagrados que
11. Zorrilla 2004: 148. 12. Alfaro Asíns y Marcos 2005: 1439.
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normaban la vida de una sociedad de pastores y campesinos donde se pretendía proteger al más pobre.13
Un segundo autor colonial que se ocupó de definir a la moneda fue José Rodríguez de Carassa, de la Orden de Calatrava y ensayador mayor del reino del Perú y de la Real Casa de Moneda de Lima en la segunda mitad del siglo XVIII, quien siguió confiando en la barra de plata como la expresión máxima de la moneda en detrimento de la moneda sellada. En Rodríguez puede observarse una definición de la moneda de tipo más económico, junto con rezagos morales, cuando cita la Recopilación sobre el tema.
La plata se puede considerar, o como cuerpo, o como valor. Tomada como cuerpo es una especie que se puede comprar por más o menos. Tal es la piña sacada de la mina, que antes de la fundición y ensaye14 no tiene precio determinado porque es incierta su ley, y aún su peso es incierto. Después que se funde una barra, que paga el real quinto, que se ensaya y recibe los punzones reales en las cajas de quintos ya no es especie sino moneda que tiene un valor legal y determinado precio, que delinque el que compra por menos o vende por más según la […]. Recopilación. (Tauro y Lazo 1990: 39)
Finalmente, un tercer autor colonial es el reconocido jurista ovetense Juan de Hevia Bolaños, quien escribió dos libros célebres: uno sobre derecho procesal y otro sobre el derecho mercantil,15 obras que se editaron decenas de veces hasta el siglo XIX. En la Curia tiene un concepto más jurídico-económico sobre el problema de los numos, abogando por la moneda acuñada:
Moneda, es la medida, ó precio de las cosas vendibles, y no la puede ninguno mandar hacer, sino es el Príncipe, o quien para ello tenga facultad suya, como lo dice una ley de Partida. Y así, aunque en el nombre de pecunia se comprehenden todas las cosas que valen, según un texto, y los Doctores, propiamente lo es sola la moneda amonedada, conforme una ley de la Recopilación. Y así la moneda no es mercadería, ni se entiende, ni incluye en ella, ni en su nombre; sino precio, y valor suyo, y de las cosas, según Baldo, y unos textos, y una ley de la Recopilación, sino es que se trae por trato de ella. (Hevia 1797: 299)
13. Cruz 1998: 65. La literatura jurídica en torno a la usura es amplia, y entre los autores que menciona Óscar Cruz, más relacionados con el tema de la usura y que tangencialmente tocan la moneda algunos, se puede mencionar a santo Tomás de Aquino, Juan Devoti, Alfonso
María de Ligorio, Iohannis Calvani, Nicolai Vigeli, Juan Bautista Larrea, Cristóbal de Villalón,
Domingo de Soto, R. P. F. Felicis J., Tomás de Mercado, Francisco Antonio de Elizondo, Juan de Hevia Bolaños, Francisco Lárraga y Francisco de la Pradilla Barnuevo (1998: 70-90). 14. Operación realizada para determinar la ley o fino de las piezas de plata u oro. Era de dos clases: ensaye real (fundición) y toque o toque de puntas (visual). 15. Curia Philippica (1603) y Labyrintho de comercio terrestre y naval (1617), respectivamente.
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En resumen, el conquistador español que llega al Perú e Indias viene con un concepto medieval de moneda —medio para poseer cosas o bienes—, en oposición al concepto moderno de moneda, que ya es visto con un fin en sí mismo, para producir más riqueza, sin los frenos morales que propiciaron en el siglo XVIII la aparición del concepto de capital en Europa. Llegado el concepto al Perú, se dieron las condiciones necesarias para recrear una sociedad señorial metropolitana dentro del naciente sistema capitalista. El español que recibía el oro y plata de América no lo invertía con fines productivos, sino lo exportaba casi de inmediato a Europa para adquirir manufactura y seguir con el ciclo rentista. El Estado estaba dentro de la misma lógica, por lo que la Metrópoli era una estación de paso del dinero indiano camino al exterior europeo para importar más productos manufacturados para reexportarlos a la América española. Sin embargo, favoreció así con su política el desarrollo del incipiente capitalismo fuera de España, y no dentro de él.16
No basta con definir la moneda, importa también presentar una teoría de la moneda colonial que nos ayudará a comprender mejor su naturaleza. Se reconocía la presencia de cuatro valores: el intrínseco, legal, extrínseco o legal amonedado, municipal o de mercado:17
1. El maravedí fue una moneda de cuenta y unidad usada para expresar el fino de la plata. Como moneda de cuenta tuvo extraordinario papel en el sistema monetario colonial porque jugó el rol de unidad coordinadora o bisagra que enlazó perfectamente las monedas de oro y plata a través de su doble papel: como unidad de valor expresó el correspondiente a dichas monedas simbólicamente y le dio homogeneidad al posibilitar la medición de los materiales (oro y plata) heterogéneos. Su importancia radica en lo ya expresado por Manuel Moreyra: “verdadero metro de la categoría ‘valor’ que tiene su exponente más significativo en los metales finos” (1980: 66). 2. El valor legal o absoluto hacía alusión al precio de la pasta (barra o tejo quintado) todavía no acuñada, tomándose como base su valor intrínseco, establecido desde 1497 por los Reyes Católicos en 65 reales (2210 maravedís)18 por un marco monetario de la plata de 11 dineros,
16. Torres 1994-1995: 119. 17. Lazo 1995: 72. 18. 65 * 34 / 67 = 2210 maravedís. El texto de la Recopilación de leyes de Castilla dice textualmente: “Otro si porque la plata este en su justo valor, porque los que quisieren hazer labrar della reales aya algun provecho, mandamos y ordenamos que en todos los dichos nuestros reynos val[g]a vn marco de placa de ocho onças y de ley de los dichos onze dineros y quatro granos, fefenta y cinco reales fu valor: y a efte refpecto la plata de mas ley y de menos ley, y no más: so pena que el que de mas lo vendiere, o lo diere en pago, pierda por cada vez la
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4 granos.19 En el Perú, este valor se situó en 65 reales y 1 maravedí (65 * 34 + 1 = 2211 maravedís), valiendo cada real todavía no acuñado 33 maravedís20 (2211 / 67 = 33 maravedís) según la talla. Este valor “había sido determinada tomando en cuenta el costo de acuñar el marco citado con inclusión del real de señoreaje (derecho de un real por marco, abonado por la acuñación; lo percibía el rey por su regalía exclusiva de acuñar monedas) y la ganancia del mercader de la plata”. 3. El valor llamado extrínseco o legal amonedado hacía alusión al valor de los reales ya acuñados (34 maravedís) de un marco monetario cuando el fino era de 11 dineros, 4 granos (34 * 67 = 2278 maravedís, valor legal amonedado, y 2278 / 67 = 34 maravedís de cada real). En este valor estaba incorporado el coste de la acuñación, valor vigente para la plata hasta la segunda década del siglo XVIII (1728), cuando se modifica la talla (68 reales por marco). Este valor era la expresión del valor de los reales o escudos una vez acuñados y lanzados a la circulación, 4. Finalmente el valor municipal lo fijaba el mercado, y era el precio por el que la pasta quintada sin acuñar se apreciaba en el mercado por la oferta y la demanda, teniendo como punto de referencia el valor intrínseco. En teoría este valor debía ser inferior al valor legal porque debía tomarse en cuenta la utilidad del mercader de plata y los costos de acuñación, pero con el correr de las décadas fue aumentando.
Por ejemplo, el valor comercial de un peso ensayado mayor fue aumentado desde 138 8/9 (1565) hasta 146 (1748) pesos de 9 reales en casi doscientos años;21 lo mismo ocurrió con el valor de la plata de 11
plata o fu valor, con mas el dos tanto: la mitad para la nueftra camara, y de la otra mitad, la mitad para el que lo acufare, y la otra mitad para el juez executor que lo fentenciare o executare” (Libro V, Título XXI, Ley V). Este texto es una transcripción literal de lo dispuesto en la Pragmática de Medina del Campo en el apartado “Valor del marco de plata”. En la
Recopilación de leyes de Indias (Libro IV, Título XXIII, Ley IX) se reitera lo anterior en los siguientes términos: “Toda la moneda de plata ha de fer de la misma ley y valor, y pefo, fin diferencia en los cuños, punçones y armas, que la de estos Reynos de Castilla”. Valiendo un grano de ley o fino 8,25 maravedís de valor: 2211 / 268 = 8,25. 268 eran los granos finos de la plata de 11 dineros 4 granos. 19. El marco fue una unidad de peso utilizada para pesar la plata y el oro (pasta y monedas), equivalía a 230,04650 gramos. 20. Valiendo un marco de plata 2211 maravedís el valor de los reales todavía no amonedados valían ya 33 maravedís divididos entre la talla (2211 / 67 = 33). Sobre este punto Juan de
Arphe y Villafañe dirá: “Un real sin cuño ni armas no vale más que 33 maravedís”, “El real sin cuño y armas no es moneda” (1598: 57). El valor de 8,25 maravedís cada grano de fino de la plata nunca fue alterado a lo largo del periodo colonial. 21. Este aumento equivale a 5,12% entre ambos periodos.
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dineros, 4 granos, que en 1565 discurría en el mercado al precio de 61 reales, 14 maravedís y fracción el marco. La misma plata corría en 1746 al cambio de 64 reales, 19 maravedís.
Durante el periodo colonial, el sistema monetario que se instauró fue bimetálico ante la coexistencia de dos monedas basadas en la plata y el oro (pasta o acuñada), y producto de este sistema aparece el llamado coeficiente bimetálico, que establece la proporción en que se intercambian estas monedas sea en barra o en moneda sellada de oro y plata. Un sistema monetario se caracteriza por tener dos elementos básicos: unidad monetaria (reales y escudos) y patrón monetario (bimetálico).22 El sistema monetario colonial fue formal porque fue producto de un acto de gobierno y estuvo bastante legislado hasta en sus más mínimos detalles. Héctor Noejovich entiende como sistema monetario a un conjunto de monedas que coexisten y se relacionan entre ellas. En la práctica hubo dos sistemas monetarios en el periodo colonial: el formal, derivado de la legislación vigente y con normas de ensaye y acuñación, y el informal, que, utilizando denominaciones y equivalencias españolas, empleaba el metal en diversas formas y valores.23
Ciclo de las monedas de cuenta (XVI-XVII)
Durante estos dos siglos las monedas que predominaron en el Perú fueron las llamadas de cuenta o imaginarias porque nunca se acuñaron, y físicamente circularon bajo la forma de barras, barretones o tejos de plata u oro. Todas las monedas de cuenta finalmente se podían reducir a cualquier moneda por la cualidad de tener siempre su equivalencia en maravedís. Aunque se podían también expresar en barras de oro, esto no era común por el escaso monto de su producción respecto de la plata y el alto valor del oro en relación con la plata, que comenzó en el siglo XVI en una proporción de 1/11 aproximadamente (1 barra de oro por 11 barras de plata de fino y peso similares). El reinado de las monedas de cuenta durante estos dos siglos se debió a dos factores: política económica de la Metrópoli, que privilegió el flujo de los metales preciosos a la Península en forma de barras de plata y más tarde en monedas de alto valor (8 reales y hasta de 4 reales), y por razones de política monetaria, que privilegió la acuñación de monedas dobles de plata (pesos y medios pesos). ¿Por qué se acuñaron en dobles y no en sencillos? Aunque Ruggiero Romano cree que se debió a razones de orden aristocrático, los motivos deben buscarse en otras variables:
22. Zorrila 2004: 147. 23. Noejovich 1996: 204.
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En conjunto, el carácter colonial de la economía novohispana que promovía la exportación metálica, así como el contrabando que demandaba plata, complementado con el hecho de que la acuñación tenía un marcado “carácter aristocrático”, tanto por la calidad de los metales como por la denominación de su cuño (monedas mayores a 4 reales), determinaban una estructura ineficiente y costosa en el crédito, así como una inhibición del intercambio monetario. (Ibarra 2002: 254)
Creemos que las razones determinantes fueron otras: la tecnología monetaria y las políticas económica y monetaria. Desde que comenzaron las acuñaciones de reales en 1568 en Lima, no se pudieron acuñar numos sencillos, como estaba ordenado, porque la tecnología y maquinaria no lo permitían. Esta situación continuaría hasta mediados del siglo XVIII, cuando se moderniza la fábrica monetaria. Por estas razones denominamos a estos dos siglos como ciclo de las monedas de cuenta, porque las barras de plata y en menor escala el oro serán las monedas monopólicas expresadas bajo diversas denominaciones. Los reales acuñados no le harán competencia sino solo desde comienzos del siglo XVIII, y pasarán a ser hegemónicas en la segunda mitad del mismo siglo.
Antecedentes
La mayoría de las monedas de cuenta del siglo XVI son de origen español porque allá habían circulado antes como moneda sellada. Cuando los españoles llegan al Perú siguieron usando el concepto, ahora como monedas de cuenta, que se expresarán físicamente en el oro y argento quintados sin mayor dificultad porque estas corrían como moneda con fino y peso conocidos o certificados por las cajas reales al momento de quintarse. Estas monedas de cuenta aparecen temprano en los documentos peruanos del siglo XVI, siendo la primera referencia documental la Capitulación de Toledo de 1529 y los posteriores, como el reparto de Cajamarca, los libros del Cabildo de Lima, los protocolos notariales y tardíamente los libros de contabilidad de las cajas reales, documentos que revelan la rica realidad monetaria de las primeras décadas de la presencia española en el Perú.
De la diversidad de monedas selladas metropolitanas que como concepto llegaron al Perú y circularon como monedas de cuenta, las más importantes fueron el ducado, el castellano y sobre todo el maravedí. Ellos, a pesar de iniciarse en las funciones monetarias como numos sellados en la Metrópoli, en el Perú fungieron más bien como monedas de cuenta de primerísima importancia, como el ponderado maravedí. No se puede negar que el concepto de moneda24 llega al Perú como parte del bagaje cultural del conquistador. La falta
24. El conocido catedrático de economía monetaria y bancaria, y de economía y finanzas doctor Bruno Moll, tratadista conocido sobre cuestiones monetarias, explica el origen de la moneda