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Mercado interno en el periodo colonial maduro
LA MONEDA EN EL MERCADO INTERNO PERUANO COLONIAL | 217
constantemente en las ciudades, donde se vendía por peso, y conforme pasaba el tiempo correspondía menos peso por la misma cantidad de dinero. Así, en 1549, se debía dar 44 onzas de pan por un real, pero dos años luego se daban 42 onzas, 40 en 1599, 32 en 1608, 28 en 1626, 27 en 1698 y 18 en 1718. Luego de un prolongado lapso de vaivenes, en 1779, 1 real de pan debía tener 32 onzas y en 1808 solo 28. Las acemitas y el pan llamado de regalo (para hospitales) costaban 50% menos que el pan blanco.33
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Más complicado es el control de precios en tiempos posteriores a terremotos y otras catástrofes. Las tarifas eran elevadas de manera arbitraria por los que brindaban servicios públicos aprovechando la mayor demanda de su trabajo. El caso es que en tiempos de calamidades las normas se alteraban y los conflictos que se suscitaban nos muestran las condiciones que regían tanto en tiempos normales como en casos extremos. Por ejemplo, dos años después del terremoto de 1746, en la costa central, el Cabildo capitalino impone una tarifa a los aguadores de 2 reales por viaje de una mula de cuatro angarillas y de 3 reales si la carga era azúcar. A quienes cobrasen 4 reales les esperaban 50 azotes (eran negros esclavos). Ante esto, los aguadores realizan una suerte de “huelga”, retirándose de las pilas de la ciudad, donde habitualmente se les encontraba para pedir sus servicios. Lucas de Molleda, dirigente de los aguadores de la plaza mayor, explica sus puntos de vista. Refiere que el Cabildo elevó a 4 reales la carga, y que ellos la aceptaron a pesar de que aun así esta tarifa no cubría sus necesidades, pues paralelamente se fijó en 6 reales el “jornal” que los peones esclavos debían pagar a sus amos, y por eso entendieron que ellos debían pagar 4 reales a sus amos. Sin embargo, esto no se cumplió, pues los amos exigían 8 reales (un peso o patacón) a sus esclavos peones por día y a los aguadores se les obligaba a dar 6. En esta situación es que el conde de la Granja, alcalde de la ciudad, les notificó en octubre de 1748 que debían cobrar solo 2 reales por viaje, y los aguadores optaron por el “retiro” o paralización de labores. Además de los gastos cotidianos, adujeron que el precio de las mulas había subido de 16 a 50 pesos (patacones), lo mismo que su manutención, y que debían asumir el pago de los efectos en caso de pérdidas o accidentes, que eran frecuentes por la sobrecarga de las angarillas. Tras señalar que no era cierto que los jornales estaban a 1 patacón (sino a 6 reales) y que el que ellos pagaban a sus amos era de 4 o incluso menos, el Cabildo los obliga a cobrar solo 2 reales por viaje, pues “no se puede permitir con tan grande perjuicio de la causa pública que esta
que en 1691 subió a 5½ pesos de 9 reales como manifestación de la crisis agrícola luego del terremoto de 1687, que elevó el precio hasta 17-20 pesos de 9 reales para bajar a 12 pesos de 9 reales en 1697. En el siglo XVIII, los precios bajaron sistemáticamente hasta colocarse entre 3 y 5 pesos, salvo durante la década de 1740 y la guerra de independencia. 33. Quiroz 2008: 106-108.
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especie de gente se ponga sus leyes y penas”.34 Otro desastre eran las inundaciones. Los comestibles en las ciudades se vendían sin tarifa preestablecida; pero en tiempos especiales debidos a sequías o inundaciones, las autoridades imponían tarifas temporales. El virrey Manuel de Amat tuvo que ordenar que la papa de Huamantanga y otros pueblos de la sierra fuese vendida a 5 pesos la arroba por ser de mejor calidad, pero las demás variedades a 4 pesos, pero en tiempos de esterilidad o abundancia según el “concierto” de vendedores y compradores. Tres décadas luego, en 1787, se produce sequía en la costa y cuatro años después continúan las dificultades en el abastecimiento de la ciudad de Lima. El virrey Gil de Taboada da la razón a los recauderos de la plaza mayor y de la plaza Santa Ana de la ciudad, y manda en septiembre de 1791 respetar el precio fluctuante de las papas y, además, castigar a los alguaciles que extorsionaban a los indios paperos con 1 o 2 reales por carga que bajaban de la sierra.35Las tarifas de precios fijos, sin embargo, no llegan a imponerse de manera permanente. En su lugar, se desarrolla un mercado controlado por los comerciantes que abarca todo el territorio. Son centenares los productos que circulaban por los caminos del país cubriendo necesidades de zonas en las que no se producían, pero que los requerían en mayores cantidades y mejores calidades. Gracias al estudio del equipo dirigido por Pablo Macera y auspiciado por el Banco Central de Reserva del Perú, se tiene una amplia muestra de productos y precios que se comercializaban al por mayor y al por menor en ciudades, villas y pueblos. El estudio cubre nueve ciudades (Lima, Trujillo, Pisco, Ica, Huancavelica, Huamanga, Moquegua, Arequipa y Cuzco), así como diversas zonas rurales en la costa (Huaura, Cañete, Surco, Ica, Azapa) y la sierra (Chota, Huamanga, Arequipa, Cuzco y Abancay). Agrupados en 25 rubros, son 331 productos según sus medidas cuyos precios se pudo registrar para el lapso comprendido entre 1560 y 1820. Figuran productos alimenticios de origen agropecuario y pesquero, alimentos elaborados (conservas, cecinas y quesos), bebidas (aguardiente, vino), materias primas industriales (lanas, algodón, cueros, cordobanes, cera, sebo, tabaco, cobre, fierro, estaño), textiles (frazadas, bayetas, cordellates, jergas, paños, pañetes, sayales, estameña, bretañas, ruanes, tocuyos, hilos y sedas), productos industriales (velas, jabón, calzado, sombreros, botones, cintas y papel), productos medicinales (aceites, bálsamos, cascarilla, pez, polvos, zarzaparrilla y untos), materiales de construcción (adobes, ladrillos, arena, cal, cañas, madera, yeso, lampas, brea, clavazón, etc.) y combustible (carbón y leña), así como otros productos (pólvora y guano). Los precios de estos y otros productos
34. Autos que sigue Juan Villacorta contra los negros aguadores sobre que carguen a derechos carga. San Juan, el Conde de la Granja, Joseph Agüero. Años 1747 y 1748. AGNP. Cabildo
Gremios 1747 y 1748. Leg. 2 c. s/n. 35. AGNP. Cabildo Gremios 1791. Leg. 4 c. s/n.