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El Congreso de Huancayo. Sus premios y castigos

La monarquía no llegó a ensayarse.

La Constitución bolivariana fue derribada en 1827. La Constitución del 23, tampoco prosperó; pe ro aunque fue ron más moderados, sus principios se mantuvie ron en 1828 y 1834.

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El Perú había tenido hasta 1839 tres asambleas constituyentes propiamente dichas; si bien eran las intentonas de organización institucional política. La primera de ellas, auspiciada por San Martín y de inspiración monárquica, fracasó, como se ha dicho, antes de concretarse. La segunda correspondió al primer Congreso nacional autor de la Constitución republicana liberal de 1823. La tercera fue el trasplante de la Constitución escrita para la República de Bolivia por Bolívar; trasplan te que llevase a cabo en 1826, por medio de los cole gios elec to rales. La cuarta viene a ser el Con greso Constitu yen te de 1827, au tor de la Carta política de 1828. La quinta emer gió con la Con vención Nacional de 1833-1834, de la que sur gió la Constitución de 1834. La sexta estu vo in te grada por las asambleas de Sicuani y de Huaura, que pre para ron el camino de la Confe deración Perú-boliviana, erigida en Tacna por un pequeño grupo de plenipotenciarios nombrados por Santa Cruz.

Seis intentonas de regímenes constitucionales en 18 años: tres liberales (1823,1828 y 1834) y tres autoritarias (1821, 1826, 1836). Las liberales, fruto de asambleas constituyentes. Las autoritarias derivadas de la fuerte personalidad de un caudillo. Desde 1821 hasta 1836, tres figuras dominantes –San Martín, Bolívar, y Santa Cruz– habían actuado con planos distintos y dentro de concepciones políticas que no tienen sino un solo denominador común: el autoritarismo, es decir, la búsqueda del orden como base para el progreso, aunque implicara la restricción de la libertad. Y los tres caudillos habían sido tachados de extranjeros. Y ninguno de ellos había podido ver la maduración de su sueño en la realidad.

Verdad es que ofre cía un saldo mejor el balance de los tres cona tos liberales. Los tres co rrespondieron a una misma generación y a un mismo ambiente netamente peruanos, y se hallaron bajo la di rección de una misma mentalidad. El prime ro, el de 1823, otorga su partida de bautismo a la República. El segundo, el de 1827-1828, podría calificarse como el esbo zo de una República altamente descentralizada. El tercero, el de 1833-1834, se orienta hacia la concepción de una República antimilitarista. Así, pues, la lucha para abatir el monarquismo domina a la asamblea de 1823, por lo menos en sus albo res; la crítica contra el centralismo señala la máxima actitud de los deba tes de 1827-1828; y la reacción ad versa al milita rismo inspira las más importan tes al te raciones que la Con vención del 33-34 hace en el tex to del 28.

La realidad había contradicho violentamen te a los tex tos del 23, el 28 y el 34. El 23, por una involuntaria ironía, casi al mismo tiempo que el Congreso terminaba con la Constitución, confería el poder dicta to rial a Bolívar. El 29, un año después de la segunda Carta liberal, habíase encaramado en el poder el militarismo de Gamarra, para dejarla en vigencia nominal o intermitente, o incompleta. El 34, el presidente Orbegoso había necesitado durante un tiempo las llamadas "facultades extraordinarias", y al alborear el año siguiente había irrumpido la dictadura de Salaverry. Bolívar, Gamarra, Salaverry, he aquí las respuestas de la realidad a los ensueños constitucionales del 23, del 27-28 y del 33-34.

A los cinco años de la última asamblea constituyente elegida normalmente y después de cuatro años de guerra civil e internacional, tan devastadora como la emancipación, se reunió el Congreso de Huancayo que fue convocado conforme a la ley eleccionaria de 1834.

EL CONGRESO DE HUANCAYO. SUS PREMIOS Y CASTIGOS.- La instalación de este Congre-

so con vo cado para "hacer cuan to crea con ve nien te al arreglo y fe licidad del país" fue bajo la pre sidencia de Ma nuel Fe rrey ros y tu vo lugar el 15 de agos to de 1839. Encargó la flaman te Asamblea Legislativa el Poder Ejecutivo a Gamarra bajo el nombre de ”presidente provisorio de la República”. Aprobó sus actos administrativos desde que se invistió del mando supremo. Le concedió los títulos setiembre 1825 [ perú ]25 SEIS InTEnTOnAS san martín creó DE REGíMEnES la primera COnSTITuCIOnALES bandera en el En 18 AñOS: TRES puerto de pisco, LIBERALES (1823, poco después de 1828 Y 1834) Y TRES llegar al perú. la AuTORITARIAS hizo oficial el 21 (1821, 1826, 1836). de octubre de 1821, LAS LIBERALES, mediante un fRuTO DE decreto en el que ASAMBLEAS también disponía COnSTITuYEnTES. que ésta debía ser LAS AuTORITARIAS de seda o lienzo y DERIVADAS DE LA medir 8 pies de fuERTE largo por 6 de ancho. PERSOnALIDAD DE un CAuDILLO.

MANUEL FERREYROS (1793-1872)

Fue uno de los firmantes del Acta de la Independencia y resultó elegido diputado por Cuzco en el primer Congreso. Durante su vida política ejerció diversas funciones, una de las más importantes fue su gestión como director general de Aduanas. Ejerció, además, la cartera de Relaciones Exteriores en tres oportunidades: 1835, 1839-1841 y 1849-1851. de ”restaurador del Pe rú” y ”generalísimo de las fuerzas del mar y tie rra” con el sueldo permanen te de presidente de la República; le obsequió una espada de oro y brillantes; mandó colocar su retrato en las salas del Con greso, del Palacio de Go bierno y del Consejo de Estado.

Vo tó una acción de gracias a Chile por su cooperación bélica contra Santa Cruz. Confi rió, según ya se ha vis to, di versos pre mios y hono res a los auxilia res chilenos, a los peruanos vencedo res de Yungay y a todos los que habían participado en la campaña. El 20 de ene ro debía celebrarse solemnemente en todos los pueblos de la República. Los generales, jefes y oficiales que actua ron allí disfruta rían de la mejora de un tercio en sus sueldos y los soldados un peso mensual de sobresueldo. Aparte de la medalla ya decretada por Gamarra, debía haber otra para los generales, jefes, oficiales y soldados que hicieron la campaña de la Restauración y para los prisioneros en territorio boliviano con la inscripción: "El Congreso a los restauradores de la patria". A todos los que actua ron en esa campaña se les concedió también mejoras de habe res. La suma de 500 mil soles fue fijada para ser distri buida en el ejérci to chileno e igual cantidad entre los generales, jefes y soldados peruanos vencedores en Yungay y también entre quienes el Ejecutivo considerase que habían prestado servicios a la causa nacional. Los deudos de los muertos en la batalla recibieron, asimismo, concesiones especiales que se extendieron a los prisioneros en Mojos, Chiquitos, Carabaya y demás lugares de castigo y a los emigrados y deportados al extranjero. Otra ley mandó celebrar exequias religiosas por Salaverry y las otras víctimas de Yanacocha y Socabaya; ordenó, además, la erección de un mausoleo para los restos de dicho general y concedió a su viuda el goce de sueldo ín te gro de general de división.

Santa Cruz fue declarado "enemigo capital del Pe rú"; se le pri vó de sus de re chos, hono res y empleos y el que lo aprehendiere y lo entregara vivo o muerto sería calificado como benemérito y con de re cho a la re compensa "que el Gobierno tenga a bien señalar por tan importan te servicio a la causa de América". En cambió quienes facilitasen su evasión debían ser incursos en las penas de los traido res. Orbegoso re cibió el título de traidor a la patria, quedó pri vado de sus derechos políticos y de sus honores y empleos y puesto fuera de la ley asignándosele también la categoría de benemérito a la patria a quien entregase a su persona. La declaratoria de nulidad reca yó sobre el tratado de 15 de junio de 1835 entre el "insigne traidor" y el "enemigo capital del Perú", así como todas las resoluciones expedidas por las asambleas de Sicuani y Huaura cuyos miembros quedaron privados de sus derechos políticos; la ley respectiva dijo, además, que la nación no reconocía el carácter, la representación, la autoridad o el contenido de ninguno de los ac tos del invasor ni de los que hubiesen emanado de ellos. Qui tó, además, el Con greso de Huancayo sus destinos militares y civiles a los que colaboraron con la Confederación y derogó hasta las provisiones hechas en esa época en los co ros de las ca te drales. Se adelan tó a dictar se ve ras medidas contra quienes osaran intentar sublevaciones, y permitió hasta el secuestro de sus bienes. Con ello no hi zo sino pro seguir la línea del decre to dado por Ga ma rra en Huanca yo el 26 de julio de aquel mismo año de 1839 y ratificado por su ministro Castilla que ordenaba cos tear los gastos ocasionados con motivo de la represión por los desórdenes fomentados por los emigrados con los bienes de los au to res o conduc to res de dichos tras tornos. Todavía era más pe rento ria la segunda parte del mismo decreto: "Los que mantengan correspondencia con los emigrados y los que la conduzcan y no la entre guen o re mitan al pre fec to del departamen to serán reputados por sediciosos y comprendidos en el artículo anterior".

La Constitución de 1834 fue declarada insubsis ten te (Ley de 23 de agos to de 1839).

Poco después de funcionar el Congreso puso como única base para la nueva Carta política "la forma de gobierno popular representativo consolidado, en la unidad, responsable y alternativo, delegando su ejército en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial". Al expedir la Constitución dio una ley de amnistía. Ella conmu tó la pena capital en cualquiera otra, para los delincuentes sentenciados y a los procesados. Redujo a la mitad la condena de quienes habían sido enviados a presidio, destierro, depósito o estuvieran bajo la seguridad dentro o fuera de la

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