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La derogatoria de los decretos leyes Nº 7297 y la 7403 y del artículo 4º del Nº 7119 y la prohibición del cobro al Estado de costas, daños y perjuicios

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LA PrImerA JUnTA de gObIernO. fue encabezada por el comandante Luis m. sánchez Cerro. Por un decreto del 2 de setiembre de 1930, este asumió los poderes ejecutivo y Legislativo. vemos aquí a sánchez Cerro juramentando al cargo de presidente provisorio, rodeado por miembros del ejército, la marina y la sociedad civil (1). en el mismo acto juramentó también su primer gabinete. Como ministro de guerra fue designado el comandante Alejandro barco, a quien vemos prestando juramento en esta imagen captada durante la ceremonia (2).

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