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La carretera central

El decreto ley Nº 7251 de 4 de agosto de 1931 tomó en cuenta la solicitud de la Junta Departamental de Lima Pro Desocupados sobre la angustiosa situación en que había quedado un número considerable de costureras y obreras en general que servían en los talleres de costura de ropa para el ejército y la policía; y autorizó la inversión de una suma destinada a pagar bonos por alimentos a favor de esas mujeres. El decreto ley Nº 7299 de 7 de setiembre de 1931 dio facultad a dicha junta para ayudar con bonos para alimentos a mujeres pobres que, por falta de trabajo, quedaron en completa indigencia.

La distribución de fondos para los desocupados en el país por la Junta Central fue empírica. El 6 de diciembre de 1931 se publicó el balance al 30 de noviembre. Lima aparecía favorecida con 1.289.000 soles, Cuzco con 153.000, La Libertad con 148.000, Piura con 110.000, Junín con 105.000, Cajamarca con 9.000. En la inversión misma hubo anomalías. No faltaron las obras en las que el costo del material consumió la mayor parte de las rentas y además no fueron consideradas indispensables por la opinión pública como la ampliación del edificio del Estanco del Tabaco. No faltó una Junta Departamental, que no era la de Lima, que compró muebles para una prefectura. 15.000 soles se dedicaron a repartir ropas y otros objetos. Se careció, por lo general, del afán por crear actividades económicas que significaran fuentes de trabajo permanentes o abaratamiento de la vida. Surgieron, sin embargo, obras útiles y lo importante estuvo en la preocupación por el problema.

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En las obras donde se empleó a los desocupados fue abonado el jornal de 2 soles. Con tal motivo hubo industrias que pretendieron reducir el suyo a esa cifra.

La Junta Departamental de Lima inscribió en 1931 en su registro el número de 13.202 desocupados.

La creación del impuesto obligatorio pro desocupados abrió un nuevo tipo de sentido social en la obra del Estado. Tiene tanta importancia como la reforma monetaria y bancaria y como la ley de elecciones que iluminan este mismo período.

LA CArreTerA CenTrAL.- Por el decreto ley Nº 7111 de 21 de abril de 1931 (rindiendo un impensado homenaje a Leguía), se consideró de importancia nacional la continuación de los trabajos de la carretera central (Chosica-Matucana-Casapalca-Morococha) que podría dar ocupación a apreciable número de obreros que estaban sin trabajo; y, de acuerdo con la asociación de agricultores e industriales del valle de Chanchamayo y con los agricultores y vecinos notables de LA CREACIÓN DEL IMPUESTO OBLIGATORIO PRO DESOCUPADOS ABRIÓ UN NUEVO TIPO DE SENTIDO SOCIAL EN LA OBRA DEL ESTADO. TIENE TANTA IMPORTANCIA COMO LA REFORMA MONETARIA Y BANCARIA Y COMO LA LEY DE ELECCIONES qUE ILUMINAN ESTE MISMO PERIODO.

Leguía organizó una revuelta que se extendió desde el departamento de Apurímac hasta Ayacucho y Cuzco. Sin embargo, fue derrotado por las fuerzas militares de la región, bajo las órdenes del coronel Arístides de Cárdenas. Optó entonces por retirarse de la vida pública. Fue elegido senador por su departamento natal en 1917, y reelegido entre 1920 y 1924. Sin embargo, no pudo terminar su último período legislativo porque fue apresado y portado debido a su constante oposición a la política del Estado. A su regreso, se dedicó a la agricultura. Volvió a la escena pública en 1930, tras el golpe de Estado del teniente coronel Luis M. Sánchez Cerro. El 24 de febrero de 1931 asumió la presidencia de la Junta de Gobierno en Arequipa. Luego de varias negociaciones con la junta gubernativa formada en Lima, Samanez pasó a presidir, en marzo de ese mismo año, una junta en la que estaban representadas todas las regiones del país.

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