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Manuel Vicente Villarán y la enseñanza del Derecho Constitucional

y duras exacciones de las autoridades subalternas, del cura, del hacendado y del cacique. La revolución, tan frecuente en el Perú, ha encontrado en el indio, arrancado brutalmente de la choza, su instrumento de guerra, y el candidato político el elemento de acción y el voto inconsciente. Esta profunda desigualdad es y será el principal obstáculo con que tropieza la República en el camino del progreso social”. Por otra parte, atribuyó a circunstancias históricas diversas prácticas viciosas. La Carta del 23 no debió expedirse; y al ser ella promulgada surgió un doble y monstruoso engendro de constitucionalidad y dictadura, que sembró en el espíritu nacional el escepticismo político y preparó a los peruanos a soportar con indolencia el autoritarismo militar. La intimidación y el fraude siguieron a la victoria de Ayacucho y así se consiguió el objeto de comprimir y adormecer el sentimiento de la realidad nacional y crear un pueblo pasivo mediante el descreimiento y la indolencia del mayor número y la abyección de los otros. Luego afirma en una típica interpretación civilista de la historia republicana: “Medio siglo vivió el Perú agitado por partidos personas, regido por gobiernos militares nacidos en los motines de cuartel o el fraude electoral y generalmente faltos de ilustración y de moralidad política y administrativa. Esa penosa época ha pasado ya (agrega contagiado con el optimismo desarrollado después de 1895) rezagos quedan que dificultan la obra der la regeneración, pero estamos en el recto sendero”. La solución de Villarán a los problemas peruanos no está en el terreno social o económico o pedagógico, sino se halla íntimamente unida a su formación legalista y a la cátedra enseñada. “Retemplado el espíritu nacional con el recuerdo de grandes infortunios (afirma) consolidaremos la constitucionalidad, condición de todo progreso”.

Hizo Luis Felipe Villarán un importante aporte en el campo del Derecho Internacional. Como abogado plenipotenciario ad hoc del Perú para negociar en 1894 un arreglo de límites con los representantes de Colombia y Ecuador, utilizó el principio de la libre voluntad de la nación que en su cátedra de Derecho Constitucional consideraba como básico de todo Gobierno, a la constitución inicial de las Repúblicas hispanoamericanas. Reafirmó, por cierto, el valor de los títulos coloniales, representados en aquel litigio por la cédula de 1802; pero habló de la existencia de un derecho más radical en que apoyar la soberanía territorial de cada una de las zonas emancipadas del continente. Ese derecho era el que tenían los pueblos al independizarse, para formar entidades soberanas, respetando o alterando libremente las antiguas divisiones administrativas existentes dentro del imperio español. La doctrina que Villarán planteó no hizo sino exhumar la tesis que Bernardo Monteagudo había formulado al discutir con el plenipotenciario colombiano Joaquín Mosquera y que reprodujeron Matías León en 1841 a propósito del litigio con el Ecuador, Agustín Guillermo Charún en 1842 y Juan C. Cavero en 1858 el mismo problema. Pero Villarán la liberó del olvido o del abandono al segundo plano, la desarrolló vigorosamente y la aplicó a todos los territorios coloniales, lo mismo a los Virreinatos, Capitanías Generales o Presidencias, como a las pequeñas comarcas. Estableció, al mismo tiempo, la relación entre ese principio de la libre determinación y el del uti possidetis o de los títulos coloniales, con primacía para aquel.

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Manuel VIcente VIllarán y la enseÑanza del derecHo constItucIonal.-

Manuel Vicente Villarán reemplazó a su padre, Luis Felipe Villarán, en la cátedra de Derecho Constitucional hasta 1923. No dejó, como él, un libro orgánico; pero su acción docente fue enérgica. De un lado, se orientó hacia el comparatismo. Tradujo y puso a disposición de sus alumnos los textos de Lowel, Adams, y otros ingleses o norteamericanos y los condujo hacia un conocimiento exacto de los sistemas británico-francés y estadounidense a los que agregó por su cuenta, eventualmente, cuando las circunstancias lo aconsejaron, el alemán, el soviético y el suizo. Como guía en su recorrido tuvo un claro pensamientos democrático y liberal que no fue afectado por ninguna de las tendencias dictatoriales que empezaron a seducir a muchos después de la Primera Guerra Mundial. En cuanto al Derecho Constitucional peruano, fue el examen de las Manuel vicente villarÁn reeMPlaZó a su Padre, luis FeliPe villarÁn, en la cÁtedra de derecHo constitucional Hasta 1923, no deJó, coMo Él, un libro orGÁnico; Pero su acción docente Fue enÉrGica.

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