Audiencia Provincial de Sevilla. Sección 1ª. Sentencia nº 490/2019
sobre relaciones laborales, convenio D.G.T, y ello, aun constando en la exposición de motivos del citado acuerdo de aprobación, que su objeto, entre otros, era tramitar otro tipo de ayudas, como eran las ayudas contempladas en la Orden de 7 de mayo de 2001.
El 13 de noviembre de 2001, el Consejo de Gobierno aprobó…previa tramitación de la Consejería de Economía y Hacienda…una modificación presupuestaria por importe de 660.000.000 de pesetas (3.966.680 euros), mediante la cual se incrementaba la aplicación presupuestaria 440.00.22E "Transferencias al IFA en materia de relaciones laborales", dando de baja de la aplicación recogida en los presupuestos de la comunidad, 486.00.22E "Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro, Acciones que generan empleo". Los fondos percibidos por el IFA, tal como se registró en su contabilidad, se destinaron a pagar lo ordenado por la Consejería de Empleo, sobre relaciones laborales, conforme al convenio suscrito por la DGTSS con el IFA.
El 5 de diciembre de 2001, la encausada Magdalena Álvarez Arza, como Consejera de Economía y Hacienda, aprobó un incremento de 6.355.000.000 de pesetas (38.194.319 euros), de la aplicación presupuestaria 440.00.22E "Transferencias al IFA en materia de relaciones laborales" (Ppri, Informe IGAE completo, Anexo Tomo 4, Documento 052), como consecuencia de la generación de crédito, derivada de los reajustes de determinadas partidas presupuestarias acordadas por el Consejo de Gobierno el 27 de noviembre de 2001. Los fondos percibidos por el IFA, tal como se registró en su contabilidad, se destinaron a pagar lo ordenado por la Consejería de Empleo sobre relaciones laborales, en relación con la empresa Santana Motor, S.A. 904