FIRMA JULIO

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contenido

Julio 2016 En portada: Hernán Pacheco, director de las áreas de derecho corporativo, derecho comercial, financiamiento de proyectos y propiedad intelectual de Pacheco & Coto.

Entrevista en la página 26. Fotografía: Lucas Nazario Producción: Francina Delgado

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Resumen Lo último del acontecer nacional e internacional.

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APP Organice mejor su trabajo con las aplicaciones que le recomendamos.

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LAWxury La tecnología ofrece diferentes gadgets para optimizar recursos.

Tecnología Tenga precaución con lo que escribe en redes sociales.

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Arbitraje Entrevista con Dr. Yves Derains, Secretario General de la CCI.


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Mediación virtual Conozca sobre esta nueva alternativa.

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Congreso médico Los derechos de la mujer en la atención médica.

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Justicia restaurativa Los números hablan.

Las nuevas reglas en alquileres La reciente modificación a la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos.

Economía y derecho Cuando ambas materias se combinan.

Transporte público Los desafíos en la era moderna.

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Desde el colegio El Colegio de Abogados y Abogadas como promotor de opinión.

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Viajes Perú es más que Machu Picchu.

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editorial

Dilema tecnológico No cabe duda de que la tecnología ha venido a cambiar la forma en la que socializamos, trabajamos y nos entretenemos, pero también ha venido a revolucionar el comercio y la legislación. Con la llegada de nuevas tecnologías, salen al descubierto también, las carencias que tienen los sistemas jurídicos para crear marcos regulatorios que permitan –y promuevan- la sana competencia. Aplicaciones como Cabify, Airbnb, Uber, Waze y más, despiertan pasiones y generan críticas, pero lo más importante ahora es analizar el impacto que causan a la sociedad y al

comercio, y valorar las posibles regulaciones. Por ahora, el debate en la mayoría de los congresos a nivel mundial, es por tratar de definir cómo clasificarlas (empresas de servicios, empresas de tecnología, de finanzas, de transporte, entre otros), pero el tiempo apremia y se deben tomar las acciones concretas y correctas. Debido a esto, en nuestras páginas estaremos tocando diferentes aristas de la tecnología y su aplicabilidad al marco jurídico; los retos que supone al transporte público, la salud y hasta a nuestra profesión.

STAFF Lic. Andrés Corrales

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Director

MSc. Margarita Guzmán Gerente General Natalia Chavarría Francina Delgado Enrique Rivas Redactores Alessandra De Franco Correctora de estilo Giovanna Chavarría

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Directora Comercial

Mauricio Navarro

mauricionavarro@revistafirma.net.

Comercial

Lucas Nazario Etzia Granera Fotógrafos Juliana Barquero Diseño Marc Ramírez Ilustrador

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Andrés Corrales Periodista y Abogado Director

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FIRMA es una marca registrada de Pitch Media S.A. Fecha de publicación: julio 2016. Edición 05, año 01. Pitch Media investiga sobre la seriedad de los anunciantes, pero no es responsable de las promociones de los mismos. Prohibida su reproducción total o parcial sin previa aprobación por escrito. TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS.



resumen

Texto: Redacción /Fotos: EFE

Aumento en desplazados

Más Internet • El ministro de Ciencia y Tecnología de Costa Rica, Marcelo Jenkins, participó en una reunión ministerial de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en Cancún, México, junto con la representante para México del Banco Interamericano de Desarrollo, Verónica Zavala Lombardi (izquierda), y la subsecretaria de

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Comunicaciones y Transportes de ese país, Mónica Aspe. Los líderes hablaron sobre la economía digital e insistieron en la necesidad de impulsar políticas públicas y privadas que mejoren la gobernanza y conectividad. Insistieron en la importancia de Internet como herramienta clave para el desarrollo con el fin de evitar un aumento en la brecha social e impactar negativamente en la economía.

• La cabeza del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Filippo Grandi, formó parte de una conferencia de prensa en donde se dio a conocer que el porcentaje de desplazados en Centroamérica que han tenido que huir de sus hogares en El Salvador, Guatemala y Honduras se multiplicó por cinco entre 2012 y 2015, llegando hasta 109 mil 800 personas, según datos de esta agencia. De acuerdo con esa misma oficina en Costa Rica, los centroamericanos han presentado un incremento en las solicitudes de refugio en suelo costarricense. Actualmente, la tasa de reconocimiento entre los centroamericanos alcanza el 36 por ciento.


A reducir la violencia • La secretaria general del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), Victoria Velásquez, estuvo en la clausura de la Conferencia Regional de Prevención y Educación, organizada por la

Subsecretaría de Prevención y el Gabinete de Paz y Convivencia de Honduras, en Tegucigalpa. Velásquez coincidió con el presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, en hacer un llamado a garantizar el acceso universal a la educación y a trabajar más intensamente para luchar y prevenir la violencia en nuestra región.

Al banquillo • Otto Pérez Molina, expresidente de Guatemala, se presentó en la Corte Suprema de Justicia de ese país como parte del proceso que se está llevando en su contra al lado de otros 57 acusados por, supuestamente, participar de una estructura

criminal que saqueó al Estado de Guatemala entre 2012 y 2015. En la audiencia ante el juez Miguel Ángel Gálvez, solo ocho de los acusados -incluido el expresidente Molina- declararon en su defensa e insistieron en su inocencia. Al exmandatario

se le acusa de haber recibido sobornos de empresarios. Molina ha aceptado que en su gestión hubo corrupción, sin embargo, mantiene que no se vio beneficiado ni involucrado en esos actos.

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resumen Al fin, paz

• La noticia del acuerdo de paz en Colombia acaparó las miradas del mundo tras el acto que se llevó a cabo en La Habana, Cuba, con la presencia del presidente de Colombia, Juan Manuel Santos (izquierda) y el delegado de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en la isla, Rodrigo Londoño, alias ‘Timochenko’ (derecha). El acuerdo de cese al fuego establece que las armas de la guerrilla serán entregadas a

la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y las partes divulgarán un cronograma para la ejecución del cese al fuego. Uno de los temas que quedó pendiente en la reunión, que tuvo como mediador al presidente de Cuba, Raúl Castro (centro), fue sobre la reintegración de los guerrilleros. El acto contó con la presencia de seis presidentes de la región y el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas, Ban Ki- Moon.

Políticas migratorias

• Tras un empate en la votación realizada por los ocho jueces del Tribunal Supremo de los Estados Unidos sobre las medidas migratorias del presidente Barack Obama, casi cinco millones de

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inmigrantes indocumentados quedaron en el limbo. La votación pone freno a las políticas migratorias en ese país y frustra las intenciones del Ejecutivo por frenar las deportaciones,

ofrecer posibilidades de obtener documentación, trabajo y más. El futuro de estas medidas quedará en las manos del próximo presidente estadounidense, que será electo en noviembre.



resumen

Por océanos limpios

• El holandés Boyan Slat visitó la instalación del primer prototipo del proyecto The Ocean CleanUp, en la costa de su país próxima a Scheveningen. Cuando aún era un adolescente, Slat concibió la manera de recoger miles de toneladas de plástico depositados en los

Contra el narcotráfico • El presidente de Costa Rica, Luis Guillermo Solís, en conjunto con Manuel González, canciller de nuestro país, y el director de la Oficina de Asuntos Internacionales Antinarcóticos y de Cumplimiento de la Ley del Departamento de Estado de Estados Unidos, William Brownfield, dieron a conocer la fotografía de una de las embarcaciones que el gobierno estadounidense

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donó al Servicio Nacional de Guardacostas de Costa Rica con el fin de fortalecer la lucha contra el crimen organizado. En el mismo acto, el presidente Solís negó que su gobierno esté ejerciendo presiones para reincorporarse al Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), y descalificó las declaraciones del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, quien así lo afirmó.

océanos. Para los 21 años de edad, ya había logrado reunir, mediante financiamiento popular, 2,2 millones de dólares para dar inicio a su proyecto, que podría llegar a eliminar hasta 7 millones 250 mil toneladas de desechos plásticos de los océanos del mundo.



tecnología

SLACK Las reuniones y las cadenas de correo electrónico podrían ser cosa del pasado con esta aplicación que reúne toda la comunicación de un equipo de trabajo en un solo lugar. Ofrece mensajería y deja

DIRECTR En esta época en la que la imagen toma más fuerza, esta aplicación ofrece la posibilidad de crear videos de forma fácil con toda la guía necesaria. Los videos pueden ser grabados con el celular y, sin

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duda alguna, pueden convertirse en una herramienta fuerte para la promoción de los servicios profesionales a través de las redes sociales.

compartir archivos en tiempo real con todo el grupo o solo con un participante. Asimismo, sincroniza con Twitter, Google Drive y otros. También, tiene un amplio espacio de almacenamiento para guardar las conversaciones por más tiempo. Trae una versión para computadoras.


IFTTT La opción de agrupar las aplicaciones más usadas en una sola es una realidad gracias a IFTTT. Esta app ayuda a conectar las redes sociales en una sola, así como las aplicaciones de productividad como Dropbox, Evernote y más. Con un registro rápido, evitará tener que andar navegando entre aplicaciones para sacar el mejor provecho de su dispositivo.

JELLY

ANY.DO Para las personas que olvidan sus tareas o compromisos de cada día, esta app puede ser una gran aliada. Permite crear lista de compromisos, tanto profesionales como personales, ya sea por medio del teclado o con el asistente de voz, así como clasificar el nivel de importancia de cada uno. Además, agrega notas y comparte los compromisos en línea. Está disponible en el App Store y Android.

Esta app funciona, también, como una red social basada en las preguntas que no pueden ser encontradas en los motores de búsqueda. El usuario puede construir su propia red con preguntas en formato de texto o a través de una imagen. El objetivo es que el usuario pueda responder las dudas de sus clientes vía online.

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MONITOR DE ACTIVIDAD La tecnología de wearables sigue avanzando y, ahora, Fitbit ofrece su nuevo Fitbit Blaze, un reloj especializado en seguir la actividad física del usuario. Dentro de las funciones que conlleva

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están la de revisión de ritmo cardiaco, seguimiento del sueño, alerta de llamadas y mensajes de texto, control musical y más. Es ideal para quienes se preocupan por tener una vida saludable, pues

da un desglose diario de todo lo realizado. Se puede sincronizar con más de 200 dispositivos y está hecho en diferentes colores para los distintos gustos.


SIN PERDER LAS COSAS

Si usted es de los que constantemente olvida dónde dejó su teléfono celular o sus llaves, Tile es ideal para usted. Este dispositivo, disponible en Amazon, consiste en un pequeño llavero con Bluetooth que se sincroniza con los dispositivos para llevar un control del lugar donde se encuentran las cosas. Funciona con emisión de un sonido o por localización GPS y se puede conectar prácticamente a cualquier dispositivo.

CARGADOR INALAMBRICO Para aquellos que demandan mucho de la batería de su celular, el cargador Fly puede ser una buena alternativa para mantener

el teléfono siempre listo. Este cargador inalámbrico no solo tiene estética, ya que cualquier teléfono se puede cargar sin necesidad

de conectarlo con cables, sino que carga de una manera veloz. Solamente debe utilizar el cobertor de celular que provee el cargador y, rápidamente, hará su trabajo de modo seguro para el dispositivo. Este cargador puede utilizarse para computadoras y herramientas.

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IMAGEN INCREIBLE

Sony tiene disponible en el mercado los nuevos televisores

4K HDR, que presentan mejores brillos, mayor contraste y colores más vivos, lo que se traduce en profundidad y detalle, ambos, mejores que nunca. Estos televisores vienen adaptados con el sistema Android TV, lo que permite conexión a Internet para

MEJOR RED Si en su oficina o casa tiene problemas con el alcance de la señal wifi, un extensor de cobertura puede ser la solución para esa conexión estable y rápida que necesita en el espacio deseado. El

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MSRM US300 brinda un diseño compacto, con facilidad para instalar y usar en cualquier lugar. Funciona con cualquier dispositivo de señal inalámbrica sin perder la calidad de la red.

ver películas en línea y hacer consultas en los buscadores. Asimismo, se puede manejar con la voz, pues el televisor sigue los comandos que el usuario le dicte. La línea Bravia cuenta con un diseño estilizado ideal para una sala de reuniones.



IMPRESIONES DE CALIDAD La multifuncional WF-R8590 llega al mercado con nueva tecnología que ofrece mejor rendimiento, calidad en las impresiones y economía. Gracias al sistema de paquetes de tinta sustituibles, proporciona impresiones de alto rendimiento. Resulta ideal para grupos de trabajo y requiere una intervención mínima del usuario. Esta multifuncional puede imprimir hasta 75 mil páginas, tanto en color como en blanco y negro, sin necesidad de cambiar la tinta.

TENDENCIA Y LUJO

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LG presentó en Costa Rica su nuevo smartphone, el G5 SE, el cual pretende facilitar la conectividad del usuario. El cuerpo de este teléfono está hecho con aluminio, el mismo desarrollado para aviones y autos de lujo. Además, cuenta con una pantalla de 5,3 pulgadas y tiene dos cámaras en la parte posterior. Una de ellas brinda un lente de 78 grados de ángulo y la otra, un lente angular de 135 grados, ideal para captar las pinceladas que el ojo no ve. El teléfono permite una carga de batería de forma rápida e inteligente y trae un sensor de huella digital, puerto micros SD y soporte para Dolby Audio. Este teléfono recibió varios galardones en el pasado Mobile World Congress, en Barcelona (España).



literatura La independencia del juez, ¿una fábula? Francisco Sosa Wagner

Las cárceles de la miseria Loïc Wacquant

Esta obra denuncia las ‘violencias humanas’, el aumento sin parar de la población carcelaria, la represión intensificada de la delincuencia juvenil y más. El texto se basa en un análisis de más de 40 estudios previos realizados y publicados por el mismo autor y conduce de lleno a la convergencia generada en las sociedades avanzadas entre un creciente sistema penal y una tendencia generalizada de lo que se denomina ‘desregularización del espacio público’. Está disponible en la librería jurídica Expolibros.

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El autor pone el dedo en la llaga al denunciar, a través de su creación, la perversión del modelo judicial español que, desde las Cortes de Cádiz hasta el presente, intenta ser independiente, pero que prácticamente resulta imposible en términos constitucionales. El también eurodiputado lanza cuestionamientos que pretenden liberar de amarres la labor de los jueces y de los fiscales, estableciendo, además, la correcta función que debería tener cada uno de ellos.

Examen directo de testigos Gonzalo Rúa

Con el objetivo de mejorar las herramientas para litigar, este libro expone el tema del examen directo desde diferentes aristas. Y la primera que toma en consideración es la creencia de que el testigo debe ser ‘arrojado’ al juicio para que exprese con ‘libertad’ todo lo que sabe. Rúa profundiza y desarrolla la idea de que lo que subyace a esta práctica es la ‘idea-prejuicio’ de que la actividad de las partes es siempre y, en todo caso, una actividad distorsiva del testimonio.


La actualidad nacional con enfoque jurĂ­dico. www.revistafirma.net info@revistafirma.net /firmacr @firmarevista

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Enrique Rivas Leiva Ilustración: Shutterstock

¿A quién protege la legislación en cuanto a contenido en redes sociales?

Lo que se manifiesta en redes sociales no está exento de consecuencias legales si produce un daño a una persona o empresa. Por ello, en la era de la tecnología, resulta de suma importancia conocer los alcances e implicaciones del uso que se les da a las diferentes plataformas para comunicar.

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En el año 2013, la presidenta de ese entonces, Laura Chinchilla, demandó al empresario Alberto Rodríguez Baldí por 100 millones de colones, al considerar una forma de difamación un texto publicado por el empresario. Baldí divulgó en su cuenta personal de la red social Facebook un comentario donde aseguraba que la ahora exmandataria había comprado terrenos en playas guanacastecas, valorados en millones de dólares, y que se encontraba ligada a empresas de generación eléctrica. Un año después, el tribunal donde se llevó el caso absolvió al empresario por considerar que el texto difamatorio tenía doble interpretación y, en la sentencia, se afirmó que los funcionarios públicos debían tener un límite de tolerancia respecto a las críticas que se les realicen, esto dependiendo del rango o puesto que ocupe. Pero, ¿qué implicaciones existen al publicar contenido en redes sociales? Según el artículo 28 de la Constitución Política se establece que “nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden público, o que


no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la ley”. Para Daniel Vega, abogado de un bufete enfocado en temas penales, en el caso de manifestaciones realizadas en redes sociales, donde se afecte el honor de una persona, la legislación aplicable es la penal, mediante los delitos contra el honor regulados en los artículos del 145 al 148 del Código Penal. “Cada caso en concreto es muy distinto y no existe una regla general, ya que, en estos casos en especial, incurren muchas circunstancias de por medio que pueden variar el eventual carácter ofensivo de la publicación, como lo es el derecho de denunciar, el carácter especial que pueda tener un funcionario público, el contexto en que fue realizado el comentario y demás circunstancias que deben ser valoradas por el abogado penalista”, explica Vega. Con el incremento de usuarios en las redes sociales en los últimos años, la sociedad se ha beneficiado grandemente en el ámbito tecnológico, económico, social y político y, gracias a ellas, ahora, tenemos acceso directo y en vivo a muchas noticias que suceden alrededor del mundo, donde cada usuario, mediante su perfil correspondiente, puede interactuar y, en el caso concreto, en análisis, se pueden emitir comentarios. “Cada usuario tiene una libertad de expresión garantizada constitucionalmente y nadie puede privar a otro de ese derecho,

sin embargo, esta libertad de expresión no implica un derecho o capacidad libre de ofender ni de dañar el honor de terceras personas donde, evidentemente, las redes sociales no están exentas” agrega Vega. Por su parte, Juan Ignacio Zamora, experto en derecho informativo de la firma CiberLegal, indica que los delitos contra el honor, como injurias, calumnias o difamación, no son considerados delitos informáticos. “Lo publicado en redes sociales se catalogará como un delito cuando la conducta sea típica, antijurídica y culpable. Entonces, un delito se configura en redes sociales si la acción que yo realizo es delito según el Código Penal”, detalla Zamora. Si una persona comete un delito por medio de una red social, ya sea contra el honor o sea suplantación de identidad, se puede poner una denuncia correspondiente ante el Organismo de Investigación Judicial para que se inicie el proceso de investigación. “Cada persona debe tener en cuenta que los comentarios expresados en redes sociales tienen igual o mayor poder que los dichos verbalmente en persona por alguien”, asegura Zamora. En muchos casos, las mismas plataformas de redes sociales se escudan en sus políticas de privacidad para ‘lavarse las manos’ por los comentarios expresados por cada usuario. “Estas políticas siempre son un arma de doble filo. Primero,

porque nadie las lee y, entonces, ya, ahí, no se sabe a qué se está obligando o a qué está renunciando el usuario. Luego, en muchos casos, esas políticas de privacidad pueden ser tener contenido que vaya en contra del ordenamiento jurídico nacional. Recordemos que las políticas de privacidad de las redes sociales generalmente no se hacen por país, sino, una para todo el mundo”, explica Zamora. Los expertos afirman que el mejor consejo para cualquier persona es abstenerse de realizar comentarios inapropiados y ofensivos, tanto en redes sociales como en cualquier otro medio. De todos es conocido que en las redes sociales, diariamente, existen comentarios inapropiados contra conocidos o figuras públicas, tales como profesionales, políticos y deportista. Lamentablemente, en nuestra sociedad, dice Vega, se ha convertido en la regla y no en la excepción y muchos usuarios creen que, porque existen 100 o más comentarios insultando o violentando el honor de otras personas, ellos también pueden hacerlo, y esto es incorrecto. “Una manifestación, en una red social o en cualquier medio, que no violente necesariamente el honor de una persona, implica una denuncia penal, y esto significa que tendrá que enfrentar un proceso judicial donde se le puede obligar a la persona a realizar una conciliación de dinero o cumplir una eventual condena”, finaliza el abogado.

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entrevista

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Hernán pacheco “Los abogados debemos ser aliados de nuestros clientes”. Desde muy joven, la pasión por el derecho corre por sus venas. El socio princial de la firma regional Pacheco Coto no lo tuvo que pensar mucho para saber que su vida profesional transcurriría entre contratos y otros quehaceres legales. Actualmente, es el director de las áreas de derecho corporativo, derecho comercial, financiamiento de proyectos y propiedad intelectual de este reconocido despacho legal con oficinas en Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Suiza, España, Nueva Zelanda y Hong Kong. Francina Delgado Fotos: Lucas Nazario

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Convencido de la labor social que implica el ser abogado, ha promovido, desde su trinchera, el trabajo en equipo, la excelencia en los procesos y el cuidado de los detalles, sin obviar distintas iniciativas que pretenden dejar un impacto en la sociedad, como la certificación de carbono neutro por la Escuela de Agricultura de la Región Tropical Húmeda (EARTH) y el apoyo a personas en riesgo social. Desde su oficina en Lindora, Santa Ana, nos atendió para conocer más sobre su trayectora y puntos de vista del derecho. ¿Cómo descubre que el

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derecho es su pasión? “Desde chiquillo, siempre me gustó el derecho. Recuerdo, particularmente, que estando en cuarto grado de la escuela, nos pusieron a hacer una redacción. Yo la hice sobre ser abogado. Me gustaba defender casos, me gustaba todo el tema de los contratos. Yo creo que los abogados debemos ser ‘solucionadores’ de problemas y no solo identificarlos”. ¿En qué se especializó? “Yo estudié la carrera de Derecho en la Universidad Autónoma de Centroamérica (UACA). Hice una especialidad en derecho internacional y negocios

internacionales en Inglaterra y los estudios de posgrado en derecho corporativo, en la Universidad de Harvard”. ¿Cómo ingresó a la firma Pacheco Coto? “Me recomendaron. Don Humberto Pacheco buscaba un abogado con mis características. La firma siempre se destacó por ser de mucho renombre y respeto y manejaba casos sofisticados, con una clientela de muy alto perfil. Todos queríamos estar en Pacheco Coto, pero era casi imposible. Don Humberto me preguntó: ‘¿Por qué debo contratarlo?’. Y le dije: ‘Creí que usted me estaba haciendo


una oferta’. Respondió: ‘No, yo le estoy dando una oportunidad, pero usted la tiene que aprovechar’. La charla fue en inglés y en español. Hicimos buena química. La entrevista tuvo lugar un jueves y el lunes siguiente, un 4 de julio de 1988, estaba trabajando ya en Pacheco Coto como asociado”. ¿Cómo califica su desarrollo profesional? “Una gran satisfacción poder trabajar desde el día uno en el área de la práctica que yo había aspirado a ejercer, a partir de mis estudios de posgrado, y era en transacciones internacionales, atendiendo clientes multinacionales, corporativos, inversión extranjera viniendo al país. Desde el primer día, me involucré en ese tipo de transacciones. Don Humberto le dio una proyección internacional a la firma y empezó, también, a incursionar en áreas poco tradicionales de la práctica del derecho, como es todo el tema de planificación tributaria internacional y protección de activos, que es una de las áreas de mayor fortaleza y de mayor distintivo de nuestra firma. En los años 80, entramos un grupo de abogados, digamos recién graduados, jóvenes con ganas de crecer, que le empezamos a dar un perfil más amplio a la práctica de la oficina para volverla en lo que se llama una ‘firma de práctica general’. Los abogados debemos ser aliados de nuestros clientes,

debemos crear un equipo, no debemos ser percibidos como el mal necesario, sino como el valor agregado, y damos valor agregado en tanto seamos consejeros”. ¿Los clientes son exigentes? “Sí, esperan una respuesta en 24 horas y eso, a veces, atenta contra la profundidad, entonces, uno tiene que generar un balance entre la expectativa del cliente, una respuesta rápida y la realidad de nuestra responsabilidad. No solo se trata de atender los tiempos de los clientes, sino de la profundidad y el análisis. Somos una firma de servicios legales donde los abogados formamos parte de un equipo y ese equipo tiene que interactuar y tiene que coordinarse perfectamente, pero los clientes no son del abogado, son de la firma”. ¿Cómo se organizan? “El abogado es el representante de la firma ante ese cliente y es la cara, es el que tiene la responsabilidad de mantener el estándar y la buena imagen del despacho y eso hace una enorme diferencia, porque elimina las competencias, digamos, perversas entre los profesionales. Contamos con un departamento de control central que se encarga de asignar las cargas de trabajo, dependiendo de la especialidad, de la disponibilidad de tiempo y de un montón de otras de variables. Puedo generar un cliente en el área de derecho inmobiliario, pero nuestro experto en derecho

inmobiliario es otro. Entonces, tenemos un mecanismo donde el trabajo en equipo es absolutamente fundamental y permite la atención de asuntos multidisciplinarios, pero también, permite el manejo de volumen. Somos la primera firma costarricense en implementar una organización corporativa interna”. ¿Cómo trabajan? “En excelencia, ser los mejores en lo que hacemos; que el trabajo que salga de aquí sea una pieza jurídica de la que uno se sienta orgulloso. Las cosas no salen en la primera reacción; debemos analizar a fondo”. ¿En qué se distinguen? “La experiencia, ahí, es donde nosotros nos distinguimos. Su tema no lo va a ver un junior. Por supuesto que va a haber un junior involucrado si es necesario, pero su tema lo va a atender una persona que ha visto esto muchas veces, que ha estado en los dos lados de la mesa, que es otra de las bellezas de mi profesión”. Con su experiencia en el despacho, ¿qué opina de la enseñanza del derecho actual? “Creo y se lo he dicho a cuanto estudiante se me ha acercado, que uno debe empezar a trabajar en el derecho estando en la universidad, porque entre la teoría y la práctica, hay mucha distancia. La teoría que uno aprende en la universidad es muy importante, porque sienta las bases, y el conocimiento

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es absolutamente fundamental para entender muchos de los conceptos, pero el enfrentar y el aplicar eso que aprende uno en la universidad en el quehacer del día a día, bueno, son dos mundos completamente distintos. Por supuesto que cuando hay cosas muy peculiares o muy especializadas o donde sentimos que es necesario un apoyo, pues recurrimos a especialistas externos, que los hay, y muy buenos. Este es un mercado de servicios legales ultracompetido. Yo creo que, de Centroamérica, es el más competido. Entonces, creo que un abogado -y se nota rápidamente- que durante su fase de estudiante trabajó, es una persona que tiene un mucho mejor desempeño que alguien que se quedó en la pura teoría y no estuvo expuesto al quehacer diario”. ¿Qué evaluan de los aspirantes? “Recibimos mucha solicitudes y hacemos un proceso de escrutinio. Tenemos un perfil definido para los abogados que quieren ingresar a esta firma. Ser gente comprometida, responsable, que le guste trabajar en equipo, que tengan respeto por las jerarquías, porque si bien es cierto nosotros no somos una verticalidad absoluta, sí es importante tener jerarquías y tener orden, porque al ser yo miembro de un equipo, formo parte de un engranaje que está conformado por diferentes piezas. Tengo que ser capaz

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de responderle a alguien que me pidió un trabajo y trabajar con mis colegas de la misma jerarquía o de la misma categoría y vincularme con los socios, con los asociados de las diferentes categorías que tenemos”. Hablemos eso, de la ley de registro de accionistas… “Vea, yo creo que esto es una ocurrencia, es innecesario. Yo creo que el inversionista no es un determinante fundamental. Lo que estamos haciendo es desnaturalizando instituciones: la sociedad anónima se llama sociedad anónima por algo. Uno de los temas que busca es proteger eso, pero aquí, hay un factor todavía más crítico para mí y es si es o no necesario una legislación de esa naturaleza para el objetivo para el cual lo están planteando. Lo están planteando desde el punto de vista tributario. ¿Usted necesita información para efectos tributarios? Algunos que han visto que el tema no va por ahí han empezado a decir: ‘Bueno, no, es que también esto es una herramienta que nos va a permitir transparencia para efectos de legitimación de capitales’. Bueno, pero es que eso es otra herramienta que ya existe. La legitimación de capitales ya existe porque usted, a los bancos, tiene que revelarle quién es el accionista final o el beneficiario final. Esa información está ahí y la legislación tiene las herramientas para que las autoridades accedan

a esos datos”. ¿Qué es lo que pasa? “Nos están castigando por la ineficiencia administrativa, o sea, si nosotros tuviéramos un mecanismo donde un juez rápidamente resuelve una solicitud de una autoridad fiscal o de una autoridad de investigación policial para tener acceso a eso, no hay ningún problema. El problema es que usted va y recurre a esa instancia y tardan meses en resolver si abren o no la información. El tema no pasa por la voluntad o no del inversionista o del empresario de dar la información, es a quién se la dio y cómo la usan. Yo, hoy, sé que por disposiciones relacionadas con legitimación de capitales, si quiero tener una cuenta bancaria, si quiero tener una inversión en alguna


institución financiera, tengo que revelarlo. Si yo quiero coger un seguro, tengo que revelar; si soy una sociedad anónima, tengo que revelar quiénes son mis accionistas, y la gente colabora con esa información porque hay una garantía de confidencialidad, porque hay una garantía de que solo se va a revelar bajo ciertas circunstancias y que no la van a utilizar para propósitos perversos de persecuciones, de divulgación de información que no debe caer en manos de ciertas personas y, entonces, aquí, es donde sí hay una suspicacia y una sospecha y una inconformidad del sector empresarial y de los inversionistas en el sentido de que por qué les voy a dar yo esa información. Si usted lo que necesita es la información para efectos tributarios, bueno, hay la distribución de

dividendos que salen de la capa A a la capa B, entonces, lo único que usted necesita saber es quién es la capa B, porque usted es ese al que necesita caparle el 15% o aplicarle las reglas de transferencia de precios o toda la normativa de realidad económica. De ahí a que yo le tenga que revelar mi patrimonio… eso es una interferencia a mi privacidad, es una interferencia a mi confidencialidad que va más allá de cualquier justificación. Yo estoy totalmente en contra, yo estoy totalmente en contra. Deberían estar enfocándose más en atacar la economía informal y en facilitarle al informal integrarse a la economía formal, pero con todo esto que están haciendo logran totalmente lo contrario”.

El distinguido intelectual en derecho, Hernán Pacheco Orfila, nació en San José, el 3 de setiembre de 1962. Es hijo de Sandra Orfila Araya y Fernando Pacheco Saborío, un ingeniero aeronáutico. En su amplia carrera, también, se desarrolla como conferencista especialista en temas de derecho internacional. Ha estado citado en Chambers Global Guide y en Chambers Latin America (2006 a 2013), en banda como ‘Líder en su campo’, en la categoría ‘Corporate and Business Law/M&A’. Además, forma parte del consejo de administración de varias empresas nacionales y regionales. Cuenta con algunas publicaciones.

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Arbitraje internacional: mayor seguridad para la atracción de inversión Andrés Corrales Foto: Cortesía

En el mundo se han suscrito más de tres mil tratados de protección de inversor con el fin de que los países atraigan la inversión extranjera. Estos tratados ofrecen una mayor seguridad jurídica, especialmente, porque proponen el arbitraje internacional como forma de resolver los conflictos entre partes. Esto fue algo de lo que se compartió hace unas semanas en el curso Masterclass 2016, impartido por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), del cual nuestro país fue sede por primera vez, y que contó con la participación de 45 abogados de

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la región, el más exitoso que se ha realizado hasta ahora en cuanto a convocatoria, comparándolo solo con los cursos realizados en ciudades como París, Francia, y Nueva York, Estados Unidos. Tres elementos fueron clave para que Costa Rica se convirtiera en la sede del curso Masterclass 2016: seguridad jurídica, neutralidad política y conocimiento de arbitraje. Sobre esto, sobre los retos en esta materia y sobre los elementos que convierten al arbitraje en la figura idónea para resolver conflictos que, en muchos casos, ascienden a billones de dólares, nos habló

el secretario general de la CCI, el doctor Yves Derains. ¿Qué características debe reunir un árbitro? “Un árbitro tiene que tener conocimientos básicos de leyes. Debe tener un espíritu abierto sobre el mundo y sobre el derecho comparado. No digo que tiene que conocer los derechos del mundo, eso es imposible, pero tiene que saber que no todos los derechos son iguales, que lo que se hace localmente es una tradición local, pero pasando la frontera, todo es diferente. Y, finalmente, tiene que saber decidir rápidamente, ya que esa


es una de las características más importantes”. ¿Cree usted de Costa Rica es un buen lugar para el arbitraje? “Creo que Costa Rica tiene varias ventajas para un centro de arbitraje. Primero, una neutralidad política, que es muy importante. Segundo, hay un grupo de personas que conoce del arbitraje y es imposible desarrollar el arbitraje sin al menos tres elementos: una ley de arbitraje correcta, jueces para aplicarla y un personal que se trate de árbitros, de asesores que tengan un conocimiento suficiente para actuar correctamente, y creo que Costa Rica tiene esos elementos. En otros países de la región no encontramos eso”. Si Costa Rica cuenta con estas características, ¿qué hace falta para que el país se convierta en un referente del arbitraje? “Necesitamos buenas leyes, eso debe ser fácil. La otra cosa necesaria es un sistema judicial que no sea corrupto, eso es mucho más difícil, y una ventaja de Costa Rica, en comparación con la región, es que no es un país en el cual la corrupción sea muy grande; eso es importante. Si los jueces son corruptos, van a impedir el desarrollo armonioso del arbitraje”. ¿Cómo percibe la voluntad política y gremial para promover el arbitraje? “Lo percibo como una voluntad de ubicar a Costa Rica en el mundo internacional de los negocios. Es que es casi imposible atraer inversión sin un sistema de arbitraje

que funcione. Yo recuerdo muy bien cuando en Libia se prohibió el arbitraje totalmente. El resultado es que todo lo que tenían que pagar en el extranjero era 10 por ciento más caro. ¿Por qué? Podían comprarlo, pero como la gente no tenía conocimiento, pedían pagos anticipados y ese tipo de cosas, y ahí se complicó”. ¿Cree que en todos los contratos se debe establecer una cláusula que permita acudir al arbitraje? “En los contratos entre personas privadas debe haber una cláusula que establezca la posibilidad de arbitraje. También, si se trata de inversión en la cual hay o no hay un contrato. Tenemos el caso de que alguien entre a Costa Rica para invertir en una fábrica de madera: hay inversión, pero no hay contrato con el Estado, pero en el tratado de protección de inversión, el Estado tiene un compromiso, no hacia el inversor, sino hacia el estado de inversor. Normalmente, los países firman este tipo de tratados de protección de inversor para atraer más inversión”. ¿Qué papel juega la confianza en todo esto? “El inversor no tiene confianza en el tribunal nacional de la otra parte y otro aspecto que es más fino que eso es que el extranjero quiere un sistema de solución en el cual conozca las reglas. Si fuera un tema que se resuelve de forma local, debe contratar un abogado local. No conoce las reglas, no se siente en casa. En el arbitraje internacional, nadie se siente en casa o todos se sienten en casa”.

¿Cuál es el costo real de un arbitraje? “Al Estado no creo que vaya a afectar a pesar de que es más caro que un procedimiento tradicional. Lo que va a ganar es la atracción de la inversión. Al fin y al cabo, las cosas son muy sencillas. En una relación económica internacional, ninguna de las partes quiere aceptar las condiciones de la otra parte porque no le tiene confianza y la única solución es encontrar un foro neutral para solucionar la situación”. ¿El aparato judicial debe descansar muchos de sus temas en el arbitraje? “Es en el interés del mismo aparato judicial para que pueda concentrarse en temas en los cuales es indispensable. El derecho de familia es una de las cosas para las que necesitamos jueces. Para temas económicos, no es necesario un juez que tal vez no tenga el conocimiento: va a necesitar peritos porque él no conoce del tema. Es difícil garantizar especialización”. Cuando uno se mete en el arbitraje, tiene que saber la magnitud de lo que está de por medio. ¿Cómo enfrentarlo? “Con mi experiencia, hay que empezar desde abajo con temas más pequeños, tratando de trabajar con árbitros de experiencia y aprender. Buscar los cursos y la práctica. Se aprende de varias maneras. En cursos como este, aprenden de lo que se dice en los cursos y aprenden de las experiencias de otros”.

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La mediación por medios electrónicos

Por Allan Fonseca

Abogado Ilustración: Shutterstock Desde épocas antiguas, los seres humanos hemos tenido conflictos que ponen en riesgo la paz social y, por ende, hemos buscado formas de resolverlos. Más recientemente, una de ellas son los llamados métodos alternativos de solución de conflictos, o llamados ‘Resolución Alterna de Conflictos’ (RAC), los cuales pueden ser definidos como una serie de mecanismos diferentes a los procesos judiciales en donde las partes buscan la solución a sus propias diferencias mediante la creación de acuerdos duraderos y pacíficos que se ajustan a la necesidad y requerimientos de cada una de ellas. En el año 1998, en nuestro país,

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entró en vigencia la Ley #7727, llamada Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, la cual permite a toda persona recurrir al diálogo, la negociación, la mediación, la conciliación, el arbitraje y cualquier otra técnica similar para solucionar sus diferencias patrimoniales de naturaleza disponible, es decir, cualquier derecho susceptible de valoración, disponible, legal, que se encuentre dentro del comercio de los seres humanos, posibles, determinados o determinables, y que posean capacidad jurídica y de actuar. Tal cual indica la ley, un mecanismo RAC autorizado en el país es la ‘mediación’, en la cual, a través

del diálogo y con la ayuda de un tercero neutral, llamado mediador, las partes, en un espacio confidencial y neutral, buscan una solución conjunta que satisfaga los intereses de ambas. Es un proceso autocompositivo asistido, es decir, son las partes mismas las que buscan solucionar su conflicto con la asistencia de una persona formada para guiarlas y ayudarlas a través del proceso, sin que un tercero desconocido imponga una solución, la cual podría no satisfacer a una de las partes, o quizá, a ninguna de las dos. La Ley 7727 y el reglamento al capítulo cuatro de dicha ley, reglamento número 32152 de octubre de 2004, permiten la


creación de centros privados que se dediquen a la administración institucional de métodos alternos para la solución de conflictos, cuya autorización de funcionamiento es otorgada y supervisada por la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (DINARAC), ente adscrito al Ministerio de Justicia y Paz. Desde la creación de la ley y hasta el día de hoy, tanto los centros privados, como las casas de justicia, así como centros creados por ley especial, como lo son el Centro de Conciliación del Ministerio de Trabajo y el Centro de Conciliación del Ministerio de Economía, entre otros, realizan las sesiones únicamente de manera presencial, de modo que es necesario que todas las personas involucradas se desplacen a las instalaciones físicas de cada centro. Empero, sabidos los problemas que sufre el país respecto al congestionamiento vial y debido a las distancias a recorrer entre el Valle Central y el resto de zonas del territorio nacional, surgió la contemplación de otra posibilidad, posibilidad que surgió posterior a la participación del Centro de Conciliación, Mediación y Arbitraje TRAC y tres de sus mediadores al Foro Internacional de Mediadores Profesionales, celebrado en Sevilla, España, el pasado marzo. Así, es que se tiene la idea de implementar, como lo han hecho otros países del mundo, la aplicación de la mediación a través de vías electrónicas.

¿En qué consiste? Ante este reto, el TRAC inició las consultas legales y técnicas que permitieran la implementación de una manera óptima y eficiente de este nuevo servicio. De esta forma, tras el aval del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones respecto a la forma de utilización de las herramientas tecnológicas, y analizados los aspectos legales y lineamientos emitidos por la DINARAC, el pasado 1° de junio de 2016, se inició con el servicio de la mediación en línea. Esta nueva modalidad de mediación permite a las partes no solamente llegar a un acuerdo de una manera expedita y económica, sino confidencial, esto sin tener que trasladarse de su lugar de trabajo o de habitación o, incluso, estando fuera del país. Quienes deseen una audiencia de mediación en línea, basta que contacten al TRAC, de ese modo, una persona del centro le brindará los requerimientos necesarios para brindarle el servicio, los cuales consisten básicamente en la necesidad de una computadora con audio y video, impresora y conexión a Internet. La herramienta digital utilizada para la audiencia de mediación es especialmente diseñada para este tipo de sesiones y permite asegurar a todas las partes que la confidencialidad y privacidad, principios básicos de la mediación, serán respetados a lo largo de todo el proceso, elemento que se refuerza con los documentos que

firman las partes involucradas y que el TRAC exige como parte de su proceso. Respecto a los temas sujetos a mediación a través de sistemas electrónicos, se podría afirmar que prácticamente todas aquellas situaciones que pueden ser atendidas de manera presencial pueden serlo por medios electrónicos, gozando en estos casos de los mismos dos efectos otorgados por la Ley 7727 en su artículo noveno: carácter de cosa juzgada material y ejecutoriedad inmediata, es decir, con el mismo efecto de una sentencia judicial firme. Así por ejemplo, temas laborales (como la finalización de la relación por cualquier motivo o el cambio en jornadas o condiciones laborales), temas comerciales, temas civiles, temas de familia (como pensiones alimentarias y régimen de visitas), temas de accidentes de tránsito donde no haya lesiones a los involucrados, entre otros, son posibles de mediar de manera electrónica. El fin primordial de esta alternativa es brindar a la población costarricense diferentes y novedosos métodos de resolución de disputas sin que se tenga que acudir a procesos judiciales sumamente onerosos y prolongados, sino más bien, por medio de mecanismos que satisfagan los intereses de ambas partes, bajo un esquema de ‘ganar-ganar’, siendo la mediación en línea la más adecuada cuando de acortar distancias y lograr inmediatez se trata.

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Nidia Jiménez Vásquez: “Hay políticas públicas, pero muchas son letra muerta en lo cotidiano”

Natalia Chavarría Periodista

Ilustración: Shutterstock

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En el marco del Congreso Gestación, Parto, Puerperio y Primera Infancia, la organizadora del encuentro fue clara en reafirmar la necesidad de analizar exhaustivamente la legislación actual en esta materia

El pasado mes de junio, se llevó a cabo el Congreso Gestación, Parto, Puerperio y Primera Infancia, un espacio dedicado al análisis, la promoción, el diseño y el desarrollo de normativas públicas en la búsqueda de la atención integral de la mujer y el período de gestación desde los enfoques de derechos humanos, igualdad de género e interculturalidad. El congreso nace, en palabras de la diputada y organizadora del encuentro, Nidia Jiménez Vásquez, “como respuesta a la escucha activa a las organizaciones de la sociedad civil y a las mujeres y hombres preocupados por el tema”. Para Jiménez Vásquez, a pesar de las buenas prácticas desarrolladas en diferentes centros médicos, en nuestro país, “hay políticas públicas, pero muchas son letra muerta en lo cotidiano”, por lo que es necesario analizar profundamente la legislación y encontrar todos los vacíos que existan para tomar acción. La doctora Olga Hernández Chaves, máster en Enfermería y enfermera obstetra del Ministerio de Salud, añade: “Costa Rica es uno de los países que, a través de los indicadores de salud, demuestra un avance importante en materia infantil y derechos de la embarazada, independientemente de factores como su estado de asegurada, el migratorio u otros. La atención médica está establecida como un derecho por decreto del Ministerio de Salud”. Sin

embargo, reconoce la necesidad de abordar nuevas temáticas con una perspectiva de derechos humanos y garantizar la calidad del cuidado tanto de la madre como el niño. “Necesitamos capacitación, refrescamiento y educación continua para el recurso humano que labora en los centros médicos, y necesitamos mejorar y fortalecer las normas que tenemos. Esa es la idea de esta iniciativa”, señala. Por estas mismas razones fue que el evento abarcó gran cantidad de tópicos, de modo que entre las prioridades de discusión y estudio del congreso estuvo presente el relacionado con los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, así como su trato en el proceso de prevención y atención en la salud integral y la valoración de las condiciones que enfrentan aquellas en estado de embarazo y situaciones de vulnerabilidad como la migración, la privación de libertad, la discapacidad, el VIH o la drogadicción. Adicionalmente, se definieron tópicos como la violencia de género, la violencia obstétrica, el embarazo adolescente y la pena del delito; asimismo, los derechos de la familia gestante y la urgencia de visibilizar el luto de las mujeres y sus familias a raíz de las muertes durante el embarazo, el parto y el puerperio. Visión internacional Entre los profesionales del extranjero que estuvieron

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presentes en la actividad, destacó la participación del doctor Bremen De Mucio, ginecobstetra, salubrista y perinatólogo paraguayo. Su intervención fue significativa, pues reveló una dura realidad nacional. El especialista hizo referencia al trabajo realizado en nuestro país en el tema de mortalidad materna, donde contrariamente a los logros y resultados positivos en naciones de Centroamérica, el Caribe y México, Costa Rica “estuvo lejos de cumplir su objetivo, a 2015, de reducir la cifra a un 75 por ciento”. Según De Mucio, debido al nivel alto de desarrollo que tiene Costa Rica y la capacidad de los

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servicios, las cifras de mortalidad materna deberían ser menores, lo que implica que hay que empezar a trabajar más fuerte en esa área. Empoderamiento El derecho a la salud cobija a todas las personas para recibir una atención humanizada y un trato digno y respetuoso para el cuerpo y la mente, sin menospreciar temores y necesidades, así como a una explicación clara y sencilla de lo que ocurre en la persona, el tratamiento que se le practicará y la información veraz y completa de todo el panorama con un lenguaje entendible sobre la cual sustentar opiniones y decisiones con

respecto a la salud-enfermedad, entre otros. Por esta razón, la diputada Jiménez declara que el empoderamiento es clave, pues es lo que permite a las mujeres conocer y exigir sus derechos durante y después de la gestión e, incluso, antes de esta. Y uno de ellos es de la obligación de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Ministerio de Salud de ejercer los protocolos de capacitación temprana, informando a las mujeres si su cuerpo está en condiciones para llevar un embarazo sano sin afectar la integridad de la madre, el niño y sus familiares.


En la página izquierda: el Ministro de Salud Fernando Llorca Castro. En esta página: Dr. Alexis Castillo Gutiérrez, Presidente Colegio de Médicos de Costa Rica, M.Sc. Anna Arroba Collins- Directora Asociación de Mujeres en Salud, Zulema Villalta Bolaños Directora de la Junta Directiva de la JPS, Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro del Ministerio de Salud, Ana Helena Chacón Echeverría Vicepresidenta de la República de Costa Rica, Ministro de Salud Fernando Llorca Castro, Nidia Jiménez Vásquez diputada del PAC

Apoyo La doctora Hernández enfatizó que el trato humanizado no solo es un tema de las instituciones de salud, sino que se requiere de una articulación de trabajo interinstitucional e intersectorial que goce del apoyo político. De esta manera, el evento, promovido por la diputada Jiménez, contó con el apoyo de la vicepresidenta de la República, Ana Helena Chacón, y la primera dama de la República, Mercedes Peñas, así como el Ministerio de Salud, la Caja Costarricense de Seguro Social, la Dirección de Vida Estudiantil del Ministerio de

Educación Pública, el Patronato Nacional de la Infancia, el Instituto Nacional de las Mujeres, la Defensoría de la Mujer, el Centro de Investigación en Estudios de la Mujer de la Universidad de Costa Rica, la Asociación Costarricense de la Educación y Estimulación Prenatal y Perinatal y el Poder Judicial. A la iniciativa, también, se sumaron el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica y la Junta de Protección Social, esta última realizó el aporte económico.

Derechos humanos en salud Son los derechos que aseguran que las personas sean tratadas con dignidad, igualdad, equidad y respeto en los diferentes espacios donde se construye la salud. Será una violación a los derechos humanos en salud cualquier trato inequitativo, excluyente, desigual, degradante o estigmatizador que obstaculice la construcción de la salud, el bienestar y el desarrollo de las personas.

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OPINIÓN

Justicia restaurativa:

efectividad del programa como mecanismo de reinserción social Christian Álvarez

Abogado Ilustración: Marc Ramírez

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Cuando hablamos del derecho penal tradicionalista, necesariamente debemos pensar en un derecho completamente punitivo que básicamente consiste en aplicar una sanción -o castigoa aquellas personas que resulten culpables de haber cometido un delito. Sin embargo, con el surgimiento de los sistemas legales contemporáneos y de las corrientes modernas, se ha logrado ampliar la visión al respecto pretendiendo esencialmente un acercamiento pacífico entre las partes intervinientes que concluya con un acuerdo entre ellos, a fin de que se permita transformar ese conflicto inicial en un resultado de paz y satisfacción para quienes se vean involucrados en cada proceso penal. Sin duda alguna, una de esas modernas teorías procesales de las que hablo es la justicia restaurativa. En Costa Rica, el Programa de Justicia Restaurativa germinó a partir del mes de mayo de 2012 y, pese a que inició como un plan piloto únicamente en San José, se ha expandido. Actualmente, opera en Pavas, Pérez Zeledón, Pococí y Heredia. Dicho programa comprende tres grandes áreas: materia penal, materia penal juvenil y tratamiento de drogas bajo supervisión judicial. Y esta política institucional forma parte del Plan Estratégico Institucional 2013-2017, considerándose la justicia restaurativa como una respuesta práctica a los temas de retraso judicial y de participación ciudadana. Particularmente, el

Programa de Justicia Restaurativa ha contribuido de manera directa con el ahorro de recursos de la administración de justicia, puesto que un proceso penal ordinario tiene un costo total aproximado de seis millones 665 mil colones, mientras que un proceso de justicia restaurativa tan solo alcanza un costo cercano a los 340 mil. En cuanto a la efectividad del programa, según los datos aportados por esa misma oficina, son de un 94% de cumplimiento. Solamente hay un 6% de ofensores que no cumple con las medidas acordadas. Asimismo, de las personas que cumplen, hay un 99% que logra rehabilitarse y reinsertarse en la sociedad sin reincidir en conductas delictivas. Como resultado de las medidas, distintos ofensores han brindado más de 27 mil horas de servicio comunal, también, se contabilizan casi cuatro mil 500 horas en las que personas imputadas han participado en procesos socio-educativos y 205 horas en procesos terapéuticos, mientras que se ha donado más de 25 millones de colones a más de mil instituciones que en total resultan beneficiadas con los alcances de dicho programa. Al respecto, hay casos que concluyeron con resultados muy positivos para las partes intervinientes, como por ejemplo, algunas personas que fueron acusadas por el delito de uso de documento falso (un título de bachillerato), cumplieron con la medida de concluir sus estudios y obtener, de la forma correcta,

dicho certificado académico. Según información brindada por la oficina en San José, es tan satisfactorio el acercamiento de las partes, que se han registrado ya dos casos por homicidio culposo en los que el acuerdo ha sido únicamente unas disculpas de la parte ofensora. Además, se ha logrado resgistrar un importante número de personas que han logrado rehabiliatrse de su adicción al alcohol y a otras drogas, como el caso un ofensor a quien se le acusaba por un robo de un tubo, quien aceptó internarse en un centro de rehabilitación para drogadictos y, actualmente, no solamente venció su adicción, sino que también, permanece trabajando para dicho centro y hasta brinda colaboración para trasladar hasta allí a otros ofensores que se ven beneficiados con el Programa de Justicia Restaurativa. En conclusión, la justicia restaurativa puede ser trasformadora. El delito como tal no debe ser visto con un simple evento que transgrede la legislación, sino que ofrece una oportunidad de transformar a las personas, sea cual sea su rol en el proceso. Y es que cuando hablamos de oportunidades, no solamente debemos traer a colación el perjuicio que sufren las víctimas: debemos reflexionar sobre la estigmatización que sufren los ofensores y las casi nulas posibilidades que tienen de una adecuada reinserción en la sociedad.

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Cuando la economía alcanzó al derecho

Melissa Benavides

Abogada Ilustración: Shutterstock

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Cuando ha sido necesario, el derecho se ha apoyado en la economía. Vamos, como si la economía no tuviera que ver también con el comportamiento humano (o como si no influyese en este). El derecho y la economía están más cerca de lo que pensamos y la disciplina económica puede aportar una perspectiva práctica al quehacer jurídico. Analicemos varios ejemplos. El primer supuesto puede ser desde la siguiente pregunta: ¿tienen los fallos judiciales consecuencias económicas? Si un(a) juez(a) de familia, mediante una sentencia, decreta la disolución del vínculo matrimonial, si existiesen hijos(as) en común, quien asuma su custodia deberá invertir dinero y energía (ambos recursos limitados) para producir su bienestar. También, existiría una desmejora de la riqueza familiar e individual al adicionar un gasto fijo producto del divorcio. Otro supuesto interesante podría ser el caso de una resolución que decreta una sanción drástica a una empresa. ¿Provocaría una precaución adecuada para el resto del mercado de su misma actividad? Las decisiones judiciales solucionan conflictos sobre supuestos basados en casos pasados, realizando un análisis ex post y tomando una decisión al respecto. ¿Tiene esta resolución consecuencias

para situaciones futuras? La respuesta es sí, pero aunque la jurisprudencia nos pueda dar un acercamiento al criterio judicial, es solo bajo ciertas condiciones. Aquí, es donde entra la economía. La economía adiciona el análisis ex ante que nos permite predecir el impacto de una decisión o qué alternativa se ofrece sobre el comportamiento social agregado. Tercer ejemplo, ¿es la economía indiferente a los derechos de las mujeres? Si bien la respuesta puede ser bastante amplia, los datos estadísticos del Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), indican que, en Costa Rica, semanalmente, las mujeres emplean alrededor de 37 horas y 8 minutos en quehaceres domésticos, más del doble que los hombres (15 horas y 43 minutos), gratuitamente y como parte de la imposición cultural, esto supone una inversión de tiempo y energías que se pueden emplear en otras actividades (ocio, estudio, trabajo remunerado), representando un costo en detrimento de la generación de ingresos propios, la participación en la toma de decisiones, menor tasa de inserción laboral y del goce de una gama de derechos (laborales, de salud, reproductivos, entre otros). Un último ejemplo sobre la relación entre ambas disciplinas

es la clásica estimación del ‘costo de los derechos’. Los derechos de las personas no se reconocen o exigen solos, es decir, que es imposible proteger cualquier bien jurídico sin recursos, ya sea para el Estado o para operarlos desde la infraestructura, jueces(zas), policías, profesionales en medicina, educación, etc. La conciliación entre el derecho y la economía es propuesta por el ‘análisis económico del derecho (AED, o ‘Law and Economics’), disciplina que goza de buen auge en Estados Unidos, Canadá, Europa y algunos países de América Latina. Si bien es posible disentir desde muchos aspectos, empezando por la valoración de la realidad de ambas ciencias, los ejemplos anteriores denotan que pueden coexistir y, es más, se necesitan para poder tener una visión integral de los efectos de los arreglos sociales (las leyes), sobre el comportamiento humano, o bien, en términos propios del AED, en palabras de Mario A. Pinzón Camargo, en su v, del “ordenamiento jurídico como un complejo sistema de incentivos desarrollado en función de valores sociales, tomando en cuenta las consecuencias en la respuesta de las personas”.

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Eduardo Rojas

Abogado Ilustración: Marc Ramírez

La reciente reforma del artículo 67 de la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, aprobada por los diputados, viene a beneficiar a unos 244 mil arrendatarios en el país, ya que modifica el aumento anual que actualiza el precio de alquiler mensual de una propiedad. El nuevo artículo establece que “cuando la tasa de inflación acumulada de los doce meses anteriores al vencimiento de cada año del contrato sea menor o igual al diez por ciento (10%), el arrendador está facultado, de pleno derecho, para reajustar el alquiler de la vivienda, en un porcentaje igual o menor a la tasa de inflación acumulada

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de los doce meses anteriores al vencimiento de cada año del contrato”. Ante este panorama, nos encontramos con tres cambios importantes, dentro de los cuales está la disminución en el porcentaje para fijar el aumento mensual del precio de renta. Con este cambio, lo que procuran los legisladores es cortar con los aumentos desmedidos de alquiler sufridos por los inquilinos, quienes no perciben un aumento salarial anual acorde con el aumento que, hasta esta reforma, tenía derecho el propietario del inmueble de realizar, así que, por ejemplo, una persona que iniciaba pagando un monto de alquiler de 500 mil colones, transcurrido el primer

año, podría ver aumentado este monto hasta en 575 mil colones y, de igual forma, el año siguiente, realizándose el aumento no sobre el monto original, sino sobre el actual, pudiendo por lo tanto estar muy cerca de duplicar el pago de la renta ya para el quinto año. Aunque si bien es cierto no es una práctica generalizada de todos los arrendantes, ya que hay mucha competencia y prefieren no perder a sus inquilinos por aumentos excesivos, sí era una situación plausible por cuanto estaba respaldada por la ley. Por otro lado, esta reforma, también, regula los acuerdos entre las partes sobre la modificación del monto a aumentar. Antes de la reforma, se dejaba abierto el


portillo para que el propietario y el inquilino convinieran con total libertad el reajuste del precio de la renta. La reforma, ahora, limita esa libertad de pacto de forma tal que se admite llegar a un acuerdo siempre y cuando el monto acordado no sobrepase el porcentaje de la tasa de inflación según lo especificado. El artículo en cuestión también establece la “Promoción de la información sobre el ajuste máximo aplicable al arrendamiento de vivienda”. Esto quiere decir que se implementa, a través de una comunicación mensual a todos los ciudadanos, el detalle del máximo valor admitido para el reajuste del precio de la renta. Tal medida es de beneficio tanto para inquilinos como para arrendantes, siendo que la publicidad del monto admitido evitará futuros malentendidos e inconvenientes. Esta reforma lo que pretende es balancear los incrementos de alquileres con los aumentos anuales de salario, haciendo posible hacer frente a esos incrementos desmedidos que se daban anteriormente. No obstante, de igual forma, ha generado disconformidad entre arrendantes, quienes manifiestan que los cambios incrementan la sobrada protección de la ley para con el inquilino, resultando ocasionalmente en injusticias para el propietario, pero dicha hipótesis solo será comprobada o desestimada con el pasar del tiempo.

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Gilles Maury

Gerente Tecnología, Medios y Telecomunicaciones Deloitte Ilustración: Marc Ramírez

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El tema de la congestión vial monopoliza los noticieros a diario, como consecuencia de nuestra demencia colectiva: seguimos viendo el carro como un legítimo símbolo de libertad, cuando su multiplicación lo convirtió en diminutas cárceles de metal que tienen atrapados a miles de conductores durante varias horas todos los días. Esperanzas de antaño que pasan por pesadas inversiones para complejos proyectos de infraestructura vial son cada vez más ilusorias, y tampoco serían la panacea porque necesitan de un tiempo que, hoy, ya no tenemos. Pues bien, esta reflexión nos lleva a un punto más todavía: ¿cómo Uber, una pequeña empresa de software, llegó a transformar profundamente el mercado de los taxis en gran cantidad de países y en cuestión de pocos años? Uber aprovechó la tecnología digital para reducir las fricciones entre la oferta y la demanda de transporte público. El servicio se hace más funcional y más barato, y los usuarios responden con una adhesión masiva. El tradicional esquema de proveedor vs. cliente deja el campo a una red de personas que son potencialmente

proveedores o clientes de una serie de servicios (dentro de ellos, usar un vehículo para transportar personas). El tiempo es clave: desperdiciarlo en presas es absurdo cuando puede encontrarse beneficio de un recurso y encontrar ventaja y provecho de un vehículo manejado por otra persona, con la condición de que el servicio sea económico, seguro, puntual y práctico para llegar de un punto a otro. Pero Uber, que acapara todas las conversaciones, solo es la punta de la tendencia digital que viene a rediseñar las cadenas de valor de la industria del transporte. Se trata de optimizar el uso de los vehículos, así como el de la red vial. Así, el costarricense, actualmente, es el primer usuario de Waze en América Latina. También, existen aplicaciones para compartir gastos entre personas que tomarán un solo vehículo. Luego, vendrán servicios con carros o busetas de lujo, y otros más baratos y populares, y ofertas para ejecutivos, personas mayores, familias, turistas, etc. El concepto ya no es el transporte, sino la movilidad, gracias a la democratización de los smartphones. Las plataformas digitales proveen

flexibilidad y transparencia para satisfacer a más públicos, adaptarse a los picos y asegurar la calidad del servicio mediante la calificación de clientes y proveedores. En ciudades donde carece el espacio y se valora la calidad de vida, los millennials ya no ven sentido en adquirir un carro que permanecerá un 90% en un parqueo, con un bajo uso de la capacidad de asientos. General Motors recién invirtió 500 millones de dólares en Lyft, un competidor de Uber, y Apple, mil millones en Uber. Avis extendió el alquiler de sus vehículos, tradicionalmente enfocados al turismo, a usos diarios. El Google Car sin chofer está listo. Y compañías de seguro lanzan productos adaptados a estos nuevos hábitos. En Costa Rica, también, ya es tiempo para los actores de redefinir su rol en este mercado que vive movimientos tectónicos radicales por la revolución digital. Y claro, tomar un bus, subirse a un taxi, tomar el tren, alquilar un carro disponible en la vía, compartir un carro, alquilar una bicicleta: mientras más abierta y rica sea la trama de opciones, más fluido el tráfico y más baratos los costos.

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LOS RETOS DE LA JUSTICIA PENAL JUVENIL A 2o AÑOS DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY EN COSTA RICA Dr. Álvaro Burgos M.

Doctor en Derecho Penal y Criminología Ilustración: Marc Ramírez

Mientras que en la mentalidad gardeliana de ‘20 años no es nada’ de algunos, para la Justicia Penal Juvenil de Costa Rica 20 años lo son todo. El año de 1996 representó la conquista del surgimiento a la vida de nuestro derecho positivo de la primera legislación que enarbolaba los preceptos más inspiradores del ‘punitivismo garantista’ de la ‘doctrina de la protección integral’. Así es como quedaron atrás más de 30 años en que la Ley Orgánica de la Jurisdicción Tutelar de Menores, desde los albores de los años 60, dibujaba en todo su esplendor los elementos básicos de la ‘doctrina de la situación irregular’: un

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modelo tutelar y paternalista con una visión completamente adulto-centrista del mundo, que propiciaba abusos constantes en la aplicación de medidas cautelares y sanciones, las más de las veces impuestas al tenor del riesgo social, sin que desde el punto de vista penal se justificara realmente de conformidad con el principio de proporcionalidad (proporcionalidad en sentido estricto, idoneidad y necesidad). Era una aplicación excepcional, especialmente cuando esta consistía en una restricción de derechos fundamentales de la persona menor de edad en conflicto con la ley penal, y particularmente si involucraba su privación de libertad…

Sin duda, avanzamos mucho: la jurisprudencia, en especial del Tribunal Superior Penal Juvenil -lamentablemente desaparecido desde finales del año 2011 gracias a erróneas y poco técnicas decisiones burocráticas de distintos poderes de la República-, motivo de orgullo y ejemplo para el resto de la justicia en el campo penal juvenil en Iberoamérica, cimentó las bases de la aplicación de una justicia con rostro de niñez al amparo del norte de los principios inspiradores de la materia: el interés superior de la persona menor de edad, el respeto a sus derechos, su formación y protección integral, su reinserción en la sociedad y su


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familia (Artículo 7 de la LJPJ) y una visión socioeducativa de la imposición de las sanciones, que hace simplemente incompatible un ejercicio ligero de la ‘ley del talión’ en una fase exploratoria del desarrollo del individuo, en donde el delito, en la mayoría de los casos, se presenta más como una entidad episódica y producto de carencias afectivas, educativas, sociales y económicas, que como un resultado exclusivo de la mentalidad sociopática, del dolo más aberrante y de la mentalidad más alevosa con que disfrazan algunos, de forma amarillista, bajo el manto del populismo punitivo a la clientela de la justicia penal juvenil. Ciertamente, son más aspectos positivos que negativos los que obtenemos en el balance de estas ‘bodas de porcelana’ del ejercicio de este, aún, joven y fértil terreno de acción de las personas en conflicto con la ley penal, pero sin embargo, todavía, nos queda mucho trecho que recorrer en cuanto a los retos del presente y del futuro a corto y mediano plazo: • La obtención de una justicia cada día más especializada en el campo penal juvenil de todos los actores de la administración de justicia. • El desarrollo pleno de políticas de Estado que permeen un mayor ejercicio de la justicia restaurativa en esta materia. • Una decidida y constante inversión en alternativas

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de prevención a través del deporte, la recreación, la integración familiar y los valores espirituales, y que sean prioritariamente apoyados por el Estado, la comunidad y cada uno de nosotros desde cualquiera que sean nuestras posibilidades de ayuda en cada caso. • Un combate al hacinamiento penitenciario que no existía en los primeros 15 años de vigencia de la Ley de Justicia Penal Juvenil y que, ahora, en los últimos años, padecemos casi de manera similar porcentualmente al que existe en el campo de adultos en el país. Como he manifestado previamente en otros libros y artículos, no debemos permitir que nuestras legítimas aspiraciones en la búsqueda de un mañana mejor para nuestros jóvenes y adolescentes en conflicto con la normativa penal juvenil en Costa Rica sean utilizadas una y otra vez por los mercaderes de la demagogia para hacernos pensar que verdaderamente se quiere hacer algo, cuando no es así. Que no termine en que quienes tienen la capacidad y el poder de realizarlo conviertan esas legítimas aspiraciones en algo así como una carta al niño Dios, sin sello postal, ni dirección del remitente, que difícilmente llegará a su destinatario. Así, no se podrá obtener una respuesta eficiente y efectiva de quien efectivamente lo requiere y necesita.

Si no invertimos más y mejor en prevención del delito, luego, gastaremos muchísimo más en policías adicionales, en más cárceles y en el proceso que legitima el llenarlas con cada vez más niños hacinados en el país, supuestamente, ‘más feliz del mundo’…


El Código Procesal Contencioso Administrativo:

algunos apuntes de reforma M.C. Esteban Alfaro Calderón

Abogado facilitador de Cartularium Ilustración: Shutterstock

Luego de más de 30 años de vigencia de la anterior Ley Reguladora de la Jurisdicción Administrativa, entró a regir el Código Procesal Contencioso Administrativo (Ley N. 8508) en el año 2008. Evidentemente, esta reforma legal ha significado un antes y un después en el desarrollo de la justicia contenciosoadministrativa en Costa Rica y, hoy, ocho años después de su entrada en vigencia, son muchos los aspectos susceptibles de análisis y que, incluso, generan polémica entre los operadores jurídicos, esto por el desarrollo jurisprudencial que se ha dado con fundamento en la norma, pero en especial, por las vicisitudes que surgen en la práctica diaria en esa jurisdicción. Teniendo claro el contexto indicado y en razón de la importancia actual del

proceso contencioso, el cual, en un fenómeno similar al que ha sucedido con la Sala Constitucional, cada vez es más ‘cercano’ a los ciudadanos, es siempre relevante valorar si su contenido es susceptible de mejora. Concretamente, en lo que tiene que ver con la norma bajo estudio, es posible apuntar una serie de temas, que, luego del análisis del caso por las autoridades competentes, podrían ser objeto de revisión y posterior ajuste, a saber: número uno, lo relativo a la necesidad de integración de litis, en el caso de demandas en contra de órganos desconcentrados; número dos, el establecimiento de plazos concretos para que el despacho se pronuncie sobre las solicitudes de medida cautelar; número tres, la imposición de reglas que busquen agilidad y disminución de plazos en lo que tiene que ver con el nombramiento de peritos;

número cuatro, la concretización de los autos y autos con carácter de sentencia objeto de recurso de apelación; número cinco, mayor desarrollo normativo y de contenido en cuanto a los preceptos que regulan el recurso no jerárquico municipal; y número seis, mayor claridad y atenuantes concretos en lo que tiene que ver con la condenatoria oficiosa de costas. Evidentemente, los anteriores puntos solo tienen como finalidad abrir una discusión que permita determinar si es necesario actualizar el contenido de un muy buen cuerpo normativo a la realidad producida en sus años de funcionamiento, ya que, al fin y al cabo, como dijo el profesor H. Albert: “Las normas del derecho, así como otras normas de la vida social, deben considerarse desde el punto de vista de su conveniencia o utilidad real”.

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Resoluciรณn alterna de conflictos:

por una justicia pronta y cumplida

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M.C. Laura Ávila Bolaños

Especialista en RAC. Directora del Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. direccioncam@abogados.or.cr

Ilustración: Marc Ramírez

La conflictividad es consustancial al ser humano. En nuestras múltiples relaciones, tendremos diferencias de opinión, de intereses o de acción que nos llevarán a discrepar unos de otros. Conflictos laborales, comerciales, de inversión, organizacionales, familiares e, inclusive, internacionales, requieren contar con formas alternas, especializadas, flexibles, eficaces, expeditas y confidenciales que den solución. Nuestra Constitución Política, en su artículo 41, consagra el derecho de toda persona a la justicia pronta y cumplida, pero nuestra cultura altamente litigiosa atenta contra este principio de celeridad y ha convertido a nuestro sistema judicial en una instancia sumamente saturada pese a los numerosos esfuerzos de modernización. El Informe del Estado de la Justicia de abril de 2015 refleja el alto costo que resulta la justicia tradicional (inversión versus eficiencia). Es, así, como los mecanismos de

resolución alterna de conflictos, tales como la negociación, la mediación/conciliación, el arbitraje y otras técnicas similares resultan ser métodos idóneos para que las personas físicas o jurídicas, privadas o públicas, nacionales o internacionales, puedan dirimir sus controversias patrimoniales de naturaleza disponible y con autoridad de cosa juzgada material. Los mecanismos tipo RAC (‘Resolución Alterna de Conflictos’) se fortalecen cada vez más en nuestro país, ello gracias a la Ley RAC #7727 y a la LACI #8937 y, también, por nuestras reformas procesales (civil, laboral y la propuesta agraria) que promueven el uso de estos métodos alternos tanto a nivel judicial como extrajudicial, considerándolos formas eficaces de acceso a la justicia. Es por esto que el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, en 2011, creó el Centro de

Arbitraje y Mediación (CAM), sede de la presidencia del Centro Iberoamericano de Arbitraje (CIAR), para promover y administrar métodos RAC, propiciando relaciones más seguras y eficaces. El CAM goza de una estructura orgánica, funcional y normativa que garantiza su independencia técnica, el ejercicio ético de los neutrales y la calidad y la excelencia en sus servicios. Favoreciendo la justicia célere, en el CAM se establece un plazo máximo de 15 días para celebrar la audiencia de mediación, un plazo de seis meses para laudar en los arbitrajes y de tres para los arbitrajes abreviados, de tal forma que a las partes les asiste el derecho y la oportunidad (principio de la autonomía de la voluntad) de optar por estos métodos, los cuales se consolidan como una verdadera opción de acceso a una justicia pronta, cumplida, satisfactoria y pacífica.

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desde el colegio

El Colegio de Abogados y Abogadas como

Gestor de Opinión

Lic. Alberto Pinto Iniciamos, hoy, la colaboración expresión sobre el país y los Monturiol en la revista Firma, la cual es aspectos jurídicos de interés

Abogado litigante Coordinador de la Comisión de Gestores de Opinión del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica pintolaw@ilsattorneys.com

Ilustración: Shutterstock

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un medio muy útil para que los abogados y abogadas nos pongamos al día en los temas jurídicos actuales y para que expresemos nuestras ideas al respecto y a la realidad nacional. De esta forma, el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, a través de la Comisión de Gestores de Opinión, abre otro foro en los medios de comunicación para que los agremiados podamos ejercer nuestro derecho a la libre

general, lo que conllevará a fomentar una discusión pública sobre ellos en beneficio de nuestra sociedad y de Costa Rica en último término. Crear opinión pública no es necesariamente tratar de dirigir o encauzar el pensamiento de la sociedad. Considero, más bien que, en una democracia, lo que cuenta es la suma de las opiniones de todos los que quieran participar en los procesos, para que una vez recibidas estas


opiniones y entendidos todos los planteamientos sobre un tema, cada individuo, grupo social o político tome lo que considere más valioso de una u otra posición y descarte lo que no cree conveniente para la sociedad en la que se desarrolla. Crear opinión pública, a mi entender, es opinar sin manipular, es lanzar nuestras opiniones libre y públicamente a la sociedad con el fin de enriquecer la discusión de los temas que nos preocupan, para mejorar nuestro país y la

sociedad en que vivimos. La participación en la discusión de los temas que nos afectan a los abogados y a la ciudadanía en general es vital para el desarrollo del país. Y, ciertamente, nos encontramos en momentos en que se definen las políticas públicas sobre el modelo de desarrollo que queremos y el resultado de esta discusión va a afectar inequívocamente la actividad de los profesionales en derecho, por lo que hay que estar vigilantes y participar activamente para ejercer

balances y contrapesos en las decisiones que tomen nuestros gobernantes. Existe un cúmulo de contenidos que vamos a desarrollar específicamente en las próximas ediciones de la revista Firma, en esta sección, que generosamente ha cedido al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, para fomentar la discusión de los problemas nacionales y, así, ir resolviéndolos con el producto de este intercambio.

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¿Cuál es el rol de la parte patronal en las asociaciones

solidaristas?

Lic. Kendall David Ruiz Jiménez Socio Director de Corporación Jurídica ASELECOM Tel: (506) 2225-71-84/ 2225-7197 www.aselecom.com

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Hace varios años, comencé a asesorar a algunas asociaciones solidaristas, encontrándome con ciertas dudas, que era y es un común denominador en todas las asociaciones solidaristas: ¿cuál es el rol de la parte patronal (del sector público o privado) en las asociaciones solidaristas? ¿Hasta qué punto el patrono puede tomar decisiones


o formar parte de ellas dentro de dichas asociaciones? Ante estas dudas genéricas de varias asociaciones, quisiera aclarar varios elementos para, así, concluir con las respuestas a estas interrogantes. En primer término, ningún patrono puede negar el derecho a sus trabajadores de constituir una asociación solidarista. El negar este derecho es ir en contra de principios constitucionales. Luego, una vez constituida la asociación solidarista, se considera un ente autónomo, con independencia en su toma de decisiones. Y vamos a establecer el punto: el patrono es el principal ‘socio de negocios’ en la gran mayoría de asociaciones, pero el patrono no puede ni debe tomar decisiones en ‘representación’ de la asociación solidarista o que la afecten, pues esto corresponde en su totalidad a los trabajadores, esto de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Asociaciones Solidaristas (6970), reforzado en el voto 3872-96 emitido por la Sala Constitucional, donde se habla de la “intromisión de la parte patronal en dichas organizaciones”. En este caso puntual, se pretendía declarar inconstitucional el artículo 14 de la Ley de Asociaciones Solidaristas que prohíbe ocupar cargos en la junta directiva los que ostenten la condición de representantes patronales, entendidos estos como directores, gerentes, auditores,

administradores o apoderados de la empresa. En dicho voto, se rechazó la acción indicando que facultarle a la parte patronal “podría intentar cierto grado de control (…) si se permitiera que sus allegados llegasen a ocupar cargos de dirección en las asociaciones solidaristas”. Adicionalmente, la naturaleza de la asociación solidarista es que pertenece a los trabajadores, que añadido a la autonomía mencionada, es individual y son los trabajadores los que tienen que tomar las decisiones sobre el rumbo de la asociación de la cual decidieron formar parte. Es importante recalcar que por un tema imperativo de ley, el patrono no puede ni debe asumir responsabilidad alguna en la administración de los fondos de cesantía. Tal administración es responsabilidad exclusiva y excluyente de la asociación solidarista. Ahora bien, sobre este aspecto, también se pronunció la División Jurídica de la Contraloría General de la República (criterio del 22 de diciembre de 2010 número DJ-4164), en un criterio que el suscrito comparte sobre el rol activo que puede tener la parte patronal en las asociaciones, siendo que, en efecto, el patrono está en la potestad de realizar sugerencias generales sobre el manejo de los fondos, finanzas o inversiones de las asociaciones, inclusive, en dicho criterio se sugiere

permitir espacios para charlas sobre la materia, que podrían ser dirigidas a la junta directiva o, bien, de manera general a los trabajadores. Las indicaciones o sugerencias dadas por la parte patronal son facultativas, por ende, queda a criterio si la asociación solidarista, a través de su junta directiva y asociados, las acogen o no, dado que dichas sugerencias o indicaciones lo que deben procurar es un aporte o colaboración para apoyar la mejor gestión de los fondos o administración de la cesantía por parte de la asociación. Por último, el mismo artículo 14 de la Ley 6970 da sustento a lo anterior dado que al patrono se le faculta para designar un representante patronal que podrá tener derecho a voz, pero no derecho a voto, y podrá asistir a las asambleas generales y a las sesiones de la junta directiva (no obstante, si la junta establece por votación de mayoría simple lo contrario, no podrá participar en dichas sesiones el representante patronal). Para finalizar, es valioso tener en cuenta que el patrono debe tener un rol de respeto a la autonomía de la asociación solidarista. Su incumplimiento podría acarrear sanciones por infracción a leyes de trabajo de la mano con sanciones económicas y una eventual responsabilidad civil en caso que fruto de su actuar contrario a derecho se vea afectada la asociación solidarista.

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USO DE CUENTAS BANCARIAS

PARA EFECTOS TRIBUTARIOS Adrián Torrealba Navas Abogado

En sus fiscalizaciones, la administración tributaria tiene acceso a las cuentas bancarias de los contribuyentes. Si cuando esta pide por las buenas dichas cuentas y el contribuyente fiscalizado no se las da, la Administración puede acudir a un juez para obtenerlas obligatoriamente. Pues bien, una vez con las cuentas bancarias en sus manos, ¿qué hace la autoridad tributaria? En algunos casos, ha sustentado denuncias penales: compara los depósitos bancarios con los ingresos declarados y admite algunas depuraciones como traslados entre cuentas o préstamos documentados y, si aun así hay diferencia, considera como ingresos gravables no declarados el importe de esta. Si supera el umbral de punibilidad (500

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salarios base), entonces, denuncia penalmente. Empero, la sentencia de sobreseimiento definitivo de las 10:00 horas del 6 de mayo de 2015 del Juzgado Penal de Hacienda y la Función Pública ha reconocido que este uso de las cuentas bancarias no es otra cosa que la aplicación de la presunción de incremento no justificado de patrimonio recogida en el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta por lo que, en consecuencia, no cabe una incriminación de carácter penal sobre la base de una presunción. Y es que, en varios casos, se han sustentado ajustes determinativos con la misma metodología indicada. Visto desde el prisma de la presunción de incremento no justificado de patrimonio, es de observar que la lógica de tales ajustes es la siguiente: el hecho base de la presunción - a saber, el incremento no justificado de partrimonio- está constituido por la suma de los depósitos de las cuentas. De ahí, se presume que, si hay una diferencia con los ingresos declarados, esta representa ingresos gravables no declarados. La sentencia 92-2015 de la Sección Quinta del Tribunal Contencioso Administrativo ha reconocido un grosero error en este proceder: para demostrar el hecho base de la presunción no cabe utilizar los depósitos de la cuenta bancaria, sino el saldo de esta. La razón es bastante obvia y sorprende que la Administración no haya reparado en ella: el patrimonio es la suma-resta de

las cuentas patrimoniales: cada cuenta patrimonial se mide por sus saldos (debe menos haber). Para saber si hubo un “incremento de patrimonio”, hay que comparar el total de los saldos de las cuentas del balance (estado patrimonial) al inicio del período fiscal con ese total al final del período fiscal. Solo si la diferencia es positiva, se puede tener por probado el “incremento de patrimonio”, hecho base de la presunción. Lo resuelto por esta sentencia es de gran relevancia, visto que este error administrativo subyace en un sinnúmero de casos. Lo anterior es muestra fehaciente de un fenómeno más general: la falta de rigor lógico- jurídico en el uso de presunciones por parte de la administración tributaria. Los ordenamientos tributarios suelen contener figuras presuntivas y el nuestro no es la excepción. Sin embargo, la práctica administrativa muestra una insólita inopia en la teoría básica de las presunciones. En una próxima columna, mostraremos cómo la Administración construye presunciones sin identificar correctamente cuál es el hecho base del que deriva el hecho presunto o, peor, aun si cabe, deriva el hecho presunto de un hecho base que ¡ella misma califica como falso o dudoso! Dejo hecho, por ahora, el recordatorio de lo que dispone el artículo 414 del Código Procesal Civil: quien invoque una presunción legal deberá probar la existencia de los hechos que le sirven de base.


Apoyo a los más vulnerables Desde hace un tiempo, una de las abogadas de la firma BG&A, Eslava Hernández, tomó las riendas de los diferentes programas de responsabilidad social que impulsa este despacho. Dentro de los casos que más ha promovido está la ayuda en asistencia legal a personas en riesgo social bajo la figura de ‘probono’. “A través de los años, hemos visto cómo se han producido muchísimas injusticias que afectan a personas con necesidades muy particulares, quienes han perdido gran parte de su vida y estabilidad por falta de asesoría adecuada. Esta es una carrera que da y enseña tanto, que sentimos la obligación moral de retribuir a quienes lo requieren y valoran”, explica la licenciada Hernández. Eso les ayudó a plantearse como objetivo el fomentar que las personas mejoren sus condiciones y puedan apoyar a otros. Más de 30 personas se han visto beneficiadas con esta labor que, en palabras de la abogada, “no se trata de regalar dinero ni trabajo: nuestro principal esfuerzo debería ser el de enseñar soluciones y fomentar que las personas mejoren su calidad de vida y medien en el bienestar de su entorno y comunidad”. Todo esto bajo la consigna de la función de apoyo en el servicio que deben cumplir los abogados. La abogada acepta que la carga, en muchos casos, es bastante, pero

que al final, resulta recompensado al meditar sobre la transformación anímica, social y psicológica que producen estas iniciativas de trabajo no remunerado. Para aceptar cada caso, los interesados pasan por un proceso de verificación para asegurarse de que sean casos que tengan visos de injusticia y riesgo social, sin dejar de lado el nivel de importancia que supone cada uno de esos casos. Una vez que el proyecto es aceptado por la firma, el interesado, también, asume ciertos compromisos para que el programa tenga el éxito esperado. “Las personas que se ven beneficiadas por el ‘probono’ deben formalizar un compromiso escrito con la firma, por medio del cual se obligan a dar toda su colaboración con el caso y participar en los trámites; además, deben mantener una conducta intachable durante todo el proceso (sin vicios ni conflictos) y deben involucrarse en alguna organización de bien social que nosotros elijamos”, explica la profesional. La idea del apoyo a diferentes sectores no se queda ahí y ya están trabajando en otros proyectos de involucramiento en instituciones sin fines de lucro, las que promueven la mediación y la superación de la pobreza, esto con la idea de fomentar la capacidad de superación que tienen las personas.

Las personas en riesgo social han encontrado en una firma de abogados el auxilio para resolver sus diferentes casos con el fin de promover su desarrollo. Todo bajo la figura del ‘probono’ Por redacción Ilustración: Shutterstock

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viajes

Perú,

más allá de Machu Picchu FIRMA 60

Viajar es sinónimo de experiencias, y el ser humano se basa en experiencias de vida. Mientras más se conozca, más se crece como persona, y esto lleva la que cada aventura sea una nueva forma de vida. El término “chaski”, en idioma quechua, se refería en tiempo de los Incas a aquella persona que recorría miles de kilómetros para anunciar un mensaje. Y que mejor que viajar miles de kilómetros para llevar el mensaje de distintas culturas. Perú, la tierra de los Incas, aumentó


su tráfico de turistas costarricenses luego de que varias aerolíneas ofrecieran boletos aéreos a muy bajo costo, en muchos casos llegando a los 99$. Esto hizo que miles de jóvenes, familias, parejas y mochileros aprovecharan para conocer de un país que es más que Machu Picchu. Hay que ser sinceros, la gran mayoría de personas, y luego de un sondeo realizado en la Embajada de Perú uno de los tantos días en que los ticos teníamos que solicitar visa para ingresar a ese país, tenían como objetivo principal

conocer las impresionantes ruinas de Machu Picchu. Porque sí, hay que aceptarlo, el lugar es impresionante, eso nadie lo niega, la vibra es única, pero Perú es más que eso. Esto dio pie a que luchara por ofrecerle a amigos y desconocidos diversas opciones para que conozcan Perú más allá de las postales de las ruinas, sino que vivan una experiencia multicultural. Perú se divide en Sierra, Costa y Selva. Esto quiere decir que en un solo país usted puede conocer desde un desierto hasta montes

nevados. Pasar del calor extremo al frío estrepitoso es una experiencia única. Todo en un solo país. Al llegar a Lima usted estará presente en la costa del país, apenas a unos 100 metros sobre el nivel del mar, donde verá grandes playas a la orilla de las principales carreteras. Cabe destacar que Lima es la segunda ciudad más grande del mundo ubicada en un desierto, después de El Cairo en Egipto. El centro de Lima tiene grandes atractivos, los cuales en un par de días pueden conocer, por lo

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menos los más llamativos. Al ser una ciudad colonial el centro histórico es digno del país, una Plaza de Armas abarrotada de llamativas edificaciones que valen la pena visitar tanto de día como de noche. Sumado a esto los museos de iglesias, catacumbas y miradores son plato principal en cualquier tour. Si usted aún no conoce este país, debe de aprovechar uno de los días para ver el cambio de guardia en el Palacio De Gobierno, acompañado de la Banda Presidencial. Una experiencia que en pocos países del mundo se puede vivir. Pasada la parte histórica, una parada obligatoria es el Parque de la Reserva de Lima. Desde el año 2007 funciona dentro de este parque el “Circuito Mágico del Agua”, un complejo de 13 fuentes controladas por computadora que presentan una combinación de música, agua, luz, color y proyecciones. El impacto de este proyecto fue tan grande que ganó un Record Guinness por ser el complejo de fuentes más grande del mundo en un parque público. Pero si lo que busca es diversión nocturna, Miraflores y Barranco son las mejores zonas. Restaurantes, enormes rascacielos, centros comerciales y noches estrelladas le dan la bienvenida a los miles de turistas. La Costa Verde, ubicada de manera directa frente al mar, es uno de los principales atractivos de la ciudad. Aunque no todo queda ahí.

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Viajar al sur del país significa una travesía de aventura. A 5 horas de Lima se encuentran las ciudades de Paracas e Ica, toda una majestuosidad de lo que es un desierto y reservas naturales. Paracas, una ciudad costera, tiene como principal atractivo el tour por las Islas Ballestas. Un viaje de 30 minutos, en bote, lo lleva a uno a adentrarse en un gran océano con enormes isletas donde puede estar al lado de impresionantes lobos marinos, pelícanos y aves. Además de poder observar un gran candelabro realizado en relieve, en una de las montañas de arena, que hasta la fecha se desconoce su origen. Luego de disfrutar del mar, el recorrido continúa un poco más al sur hacia llegando a Ica, el gran desierto turístico. La bienvenida la da la “Laguna de Huacachina”, un oasis ubicado dentro de la ciudad que da pie a un enorme desierto. Arena para donde se quiera ver, estar ahí es sentirse solo en el mundo, es recordar que uno es un elemento pequeño en este gran universo. Los médanos son perfectos para realizar sandboarding. ¡Tienen que hacerlo! La gran ventaja de Perú es que su gastronomía, halagada a nivel mundial, se puede disfrutar en distintas zonas. Y lo mejor… ¡A un precio relativamente bajo para uno como extranjero! Si hay un lugar donde uno debe de comer, comer y comer, es Perú. Cebiches, arroces, carnes, sopas, mariscos, estofados, bebidas, y un sin número

de platillos creados por la mezcla de ingredientes que hacen del turismo gastronómico una de las principales atracciones del país. La travesía luego de viajar al sur, es volver a la capital para viajar al norte del país, a la Sierra. La tierra de llamas, alpacas, vicuñas, vientos fríos, llamativa vegetación y más. A unas 7 horas se encuentra la ciudad de Huaraz. Dejando atrás el desierto, llegamos a las montañas. Con una altitud de 3.052 metros sobre el nivel del mar, el frío que lo recibe a uno lo hace recordar las nubosas rutas del Cerro de la Muerte en nuestro país. Es una zona donde no solo se come bien, sino que la gente siempre lo recibe a uno con los brazos abiertos. La temperatura promedio de 15 grados durante el día, y 7 grados en la noche dependiendo de la época del año, es perfecto para


utilizar abrigos tejidos de lana de la misma zona. Mientras a unas cuantas horas se podía disfrutar del caluroso sol, en esta zona uno podrá encontrar los grandes nevados de Perú. Si alguna vez viaja a esta zona, que ha sido catalogada como destino principal del país, tiene que ir al Nevado de Patoruri. Este nevado se encuentra localizado a 5.240 metros sobre el nivel del mar, y acá es todo un reto físico llegar. El aire de las montañas que lo anteceden es la energía que uno necesita para llegar hasta la cima. Está ubicado dentro del Parque Nacional Huascarán y fue declarado Patrimonio Natural de la Humanidad en 1985. ¿Difícil? Sí, nadie lo va a negar. A esa altura ya el oxigeno empieza a faltar, pero nada que no lo solucione una respiración controlada y un buen mate de

coca. La hoja de coca, sin procesar con químicos, la usaban los Incas para tener mayor energía y evitar el llamado “Mal de montaña”, que afecta a turista por la altura. Este colosal nevado, que ha ido perdiendo magnitudes por el cambio climático, ha logrado cautivar a miles de viajeros que buscan nuevas aventuras. Estar a 1 o 2 grados, para alguien de clima tropical, es todo un reto que se supera al llegar a la cima para apreciar todo el paisaje. Aunque este es uno de los principales atractivos de la zona, no termina ahí. Al descender, y rodeada de las montañas de los nevados de nevados de Huascarán, Huandoy, Pishqo, Chacraraju, Yanapaccha y Chopicallqui, se encuentra la Laguna de Llanganuco. Esta laguna tiene como principal atractivo una llamativa tonalidad

de verdes y azules en el color de sus aguas que la hace ser paradisiaca con solo verla. Si cree que lo ha visto todo, pues no, aún le falta conocer este y muchos más parajes. Aunque en un viaje corto, se puede conocer gran parte de estas zonas de Perú, aún se queda corto. Y como se pudo dar cuenta, Perú es más que Machu Picchu. Es selva, es montaña, es desierto y costa, es su gente, es probar sus diversos platillos y deleitarse con sus sabores, es buscar un renacer como persona explorando lugares que nadie cree poder descubrir. Perú es un país en el cual se puede pasar del desierto a la nieve en tan solo unas horas, del mar a la ciudad en unos cuantos minutos y de las ruinas a la selva en un abrir y cerrar de ojos. Perú es cultura y tradición.

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gastronomía

A una hora de San José, frente al mar, el restaurante Adacus, del hotel Croc’s, se abre campo con una combinación única de gustos y olores mediterráneos y peruanos, combinados con las últimas tendencias de la comida molecular Por: Andrés Corrales Fotos: Lucas Nazario

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El restaurante Adacus ofrece lo que pocos: un asiento en primera fila para disfrutar del atardecer en el mar de Jacó y, si a esto le sumamos una exquisita cuchara con una mezcla única de técnicas y sabores, se convierte en un referente para cerrar una reunión de negocios o disfrutar de una cena familiar. Este restaurante es uno de los que conforman el complejo de cinco estrellas del hotel Croc’s, que se levanta entre el paisaje de Jacó con una oferta de servicios de alto nivel, y hasta cuenta con

condiciones especiales para los abogados gracias a un convenio suscrito entre el hotel y el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Este restaurante tiene un espacio limitado a 80 personas por noche, precisamente porque su menú es reducido y muy especial, basado en las experiencias de su chef ejecutivo, Hugo Avellaneda, quien es oriundo de Perú, pero dedicó gran parte de su vida a viajar por Europa y recolectar experiencias que se ven reflejadas en su carta, la cual cambia cada tres meses.


“Lo que queremos es que la gente se vaya fascinada, entonces, pensamos en un espacio para pocas personas para poder brindar el show que queremos, que el chef pueda participar con los clientes y que les dedique el tiempo específico a cada uno para que salgan totalmente satisfechos”, manifiesta Avellaneda. Así, la sazón del chef ha conquistado no solo a los huéspedes que llegan de todo el mundo, sino también, a los locales, quienes se acercan al restaurante para vivir una nueva experiencia culinaria. El restaurante es abierto al público, pero se recomienda reservar para garantizar el espacio, ya que la atención es completamente personalizada por parte de los meseros. Sobre los platillos Las técnicas de la comida molecular forman un papel trascendental en los platillos de este restaurante. Con ello, buscan cautivar a los visitantes, primero, con su presentación, luego, con su exquisito sabor. Como entrada, la ensalada tibia de langosta con hielo seco y caviar despierta la curiosidad: además de la forma en que se sirve, contiene una frescura inigualable. Otra opción de entrada es el canelón de aguacate con caviar de remolacha, que se acompaña de una galleta de tinta de calamar y polvo de calamar con un relleno de camarón. Para los platos fuertes, la creatividad no se queda atrás y

la trilogía de corvina con espuma de parmesano y ajo con galleta de remolacha ofrece una mezcla de sabores y texturas únicas, que llaman la atención desde el primer momento. Haciendo honor a su origen, el chef brinda en su menú un ceviche peruano de vanguardia que combina la corvina con pasta de ají y concentrado de ají nitrogenado, esto se resume en un producto delicioso y muy liviano. Para los postres, la oferta garantiza conquistar a los amantes del dulce. El cilindro de chocolate relleno con mousse de curri y banano caramelizado entrega sabores nuevos y únicos. Se acompaña de una esfera de azúcar con brotes de lechuga fresca, hierbas frescas y un escarche de frutos del bosque. Todos los ingredientes que forman parte del menú son cuidadosamente supervisados por el chef y su equipo de trabajo. Constantemente, visitan las

ganaderías de donde obtienen las carnes, y los mariscos son los más frescos de la zona: literalmente, del mar a la mesa. Asimismo, el restaurante Adacus promete una gran diversidad de cocteles que se complementa con una amplia carta de vinos, que incluye más de 20 etiquetas de tintos, blancos y rosados, sin dejar por fuera los espumantes y digestivos que completan una verdadera experiencia culinaria. Para trabajo En este hotel, existen diferentes salones de convenciones que se prestan para realizar cualquier capacitación o seminario con amplio espacio y los recursos tecnológicos necesarios. Como parte de los paquetes especiales, no se cobra por la organización de los diferentes eventos. Igualmente, la terraza del restaurante tiene una ubicación privilegiada para quienes deseen una reunión más casual con la brisa del mar.

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social

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Nuevo showroom

Hyundai abrió las puertas de su nuevo local en City Mall, Alajuela. Esta nueva sala de exhibición cuenta con lo último en tecnología para que los visitantes vivan toda una experiencia, y contó con una inversión de $250 mil. Esta es la primera de su tipo en América Latina.

2

3

4

1. C.Y Park, Director de Hyundai Motor Company para Latinoamérica. 2. Juan Ignacio Sansó, Juan Federico Salaverría, C.Y Park, Mario Lachner y Erick Xirinachs. 3. Gloriana Paz. 4. Nohelia Alfaro usa la tecnología.

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Cervezas artesanales personalizadas para sus eventos Tel.: 8841-5999 info@brewshackbrewery.com www.brewshackbrewery.com Brewshack Beer Co.



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