FIRMA Setiembre

Page 1




contenido

Septiembre 2017 Portada: El ranking de firmas legales realizado por Chambers & Partners. Especial en la página 23. Ilustración: Juliana Barquero julianabarquero.com

14

APPS Aproveche la tecnología para administrar mejor su tiempo.

16

8

Resumen Las noticias más destacadas en la región y el mundo. FIRMA 4

LAWxury Objetos para destacar en sus reuniones.

20

Tecnología Ciudades inteligentes, el futuro que nos alcanzó.


24

28

Ranking de firmas Conozca qué es Chambers and Partners y cómo realizan su estudio.

32

Batalla Abogados Destacan por sus grandes transacciones y trabajo focalizado.

Las bandas Las firmas ganadoras, por categoría.

36

Facio & Cañas Organización para el éxito más allá de los premios.

Firmas en el radar Diferentes bufetes destacan por su trabajo y empeño.

Reglamentos de condominios Detalles infaltables para una buena asesoría.

54

57

Las municipalidades y las aceras ¿Por qué se le obliga a los usuarios a construir aceras?

Proceso monitorio laboral La opción para resoluciones más céleres.

Desde el Colegio Responsabilidad ante los conflictos.

Tatiana Rojas El trabajo detrás de Aguilar Castillo Love.

52

43

66

40

72

Gastronomía El sabor tradicional costarricense con el sabor de una cuchara internacional. FIRMA 5


editorial

STAFF

Las mejores firmas de la región Costa Rica es un semillero de talento legal que tiene un impacto de mucho peso en nuestra región centroamericana y más allá; no en vano, la mayoría de las firmas legales destacadas en el ranking de Chambers and Partners son de nuestro país y han expandido sus operaciones a los países vecinos, muchas de ellas también, ha tenido el músculo para tener presencia mundial de forma directa o través de otras firmas socias. Este estudio, analiza las transacciones y casos de éxito de las diferentes firmas legales, las verifican y, a través de diferentes estudios cuantitativos y cualitativos procesan la información para establecer los resultados que les presentamos en esta edición especial. En la actualidad, este es el estudio de mayor relevancia a nivel global gracias a su tradición y a la confianza que depositan en él las diferentes firmas legales que forman parte del programa, así como los clientes que toman de base estos resultados para decidir con qué firma trabajarán

en cada país con el fin de garantizarse servicios de altura y calidad. Para FIRMA, esta edición representa un posicionamiento de nuestro producto entre el gremio, bajo la idea de ofrecer contenido de valor para aquellas firmas que buscan posicionar mejor su nombre y trabajo, por eso, también incluimos un apartado de ‘firmas en el radar’, las cuales gracias a la mística en su trabajo han ocupado la atención de muchos. Sin duda alguna, nuestra intención es convertirnos en un verdadero referente del acontecer del mundo legal en nuestro país, y con contenidos como estos, esperamos incentivar que los abogados vean el trabajo que se evalúa con el fin de que se puedan empoderar y destacar.

Andrés Corrales Periodista y Abogado Director

FIRMA 6

Lic. Andrés Corrales Director

andrescorrales@revistafirma.com

MSc. Margarita Guzmán Gerente General Cindy Regidor Mariana Sáenz Redactores Alessandra De Franco Correctora de estilo Carlos Cisneros Asistente editorial Mirna Tellini Gerente Comercial Luis Navarro Etzia Granera Fotógrafos Juliana Barquero Diseño Juliana Barquero Ilustradora ISSN: 2215-4809

www.revistafirma.com info@revistafirma.com /firmacr @firmarevista

FIRMA es una marca registrada de Pitch Media S.A. Fecha de publicación: septiembre 2017. Edición 19, año 01. Pitch Media investiga sobre la seriedad de los anunciantes, pero no es responsable de las promociones de los mismos. Prohibida su reproducción total o parcial sin previa aprobación por escrito. TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS.

Las opiniones expresadas por terceros, no representan, necesariamente, la posición de Firma o Pitch Media S.A.



resumen

Texto: Redacción /Fotos: EFE

Las protestas no se detienen

•Tras el anuncio del gobernante de Guatemala, Jimmy Morales, de declarar no grato y solicitar la expulsión del jefe de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), Iván Velásquez, diferentes grupos en apoyo

FIRMA 8

al mandatario, así como a Velásquez, han tomado las calles de esa nación para manifestarse. A pesar de la solicitud de gran parte de la población que pide su renuncia, Morales no da marcha atrás y defiende su actuar al mismo tiempo que se encuentra

analizando jurídicamente los pasos a seguir en este caso “diplomático” en el que encuentra detractores y algunos apoyos. El Congreso local también se ha visto dividido en cuanto a su posición sobre la situación.


Violencia machista

• Diferentes grupos feministas participaron de la Marcha del Silencio por las calles de Managua, Nicaragua. Los manifestantes recorrieron en silencio y vestidos de rojo cuatro kilómetros en el centro de esa ciudad para crear conciencia ante los femicidios en ese país centroamericano, que van en aumento. Durante el primer semestre de 2017, se reportaron 23 casos, mientras que en 2016, la cifra llegó a 49. Ello motivó a los manifestantes a portar carteles informativos como una forma de repudio ante estos crímenes.

Realizan congreso

• Los integrantes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), Liliana Suárez (i), el líder guerrillero Julián Gallo Cubillos (c) y Enrique Marulanda (d), participaron del Congreso Nacional de las FARC en Bogotá, como parte de las acciones que los transformarán en un partido

político. El congreso estuvo conformado por un delegado por cada 20 exguerrilleros, quienes serán los encargados de establecer el tipo de organización que serán, los representantes, los principios que defenderán y el nombre con el que se presentarán en las próximas elecciones de 2018.

Los exguerrilleros compartieron a través de redes sociales algunos mensajes que formarán parte de lo que denominan la ‘Nueva Colombia’, dentro de los que están el respeto al medio ambiente, la lucha contra la desigualdad y el diálogo como instrumento político.

FIRMA 9


resumen Protección para niñas

• La directora regional del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) para América Latina y el Caribe, María Cristina Perceval (i), y la directora regional para las Américas y el Caribe de la ONU Mujeres (de la Organización de las Naciones Unidas, ONU), Luiza Carvalho (d), participaron del foro Llamado de Acción para la Protección contra la Violencia de Género en Situaciones de Emergencia, en la que ambas llamaron la atención para proteger a las niñas en contextos de trance y dar pasos concretos hacia ese objetivo, como establecer servicios integrales especializados.

Cuestionan democracia

• El expresidente de la República, Óscar Arias, recibió en su casa de habitación a la otrora fiscala de Venezuela, Luisa Ortega. En una visita inesperada a nuestro país, la exfuncionaria denunció: “Hemos perdido la democracia en Venezuela. Ha ocurrido una

FIRMA 10

ruptura del orden constitucional desde hace tiempo”, palabras que fueron secundadas por quien recibiera el Premio Nobel de la Paz, que manifestó: “La constituyente ilegítima está acabando con lo poquito que quedaba en Venezuela”. Previo

al encuentro con Arias, Ortega visitó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sede en San José, con el fin de obtener información que requería para las denuncias que ha realizado, así como sostener algunas reuniones.



resumen

Fortalecen vínculos • La mandataria de Chile, Michelle Bachelet, visitó Honduras como parte de una visita oficial junto a una comitiva de funcionarios y empresarios chilenos en la que se abarcaron temas como el intercambio comercial entre ambas naciones, la integración regional y el regreso de Honduras a la Alianza del Pacífico. Tras una

FIRMA 12

reunión con el presidente del país anfitrión, Juan Orlando Hernández, dieron a conocer los alcances de su encuentro dentro de los que destacan becas para hondureños para que estudien en Chile y capacitación de cuerpos policiales por parte de la fuerza chilena. El encuentro sirvió, asimismo, para que el líder centroamericano

mostrara su Programa Nacional de Generación de Empleo y Crecimiento Económico Honduras 20/20, que consiste en un nuevo modelo de desarrollo con el propósito de producir más empleo y atraer mayor inversión en los sectores turismo, textil, manufactura de autopartes, servicios de call center y más.



tecnología

Más allá de ser un juego, esta aplicación de paga ofrece un verdadero ejercicio para la mente con el fin de que se mantenga activa y saludable. A través del test cerebral, el usuario podrá determinar qué tan ejercitado está su cerebro, mejorar sus capacidades y, eventualmente, convertirse en un ‘cerebro de la realeza’. La herramienta promete que, con su uso constante, la persona notará mayores habilidades para recordar y desarrollará cualidades de compromiso diario y constante con la meta de mantener ágil el cerebro el mayor tiempo posible.

TRAIN YOUR BRAIN

OMNIOUTLINER 5 Las excusas para olvidar sus ideas quedaron en el pasado gracias a esta arma que le permitirá más que solo subrayar palabras. A través del destacado, el usuario podrá crear categorías para organizar mejor sus ideas y recordarlas

FIRMA 14

para cuando las necesite. Su fácil plataforma admite construir documentos para compartir con diferentes opciones de plantillas. Igualmente, brinda opciones con gran variedad de estilos para columnas y listas ‘pop-up’.


LIFECRAFT Esta es una aplicación pensada para quienes llevan un diario. Su concepto nació con el propósito de alentar al usuario a ser una mejor persona y sacar lo mejor de sí. Esto lo logra gracias a su manera de capturar las ideas y la forma en la que el sujeto puede contar su historia del día. La herramienta apuesta a la reinvención personal, mejorando la calidad de vida de quien la use.

DR. CLEANER Si es usuario de Mac OS y siente que ha perdido espacio de almacenaje en la memoria de la computadora, esta herramienta puede ser una solución. Dr. Cleaner borra los archivos sin uso, los temporales y más para gestionar el

almacenamiento de una manera apropiada. Asimismo, cuenta con un optimizador de memoria que recupera la memoria de aplicaciones desinstaladas e identifica las aplicaciones que usan la mayor cantidad de memoria.


NUEVOS MODELOS Suzuki presentó, en nuestro país, los recientes modelos Ignis, Baleno y el nuevo Swift Revolution. Estos prometen ajustarse a las exigencias de la actualidad en cuanto a tecnología y diseño se refieren, especialmente con el Swift, que se reconstruyó totalmente para crear un concepto más deportivo. Estos vehículos cuentan con motores de combustión y una tecnología que ofrece un mejor desempeño, requieren menor mantenimiento y consumen menos combustible.

FIRMA 16


REUNIONES SINCRONIZADAS Usted puede dinamizar sus reuniones con esta pizarra SMART kapp 42. Este dispositivo es más que una pizarra de marcador, ya que permite que hasta 250 personas, desde cualquier

parte del mundo, puedan conectarse a través de sus dispositivos inteligentes para seguir el rastro en tiempo real de lo que usted escribe en ella, así todo el equipo de trabajo estará claro y

sincronizado. Con solo un botón, los participantes podrán guardar los contenidos que usted plasme en esta pizarra para que no pierdan detalle de lo dicho en cualquier reunión.

CARGA DISPONIBLE De seguro usted es de las personas que debe preocuparse constantemente por la energía de la batería de sus aparatos tecnológicos. El celular, el reloj inteligente y más se convierten en una serie de dispositivos que siempre necesitan tener suficiente carga. Precisamente, para no tener que lidiar con diferentes cargadores para

cada dispositivo, el MiPow Power Tube 6000 se convierte en una gran estación de carga portable. Consiente cargar todos los dispositivos Apple de una manera rápida. Esta potente batería garantiza el equivalente de 10 cargas de un Apple Watch y de un iPad, 2.5 veces. Su tamaño y forma le ayudarán cargarlo donde sea.

FIRMA 17


ENERGIA FRESCA ¿Sabe usted todo el trabajo que lleva poder disfrutar de un café tipo ‘cold brew’? Esta famosa bebida, favorita por muchos debido a su bajo contenido calórico y acidez, requiere de paciencia y algo de trabajo. Sin embargo, esta máquina de la marca Takeya le ayudará a poder deleitarse todos los días de un café perfectamente filtrado cortesía de su

particular mecanismo. Solo es necesario agregar el café de molienda gruesa en el filtro, agua y dejarlo reposar durante la noche. Una preparación le rendirá hasta para cuatro tazas y puede agregar más agua para ajustar su sabor. A pesar de estar hecho de materiales de alta calidad, en Internet se puede conseguir a precios muy accesibles.

BEBIDAS CON VIDA Atrévase a dar un toque especial a sus bebidas diarias con el efecto que le proporciona un gasificador como el que ofrece la marca AARK. Es compacto, por lo que no le quitará mayor espacio en su despensa. Gracias a su sistema, usted podrá disfrutar de agua con gas o convertir una bebida natural en una gaseosa saludable y única para darle más vida a sus bebidas.

FIRMA 18



tecnología

Ciudades inteligentes, el futuro que ya nos alcanzó

Por Randall Quirós Gerente General de SAP en Centroamérica. Ilustración: Shutterstock “En un mundo en el que ya más de la mitad de la población vive en zonas urbanas, el futuro de la civilización es, en gran medida, un futuro urbano” (Ban Ki-moon, exsecretario general de la ONU) Actualmente, hay siete mil 300 millones de habitantes a nivel mundial, cifra que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) espera ascienda a nueve mil 700 millones en 2030. Tal contexto orienta a Gobiernos y organizaciones a repensar el papel de las ciudades hacia la sostenibilidad con una infraestructura tecnológica que apoye en la disminución de consumo energético, mejore el transporte, la seguridad y el mismo Gobierno.

FIRMA 20

Esto es a lo que se les ha denominado ciudades inteligentes. Centros urbanos de innovación que usen la tecnología y las reglas cívicas para crear mejores condiciones de vida para sus habitantes. Asimismo, el hecho de contar con tecnología de la que todos participen, generen datos y estos sean analizados a través de la nube, brindaría la posibilidad de mejorar los servicios públicos. Las soluciones tecnológicas

encaminadas en este sentido serán las mejores aliadas en la creación de estrategias que respondan tanto a oportunidades como a los desafíos que surjan en el entorno urbano. Con ello, los líderes municipales podrán responder de mejor manera a los ciudadanos, gestionar decisiones de forma oportuna y optimizar la administración de los recursos. ‘Internet de las cosas’, otro gran aliado Como ya mencionamos, una


de las características de las ciudades inteligentes es que buscan la solución ante un determinado problema y en un contexto donde se cuenta con la infraestructura tecnológica para resolverlo. Es ahí donde entra en juego el ‘Internet de las cosas’, al implementar sensores que, por ejemplo, realicen análisis en tiempo real del tráfico y permitan actuar oportunamente. En Costa Rica, muchas zonas buscan convertirse en ciudades inteligentes, donde exista un sistema de información y recolección unificada de datos. Heredia, Cartago y San Ramón son algunos de los lugares innovadores en temas digitales en nuestro país. Por otro lado, en Latinoamérica, resalta el caso de la ciudad de Buenos Aires (Argentina). Luego de análisis a profundidad de distintas opciones en el mercado, decidieron aplicar los sistemas de SAP para el manejo de gran cantidad de datos de los usuarios y las obras que administran. La ciudad opera con estos sistemas en más de ocho mil obras realizadas mensualmente, que les permiten comunicar planes estratégicos con operadores y sensores inteligentes y hasta encausar denuncias de los ciudadanos en redes sociales. A partir de 2009, la ciudad de Buenos Aires decidió implementar módulos para

supervisar la gestión del mantenimiento y la limpieza en la ciudad. Gradualmente, en diferentes etapas, se fueron incluyendo todas las áreas de espacio público: limpieza, veredas, aceras, árboles, puentes, alcantarillado, parques, plazas, iluminación y semáforos. Como consecuencia directa, la ciudad empezó a obtener información fiable en tiempo real y poder seleccionar y priorizar las actuaciones: una de las que se definieron como más relevantes fueron la sustitución de las luminarias de la ciudad por tecnología LED y controles. Gracias a la iluminación inteligente, Buenos Aires se ha hecho más segura y más sostenible con el cambio de 90 mil luminarias donde cada una de las luces tiene una antena que transmite la información a un sistema central, lugar en el que un sistema llamado S A P - H A N A interviene y vincula esta información con los planes de operación. Así, han logrado un mayor control del alumbrado público y de las

operaciones de mantenimiento y un acercamiento más real a los problemas de corte de energía, vandalismo o la falla de una lámpara. Esta ciudad latinoamericana no solo ha ahorrado en dinero e impacto ambiental, sino, se ha convertido en una ciudad más democrática y participativa, porque gracias a las operaciones que diariamente se realizan en la gestión pública, se puede involucrar la opinión y demandas de los vecinos.

FIRMA 21


literatura Ley de Régimen de Zonas Francas y su reglamento Alex Rojas Ortega Este texto ofrece una visión amplia y detallada sobre el régimen que ha logrado atraer operaciones internacionales a nuestro país. El autor realiza diferentes comentarios e interpretaciones para una mejor comprensión. Rojas también incluye criterios relevante de la Dirección General de Tributación, entre otros, y explica de forma clara qué es este régimen, sus incentivos, sus tipos de empresas, los regímenes de exoneraciones, sus efectos y más.

Manual sobre la prueba en el Proceso Contencioso Administrativo Fabián Gamboa & Diego Padilla Este libro introduce el régimen probatorio en materia contencioso administrativo, partiendo de la premisa de que la práctica de la prueba en este sector jurídico, admite diferentes interpretaciones y prácticas jurídicas. Conocer cuáles son los elementos probatorios permitidos por el Código Procesal Contencioso Administrativo y cómo se introducen y practican, es la prioridad de esta publicación. Se consigue de forma gratuita en algunas bibliotecas del país, como la de la Universidad de Costa Rica, del Poder Judicial, entre otras.

Patria Fernando Aramburu Esta novela se ha convertido en una de las más leídas en Iberoamérica y relata el sufrimiento de una persona que sufrió en carne propia la pérdida de un familiar a manos del grupo terrorista ETA. Tras el abandono de las armas el protagonista se debate entre el perdón y el resentimiento. Trata temas como la imposibilidad de olvidar y de la necesidad del perdón en una comunidad dividida por el fanatismo político.

FIRMA 22


La organizaciĂłn Chambers & Partners realiza anualmente sus rankings de gran impacto en el sector legal. Estos son los resultados de este aĂąo.

FIRMA 23


·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS·

¿Qué es el

ranking de

Chambers and Partners? Por Rhodri Holtman Editor Chambers- Latinoamérica Ilustraciones: Shutterstock

FIRMA 24


·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS· Chambers and Partners se fundó en 1990 y se mantiene como una compañía líder en la creación de directorios legales. Nuestra empresa, que produce 12 guías, investiga 185 mercados legales con la ayuda de más de 170 investigadores. Por su parte, el equipo latinoamericano se compone de 18 personas que hablan inglés y también español o portugués y realizan investigaciones relativas a los distintos países de América Latina desde el mes de septiembre hasta abril. El proceso de clasificar abogados y bufetes jurídicos es amplio y riguroso, y se basa en diversos factores, entre estos, conocimientos y experiencia legal de los integrantes de cada firma, su cartera de clientes y la sofisticación del trabajo realizado. Sin embargo, el factor más importante a considerar es el nivel de satisfacción del cliente, lo cual es evaluado a través de una serie de entrevistas telefónicas con los clientes que han sido proporcionados por las firmas a lo largo del período de investigación. Los rankings corresponden a la jurisdicción en la que cada bufete ejerce, así como a las áreas de práctica en las cuales se especializa. Dichos rankings pueden ser empleados para reconocer el trabajo de un abogado en particular, un departamento en sí y, en algunos

casos, pueden reconocer ambos. Es decir, sería posible otorgar un ranking a un abogado y no al departamento y viceversa. Cabe añadir que el ranking de una firma se refiere a un departamento y no al bufete en su conjunto y que el hecho de estar mencionado en un área de práctica no implica que la firma figure a lo largo del capítulo y en otras áreas. Por otro lado, es importante mencionar que no solo se clasifica a firmas que provean toda clase de servicios legales, así como tampoco a bufetes que posean un mínimo número de abogados. Nuestro equipo de investigación es completamente imparcial a la hora de otorgar rankings y procura mencionar a todos los jugadores en un mercado determinado, sean bufetes de tamaño grande, mediano o pequeño. Como parte del proceso de investigación, solicitamos que las firmas nos manden una ‘submission’ (un formulario), en la cual las firmas tienen la oportunidad de detallar el trabajo que han realizado en el último año y brindarnos información sobre el área de práctica en cuestión. Además del formulario, pedimos que los bufetes nos entreguen una lista de hasta 20 clientes para cada área de práctica, con el fin de ser contactados para evaluar el servicio de la firma que facilitó

“El proceso de clasificar abogados y bufetes jurídicos es amplio y riguroso”

FIRMA 25


·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS·

“Nuestro equipo de investigación es completamente imparcial a la hora de otorgar rankings”

FIRMA 26

los datos. Recomendamos a los bufetes que se comuniquen con sus clientes de tal forma que estos estén atentos a los correos enviados por nuestros investigadores, dado que en la mayoría de los casos la investigación es llevada a cabo en un período limitado de tiempo, sin posibilidad de prórroga. Es posible ser clasificado en nuestra guía sin mandar los documentos mencionados en párrafos anteriores, puesto que nuestros investigadores suelen preguntar tanto a los clientes como a los abogados si existe alguna omisión o si trabajan con algún bufete que no aparece en nuestras clasificaciones. Dicho esto, para nuestro equipo de investigación es siempre más fácil componer las clasificaciones si dispone de esta información de antemano y puede conversar con los clientes directamente. La investigación de cada área de práctica dura un mes aproximadamente y los investigadores del equipo latinoamericano cubren 20 países y más de 250 áreas de práctica, por lo que es imprescindible que los bufetes revisen el calendario de investigación para cumplir con los plazos. El calendario es publicado anualmente durante los meses de verano e incluye el nombre del investigador

responsable por cada sección y las fechas límites para la entrega de documentos. El investigador servirá como primer punto de contacto para las firmas y los clientes y sería útil mantenerlo informado de cualquier novedad que podría afectar las investigaciones. Una vez empezada la investigación, la clasificación de cada departamento o individuo será determinada, en principio, por entrevistas telefónicas con los clientes. En algunos casos y si el investigador desea hacer preguntas específicas para así complementar la información ya comunicada en la ‘submission’, realizará entrevistas con ciertos abogados. Durante estas llamadas, el investigador preguntará sobre los rankings de nuestra guía más reciente para familiarizarse con las percepciones de las firmas y abogados dentro del mercado, aunque por lo general se pone mucho menos peso en estas respuestas porque se entiende que pueden llegar a ser parciales. Es importante destacar que el hecho de no recibir una llamada del investigador, no implica que un abogado o departamento no será considerado para un ranking, ya que cada caso es evaluado meticulosamente. Además, debido a que se recibe una gran cantidad de ‘submissions’ y a que se ha aumentado el número


·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS·

“LOS CLIENTES (DE LAS FIRMAS) SON NUESTRA PRINCIPAL FUENTE DE INFORMACIÓN.”

de clientes que se entrevista de 10 a 20, no siempre le es posible al investigador comunicarse con todas las firmas. Es necesario resaltar que siempre se prioriza la entrevista con clientes, dado a que estos son nuestra principal fuente de información para la elaboración de los rankings, mientras que las entrevistas con los abogados sirven para conocer el mercado. Después de cada investigación, se realizan reuniones internas con investigadores y editores secundarios para examinar los resultados, llegar a un consenso y compilar las tablas de clasificación. Por último y una vez cerrada la investigación, el investigador empezará a redactar su sección de la guía, tomando en cuenta los comentarios de los clientes, la información en la ‘submission’ y las observaciones del mercado. Finalmente, y quizás lo más importante de todo, aclarar que participar en nuestras investigaciones no genera ningún costo. Los rankings son gratuitos y existe ‘muralla china’ entre nuestro departamento y el lado comercial de la compañía. El departamento comercial no tiene absolutamente nada que ver con la decisión de clasificar o no a un abogado o a un bufete. Si una firma o un abogado son mencionados en nuestras clasificaciones, existe

“participar en nuestras investigaciones no genera ningún costo”

la posibilidad de comprar un perfil, un tipo de publicidad, y la posibilidad de patrocinar nuestros eventos, información que no es manejada por el equipo de investigación. Cualquier éxito que hemos logrado hasta el día de hoy se basa en la plena integridad de nuestras investigaciones y eso jamás cambiará.

FIRMA 27


·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS·

Las firmas mejor evaluadas Tras el estudio realizado por Chambers & Partners, estas son las firmas legales mejor evaluadas este 2017.

corporativo /fusiones & competencia adquisiciones

Banca & Finanzas Firmas Líderes

/antitrust

Firmas Líderes

Firmas Líderes

banda 1

banda 1 BLP Zürcher, Odio & Raven

banda 1

banda 2

Consortium Legal

Nassar Abogados Pragma Legal

banda 2 BLP LatamLex Abogados

banda 3 Arias Dentons Muñoz Pacheco Coto Vector Legal Zürcher, Odio & Raven

FIRMA 28

banda 3 Arias

BLP Consortium Legal Pacheco Coto

banda 2 Batalla Aguilar Castillo Love Arias Dentons Muñoz Lang & Asociados Nassar Abogados Sfera Legal

banda 3 Facio & Cañas

CENTRAL LAW Costa Rica Lexincorp Pragma Legal Soley, Saborío & Asociados Vector Legal Zürcher, Odio & Raven


·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS·

resolución de disputas

laboral

Firmas Líderes

Firmas Líderes

banda 1 Batalla Facio & Cañas Dentons Muñoz

banda 2 Artavia & Barrantes Abogados BLP

banda 3 Aguilar Castillo Love Consortium Legal Zürcher, Odio & Raven

ambiental

banda 1

Firmas Líderes

BDS Asesores

banda 1

banda 2

Batalla

Pacheco Coto

BLP Dentons Muñoz

banda 2

banda 3

Ecolegal Abogados GMA Consultores

Facio & Cañas

banda 3

banda 4

Facio & Cañas Arias BLP

Nassar Abogados

Aguilar Castillo Love

CENTRAL LAW Costa Rica Consortium Legal Lang & Asociados Oscar Bejarano & Asociados

FIRMA 29


·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS·

derecho público

Firmas Líderes banda 1 Batalla

telecomunicaciones

/Tecnología

impuestos

Firmas Líderes

Firmas Líderes

Soley, Saborío & Asociados

banda 1

banda 2

Consortium Legal

Arias BLP Ciber Regulación Pacheco Coto Zürcher, Odio & Raven

banda 2

banda 2

Arias BLP

Facio & Cañas

banda 3 Facio & Cañas

Consortium Legal Zürcher, Odio & Raven

Arias EY Law Pacheco Coto

banda 3 Batalla BLP Deloitte

FIRMA 30

banda 1

Puede consultar el estudio completo a través de nuestro sitio www.revistafirma.com



De izquierda a derecha: Raquel Salazar, asociada; Rodrigo Zelaya, socio; Mariela Solano, asociada; Alejandra Arguedas, asociada; y Sergio Amador, asociado

Batalla Abogados:

Grandes transacciones que se traducen en éxito Líder en asesoría en fondos de capital privado en la región, esta firma se ha destacado por la dedicación que entrega a cada uno de los casos y clientes que atiende. Ello ha rendido frutos, como los puestos alcanzados en el ranking de Chambers & Partners, tanto como despacho legal en conjunto, como con sus abogados liderando en diferentes áreas Por Cindy Regidor /Fotografías: Etzia Granera resolución de disputas banda 1

FIRMA 32

derecho ambiental banda 1

derecho público banda 1

propiedad corporativo banda 2

derecho tributario banda 3


“Nosotros hemos aprendido de ellos y ellos, de nosotros”. Con estas palabras describió el abogado y socio de la firma Batalla, Rodrigo Zelaya, la estrecha relación entre este despacho y sus clientes. Pero además, habló orgulloso de sus colegas y del equipo que han conformado, de las dinámicas de trabajo que les han permitido lograr éxitos y de los retos que han enfrentado y han puesto a prueba la capacidad y el nivel del bufete. No en vano, Batalla apareció destacada en el ranking de Chambers & Partners sección Costa Rica, en ‘Resolución de Disputas’, en la banda 1; en ‘Derecho Ambiental’, en la banda 1; en ‘Derecho Público’, en la banda 1; en ‘Derecho Corporativo’, en la banda 2; y en ‘Derecho Tributario’, en la banda 3. Los abogados de Batalla integran la lista también. En ‘Derecho Corporativo’, como ‘Leading Individuals’, aparecen Rodrigo Zelaya, en la banda 1, y Alejandro Batalla, en la banda 2. En ‘Resolución de Disputas’, como ‘Leading Individuals’, Alejandro Batalla, en la banda 1, y Róger Guevara, en la banda 2. En ‘Derecho Ambiental’, como ‘Leading Individuals’, Raúl Guevara, en la banda 1. En ‘Derecho Público’, como ‘Leading Individuals’, Alejandro Batalla, en la banda 1, y Raúl Guevara, en la banda 3. En la mención de ‘Asociados

en la Mira’, destacan Raquel Salazar y Marco Ureña; y en el área de ‘Derecho Laboral’, la abogada Graciela Soto; en ‘Derecho Tributario’, Alejandra Arguedas; y en ‘Competencia y Antimonopolio’, Marco Ureña. En esta entrevista, Zelaya habló acerca de los tipos de casos que maneja el bufete y que han permitido que sobresalgan a nivel nacional y regional. A grandes rasgos, el área corporativa, el derecho público, el derecho ambiental y el litigio son los que demandan considerable atención en Batalla. Sobre este último ítem, recientemente, participaron en un arbitraje internacional en Washington D.C. (EE.UU.). “Hemos tenido la posibilidad de vernos expuestos al manejo de litigios en otros lugares y hemos aprendido mejores prácticas para litigar en esos asuntos acompañando a abogados en otras jurisdicciones. Luego, venimos y lo aplicamos a los litigios que manejamos localmente”. Para él, el litigio es el campo que confirma la importancia del trabajo de equipos multidisciplinarios. “Muchas veces, en Costa Rica, los abogados litigantes son muy solitarios”, dijo y explicó que es importante tener un equipo que incluya a profesionales especializados en litigio, a aquellos que se especializan en la materia de fondo (ambiental, comercial, etc.) y también a personal de soporte

administrativo. “Ser litigante en un contexto de una firma organizada es una gran ventaja”, detalló. Al preguntársele sobre uno de sus casos insignes, Zelaya no dudó en hablar de la sólida experiencia que han desarrollado en asesoría en fondos de capital privados. En la región centroamericana, estos fondos son usualmente capitalizados por entidades financieras internacionales y organismos multilaterales, que “buscan un administrador que normalmente conoce más la región y que, conjuntamente, hace inversiones con el cumplimiento de ciertos objetivos; además, buscan uno que se enfoque en el financiamiento de pequeñas y medianas empresas, de proyectos de energía renovable y eficiencia energética y de proyectos de infraestructura”, explicó. Batalla ha asesorado a administradores de fondos por casi 20 años, no solo en Costa Rica, sino también en el resto de Centroamérica, Colombia y Perú. Esta asesoría ha consistido en la formalización y planeamiento fiscal de las inversiones, implementación y cumplimiento de los requisitos socioambientales exigidos por los inversionistas institucionales y supervisión de las inversiones y transacciones de desinversión para realizar sus retornos económicos. Sin embargo, el trabajo de Batalla en este campo no se

FIRMA 33


De pie: Mariela Solano y Alejandra Arguedas. Sentados: Raquel Salazar y Sergio Amador.

queda allí, puesto que el bufete ha adquirido experiencia en el proceso de formación de tales fondos, los cuales se organizan en jurisdicciones extranjeras. Para Zelaya, esta experiencia ha sido valiosa. En los últimos cuatro años, Batalla asesoró en la formación y rondas de capitalización de tres fondos: CASEIF III L.P., en 2014; Honduras Renewable Energy Financing Facility L.P., en 2016; y Caribbean Basin Sustainable Energy Fund L.P., próximo a concluir la primera ronda de financiamiento este año. CASEIF III L.P. se organizó en Ontario, Canadá, y tiene una capitalización de casi 40 millones de dólares. Batalla, con el apoyo de una firma canadiense, preparó la documentación legal para la formación del fondo y para tres

FIRMA 34

rondas de capitalización. En el caso de Honduras Renewable Energy Financing Facility L.P. y Caribbean Basin Sustainable Energy Fund L.P., se organizaron en Delaware, Estados Unidos, y tienen una capitalización de casi 50 millones de dólares. Aquí, la firma participó, junto a abogados de Nueva York y de Washington D.C., representando al administrador de los fondos. Precisamente, gracias a la experiencia en asesoría en fondos de capital privado, Batalla ha desarrollado una capacidad singular para destacar en el trabajo local y lograr un impacto global. “Hemos llegado a desarrollar en el trabajo con clientes una serie de competencias que muchas veces son aplicables en distintos países. Evidentemente, siempre estamos acompañados

por abogados locales y, en ese sentido, tenemos redes y contactos de firmas de abogados en la zona de influencia inmediata, los cuales son de mucha confianza y nos respaldan mucho. Esas competencias nos permiten participar y agregar valor en asuntos que no son necesariamente en Costa Rica o sujetos a la ley de Costa Rica”, comentó Zelaya. El balance entre celebrar éxitos y asumir nuevos retos es lo que ha hecho a esta oficina legal destacarse. En el último año, Batalla participó en una transacción en Colombia de 114 millones de dólares. “Por cierto, fue una transacción muy exitosa para el cliente, que invirtió 15 millones de dólares en 2010 (nosotros le ayudamos con esa inversión también) y, en 2017, sacó 114 millones de dólares”, relató el especialista. En el país, el monto más alto fue de 40 millones de dólares y, actualmente, se encuentran trabajando en uno regional que ronda los 130 millones. Los honores y méritos de Batalla son compartidos entre todos sus abogados, los cuales sobresalen de forma individual. Cada miembro del equipo está casado con el binomio de la alta capacidad profesional y la alta calidad humana. Esa es la fórmula de éxito. “Tenemos una reputación de mucha calidad técnica, pero que también inspira confianza”, concluyó Zelaya.



De izquierda a derecha: Jose María Oreamuno, Sergio Solera, Víctor Garita, Tomás Guardia, Carlos M. Valverde, Milagro Chaves, Luis Sánchez y Adrián Torrealba.

Facio & Cañas: 75 años de

formación y experiencia

El despacho trasciende con su trabajo, brindando servicios a una gran variedad de clientes y cosechando cuantiosos casos de éxito. Las numerosas menciones del bufete y de sus abogados en la lista de Chambers and Partners así lo confirman Por Cindy Regidor /Fotografías: Cortesía Resolución de Disputas banda 1

FIRMA 36

derecho tributario banda 2

propiedad intelectual banda 3

derecho corporativo banda 3

derecho ambiental banda 3

propiedad laboral banda 3

derecho inmobiliario y bienes raíces banda 3

derecho público banda 3


erecho úblico anda 3

En casos corporativos, de competencia y antimonopolio, laboral, de derecho público, de propiedad intelectual, de resolución de conflictos, de banca y finanzas, de impuestos, de ambiente, de telecomunicaciones y de medios, la firma costarricense Facio & Cañas destaca como uno de los despachos legales más importantes de la región. El bufete es dueño de una cartera de clientes que se ha mantenido a través del tiempo gracias a su reputación. “Facio & Cañas ha sido una de las firmas con mayor participación en grandes transacciones. Tenemos una amplia gama de servicios legales que brindamos al más alto nivel y clientes de primer orden con los que trabamos regularmente desde hace muchos años”, nos compartió su presidente, Carlos Manuel Valverde. En el ranking de Chambers and Partners de este año, Facio & Cañas se destacó de la siguiente forma: en ‘Resolución de Disputas’, en la banda 1; en ‘Derecho Tributario’, en la banda 2; en ‘Propiedad Intelectual’, en la banda 3; en ‘Derecho Corporativo’, en la banda 3; en ‘Derecho Ambiental’, en la banda 3; en ‘Derecho Laboral’, en la banda 3; en ‘Derecho Inmobiliario y Bienes Raíces’, en la banda 3; y en ‘Derecho Público’, en la banda 3. Asimismo, sus abogados también sobresalieron en

varias áreas. En ‘Propiedad Intelectual’, categoría ‘Leading Individuals’, aparecen Milagro Chaves Desanti, en la banda 2, y Jorge Tristán, en la banda 4. En ‘Telecomunicación, Medios y Tecnología’ (TMT), en ‘Leading Individuals’, Andrés Oviedo, en la banda 3. ‘En Derecho Corporativo’, en ‘Leading Individuals’, Víctor Garita y Carlos Oreamuno, ambos en la banda 3, junto con Sergio Solera y Carlos M. Valverde, en la banda 4. En ‘Resolución de Disputas’, en la categoría ‘Senior Statesman’, para socios antiguos destacados, Rodrigo Oreamuno, mientras que en la categoría de ‘Leading Individuals’, como ‘Estrella Individual’, Víctor Garita, y en la banda 4, Federico Torrealba. En ‘Derecho Laboral’, en ‘Leading Individuals’, Luis Sánchez, en la banda 2. En ‘Derecho Tributario’, merecen su puesto como ‘Leading Individuals’, Adrián Torrealba, en la banda 1, y José María Oreamuno, en la banda 2. En ‘Derecho Público’, en ‘Leading Individuals’ y como ‘Asociado en la Mira’, Alfonso Liao. En ‘Derecho de Competencia y Antimonopolio’, en la categoría ‘Leading Individuals’, Carlos Oreamuno, en la banda 2. Con una lista tan grande de menciones y distinciones a lo largo de varios años, la firma se enorgullece, tanto de sus apariciones como oficina legal líder en las distintas áreas, como

de sus abogados. “El talento y la experiencia es lo que nos ha llevado a tener abogados en las primeras bandas en diferentes años”, declaró Valverde, al mismo tiempo que explicó el modo en que el bufete se involucra para que los abogados destaquen de forma individual. “Facio & Cañas realiza una presentación de los abogados que conforman el equipo según el área de práctica. Esto incluye abogados anteriormente ‘rankeados’ y otros de las nuevas generaciones que, al formar parte del proceso y día a día de los casos, deben ser considerados”. La labor que Facio & Cañas ha realizado para compañías transnacionales como CocaCola, Intel, McDonald´s y Marriott ha sido determinante en su consolidación como bufete de prestigio. “Hemos asistido y acompañado a nuestros clientes locales y extranjeros en su estructuración corporativa para facilitar sus actividades de negocios o inversión en Costa Rica. Parte de la clave es una constante conexión con los clientes, con algunos de los cuales la relación ha sido de muchos años, incluso, décadas, como es el caso de los mencionados. Esto se logra gracias a la ética, al conocimiento y a la excelencia que nos caracteriza”. Por otro lado, el bufete también se ha destacado por llevar concentraciones cuyos

FIRMA 37


montos son significativos, tal es el caso de Nissan Motor Co., Ltd. con Mitsubishi Motors Corporation, cuya alianza fue de aproximadamente mil 962 millones de dólares; Reckitt Benckiser Group Plc. y Mead Johnson Nutrition Company, de 17.9 millones de dólares; y Deere & Company con Wirtgen Holding GmbH, de cuatro mil 357 millones de euros. Estas tres concentraciones ya han sido aprobadas. Actualmente, la firma trabaja con otros clientes cuyos montos superan los anteriores. Valverde relató que el trabajo de este tipo se ha incrementado debido a la reforma de la Ley 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor. “Costa Rica, desde 1994, cuenta con la Ley 7472, que regula las siguientes cuatro áreas: prácticas monopolísticas absolutas, prácticas monopolísticas relativas, concentraciones y derechos del

FIRMA 38

consumidor. Con la reforma de 2012, se introdujeron cambios en la tramitación de concentraciones. Esta reforma crea la figura de notificación obligatoria y previa (notificación ‘exante’ y ya no ‘expost’), procedimiento que es conocido por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom), órgano de desconcentración máxima del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. A partir de ciertos umbrales definidos por medio de criterios de activos o ingresos de los agentes económicos involucrados, se debe completar el procedimiento de notificación previa a Coprocom, que resuelve a partir de la información que reciba, pida e identifique. Lo que se busca es que ninguna transacción económica de esta índole tenga efectos anticompetitivos para el mercado costarricense. En Facio & Cañas, hemos asesorado a múltiples clientes en el

procedimiento de notificación previa ante Coprocom para agentes económicos nacionales e internacionales”, detalló el especialista en leyes. Finalmente, para Valverde, las alianzas que Facio & Cañas mantiene a nivel internacional son, igualmente, una fortaleza importante de destacar. “Desde finales de los años 80, somos la firma exclusiva en Costa Rica de Lex Mundi, la red internacional más grande y prestigiosa de firmas legales con presencia en más de 100 países, y del Club de Abogados, la asociación profesional de bufetes más tradicional y antigua del mundo. Esto nos permite una visión global del negocio, que es parte del valor que brindamos a nuestros clientes, así podemos facilitarles el acceso a transacciones transfronterizas de manera eficiente y con costos razonables. Todo ello nos hace altamente competitivos”, concluyó.



·ESPECIAL RÁNKING DE FIRMAS·

Tatiana Rojas “Me veo como una garante de legalidad”

FIRMA 40


El éxito de una firma legal no es un tema de tamaño, de número de abogados o de cantidad de clientes. La apuesta por los elementos que permanecen en el tiempo se ha convertido en la piedra angular para Aguilar Castillo Love, el bufete con las raíces más antiguas y aún activa del país y que ha destacado a nivel internacional. Ha recibido, además, el mérito de aparecer en la Banda 1 en Derecho Corporativo y Comercial en la guía Global de Chambers and Partners. Por Cindy Regidor Fotografías: Luis Navarro

Aguilar Castillo Love, la firma con las raíces más antiguas y aún activa del país -y, probablemente, de Centroamérica- cubre, además de Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Panamá y Ecuador. Allí, llegó ella, cuando apenas era estudiante de Derecho. Empezó como pasante, laborando como asistente legal. Ya han pasado 21 años desde entonces y la ahora socia Tatiana Rojas, madre de dos hijos, comparte su trayectoria en el bufete que la ha visto crecer como individuo y como profesional. Rojas tiene un máster en Derecho Penal Económico Internacional por la Universidad de Granada de España. Durante los últimos 15 años, ha atendido a compañías multinacionales con operaciones regionales y necesidades distintas. “Mis áreas de práctica comprenden derecho corporativo, fusiones

y adquisiciones, derecho penal económico y cumplimiento”, detalló. Para Rojas, eso es importante, pero lo que ha sido realmente esencial es la apuesta del despacho por asegurar que sus miembros no solo tengan y entiendan la importancia del conocimiento legal técnico de fondo, sino lo fundamental que es compartir los valores y ponerlos por encima de consideraciones estrictamente materiales. “Mis padres me enseñaron el valor de la fe, la lealtad, la honradez y la responsabilidad. Creo que la pasión por cada cosa que hacemos hace que todo tenga un sentido de pertenencia y agregue valor. De hecho, nuestra visión como firma legal es ejercer el derecho con integridad y plasmar eso en lo que hacemos cada día. A través de mi trabajo y de mi práctica me veo como una garante de legalidad. Para mí, lo

más importante es que, a partir de mi trabajo, hago lo correcto y ayudo a que la gente haga lo correcto, lo que me hace sentir satisfecha y comprometida con una sociedad más sana”. A través de la experiencia de Rojas como miembro de esta oficina, se puede ver también la importancia que Aguilar Castillo Love le da a una cultura organizacional que propicia el crecimiento de sus miembros. “Una persona dentro de esta firma siempre tiene oportunidades de crecimiento como las he tenido yo, tanto desde el punto de vista personal y como del profesional. He podido, en diferentes momentos, ir culminando etapas, abriendo camino hacia otras oportunidades, y creo que cualquier individuo puede tenerlas aquí, siempre que dé la milla extra”, aseguró. Por otro lado, para Rojas, el haber consolidado su carrera en una sola oficina legal se traduce en un beneficio para ambas partes: “Ha sido mi escuela y han sido mis mejores mentores. Yo creo que la experiencia laboral tiene un impacto importante en nuestra vida personal y esto llega a repercutir en la vida diaria, en la formación de la familia y en la visión de vida. Durante los años, he vivido distintas experiencias y, conforme he evolucionado a nivel personal, he evolucionado a nivel profesional. Por otro lado, conozco muy bien la firma, sé qué tipo de trabajo es el que hacemos, la calidad del servicio

FIRMA 41


que damos, y sé quiénes son nuestros clientes”, aseveró. Respecto a la parte externa, uno de los aspectos vitales en la relación con sus clientes es la cercanía. “Entre más cerca se encuentre el abogado corporativo de las necesidades de la compañía y entre más cerca trabaje con el abogado interno, con el Departamento de Recursos Humanos y con el área comercial, tenemos más posibilidades de conocer cuáles son las necesidades que, día a día, la empresa tiene y la atención que requiere. Lo que nos permite, además, anticiparnos a las necesidades y visibilizar los posibles riesgos, contingencias, medidas de prevención y medidas de seguridad e incorporar prácticas más adecuadas”, destacó. Otra de las ventajas que como profesional ha tenido en un bufete con presencia internacional es haber acumulado una experticia regional. “Trabajo, efectivamente, para compañías que tienen operaciones en toda la región y tengo que ver sus necesidades a nivel regional. La oportunidad de tener excelentes abogados locales en cada uno de los países, con alineamiento de cultura y valores y un tiempo de

respuesta inmediato, nos ayuda a dar ese servicio desde una oficina para toda la región: somos abogados con conocimiento del derecho centroamericano. Fuimos los primeros en iniciar con el modelo regional y hemos visto el proceso con una perspectiva atemporal”. Finalmente, para la jurista, resulta un beneficio muy importante que Aguilar Castillo Love haya sido el espacio para involucrarse en actividades que promueven un rol cada vez más relevante de la mujer en la profesión, así como también apoyar a otras mujeres a través de acciones ‘probono’. Como parte de su papel como socia dentro del bufete, lidera, junto a otras colegas, dos programas: uno internacional y otro nacional. Se trata de The Cyrus R. Vance Center for International Justice, mediante Women in the Profession Program Costa Rica (WIP), y del Programa Aguilar Castillo Love Mujeres. “Creo en el rol relevante de la mujer en la sociedad, como ser que da vida y tiene un aporte fundamental en la formación de personas. Creo en el apoyo a la mujer en situaciones vulnerables como una manera fundamental de formar mejores seres humanos y crear oportunidades,

por lo que participar de este tipo de programas me ha permitido encontrar que, a través de mi profesión, puedo ser del mismo modo un instrumento para promover el rescate, liderazgo y empoderamiento de la mujer”. Bajo el programa de Aguilar Castillo Love Mujeres, las profesionales se reúnen y se fijan objetivos dirigidos a trabajos ‘probono’ que impactan a nivel centroamericano. “En este momento, acabamos de iniciar un programa para una fundación internacional que ha creado un vehículo legal para tener presencia en Centroamérica. Esta fundación se enfoca en trabajar con mujeres en extrema vulnerabilidad y que no han tenido oportunidades en la sociedad”, detalló. “Creo que este es un lugar donde tenemos una visión definida, fuerte y contundente de quiénes somos, desde los socios fundadores. Nuestros valores fundamentales no cambian con el paso del tiempo, ni con tendencias, lo que importa es satisfacer las necesidades y expectativas de nuestros clientes y para esto la principal regla es mantener la integridad y la ética en el trabajo que producimos”, concluyó la abogada.

Aguilar Castillo Love es una de las firmas destacadas en el ranking de Chambers and Partners Costa Rica: derecho corportivo banda 2

FIRMA 42

resolución de disputas banda 1

derecho inmobiliario banda 1

derecho laboral banda 1


FIRMAS EN EL RADAR

Algunas firmas legales destacan por su trabajo constante e innovador. Acรก le mostramos algunas que han sobresalido este 2017.

FIRMA 43


Alvarado & Asociados: la firma de referencia en el occidente del país Desde Guanacaste, han construido su nombre y prestigio no solo atendiendo las necesidades de la zona, sino incluso más allá, sirviendo a importantes entidades financieras y a cada uno de sus clientes con el mayor esmero y profesionalismo Por Cindy Regidor /Fotografías: Cortesía Buen servicio, calidad, puntualidad, responsabilidad, eficiencia y honestidad. Esos son los valores que profesa la firma Alvarado & Asociados, de acuerdo con su fundador, el abogado Carlos Alvarado Villalobos, y son los que han permitido su posicionamiento desde sus orígenes en Guanacaste en el año 1988. Y es que, con casi 30 años de trayectoria, el bufete ha recorrido un camino en el que cada paso y cada meta han sido trazados con el objetivo de trascender como un despacho sólido y confiable. Alvarado y su socia e hija, la jurista Ana Elena Alvarado, repasaron

FIRMA 44

con Firma esa ruta con orgullo, pero también, siendo conscientes del compromiso que implica ver hacia el futuro. “Desde el inicio, nos propusimos ser la firma más grande. No hay ninguna otra en Guanacaste que tenga la misma cantidad de profesionales y personal”, respondió Carlos Alvarado al consultársele sobre sus comienzos. Y agregó: “Ese crecimiento ha sido gracias al esfuerzo y a una visión clara de los objetivos. Teníamos oficinas en Liberia, en Bagaces, en La Fortuna de Bagaces y en Guayabo de Bagaces. Eran cuatro oficinas y hubo mucha posibilidad

de trabajo. Fuimos explorando todas las zonas y, una vez que nos fortalecimos y nos dimos a conocer, nos concentramos en esta localidad, en Liberia, creando todos los múltiples servicios que brindamos”. Al día de hoy, Alvarado & Asociados ofrece servicios en derecho corporativo comercial, derecho civil y notariado, derecho de familia y sucesorios, cobro judicial, mediación y conciliación, bienes raíces, derecho inmobiliario, derecho penal y consultoría en negociaciones para que los clientes logren realizar sus metas. Un caso insigne de éxito de esta


oficina legal es la relación que por 25 años ha establecido con las entidades financieras más importantes del territorio nacional, como son el Banco Nacional de Costa Rica, el Banco de Costa Rica, el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, el Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda y Coopecaja. “Durante mucho tiempo, hemos permanecido brindando esos servicios en razón de la calidad que damos a los bancos”, sostuvo Alvarado (padre). “Ellos hacen un análisis al final del año y siempre nos dan una alta calificación del cumplimiento”, añadió su hija y, como se trata de procedimientos muy estrictos, esto les ha ayudado a formar un sistema de trabajo con el cual han logrado cumplir no solo con las entidades financieras, sino con el resto de sus clientes. Precisamente, este tipo de experiencia es la que les ha valido para posicionarse en el mercado. “Darles servicios a esas entidades financieras crea un plus. No es cualquiera el que puede ser su abogado o notario, y esos 25 años de ser sus representantes legales nos han dado mucho prestigio con la clientela en particular”, explicó el fundador. De hecho, dos elementos vitales en la relación con los clientes han sido la honestidad y la transparencia con la que los tratan. “Nosotros no vamos a decirles lo que quieren escuchar, ni vamos a vender expectativas que no se van a lograr: vamos a hablarles siempre claramente de cuáles son

las posibilidades que se tienen en los diferentes procesos y las distintas variables que hay que considerar”, asimismo detalló. Alvarado & Asociados posee su propio centro de negocios, donde provee un servicio integral, necesidad que ellos identificaron por su experiencia en la zona, pues no existía tal espacio en la provincia de Guanacaste, un espacio que generara comodidad y confianza al mismo tiempo. “Tenemos todo el equipo tecnológico, una sala especializada con todos los medios necesarios y, al mismo tiempo, nuestra asesoría”, puntualizó Carlos Alvarado. Las instalaciones de Liberia son, además, amigables con el medio ambiente, pues cuentan con paneles solares, sistemas de ahorro de agua y de reciclaje, iluminación natural y muebles de madera certificada. Guanacaste tiene una dinámica propia en el ejercicio de los bufetes. Así lo comentaron ambos especialistas. “El mercado aquí es diferente. Hemos logrado tener los conocimientos e instrumentos necesarios para acompañar a los clientes en sus necesidades, incluso, en sus desarrollos urbanísticos e inversiones. Inicialmente, todos los extranjeros que llegaban aquí buscaban abogados en San José, hasta que nosotros notamos esa circunstancia y quisimos crear una firma con la cual los extranjeros que vinieran a invertir a Guanacaste no tuvieran que ir a buscar a otro lado, tanto desde el punto de vista de infraestructura

como de responsabilidad, calidad de servicio, puntualidad y servicio al cliente”, declaró don Carlos. Por ello, contribuir al desarrollo profesional y de manera individual de los abogados que componen el despacho es, conjuntamente, una condición indispensable. “Propiciamos un espacio de estudio. Dos abogados son profesores en la Universidad de Costa Rica; permitimos el desarrollo en la parte académica y los incentivamos a que continúen estudiando y actualizándose. El bufete patrocina actualizaciones para que todo el equipo asista y estén en conocimiento de las nuevas normativas y de situaciones que son de nuestro interés y de nuestros clientes”, compartió Ana Elena Alvarado. Igualmente, destacó que para Alvarado & Asociados es importante promover el talento profesional local. “Existen muchos profesionales en la zona capaces de llevar a cabo todos los retos. Como firma originaria de Guanacaste, sabemos que acá los clientes encuentran seguridad y responsabilidad”. De este modo es como el despacho se ha convertido en una vitrina para profesionales jóvenes de Guanacaste. Finalmente, para el creador de Alvarado & Asociados, el otro punto clave que ayuda a ir a la vanguardia es la comunicación directa y constante con cada uno de sus clientes. “Lo importante es que la gente se sienta bien atendida”, concluyó.

FIRMA 45


ZAR Abogados: modelo para ejercer derecho Una visión novedosa que enfoca el área de las leyes como una carrera de verdadera asesoría al cliente y donde la premisa de sus profesionales es crecer y desarrollarse integralmente son algunas de las características que han colocado a este bufete como una firma a tener en cuenta Por Mariana Sáenz Mora /Fotografías: Luis Navarro

FIRMA 46


Especialistas en derecho penal, constitucional, de familia, inmobiliario, laboral, contencioso administrativo y notariado y creada en 2016, esta joven firma se ha convertido en todo un referente de modelo de negocio y procesos de desarrollo interno. Su cartera de clientes no ha dejado de crecer. Cada de uno de ellos ha quedado satisfecho y eso ha significado una recomendación para otro nuevo. La combinación de profesionales frescos con deseos de participar activamente en cada caso les ha llevado a conformar un bufete con miembros de distintas especialidades que laboran en casos individuales o en conjunto, lo cual es una gran ventaja, pues el trabajo en equipo amplía su estrategia de acción en el derecho. Sus socios fundadores, Cristina Zamora y Allan Morales, han sido abanderados de tener sus instalaciones y conocimientos abiertos para que nuevos expertos se integren ejerciendo realmente. Ellos mismos lo denominan modelo colaborativo, donde la estructura es más libre y se enfoca en el cumplimiento de objetivos. A través del tiempo, han demostrado que esto los ha mantenido en un crecimiento sostenido. “Nuestra idea ha sido que cada uno se convierta en su propio jefe. Sabemos que a nivel de conjunto, cada uno

puede aportar bastante para cada caso, además, nos interesa que los recién graduados que se integren a ZAR estén activos en cada caso y dejen de cumplir funciones de asistentes sacando copias: que se incorporen realmente en la materia”, explicó Zamora. “Estamos convencidos de que cada cliente recibe una dedicación consciente, donde el profesional que le acompaña se mantiene actualizado y conoce el alcance real de las herramientas digitales, lo que muchas veces facilita el acercamiento que cada uno busca encontrar en su situación”, explicó Morales. Uno de los fuertes es su asesoría inmobiliaria. Su fina visión y el estudio minucioso les han otorgado grandes resoluciones en casos de todo tipo. Sean casos de grandes empresas o solamente de un cliente, su dedicación no aminora. Esto se ha traducido en casos de éxito, donde se ha recuperado el valor de activos de una sociedad en venta por más de la mitad de lo ofrecido y la recuperación de fincas para un propietario. Según detalló Zamora, uno de los casos más significativos fue la recuperación de unos terrenos en Sarapiquí que presentaban más de 30 anotaciones de expropiación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Esto impedía a su propietario recibir el bono de la

vivienda. El éxito para finiquitar todo el proceso les generó que el cliente diera a conocer al bufete a personas con la misma afectación en la zona. También, dentro de sus enfoques, han dirigido sus esfuerzos a educar a los clientes, sobre todo, corporativos, para que visualicen la asesoría legal, no como una reacción a un evento, sino desde una perspectiva preventiva. Por esta razón, realizan conferencias y seminarios con temas de actualización. Por ejemplo, los últimos meses decidieron intensificar las actualizaciones a empresas con el tema de la Reforma Procesal Laboral, la asesoría de temas inmobiliarios dirigida a constructoras y arquitectos, entre otros temas. Asimismo, en ZAR Abogados está presente una filosofía de responsabilidad social corporativa, donde deciden involucrarse en ayudar a personas que quizás no pueden sufragar el costo total de su necesidad jurídica. Otra de las aristas de su visión es maximizar el uso del recurso de tecnologías digitales para disminuir la huella ambiental, utilizando mucho menos papel. Con su evidente dinamismo, el ambiente interno de ZAR Abogados destaca por la sinergia auténtica del grupo de colaboradores, una que los mantiene con el objetivo de seguir creciendo, siempre con metas por alcanzar.

FIRMA 47


Alejandra Peña, Kendall Ruiz, Gustavo Ruiz, Susana Fallas y Zinia Rojas.

Aselecom:

el objetivo de crecer juntos Pensar en el presente y en la seguridad de sus clientes y asociados en pos de que puedan cumplir sus metas sigue siendo su corazón ideológico a 21 años de su fundación Por Mariana Sáenz Mora /Fotografías: Etzia Granera

FIRMA 48


Kendall Ruiz y Gustavo Ruiz.

Su servicio está en brindar asesoría legal y comercial a todos sus clientes y su equipo consiste en un grupo de 15 abogados: todos y cada uno de ellos son una pieza fundamental. Han sabido apoyarse mutuamente para dar una asistencia ágil y una respuesta efectiva. Ellos son Aselecom. A lo largo de los años, su visión y experiencia en cobro judicial, notariado y registros sanitarios los han colocado en el mapa de grandes empresas y asociaciones solidaristas, no solo del país, sino de la región. “Contamos con una estructura regional que nos permite trabajar en Centroamérica (incluyendo Belice), República Dominicana y Puerto Rico. Todos los miembros de la firma son conscientes de que integran un verdadero equipo”, explicó Gustavo Ruiz García, socio fundador. Y es que Aselecom nació con un concepto visionario y funciona como un bufete donde sus abogados trabajan de manera

Alejandra Peña, Zinia Rojas y Susana Fallas.

fusionada para que el cliente siempre sea atendido de la mejor manera. De hecho, su modelo de servicio no los contempla como asistentes que brindan respuestas transitorias, sino que están preparados para brindar un acompañamiento real como equipo. “Siempre hemos trabajado bajo un marco de conocimiento paralelo, esto nos permite ampliar la visión gracias al conocimiento de todos para brindar al cliente la agilidad que cada uno espera en su proceso”, explicó su director, Kendall Ruiz. “En Aselecom, damos un enfoque conceptual de importancia a cada caso, lo convertimos en el caso y compartimos esa sensación con quien asesoramos”, añadió. A lo largo de su fundación y gracias a su pericia, han obtenido buenos resultados en casos como, por ejemplo, donde existió un litigio por materia publicitaria entre empresas, concluyó con la demostración de que su cliente, siendo una gran empresa, se había

mantenido bajo el estándar legal de uso de imagen corporativa sin quebrantar ni atropellar al demandante, logrando revertir así una cuantiosa demanda. Ruiz fue claro en que la transparencia en los procesos es una cualidad inquebrantable del equipo que conforma Aselecom, así garantizan absoluta seguridad al cliente. Asimismo, el mantener la vigencia se refleja en la formación de un sitio de capacitación y especialización de profesionales en sus instalaciones. Así, surgió el Centro Nacional de Resoluciones Alternas de Conflictos (Cenrac), que cuenta con mediadores y conciliadores certificados que pueden establecer negociaciones con carácter de sentencia, los cuales están certificados por el Ministerio de Justicia y Paz y la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (Dinarac). Igualmente, Aselecom trabaja con resultados enfocados, lo que es un garante para sus clientes al saber que no nutren falsas expectativas de su realidad. “Percibimos que es muy importante dirigir con la realidad a quien nos consulta. El exponer su búsqueda para resolver debe ir acorde con el que Aselecom le explique si en realidad hay o no un caso. No consideramos el mantener a un cliente si en realidad no lo hay. Es necesario mantener sus expectativas acordes a la realidad y alcances”, concluyó Ruiz.

FIRMA 49


Las acciones son referencia La Firma de Abogados es su nombre, y ellos han sabido actualizarse y proyectarse en medios digitales, lo que poco a poco se ha convertido en un marco de referencia para diversos casos, muchos de ellos complicados para resolver. Enfocados en que el conocimiento es una herramienta vital para ejercer derecho en la actualidad, el bufete mira el futuro positivamente Por Mariana SĂĄenz Mora /FotografĂ­as: Etzia Granera

FIRMA 50


Fundado como una empresa familiar, Rafael Rodríguez y su esposa Yamileth Fernández han cimentado su conocimiento y experiencia en las virtudes del litigio. Orientados en materia penal, laboral y de familia, su bufete ha marcado caminos a seguir mediante una estrategia de comunicación y programas dirigidos a profesionales. Activos en canales virtuales, han convertido eso en una ventana para dar a conocer abordajes, resolver consultas y ser guía y un centro de información para los mismos profesionales, así como una incidencia de ayuda social en algunos casos. “Consideramos muy importante difundir información. Hemos participado en la creación de capacitaciones junto con el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica e impulsado la creación de los programas de Defensoría Social Penal, que permitió llevar a más de 100 abogados a un proyecto de capacitación y con enfoque hacia lo social”, explicó Rodríguez. De este modo, nació el proyecto de la Defensoría Social Laboral que, en su momento, sirvió como referencia. Convencidos de que la mejor manera de llegar a los casos es la misma referencia, su apertura se ha extendido precisamente a dar un apoyo social como parte de su responsabilidad social corporativa, donde las personas pueden consultar y recibir un breve norte. Para este despacho,

sus funciones deben ser de acompañamiento y apoyo en cada caso, no en vano su lema es: “Somos La Firma de Abogados, su firma de confianza”. Ese mismo interés los mantiene activos no solo en sus casos con cada cliente, sino que lo proyectan en otros gremios. Un ejemplo claro de esto es que son los impulsores de la creación de la Asociación Costarricense de Guardas y Vigilantes de Seguridad Privada, la cual vela por los derechos de los oficiales de este sector laboral que, actualmente, cuenta con siete mil personas involucradas. El equipo de esta oficina legal busca conciliar asegurando los derechos de un sector necesitado de respaldo. “En materia penal, nos enfocamos en la defensa sin distinción, en una sentencia justa para el imputado en caso de ser nuestro cliente o para la víctima, pues creemos que es un derecho básico”, continuó Rodríguez. En ese sentido, para este bufete, es prioritario que el abogado esté en constante capacitación y que, a su vez, promueva la cercanía. “Creo que la capacitación y el conocimiento profundo inciden mucho en la resolución de un caso. Es importante la capacidad de analizar la prueba y determinar los puntos cuestionables de un peritaje, observar las metodologías que han influido para las conclusiones, crear un vínculo sólido con la persona, en el cual, quien la defienda,

conozca toda la verdad de los hechos”. De igual manera, se enfocan en la administración de la pena, pues no dan por terminado un proceso una vez que se dicta sentencia. Cuando se determina la condena, La Firma de Abogados asesora al cliente y a sus allegados para que tengan conocimiento de que esa pena puede disminuirse con los beneficios penitenciarios de llegar a aplicarse. “Somos creyentes de procesos de socialización de los privados de libertad. El Estado tiene una responsabilidad con esta población, no solo en la sanción, sino en que la persona, en algún momento, se socialice y no reincida”, añadió Rodríguez. Defensores de la credibilidad y la claridad de los procesos de la mano de un trabajo en equipo, La Firma de Abogados continúa su programa de proyección y capacitación, aferrados a la verdad de los procesos.

FIRMA 51


Reglamentos internos de condominios regulan la convivencia entre vecinos Karen Quevedo

Abogada y gerente comercial de Garnier & Garnier Desarrollos Inmobiliarios Ilustración: Shutterstock

Comprar casa no es una decisión sencilla: son muchos los factores que deben tomarse en cuenta antes de adquirir una vivienda, tanto desde la perspectiva financiera como de estilo de vida. En primer lugar, antes de iniciar la búsqueda de la propiedad, se recomienda que la persona haga un análisis de su realidad financiera y expectativas y hábitos de vida. Esto le permitirá definir qué tipo de proyecto se

FIRMA 52

ajusta mejor a sus necesidades. También, deben considerarse las condiciones del mercado: el aumento acelerado de la población, la necesidad de residir en núcleos urbanos (cerca de las fuentes de trabajo), los pocos terrenos disponibles para construcción en estos lugares y el aumento del precio de la tierra, todos, factores que favorecen el creciente desarrollo de proyectos residenciales bajo la estructura legal de condominios.

Los condominios pueden abarcar varias soluciones de vivienda habitacional: proyecto residencial de casas, apartamentos en torres, ‘townhouses’, lotes y dentro de ellos subcondominios (lotes o de apartamentos). Son comunidades cerradas donde que se rigen bajo reglas y normas propias para favorecer la sana convivencia entre vecinos. De acuerdo con las tendencias del mercado inmobiliario


costarricense, el crecimiento de las construcciones verticales (modalidad mediante la cual cada condómino es propietario exclusivo de parte de la edificación conformada por varios pisos y en común de todo el terreno y edificaciones o instalaciones de uso general) en el Gran Área Metropolitana superó, en los últimos tres años, el de las tradicionales residencias horizontales o casas (la modalidad donde cada condómino es propietario exclusivo de un terreno propio y de la edificación construida sobre él y copropietario de las áreas comunes). Según cifras de la consultora Cake Business Development, entre 2014 y 2016, la venta de unidades residenciales en torres registró un aumento del 9,94% frente a 2,39% de los condominios horizontales tradicionales. Este es un factor que está replanteando la forma de vivir del costarricense y, a su vez, la convivencia entre vecinos. Este incremento en la oferta es una de las razones por las cuales, muchas personas, sobre todo profesionales jóvenes, están optando por vivir en apartamentos en torre, un núcleo más reducido que ofrece facilidades de mantenimiento y amenidades de carácter social y comercial que mejoran la calidad de vida de los usuarios, pero que también conllevan una serie de responsabilidades,

puesto que exigen el respeto de los reglamentos para vivir en armonía. Según los expertos del sector, no importa si una persona vive en un condominio vertical, horizontal o mixto, hay tres documentos que debe conocer: uno, la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio #7933; dos, el Reglamento a la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio #32303-MIVAH-MEIC-TUR; y tres, el reglamento interno de cada condominio. Este último es el instrumento jurídico que complementa y especifica las disposiciones de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio y del Reglamento a la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, de acuerdo con las características de cada proyecto habitacional. Es el estatuto que regula los derechos y obligaciones específicas de los copropietarios de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad en condominio. Es decir, cuando el comprador decide adquirir una propiedad en condominio, debe entender que, además de los límites que las normas comunes de convivencia establecen, cada condominio tiene un reglamento específico que normaliza las obligaciones y derechos para los condóminos. Estos reglamentos abarcan aspectos como el uso de bienes y áreas comunes (reservación de áreas, mantenimiento, gastos), seguros, mascotas,

usos de vehículos y estacionamientos, manejo de desechos y basura, multas y sanciones por incumplimientos, responsabilidades y obligaciones de la administración y condóminos, entre otros. Estos reglamentos suelen incluir lineamientos en cuanto a fachadas, pintura, ampliaciones o remodelaciones, entre otros. En algunos casos, los reglamentos pueden contener mecanismos para resolución de conflictos entre condóminos. Si se presenta un problema entre vecinos que deriva de un incumplimiento al reglamento, el administrador del condominio tendrá la responsabilidad, en primera instancia, de atender la situación e implementar las acciones correspondientes, como lo estipula el reglamento. Si el problema trasciende, se puede acudir a mecanismos de Resolución Alterna de Conflictos (RAC) para conciliación y mediación, los cuales son comúnmente utilizados a fin de resolver este tipo de situaciones. Recuerde que es responsabilidad de la empresa desarrolladora o vendedor facilitar el acceso al reglamento del condominio, previo a la firma de cualquier contrato, de este modo, el comprador podrá asegurarse que, en este, se respetan sus derechos fundamentales y que las condiciones estipuladas en el mismo se han establecido de la mano del ordenamiento jurídico nacional.

FIRMA 53


El proceso monitorio laboral David Abarca

Abogado Ilustración: Juliana Barquero

El artículo 428 del Código de Trabajo Reformado establece la posibilidad al juez de crear procedimientos más convenientes para las partes en aras de contar con una resolución más célere siempre y cuando

FIRMA 54

se respete el debido proceso. En él, leemos: “(…) En todo caso, si hubiera omisión acerca de la forma de proceder, los órganos de la jurisdicción laboral estarán autorizados para idear el procedimiento

más conveniente, a fin de que pueda dictarse con prontitud la resolución que decida imparcialmente las pretensiones de las partes, con tal de que se les garantice a estas el debido proceso. En todo caso, se


respetará la enunciación taxativa de los recursos hecha en este Código”. Numeral que hay que relacionar con los artículos 421 y 422 de dicho código, toda vez que en estos se nos mencionan los principios generales del proceso y los principios básicos del proceso laboral; por otra parte, no podemos olvidar el numeral 41 de la Constitución Política, el cual nos habla del principio de justicia pronta y cumplida. De ahí que el texto incorporado permita al juzgador emitir una sentencia anticipada (es decir, sin necesidad de llegar a audiencia), cuando se cumplan los supuestos establecidos en algunos de los siguientes artículos: 506, 507, 508 y 509 del Código de Trabajo Reformado. Respecto a este punto, el artículo 506 señala: “Si la parte demandada se allanara a las pretensiones del actor, no contestara oportunamente la demanda o no hubiera respondido todos los hechos de la demanda, de la forma prevista en este código, se dictará sentencia anticipada, en la cual se tendrán por ciertos esos hechos y se emitirá pronunciamiento sobre las pretensiones deducidas, siempre y cuando no se hayan opuesto excepciones que, con independencia de la contestación, requieran ser debatidas en audiencia (...)” (el resaltado es suplido). Esta norma hay que relacionarla con el Nuevo Código Procesal

Civil (NCPC), el cual, en su artículo 39, párrafo último, establece la posibilidad de dictar una sentencia anticipada de manera parcial en relación con los aspectos donde no exista controversia entre las partes. Y dice: “Si el allanamiento fuera parcial, se dictará sin más trámite sentencia anticipada sobre los extremos aceptados y podrá ser ejecutada de inmediato, en legajo separado. El proceso seguirá su curso normal en cuanto a los extremos no aceptados” (1). Establecer el anterior escenario nos resulta prudente para traer a colación la interrogante: ¿podrían cobrarse los elementos correspondientes a aguinaldo y vacaciones a través de una vía monitoria al ser estos derechos irrenunciables (74, Constitución Política; 11, Código de Trabajo; 4, Ley de Pago de Aguinaldo a Servidores de Empresa Privada; 4, Ley de Pago de Aguinaldo para los Servidores Públicos), tomando en cuenta que es una obligación ineludible para el patrono su pago y probar el mismo según establece el artículo 478 del Código de Trabajo Reformado (incisos 6 y 11)? ¿Por qué esperar hasta el dictado de una sentencia de fondo, cuando los mínimos para establecer los rubros de los anteriores elementos son conocidos por todos los involucrados en el proceso, ya que inclusive el juzgador puede echar mano de los decretos

de salarios mínimos (2) para calcular las sumas mínimas que debía cancelar el patrono por los anteriores conceptos, quedando a discusión los excesos y garantizando, así, aunque fuese de manera parcial, un pronto pago al trabajador, cumpliéndose el principio de celeridad que envuelve al proceso laboral? A manera de ejemplo, es importante mencionar el artículo 101 de la Ley de Jurisdicción Social de España, el cual, en lo que interesa, indica: “Proceso Monitorio: (Esto sucede) En reclamaciones frente a empresarios que no se encuentren en situación de concurso, referidas a cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada, derivadas de una relación laboral, excluyendo reclamaciones de carácter colectivo que se pudieran formular por la representación de trabajadores, así como las que se interpongan contra las entidades gestoras o colaboradoras de la seguridad social, que no excedan los seis mil euros, cuando conste la posibilidad de su notificación por los procedimientos previstos en los artículos 56 y 57 de esta ley (…)”. Por su parte, José María Roca Martínez menciona: “El proceso monitorio laboral permite reclamar cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no superen los seis mil euros, que deriven de

FIRMA 55


una relación laboral, excluyendo expresamente la ley las de carácter colectivo y las que se interpongan contra las entidades gestoras o colaboradoras de la seguridad social (…). El objeto del proceso monitorio es una reclamación de cantidad derivada de una relación laboral, excluyéndose cualquier otra pretensión que exija un pronunciamiento distinto, (…) siendo posible la reclamación de indemnizaciones cuando la cuantía es incontrovertida (Peñaloza Izuzquiza); por otro lado, al exigirse la determinación de la cantidad, se excluyen reclamaciones salariales en especie” (3). El mismo Roca Martínez, al hablar de la ‘determinabilidad’ de la deuda (lo que daría sustento a nuestro proceso monitorio laboral para el cobro de los extremos correspondientes a aguinaldo y vacaciones), expresa: “Debe tratarse de una cantidad determinada (ya sea en letras, cifras o guarismos comprensibles -572 LEC-), aunque lo verdaderamente relevante no es que la cantidad que se reclame conste expresamente en el documento que sirve de apoyo a la reclamación, sino que pueda determinarse de forma automática, sin posibilidad de que se establezca discusión al respecto”. Como señalamos, es posible para la persona juzgadora determinar los mínimos que

FIRMA 56

debe recibir un trabajador por concepto de aguinaldo, ya que los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Pago de Aguinaldo a Servidores de Empresa Privada nos indican a cuánto corresponde y la forma de calcularlo, e igualmente el numeral 153 de Código de Trabajo nos da la solución en cuanto al período de vacaciones. Por lo que tomando en cuenta el artículo 428 del Código de Trabajo Reformado sobre los principios de celeridad e inmediatez del proceso laboral, el juzgado podría emitir una resolución donde le prevenga a la parte accionada que indique si ha cancelado los extremos correspondientes a aguinaldo y vacaciones, dando un plazo prudencial para que presente la prueba correspondiente, y fallar en cuanto a lo que se logre o no demostrar, o bien, si en la contestación de la demanda la parte demandada indica que adeuda dichas sumas (no combatiera dicha posición), teniendo en cuenta el artículo 39 del NCPC, la persona juzgadora podría emitir una sentencia parcial respecto a las rubros de aguinaldo y vacaciones, dejando los demás aspectos en litigio y los excesos de las anteriores cifras para el dictado de la sentencia de fondo. Igualmente, podría procederse en el caso de que la persona trabajadora haya indicado que ganaba más del mínimo legal y el patrono no haya desvirtuado el dicho de la parte actora, teniendo en

cuenta que la carga probatoria, en cuanto a este punto, le corresponde al patrono y, por ende, el fallo podría dictarse siempre y cuando la suma se pueda determinar de la pruebas con las que cuente el proceso (4), de lo contrario, lo más recomendable sería calcular los mínimos y dejar los excesos para el dictado de la sentencia de fondo. Esta modalidad permitiría contar con una resolución más célere del litigio, beneficiando a las partes involucradas, creando así una mayor confianza en el concepto de justicia pronta y cumplida, siendo responsabilidad del juzgador velar por el debido proceso (derecho de defensa), de utilizar el proceso aquí indicado. (1) El artículo 39 sería aplicable en la jurisdicción laboral por remisión del 428 del Código de Trabajo. (2) Planteamos la utilización del decreto de salarios mínimos como fuente base para el cálculo de los extremos de aguinaldo y vacaciones en aquellos casos donde no se tenga información respecto al monto total de salarios devengados, donde el trabajador indique que percibía un salario menor al mínimo legal o en aquellos casos donde se discuta el monto global de salario que percibía la persona trabajadora, dejándose para discusión los excesos para el fallo de fondo. (3) Roca Martínez, José María. El proceso monitorio laboral. Thomson Rueuters Aranzadi (2016). (4) Debemos recordar que, de conformidad con el texto reformado, la prueba debe aportarse al momento de presentar, contestar y reconvenir la demanda (ver los artículos 495,497 y 501 del Código de Trabajo Reformado).


¿Por qué se les sigue obligando a los usuarios a construir las aceras?

Carlos Lanzas

Abogado Ilustración: Juliana Barquero

Es incuestionable que el tema concerniente al tratamiento y administración de la red vial en la coyuntura actual del desarrollo de los países -sin dejar de lado a Costa Rica- es de trascendental importancia desde todo punto de vista. Contar con una infraestructura mínima que respalde las necesidades de transporte y comunicación de las comunidades y ciudades en la época actual y, consecuentemente a ello, la modernización y mantenimiento de esa infraestructura, su equipamiento y el brindar servicios públicos

urbanos y rurales, son actualmente uno de los indicadores de desarrollo que permiten valorar el estado físico de las ciudades, la calidad de vida de sus habitantes y la eventual cantidad de corrupción que padece un país: una estructura vial de primer mundo es signo de que el Estado está sacando la faena, retornando en obras públicas de calidad el dinero con el cual sus habitantes pagan sus impuestos. Es así como las veredas, los caminos, las calles, las carreteras y las autopistas, junto con el resto de la infraestructura accesoria,

como los puentes, las redes de iluminación, la rotulación, la señalización, las aceras, los drenajes, las cunetas y las contracunetas, se convierten en un ‘sistema circulatorio’ que permite enlazar los intereses de las comunidades permitiendo que las personas se trasladen de un lugar a otro de forma oportuna, eficiente y segura, con la presencia de un mínimo de requerimientos y, si es posible -en el mejor de los escenarios-, con una comodidad que merece el contribuyente, receptor del servicio público. Y es que tratándose de utilidad e

FIRMA 57


importancia, es que justificamos que la función de la red vial se debe satisfacer tanto a nivel nacional como aquella porción que se sirve en lo local, estas últimas administradas por las municipalidades. La red vial de nuestro país soporta una enorme clasificación que la ha dividido en términos de su administración en una porción local o municipal y otra de carácter nacional, como anteriormente adelantamos. Nos detendremos, para efectos de este artículo, en la porción administrada por los gobiernos

FIRMA 58

locales, la cantonal. Los municipios, desde los años 70, con la Ley General de Caminos Públicos (Ley N.° 5060, art.1), tienen la competencia definida de administrar la red vial cantonal, la cual está compuesta por caminos vecinales, calles locales y caminos no clasificados; sin embargo, como la relación de un hijo menor y un padre, esa administración dependía en la mayoría de las ocasiones de la coordinación de recursos con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), quienes eran los que contaban con un presupuesto lo suficientemente robusto para la atención de la red vial en general. Recordemos que las municipalidades, hasta ese momento, no recibían absolutamente ni un colón del presupuesto de la república a pesar de existir un mandato constitucional ordenado desde 2001 por el constituyente derivado, por lo que lo poco que podía hacerse dependía de recursos libres, principalmente de los provenientes de la administración y recaudación del impuesto de bienes inmuebles, partidas específicas de ayuda comunal de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco), o bien, aquellos proyectos que se desarrollaban en conjunto con el MOPT. Llegada la emancipación con la primera ley de transferencia de competencias, la Ley N.° 9329: Ley Especial para la

Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal (que nace en obediencia a lo ordenado por el constituyente derivado de 2001, por medio de la Ley N.° 8106, que reforma el artículo 170 constitucional), se acredita a las municipalidades la atención plena y total de la red vial que administran, la cual va ir aparejada a una primera transferencia de recursos del Gobierno central a los gobiernos locales, producto de los ingresos ordinarios de los primeros (la primera transferencia que representa 1,5% del 10% del presupuesto nacional ordenado en 2001 para las municipios), dividido entre los 82 cantones del país a partir de la codificación de calles y caminos cantonales por los que está compuesto el cantón respectivo. Partimos de que, con esta transferencia de competencia con recursos para su atención, las municipalidades iban a poder encargarse de manera decorosa de la administración total, plena y exclusiva de su red vial cantonal y de todos los componentes que conforman el derecho de vía, entre ellos la construcción y el mantenimiento de aceras. No obstante, ¿por qué sigue el usuario teniendo la responsabilidad legal de encargarse de su construcción y mantenimiento? Debemos recordar que la acera peatonal es parte del derecho de vía por donde se sirven a


transitar los peatones de manera exclusiva y donde se ubican los mobiliarios urbanos y las zonas verdes, y está conformada fundamentalmente por cuatro componentes: una franja de circulación, que es el espacio destinado a la circulación peatonal y de personas con capacidades disminuidas; una franja táctil, que es el espacio destinado a la colocación de elementos táctiles como guía y prevención para personas con capacidades disminuidas; una franja de amoblamiento, que es el espacio en el cual se localiza la vegetación y el mobiliario urbano (esta franja se ubica entre la franja de circulación y la calzada); y, por último, si dicho tramo consta dentro del plan vial cantonal como zona de paso a las bicicletas, una franja de cicloruta, que es el espacio destinado a la circulación de bicicletas (que se ubica entre la franja de circulación y la de amoblamiento, o adosada a la acera, por fuera del amoblamiento, entre este y la calzada). Así pues, cómodamente podemos afirmar que no es para nada sencillo la construcción de una acera y menos si lo pensamos desde la óptica del usuario: titular o poseedor (persona física o jurídica) de una finca. Sin embargo, parece que fue el propio legislador en la redacción de la Ley N.° 9329, cuya voluntad fue la de mantener esa obligación ‘propter rem’ o ambulatoria con respecto a los dueños y poseedores de fincas

al no derogar los artículos 75 inciso d) del Código Municipal (que es la norma que obliga a los mismos a construir y dar mantenimiento a sus aceras) y el 76 inciso d) del mismo cuerpo normativo (que es el que impone una multa ante dicha omisión), al establecer que el ornato, el buen orden y el tránsito peatonal del vecindario, así como la planificación urbana, no es un asunto solamente de resorte institucional, sino participativo, donde los munícipes son actores protagónicos en el embellecimiento y cuidado de sus ciudades (para profundizar más, puede hacerse lectura de los recientes dictámenes de la Procuraduría General de la República, referente a este tema: C-188-2016 del 08 de septiembre de 2016 y C-13-2017, del 24 de enero de 2017, así como del voto de la Sala Constitucional N.° 2359-2002 de las 8:47 horas del 8 de marzo de 2002). Corolario. La Ley N.° 9329 les otorga una competencia plena y exclusiva a los municipios en administrar la red vial cantonal de su jurisdicción, competencia que tenían desde los años 70 con la Ley N.° 5060, pero que ahora podrán materializarla con la transferencia también de recursos para su atención eficiente. El tema concerniente a las aceras no está aún del todo zanjado, aunque se apuesta por un munícipe protagónico en el desarrollo urbano de sus ciudades, razón por la cual este mantiene la

obligación de construirlas, cuidarlas y mantenerlas. La acera peatonal actual contiene mucho componente de orden técnico que complica su ejecución por parte del usuario, dando como resultado una evidente omisión en la construcción de las mismas o una ausencia de uniformidad cada vez que las caminamos. Finalmente, el hecho de que la anterior obligación esté a cargo de los propietarios o poseedores de fundos no implica que la municipalidad desatienda las competencias de atención plena y exclusiva en cuanto a su construcción, por lo que estas tienen el deber legal de construirlas y cobrarlas con multa incluida cuando el usuario omita hacerlas. No obstante lo anterior, los municipios -en su autonomía y fuero de acción-, asimismo, están facultados a llevar a cabo estrategias como lo son la ejecución de fideicomisos de obra pública o la elaboración de convenios directos con cada uno de los titulares o poseedores de las fincas para proceder a su construcción y mantenimiento, estableciendo -en ambos casosun precio público por metro cuadrado de construcción, esto con el fin de evadir el proceder engorroso de notificar al usuario a que las haga por él mismo o que aplicando el procedimiento, la municipalidad tenga igualmente que hacerlas ante una omisión cobrando el servicio más la multa de rigor, pudiéndose esta última evitar.

FIRMA 59


Financiamiento

bursรกtil municipal FIRMA 60


Dalia Benavides

Abogada Ilustración: Juliana Barquero

A los gobiernos locales de cada cantón les corresponde, por así establecerlo el artículo 169 de la Constitución Política, la administración de los intereses y prestación de servicios locales, lo que implica disponer de recursos para cumplir con el mandato constitucional. Cuando los intereses cantonales se relacionan con la construcción de obras de gran envergadura, como podría ser un puente o un alcantarillado, las municipalidades se encuentran

en aprietos económicos, porque los costos en proyectos de esa naturaleza sobrepasan los presupuestos ordinarios de cualquier gobierno local. En estos supuestos, la obtención de crédito es prácticamente obligatoria. Mas, cuando de financiamiento se trata, existe una opción de la que solamente la Municipalidad de San José, de las 81 municipalidades que componen el territorio nacional, se ha visto beneficiada. Se trata del financiamiento bursátil. Las municipalidades están facultadas para hacer uso de este mecanismo en virtud del artículo 87 del Código Municipal, siempre y cuando el concejo municipal así lo acuerde y se sigan las reglas de la Superintendencia General de Valores (Sugeval). El financiamiento bursátil no es una operación de crédito ante un banco o una cooperativa, es decir que no requiere intermediación financiera, consecuentemente, es una opción de financiamiento más barata. Además, a través del financiamiento bursátil, una municipalidad puede obtener sumas de dinero mayores que las que conseguiría con un crédito, por ejemplo, en el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), porque estos créditos se caracterizan por tener mayor liquidez. Este tipo de financiamiento se

logra a través de la emisión de bonos de deuda municipal en el mercado de valores y lo que lo hace aún más atractivo para el sector municipal es que sus bonos están exentos del pago de toda clase de impuestos. Incluso, las municipalidades pueden definir otras características del crédito, como plazo, interés, mecanismo de colocación, redención, garantía, entre otras, de acuerdo con sus posibilidades económicas, porque el financiamiento bursátil es una camisa que elabora la municipalidad a su propia medida. Otro plus para el sector municipal es que para la tramitación de la emisión de bienes no requieren autorizaciones como aprobación legislativa, ni autorización del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, ni autorización de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, ni el dictamen favorable del Banco Central de Costa Rica, ni tampoco la recomendación de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, como sí lo requieren otras instituciones públicas. Todas las peculiaridades del financiamiento bursátil son bien conocidas por el Gobierno central, que lo aprovecha constantemente en el financiamiento de la

FIRMA 61


hacienda pública, pero no así las municipalidades, cuyo acercamiento a esta modalidad de financiación es bastante tímido. Son varias las razones por las cuales el sector municipal no participa en el mercado bursátil, la principal es el desconocimiento sobre este medio de obtención de recursos. Los miembros del concejo municipal, que son los que conforme al artículo 86 del Código Municipal deben acordar la emisión de bonos, al ser electos en forma popular, no necesariamente están instruidos en el tema, como tampoco lo está, en su mayoría, el personal municipal, que puede proponer al concejo este mecanismo de financiamiento, y es el que en definitiva debe hacerse cargo de las labores preparatorias y subsiguientes de la emisión de bonos. Dos instituciones son claves en el tema del financiamiento bursátil municipal. Una es el IFAM, ya que su ley de organización fundamenta la participación de su comisión técnica, que asesora a la junta directiva del IFAM al dictaminar sobre emisiones de bonos municipales. De haber solicitud de la municipalidad interesada, el IFAM puede actuar como agente financiero para la colocación de bonos a cambio de una comisión, sin embargo, no hay en todo el

FIRMA 62

sector municipal experiencias en este tipo de solicitudes. La otra institución es la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), pues su estatuto le encarga la promoción de la autonomía financiera y el mantenimiento y desarrollo de intercambio de ideas y experiencias en el campo municipal, función que no ha sido utilizada para informar sobre el financiamiento bursátil municipal. La UNGL no ha recogido ni recabado la experiencia de la Municipalidad de San José, entonces, no hay intercambio de ideas ni experiencias entre las municipalidades. Por otra parte, es de reconocer que la regulación normativa sobre el financiamiento bursátil municipal es escasa. La municipalidad es considerada por la regulación del mercado de valores como un emisor más de las denominadas ‘instituciones públicas no bancarias’ y, al estar este saco común, se invisibilizan. Aunado al desconocimiento y al poco desarrollo normativo, se suma el hecho de las disimilitudes que existen entre una y otra municipalidad. Las municipalidades no se encuentran en iguales condiciones para incursionar en el financiamiento bursátil. Las dificultades para acceder al mercado de valores del sector no son igual de gravosas que las que podría tener una

o varias municipalidades en particular. Así, el peso del desconocimiento sobre este mecanismo impacta en mayor o menor medida, dependiendo de la municipalidad que se trate, según el presupuesto y la estructura organizativa con la que cuente. No saber si la municipalidad tiene capacidad de aventurarse en el mercado de valores conlleva contratiempos y gastos, por tener que contratar a alguna empresa o persona que realice la evaluación, pudiéndose tardar dos o más años; o tener que pagar para que un externo estructure la emisión. Un concejo municipal ignorante prolonga el proceso porque supone coordinar que en las sesiones que sean necesarias al menos una persona con experiencia explique a los regidores la temática. A todo lo anterior hay que añadir el costo de los estados financieros auditados, documento que debe adjuntarse con el prospecto en el proceso de inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI). Su precio ronda los 10 millones de colones. No todas las municipalidades pueden pagarlo, y las que sí, no necesariamente tendrán un resultado favorable, que puede demorar alrededor de seis años o más.


Las líneas expuestas conducen a afirmar que el financiamiento bursátil ofrece las mejores condiciones de financiamiento para el sector municipal, pero que no es utilizado. Es posible informar al sector municipal sobre la dinámica del financiamiento bursátil a través de la capacitación municipal y el intercambio de experiencias de la única municipalidad emisora y de las que hayan practicado un acercamiento. Las particularidades de un emisor, como las municipalidades, con históricos precedentes, y la

estructura jurídica actual, que las han condicionado y caracterizado no siempre positivamente, son suficientes como para sostener que la municipalidad no es un emisor más. Requiere de normativa que así lo reconozca y hace oportuno que los concejos municipales utilicen su atribución y objetivo de propuesta legislativa para el desarrollo de cuerpos normativos exclusivos para la regulación del financiamiento municipal. Por último, es cierto que no todas las municipalidades están en condiciones de

emitir deuda por sí mismas. El sector debe dominar maneras conjuntas de emisión de bonos, ya sea a través de formas asociativas municipales o societarias. Estas vinculaciones municipales realmente se ven como una opción que seriamente debe ser considerada por el sector municipal, ya que les permite obtener los beneficios del mercado de valores mediante una nueva persona jurídica de naturaleza jurídica municipal, mientras se sopesan las debilidades de las áreas financieras municipales.

FIRMA 63


El imperio ‘contra-ataca’: la potestad sancionadora del Estado contra la ciencia detrás de Uber Herman M. Duarte

Abogado Ilustración: Juliana Barquero

Mucho se habla sobre la potestad de sancionar que tiene el Estado y se escuda usualmente en las ‘potestades de imperio’, o bien, ‘del orden público’, que lo facultan para tomar decisiones, atropellando los derechos de sus súbditos. Estas actuaciones, tan variadas que van desde modificar textos de contratos hasta sancionar a empresas particulares, nos hacen preguntarnos: ¿es legítimo ese actuar? Para responder a esa pregunta, tenemos que detenernos un minuto para contemplar la forma

FIRMA 64

en que la Administración pública manifiesta su voluntad. El Estado, por su naturaleza pública, manifiesta su voluntad mediante actos administrativos, los cuales tienen elementos de forma y de fondo que necesariamente deben coexistir para que la actuación sea válida. Esto es un aspecto sumamente delicado, porque los actos administrativos están revestidos por el principio de ejecutividad, es decir, que son ejecutables de manera automática. Respecto a los elementos formales del acto administrativo,

la jurisprudencia ha dicho: “(…) Encontramos (validamos) tanto la competencia del órgano responsable de su emisión, como la investidura y legitimación del servidor que emite el acto”. Y además, añade el cumplimiento de determinados requisitos en la emisión de la voluntad de este: “razonabilidad, proporcionalidad, la ausencia de error, dolo y violencia en la voluntad y la sujeción a las reglas de la técnica y la ciencia fundamentalmente” (voto 040-2008, del Tribunal Contencioso Administrativo).


Mientras que, en relación con los elementos de fondo, estos están definidos por los artículos 133 y subsiguientes de la Ley General de la Administración Pública, que regulan los elementos de contenido, motivo y fin que debe contener un acto administrativo (para una revisión completa de la regulación del acto administrativo en Costa Rica, ver el dictamen de la Procuraduría General de la República, N.o C-082-2003 del 24 de marzo de 2003). Es importante hacer notar que los actos administrativos de la Administración pública no bastan con que sean mencionados, sino que deben venir fundamentados en criterios técnicos-científicos, jurídicos y fácticos, sin que puedan ir contrarios a las reglas de la ciencia (art.16, LGAP). Al respecto, la jurisprudencia nacional ha indicado: “Las reglas unívocas de la ciencia y la técnica (…) obligan a la Administración a que su actuación esté debidamente motivada en el conocimiento teórico adquirido de las distintas metodologías y disciplinas de la ciencia y la técnica cuando ello lo amerite -como es el caso de la materia ambiental, de salud y tributaria, sin que pueda pretenderse que se trate de una lista cerrada o numerus clausus-, así como en los casos en que deba utilizar criterios propios de la técnica administrativa. En la aplicación de estos criterios es imposible pretender la existencia

de discrecionalidad, de manera irrestricta y absoluta por cuanto la voluntad de la Administración no depende de su libre arbitrio (o escogencia), sino de las valoraciones objetivas (…)” (sentencia 00138-2009, emitida por la Sección II del Tribunal Contencioso Administrativo el 24 de abril de 2009). La fundamentación de apegarse a la ciencia parte de la esencia misma del Estado constitucional de derecho, ya que es un máxima legal que busca evitar las arbitrariedades por el funcionario público de turno y promover estándares objetivos para, de esta manera, lograr promover el Estado de derecho (‘rule of law’). Además, resulta insuficiente hacer una mera referencia a una circunstancia para fundamentar una actuación. Se requiere la siguiente aseveración: “La declaración de cuáles son las circunstancias de hecho y de derecho que han llevado a la Administración pública al dictado o emanación del acto administrativo es una exigencia del debido proceso y del derecho de defensa (…). Desde la perspectiva del administrado, la motivación supone una mayor protección de sus derechos, puesto que del cumplimiento efectivo de la obligación de motivar por parte de la respectiva Administración depende que conozca los antecedentes y razones que justificaron el acto administrativo para efectos de su impugnación” (Sala

Constitucional, voto 09747-2008). Esto es así por cuanto si falta alguno de los elementos esenciales, la actuación de la Administración será nula, con la posibilidad de demandar por daños y perjuicios al Estado por su actuación ilegítima. Cabe indicar que el Estado, igualmente, tiene responsabilidad civil por su actuación legítima, es decir, en los casos que actúa en apego a un fin público (por ejemplo, una expropiación de una finca para hacer una carretera), pero que causa un daño. Otro tema importante que se ha discutido en arbitrajes de inversión es el caso cuando Estados crean expectativas para atraer inversionistas y, luego, violenta sus inversiones. La complejidad de la construcción de un acto administrativo crea una zona gris que impide diferenciar el proceso de creación del acto administrativo y la voluntad que se ve manifestada en un contrato administrativo por medio de, precisamente, dicho acto administrativo. Lo importante en todo caso es que no toda actuación de la Administración pública está escrita en piedra. Siempre se puede recurrir a los tribunales para anular el acto administrativo cuando existen elementos razonables para alegar que faltan algunos elementos del mismo o que van en contra de la ciencia misma (¿hay una ciencia detrás del tráfico en las carreteras? Vale la pena preguntarse).

FIRMA 65


desde el colegio

Una responsabilidad nacional frente a la humanidad

Álvaro Sánchez y Óscar Solís Abogados Ilustración: Shutterstock

FIRMA 66

Todos los países del mundo han enfrentado conflictos armados internos o de carácter internacional. Nuestro país no los posee hoy, pero nuestra misma historia reciente nos trae a la mente un proceso revolucionario de los años 40 y el conflicto armado que estremeció la región centroamericana más tarde, del que sufrimos consecuencias indirectas a pesar de que no fue en nuestro territorio. Las injusticias de todo tipo contra la libertad de expresión, la intolerancia, la persecución política y las disputas de las grandes potencias del momento, sin duda, fueron el detonante de este hecho armado (a ambos conflictos nos referiremos más tarde). 
 Aunque en Costa Rica no estemos enfrentando conflictos de esa índole, ya sea por razones ideológicas, religiosas, políticas o militares, esto nos podría llevar a creer que estamos inmunizados contra esto, lo cual es un gran error, considerando el mundo en el que vivimos, que tiende a desgarrarse en luchas armadas todos los días. Como muestra de ello, la región latinoamericana acaba de finalizar uno de los conflictos armados internos más prolongados, que dividió al pueblo colombiano y que culminó con un acuerdo de paz que no deja de ser polémico, empero, con un resultado genuino. Eso sí, sin que implique el fin del odio y de todos los tipos


de secuelas que han manchado la dignidad humana. 
 Todos estos conflictos tienen un rasgo en común: la población civil. Personas de todas las edades, mujeres, niñas, niños, ancianos, todos ellos se convierten, como siempre, en el blanco más fácil de la violencia y que no solo dejan en el silencio a quienes mueren o caen heridos, sino que enmudecen a otros ante el terror de ser las próximas víctimas. 
 Frente a ese eventual fenómeno, el derecho nos coloca primero en el ámbito de los derechos humanos. Nuestra Constitución Política (nuestra jurisprudencia), la Declaración Universal de Derechos Humanos y lo establecido en la Corte Interamericana de Derechos Humanos entran a regir en todo tiempo. En este contexto y para todos los efectos, el Estado se convierte en el encargado de dar seguridad y proteger a toda la población. El marco teórico-jurídico tiene que estar acompañado de acciones concretas en el plano académico y en el práctico respecto a discriminación, falta de libertad de expresión y desigualdad en todas las áreas del diario vivir de las personas. 
 Asimismo, en el derecho internacional humanitario también tenemos el Convenio de Ginebra de 1949, junto con el Protocolo Adicional de 1977 I y II, dirigidos a proteger personas que de manera genérica

participan como combatientes, tales como heridos o prisioneros, entre otros, y se incorporan personas que desarrollan actividades médicas según el Protocolo II de 1977. El Convenio de Ginebra de 1949 y los Protocolos I y II son parte del proceso de la abolición del ejército y la promoción del ‘Plan de Paz’ para Centroamérica, que se concretó con ‘Esquipulas II’. El primero, totalmente preventivo, y el segundo, puso fin a un conflicto, pero se diseñó para evitar nuevos enfrentamientos armados. 
 Visto de esta manera, hay realidades que pertenecen a un mundo globalizado y esa razón es suficiente para pensar que hay que tomar acciones como país. Entonces, ante un conflicto armado, ¿qué podemos hacer? Entre varias opciones y rumbos, la única manera de mantener la paz plena, sin temor a equivocarnos, es la prevención. Prevenir es la clave del proceso de contención contra delitos como el genocidio y los delitos de lesa humanidad (entre otros), delitos que por su magnitud son conocidos usualmente como ‘crímenes atroces’. 
 Costa Rica no puede dejar una hoja en blanco. Nuestro Estado tiene que formular un protocolo en tres direcciones: 
 • La primera, totalmente preventiva, que contenga una visión humanista, cuidando la vida como tal, pero agregando

el legado de nuestras herencias culturales, como los bienes de patrimonio histórico. Todas las personas habitantes del país tienen que saber que cualquier acto discriminatorio en contra de una etnia, grupo de migrantes o grupo social y toda persecución política o religiosa (entre otros aspectos) pueden ser los detonantes de conflictos armados internos o externos. • La segunda, establecer cómo atenuar el impacto negativo en la gente si un conflicto armado llegara a ocurrir. Y siempre cómo buscar la solución pacífica de cualquier conflicto bélico. • La tercera, una vez finalizado el proceso, asegurarse que no se disimule, oculte o evada la impunidad, ya sea por razones de conveniencia política o económica, pues los delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra o agresión no pueden ni deben ser pasados por alto. Estos afectan a toda la especie humana, a todo nuestro medio ambiente, por tal razón, la sanción jurídica no tiene espacio para la complacencia. Se permisivos retardaría el desarrollo humano y las posibilidades de progresar en paz. Existe un reto que tenemos como nación y esa responsabilidad tiene que nacer del Estado. Y aunque no pareciera cercano o posible, trabajar a favor de la paz siempre será una esperanza para el desarrollo y el progreso de las actuales y futuras generaciones.

FIRMA 67


viajes

Isla Jesusita:

Un oasis de esplendor Una tendencia que ha conquistado a los viajeros del mundo llegó a nuestro país. Los amantes del camping y del lujo encontrarán un lugar para relajarse y desconectarse del estrés diario en una pequeña superficie costarricense en medio del mar Por Andrés Corrales Fotografías: Cortesía

FIRMA 68


En el centro de la isla Jesusita, a pocas horas de San José, en el país, emerge el primer hotel sobre un pedazo de tierra flotante que promete ofrecer una experiencia única a quienes lo visitan. El hotel Isla Chiquita no solo es un complejo turístico: es un facilitador de una particular vivencia para quienes desean experimentar el turismo de lujo con la simplicidad del camping. Su concepto se define como ‘glamping’, una palabra que combina ‘camping’ con ‘glamour’, y eso es lo que se puede respirar en este pequeño oasis que abrió sus puertas recientemente. Tras la salida del ferri de

Paquera, personal de este hotel espera a los visitantes para trasladarlos a la lancha que los llevará a las instalaciones. El mar tranquilo se convierte en el lobby de la edificación y la bienvenida de sus colaboradores es la mejor carta de presentación. Aquí, solo hay un televisor en el restaurante, porque el objetivo principal es acercar a los paseantes a la naturaleza, a la relajación y al disfrute personal. En medio de una pequeña montaña, se levantan 15 tiendas de campaña, donde los huéspedes pasan la noche. Pero no son como las que se venden en las tiendas de aventura: estas lonas están completamente

equipadas con una cama ‘king’, un minibar, un refrigerador y un baño de lujo para garantizar la comodidad de los viajeros. La terraza de cada tienda se convierte en un magnífico palco para regocijarse del paisaje que adorna la zona: el mar al fondo, la naturaleza alrededor y el sonido de los diferentes animales. Todo se traduce en un concierto relajante para dejar atrás las preocupaciones y deleitarse. El concepto de este sitio que, sin duda alguna, conecta a los excursionistas con la naturaleza, aspira ser lo más ecológico posible, ya que el agua caliente se genera por el

FIRMA 69


sistema de paneles solares y se emplean estructuras removibles en el proceso constructivo. Asimismo, los caminos y demás acabados se realizaron con los propios recursos de la zona y las personas que laboran allí viven en las cercanías, como una

FIRMA 70

forma de incentivar el trabajo local. Y claro, los productos que venden los productores tienen prioridad para el restaurante. Pero si quiere complacerse de una manera armoniosa con el entorno, hacer paddle board y kayak está a solo una

llamada. Sin costo adicional, el personal preparará todo para que se aventure a recrearse de la tranquilidad del mar que rodea a esta isla. Igualmente, los tours a sitios cercanos como Isla Tortuga y el Refugio de Vida Silvestre Curú están disponibles con un cargo adicional, con garantía de un final feliz gracias a las facilidades complementarias que se dan. Para cerrar el día, el mirador, que se ubica en el punto más alto de la isla, se convierte en el predilecto por la mayoría para encender una fogata y alegrarse del ocaso adornado con la espectacular vista al golfo de Nicoya o a la bahía de Puntarenas. Igualmente, es el preferido por las parejas que desean un rato a solas. El menú de su restaurante está basado en la comida tradicional costarricense. Dentro de las elecciones destacan el pargo entero frito, sacado directamente de las aguas del golfo. Las fajitas se ofrecen de pollo, pescado, lomito y vegetarianas, las cuales se convierten en el platillo casual ideal para degustar en la terraza. El pulpo a la parrilla destaca como parte de los favoritos en la carta. Para la cena, hay selecciones, aunque casuales, más elaboradas, pensadas para procurar una gran experiencia a la luz de las estrellas. Las recomendaciones especiales son el cóctel de camarones y el calamar tempura; sin embargo,


las ostras frescas con salsa especial del chef, el tartar de atún y la sopa de mariscos no dejan de ser bastante pedidos por su sabor fresco. El menú del restaurante se complementa con una gran variedad de tipos de cocteles y adaptaciones especiales, como la ‘margarita paquera’, la ‘michelada la isla’ y ‘el coco de la isla’, que tratan de complementar el viaje gastronómico. Después de la comida, las grandes protagonistas son

las hamacas; en ellas, los exploradores podrán escuchar el sonido de la naturaleza para tener una siesta tranquila y hacer la digestión. Para visitar la isla Jesusita, usted puede coordinar con Isla Chiquita el transporte desde San José, o dejar el vehículo en el área de Puntarenas para evitarse la incomodidad del carro, gracias a la atención del hotel a la salida del ferri. Todo, para que comience su verdadera experiencia por este rincón único en el país.

FIRMA 71


gastronomía

Los sabores de antaño se mezclan con las recetas únicas de una cuchara con experiencia internacional para crear un menú espectacular a base de nuestra comida tradicional costarricense Por Andrés Corrales Fotografías: Cortesía

FIRMA 72


Los amantes de la cocina costarricense no pueden perderse la oportunidad de conocer las nuevas recetas del restaurante Hacienda Kitchen, del hotel Marriott y Los Sueños Marriott. Tras una renovación de su menú y de sus instalaciones, este establecimiento promete un ambiente cálido para recibir a las familias o a los ejecutivos que buscan un lugar elegante y sobrio para sus reuniones. Los chefs ejecutivos José Prendas y Diego Ríos califican este nuevo concepto como el resultado de un trabajo de investigación de los sabores locales, así como diferentes pruebas de sabor para asegurar el punto ideal de las mezclas que buscan resaltar la sazón de nuestros antepasados con un toque moderno y de altura. Para las entradas, la sopa de mariscos resulta un auténtico placer para dar paso a los platos principales. Sin embargo, para los amantes de los ceviches, este local ofrece algunas opciones inspiradas en el formato tradicional. Para los platos principales destacan dos tipos de risotto: el de cúrcuma con unas notas dulces. Pero al hablar de sensaciones, no se puede dejar por fuera la creatividad que identifican estas combinaciones, como sucede con el salmón con costra de plátano verde, que incluye

hojas de chicasquil, escabeche de chiles costarricenses con queso de cabra y salsa de cas. Otra recomendación es el lomito a la parrilla cafetal, que se inspira en nuestro café para crear una experiencia única. Entre los mariscos, tenemos los ‘camarones playa Herradura al ajillo’, que unen el sabor de estos frutos del mar con un encurtido de piña, mango y hierbabuena y un perfume de chile panameño. En cuanto a las bebidas, los chefs ejecutivos decidieron arriesgarse y mezclar el tradicional agua de sapo con Wild Turkey Bourbon, coco, jengibre y hojas de hierbabuena. Otra elección es la horchata con piña, coco, ron, amaretto y otros ingredientes. El martini de café y la ‘guanábana guaro sour’ se adelantan y se posicionan como acompañantes refrescantes para un almuerzo. El cierre de altura lo hacen los postres. Sobresalen el bizcocho de yuca bañado con sirope y agua dulce y helado de vainilla, o el ‘Volcán Arenal’, una bella combinación de queque de coco con helado de piña, chile panameño y banano, ideal para quienes gustan de sabores intensos y equilibrados. En total, este menú garantiza un verdadero viaje gastronómico por las siete

provincias de nuestro país, engalanado por un exquisito y muy atento servicio al cliente y rapidez en la preparación de los platillos. Está disponible tanto en Hacienda Kitchen del hotel Marriott San José, como en Los Sueños Marriott.

FIRMA 73


social

comunidades conectadas

1

El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) con la empresa HP Inc. realizaron una capacitación para 31 personas en condición de vulnerabilidad con el fin de que aprendieran conceptos básicos de computación. Esta iniciativa pretende reducir la brecha de acceso a la tecnología a través del voluntariado profesional de la empresa de tecnología. Fotos: Cortesía

2

3 1. Los estudiantes graduados, acompañados de los voluntarios de HP que impartieron los cursos. 2. María del Carmen Loaiciga y Alexander Rodriguez, estudiantes graduados. 3. Estudiantes graduados del Centro Comunitario Inteligente (CECI) de Alajuelita, acompañados por el alcalde (corbata negra) Modesto Alpízar, Sergio Barahona, Director del Site HP Inc. Costa Rica y Sander Pacheco, Viceministro de Ciencia y Tecnología.

FIRMA 74




Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.