1 minute read
La opinión de un especialista
En una entrevista realizada por Hormigonar el año último al ingeniero Alberto Giovambattista, autor del libro “Hormigón: materiales, vida útil y criterios de conformidad y su consideración en el reglamento Cirsoc 201-2005” y uno de los grandes especialistas en la materia, se abordó el tema del Reglamento CIRSOC 201-2005 de cuya redacción el ingeniero formó parte activa, como asesor en los capítulos del Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón referidos a materiales y construcción. Apegado a la normativa desde la propia escritura de los reglamentos, su primer acercamiento a estas letras del hormigón llegó en el ’64, cuando el Ing. Alberto Fava redactaba el Proyecto de Reglamento Argentino de Estructuras de Hormigón (PRAEH). “Me traía los borradores para corregir. No había computadoras y corregíamos a mano. Me volvió a pasar lo mismo cuando Fava y Colina trabajaron en el CIRSOC del ’82”, cuenta Giovambattista. “Cuando ambos dieron un paso al costado, me pidieron que trabajara en su lugar. Entonces, cuando la ciudad de Buenos Aires decidió adoptar el CIRSOC, pusieron como condición que se reordenaran los capítulos de Tecnología del Hormigón y junto a los ingenieros Héctor Budge y Juan Galuppo reescribimos todos esos capítulos. Y cuando se hizo la última modificación, la de 2005, después de una discusión pública bastante prolongada, coordiné todo lo referido a materiales del reglamento”. Respecto del CIRSOC, el experto destaca: “El Estado nacional, que es quien delega en el CIRSOC la responsabilidad de hacer los reglamentos, no lo había adoptado hasta ahora como reglamento nacional. Cada municipio debía aplicarlo en su ámbito, y lo mismo las provincias. Eso había ocurrido parcialmente, por ejemplo, en la provincia de Mendoza y en Vialidad de la provincia de Buenos Aires, empresas como Aysa y otras tantas privadas. Incluso hay muchas obras públicas donde los proyectistas han ido adoptando en forma parcial, aunque no estuviera aprobado por el Ministerio de Planificación Nacional, el CIRSOC 2005”, agrega. Al momento de aquella nota, en agosto de 2011, Giovambattista destacó algo que hoy cobra nuevo impulso e importancia, con la norma ya aprobada. “Resulta vital renovarse en la reglamentación. En ese sentido, es inadmisible que el Estado reconozca y use el reglamento del ’82, porque está basado en la norma DIN de los ’70, algo que es totalmente obsoleto; no contempla los materiales que tenemos ni las tendencias actuales”. Por fortuna, se cumplió su deseo.
Fuente: Revista Hormigonar nº 27 Fecha Publicación: 31/08/2012
Ficha T Cnica
CATEGORIA
Vivienda Colectiva
6 departamentos
Sum, Pileta, Solárium
U BICACIÓN :
Mar de las pampas
ESTUDIO :
Ravier | Otero Lacoste | Di Catarina
Arquitectos asociados
SUPERFICIES
Área de obra: 332 m2
Área del lote: 675 m2
Año del Proyecto: 2004
Año de Construcción: 2004
CONDOMINIO DE