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Seguridad e higiene
Veinte consejos elementales...
A continuación se transcribe un compendio de recomendaciones elaboradas por el asesor legal del CAPBA Arquitecto - Abogado Sergio Bertone, donde se enuncian aspectos a tener en cuenta tanto en la elaboración de las contrataciones como en el desarrollo de las obras.
01| Distinga el cartel reglamentario (que es un costo de obra más, como los cercos o las bandejas protectoras contra la caída de objetos, y, por ende, excluído de los gastos que Ud. debe afrontar) de aquel mediante el cual los proyectistas y directores de obra publicitan sus servicios. Y pugne para que en el cartel reglamentario figuren también los nombres y domicilios del dueño de la obra, los contratistas (los verdaderos, sin importar si tienen o no título alguno), el de sus representantes técnicos si lo tuvieren, y el del responsable de los aspectos de salud y seguridad.
02| La importancia de lo antedicho reside en que la mayoría de las veces el único cartel que se observa en las obras es el publicitario del Arquitecto. Y en él se basa usualmente el acta que confeccionan los inspectores laborales, quienes inevitablemente sindican como constructor a quien allí figura. Además –aunque no es tema del presente- recuerde que cuando el dueño es desconocido, la demanda por interdicto de obra nueva se dirige contra el director de obra.
03| Como lógica consecuencia, mientras el dueño de la obra o el contratista no coloquen el cartel reglamentario, pues no coloque el suyo (léase el publicitario). En todo caso, hay mayores posibilidades defensivas ante el municipio, si alguien cuestiona la falta del cartel reglamentario. Y es menor su exposición patrimonial.
04| Tenga en cuenta que el derecho laboral se basa en presunciones: una vez que se detecta a obreros trabajando, se presume que el trabajo es prestado en relación de dependencia. Y si se lo señala a Ud. como empleador (la cómoda
Veinte consejos elementales...
... ante las inspecciones del Ministerio de Trabajo y el IERIC, las múltiples vicisitudes de las relaciones laborales, y la enorme siniestralidad del sector… y consabida manera en que los inspectores laborales justifican su tarea) quedará a cargo suyo la prueba de lo contrario. Otra presunción es que el contenido del acta labrada refleja la verdad de los hechos, quedando a su cargo desvirtuarla.
05| Por esa misma razón, trate de no “llevar” a los mismos contratistas (de albañilería, de instalaciones eléctricas, sanitaristas, etc.) a dos o más obras consecutivas. Imagine cómo hará para desvirtuar la presunción en su contra si ellos denunciasen encontrarse en relación de dependencia suya.
06| Recuerde que una vez que lo notifica el Ministerio de Trabajo (en el IERIC es similar) tendrá solamente cinco (5) días para alegar su defensa y ofrecer toda la prueba de la que intente valerse (documental, pericial, informativa, testimonial), plantear la nulidad del acta, citar al procedimiento a su comitente y a los verdaderos contratistas, etc. Y esa prueba, por lo general, deberá estar enderezada a acreditar que el empresario constructor es otro, no Ud. Y, en lo posible, a traer al procedimiento a un obligado solidario. No cometa el error de declinar la instancia administrativa: preséntese y defiéndase con todo lo que tenga.
07| No ejerza su autodefensa.
08| Tenga presente que ningún director de obra puede ser reputado constructor, ni consecuente empleador de la industria de la construcción: ninguno. Esa es la opinión institucional del CAPBA, plasmada en su Resolución 67/10. Es decir, la de un consultor estatal en la materia cuyo desenvolvimiento está constitucionalmente garantizado, nada menos (artículo 26 inciso 7 de la ley 10.405, y artículo 41 de la Constitución Provincial). Por lo demás, así lo establecen también leyes especiales que rigen la materia, y se trata de roles cuyo desempeño conjunto es éticamente incompatible.
09| Recuerde que lo erróneamente incluido en el arancel aprobado por decreto 6964/65 sobre las obligaciones y responsabilidad de un director ejecutivo, Ud. puede derogarlo mediante un documento contractual, ya que no se trata de una disposición de orden público. Le basta pactar con su comitente que la obra se ejecutará por administración del dueño-empresario constructor de ella, y que las partes entienden al rol de director ejecutivo con los alcances establecidos en la Resolución CAPBA 67/10.
10| No olvide que si Ud. dirige una obra (una vez más: en cualquiera de sus modalidades. En cualquiera) la ley dispone no solamente que los obligados solidarios ante la falta del plan de salud y seguridad y del profesional a cargo del control de su implementación son el dueño y el contratista (no Ud.), sino que, además, se establece una incompatibilidad absoluta para encargarse de ese rol. Por lo cual no era su misión en el proceso constructivo encargarse de ello.
11| Trate de no buscar presta-firmas “constructores” para el “tercer casillero” de los planos municipales, que cualquier testigo demostrará que no lo eran. En cambio, consiga que a Don José, el verdadero contratista, alguien lo represente técnicamente –declarándolo así, por supuesto, ante el Colegio competente- y suscriba los planos en tal carácter. Verá que esto no solo es cuestión distinta ni importa mentir, sino que es legal (artículos 6 de las leyes 10.405, 10.411 y 10.416).
12| Al contratar, sea preciso con el uso de la terminología específica de su profesión: por ejemplo, la “dirección ejecutiva por contratos separados” no existe ni existió nunca (si la “dirección ejecutiva” –por un lado- y la dirección por contratos separados –por otro-, según sea el sistema de ejecución de obra adoptado).
13| En toda obra, lleve un legajo conteniendo aquella documentación que eventualmente necesitará: figure o no en los planos, haga suscribir un documento al verdadero constructor (tenga o no representante técnico) reconociendo que lo es, y al dueño de la obra reconociendo que es con él que se ha vinculado para ejecutar la obra. Tal vez le servirá para acreditar que no lo era Ud., y por ende que los obreros no son sus empleados. Si lo consigue, ingrese una copia del documento al CAPBA solicitando que se agregue el mismo al expediente oportunamente visado, o al presentarlo a visado.
14| Recuerde que la ley no distingue entre contratistas totales o parciales. Por ello, no permita que conocidos instaladores, que incluso poseen título habilitante, eludan declarar su participación en la obra, y designar a sus representantes técnicos. Pero no solamente en su carácter de contratistas, sino incluso declarando la autoría del proyecto de la instalación ante el Colegio competente. Si no puede, por lo menos obtenga una copia firmada por ellos de los presupuestos, planos y otros documentos que usualmente suministran.
15| Como se advierte, mientras mejor pueda documentar qué ocurría verdaderamente en el proceso constructivo, mayores serán sus chances de salir airoso.
16| Si va a pagar en nombre de su comitente, hágase extender un poder (en lo posible con la firma certificada ante notario), reflejando que paga en nombre de otro, a los contratistas con los que se vinculó otro, y para determinada obra. Si carece de él, sucumbirá ante la más clásica pregunta de funcionarios administrativos y Jueces laborales: “¿A Ud. quien le pagaba”?
17| Desde ya que ante un conflicto laboral individual no se puede andar con miramientos: Ud. sólo tendrá chances de salir indemne si señala a los verdaderos responsables (principales y solidarios). Esto es, contratistas y dueños de obra. Y no, en esto no hay amigos, salvo que pretenda afianzar la amistad con su chequera.
18| Trate de convencer a su comitente (en interés mutuo) de la conveniencia ínsita en realizar su obra con el concurso de empresarios solventes, debidamente inscriptos, con aseguradoras de riesgo del trabajo y plan de salud y seguridad, etc. ¿Cómo? Pues haciéndole ver qué pasaría con su patrimonio –el de él- en caso de tener un siniestro en obra. Ante su eventual impermeabilidad a sus consejos, recuerde que del ahorro que realiza su cliente al contratar a evasores de las leyes laborales, impositivas y previsionales no participará Ud., pero sí podría ser responsabilizado solidariamente con él. Se aclara que “tratar de convencer” no involucra solamente hablar: hágale suscribir un documento de donde emane claramente tal consejo, y deposítelo en el Colegio, adjuntándolo al expediente respectivo.
19| Recuerde que el único “seguro” válido para los obreros es el proporcionado por una ART. Por lo tanto, es ilícito, y por ello inválido, “asegurarlos” con otra clase de póliza. Le cobrarán, la emitirán, pero al momento del siniestro no indemnizarán, sosteniendo que si hubieran sabido de qué se trataba, no hubieran asegurado el riesgo.
20| En materia de seguros, piense también en el que ampara su mala praxis como proyectista y director de obra, pues actualmente es tan inconcebible ejercer sin seguro como encontrarse infra asegurado. El Colegio subsidia una póliza para su matrícula, pero el límite homogéneamente dispuesto, a lo sumo, puede ser adecuado para un ejercicio en obras de pequeña envergadura. Por ello; la decisión colegial finca también en haber creado una plataforma para que Ud. la adecue a las características de su propio ejercicio, aumentando el límite de cobertura si correspondiere, actuando con previsión y realismo
Colegio De Arquitectos De La Provincia De Buenos Aires
CONSEJO SUPERIOR imagen 1
El entorno construido es en la ciudad la estructura, el soporte físico que contiene nuestras actividades a lo largo de una vida; las carencias y deficiencias de éste demandan una serie de exigencias al hombre. Mientras somos jóvenes, sanos y lúcidos, es posible sortear los desafíos que propone el ambiente, pero es probable que en algún momento de la vida nos enfrentemos con diferentes grados de dificultad, es decir, tengamos nuestras capacidades reducidas temporal o permanentemente; esta situación probablemente nos impida desenvolvernos con comodidad en un entorno sin accesibilidad. Si nada de esto nos ocurre, igual e inevitablemente envejeceremos, y en este proceso disminuyen nuestras capacidades motrices, sensoriales y psíquicas, crece nuestra vulnerabilidad y se incrementa la posibilidad de accidentes. Estas circunstancias plantean la necesidad de contar con un entorno apto en cuanto a su accesibilidad, legibilidad y seguridad, que permita a la mayor cantidad de gente, y durante el mayor tiempo posible, la autonomía y la independencia en el uso y goce de la ciudad. Lamentablemente verificamos a diario que el entorno está diseñado y construido sobre la base de una persona ergonómica, física y mentalmente sin dificultades, bajo las premisas de un hombre perfecto, La trampa del hombre medio titula la autora del libro “Lo Urbano y lo Humano” en uno de los capítulos donde explica cómo se estandarizaron las medidas de las personas dejando fuera de este estándar a un gran porcentaje de la población. (CORIAT, S. 2003)
Nos preguntamos entonces ¿Cuáles son las pautas para trabajar las condiciones de un entorno integrador?
A lo largo del siglo XX se han encontrado respuestas para las dos variables que componen este problema; personasambiente; en el caso de las personas es posible potenciar esas capacidades reducidas mediante ayudas técnicas: esta estrategia tiene una significación que va más allá de un bastón, unos anteojos, o una silla de ruedas; el objetivo principal de las ayudas técnicas es minimizar la dificultad. Por otro lado, el ajuste que precisa el entorno es posible a partir de otra estrategia, como “el diseño para todos” o “diseño universal” 1 concepto que entiende “el diseño de entornos y de productos aptos para el uso del mayor número de personas sin necesidad de adaptaciones ni de un diseño especializado”, promulgando un diseño sin estigmatismos para las personas con alguna discapacidad. (AA.VV. 2002).
1. Parece oportuno enunciar brevemente los siete principios básicos en los que se ha de basar el desarrollo de productos bajo este concepto definidos por El Centro para el Diseño Universal de la North Columbia State University de Estados Unidos. (AAVV. 2002: 32)
1. Uso universal, para todos.
2. Flexibilidad de uso: el diseño se adapta a un amplio abanico de preferencias y destrezas individuales.
3. Uso simple e intuitivo: el diseño permite un uso fácil de entender, con independencia de la experiencia del usuario, su conocimiento, habilidad de lenguaje o capacidad de concentración.
4. Información perceptible: el diseño aporta la necesaria información de forma efectiva al usuario, con independencia de las condiciones ambientales o las habilidades sensoriales del individuo.
5. Tolerancia para el error o mal uso: el diseño minimiza daños y consecuencias adversas de las acciones realizadas involuntariamente o por error.
6. Poco esfuerzo físico requerido: el diseño puede ser utilizado eficientemente y confortablemente y con mínima fatiga.
7. Tamaño y espacio adecuados para aproximación, alcance, manipulación y uso, con independencia del tamaño corporal del usuario, la postura o movilidad.
Un concepto que integra el paradigma del Diseño para Todos y se ajusta a los problemas del diseño urbano es el de accesibilidad, definida como “una característica básica del entorno construido….La accesibilidad permite a las personas participar en las actividades sociales y económicas para las que se ha concebido el entorno.” 2 (AA.VV.1996) La misma debería ser un concepto que se aplique lógica y cotidianamente en la ciudad, pero en realidad no es así, la accesibilidad como estructura soporte de cualquier intervención no se ha utilizado y, peor aún, se ha empleado incorrectamente; existe una importante dificultad en conseguir que su aplicación técnica contemple el contexto urbano como entidad total, y no se emplee de manera sectorizada o fragmentada como ocurre generalmente.
Es interesante entender que la arquitectura debería proponer espacios accesibles de por sí y no indicar expresamente que lo son, parece importante ejemplificar casos urbanos donde cualquier persona independientemente de su grado de dificultad, puede disponer de su uso.
En la imagen 1 se presenta una situación reconocible para un marplatense, aquí se ve correctamente organizado y sectorizado el espacio para la circulación peatonal, como así también el equipamiento y la vegetación, la sendas coinciden con el vado y permiten un correcto ascenso y descenso de cualquier peatón. En el mismo sentido las intervenciones realizadas en Puerto Madero por el estudio de arquitectura VSV (imagen 2) también son un ejemplo del orden entendido desde la configuración espacial que necesita un espacio urbano para que sea accesible.
2 El término accesibilidad está enunciado por múltiples autores a lo largo de la historia reciente, la elección de la precedente definición se apoya en que la misma fue concebida como concepto y no como mero sustantivo o adjetivo (según el caso). Es extraída de “El Concepto Europeo de Accesibilidad”, que no es un libro, sino una declaración que surge como respuesta a la petición de la Comisión Europea en 1987 de definir los principios de diseño universal.
El tercer ejemplo es superador, ya que incorpora a lo largo de la Costanera en Punta Arenas en Chile una guía de circulación sin obstáculos para las personas no videntes, o con restricciones visuales que deban utilizar bastón. Los ejemplos muestran situaciones donde desde su configuración espacial está contemplada la diversidad de usuarios sin necesariamente expresar que es un espacio accesible. “Actualmente se destaca la buena accesibilidad como aquella que existe, pero que pasa desapercibida para la mayoría de usuarios” (BELETA, R. 2004) imagen imagen imagen 34 DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE
Desplazarnos no es lo único importante, el espacio público debe propiciar además que las personas puedan permanecer en él y no solamente circular, el descanso o la contemplación es parte del uso del mismo. Se presenta aquí un banco diseñado en el Estudio Cabeza (imagen 4-5), tiene la particularidad que a simple vista es un banco más, pero en su diseño contiene la posibilidad de incluir a una persona en silla de ruedas como se ve en imagen, propiciando la integración e inclusión de la misma. Por otra parte los elementos urbanos por más pequeños que sean también deben tener un diseño que sea accesible y principalmente que evite accidentes, por ejemplo protectores de árboles con las medidas adecuadas para que una rueda (de carrito de bebe, de mandados, o una silla) no quede atrapada. (imagen 6 diseño del mismo estudio.)
Además de desplazarnos y descansar sabemos que debemos poder orientarnos con facilidad, utilizar el transporte público, arrojar basura, beber agua, acceder a un sanitario, etc, cada una de estas acciones deben estar diseñadas para la diversidad de personas que habitan la ciudad.
El compromiso que una ciudad adquiere en el diseño accesible involucra también a sus edificios, particularmente si son públicos, sabemos que el ingreso y permanencia a un edificio público, es una cuestión en sí misma y merece un tratamiento especial, simplemente mostraremos aquí como debe desde el exterior, quedar organizado el acceso. En este caso, el ejemplo 7 es un edificio cultural; el Museo de Arte Latinoamericano de Buenos Aires, se ha planteado correctamente desde el diseño proyectual las diferentes posibilidades para ingresar: escalera o rampa , ambas posibilidades comparten la fachada ,llegan al mismo lugar, y tienen la misma jerarquía, la puerta de acceso está bien definida, este acceso es inclusivo y sirve de ejemplo para muchos proyectos donde la rampa aparece como opción y deriva al usuario hacia otro ingreso que no es el principal .
Es la intención de este artículo enfatizar que el diseño arquitectónico no debe plantearse como accesible desde una especialización de la arquitectura, sino que un diseño adecuado contempla estos parámetros intrínsecamente en su proyecto, estos conceptos superan las normativas , implican un compromiso con el otro, que, desde el lugar de arquitectos es importante repensar en nuestro hacer cotidiano.
Arq. Mariana Yeannes Magister en Gestión Ambiental del Desarrollo Urbano
Bibliografía
-AGUSTINA PALACIOS El modelo social de discapacidad: orígenes, caracterización y plasmación en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ed Cermi. España 2008
-AA.VV. Libro Verde. La accesibilidad en España. Diagnóstico y bases para un plan integral de supresión de barreras. Madrid. Ed. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 2002.
-AA.VV. I Plan Nacional de Accesibilidad. 2004-2012. Madrid. Ed. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. 2004.
-AA.VV Concepto Europeo de Accesibilidad. Madrid. Ed Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales .1996.
-CORIAT, SILVIA. Lo Urbano y lo Humano Hábitat y Discapacidad. España: Edición CP67 2003.
-ROVIRA BELETA ENRIC. Accesibilidad y Supresión de Barreras en www.rovira-beleta.com
-YEANNES MARIANA. “La Revalorización del espacio público a partir de las Condiciones de accesibilidad peatonal. Un estudio sobre Barreras arquitectónicas en la ciudad de Mar del Plata”, en la revista Estudios del Hábitat, N° 11, año 2012, de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo, Universidad Nacional de La Plata, ISSN 0328-929X.