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DEL BAJO SINÚ.................................................................................PAG

Decisión de la entidad administrativa contenida en la Resolución N° 010 de1982

1. Deslindar los terrenos baldíos que conforman la CIENAGA GRANDE, ubicada en jurisdicción de los municipios de Lorica, Momil, Purísima,

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Chima y Ciénaga de Oro, esto conforme a lo establecido en el proceso de levantamiento topográfico que estableció los puntos de referencia (Norte, Sur, Oriente y Occidente).

2. Notificar al Procurador agrario

NORMAS Y REGULACIONES ANTERIORES Y LAS QUE APARECEN EN LA HISTORIA DE LAS TENSIONES POR LA POSESIÓN, OCUPACIÓN Y USO DE LA TIERRA DE LA CIÉNAGA GRANDE DEL BAJO SINÚ

Sin duda alguna, el tema de la tierra en Colombia es uno de los más neurálgicos de la historia de esta Nación; así lo confirma la estructura del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera” entre las FARC-EP y el Gobierno Colombiano que consta de 6 puntos, y precisamente el punto 1 titulado «Hacia un nuevo campo colombiano: Reforma Rural Integral», propone la transformación estructural del campo.

El punto 1 comprende el conflicto agrario como causa y consecuencia del conflicto armado desde diferentes perspectivas, ya que para el gobierno debe “contribuir a reversar los efectos del conflicto y cambiar las condiciones que han facilitado la persistencia de la violencia en el territorio” […] mientras que para las FARC, “debe contribuir a solucionar las causas históricas del conflicto” (Acuerdo Final, 20016, p.33), en cuestiones como la incertidumbre sobre la propiedad de la tierra, “su concentración, la exclusión del campesinado y el atraso de las comunidades rurales” (Acuerdo Final, 2016, p.34)

Los aspectos centrales del punto 1 son: primero, acceso a tierras; segundo, Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial; y, tercero, Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral. La primera medida, acceso a tierras, punto 1.1. propone la creación de un Fondo de Tierras para democratizar su acceso, la formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad rural; la creación de mecanismos de resolución de conflictos de tenencia y uso; la formación y creación del catastro rural, integral y multipropósito; el cierre de la frontera agrícola y la protección de zonas de reserva, entre otras.

La segunda medida tiene que ver con los “Programas de Desarrollo con

Enfoque Territorial,” punto 1.2, cuyo propósito es, entre otros, garantizar “el bienestar y buen vivir de la población en zonas rurales, haciendo efectivos los derechos políticos, sociales y culturales” (Acuerdo Final, 2016, p.46). Para ello se establecen mecanismos de participación activa de las comunidades y se crean instancias en los distintos niveles territoriales para garantizar la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones.

La tercera medida relacionada con los Planes Nacionales para la Reforma Rural Integral, punto 1.3, tiene como objetivo “la superación de la pobreza y la desigualdad, así como la integración y el cierre de la brecha entre el campo y la ciudad” (Acuerdo Final, 2016, p.48). Para ello se propone garantizar infraestructura y adecuación de tierras, eléctrica y de conectividad. En cuanto al desarrollo social, se proponen medidas de atención en salud, educación, vivienda y agua potable para erradicar la pobreza.

El punto 1 del Acuerdo Final busca solucionar problemáticas agrarias de raíces estructurales, por lo que no es fácil distinguir entre conflicto agrario y armado, pues se diluyen los límites que diferencian un conflicto del otro. Estos conflictos por sus características requieren de análisis complejos y de acciones de diverso orden dada la violación masiva y sistemática de los derechos humanos y fundamentales.

Con fundamento en lo anterior, a modo ilustrativo y de ubicación, se pasa a dar una breve información acerca de la evolución histórica de las reformas agrarias en Colombia.

No obstante, primero hay que subrayar que el Estado esta implementado una política de ordenamiento de la propiedad rural formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, que le otorga a los municipios la competencia de determinar la naturaleza jurídica de los predios.

Tabla 3. Evolución histórica de las reformas Agrarias en Colombia

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