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Nada ni nadie por encima de la ley Guadalupe Gutiérrez*

En 2022 y 2023, hemos visto diversas iniciativas de reforma en materia político-electoral: a) una de reforma constitucional que afortunadamente no pasó, ya que buscaba afectar grandemente a las autoridades electorales; b) la conocida como plan B, que se encuentra en estos momentos en análisis en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para determinar su constitucionalidad o inconstitucionalidad; y c) en este 2023, una nueva iniciativa de reforma a los artículos 41, 73 y 99 de la Constitución federal, que pretende limitar el actuar del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en aspectos específicos, principalmente relativos a las determinaciones de los partidos políticos en materia de candidaturas, dirigencias y respecto a la revisión de los actos de las cámaras. Argumentando entre otros, su derecho a la autodeterminación, autogobierno y que no habrá regresión en derechos para la ciudadanía.

Sin embargo, es de resaltar los avances que se han tenido en materia de paridad en nuestros días, los que en gran medida han sido resultado de acciones afirmativas impulsadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el TEPJF, además de las diversas determinaciones de este último. Para muestra, cabe recordar la determinación reciente para que quien ocupara la presidencia del Consejo General del INE, fuera una mujer. Un proceso cuestionado por diversas situaciones que se presentaron desde el inicio de la publicación de la primera convocatoria a finales de 2022 y que, de no haber sido por el TEPJF y el acatamiento de la determinación, no se habría logrado.

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Ahora bien, el limitar las facultades del TEPJF, como se pretende, es tanto como aceptar que exista un megapoder, por encima de los órganos constitucioales establecidos, que nada ni nadie pueda revisar o controlar su actuar. Lo cual además resulta contrario a los convenios internacionales suscritos por el Estado mexica- no y daría como resultado una antinomia. Recordemos que en términos del artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos (también conocida como Pacto de San José), todas las personas tenemos derecho a la protección judicial, todos los actos y determinaciones deben ser susceptibles de ser revisadas y en su caso, modificadas, revocadas o anuladas.

Artículo 25. Protección Judicial

1. Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.

2. Los Estados Parte se comprometen: a) a garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado decida sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso; b) a desarrollar las posibilidades de recurso judicial, y c) a garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso.

No olvidemos que estamos hablando de derechos humanos, derechos que tenemos todas las personas, por lo que, por ejemplo, si un partido político toma una determinación en la que una persona o personas consideran se les están violentando sus derechos humanos, es claro que debe ser revisado. Los partidos políticos no pueden faltar a sus fines constitucionales, son actores de suma importancia en nuestra democracia y en su interior también deben observar principios democráticos que garanticen plenamente los derechos de todas las personas que los conforman, para que no se con-

*Guadalupe Gutiérrez es Doctora en Derecho Constitucional Electoral. Académica de FES Acatlán de la Universidad Nacional Autónoma de México, consejera local propietaria de INE Querétaro, coordinadora y ponente de los diplomados: Derecho Procesal Electoral y Temas Selectos en Materia Electoral que ofrece la FES Acatlán de la UNAM. Integrante del claustro docente del Instituto Electoral del Estado de México, ha participado en once procesos electorales, trabajando principalmente para el Instituto Electoral del Estado de México, y en el Instituto Electoral del Estado de Querétaro.

@GuadalupeGtzH viertan en entes autocráticos. Por ello es por lo que aún si se diera la pretendida reforma, con base en el artículo primero de nuestra Constitución federal y al bloque de constitucionalidad, el TEPJF, debe continuar revisando esos actos y determinaciones.

Es así como, gracias principalmente a la reforma del 10 de junio de 2011 a nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hoy en día, nada ni nadie debe estar por encima de los derechos humanos. Ya no se trata solo de estar adecuando a contentillo la Constitución, sino de garantizar los derechos y avances logrados, mismos que incluso, han costado vidas.

Una de las obligaciones generales del Estado mexicano reconocida en el artículo primero de la Constitución federal, es la progresividad, que a contrario sensu mandata la no regresividad en lo ya obtenido. Aquí no se trata de prejuzgar que todas las determinaciones de los partidos políticos sean revocadas, modificadas o anuladas, se trata de revisar que se ajusten a derecho, de ser así, serán confirmadas, pero en caso de que violenten derechos, claro que debe impedirse que surtan efectos.

De ahí también resaltar la responsabilidad de las autoridades electorales de tener bien puesta la camiseta institucional del órgano al que pertenecen y no de ningún partido político, a fin de que prevalezca la imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad, máxima publicidad, certeza, paridad y la toma de decisiones con perspectiva de derechos humanos.

Dejemos atrás el autoritarismo, debe prevalecer el derecho por encima de cualquier interés particular. Que no se repita la historia mexicana ya superada y que tampoco se trate de justificar con es lo que se está haciendo en otros países, veamos las crisis que esas acciones están generando, conflictos, pérdidas humanas, etc. Nada justifica la violación de derechos huma- nos. Si queremos una verdadera democracia, esta tiene que darse desde los entes de interés público denominados partidos políticos. Debemos tener presente que estos entes están atravesando una gran crisis desde hace varios años, y si no se replantean, pueden terminar siendo sustituidos.

Tengamos presente que hoy en día los partidos políticos ya no tienen el monopolio del registro de candidaturas y la sociedad organizada puede ir ganando espacios gracias a las candidaturas independientes. Es decir, si la ciudadanía no cuenta con canales democráticos para acceder al poder por conducto de un partido político, buscará otros canales. Si bien, puede decirse que serían aspectos aislados que no pueden competir con la fuerza de un partido político, pueden ir ganando cada vez más espacios y debilitando su fuerza.

Debe darse paso a una igualdad total, en donde todas las personas puedan acceder a los cargos de elección popular y que, si lo quieren hacer por conducto de un partido político tengan oportunidades reales, viendo garantizados en todo momento sus derechos político-electorales.

Ha sido una iniciativa fuertemente criticada, con aplazamientos para su discusión y con diversos posicionamientos por parte de diversos diputados, algunos de ellos se realizaron el 13 de abril, fecha en que los trabajos concluyeron con el aplazamiento de su discusión.

Referencias

1. OEA. (1969). Convención Americana de Derechos Humanos. San José de Costa Rica. https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_ convencion_americana_sobre_derechos_humanos.ht

La inquietud por la polarización es hoy un lugar común en cualquier conversación sobre la situación política. Se configura una dinámica de bloques, y en la agria bipolaridad resultante una parte de la ciudadanía advierte que no se siente a gusto. Hace algunos años, un cambio climático en la política provocó el deshielo de los polos del bipartidismo, abriendo un mundo de archipiélagos en diferentes países. Incluso en Estados Unidos, los dos partidos tradicionales se convirtieron en plataformas donde irrumpieron nuevos jugadores que desafiaron el statu quo, como Donald Trump.

La pregunta de si existe hoy lugar para una tercera vía está sobre la mesa en México. De hecho, fue un tercer partido, Morena, con la fuerza electoral de López Obrador, el que logró desplazar a PRI y PAN, no solo del Gobierno federal, sino de una parte muy importante del poder local. Sin embargo, cuando se produce la victoria del tercer jugador, el ciclo se reinicia, las cartas se reparten de nuevo, y se establece una vez más la dinámica de polarización protagonizada por las dos opciones principales y antagonistas.

En la mayor parte del país, el campo de batalla electoral parece listo para dos actores, Morena y sus aliados, frente a la coalición de PAN, PRI y PRD, aunque en algunos estados permanece Movimiento Ciudadano como referente de la disputa. ¿Es posible entonces que se extienda esa tercera opción ganadora a todo el país? ¿Podría hacerlo por fin un independiente después de varios intentos fallidos?

Las posibilidades de éxito de un tercero dependerán de su capacidad de conformar un vínculo fuerte y estable con un electorado investido de una nueva identidad política colectiva, creada a partir de grupos de diferentes características. Desde el punto de vista discursivo y de la comunicación política, no se trata solo de dirigirse a un público o audiencia ya existente, sino a un ‘otro’ en construcción. El semiólogo y filósofo argentino Eliseo Verón se refería a tres tipos de destinatario: el positivo (prodestinatario), el negativo (contradestinatario), y un tercer hombre al que llama paradestinatario.

Por ejemplo, López Obrador, en su discurso, construye tanto a su destinatario positivo como al negativo, y entra en relación con ambos. El primero cree o participa de sus mismas ideas, se adhiere a los mismos valores o persigue los mismos objetivos. Son sus partidarios, un nosotros inclusivo, un colectivo de identificación. Lo contrario sucede con el destinatario negativo: lo que es bueno para uno es malo para otro; lo que es verdadero para el enunciador es falso para este colectivo; lo que es sincero para los partidarios es mala fe para el contradestinatario.

Pero existe ese tercer destinatario sin nombre, al que se colocan diversas etiquetas: gente desinteresada, indecisos, independientes, etc. Como recuerda Verón a los especialistas en marketing electoral, la comunicación política difiere de la publicidad comercial en que exige tres órdenes de discurso: de refuerzo ante los partidarios, de polémica ante el adversario y de persuasión ante el tercer hombre.

*Alberto Mendoza es periodista y consultor de comunicación y asuntos públicos. Licenciado por la Universidad Complutense, especialista en Información Internacional y con un Máster de Política Mediática. Cuenta con un posgrado en Dirección de Campañas Electorales por la Universidad Pontificia Comillas. Por más de 15 años ha desarrollado su carrera en medios, instituciones y campañas electorales de España y México.

Precisamente por ello, en un primer momento la lógica indicaría que la tarea de una tercera fuerza política ambiciosa debería ser seducir a este grupo. Este análisis, sin embargo, puede llevar a un clásico error estratégico, al confundir su destino ante los tres destinatarios de Verón. Una estrategia basada en pescar entre quienes se encuentran fuera del juego bipolar, indecisos o apáticos, decepcionados o indignados, probablemente solo servirá para seguir siendo el tercero en el cómputo electoral.

El salto cualitativo a la disputa por el poder se puede lograr al interpretar de manera diferente esta base teórica, es decir, no buscando a un minoritario tercer hombre ya dado, sino creando una identidad colectiva, ampliándola, y logrando proyectar los mensajes a los tres tipos de destinatario. Para ello, es conveniente retomar cuál era para el sociólogo italiano Alessandro Pizzorno la virtud específica de la política: la virtud de vincular. La acción política moviliza, constituye nuevas identidades y vincula a los individuos, de manera fuerte o débil, duradera o pasajera.

Pizzorno define esta actividad identificante como “la tarea de constituir, preservar, reforzar las identidades colectivas que aparecen sobre la escena política bajo sus múltiples formas (grupos, partidos, movimientos, asociaciones, estados, etc.)”. El autor italiano añade que esta acción “consiste en producir símbolos que sirven a los miembros de una colectividad dada para reconocerse como tales, comunicarse su solidaridad, acordar la acción colectiva”. Es más, la identidad colectiva política “no recoge simplemente intereses sociales preexistentes, sino que los selecciona, los informa, los inventa, los ignora…”.

En tiempos de demolición de las identidades tradicionales y de las jerarquías inflexibles del pasado, las nuevas identidades colectivas, que pueden formarse y transformarse en libertad, establecen el marco de la competencia electoral. De esta forma se dibuja el camino para las fuerzas que buscan pasar de la tercera fila al escenario principal.

Pero es algo que no se puede conseguir únicamente con retórica y propaganda, sino tomando en cuenta la sustancia con que se tejerán los vínculos, las relaciones duraderas y las lealtades. Es decir, la identificación que no se resquebrajará por una crisis, una decisión o una propuesta programática concreta. Esas bases son la capacidad de inspirar confianza y de generar solidaridad en el colectivo. Una tarea que no puede postergarse y para la que el tiempo se agota de cara a 2024.

Ya henos comprobado que la competencia democrática no es una mera elección entre políticas públicas, o una pesca heterogénea de inconformes, sino también un conflicto no violento de identidades colectivas. Quien logre construir y dirigirse de forma pertinente a sus tres destinatarios, alcanzará su destino.

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