Estación Nº 1 - Año 2017

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Primer Medio de Difusión de la Seccional Córdoba Mediterránea

Edición Nº 1/Año 2017

“Sin justicia social, sin equidad y sin condiciones dignas de trabajo, la libertad es una mera ilusión”


Dirección: 25 de Mayo 256-Galería América Oficina 4- Córdoba Capital Teléfono: 0351 421-3068 Horarios de Atención: Lunes a Viernes de 09 a 14 hs

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Consultorio jurídico para afiliados de Unión Ferroviaria Todos los días Miércoles 18 hs Lugar Lavalleja nº 1700 Sede Seccional Córdoba Mediterránea Contacto Dr. Marcelo Cristal Brünner Tel 155 738 768 / mcristalbrunner@gmail.com Dr. Martín Salvadé Tel 153 255 661 / martinsalvade@hotmail.com


Carta de Bienvenida a los Trabajadores Ferroviarios Estimados Compañeros: Es para mí un enorme placer, en este día presentarles una herramienta que sin dudas, nos acercará aun mas a la familia Ferroviaria. No tengo dudas que una de las claves del éxito de nuestra gestión, esta justamente en la comunicación y la cercanía entre la dirigencia y todos ustedes que componen la gran familia ferroviaria. Hace pocos días, hemos finalizado una fructífera gestión en la cual hemos podido concretar todos juntos, grandes logros y por eso tengo que agradecerles el acompañamiento, también soy consciente que falta mucho para hacer, siempre hay objetivos y sueños para concretar, por estos motivos a través de este medio los invito en el inicio de esta nueva etapa a que sigamos en esta buena senda para seguir trabajando en beneficio de todos los trabajadores ferroviarios y fundamentalmente en la recuperación de todo el sistema ferroviario argentino. Tomemos a esta revista como una herramienta que nos sirva para estar informados y comunicados ya que por los tiempos que corren, la permanente comunicación y cercanía, entre los compañeros ferroviarios, el gremio y la dirigencia, debe ser más fluida y próxima que nunca. Es así, queridos compañeros que me llena de orgullo y placer presentarles esta revista ferroviaria, hecha por ferroviarios y para los ferroviarios, deseando la reciban con toda la alegría con la que hoy la estamos presentando. Por lo demás, les envío un afectuoso saludo y ¡FELIZ DÍA DEL TRABAJADOR!

Carlos S. Márquez Secretario de Formación Sindical Unión Ferroviaria


Primer Medio de Difusión de la Seccional Córdoba Mediterránea

Edición Nº 1/Año 2017

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Coordinación General Martin Salvadé Editor Fernando Márquez Compilación, archivo Flavio César Medina Redacción Flavio César Medina Martin Salvadé Editorial e Impresión Unión Ferroviaria Diseño de tapa Fernando Márquez Logística y distribución Unión Ferroviaria Por cualquier consulta y/o servicio que quiera proponer contactenos Dirección: Lavalleja nº1700 estacionuf@hotmail.com

Agrupación Nueva Sangre Ferroviaria


ELECCIONES EN LA UNIÓN F E R R O V I A R I A El martes 21 de febrero, se realizaron las elecciones en nuestra organización gremial, donde se eligieron las autoridades del secretariado Nacional, Delegados al Congreso y Comisiones Ejecutivas de las 32 seccionales de todo el País, la " Lista Verde" que llevo como candidato al actual Secretario General de la Unión Ferroviaria, el compañero SERGIO SASIA, triunfo en 31 de las 32 seccionales que componen a la organización, contando con la participación, (a pesar de la fecha, periodo de vacaciones), con el 81 % de los afiliados. Llevando como eje el " Trabajo, Gestión y Pasión Ferroviaria " símbolo que tiene como guía la importante tarea que llevo adelante durante estos cuatro años el Secretariado Nacional y todos sus cuerpos orgánicos, el cual fue ratificado con su voto de confianza por la amplia mayoría de los compañeros ferroviarios. Las seccionales Córdoba Mediterránea y Córdoba Oeste, acompañaron con un comportamiento ejemplar y alto compromiso democrático los resultados que se dieron a nivel nacional, en el cual se contó con la participación del 82 % y 99 % de los afiliados que integran los padrones de las dos seccionales, por lo tanto, los compañeros ferroviarios también avalaron la gestión realizada en este periodo del 2013 al 2017. Desde esta humilde revista creada por los compañeros de las seccionales de Córdoba, felicitamos al compañero SERGIO SASIA por el gran triunfo obtenido y a todas las compañeras y compañeros que fueron electos, y como él dice siempre, "se ha cumplido con muchos de los proyectos pensados, sabemos que todavía falta, pero seguramente en estos próximos cuatros años todo lo que se sueña para tener una UNION FERROVIARIA grande, se concretara". Entre los logros obtenidos a nivel nacional se pueden destacar la incorporación de miles de trabajadores ferroviarios al sistema, la renovación de todos los convenios colectivos de trabajo, con mejoras en las condiciones laborales, salariales, y beneficios sociales, la creación del Instituto de Formación, Capacitación y Estudios Ferroviarios " 6 de Octubre", la renovación del 60 % de las sedes seccionales, el mejoramiento en las prestaciones de salud, y entre lo que queda para realizar seguramente se conseguirá la unificación del convenio colectivo de trabajo a los fines de que se pueda tener un solo convenio para todos los compañeros y compañeras ferroviarias del País, también se estará inaugurando el Hotel " 6 de Octubre" en Buenos Aires un lugar donde los compañeros del interior puedan pernoctar cuando lleguen a Buenos aires. Hoy más que nunca seguiremos planteando en todos los ámbitos que "UN PAÍS SIN TRENES ES UNA NACIÓN SIN FUTURO". ¡ MUCHAS GRACIAS COMPAÑEROS A TODOS POR SU VOTO DE CONFIANZA !

Trabajo, Gestión y Pasión


T r a b a j o ,

G e s t i ó n

y

P a s i ó n

Comisión Ejecutiva Seccional Córdoba Oeste 2013 - 2017 Tula Jorge Aníbal Peralta Walter Edelberto Acuña Ramón Ignacio Barrionuevo Raúl Eugenio Rodríguez Ramón Del Carmen Torres Fernando José Vélez Carlos David Reyna Juan Arizo Gerónimo Congresales Nacionales Basualdo Jorge A.

Comisión Ejecutiva Seccional Córdoba Oeste 2017 - 2021 Secretario General Acuña Ramón Ignacio Secretario General Adjunto Baigorria Carlos Eduardo Secretario de Administración y Finanzas Barrionuevo Raúl Eugenio Secretario de Relaciones Institucionales, Intersindicales y Prensa Cabrera Néstor Andrés Secretario de Acción Social Guzmán Hector Sebastián Secretario de Asuntos Laborales Vélez Carlos David Secretario de la Tercera Edad Reyna Juan Gonzalo 1º Vocal Díaz Franco Norberto 2º Vocal Arizo Gerónimo Antonio Congresales Nacionales Verón Carlos Gustavo Basualdo Jorge Alberto


Comisión Ejecutiva Seccional Córdoba Mediterránea 2013 - 2017 Monticelli Sergio Dino Tello Fernando Ariel

Comisión Ejecutiva Seccional Córdoba Mediterránea 2017 - 2021

Castellano Mario Delfín

Secretario General

Tabera Rene Julián

Rene Julián Tabera

Rodríguez Néstor Luciano Peirano Alberto Gabriel Santillán Hugo Ricardo D’Angella Walter Daniel Rochetti Oscar Alberto Correa Omar Alberto

Secretario General Adjunto Alessandrini Edmundo Angel Secretario de Administración y Finanzas Castellano Mario Delfín Secretario de Relaciones Institucionales, Intersindicales y Prensa

Britos José Alberto Díaz Enzo Manuel Alessandrini Edmundo Angel Zarate Domingo Horacio Sosa Isidoro Congresales Nacionales D’Angella Adalberto C. Nieto Julio Eduardo Giménez Eladio González Eloy

Moya Hugo Ignacio Secretario de Acción Social Paredes Carlos Julio Secretario de Asuntos Laborales Correa Omar Alberto Secretario de la Tercera Edad Zarate Domingo Horacio Secretario de la Juventud Marquez Rodrigo Matias Secretario de Organización Rodríguez Néstor Luciano Secretario de Deportes Santillan Hugo Ricardo Secretario del Interior Enzo Emanuel Diaz Secretario de Capacitación Torino Patoco Roberto Hector Secretario de Salud Bustamante Claudio Raúl Secretario de Actas y Difusión Peñaloza Luis Alfredo Secretario de Previsión Social Sosa Isidoro Congresales Nacionales Monticelli Sergio Dino Tello Fernando Ariel Nieto Julio Eduardo Argañaraz Juan Manuel


G e s t i ó n 2 0 1 3 / 2 0 1 7 Seccional Córdoba Mediterránea y S e c c i o n a l C ó r d o b a O e s t e “Para conducir a un pueblo la primera condición es que uno haya salido del pueblo, que sienta y piense como el pueblo. Quien se dedica a la conducción debe ser profundamente humanista: el conductor siempre trabaja para los demás, jamás para él.” Juan Domingo Perón

Por: Flavio César Medina A lo largo de cuatro años de trabajo, la gestión 2013-2017 de la Unión Ferroviaria Seccional Córdoba Mediterránea, conducida por el ex Secretario General Sergio Monticelli, y la Seccional Córdoba Oeste conducida por el ex Secretario General Jorge Tula, fueron artífice de toda una serie de directrices y actividades concebidas en pos de lograr el mayor bienestar de los afiliados ferroviarios. Al respecto, numerosas fueron las contribuciones de dicha gestión, algunas de las cuales consideraremos a

continuación. En el mes de diciembre del 2014, en un marco de campaña electoral, recibimos la distinguida visita del ex Ministro de Transportes Florencio Randazzo, en el taller ferroviario de barrio Talleres y en la estación de Alta Córdoba. Dicha visita se produjo en un ambiente colmado de trabajadores ferroviarios, quienes tuvieron un contacto directo y fraternal con en el ex Ministro.


El día viernes 1 de mayo del 2015, con motivo del día del trabajador, se realizaron los festejos pertinentes a tal fecha, con la presencia del Secretario General de la Unión Ferroviaria Sergio Sasia, y la concurrencia de numerosos compañeros ferroviarios, quienes disfrutaron de un encuentro deportivo y posterior agasajo. En el mes de junio del 2015, se llevaron adelante una serie de cursos formadores con el objeto de incrementar la capacitación de los operarios ferroviarios. A tal fin, se creó el “Instituto de formación, capacitación y cursos ferroviarios ‘6 de octubre’”, que contó con la dirección y coordinación de los compañeros Carlos Márquez (Secretario de Formación Sindical) y Osvaldo Biamonte (Secretario de Cultura y Capacitación). Entre otros rubros, esta serie de cursos incluyó instrucciones en computación, higiene y seguridad, especialidades ferroviarias (mecánica de locomotoras, GM 22, maquina rectificadora de cigüeñales, reparación de radiadores, etc.). A su vez, para facilitar esta tarea, se formalizaron convenios con las empresas “Belgrano Cargas y Logística” (hoy “Trenes Argentinos – Cargas”) y “Educado en Argentina”. El día miércoles 8 de Julio del 2015, se inauguró la Sede Central de la Seccional Córdoba Mediterránea, ubicada en Lavalleja 1700 del barrio Alta Córdoba. El evento, contó con la presencia de importantes figuras sindicales y de compañeros ferroviarios nucleados en la Unión Ferroviaria. El día sábado 3 de octubre del 2015, se produjo la llegada del tren de pasajeros Buenos Aires – Estación Mitre, con una importante participación conjunta de miembros de la U.F. y trabajadores ferroviarios, en el marco de la campaña electoral en apoyo al ex Ministro de Transportes Florencio Randazzo. En el mes de diciembre del año 2016, la gestión participó en el evento que derivó en la inauguración de importantes refacciones realizadas en las seccionales de la Unión Ferroviaria de San Francisco y Deán Funes. A su vez, el día viernes 9 de diciembre se inauguró, en San Francisco, el Museo Ferroviario “Scalabrini Ortiz” en el ex galpón del Servicio Telepostal de la sede Estación Belgrano. Este acontecimiento dio lugar a la celebración de un acuerdo de colaboración recíproca para la reactivación ferroviaria y la conservación del patrimonio ferroviario. Así, en el mes de febrero de 2017 concluyeron cuatro años de gestión, con la convicción de haber contribuido lo más posible con la causa ferroviaria.

“Años de abordar tareas en compromiso de nuestro futuro como unión ferroviaria a nivel nacional, por los que vendrán y ocuparan con trabajo, gestión y mucha pasión como lo venimos logrando a lo largo de estos años”



PARA NUESTROS JUBILADOS G U I L L E R M O D ´ A N G E L L A Directivo Nacional de los Jubilados

La tercera edad es una etapa de la vida en la que el ser humano elabora una reflexión de lo que ha logrado en su trayectoria de vida, así como de las oportunidades que se han dejado pasar o simplemente se han postergado. Para nosotros los FERROVIARIOS, nuestros jubilados, a los cuales los seguimos considerando compañeros, son un símbolo de la dedicación y el esfuerzo que pusieron para mantener viva la llama de la permanencia del sistema ferroviario en argentina, siempre es interesante escuchar los relatos de sus anécdotas y vivencias como así también la experiencia y las capacidades adquiridas, las cuales son transmitidas de generación en generación para llevar adelante el trabajo ferroviario. En nuestras seccionales tenemos representantes de los jubilados que integran los cuerpos orgánicos de nuestra Unión Ferroviaria, y realizan la tarea de atender las necesidades y problemas que ellos mismos plantean en el día a día. A nivel nacional en el Secretariado nacional están representados por el compañero GUILLERMO D´ANGELLA y por el compañero JOSE MUNAFO, que por estos días están llevando adelante las tratativas ante los organismos correspondiente de la equiparación del coeficiente del haber ferroviario de los afiliados a la Unión Ferroviaria con el coeficiente del haber ferroviario de los compañeros de la Fraternidad, también se está tramitando la restitución del beneficio de préstamo que otorgaba la mutual de la Unión Ferroviaria, el cual fue suspendida por una resolución del Anses, para que nuestros compañeros jubilados puedan satisfacer sus necesidades de la misma manera que los compañeros activos.

H O R A C I O Z A R A T E Secretario de la Tercera Edad

I S I D O R O S O S A Secretario de Previsión Social

“EN LA UNIÓN FERROVIARIA SIEMPRE CONSIDERAMOS A LOS COMPAÑEROS JUBILADOS COMO EL MOTOR DEL TRABAJO, GESTIÓN Y PASIÓN FERROVIARIA QUE NOS MUEVE PARA SER UN GREMIO CON HISTORIA, CON PRESENTE Y CON FUTURO PARA EL CRECIMIENTO DEL PAÍS”


Convenio entre la Unión Ferroviaria y el Ministerio de Educación de la provincia de Trabajo, Gestión y Pasión Córdoba

Por: Flavio César Medina

Sergio Sasia Secretario General Unión Ferroviaria

“El principal objetivo de la educación, es criar personas capaces de hacer cosas nuevas, y no solamente de repetir lo que otras generaciones hicieron”. Jean Piaget. El día miércoles 28 de diciembre del 2016, la Unión Ferroviaria, por medio del Secretario General Sergio Sasia y el Secretario de Formación Sindical Carlos Severo Márquez, firmaron un convenio en forma conjunta con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y su representante, el Profesor Walter Grahovac. El objetivo primordial de la firma del mencionado convenio fue el de facilitarles a los afiliados de la Unión Ferroviaria y a sus familiares, la posibilidad de concluir sus estudios (una herramienta indispensable para el progreso educativo y social de las personas) en los niveles primario y secundario (como así también a los deudores de materias), a partir de los 14 (primer nivel) y los 18 años (segundo nivel), en adelante. A tal fin, la gestión de esta propuesta educativa se viene desarrollando en la Seccional Córdoba Mediterránea ubicada en Lavalleja 1700 del barrio Alta Córdoba, la cual fue equipada y acondicionada con bibliotecas virtuales instaladas en las computadoras a las que pueden acceder los/as alumnos/as, manuales de estudio diferenciados por módulos, y demás instrumentos que facilitan el exitoso desarrollo de esta iniciativa educativa. La duración del convenio fue establecida por el plazo de 24 meses (dos años), y comenzó a regir a partir del día miércoles 15 de marzo del 2017. El beneficio es absolutamente gratuito, lo cual lo hace totalmente accesible a todo aquel miembro de la familia ferroviaria que pretenda completar su formación académica. Así, esta etapa del Plan FinEs, cumple con su objetivo de ser una instancia de oportunidades e inclusión, facilitando un dispositivo de oportunidades y progreso para todos


U n i d a d

Ubicacion de Problemas y Condicionantes Posiciones Fijas -Trompa corta -Tablero Eléctrico - Podria ser modificado en altura.

T r a c t i v a

Zona a Intervenir - Cubrir - Zona de lastre

Observaciones - Las zonas a intervenir en la carrocería debieran contar con accesibilidad a la hora de cambiar o reparar algún elemento útil del tablero eléctrico.

Zona del Tablero Útil - Tablero eléctrico

- Preveer holgura y dimensiones para acceso de personal a la hora de reparar elementos del tablero Útil.

zona del coneccionado de alta de la locomotora.

Sector a Proteger - Cables a proteger de la intemperie - Resolver con piezas estándar

Zona a intervenir

- Cabina de loc GT22CU cortar la cabina a la altura del tablero Útil. El tablero eléctrico quedara de igual dimensión solo la cabina sera modificada. - Intervenir La cabina reformando pequeñas partes y reutilizando espacios de ventanas y puertas.

Zona a Proteger - Proteger el cableado de la intemperie. - Colocar cable canal de aluminio para uso industrial

Zona de accesibilidad - Generar punto de acceso al tablero útil para lograr reparar o cambiar algún elemento del mismo.

Este equipamiento fue diseñado y construido por los compañeros de los Talleres del Ferrocarril Belgrano Cargas de la Provincia de Córdoba. El mismo consiste en una Unidad que contiene seis (6) motores de tracción, y estará acoplado a una locomotora General Motors 22 CU, logrando repartir la energía que produce dicha locomotora en doce (12) motores de tracción, ayudando a extender la vida útil de los motores e incrementando 12 ejes, es decir, 24 ruedas. Además, se ampliará el coeficiente de razonamiento de las ruedas, permitiendo una mayor superficie de contacto con los rieles, e incrementando la cantidad de carga a transportar. La Unión Ferroviaria felicita a los compañeros que aportaron su conocimiento y mano de obra para que este proyecto se concrete. Con trabajo, gestión y pasión ferroviaria, se logran los objetivos, permitiendo defender nuestros puestos de trabajo, y demostrando que necesitamos incrementar nuestros planteles laborales para tener una empresa ferroviaria grande y eficiente, como siempre anhelamos y soñamos.

Modificaciones Realizadas

Protección y cobertura del cableado eléctrico de la unidad tractiva.

Accesibilidad - Compartimiento de cabina para acceder al tablero Útil de la unidad tractiva - Demostración de como se puede acceder en posición recostado sobre el piso de cabina


Vagón todo puerta El proyecto del vagón todo puerta surge ante la necesidad de la empresa Belgrano Cargas, de disponer de un vagón que facilite la carga y descarga de mercadería paletizada de una manera más rápida y práctica. Dicho proyecto comenzó a gestarse en el Desvió de Vagones Córdoba, y luego por razones de infraestructura se trasladó a los Talleres de Tafi Viejo en Tucumán, en donde se finalizó la fabricación del mismo con la valiosa participación conjunta de compañeros de Córdoba y Tucumán, demostrando de esta manera la capacidad, eficiencia y calidad de ideas y mano de obra ferroviaria. Para poder llevarlo a cabo, se necesitó del plazo de medio año de arduo trabajo, con jornadas que se extendieron de lunes a sábado, coordinando a seis personas en una cuadrilla dedicada exclusivamente a este trabajo. Esta iniciativa también es fundamental, en tanto abre la puerta para acceder a la licitación de cuarenta (40) vagones más, susceptibles de ser modificados en base a este prototipo. Por los motivos antedichos, la Unión Ferroviaria congratula a los compañeros que pusieron sus conocimientos y su mano de obra a disposición de la concreción de este proyecto. Con trabajo, gestión y pasión ferroviaria, se logran los objetivos, permitiendo defender nuestros puestos de trabajo, y recalcando la necesidad de incrementar nuestros planteles laborales para tener una empresa ferroviaria grande y eficiente, como siempre anhelamos y soñamos.


Primer aniversario de la “Juventud Ferroviaria – Seccional Córdoba Mediterránea” Por: Flavio César Medina

“El precio de desentenderse de la política, es el de ser gobernado por los peores hombres”. Platón. El día martes 2 de mayo del presente año, celebramos el primer aniversario de existencia de la agrupación “Juventud Ferroviaria – Seccional Córdoba Mediterránea”, fundada por iniciativa del Directivo Nacional Carlos Severo Márquez, con el objeto de servir como escuela formadora de las futuras generaciones de dirigentes sindicales ferroviarios. La agrupación está constituida por jóvenes ferroviarios, operarios de los talleres de “Trenes Argentinos – Cargas”, de los barrios Talleres y Alta Córdoba, que en un año de pujante activismo y militancia realizaron una serie de actividades y eventos, manifestando su compromiso con las causas político-sociales dirigidas por la Unión Ferroviaria. Como primera actividad, la Juventud Ferroviaria organizó un ciclo de cine y debate en la Seccional Córdoba Mediterránea, que tuvo lugar el día viernes 13 de mayo del 2016, y durante el cual se reprodujo la película “Ferroviarios, memoria de acero en una ciudad sin tren” (2011), con la presencia de su directora Verónica Rocha, y con la importante participación de dirigentes sindicales y compañeros ferroviarios. Por otra parte, algunos de sus integrantes participaron del 67 Congreso Ordinario de la Unión Ferroviaria, celebrado el 13 de julio del 2016 en la sede nacional del sindicato, durante el cual se trataron temas fundamentales relacionados con las paritarias nacionales, balance anual, y demás actividades de relevancia. El viernes 5 de agosto del 2016, tuvo lugar la conformación de la Murga Ferroviaria, organizada y conformada por miembros de la Juventud Ferroviaria, cuyos ensayos comenzaron a realizarse en las instalaciones de la seccional. Entre otras actividades destacadas, se pueden mencionar: el 1er Seminario de Formación Sindical, desarrollados los días 17, 18 y 19 de agosto, la colaboración en la organización para los festejos del Día del Niño realizados en la Estación Belgrano, la primera Peña Ferroviaria, realizada el día viernes 9 de septiembre en el salón de eventos de la Seccional Córdoba Mediterránea, con la masiva participación de compañeros ferroviarios, etcétera. Así, a un año de la conformación de la “Juventud Ferroviaria – Seccional Córdoba Mediterránea”, sus integrantes estamos agradecidos de la oportunidad que la dirigencia de la Unión Ferroviaria nos da, de ser miembros activos de importantes actividades político-sociales, a la vez que contamos con una fuerte motivación para seguir creciendo como agrupación, en este segundo año de activismo que comenzamos a transitar.


P l a n

d e

A c c i รณ n

S o c i a l


1ro de Mayo Día del Trabajador “ N a d a q u e F e s t e j a r ” Por: Martin Salvadé Corría el año 1886, cuando a miles de kilómetros de nuestra Patria un grupo de trabajadores primero, y una multitud de ellos después, iniciaban un huelga por tiempo indeterminado, reclamando el justo derecho a una jornada laboral de 8 horas (no de 14 o 16 como se acostumbraba) Dice la historia, que ese primero de mayo del año 1886, en Chicago Estados Unidos, se registró una fenomenal y generalizada Huelga. Bien se sabe que cuando el Pueblo Obrero pretende hacer oír su voz, reclamando lo que por derecho propio le corresponde, la reacción violenta de los sectores que pretenden explotarlos y avasallarlos no se hace esperar. Fue así que a las jornadas de huelga, prosiguieron jornadas de represión y violencia en la calles. Finalmente una parte de los trabajadores detenidos en esa revuelta, fueron encarcelados, otros fueron sentenciados a muerte. Las voces ya habían sido oídas, la "voz obrera" ya nunca volvería a silenciarse. El primero de mayo de cada año, internacionalmente se recuerda a estos mártires, que con su lucha y sacrificio marcaron la el camino para la clase obrera. Esta lucha desarrollada en latitudes lejanas dio el germen para miles y miles de luchas que se darían, para cientos de derechos que se irían conquistado a lo largo de nuestra historia. "Un nuevo Primero de Mayo nos encuentra reunidos a los que luchamos por hacer de nuestra hermosa tierra Argentina una Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana" decía en el año 1949 El General Juan Domingo Perón. Fue él, un férreo luchador por los derechos de los Trabajadores de nuestra Patria. Proclamó en el año 1947 la "Declaración de los Derechos del Trabajador" en donde se establecen con fuerza de ley, derechos tales como: -Derecho a trabajar -Derecho a retribución justa -Derechos a la capacitación -Derecho al descanso y a condiciones dignas de trabajo -Derecho al bienestar del trabajador -Derecho a la Seguridad Social -Derecho al mejoramiento económico En ese mismo orden de ideas en el año 1949 se

reforma la Constitución Nacional incorporando en sus artículos los Derechos de Segunda Generación (laborales y sociales), la igualdad jurídica del hombre y la mujer, los derechos de la niñez y la ancianidad. Derechos que hoy nos parecen naturales y básicos tales como la igualdad jurídica entre el hombre y la mujer, derechos de los niños, derechos de la ancianidad, pero que ciertamente costó mucho obtener. Pasó el tiempo y con él se fue diluyendo la gloria para los Trabajadores. Allá por el año 1976 nuestro bendito país se sumerge en su periodo más oscuro. La Constitución de la Nación, quedó suspendida en su vigencia, y con ella, todos los derechos y garantías de los ciudadanos y de los trabajadores. Con los sindicatos proscriptos y perseguidos por la dictadura, la lucha se encaminó a cuestiones más básicas y urgentes. Años más tarde, en el año 1983 retomando el orden democrático, asume un nuevo presidente, quien por esos tiempos se encontraba ante la digna tarea de pacificar la Nación y consolidar la democracia. En el año 1989 al año 1999, se gobierna nuestro país, con un esquema y modelo de corte neoliberal, iniciando así una nefasta secuencia de flexibilización laboral y supresión de derechos fundamentalmente para los trabajadores. A la ola de privatizaciones y vaciamiento del Estado, le siguió la caída de la tasa de empleo, llegando a niveles por demás escandalosos. Llega el Año 1999 y con él un nuevo presidente, quien continúa en una franca línea de flexibilización laboral, siendo muy fuerte con los débiles y muy débil con los fuertes, es así, que el FMI junto a otros organismos multilaterales de crédito, cobran un papel preponderante en la dirección de los destinos del país. El triste año 2001, en el marco de una profunda crisis económica e institucional, es el año en que se produce la renuncia del Presidente electo. Este abandona su cargo a bordo de un helicóptero, dejando al País, sumido en una muy fuerte crisis socioeconómica, política e institucional y con una tasa de desempleo exorbitante. Se produce así, una secuencia de 4 presidentes provisorios, en el lapso de una semana, hasta que finalmente se convoca a elecciones.


En el año 2003 asume un nuevo Presidente, quien con un esquema de gobierno peronista, de corte nacional y popular, comienza no solo la restauración del País en amplio sentido, sino también la restauración de todos y cada uno de los derechos pertenecientes al pueblo obrero. Vuelven los trabajadores a ser prioridad para la conducción Nacional. Vuelve a dignificarse al trabajador argentino. Vuelven lentamente los Primeros de Mayo a ser días de fiesta. Allá por el año 2007 asume la conducción de los destinos de la Patria la primera presidente mujer de los argentinos, quien continúa en la misma línea sentada por el gobierno anterior y profundiza en la restauración y conquista de necesarios y urgentes derechos para los trabajadores. Entre otras conquistas laborales, en el año 2011 la Presidenta elevó al Congreso de la Nación un proyecto de nuevo Estatuto del Peón Rural, que amplía los derechos laborales de los asalariados rurales, los cuales, y pese a ello, trabajaban y aun siguen en algunos casos, reducidos a condición de esclavitud. Es también esta Presidenta, quien, instaura por ley la jubilación de ama de casa, las paritarias libres, el nuevo Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil, modifico la fórmula para calcular las indemnizaciones por despido, y entre otros aspectos relevantes, dejo sin efecto la caída de la ultra actividad de los convenios colectivos de trabajo. En el año 2015 mediante una alianza de corte netamente neo-liberal y una formidable operación mediática, accede a la presidencia un nuevo Presidente, a partir de allí , nuevamente todos los esfuerzos de este Presidente irán dirigidos a la flexibilización laboral. La enorme cantidad de deuda que asume y genera con el Fondo Monetario Internacional, lo obliga a nuevamente acordar y consensuar con ese organismo, políticas de flexibilización y precarización tanto previsional como laboral. Es cabal muestra de ello, la instauración del techo a las paritarias, la ola descomunal de despido en todos los sectores, la modificación de la ley de ART y el vergonzoso veto a la ley de emergencia laboral, declarada por el propio Congreso de la Nación. La nefasta e indigna cadena vuelve a comenzar… Se vuelven a perder empleos, se vuelven a perder conquistas y se vuelven a violar derechos obtenidos a lo largo de tantos años, a lo largo de tanto sacrificio, sangre y sudor. Se vuelve a negociar con la dignidad y la comida de los trabajadores. El Pueblo Obrero vuelve a ser variable de ajuste por un gobierno de empresarios que gobierna para empresarios. Vuelve el pueblo obrero a ser una mera herramienta utilitaria del sistema de producción. Vuelve el trabajador a luchar día a día por sostener su fuente de empleo, perdiendo

constantemente frente a la brutal inflación que golpea su salario y lo abusos empresariales y patronales. Vuelven los trabajadores, a ser variable de un brutal ajuste, como pocas veces se ha visto en el suelo de nuestra Nación. Vuelve a comenzar la lucha obrera. Debe volver a comenzar la lucha obrera. No ha habido ni una sola conquista laboral, que no haya tenido su origen en la lucha obrera. No ha habido ni un solo derecho laboral que no haya sido ganado por la lucha del pueblo trabajador. Así, estimados Compañeros y Compañeras, que este será un Primero de Mayo algo distinto, muy diferente al deseado y muy alejado del que estábamos acostumbrados. Este Primero de Mayo debe ser fuente de homenaje para todos aquellos trabajadores que han puesto su cuerpo y su alma para la defensa del Pueblo Obrero y de sus derechos. Que a costa de dolor y sufrimiento han ganado las calles, velando por un mejor futuro para nuestros hijos, para nuestra Patria. Debemos en este día, a ellos, rendirles profundo y sentido homenaje. Y que mejor homenaje que renovar nuestros votos de lucha!!! No será festivo este primero de Mayo, debemos luchar férreamente para que vuelva a serlo. Hoy, en este día debemos tener en claro que nuestros derechos vuelven tristemente a estar en peligro y que solo el Pueblo Trabajador podrá conservarlos y defenderlos. Hoy es el día en que con fé, convicción y sacrificio, debemos pactar con nuestros compañeros y hermanos Trabajadores, que en sentido homenaje a quienes lucharon por un país justo, daremos cada batalla que sea necesaria para no dar ni un paso atrás. Sin justicia social, sin equidad y sin condiciones dignas de trabajo, la libertad es una mera ilusión…

El pueblo obrero tiene voz propia y la misma jamás podrá ser silenciada. Feliz día compañeros!


Ley 27.132 Política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios. Declaración de interés público nacional. Por Dr. Martin Salvadé Un 20 de mayo del año 2015, los ferroviarios y todos los compatriotas en general, nos enterábamos de una grata noticia. Una feliz noticia, que venía a intentar sanar algunas heridas aun abiertas. Se promulgaba la ley 27.132, cuyo primer objetivo era la re-estatización de los Ferrocarriles Argentinos, absorbiendo todos los esquemas ferroviarios bajo una misma órbita, perteneciente al Estado Nacional. Los ferrocarriles argentinos, volvían a ser argentinos, volvían a ser del Estado nacional. Una ley corta, en su cantidad de artículos pero altamente significativa, para los ferroviarios de sangre y por adopción. Es la actividad ferroviaria, una actividad, que despierta enorme cariño y nostalgia, no solo en el colectivo ferroviario, sino también en la sociedad entera, que sueña y añora la definitiva y total recuperación de los ferrocarriles. La total recuperación y el fuerte auge del ferrocarril, tal como lo vivieron nuestros abuelos, tal como lo soñamos, tal como corresponde que sea. Se declara así, mediante esta ley, de interés público todo asunto ferroviario y se devuelve la "plena administración" estatal de toda la infraestructura ferroviaria, a partir de la creación de una nueva sociedad del Estado: “Ferrocarriles Argentinos”. La nueva ley establece cinco puntos cruciales: recupera el control de las vías por parte del Estado, pone a cargo del sector público la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, establece un esquema de acceso abierto a los ramales, habilita la reconfiguración de las concesiones vigentes y define requisitos para los privados que quieran registrarse como operadores. Pero lo cierto, más allá de cualquier consideración de índole técnica, es que esta nueva ley en definitiva, viene a complementar la política de gobierno llevada adelante en los tres años anteriores a la promulgación de esta ley, tendiente a comenzar a reparar más de tres décadas de abandono en el sector. Así es que esta ley, establece en su artículo 1º que se declara “de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de

las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.” Este artículo, lo que hace básicamente es colocar dentro de las políticas de estado, como objeto prioritario, la recuperación y reactivación ferroviaria, reactivación que con fuerza se venía viendo y dando y que tristemente, a posteriori, tendría un fuerte freno en su desarrollo. Independientemente de eso, es hoy gracias a la ley en comentario, una prioridad que el Estado Nacional debe tener y que los ferroviarios debemos exigir, la política de reactivación de los ferrocarriles, de carga y de pasajeros, con todo lo que ello implica, con todo lo que ello, debe implicar. El artículo 2 establece los llamados principios de política ferroviaria, los cuales son los siguientes: aLa administración de la infraestructura ferroviaria por parte del Estado nacional bLa participación pública y privada en la prestación y operación de los servicios de transporte público ferroviario; cLa interconexión de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte; dLa maximización de las inversiones y de los recursos empleados para la prestación de un servicio ferroviario en condiciones de eficiencia y seguridad eLa incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de la prestación del servicio ferroviario; fLa protección de los derechos de los usuarios, con atención especial a las personas con discapacidad o con movilidad reducida, garantizando sus derechos al acceso a los servicios de transporte ferroviario en adecuadas condiciones de calidad; Son estos principios de política ferroviaria, los que el Estado y el gobierno debe cumplir y garantizar. Son estos principios los que los ferroviarios así como la sociedad en general deben exigir que se respeten y cumplan pues de ello depende la verdadera y definitiva reactivación del ferrocarril, la que por derecho nos corresponde como sociedad, y la que tanto merecemos como pueblo ferroviario. Debemos los ferroviarios, ser guardianes incansables de estos principios, defendiéndolos y haciéndolos valer por siempre, en todo tiempo y lugar.


Anexo I FERROCARRILES ARGENTINOS Ley 27.132 Política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios. Declaración de interés público nacional. Sancionada: Abril 15 de 2015 Promulgada: Mayo 20 de 2015 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ARTÍCULO 1° — Decláranse de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo. ARTÍCULO 2° — Establécense como principios de la política ferroviaria los siguientes: a) La administración de la infraestructura ferroviaria por p a r t e d e l E s t a d o n a c i o n a l ; b) La participación pública y privada en la prestación y operación de los servicios de transporte público f e r r o v i a r i o ; c) La interconexión de los sistemas ferroviarios y la intermodalidad de los servicios de transporte; d) La maximización de las inversiones y de los recursos empleados para la prestación de un servicio ferroviario en condiciones de eficiencia y seguridad; e) La incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de la prestación del servicio ferroviario; f) La protección de los derechos de los usuarios, con atención especial a las personas con discapacidad o con movilidad reducida, garantizando sus derechos al acceso a los servicios de transporte ferroviario en adecuadas c o n d i c i o n e s d e c a l i d a d ; g) La promoción de condiciones de libre accesibilidad a la red nacional ferroviaria de cargas y de pasajeros, basada en los principios de objetividad, transparencia y no d i s c r i m i n a c i ó n . ARTÍCULO 3° — El Poder Ejecutivo nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes. ARTÍCULO 4° — Establécese la modalidad de acceso abierto a la red ferroviaria nacional para la operación de los servicios de transporte de cargas y de pasajeros. La modalidad de acceso abierto para la operación de los servicios ferroviarios de cargas permitirá que cualquier operador pueda transportar la carga con origen y destino en cualquier punto de la red, independientemente de quien detente la titularidad o tenencia de las instalaciones d e l p u n t o d e c a r g a o d e s t i n o . A los fines de lo dispuesto en el presente, el Poder

Ejecutivo nacional creará un (1) Registro de Operadores d e C a r g a y d e P a s a j e r o s . ARTÍCULO 5° — Dispónese la constitución de la sociedad Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, en la órbita del Ministerio del Interior y Transporte, con sujeción al régimen establecido por la ley 20.705, disposiciones pertinentes de la Ley de Sociedades Comerciales 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias que le fueren aplicables y a las normas de su estatuto, la que tendrá por objeto integrar y articular las distintas funciones y competencias que tienen asignadas las sociedades creadas por la ley 26.352 y por el decreto 566 del 21 de mayo de 2013 y la articulación de todo el sector f e r r o v i a r i o n a c i o n a l . ARTÍCULO 6° — La sociedad Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, tendrá las siguientes funciones y c o m p e t e n c i a s : a) Proponer prácticas y líneas de acción coordinadas entre la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y la Sociedad Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima; b) Aprobar las políticas, planes, programas y proyectos tendientes a la mejora constante del transporte ferroviario que lleven adelante la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y la Sociedad Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima y supervisar su implementación; c) Cualquier otra que haga al cumplimiento de sus c o m e t i d o s . ARTÍCULO 7° — El Poder Ejecutivo nacional aprobará los estatutos sociales de la sociedad Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado creada por esta ley, con sujeción a sus pautas, y realizará todos los actos necesarios para la constitución y puesta en funcionamiento de la misma, pudiendo delegar expresamente esta facultad en el Ministerio del Interior y T r a n s p o r t e . ARTÍCULO 8° — El Ministerio del Interior y Transporte supervisará el desenvolvimiento de Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado. ARTÍCULO 9° — La dirección y administración de la sociedad Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado estará a cargo de un (1) directorio integrado por un (1) representante de la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte designado por dicho ministerio, el señor presidente del directorio de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado o de la sociedad que la reemplace en el futuro, el señor presidente del directorio de la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado o de la sociedad que la reemplace en el futuro, el señor presidente del directorio de Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima o de la sociedad que la reemplace en el futuro, dos (2) representantes designados por el Ministerio del Interior y Transporte a propuesta de las asociaciones sindicales con personería gremial representativas del sector ferroviario y un (1) representante de los usuarios designados por el Ministerio del Interior y Transporte. ARTÍCULO 10. — El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y de contrataciones de la sociedad creada por el artículo 5° será determinado en su respectivo estatuto.


ARTÍCULO 11. — Las relaciones laborales de la sociedad Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado se regirán de acuerdo al régimen legal establecido por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias o la que en el futuro la sustituya. ARTÍCULO 12. — La sociedad que se crea por el artículo 5° estará sometida a los controles interno y externo del sector público nacional en los términos de la ley 24.156. En la gestión de sus asuntos deberá garantizar la transparencia en la toma de decisiones, la efectividad de los controles y promover los mecanismos de participación de los diversos sectores de la actividad y de la sociedad. ARTÍCULO 13. — Transfiérense a la sociedad Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, creada por el artículo 5° de la presente, los certificados nominativos que representan el ciento por ciento (100%) del capital social de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y de la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, propiedad del Estado nacional, las acciones que representan el cuarenta por ciento (40%) del capital social correspondientes a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y las acciones que representan el treinta y cinco por ciento (35%) del capital social correspondientes a la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado en la sociedad Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima y las acciones que representan el dieciséis por ciento (16%) del capital social en Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, propiedad del Estado nacional. ARTÍCULO 14. — Sustitúyense los incisos b) y c), del artículo 3° de la ley 26.352, los que quedarán redactados de la siguiente forma: b) La confección y aprobación de proyectos de infraestructuras ferroviarias que formen parte de la red ferroviaria, su construcción y rehabilitación que se lleven a cabo por sus propios recursos, de terceros, o asociadas a terceros y con arreglo a lo que determine el Ministerio del Interior y Transporte y pudiendo acordar con los operadores de cargas o de pasajeros la autorización para la ejecución de las obras de mejoramiento o de renovación de los sectores de la red sobre los que prestan servicios; c) El control e inspección de la infraestructura f e r r o v i a r i a q u e a d m i n i s t r e . ARTÍCULO 15. — Incorpóranse al artículo 3° de la ley 26.352, como incisos m) y n), los siguientes: m) La gestión de los sistemas de control de circulación de trenes y el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria por sí o por intermedio de los operadores ferroviarios a los que se les asigne dicha tarea; n) La diagramación de los servicios y en su caso la aprobación de los diagramas presentados por los operadores de carga o de pasajeros. ARTÍCULO 16. — Sustitúyese el artículo 7° de la ley 26.352, el que quedará redactado de la siguiente f o r m a : Artículo 7°: Créase la sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado con sujeción al régimen establecido por la ley 20.705, disposiciones pertinentes de la ley 19.550 y modificatorias, que le fueren aplicables y a las normas de su estatuto, la que tendrá a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros, en todas sus formas, que le sean asignados, incluyendo el mantenimiento del material rodante, el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria que utilice para la operación del servicio ferroviario a su cargo y la

gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimas funciones en caso de que les sean asignadas por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado. La sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado podrá desarrollar todas las acciones que resulten necesarias o convenientes para la mejor realización de sus funciones, llevando a cabo los actos de administración o disposición que sean precisos para el cumplimiento de las mismas, incluso mediante la participación en sociedades o empresas, nacionales o extranjeras, con sujeción a lo dispuesto en la l e g i s l a c i ó n v i g e n t e . ARTÍCULO 17. — Sustitúyense los incisos a) y c) del artículo 8° de la ley 26.352, los que quedarán redactados de la s i g u i e n t e f o r m a : a) Asumir por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros la prestación de los servicios ferroviarios de pasajeros que se le asignen, los que se encuentren concesionados y que por distintas causales reviertan al Estado nacional, así como nuevos servicios que se creen; c) Administrar y disponer del material tractivo y remolcado que tenga asignado para su operación ferroviaria y los que adquiera o incorpore en el futuro por cualquier título. ARTÍCULO 18. — Incorpóranse al artículo 8° de la ley 26.352, como incisos e) y f), los siguientes: e) Mantener la infraestructura ferroviaria que le sea asignada por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado; f) Gestionar los sistemas de control de circulación de trenes que le sean asignados por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado. ARTÍCULO 19. — Sustitúyese el artículo 1° del decreto 566 del 21 de mayo de 2013, el que quedará redactado de la s i g u i e n t e f o r m a : Artículo 1°: Dispónese la constitución de la sociedad Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima, en la órbita del Ministerio del Interior y Transporte, bajo el régimen de la ley 19.550 de Sociedades Comerciales —t.o. 1984—, y sus modificatorias y las normas de su estatuto, la que tendrá por objeto la prestación y explotación comercial del servicio, la operación y logística de trenes, por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, equipos, terminales de carga, servicios de telecomunicaciones, el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, estas dos últimas funciones en caso de que les sean asignadas por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado, pudiendo asimismo realizar todas las demás actividades complementarias y subsidiarias de la red nacional f e r r o v i a r i a d e c a r g a s . ARTÍCULO 20. — La presente ley se reglamentará en el plazo de ciento ochenta (180) días a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. ARTÍCULO 21. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE. — REGISTRADA BAJO EL N° 27.132 — AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.


Galería Fotográfica En diferentes o c a s i o n e s , momentos de v e r d a d e r a unión trabajadora y compañerismo. Se presenta de m a n e r a a l e a t o r i a sin descripción p u n t u a l l a galería fotográfica de los que forman parte de esta enorme familia



Un paĂ­s sin trenes, es una naciĂłn sin futuro . . .


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