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2.6 Psicología jurídica y el Covid-19
2.6 PSICOLOGÍA JURÍDICA Y EL COVID-19
“La principal ventaja de la justicia y de la buena fe, es hacer inútil la fuerza” (Plutarco)
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Introducción
El presente ensayo intenta exponer la visión de la Psicología Jurídica en contextos de emergencia sanitaria mundial y en particular, la explicación de hechos, actos y procesos psicojurídicos en Bolivia, en los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2020, en los que se reguló jurídicamente la cuarentana rígida y dinámica, que establece diferentes restricciones graduadas y condicionadas del desplazamiento humano, con medidas preventivas y luego, tomando en cuenta el aumento o disminución de la cantidad de contagiados que se registran semanalmente en los diferentes departamentos de Bolivia. Se busca comprender la realidad multidimensional desde la episteme psicojurídica, la economía, hasta las manifestaciones y consecuencias psicológicas y físicas de la pandemia del Covid-19.
Desarrollo
Para abordar la temática de la Psicología Jurídica y el Covid-19,.es necesario desde la rigurosidad de la episteme, establecer definiciones de la psicología, la psicología jurídica y luego aplicar, lo esencial de los mismos al problema económico, político, social, educativo y cultural que provoca el Covid-19 en el mundo y específicamente en Bolivia.
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La psicología, primeramente, es una ciencia humana. Según Gerardo Hernández “la psicología es considerada una ciencia que describe, explica, predice y controla el comportamiento de las personas con índices de probabilidad altos” (Hernández en Hernández et al. 2016:72). Lo que exige una explicación mucho más amplia y más precisa, “[…] la psicología es el estudio de los fenómenos psíquicos que reflejan la realidad objetiva, los mismos que hacen a la personalidad y la subjetividad de cada ser humano que vive en constante interacción con la naturaleza, la sociedad y la cultura” (Ágreda 2018:405). En suma, la psicología es una ciencia humana que estudia los fenómenos psíquicos, la personalidad y la subjetividad del ser humano en toda su complejidad. La psicología jurídica es desarrollada como una rama o aplicación de la psicología general al ámbito jurídico. Al respecto el primer autor citado explica: “la psicología jurídica es la ciencia que describe, explica, predice y controla el comportamiento humano en ambientes jurídicos y con consecuencias jurídicas” (Hernández 2016:73). La aclaración de este mismo autor es importante. “Las leyes son solo una parte de lo jurídico. Lo jurídico está compuesto por lo legal, lo jurisprudencial, lo judicial y lo legislativo, todo ello en la búsqueda de la justicia y el bienestar” (:2016:73). Lo que conviene tomar muy en cuenta. Sin embargo, la conceptualización expuesta, es muy escueta; por lo que se pone a consideración lo que sigue. La psicología jurídica es una ciencia que
estudia los hechos, actos y procesos psicojurídicos: Psicológicos, por el estudio de los fenómenos psíquicos, la personalidad, la subjetividad de los
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actores jurídicos o personas que tienen conflictos o relación con el derecho, la ley y la justicia. Y jurídicos por las leyes, las personas que administran justicia o coadyuvan en la administración de justicia aplicando las leyes y el derecho correspondiente (Ágreda 2018:393). Además de lo anterior, urge la intelección de que no hay una sola psicología jurídica sino varias. La psicología jurídica se divide en psicología jurídica general y psicologías jurídicas específicas. Las psicologías jurídicas específicas se subdividen a su vez en psicologías jurídicas de los tribunales y las psicologías jurídicas preventivas (2018: 394-401 y ss.). La psicología jurídica general es la ciencia independiente que tiene por objeto los hechos, actos, procesos psicojurídicos para mejorar la administración de justicia y favorecer el desarrollo y cumplimiento de la finalidad del derecho. Es una disciplina principalmente epistemológica, teórica y sistematizadora (:401). Un aspecto que se requiere destacar, es el aporte de la psicología jurídica a la justicia y al juez o tribunal como acertadamente fundamenta Gerardo Hernández:
La psicología jurídica le permite al derecho a mirar al hombre más allá de las consideraciones jurídicas y legales de su acción. Le sirve al operador de justicia de coadyuvante para que vea al hombre en su justa medida, como un ser con historia, con motivaciones, con sueños y esperanzas, en otras palabras, la psicología jurídica le permite a Temis [diosa de la justicia] ver al hombre y su comportamiento, no solo a partir de las consecuencias jurídicas de su acción, sino de su dimensión humana (Hernández en Hernández et al. 2016:73).
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Esta dimensión humana dibuja las clases de psicologías jurídicas y justifica, indirectamente su configuración. Las psicologías jurídicas de los tribunales son: psicología jurídica penal (comprende a la psicología jurídica penitenciaria), psicología jurídica civil, psicología jurídica de la niñez, adolescencia y familia, psicología jurídica laboral, psicología jurídica administrativa, financiera y comercial; psicología jurídica agroambiental, psicología jurídica indígena originaria campesina. En cada una de las disciplinas indicadas se hallan las subdisciplinas de psicología jurídica forense, psicología jurídica judicial y psicología jurídica de las declaraciones o del testimonio (cf. Ágreda 2018; Arce, Fariña y Novo 2005; Bringas y Novo 2017; Clemente 2008). Las psicologías jurídicas preventivas, comprende: psicología jurídica criminológica o de la delincuencia, psicología jurídica de mediación y conciliación, psicología jurídica policial, psicología jurídica militar, psicología jurídica política y psicología jurídica religiosa (Ágreda 2018:412). De todas ellas, cuáles son las psicologías jurídicas que ayudan a explicar la temática de hoy: Psicología jurídica y el Covid-19, la psicología jurídica general, la psicología jurídica específica criminológica, la policial y la militar (Agreda 2018: passim). La psicología jurídica criminológica tiene que ver con “los estudios de procesos mentales, conductuales, personalidad y motivación de los individuos que cometen actos delictivos, mediante el estudio de la psicología individual, social, clínica y psicopatología
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criminal” (Hidalgo 2015:29). Además del estudio de la normalidad y la anormalidad. Luego de la episteme psicojurídica, se ingresa a exponer la economía y la pandemia del Covid-19, para después combinar las visiones teóricas y prácticas y arribar a conclusiones.
La economía como ciencia que estudia la producción de bienes materiales es fundamental para explicar la situación de un país. Este saber humano perfila cuatro sectores de la economía: 1. Extracción de materia bruta y/o prima de la naturaleza. 2. Transformación de la materia bruta o prima en bien económico. Industria y agricultura. 3. Comercio, sistema financiero, transporte y servicios. 4. Desarrollo científico tecnológico (inventos; construcción de herramientas, máquinas; obras literarias, científicas, etc.). Bolivia desarrolla en forma caótica los sectores económicos uno y tres. Por ello, se tiene una economía de sobrevivencia con la venta de petróleo y la minería, y no tiene un desarrollo humano sustentable. Se requiere el progreso del segundo y cuarto sector de la economía para duplicar, triplicar y cuadriplicar el PIB, que incidiría, significativamente, en el aumento del nivel de vida de los bolivianos.
La pandemia del Covid-19 con la Organización Mundial de la Salud y otras instituciones médicas han exigido diferentes formas de enfrentar la emergencia sanitaria; la mayoría con cuarentenas de uno a cuatro meses y otros países sin cuarentena, como Suiza, que decidió desarrollar la inmunidad, valido de su respetable sistema de salud, que impidió muchos decesos por el Covid-19.
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Bolivia con su gobierno transitorio, optó por la cuarentana primero rígida y luego flexible, lo que dio lugar al descalabro económico y el colapso del sistema de salud que no responde a las necesidades emergentes del aumento de más contagiados por el coronavirus Covid-19. Hay mucho riesgo de la salud por la desesperación de personas que consumen medicamentos sin tener conciencia y razón científica para consumir, estén o no estén con el Covid-19, de marzo a junio de 2020, lo que va continuar, que se espera no sea mucho.
La gente en forma certera dice: “podemos morirnos por el Covid-19, pero es más seguro que nos moriremos de hambre”. La suspensión de las actividades labores ha dado lugar a la desocupación paulatina que golpea los hogares de humildes, más aún de los millones de comerciantes que vivía de lo vendía cada día. Los bonos ofertados y entregados (Bono familia, bono universal) por el gobierno no son suficientes. Hay suicidios, asesinatos, robos, asaltos y muchos otros delitos y manifestaciones de protesta social, educativa y cultural diversas. La situación crítica económica que vive Bolivia desde hace mucho tiempo se agrava con la pandemia del Covid-19 y sus medidas que restringen el trabajo normal de los sectores populares. La suspensión de actividades sociales ha dado lugar a que las personas a vivan en una especie de prisión en sus hogares, lo que ha producido y produce estrés, problemas familiares y desencadena conflictos por razones económicas, políticas (problema de elecciones nacionales para presidente, senadores y diputados), sociales, educativas (educación virtual) y culturales.
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La psicología jurídica explica la pandemia del Covid19 y la cuarentena como un lapso de tiempo de extrema radicalización de los problemas económicos y psicológicos que afecta a las personas que cotidianamente ven programas de radio, televisión y las redes sociales que manejan información casi monotemática, traumatizante, parecidos a estados de guerra o conflictos terribles. Estos hechos causan neurosis y psicosis colectivas. A diario se observan en los medios de comunicación masivos y de internet, muchos protocolos de atención de salud contra el Covid-19, exitosos, pero siguen aumentando los muertos; asimismo teorías de que este problema tiene que ver con una guerra biológica para definir nuevo liderazgo mundial; que es una agresión para disminuir la población mundial para beneficiar a las aseguradoras de pensiones de todo el mundo, que con la longevidad creciente, veía en el tiempo cercano una quiebra irreparable. Todo lo que se dice, desconcierta a los espectadores de cada casa boliviana.
Hay también varios proyectos de vacunas antivirus o antibacteria artificial del Covid-19 en curso, que se prueban en varias partes del mundo, entre ellas en África. Tarde o temprano se vencerá al Covid-19, pero las secuelas siguen causando dolor y sufrimiento a la familia boliviana. La situación se agrava más con la noticia de que no existen centro de aislamiento y de terapia intensiva suficientes. Peor, aun cuando se oye cada día que los hospitales estatales no quieren atender por falta de espacio y/o materiales médicos necesarios. también se oyen que hospitales privados que se animan a atender cobran, según las últimas
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noticias entre 20 a 35 mil bolivianos por el tratamiento. Sin menos que decir, pero alto.
Conclusiones
La psicología es una ciencia humana que estudia los fenómenos psíquicos, la personalidad y la subjetividad del ser humano como producto de la relación con la naturaleza, la sociedad y la cultura. La psicología jurídica es una aplicación de la psicología general al ámbito regulado por el derecho. La psicología jurídica general es la ciencia independiente que tiene por objeto los hechos, actos, procesos psicojurídicos para mejorar la administración de justicia y favorecer el desarrollo y cumplimiento de la finalidad del derecho. Hay dos clases de psicologías jurídicas: la general y las específicas (cf. supra). Las psicologías jurídicas que ayudan a explicar la temática de hoy: Psicología jurídica y el Covid-19, la psicología jurídica general, la psicología jurídica específica criminológica, la policial y la militar. La psicología jurídica criminológica estudia los procesos mentales, conductuales, personalidad y motivación de los individuos que cometen actos delictivos; además investiga la normalidad y la anormalidad. La psicología jurídica explica la pandemia del Covid19 y la cuarentena como un lapso de tiempo de extrema radicalización de los problemas económicos y psicológicos que afecta a las personas que cotidianamente ven programas de radio, televisión y las redes sociales que manejan información casi monotemática, traumatizante, parecidos a estados de
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guerra o conflictos terribles. Estos hechos causan neurosis o trastornos de angustia, fóbica, obsesivacompulsiva, depresiva e hipocondríaca y psicosis colectivas, en varios casos con fatales consecuencias.
Referencias bibliográficas
Ágreda Maldonado, Roberto 2018 Diccionario de psicología jurídica. 2ª ed. Cbba: Grupo Editorial Kipus Arce, Ramón: Francisca Fariña y Mercedes Novo (editores) 2005 Psicología jurídica. Colección psicología y ley N01. Sociedad española de Psicología Jurídica y Forense. España: Edit. Xunta de Galicia. Brincas, Carolina y Mercedes Novo (editores) 2017 Psicología jurídica. Conocimiento y práctica. Colección Psicología y Ley. N0 14. X Congreso (inter)Nacional de Psicología Jurídica y Forense. Sevilla: Edit. Sociedad Española de Psicología Jurídica y Forense. Clemente Díaz, Miguel (director) 2008 Manual de psicología jurídica laboral. Madrid: Edit. Delta Publicaciones. García Pérez, Teresita 2007 Pericia en autopsia psicológica. Buenos Aires: Edit. La Rocca. Hernández Medina, Gerardo Augusto et al. 2016 Psicología jurídica iberoamericana. 5ª reimp. Colombia: Edit. El Manual Moderno. Hidalgo Jiménez, Humberto J.
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2015 Psicología jurídica y forense. Enfoque: Psicología del derecho. 1ª reimp. Lima: Edit. San Marcos. Sarmiento, Alfredo J.; Osvaldo H. Varela; Stella M. Puhl y María A. Izcurdia 2005 La psicología en el campo jurídico. Buenos Aires: Edit. ECUA. Urra, Javier (director) 2009 Secretos de consulta. Lo que escuchan psicólogos y psiquiatras. Barcelona: Edit. Planeta.
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