Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones

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PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA En casos de feminicidio sexual puede ser fundamental la reconstrucción detallada de lo realizado por la víctima las 24 horas previas al ataque, pues, en ciertos casos, es en ese tiempo en el que el agresor ha decidido elegirla y llevar a cabo el feminicidio. C.3 Medicina forense. Objetivo de la medicina forense en la investigación del delito de feminicidio. Establecer el diagnóstico diferencial feminicida, suicida o accidental. Con esta intervención, por medio de la autopsia, se establecerá la causa de la muerte y la forma o manera de producción de la misma. La técnica de autopsia médico-forense en un caso de sospecha de feminicidio debe ser en todo semejante a cualquier otra investigación pericial, sólo haciendo énfasis y describiendo detalladamente las evidencias y lesiones presentes en el cuerpo de la occisa y que por su tipo, características, número, dimensiones o ubicación pueden ser útiles para las inferencias y conclusiones del investigador ministerial para advertir razones de género. El examen del cadáver debe ser minucioso, cuidado, sistemático y completo. El personal médico pericial o médico legal, nunca debe actuar con prisa ni bajo presión. Para la realización de la autopsia, se deberá apegar a lo establecido en el Protocolo Modelo de Exhumación y Análisis de Restos Óseos (ONU, 1991), el cual se desarrolla en el Manual sobre la Prevención e Investigación Eficaces de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias o Sumarias. El personal forense (a través de la autopsia) y el ministerio público al solicitar el procedimiento pericial, deben hacerse énfasis en los siguientes hallazgos71:  El empleo de una violencia excesiva, intensidad, multiplicidad de las heridas (y muchas veces innecesarias para el fin de privar de la vida).  La ubicación de las lesiones alrededor de las zonas vitales o zonas reconocidas como “erógenas”.  Evidencia de violencia sexual.  Evidencia de tortura72. 71

Modelo, op. cit., p.73 Las lesiones factibles de corresponder a tortura o abuso físico pueden ser: • lesiones de apaleamiento • lesiones por quemaduras • lesiones por arma blanca • lesiones por arma de fuego • lesiones por asfixia mecánica 72

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BIBLIOGRAFÍA

4min
pages 81-84

GLOSARIO

5min
pages 77-80

C.7 Psicología forense

8min
pages 70-76

C.6 Antropología social

5min
pages 67-69

C.5 Antropología forense

7min
pages 63-66

C.4 Genética forense

1min
page 62

C.3 Medicina forense

8min
pages 57-61

C.2 Peritajes con Perspectiva de Género

1min
page 56

B.3 Líneas de investigación en caso de feminicidio

6min
pages 52-55

B.2 Responsabilidades del personal policial en las investigaciones

1min
page 51

A.10 Víctima no identificada

1min
page 49

A.5 El componente fáctico

1min
page 44

A.4 Orientación de la investigación conforme el enfoque de género

3min
pages 42-43

A.6 El componente jurídico

1min
page 45

A.9 El levantamiento del cadáver en la escena del hallazgo y su posterior necropsia médico legal

4min
pages 47-48

A.3 El feminicidio de niñas

3min
pages 40-41

A.2 Bases de actuación para el inicio de la investigación

4min
pages 37-39

C.3 Análisis de género sobre las hipótesis del tipo penal

16min
pages 27-34

CAPÍTULO III. DE LA INVESTIGACIÓN MINISTERIAL, POLICIAL Y PERICIAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO PARA EL DELITO DE FEMINICIDIO

1min
page 35

CAPÍTULO II. CONCEPTOS

1min
page 15

B. Mujeres en situación especial de vulnerabilidad

7min
pages 21-24

A. La perspectiva de género y la interseccionalidad

12min
pages 16-20

B. Alcances

14min
pages 9-14

C.2 El tipo penal en el Código Penal Federal

2min
page 26
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