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3.1.1 La justicia como principio
de lo que le corresponde”, implica que cada régimen político y clases social realizar una interpretación de ese principio y de esta forma se produce un ordenamiento político y social específico. Esta forma de aplicar y ejercer la justicia puede satisfacer a un grupo y frustrar a otro. El derecho positivo legaliza este tipo de distribución al ser la justicia un servicio público otorgado a los ciudadanos. La vía del pluralismo jurídico establece varias formas de interpretar y comprender el sentimiento de justicia, en base a elementos culturales, sociales, cosmovisiones y una pluralidad de concepciones sobre la justicia.
3.1.1 La justicia como principio Considerando a la justicia como un fin en sí misma, un elemento fundante en las relaciones ejercidas por los actores involucrados en la práctica del derecho. De acuerdo a la clasificación de Feldis (2005) la justicia como principio tiene dos vías: la sociológica y legalista.
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Principios Sociológicos
Partiendo de la tradición aristotélica de la justicia y su reinterpretación medieval con Tomás de Aquino y la
epistemología tomista, Existe una distinción en la justicia general. Esta diferenciación está conforme a la ley moral y una justicia particular que pretende otorgar a “cada uno su parte de las cosas exteriores”. El sentimiento de justicia surge con el otorgamiento de lo debido a favor de cada individuo según la realidad de las cosas.
Desde los diversos lugares en los cuales los actores se desempeñan se establece y asigna lo que se considera justo. Para la burguesía el atributo de la justicia va a estar en función del trabajo o mérito que realice cada persona. Los obreros van a reclamar una justicia distributiva y social, entendiendo que a cada uno le corresponde participar de la riqueza creada con un reconocimiento monetario acorde al esfuerzo realizado y servicios sociales a su favor. Los trabajadores del campo (campesinos) van a exigir la dotación de tierras para cada individuo, familia o comunidad, tomando en cuenta su cultura. De esta forma la justicia se concreta en una forma social mediante un proceso distributivo. La justicia interna estable la igualdad, esta idea de justicia nace de las revoluciones liberales de fines del siglo XVIII con los principios de igualdad y libertad. Las
leyes instauran una nueva arquitectura social en base a las leyes civiles, sin embargo este sistema genera desigualdades al conceder privilegios a ciertas personas. La igualdad se presenta con restricciones a favor de individuos de una misma clase de status, estableciéndose relaciones jerárquicas entre diversas clases.
Los principios liberales favorecieron a un tipo particular de ciudadanos, el ejemplo clásico de esta situación es la del varón mayor propietario que representa a la élite liberal que condujo el proceso revolucionario y luego se aseguró derechos y reconocimientos. Otros sectores de la población como son las mujeres, indígenas y libertos van a continuar en una situación de dependencia e incapacidad de participar en la toma de decisiones en el sistema que les asignó derechos y obligaciones de acuerdo a su capacidad.
La justicia como equidad se basa en la postura del filósofo John Rawls que tuvo una inspiración liberal kantiana. La propuesta que desarrolla éste autor establece que la justicia tiene dos elementos centrales: a) principio de igual libertad, estableciendo que cada
persona debe tener un derecho igual al más amplio sistema de libertad a todos, que es compatible con un sistema social que sea idéntico para todos; b) las desigualdades económicas y sociales deben estar al servicio del mayor beneficio para los más desventajados, dentro de un principio de ahorro (principio de diferencia) que puedan estar ligados a funciones y posiciones que se encuentran abiertas a todos. La justicia en la postura crítica, establece que el ideal de justicia no se encuentra en principios sino en la realidad de las relaciones jurídicas que tienen un origen en la estructura económica de una sociedad que se encuentra articulada dentro de la estructuración de las
relaciones de producción. De acuerdo al marxismo, el derecho se encuentra en la superestructura, por ello el ideal de justicia sólo se puede definir como la realización de un tipo de igualdad establecido paridad en las relaciones de producción. Entonces, el debate en torno a la justicia tiene relación con la realidad económica y el discurso, debe ampliarse y contemplar el tema de la justicia social13 .
13 El término Justicia Social es un concepto referido a las situaciones de desigualdad social, que define la búsqueda de un equilibrio entre partes desiguales, mediante la creación de protecciones o