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6.3 La Cultura y el Derecho

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9. Anexos

9. Anexos

6.3 La Cultura y el Derecho Definir lo que se entiende por cultura es una tarea compleja, El Diccionario de la Real Academia Española tiene diferentes concepciones sobre de la palabra «cultura» entre ellas: un conjunto de conocimientos que permite a alguien desarrollar su juicio crítico; un conjunto de modos de vida y costumbres, conocimientos y grado de desarrollo artístico, científico, industrial, en una época o grupo social. En un sentido general la cultura estaría constituida por el conjunto de prácticas y conductas sociales inventadas y transmitidas dentro de un grupo social: lengua, ritos, cultos, religión, vestido, hábitat, saber técnico, científico, artesanía.

Por ello la cultura se adquiriría mediante procedimientos hereditarios que no son a genéticos y se transmiten de generación en generación, por ello el conocimiento de la cultura no va ser algo inherente al ser humano en el momento de su nacimiento ( López Hurtado y Valentín Ruiz 2011).

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Las relaciones entre Derecho y cultura se pueden dar desde el punto de vista de la representación del Derecho en las manifestaciones culturales como ser la literatura

o el cine. Puede existir una regulación de las materias culturales. De esta manera el derecho va proteger y fomentar la realización de expresiones culturales. Tomando en cuenta la cohesión social la integración.

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