Tlaxcala, México Matrimonio igualitario
Mtro. Francisco Melchor Sánchez Catedrático en 3 universidades del Estado de Tlaxcala. Maestría en Derecho Penal y Juicios Orales por el IIDE. Abogado Postulante en las materias pena, civil, mercantil y familiar. Titular del Despacho Melchor Sánchez y Asociados. Actualmente cursando doctorado.
México, un país donde nuestra riqueza cultural es enorme, música, actores, artistas, pintores, muralistas, vasta historia, patrimonios culturales tangibles e intangibles, comida, gente, danza, pero con poco sentido a la igualdad hasta antes del 2009 y 2012 respectivamente, igualdad que se ha trabajado pero hasta hoy día del año 2020 no hemos querido o por lo menos intentado aceptar la situación de igualdad entre dos personas del mismo sexo, es posible que hayamos perdido en el camino la importancia de esto, después de dividirnos a la sociedad entre machismo, feminismo y activismo, sin diferenciar que somos únicamente seres humanos. Desde la reforma a los derechos humanos de seis de junio del dos mil once, nos encontramos en nueva cultura de derechos humanos, siendo especifico en la Constitución Política de nuestro entrañable hogar que es México, apreciándose la figura estelar, artículo primero y cuarto de la Carta Magna, que nos permite de forma abierta en el último párrafo del
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artículo inicial al recordarnos que la discriminación que hemos vivido ha sido un cáncer, mismo que se puede evitar simplemente aceptándonos tal cual somos, entre ello a no ser excluido de una sociedad por mis o sus preferencias sexuales, mismas que pueden formar una familia, ¿pero cuanto se tuvo que pasar para llegar a esta apertura judicial?. Empezamos enumerando antecedentes desde el aquel dos mil nueve con el extinto Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, donde a través de amparos aislado se logro que se permitiera a estas parejas contraer matrimonio de forma tal que pareciera no haber restricción alguna, este ejemplo lo sigue el Estado de Oaxaca, el nueve de abril del dos mil doce, donde parejas que pretendían unirse legalmente bajo la figura del matrimonio no lo pudieron hacer por negativa expresa del Oficial del Registro Civil, lo que provocó en ese momento un acto reclamado, pues la norma jurídica, en específico,