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Devoluciones de Impuesto al Valor Agregado Principales Aspectos que Revisa la Autoridad
C.P.C. Enrique Ramírez Luna Socio Director en Corporativo Visión Empresarial, S.C. Miembro de la Comisión de Sindicos y PRODECON de la AMCP. enrique.ramirez@cveconsultores.con.mx
De acuerdo con las cifras reportadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los ejercicios 2019 y 2020 presentaron un incremento en las devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 41% y 44% respecto del ejercicio 2018, ¿la causa? en gran medida se debió a las reformas en la Ley de Ingresos de la Federación que con fecha 1° de enero de 2019 entraron en vigor y en éstas se elimina la compensación universal (artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), LIF 2019), por lo tanto, los contribuyentes que a partir de esa fecha presentarán saldos a favor de cualquiera de los impuestos federales, únicamente podrían optar por compensarlos con impuestos de su propia naturaleza.
El cambio en la Ley de Ingresos de 2019 se traspasó en el ejercicio 2020 al Código Fiscal de la Federación (CFF) en su numeral 23, en donde permanece hasta el ejercicio actual. ¿En materia de IVA qué efectos se produjeron con este cambio?, principalmente que se elimina la posibilidad de compensar los saldos a favor y que las únicas alternativas para recuperar estos serían el acreditamiento contra impuesto a cargo (IVA) en meses posteriores hasta agotar el saldo o solicitar su devolución (proceso que resulta ser del todo administrativo, tedioso y tardado). Adicional a los impactos negativos en el capital de trabajo de los contribuyentes, sobre todo aquellos que su actividad estaría gravada al cero por ciento o tasa diferenciada.
En la exposición de motivos, base de la eliminación de la Compensación Universal tiene como supuesta premisa u objetivo, el combate a las prácticas de evasión ya que el legislador considera que:
“…los saldos a favor se originan por la aplicación del acreditamiento de impuestos que fueron trasladados al contribuyente en los gastos o inversiones que realizan, acreditamiento que corresponde a impuestos causados previamente y que debieron ser enterados al fisco por parte de sus proveedores, lo que en muchas ocasiones no ocurre así, ya sea por una evasión lisa y llana del impuesto a pagar, o bien, porque realizan acreditamientos ficticios soportados por comprobantes fiscales de operaciones inexistentes, que dan lugar a los saldos a favor que posteriormente se compensan contra otros impuestos, sin existir una revisión o autorización previa por parte de la autoridad…”
Por lo tanto, la autoridad con fundamento en la Ley pone especial énfasis en el tratamiento de las devoluciones analizando cada una de las solicitudes presentadas observando y solicitando información a los contribuyentes que en el mayor porcentaje de las ocasiones resultan excesivas y hasta cierto sentido fuera de lugar, sin embargo, por comentarios propios de los representantes de nuestras Autoridades, la única finalidad de estos requerimientos de información es para conocer al contribuyente y determinar si a éste le corresponde el derecho subjetivo a la devolución, es decir, el sujeto y su actividad son generadores de saldos a favor de IVA. La respuesta puede resultar muy ambigua, por lo tanto, es necesaria la revisión, pero ¿cuáles son los aspectos principales que la autoridad revisa para llegar a tener la seguridad razonable que el saldo solicitado a favor es derecho pleno del contribuyente? Entre otros los siguientes:
Cadena de proveeduría
Existencia de operaciones
Esquemas agresivos
Depósitos bancarios
Origen y aplicación de recursos
•Verifica el correcto cumplimiento en el pago o entero del IVA en los distintos niveles de proveedores
•Confirmar materialidad de operaciones, infraestructura y capacidad para prestar los servicios o adquirir los bienes facturados.
•Análisis de operaciones para identificar vínculos con sectores de riesgo, robo de identidad, intangibles, simulación de operaciones
•Conciliación fiscal y contable, compulsas o procedimientos de auditoría en operaciones relevantes, incluyendo partes relacionadas.
•Confirmar procedencia de los recursos utilizados, fuentes de financiamiento y destino de erogaciones
Como podemos observar son cinco puntos que parecen sencillos, sin embargo como comentamos resulta ser un proceso del todo administrativo, tedioso y tardado, sin embargo en mi experiencia puedo asegurar que si el contribuyente cuenta con los controles internos administrativos y con todos los sustentos legales de sus operaciones, debiera ser sólo un trámite más que llevar a cabo, la realidad no es así, derivado a que siempre se tienen áreas de oportunidad en cada proceso económico ya sea por desconocimiento, falta de capacitación o una errónea asesoría, lo que se traduce en un camino sinuoso para concluir con éxito el proceso mencionado.
Para finalizar enunciamos los principales aspectos que solicita la Autoridad en su primer requerimiento de información para verificar si tenemos el derecho subjetivo de la devolución, lo divide en doce puntos los cuales abordaré de una manera sintetizada:
1. Operación Descripción detallada de la actividad que realiza. • Diagrama de flujo y escrito en el cual detalle cada una de las etapas en que incurre para llevar a cabo su actividad preponderante, indicando el lugar y la duración de dichos aspectos, así como número de personas que intervienen en cada etapa del proceso. • Relación detallada y catálogo con muestras (fotografías) de cada uno de los bienes que enajena y/o servicios que presta. • Escrito en el que explique detalladamente el tipo o tipos de establecimiento con los que cuenta. • Equipo de transporte con que cuenta, proporcionando la relación de estos y el registro en su libro mayor. • Explique el proceso de recepción y entrega de la mercancía. • Lugar en donde almacena la mercancía, señalando si es de su propiedad o rentada. • Personal con el que cuenta para sus operaciones, sus nombres y qué funciones realizan, si están dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como anexar en PDF los pagos de las cuotas obrero-patronales IMSS e INFONAVIT y Nóminas pagadas del periodo solicitado en devolución.
2. 100%
Proveedores 16%
• Papel de trabajo en archivos en Excel, por el periodo solicitado en devolución en los que integre las facturas que originan el 100% de su IVA ACREDITABLE., que le fueron expedidos por sus proveedores de bienes y/o prestadores de servicio a la tasa del 16%.
3. Cinco principales Proveedores 16%
4. Integración de cadena de proveeduría
5. Integración 100% clientes
• La autoridad selecciona los cinco principales proveedores y lo solicita en un papel de trabajo y archivo en Excel en el cual relacione las operaciones realizadas, aportando para dicha muestra archivos digitalizados de las facturas, pólizas de cheques, transferencias y/o comprobantes de pago, así como estado de cuenta bancario completos, donde se refleje el cargo al cheque y/o transferencias por dichas operaciones, esta documentación deberá identificarla numéricamente dentro de los estados de cuenta bancarios y conciliar los movimientos anteriores mediante el citado papel de trabajo. • Si realizó pagos en parcialidades, aportar póliza contable, comprobantes fiscales de las parcialidades, así como comprobantes de la forma de pago, en caso de que se hayan expedido notas de crédito, deberá aportarlas. • Archivo digitalizado de los contratos que haya celebrado con su proveedor de bienes y servicios señalado, que haya estado vigente durante el periodo solicitado en devolución. (Si los contratos se encuentran celebrados en lengua extranjera deberán anexar su traducción al castellano en términos de lo establecido en el artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civil).
• Proporcionar información de las operaciones realizadas en el periodo solicitado en devolución con sus 5 principales proveedores y/o prestadores de servicios. · Indicar qué tipo de mercancía, producto o servicio, adquirió de su proveedor, arrendador o prestador de servicios. · Indicar cuál fue el uso o destino de las mercancías, productos o servicios, adquiridos de su proveedor, arrendador o prestador de servicios. · Indicar cual fue la forma de entrega o envío de las mercancías, productos o servicios, recibidos de su proveedor, arrendador o prestador de servicios. · En caso de que su proveedor, prestador de servicios y/o arrendador, le preste servicios de seguridad, custodia, transportación, servicios profesionales deberá proporcionar archivo que contenga de forma digitalizada los contratos celebrados por dichos servicios. (Si los contratos se encuentran celebrados en lengua extranjera deberán anexan su traducción, al castellano en términos de lo establecidos en el artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civil). · En caso de que sus proveedores le presten algún servicio, deberá aportar la documentación comprobatoria que acredite que se prestó dicho servicio, tales como correos, informes, proyectos manuales, entre otros. · Indicar la forma en que recibió los bienes y/o servicios de sus proveedores y/o prestadores de servicios. Así mismo, deberá anexar digitalizada la documentación con la que acredite que efectivamente se realizó la operación, ejemplo: plan de trabajo, catálogo de productos, manuales de usuario, cotizaciones, presupuestos, listados de personal que intervino, etc., toda la documentación con la que acredite que efectivamente se realizaron las operaciones. · Indicar si los servicios que le prestan sus proveedores, prestadores de servicios y/o arrendadores son estrictamente indispensables para realizar sus Actos y Actividades, indicando para qué es utilizado cada uno de los productos que adquiere de sus proveedores (ya sea productos o servicios).
• Papel de trabajo en archivo en Excel en el cual relacione el 100% de sus actos o actividades gravadas realizadas con sus clientes a la tasa del 16%.
6. Operaciones principales clientes
• Papel de trabajo y archivo en Excel en el cual relacione las operaciones realizadas con sus 5 principales clientes a tasa 16%, en cuanto a montos se refiere, archivo digitalizado de las facturas emitidas, pólizas y estados de cuenta bancarios con los que se compruebe que se realizó su cobro y los registros contables donde consten las operaciones realizadas, dicha información deberá estar debidamente relacionada y cruzada contra el papel de trabajo y los estados de cuenta bancarios completos. • En su caso, deberá aportar archivo digitalizado de los contratos que haya celebrado con sus clientes, que haya estado vigente durante el periodo solicitado en devolución. (Si los contratos se encuentran celebrados en lengua extranjera deberán anexan su traducción, al castellano en términos de lo establecidos en el artículo 271 del Código Federal de Procedimientos Civil). • Deberá de anexar digitalizados en PDF, los estados de cuenta bancarios donde se reflejen los cruces de auditoría contra el papel de trabajo. • Se solicita anexe dicha información separada por carpetas debidamente identificadas con el nombre del cliente.
7. Financiamiento • Escrito libre firmado por el representante legal de la contribuyente donde manifieste bajo protesta de decir verdad el origen de sus ingresos por los que generó un saldo a favor, considerando que durante el periodo que solicita realizó mayores gastos que ingresos, por lo anterior deberá de explicar el origen de los recursos que utilizó para efectuar los pagos a sus proveedores, prestadores de servicios y arrendadores. En caso de que los mismos provengan de préstamos, deberá anexar papel de trabajo que indique: • Fecha de préstamo. • Nombre del acreedor. • Monto del préstamo. • Tasa de interés. • Intereses devengados y pagados. • Pagos a capital. • Saldo. • Archivo digitalizado de la identificación oficial anverso y reverso, de la(s) persona(s) que firman dichos contratos. • En su caso, el aviso presentado ante el Servicio de Administración Tributaria de acuerdo con el artículo 76 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente. • En el caso de no existir préstamos o contratos celebrados por alguna institución crediticia y el financiamiento provenga de la cobranza del mes (flujo de efectivo), deberá aportar hoja de trabajo relacionando por columna lo siguiente: número de factura expedida y forma de pago, el cual deberá de reflejarse en el estado de cuenta que se sirva aportar, correspondiente al periodo en comento, o bien si se trata de aportaciones de Capital Social, deberá proporcionar archivo que contenga de forma digitalizada el o las actas de asamblea protocolizadas ante fedatario público en la(s) cual(es) se observe los socios que integran a la contribuyente y que decretaron efectuar dichas aportaciones, así como los estados de cuenta bancarios en los que se aprecie la fecha y el importe correspondiente a los depósitos efectuados por dichas aportaciones. • En caso de que las operaciones se hayan realizado a través de cuenta corriente, proporcionar el contrato correspondiente, así como los registros contables en los que se aprecien los movimientos respectivos.
8. Estados de cuenta bancarios
• Aportar la totalidad de los estados de cuenta bancarios (no consulta de movimientos de internet) abiertos a nombre de la contribuyente correspondiente al periodo solicitado en devolución aún y cuando no hayan tenido movimientos, incluyendo las cuentas de fideicomisos e inversiones. • En el caso de que no coincidan el total de depósitos y el total de retiros reflejados en los estados de cuenta bancarios y la balanza de comprobación, deberá aclarar dichas diferencias. • En caso de que alguna de las cuentas de bancos registradas en su Balanza de comprobación ya se encuentre cancelada, deberá de anexar digitalizada en PDF la documentación que acredite su dicho.
9. Auxiliares • Registros auxiliares del periodo solicitado en devolución de las cuentas de bancos, inversiones, inventarios, ventas, clientes, valor de la mercancía importada, impuesto al valor agregado, proveedores, anticipo de clientes.
10. Balanza de
Comprobación
11. Integración de
Depósitos Bancarios
• En la balanza deberá de identificar a su vez, el saldo a favor solicitado en devolución la cuenta del IVA acreditable y la del IVA causado. En caso de que éstos no coincidan con los datos manifestados en su declaración mensual, proporcione una conciliación entre las operaciones que consideró para la determinación del saldo a favor del periodo solicitado en devolución y las registradas en la cuenta contable respectiva, señalando las razones por las que no coincide el saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado reflejado en su balanza y el solicitado en devolución.
• Papel de trabajo en archivo en Excel, en el que explique amplia, clara y detalladamente el origen y aplicación de cada uno de los depósitos realizados en los estados de cuenta abiertos a nombre de la contribuyente, clasificados como sigue:
Fecha
Importe del depósito
Aplicación: Cobranza, Dividendos, Traspasos, Préstamos, Aportaciones y Otros. • Así mismo deberá de exhibir en forma digitalizada la documentación comprobatoria con lo que ampare su dicho considerando los siguientes supuestos:
En caso de que provengan de Dividendo, señalar el nombre, razón o denominación social y R.F.C. de la persona que los distribuyó, así mismo, sírvase proporcionar en forma digitalizada las constancias de percepciones y retenciones para efectos del impuesto sobre la renta, así como las actas de asamblea en que se haya acordado dicha distribución y si estos provienen de la CUFIN. Si corresponde a Traspasos, indique el número de cuenta origen, nombre del titular y la razón o denominación social de la institución bancaria o casa de bolsa de donde se realizó dicho traspaso y proporcione en forma digitalizada el estado de cuenta en el que se aprecie el retiro o la transferencia bancaria. En caso de que correspondan a préstamos que le fueron otorgados, se solicita lo siguiente: Proporcione en forma digitalizada el contrato celebrado. Escrito libre debidamente firmado por el representante legal en el que manifieste en qué ocupó el dinero de los préstamos recibidos y/o aportaciones, así como la documentación comprobatoria que soporte su dicho. En caso de que correspondan a préstamos provenientes de capitales del extranjero, además de lo señalado en los incisos que anteceden, proporcione: Constancias de retenciones del Impuesto Sobre la Renta por pago de intereses por capitales provenientes del extranjero en forma digitalizada. Las declaraciones de entero de retenciones del Impuesto Sobre la Renta derivadas de los intereses pagados a sucursales al extranjero por capitales provenientes de las mismas, en las que conste lugar y fecha de recepción, señalando además la forma de pago, fecha, importe, número de cheque, número de cuenta y nombre de la institución bancaria a la que pertenece. Ahora bien, en el supuesto de “otros”, que marca el recuadro anterior se refiere aquellos depósitos que no son considerados como cobranza, ejemplo: pago de préstamos a empleados, reembolso, depósitos erróneos, devoluciones, etc. por lo que deberá aportar la documentación contable donde se soporte el ingreso y salida, anexando pólizas de los movimientos, balanzas, auxiliares contables, toda la documentación con la que se acredite los depósitos citados en sus estados de cuenta aportados, así como escrito libre aclaratorio.
12. Acta constitutiva y aportaciones de socios
Acta constitutiva de la contribuyente y modificaciones a la misma digitalizada claramente en PDF y escrito libre donde informe el nombre de los socios y accionistas y las aportaciones iniciales realizadas por cada uno de ellos, acompañados de la documentación comprobatoria que acredite su dicho.
Les reitero que una vez que se integra por primera vez este camino largo y sinuoso para anexarlo todo en archivos electrónicos y enviarlos vía buzón tributario, las subsecuentes, no debieran ser tan tortuosas, siempre y cuando el contribuyente desarrolle controles administrativos eficaces y la operación misma proporcione los elementos suficientes para integrar en tiempo y forma los sustentos del saldo a favor. Como conclusión les sugiero realizar una evaluación tomando en cuenta los siguientes puntos: 1. ¿La operación del contribuyente puede generar en un futuro cercano saldo a cargo de IVA con el cual podamos acreditar el monto a favor en los siguientes tres meses? Si la respuesta es afirmativa, la sugerencia es aplicar el acreditamiento del saldo a favor hasta agotarlo, derivado de que en el mejor de los casos la devolución del importe sería en aproximadamente tres meses, la vía más rápida de recuperar el saldo es mediante este procedimiento. 2. ¿La operación del contribuyente es generadora de saldos a favor (farmacéutica, alimentos, periodo preoperativo, etc.)? Si la respuesta es afirmativa, sugiero que se realice una evaluación previa a los controles y soportes documentales que se tengan para sustentar el saldo y una vez que se tenga una seguridad razonable, efectuar un plan de solicitud(es) de saldos a favor, para que se puedan planear adecuadamente las contestaciones a la autoridad, tomando en cuenta que los requerimientos de información se realizarán por cada una de las solicitudes de devolución. 3. ¿Se tiene la sospecha de que nuestra operación tiene áreas de oportunidad en alguno de los principales puntos que la autoridad revisa? Realizar una evaluación previa a los puntos que presentan áreas de oportunidad en la operación, reforzarlos y sustentar nuestras operaciones, una vez preparados, presentar la solicitud para llevar a buen término ésta y que no se convierta en una llamada de atención a la autoridad y termine en alguna revisión más profunda que complique la relación Contribuyente – Autoridad. Nuestro derecho pleno es el reclamo de nuestros saldos a favor, la obligación de la autoridad es reintegrar estos, trabajemos conjuntamente para el beneficio de los Contribuyentes y llevar la operación de los mismos a unas mejores prácticas económicas.