NOTAS LABORALES
Extensión del Apoyo al Empleo Forma (PAEF)
Incentivos para la generación de empleo
La Ley de Inversión Social estableció la extensión del PAEF desde mayo hasta diciembre de 2021. De igual forma, facultó al Gobierno para extender el PAEF hasta el 31 de diciembre de 2022, de acuerdo con indicadores de desempleo y disponibilidad presupuestal. La norma limitó el PAEF a 50 empleados por empresa, por cada mes y modificó los NO beneficiarios: (1) las personas naturales que tengan menos de dos empleados (antes eran 3) reportados en la PILA; y (2) se permiten los compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de las PEP.
La Ley de Inversión Social estableció los siguientes incentivos que se entregarán a los empleadores por la contratación de nuevos trabajadores: (1) por la contratación de nuevos empleados jóvenes (entre 18 a 28 años) se otorgará un incentivo del 25 % del salario mínimo, (2) por la contratación de mujeres (mayores de 28 años) se otorgará un incentivo del 15 % del salario mínimo, y (3) por la contratación de hombres (mayores de 28 años) que devenguen hasta 3 salarios mínimos se otorgará un incentivo del 10 % del salario mínimo.
Apoyo económico a empleadores afectados por el paro nacional
Corte Suprema de Justicia precisa alcances y límites del contrato sindical
Se entregará un apoyo económico a los empleadores afectados por el paro nacional (personas jurídicas, naturales, consorcios, etc.) para contribuir al pago de las obligaciones laborales de mayo y junio de 2021. El aporte estatal será hasta del 20 % de un salario mínimo por empleado. Para acceder, se deberá demostrar que durante esos meses se tuvo una reducción en los ingresos del 20 % en comparación con marzo de 2021. Este beneficio es compatible con el PAEF.
La Corte indicó que el contrato sindical es una especie de negocio jurídico reconocido en nuestro ordenamiento jurídico que hace parte del derecho colectivo. Sin embargo, en concepto de la Corte, las diversas formas de contratación, incluyendo el contrato sindical, no pueden ser indebidamente instrumentalizadas para eludir obligaciones laborales y, de paso, precarizar el empleo y vulnerar los derechos y garantías fundamentales de los trabajadores. En ese sentido, el contrato sindical requiere de organizaciones sindicales serias, sólidas y financieramente sostenibles; está sometido a veedurías y garantías especiales; y conlleva la aprobación de reglamentos claros y estrictos que velan por la protección de los derechos de los trabajadores partícipes.
Beneficios tributarios en caso de conciliación o transacción con la UGPP La Ley de Inversión Social facultó a la Unidad de Gestión de Pensional y Parafiscales (UGPP) para conciliar y transar las sanciones e intereses derivados de los procesos administrativos, discutidos con ocasión de la expedición de los actos proferidos en el proceso de determinación o sancionatorio en materia tributaria, aduanera y cambiaria, salvo los intereses generados al sistema general de pensiones, que se deberán pagar al 100 %.
Diciembre 2021
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