Cor246 decreto2034

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No. 246• Septiembre 12 de 2014

CO-RESPONDENCIA Boletín virtual de la Asociación de Profesores de la Universidad de Antioquia

Asociación de Profesores de la Universidad de Antioquia

Junta Directiva María Cecilia Plested Álvarez Presidenta

Lucía Stella Tamayo Acevedo Vicepresidente

Jorge Bernardo Aristizábal Ossa Secretario

Walter Alonso Santos Abello Tesorero

Juan Esteban Pérez Montes Jaime Rafael Nieto López Marco Antonio Vélez Vélez Hader Calderón Serna Héctor Byron Agudelo García Diana Carolina Ocampo Rivera Luis Alfredo Atehortúa Castro Carlos Arturo Morales Vallecilla Efraín Manuel Oviedo Regino Rafael Darío Aguilar Aguilar Vocales Recuerde Asesoría jurídica para asociados Dr. Juan Guillermo Uribe martes y jueves 2 pm a 5 pm en Asoprudea Atención de casos por la vía gubernativa.

En la actualidad es importante que analicemos el llamado "Acuerdo por lo Superior 2034" desde diferentes ópticas para ampliar y profundizar nuestra propia conceptualización.

Lineamientos generales sobre el gobierno universitario Tomado de: Alma Mater virtual Publicado el jueves, 04 de septiembrede de 2014.

La representación está estrechamente relacionada con la racionalidad y en este sentido con la idea de universidad como el “espacio de la razón” y el de una esfera pública. El espacio creado por medio de las razones constituye una base compartida y común del pensamiento y las acciones fundamentadas.

Por: FRANCISCO CORTÉS RODAS Director Instituto de Filosofía Universidad de Antioquia

En esta breve evaluación sobre el Acuerdo por lo Superior 2034 en relación con la política y la democracia en la universidad se puede comenzar diciendo que i) da unos lineamientos muy generales sobre el gobierno universitario; ii) es impreciso en su formulación conceptual y iii) desarrolla sus ideas con una forma y un lenguaje claramente tecnocráticos. En el Acuerdo se encuentran principios que están ya propuestos en la Ley 30 de 1992 como autonomía, transparencia, rendición de cuentas, responsabilidad, amplia participación y empoderamiento. Pero no hay nada novedoso sobre lo que debe ser el gobierno universitario. En este sentido, se puede decir que los autores del Acuerdo no han pensado a fondo el asunto de la democracia en la universidad. Con el fin de plantear lo que debería significar la política democrática en la universidad quiero mostrar cómo se pueden enfrentar las serias deficiencias de representación y participación en los consejos universitarios. Esto ha sido señalado por varios autores quienes han dicho que algunas estructuras del gobierno universitario, definidas a partir de la Ley 30 de 1992, están viciadas por el clientelismo y por prácticas reeleccionistas que han llevado a perpetuar en el poder en varias universidades del país a unas élites administrativas y no académicas. Por ejemplo, un rector reelegido por más de dos períodos puede llegar a producir un evidente desequilibrio institucional al impedir la renovación de los dirigentes académicos, al frenar el cambio de equipos y de programas de gobierno universitario y al desnaturalizar el principio de la igualdad en el proceso de elección rectoral. Así, se puede afirmar que la forma de representación dominante en las universidades públicas, definida por la mencionada ley, se ha convertido en el instrumento más adecuado para que los

La defensa de la universidad pública: nuestra razón de ser


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