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Nº 31 Enero 20 de 2010 Bloque 22 oficina 107 - Teléfonos: 219 53 60 - 263 61 06 - Correo: asoprudea@udea.edu.co - http://asoprudea.udea.edu.co

La defensa de la Universidad Pública Para reiniciar la discusión sobre el desfinanciamiento de la universidad pública, la Junta Directiva de la Asociación de Profesores de la Universidad de Antioquia reproduce cuatro textos de autores competentes, publicados por la prensa nacional entre finales del 2009 y principio de 2010. La idea es prepararnos para actuar propositivamente cuando llegue la ocasión, como lo anticipa el Rector: “El problema estructural de la financiación de la universidad pública seguramente tendrá su propio escenario en 2010, cuando inicie eventualmente la discusión del presupuesto de 2011; o antes, si la Ministra de Educación radica el proyecto de reforma a la Ley 30de 1992”. Un buen botón de muestra es el titulo sexto (financiación) del borrador que está circulando, “por el cual se expide el Decreto Único Temático que incorpora las normas reglamentarias de la Educación Superior que se encuentran

vigentes”. El antedicho titulo dice “6.1. El Ministerio de Educación Nacional asignará el porcentaje de las transferencias que serán redistribuidos entre las Universidades de acuerdo con los indicadores de gestión previamente concertados con los Rectores de las Universidades Públicas, Nacionales y Territoriales; el porcentaje de la transferencia que será redistribuido de conformidad con lo establecido en el presente decreto no modificará la base para el cálculo de los aportes del presupuesto nacional y de las entidades territoriales que recibirán anualmente las universidades estatales u oficiales de que trata el inciso 2 del artículo 86 de la ley 30 de 1992. 6.2. El porcentaje total de las transferencias que serán redistribuidas con base en indicadores de gestión se incrementará de la siguiente manera: para el año 2004 el porcentaje será del 4%, para el año 2005 el porcentaje será del 8%, para el año 2006 en adelante el porcentaje será del 12%”.

Financiación de la universidad pública. Un debate necesario Cecilia María Vélez Ministra de Educación Nacional

El tema de la financiación de las universidades públicas se ha tomado el debate sobre la educación en Colombia en el último mes. El debate es bien-

venido. Es innegable que las universidades públicas han crecido y que gracias a su dinamismo entre el 2003 y el 2008 aumentaron 30 por ciento su


matrícula. Tenemos así mismo un número mayor de estudiantes en la educación superior, lo que nos ha permitido alcanzar un 35,5 por ciento de cobertura, tasa que supera el promedio latinoamericano. Las instituciones han hecho una tarea meritoria en términos de calidad e investigación. El país puede estar orgulloso de estos logros. Y el Gobierno reconoce de manera pública que este resultado ha sido posible gracias al esfuerzo de las instituciones y al liderazgo de sus rectores. Estas son buenas noticias. Como también lo es el mayor número de bachilleres que se graduarán en los próximos años. En el 2008, el total de bachilleres pasó de 471.254 a 647.997 y probablemente alcanzaremos los 700.000 este año, lo que incrementará la demanda por educación superior. Por ello, entiendo que el punto de partida de esta reflexión debe ser la manera de garantizar que ese dinamismo de las universidades públicas se sostenga y continue. Empecemos por el debate coyuntural. Para el 2010, los rectores le solicitaron al Gobierno, mediante carta pública, un crecimiento real de su presupuesto de 4,5 por ciento, equivalente a 90.000 millones de pesos adicionales. Luego elevaron su demanda a 150.000 y, finalmente, el Congreso de la República aprobó 160.000 millones, que representan un crecimiento real del 7,06 por ciento de los recursos del 2009. La discusión que plantean ahora los rectores tiene que ver con la forma como se van a distribuir esos recursos. Estos recursos son adicionales para los presupuestos de las universidades públicas y se distribuyen así: 70.000 millones para ampliación de cobertura a través de un fondo en el Icetex, que van a las universidades públicas de acuerdo con un plan y se garantizan a largo plazo; 30.000 millones que

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se adicionan al presupuesto de Colciencias para proyectos de investigación en las universidades públicas; 18.000 para el reconocimiento de los descuentos por votación que vienen efectuando las universidades en sus matrículas a los jóvenes sufragantes. Y los 42.000 millones restantes, que hacían parte del presupuesto del Icfes, van a cubrir los desequilibrios generados por el crecimiento de la matrícula y por cambios normativos asociados a la remuneración de los docentes. En este último punto, en el cual han hecho el mayor énfasis los rectores, necesitamos clarificar las cuentas con las universidades, por cuanto aún no se han allegado cifras consistentes y confiables, y se deben descontar los crecimientos reales que han tenido los recursos en los últimos años. Si contamos desde la aprobación de la Ley 30 en el 92, los aportes del Gobierno Central se han incrementado en 47 por ciento en términos reales. Pasemos ahora a la discusión estructural y de largo plazo. Como país, para el 2019 nos propusimos el gran reto de alcanzar una cobertura del 50 por ciento y metas exigentes en calidad. Debemos garantizar el acceso de por lo menos 500.000 nuevos estudiantes y fortalecer el trabajo en investigación e innovación. Debemos pensar en el desarrollo de un sistema público armónico, con presencia de universidades de investigación y de docencia. Se debe reconocer en la financiación el desarrollo en investigación de algunas universidades líderes, pero garantizar que esta actividad llegue a todas las instituciones y a los estudiantes de las regiones a través de la articulación del sistema público. Con tal fin, hay que aumentar los recursos y encontrar formas de distribuirlos con los incentivos correctos, lo que nos lleva a la reforma del artículo 86 de la Ley 30.


Para empezar esta discusión, proponemos preservar el espíritu de la ley en el sentido de garantizar la autonomía y los recursos a las universidades en pesos constantes, pero abrir nuevas fuentes para el sector,

con indicadores que permitan la asignación de los recursos de una forma eficiente, eficaz y equitativa. Se oyen propuestas. El Tiempo. Bogotá, 7 de noviembre de 2009, p. 1-23.

Más allá de un ajuste legal Editorial El Colombiano

No sólo se necesita adecuar la Ley de Educación Superior para facilitar la financiación de las universidades oficiales. Se requiere una reforma que sintonice las normas con las nuevas realidades y exigencias de calidad, transferencia del conocimiento e internacionalización. Con motivo de las reclamaciones originadas en las universidades oficiales para que los aportes financieros del Estado conjuren la inminencia de crisis, el Gobierno anunció que propondrá la reforma de la Ley 30 de 1992, que estatuyó el servicio público de la educación superior. Se justifica un replanteamiento, pero no sólo para corregir imprevisiones en materia de financiación. Deben actualizarse otros criterios, que merecen revisión de fondo al cumplirse 17 años de la Ley. Las partidas del presupuesto nacional para las universidades forman parte del gasto público social. La Ley 30 las dispone en el capítulo sobre el régimen financiero. Pero en los artículos 86 y 87 no se previó de modo explícito el fenómeno acumulativo denominado desbalance estructural sistemático. Se origina en el crecimiento de costos generales y de nómina, que superan la inflación. Por ejemplo, la remuneración de los docentes aumenta no sólo conforme con el reajuste anual sino también de acuerdo con los puntajes correspondientes a la evaluación de méritos por producción intelectual.

Aunque hayan incidido en ese desbalance diversos desórdenes en la administración del presupuesto en universidades públicas u oficiales, la realidad está en que se ha vuelto inmanejable ese desequilibrio entre la estructura de costos que supera en unos tres puntos la inflación y la de ingresos que sólo se ajusta a la tendencia inflacionaria. Con todo, no basta con hacer adecuaciones de la Ley en lo atinente a porcentajes de las partidas para financiación. Es que el incremento de los aportes estatales a las universidades de carácter oficial se vincula también, por la norma, con el cumplimiento de los objetivos fijados para el Sistema Nacional de Educación Superior y el mejoramiento de la calidad de las instituciones. Es en este punto en el que se justifica la necesidad de un replanteamiento de otros temas de la Ley 30, de modo que no acabe por convertirse, como puede estar sucediendo, en un hermoso canto a la bandera. Deben revisarse los objetivos. La internacionalización es factor de mejoramiento de la calidad. Incluso la visibilidad en materia de publicaciones impresas y electrónicas, en la oferta de contenidos desde los portales universitarios en Internet y en múltiples bases de datos y repositorios confiables, ya son pruebas de crecimiento cualitativo en la transferencia de conocimiento. Así mismo, es importante replantear la naturaleza y las finalidades de especializaciones, maestrías y doctorados y facilitar

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su homologación con estándares y nomenclaturas internacionales. La Ley 30 y las disposiciones reglamentarias, así como las normas que surjan, no pasan de tener eficacia sólo simbólica si dejan vacíos que puedan aprovecharse, como parece que ha sucedido, para burlar la suprema inspección y vigilancia del Estado. Desde los preceptos legales y en la práctica se requiere más rigor para la aprobación de instituciones de educación superior. Sin perjuicio de la autonomía, deben asegurarse la calidad, la pertinencia y la responsabilidad social, mediante la rendición de

cuentas en la prestación del servicio público esencial de la educación. La acreditación, la autoevaluación y la certificación deberían ser procesos de rutina en todas las universidades. No es razonable que sólo 17 (entre públicas y privadas) tengan acreditación institucional. ¿Qué pasa con las demás? No basta una reforma parcial de la Ley 30. La educación superior necesita un cambio legal de fondo. El Colombiano. Medellín, 26 de diciembre de 2009, p. 5a

Mirada a la situación financiera de la universidad pública Alberto Uribe Correa Rector de la Universidad de Antioquia

En 1992, recién promulgada la nueva Constitución Política del País, se expidió la Ley 30 a través de la cual se reorganizó la prestación del servicio de educación superior. En esta ley, y para garantizar los aportes que la Nación venía realizando a las universidades públicas, se consagró en el artículo 86 que los aportes, del presupuesto nacional y de las entidades territoriales, deberían siempre incrementarse en pesos constantes, tomando como base los presupuestos de rentas y gastos vigentes a partir de 1993. El Gobierno nacional entendió que el mandato del artículo 86 sólo lo obligaba a incrementar las partidas del presupuesto nacional con destino a las universidades en el mismo porcentaje que la proyección de aumento del Índice de Precios al Consumidor -IPC-, lo que ha significado que los recursos para las universidades públicas han decrecido en términos reales, por la diferencia entre el IPC proyectado en el presupuesto general y el IPC real.

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A lo anterior hay que agregar que muchos de los gastos de funcionamiento han aumentado significativamente por encima del IPC, como en el caso de las tarifas de servicios públicos, la gasolina, los pasajes aéreos, entre otros. Las metas que los diferentes gobiernos nacionales han definido para educación, ciencia y tecnología, y que las universidades públicas asumieron como compromiso para alcanzar el desarrollo del país, llevaron a aumentar la cobertura en programas de pregrado, elevar la formación de los docentes, crear y consolidar grupos de investigación, internacionalizarse, extender los programas a diferentes regiones del departamento, realizar extensión solidaria, mejorar las infraestructuras físicas, crear nuevos programas de pregrado y posgrado, renovar los equipos de trabajo, dotar las bibliotecas y modernizar los laboratorios. Todas estas acciones han tenido que ser asumidas con los mismos recursos que la Nación giraba en 1993.


Las normas que se han expedido desde 1992 es otro factor que incide fuertemente en el desfinanciamiento: los decretos 1444 de 1992 y 1279 de 2002 establecieron un régimen salarial docente, con estímulos por incremento de la productividad, que no fueron presupuestados; la Ley 100 de 1993 con sus posteriores reformas y decretos reglamentarios, incrementaron los aportes que las universidades públicas, en su carácter de empleador, deben girar al sistema de seguridad social; las leyes 403 de 1997 y 815 de 2003 establecieron un descuento del 10% en los derechos de matrícula como incentivo al sufragio; la sentencia C-006 de 1996 proferida por la Corte Constitucional, niveló las prestaciones sociales de los docentes de cátedra y ocasionales con las de los vinculados, y la sentencia C-401 de 1998 determinó que las prestaciones sociales de los empleados administrativos se deben pagar de forma igual al personal supernumerario. Si bien el problema de la financiación de la educación superior es estructural, en esta vigencia el Sistema de Universidades Estatales -SUE-, decidió emprender un trabajo con el Ejecutivo y el Legislativo para evidenciar la situación compleja por la que atraviesan las universidades. Fruto de esta iniciativa se desarrolló un primer documento en el que se abordó el tema de la compensación por efectos de la normatividad que ha incidido en el presupuesto de gastos de las universidades públicas a partir de la Ley 30 de 1992. Este ejercicio tenía una fecha de corte al 20 de octubre de 2009, plazo máximo para aprobar el Presupuesto General de la Nación por parte del Congreso; el objetivo era conseguir por lo menos un 5% adicional a la base de los presupuestos de las universidades, buscando compensar el efecto de las normas anteriormente citadas. Gracias a esta labor, el SUE logró que se incrementaran los recursos en $160.000.000.000, que serán distribuidos,

según la propuesta del Ministerio de Educación Nacional, de la siguiente forma: $42.000.000.000 que anteriormente pertenecían al Icfes para fomento de la educación superior y que en virtud de la Ley 1324 de 2009 serán manejados directamente por el Ministerio de Educación. El acuerdo del Ministerio con el Sistema Universitario Estatal es que los recursos hagan base presupuestal y se distribuyan de acuerdo con la participación de cada institución en el valor total de los costos adicionales de personal docente 2003-2008. $70.000.000.000 del fondo administrado por el Icetex serán destinados para proyectos que presenten las universidades y que tengan como objetivo ampliar cobertura haciendo énfasis en criterios de equidad y regionalización; los recursos que obtengan las universidades serán parte de la base presupuestal. $30.000.000.000 para Colciencias, que se aplicarían a financiar una convocatoria de proyectos de investigación; capacitar investigadores y acceder a bibliografía especializada; tales recursos no harán base presupuestal. $18.000.000.000 para reconocer el incentivo al sufragio harán parte de la base presupuestal. Después de la amplia difusión pública de la problemática se ha logrado que el Ministerio de Educación se preocupe por los recursos para las universidades públicas, no obstante que ha venido afirmando que las instituciones de educación superior públicas cuentan con excedentes financieros, sin comprender que éstas administran recursos ajenos, a través de proyectos con destinación específica y que los fondos patrimoniales que conservan y alimentan son el respaldo para poder atender las obligaciones misionales de docencia, investigación y extensión.

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En este momento la labor fundamental de los rectores es lograr, a través del SUE, que estos recursos incorporados en el presupuesto de 2010 se utilicen eficientemente y que mitiguen lo mejor posible el desfinanciamiento que sufren las universidades, sin renunciar a la autonomía que la Constitución les garantiza. El problema estructural de la financiación de la universidad pública seguramente tendrá su propio escenario en 2010, cuando inicien nuevamente las discusiones del presupuesto de 2011, o antes, si la Ministra de Educación radica el proyecto de reforma a la Ley 30 de 1992.

En todo caso, las universidades están dispuestas a dar las explicaciones que requiera la sociedad pues tienen cómo mostrar significativos resultados en eficiencia, en ampliación de cobertura, desarrollo de la investigación, acceso a la educación de los sectores menos favorecidos, egresados altamente cualificados y programas de extensión solidaria; resultados que han implicado, asimismo, grandes esfuerzos económicos por parte de las universidades públicas, las cuales esperan una compensación por la labor cumplida, que en ningún momento es la compensación por un sólo período de gobierno. El Colombiano. Medellín, 8 de enero de 2010, p. 2a.

El desfinanciamiento de las universidades públicas Jorge Aristizábal Ossa Secretario Asociación de Profesores

Sobre la problemática de la universidad pública, el editorial de El Colombiano del 26 de diciembre pasado, titulado “Más allá de un ajuste legal”, explora algunos aspectos contextuales de la financiación estatal a las universidades públicas. En uno de sus apartes dice: “En los artículos 86 y 87 no se previó de modo explícito el fenómeno acumulativo denominado desbalance estructural sistemático”. El artículo 86 reza que “las universidades estatales u oficiales recibirán anualmente aportes de los presupuestos nacional y de las entidades territoriales, que signifiquen siempre un incremento en pesos constantes, tomando como base los presupuestos de rentas y gastos vigentes a partir de 1993”; y el artículo 87 precisa que “a partir del sexto año de la vigencia de la presente ley, el Gobierno Nacional incrementará sus aportes para las universidades estatales u oficiales, en un porcentaje no inferior al 30% del incremento real del Producto Interno Bruto”.

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Antes de interpretar el espíritu de los anteriores artículos, es preciso aclarar en qué consiste ese “desbalance estructural sistemático”. Hay por lo menos catorce indicadores de dicho desbalance: 1) la producción intelectual del profesorado, 2) el descuento por participación en elecciones, 3) la acreditación de los programas, 4) las comisiones de estudio de los docentes, 5) la ampliación de cobertura, 6) la construcción de sedes regionales, 7) el pasivo pensional, 8) las obras físicas de remodelación, 9) las inversiones en sistematización, 10) la apertura de nuevos programas académicos, 11) el fortalecimiento de la investigación, 12) el aumento de los servicios públicos, 13) el aumento de los aportes en salud y pensiones, y 14) el trato igual de los docentes de cátedra, ocasionales y de los supernumerarios administrativos. En un artículo del rector de la Universidad de Antioquia, Alberto Uribe Correa, publicado en El Colombiano el día 7 de enero del año en curso, se intenta explicar


el fenómeno de los “desbalances estructurales”, específicamente en las universidades públicas. Dice el Rector: “El Gobierno nacional entendió que el mandato del artículo 86 sólo lo obligaba a incrementar las partidas del presupuesto nacional con destino a las universidades en el mismo porcentaje que la proyección de aumento del Índice de Precios al Consumidor -IPC-, lo que ha significado que los recursos para las universidades públicas han decrecido en términos reales, por la diferencia entre el IPC proyectado en el presupuesto nacional y el IPC real. A lo anterior hay que agregar que muchos de los gastos de funcionamiento han aumentado significativamente por encima del IPC, como en el caso de las tarifas de servicios públicos, la gasolina, los pasajes aéreos, entre otros. Las metas que los diferentes gobiernos nacionales han definido para educación, ciencia y tecnología, y que las universidades públicas asumieron como compromiso para alcanzar el desarrollo del país, llevaron a aumentar cobertura en programas de pregrado, elevar la formación de los docentes, crear y consolidar grupos de investigación, internacionalizarse, extender los programas a diferentes regiones del departamento, realizar extensión solidaria, mejorar las infraestructuras físicas, crear nuevos programas de pregrado y posgrado, renovar los equipos de trabajo, dotar las bibliotecas y mejorar los laboratorios. Todas estas acciones han tenido que ser asumidas con los mismos recursos que la Nación giraba en 1993”. Más adelante agrega: “La sentencia C-006 de 1996 proferida por la Corte Constitucional, niveló las prestaciones sociales de los docentes de cátedra y ocasionales con las de los vinculados, y la sentencia C-401 de 1998 determinó que las prestaciones sociales de los empleados administrativos se deben pagar de forma igual al personal supernumerario”. Han sostenido los rectores de las universidades públicas que el desfinanciamiento es producto de una serie decretos, leyes y sentencias producidas por el Gobierno Nacional y las grandes Cortes

de la República desde 1993, que han significado erogaciones asociadas a ellas y las cuales nunca establecieron una fuente de recursos adicionales para su cumplimiento, teniendo las universidades la obligación de acatar debilitando grandemente sus finanzas. Cada uno de los catorce puntos anteriores ha tenido esta característica y de ahí la justeza del pronunciamiento de los 32 rectores y su solicitud de una compensación de los sobrecostos acumulados del 5.5% para un incremento del 12.8% para el presupuesto de las universidades en el 2010. Como todos sabemos, las universidades solo lograron $ 160.000 millones que serán manejados por el Icetex, el Ministerio de Educación, el Icfes y Conciencias, no habiendo acuerdo pleno en su distribución pues no llegan directamente a las universidades. Aprovechando la coyuntura creada por el pronunciamiento de los rectores y la gran movilización nacional de profesores y estudiantes por una financiación estatal adecuada y oportuna, la Ministra de Educación, Cecilia María Vélez, en un artículo publicado en El Tiempo el 7 de noviembre de 2009, dice: “Pasemos ahora a la discusión estructural y de largo plazo. Como país nos propusimos el gran reto de alcanzar una cobertura del 50 por ciento y metas exigentes en calidad… Con tal fin, hay que aumentar los recursos y encontrar formas de distribuirlos con los incentivos correctos, lo que nos lleva a la reforma del artículo 86 de la Ley 30”. Y remata con “para empezar esta discusión, proponemos preservar el espíritu de la ley en el sentido de garantizar la autonomía y los recursos a las universidades en pesos constantes, pero abrir nuevas fuentes para el sector, con indicadores que permitan la asignación de los recursos de una forma eficiente, eficaz y equitativa. Se oyen propuestas”. Colombia es uno de los países que menos recursos dedica a la educación superior en Latinoamérica, un 0.24% del Producto Interno Bruto -PIB- o su equi-

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valente del 1.6% del presupuesto nacional aprobado para el 2010. Quiere la Ministra mantener esta baja financiación pero busca transformar a las universidades públicas en unidades de negocios que permitan a sus rectores o gerentes vender más servicios de lo que hoy lo hacen desviándolas de su objetivo central. Al aumentar los recursos propios las universidades se irán privatizando y elitizando, pues estos recursos en últimas recaerán sobre el estudiantado y sus familias. No olvidemos la experiencia de la educación secundaria. No solo no se mantuvo el presupuesto asignado sino que con dos reformas constitucionales en el 2001 y en el 2006 se recortaron sus recursos en cuatro billones de pesos anuales del 2001 al 2006 y de seis billones anuales del 2007 al 2016. Y se impuso la “capitación”, es decir, el pago por alumno matriculado. Es el criterio neoliberal del subsidio a la demanda y no a la oferta: no se financia la institución educativa (u hospitalaria) sino que se paga por el servicio prestado. Así jamás habrá alta calidad o excelencia. De la declaración de la Ministra se deduce que se impondrán dos tipos de universidades: de investigación, unas pocas, y las tradicionales de formación y capacitación. Con el criterio de equidad se buscará quitarle a las que más reciben hoy, a las que denomina líderes, para entregar tales recursos a las restantes. Esto es nivelar por lo bajo. Quieren acabar con lo que hace tiempo denominaron “finan-

ciación inercial”. Eso ha estado ocurriendo con la educación básica primaria y secundaria y ahora se quiere llevar a la educación superior. Por eso nos oponemos rotundamente a la reforma de los artículos 86 y 87 de la Ley 30. Si de reformar la Ley 30 hablamos ¿por qué no empezar con la antidemocrática constitución de los consejos superiores universitarios, de los consejos académicos, y de todo tipo de organismos académicos que se conforman de la forma más arbitraria posible? Y si hablamos de la reforma del artículo 86, ¿por qué no ponernos la meta de llegar al 5% del PIB, como algunos países latinoamericanos? En este último año del segundo gobierno de Uribe Vélez se alcanzó un nuevo récor en el endeudamiento externo. Adeudamos 52.000 millones de dólares, la cifra más alta de toda nuestra historia. Y el servicio de dicha deuda se come el 38% de todo el presupuesto nacional, unos 56 billones de pesos anuales (equivalente a 6.500 millones de pesos por hora). Y ni hablar del presupuesto de seguridad, unos 21 billones de pesos anuales. Con estos énfasis no podrán existir recursos significativos para educación, salud, vivienda, deporte, recreación y cultura, es decir, un gasto social ínfimo. Y ahora van por la educación superior. Así lo exigen la confianza inversionista y la seguridad democrática. Alma Máter. Medellin, febrero 2010 (en prensa).


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