1. MARCO CONCEPTUAL
2. EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA GLOBAL Y DIVERSIDAD CULTURAL
3. MARCO NORMATIVO
4. ORIENTACIONES PARA LOS PROCESOS DE PLANIFICACIÓN EN LA AECID
5. ORIENTACIONES GENERALES PARA LAS INTERVENCIONES DE LA AECID
6. ORIENTACIONES ESPECÍFICAS SEGÚN MODAIDADES E INSTRUMENTOS DE COOPERACIÓN
. ANÁLISIS SOBRE LA 7. CAJA DE HERRAMIENTAS POR SECTORES DE LA COOPERACIÓN
DIVERSIDAD CULTURAL EN UN ENFOQUE DE
8.5. DERECHO A LA SALUD La percepción respecto a la salud no es universal. El contexto cultural determina la visión sobre el concepto y las causas de la salud y la enfermedad y sobre la aceptación del tratamiento. Por ello, entre los principios del derecho a la salud96 se incluye la “aceptabilidad”: “Aceptabilidad: Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos de la ética médica y culturalmente apropiados, es decir respetuosos de la cultura de las personas, las minorías, los pueblos y las comunidades, a la par que sensibles a los requisitos del género y el ciclo de vida, y deberán estar concebidos para respetar la confidencialidad y mejorar el estado de salud de las personas de que se trate.” 97 La aplicación transversal del respeto a la diversidad cultural vinculado al derecho a la salud debe ir orientada a conseguir que los objetivos de desarrollo sostenible fijados en este ámbito beneficien de forma justa e igualitaria a todos los grupos culturales de una comunidad, revirtiendo las estadísticas que informan en muchos países del desigual acceso a los servicios sanitarios. Además, el derecho a la salud es consustancial a la libertad del individuo, lo que incluye poder disponer del propio cuerpo y del control de la salud mediante una elección informada sobre los diagnósticos y los tratamientos disponibles. Pero esta elección está inevitablemente influida por el contexto social y cultural en el que se desenvuelve el individuo. Por ello, es imprescindible valorar la pertinencia cultural en el diseño de las políticas y estrategias públicas y la sensibilización al respecto entre los profesionales sanitarios. La perspectiva de derechos y de desarrollo en materia de salud, vinculada a la diversidad cultural, es especialmente relevante en el caso de las mujeres. Por un lado, por la necesidad de adoptar medidas, culturalmente adecuadas, de prevención y protección frente a prácticas tradicionales contrarias a los derechos humanos 98 . Y por otro, por la importancia de trabajar en particular la salud 96 Organización Mundial de la Salud (OMS). Salud y derechos humanos. (En línea) 97 NACIONES UNIDAS (2000). El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud. Observación general No 14 (En línea) 98 Ibídem.
Guía de la AECID para la Transversalización de la Diversidad Cultural
DERECHOS