2. EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA GLOBAL Y DIVERSIDAD CULTURAL
1. MARCO CONCEPTUAL
3. MARCO NORMATIVO
4. ORIENTACIONES PARA LOS PROCESOS DE PLANIFICACIÓN EN LA AECID
5. ORIENTACIONES GENERALES PARA LAS INTERVENCIONES DE LA AECID
6. ORIENTACIONES ESPECÍFICAS SEGÚN MODAIDADES E INSTRUMENTOS DE COOPERACIÓN
. ANÁLISIS SOBRE LA 7. CAJA DE HERRAMIENTAS POR SECTORES DE LA COOPERACIÓN
DIVERSIDAD CULTURAL EN UN ENFOQUE DE
8.7. DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley107. El acceso a la justicia es un principio básico del estado de derecho. Es el mecanismo que permite a las personas “hacer oír su voz, ejercer sus derechos, hacer frente a la discriminación o hacer que rindan cuentas los encargados de la adopción de decisiones.” 108 Su importancia reside en su función de “puerta de entrada” al sistema de tutela judicial y de resolución de conflictos. Sin su aplicación efectiva, se pierde la opción de exigir el cumplimiento de los demás derechos y con ello su viabilidad. Es por tanto un derecho de primera importancia en todo sistema de administración de justicia democrático. Al aplicar el enfoque de diversidad cultural, será preciso atender a varios contextos:
la consideración dada en los estados multiculturales a las formas de resolución de conflictos de los grupos culturales reconocidos;
la mirada cultural para asegurar el acceso a la justicia positiva de todos los grupos culturales;
la reparación del daño producido en quienes han visto vulnerados sus derechos culturales.
JUSTICIA INDÍGENA Respecto al primer punto, el derecho a la justicia supone un importante desafío para las sociedades multiculturales. La propia historia del tratamiento jurídico de los pueblos indígenas da muestra de las dificultades que entraña la búsqueda de un sistema judicial que permita un acceso en igualdad de condiciones a todos los individuos, en sociedades que reconocen la singularidad de determinados grupos culturales.
107 Declaración Universal de los Derechos Humanos. Op. Cit. Art. 8. 108 NACIONES UNIDAS. Acceso a la justicia. (En línea)
Guía de la AECID para la Transversalización de la Diversidad Cultural
DERECHOS