1. MARCO CONCEPTUAL
2. EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA GLOBAL Y DIVERSIDAD CULTURAL
3. MARCO NORMATIVO
4. ORIENTACIONES PARA LOS PROCESOS DE PLANIFICACIÓN EN LA AECID
5. ORIENTACIONES GENERALES PARA LAS INTERVENCIONES DE LA AECID
6. ORIENTACIONES ESPECÍFICAS SEGÚN MODALIDADES E INSTRUMENTOS DE COOPERACIÓN
7. CAJA DE HERRAMIENTAS POR SECTORES DE LA COOPERACIÓN
8. ANÁLISIS SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL EN UN ENFOQUE DE DERECHOS
3.2. MARCO NORMATIVO DE LA COOPERACIÓN ESPAÑOLA La cultura y la diversidad cultural aparecen en todos los instrumentos normativos de la Cooperación Española para el desarrollo, tanto en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, como en los diferentes Planes Directores. En la Ley de Cooperación, se recoge la diversidad como uno de los “principios rectores”, junto con “la defensa y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales, la paz, la democracia y la participación ciudadana”. El concepto de igualdad ha de regir esta defensa de los derechos, sin discriminación por razón de sexo, etnia, cultura o religión25. Además, la Ley establece la cultura como una prioridad sectorial (art. 7 f). Destaca para ello la necesidad de incidir en aquellos aspectos que definan la identidad cultural orientada al desarrollo endógeno y los que favorezcan la promoción cultural y el libre acceso a equipamientos y servicios culturales 26. De esta forma, la Ley de Cooperación está en línea con un modelo de desarrollo basado en el respeto de la identidad cultural de las comunidades y que, por tanto, otorga un valor central a la diversidad cultural. En respuesta a la Ley, los planes directores de la Cooperación Española han incorporado la diversidad: ya en el I Plan Director, como prioridad sectorial, y a partir del II Plan Director, como un enfoque transversal y desde una perspectiva de derechos, vinculada al fortalecimiento de las capacidades de los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades. se integra la cultura y la diversidad cultural como prioridad sectorial. Entre los objetivos marcados para la “inversión en el ser humano” se señalan la “preservación del Patrimonio Cultural, lo que tiene un valor en sí y como elemento generador de empleo, ingresos por
25 Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Principios. Artículo 2. 26 Ibídem. Art. 7 f) Cultura, con especial incidencia en la defensa de los aspectos que definan la identidad cultural dirigida
al desarrollo endógeno y los que favorezcan la promoción cultural y el libre acceso a equipamientos y servicios culturales de todos los sectores de la población potencialmente beneficiaria.
Guía de la AECID para la Transversalización de la Diversidad Cultural