NORMATIVAS SOBRE CITRATO DE CALCIO En Europa, el Citrato tricálcico figura como un aditivo alimentario generalmente permitido (E 333) y puede agregarse a todos los productos alimenticios, siguiendo el principio de "quantum satis" según lo regulado en el Reglamento (CE) Nº 1333/2008 de la UE. Siempre que ninguna regulación especial restrinja el uso. Además de las asignaciones nacionales existentes en algunos países, el citrato tricálcico figura en la lista positiva del Reglamento (CE) Nº 1925/2006 de la UE sobre fortificación de alimentos y está permitido en los complementos alimenticios (Directiva 2002/46 / CE). Está catalogado como sal mineral en el Reglamento (CE) Nº 609/2013 de la UE sobre alimentos destinados a lactantes y niños pequeños, alimentos para fines médicos especiales y reemplazo de dieta total para controlar el peso. Leer más…
SUSTANCIAS ALIMENTICIAS RECONOCIDAS COMO SEGURAS - CITRATO DE CALCIO Publicado en 2017 – [Inglés]
El Citrato de calcio (Ca3 (C6H5O7) 2.4H2O, CAS Reg. No. 813-0994-095) es la sal de calcio del ácido cítrico. Se prepara neutralizando el ácido cítrico con hidróxido de calcio o carbonato de calcio. Se presenta como un polvo blanco, inodoro fino y generalmente contiene cuatro moles de agua por mol de citrato de calcio. De acuerdo con 184.1 (b) (1), el ingrediente se usa en alimentos sin otra limitación que las buenas prácticas de fabricación actuales. Leer más…
CODEX STAN 192-1995: Norma general para los aditivos alimentarios Publicado en 2016 – [Español]
FAO, Internacional. Esta norma establece las condiciones en las que se pueden utilizar aditivos alimentarios autorizados en todos los alimentos, independientemente de que hayan sido regulados previamente o no por el Codex. Leer más…
Aplicaciones de la cáscara de huevo industrial como recurso antropogénico valioso Publicado en 2016 – [Inglés]
Universidad de Coimbra, Portugal (Ver European Legal framework, pág 3).La Unión Europea (UE) ha prestado especial atención a la eliminación y el uso de subproductos animales (ABP) que corresponden a cuerpos enteros o partes de animales, productos de origen animal u otros productos obtenidos de animales que no están destinados a consumo humano. Estos ABP pueden representar un riesgo potencial para salud pública y animal y para evitar cualquier amenaza de patógenos y dispersión de enfermedades, las normas de salud fueron establecidas por el Reglamento (CE) N◦ 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 de octubre de 2002. Leer más…
Unidad de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva
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