2 minute read

Fuentes de información de la protección de tierras

Fuentes de información de la protección de tierras

Las fuentes de información para la estimación de los indicadores de protección de tierras provienen de tres fuentes, a saber: el RUPTA, en el cual deben encontrarse inscritas todas las medidas de protección aprobadas que maneja actualmente la URT; el Sistema de Información Registral (SIR), de la Superintendencia de Notariado y Registro; y la Agencia Nacional de Tierras, que debe contar con el registro de las medidas de protección que en el caso de los ocupantes de baldíos le ha comunicado la URT.

Advertisement

Infortunadamente, la CSPPDF considera que, a pesar de los esfuerzos realizados, no se cuenta aún con un sistema de información confiable sobre medidas de protección, debido a que su manejo estaba asignado en buena parte al antiguo INCODER. En el proceso de su liquidación, esta entidad mostró varias inconsistencias en sus archivos cuando no fue la pérdida total de los mismos.

En este aspecto, vale la pena resaltar la información que en este aspecto presentó el Gobierno Nacional en su informe anual a la Corte, correspondiente al año 2018.

El proceso de trasferencia del RUPTA del INCODER a la URT se inició con la elaboración de un cronograma de actividades y compromisos correspondientes, y con la conformación de los equipos de trabajo de cada entidad responsable de materializar tal cronograma en mayo de 2016.

Iniciada la trasferencia del registro y finalizando en el mes de agosto de 2016, la Unidad de Restitución de Tierras comunicó al INCODER algunas ostensibles diferencias y/o modificaciones que se evidenciaba existían entre la copia de la base de datos de RUPTA, suministrada en febrero de 2016, cuyo inventario se realizó el 26 de julio de 2016, y la actualizada el día 01 de agosto 2016.

Posteriormente, mediante el acta 0025 del 6 de octubre de 2016, radicada en la Unidad de Restitución de Tierras con el oficio DSC1-201614804, se firma el acta de entrega oficial del RUPTA a la Unidad de Restitución de Tierras, en la cual se dejan consignadas las anotaciones correspondientes con el estado real de la información recibida.

Así las cosas, y una vez la Unidad de Restitución de Tierras estableció las pautas para propender por la articulación del RUPTA con el RTADF, con el propósito de optimizar la administración de estos instrumentos, facilitar el respectivo trámite a las víctimas, y hacer eficiente la actuación administrativa, el 17 de mayo de 2017, se elaboraron los lineamientos para el desarrollo de la Ruta de Protección en trámite administrativo. Igualmente, se implementó la generación de documentos correspondientes

122

This article is from: