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Indicador de concurrencia
from El Reto Vol.16. Estado de Implementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras a 2018
by CODHES
diariedad a los programas asociados a la atención de la emergencia inmediata y supedita el apoyo nacional a que los entes territoriales demanden la atención, incluso pese a que la situación humanitaria se degrade. Y este hecho está en la base de que persistan las causas que originaron el ECI en 2004 y las limitaciones de la actual estrategia de corresponsabilidad originada en el decreto 2460 de 2015. (Defensoría del Pueblo, 2020, p. 80)
Citando a la Comisión de Seguimiento y Monitoreo a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (CSMLV) en su sexto informe, destaca cómo «en 60 eventos (46% de 130), la UARIV no aplicó el principio de corresponsabilidad» para la atención del desplazamiento masivo, principalmente en la región del Bajo Cauca Antioqueño y el Catatumbo. (Defensoría del Pueblo, 2020, p. 81).
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En la muestra de municipios analizados por Proyectamos S.A.S., se afirma que «de los 32 municipios examinados, 20 requirieron AHI y 17 lo obtuvieron», mientras que otros tres «a pesar de que hicieron requerimiento ex ante y ex post no recibieron apoyo» (Proyectamos S.A.S., 2019, p. 61).
Adicionalmente, señalan que la forma en que se construye el indicador no permite conocer si, además de aplicar el principio de subsidiariedad, se hizo con la suficiencia requerida. Así mismo, encuentran inconsistencias en los reportes entre el municipio y la UARIV, así como en los reportes de las entidades que conforman el equipo interinstitucional que registra la corresponsabilidad de las entidades nacionales.
Indicador de concurrencia
La información presentada por el informe del Gobierno Nacional es escueta. Para 2018, se informa que «del total de necesidades identificadas en el tablero PAT en las que se requería la aplicación del principio de concurrencia, se logró cubrir el 35,7% de las necesidades por todos los niveles de gobierno». Y que solo el 28,8% de los niveles con competencia se comprometieron efectivamente. Esto da por resultado un nivel de 10,3% en el indicador de concurrencia, que permite afirmar que se está aún lejos de la operatividad del principio constitucional (Gobierno Nacional, 2019, p. 28).
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La Corresponsabilidad en el Marco del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022
En el Auto 411 de 2019, la Corte Constitucional formula un conjunto de preguntas al Gobierno Nacional con el fin de establecer la forma en que el PND puede contribuir a superar las falencias y factores constitucionalmente inadmisibles en materias de coordinación Nación-Territorio, identificados en el Auto 373 de 2016. Son ellas:
¿De qué manera la ruta trazada en el PND permitirá mejorar la coordinación, complementariedad y subsidiariedad entre las entidades competentes en la atención, asistencia y reparación a las víctimas de desplazamiento forzado en el nivel nacional y territorial?
¿De qué manera el enfoque permitirá optimizar los recursos y la oferta institucional encaminada a la estabilización socioeconómica de las víctimas de desplazamiento forzado?
¿De qué manera el Mecanismo Único de Seguimiento a la Política de Víctimas (MSV) contribuye a verificar que la medida impacta en la protección y garantía efectiva de los derechos de la población desplazada?
Para responder a este requerimiento, el Gobierno Nacional deberá considerar los criterios y parámetros definidos por esta Corporación en el Auto 331 de 2019, en particular los elementos relacionados con la función sustancial e instrumental de los Indicadores de GED.
La respuesta gubernamental, en su Informe anual (Gobierno Nacional, 2019, pp. 446-448), da una respuesta genérica sobre el ajuste a la estrategia de corresponsabilidad para mejorar la aplicación de los principios, la cual abarcará el ajuste del tablero PAT, de manera que sea más sencillo y se articule con los registros administrativos, y el fortalecimiento de la asistencia técnica diferenciada por parte del Equipo Interinstitucional de Asistencia Técnica Territorial. La apuesta del Gobierno se hace en la atención a la población víctima a través de la política social general, pero no se informa sobre cuáles serán los mecanismos precisos para lograrlo, ni los recursos físicos, humanos y financieros con los que los Entes Territoriales contarán para llevar a cabo esta estrategia.
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