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Edición N°1 Caracas, 10 de Noviembre de 2016
Ingeniero Rhaiza D. Herrera M. C.I.: 15.306.257 Sección: ED02D02 Asignatura: TJA-0553
ASPECTOS RELEVANTES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA VENEZOLANA, PRINCIPIOS, ARTÍCULOS DE OPINIÓN
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INDICE
Editorial
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Principios de la Administración Pública (LOAP)
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Principios de la Actividad de la Administración Pública (LOAP)
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Principios de la Organización Administrativa
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Sujetos de la Administración Pública
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Niveles de la Administración Pública
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Situación Actual de la Administración Pública en Venezuela
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Innovación Para la Transparencia en la Gerencia Pública.
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Artículo.
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Editorial
Nuestro sistema de Administración Pública admite la concentración en un solo órgano, es decir, todos los asuntos de índole político y administrativo, así pues no hablamos de otra cosa que no sea la Centralización, un único órgano superior capaz de tener bajo su mando todas aquellas funciones, competencias y controles respecto a los demás elementos que integran la Administración Pública.
En el presente número abordaremos los principios de la organización de la Administración Pública en Venezuela, así mismo se tocarán el marco de la estructura de nuestra administración, Nacional, Estada y Municipal. Por otra parte se hará mención a los sujetos de la misma conforme a la LOAP (Ley Orgánica de la Administración Pública). Todo esto será tomado como base para establecer opiniones acerca de la situación actual de nuestra administración, así como la innovación para la transparencia de la gerencia pública.
Finalmente, la presente revista, tiene como finalidad hacer un aporte al Derecho Administrativo, ya que el mismo es una rama del Derecho que busca brindar a la sociedad, a través de sus diferentes servicios públicos, la satisfacción de las necesidades la comunidad.
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Principios de la Administración Pública (LOAP)
Principio de Legalidad Art. 4. La Administración Pública se organiza y actúa de conformidad con el principio de legalidad, por el cual la asignación, distribución y ejercicio de sus competencias se sujeta a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a las leyes y a los actos administrativos de carácter normativo, dictados formal y previamente conforme a la ley, en garantía y protección de las libertades públicas que consagra el régimen democrático a los particulares.
Principio de la Responsabilidad de los Funcionarios Art. 8. Todos los funcionarios y funcionarias de la Administración Pública están en la obligación de cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Principio de Rendición de cuentas Art. 11. Las autoridades, funcionarios y funcionarias de la Administración Pública deberán rendir cuentas de los cargos que desempeñen, en los términos y condiciones que determine la ley.
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Principios de la Actividad de la Administración Pública (LOAP)
Art. 12.
El principio de la Simplicidad
•La actividad de la Administración Pública se desarrollará con base en los principios de economía, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza. Asimismo, se efectuará dentro de parámetros de racionalidad técnica y jurídica.
Art. 13
Principio de Publicidad Normativa
•Todos los reglamentos, resoluciones y actos administrativos de carácter general dictados por la Administración Pública deberán ser publicados sin excepción en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o, según el caso, en el medio de publicación oficial del estado, distrito metropolitano o municipio correspondiente.
Art. 14
Responsabilidad Patrimonial Administración Pública
de
la
•La Administración Pública será responsable ante los particulares por la gestión de sus respectivos órganos, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a los funcionarios o funcionarias por su actuación.
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Principios de la Organización Administrativa De acuerdo con el artículo 15 de la LOAP los órganos y entes de la Administración Pública se crean, modifican y suprimen por los titulares de la potestad organizativa conforme a lo establecido en la Constitución y la ley. Por tanto, la titularidad de la potestad organizativa sólo puede ser asignada por la Constitución o la ley. En cuanto a la Constitución, esta atribuye a la Asamblea Pública Nacional, al asignarle la competencia genérica para legislar "en las materias de la competencia nacional
La titularidad. Corresponde al Presidente de la Republica Consejo de Ministros, fijar el número, organización y competencia de los ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros, dentro de los principios y lineamientos que señale la correspondiente ley orgánica
Creación y modificación de órganos y entes. La creación de órganos y entes administrativos se sujetará a los siguientes requisitos: 1. Indicación de su finalidad y delimitación de sus competencias o atribuciones. 2. Determinación de su forma organizativa, su ubicación en la estructura de la Administración Pública y su adscripción funcional y administrativa. 3. Previsión de las partidas y créditos presupuestarios necesarios para su funcionamiento. En las correspondientes leyes de presupuesto se establecerán partidas destinadas al financiamiento de las reformas organizativas que se programen en los órganos y entes de la Administración Pública.
Artículo 22 La organización de la Administración Pública perseguirá la simplicidad institucional y la transparencia en su estructura organizativa, asignación de competencias, adscripciones administrativas y relaciones interorgánicas.
La supresión o modificación de órganos y entes administrativos se adoptará mediante actos que gocen de rango normativo igual o superior al de aquellos que determinaron su creación o última modificación. No podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes si al mismo tiempo no se suprime o restringe debidamente la competencia de éstos.
La estructura organizativa preverá la comprensión, acceso, cercanía y participación de los particulares de manera que les permitan resolver sus asuntos, ser auxiliados y recibir la información que requieran por cualquier medio.
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Personas Persona es aquel ser o ente, a quien el ordenamiento jurídico le reconoce voluntad para ser titular de derechos subjetivos y de deberes. Art. 33
Jurídicas.
Personas Privadas y Públicas (La Nación, Municipalidades, Provincias, Entidades, Iglesia, Universidades)
Aptos para ser titulares de derechos o deberes y que no son individuos de la especie humana
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•Pública Nacional •Se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Publica
Administración
•Pública Central •Son órganos superiores de dirección de la administración publica Central, El Presidente o Presidenta de la Republica, el Vicepresidente Ejecutivo o la VicePresidenta Ejecutiva, El Consejo Administración de Ministros ,los ministros o ministras y losviceministros o viceministros
•Descentralizada •Artículo 30 Con el propósito de profundizar la democracia y de incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión de la Administración Pública, se podrán descentralizar competencias y servicios públicos Administración de la República a los estados y municipios, y de los estados a los municipios, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.
Administración
•Entes de la Descentralización Funcional •Esta clasificada en Institutos autónomos, Empresas del Estado, EmpresasMatrices, Fundaciones del Estado y asociaciones y sociedades civiles delEstado
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Artículo de Opinión.
Situación Actual de la Administración Pública en Venezuela.
Según nuestra constitución, la Administración Pública se encuentra al servicio de los ciudadanos y ciudadanas, se rige por los principios de honestidad, participación, celeridad, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Obviamente es necesario que dentro de nuestros organismos públicos, nacionales, estatales y municipales, se establezcan controles que permitan detectar a tiempo cualquier falla o desviación para poder ser corregidas a tiempo. Dichos sistemas de control deben estar bajo la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Las transformaciones administrativas que ha tenido nuestro sector público se promovieron y aplicaron a través de los planteamientos que integran los postulados de la “gerencia empresarial eficientista, un conjunto de propuestas fundamentalmente técnicas para cambiar estructuras político-administrativas ineficientes por unas que apuntalen la eficiencia, sin observancia de aspectos inequívocos de la naturaleza de la administración pública producto de su proceso histórico-político y socio cultural. Venezuela ha tenido tres modelos de administración pública, el primero de ellos un modelo burocrático-populista que” se enmarca dentro de la promoción de la democracia representativa diseñada en la constitución de 1961 y del modelo de sustitución de importaciones; el segundo “modelo descentralizado” asociado a los esfuerzos de reforma del estado iniciados en el país a principio de los años noventa, como producto de la crisis del modelo económico, y el tercero (actual)“Modelo burocrático populista de base militar” a partir, del desplazamiento de las fuerzas políticas tradicionales que dominaron la escena política venezolana por 40 años, a partir del triunfo del presidente Hugo Chávez Frías, y la promulgación de la nueva Constitución Nacional en 1999. La designación de militares tanto activos como retirados en gran número de cargos públicos, así como la participación de militares retirados en cargos de elección para posiciones tanto en el poder legislativo nacional, Asamblea Nacional, como gobernaciones y alcaldías, dan cuenta de la activa participación de miembros de la Fuerza Armada en los asuntos políticos y administrativos de la nación. “ Por supuesto que la militarización de la administración pública como fenómeno no puede verse separado del hecho de lo que hemos denominado militarización de la sociedad, llevada a cabo mediante la conformación de un ejército de reservistas (milicias populares) integrado por ciudadanos, bajo la necesidad esgrimida por el gobierno, de acuerdo a los análisis del presidente sobre una inminente amenaza de intervención por parte de los Estados Unidos, y fundamentada en la Constitución Nacional de 1999 (Titulo VII Sistema de Seguridad Nacional). 10
La creación de una gran cantidad de expectativas en la población que se vio excluida por muchos años al acceso a servicios sociales y de diversa índole ahora han servido como disparador para la organización y movilización de la población alrededor de esa nueva institucionalidad otorgándole niveles importantes de legitimidad a las acciones del gobierno nacional. Lo cual se ha denominado participación popular. Obviamente esto ha servido para el establecimiento de una administración paralela a la vieja burocracia tradicional para la prestación de servicio y registro de la población lo que ha facilitado el control y continuo de los planes del gobierno nacional. Los cambios de la administración pública se han acompañado de una profunda política comunicacional por parte del gobierno, mediante la el manejo de los medios oficiales, tanto televisoras estatales así como la creación de una extendida red de emisoras de radio comunitarias y periódicos para el servicio y manejo de la información de la administración, ello acompañado de una mayor supervisión por parte del Gobierno de los medios privados de comunicación masiva mediante leyes y reglamentaciones especiales Es evidente que el procesamiento de la crisis provocada por las decisiones de la administración pública, no han encontrado vías satisfactorias de resolución, y han estado jalonadas más por el debate político partidista, y la polarización que por el establecimiento de estrategias expeditas que abonen al logro de una mayor gobernabilidad donde se vean representados todos los sectores que hacen vida en el país.
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Artículo de Opinión.
Innovación Para la Transparencia en la Gerencia Pública.
Dentro de los procesos de reforma de la Administración Pública venezolana, desde hace casi dos décadas se han venido haciendo esfuerzos por incorporar importantes conceptos gerenciales y organizacionales que se enmarcan dentro de las tendencias modernas en materia Gerencia Pública, lo que viene a demostrar que sí es posible compatibilizar las estrategias innovadoras, propias del sector empresarial, con los requerimientos de la gestión pública. Conceptos tales como: eficiencia, eficacia, competitividad, rendimiento, productividad e innovación deben ser incluidos igualmente en la rutina diaria de los procesos de gestión y producción de bienes y servicios públicos, diferenciando, en todo caso, el origen y los fines de los fondos públicos así como la responsabilidad social del empleado público frente al colectivo social. Esto último en nuestro concepto representa uno de los principales y más importantes aspectos diferenciadores entre ambos sectores (público y privado), de allí que la governance como concepto novedoso dentro de las nuevas tendencias de la gestión pública, debe estar presente entre los responsables de la formulación y ejecución de las políticas públicas.
Lamentablemente, dentro del país aún persisten fuertes prejuicios y antivalores en lo referido al funcionario público y peor aún, el clientelismo político, el corporativismo, las presiones sindicales y la falta de responsabilidad social. Es por ello que es necesario que dentro de la Gerencia Pública existan entidades que sea capaces de adaptarse a los nuevos cambios que dicte la sociedad, obviamente todo bajo el marco de las respectivas leyes vigentes, y que a su vez puedan satisfacer a la comunidad, cumpliendo así la meta de un mejor desempeño de las entidades del Estado a favor de los ciudadanos.
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Firman contrato marco de la administración pública 21 de noviembre de 2015 00:00 AM
El presidente Nicolás Maduro firmó ayer el Contrato Marco de la Administración Pública, que beneficiará a 2,5 millones de trabajadores del gobierno. En la Plaza Bolívar de Caracas, el mandatario refrendó el punto de cuenta en el cual constan los recursos, por vía extraordinaria, que honrarán los compromisos de la citada convención y que deberá ser remitido a la Asamblea nacional para su aprobación. Sin detallar el costo de la contratación, Maduro dijo a través de la cadena de radio y televisión, que los desembolsos que se necesitan por vía extraordinaria, cubrirán ajustes de escalas de sueldos, beneficios extensivos para los jubilados, primas de antigüedad y profesionalización, aumento al aporte de la caja de ahorros, planes de vivienda, bono vacacional, entre otros. "El punto de cuenta debe ser enviado a la AN para que la mayoría revolucionaria lo apruebe para cubrir el Contrato Marco de los trabajadores de la Administración Pública". asentó en compañía de los ministros del Trabajo, Jesús Martínez; de Finanzas, Rodolfo Marco Torres y de Planificación, Ricardo Menéndez. Al acto también asistieron los presidentes de la Federación Unitaria Nacional de Empleados Públicos (Fedeunep) y de Federación Nacional de los Trabajadores del Sector Público (Fentrasep), Antonio Suárez y Franklin Rondón. El presidente destacó la estabilidad laboral de los trabajadores públicos, pese a la merma en los ingresos ordinarios por la caída de los precios del petróleo; la constitución de Clubes Vacacionales para el disfrute 13
de esa población laboral; y la garantía de apalancar los estudios y la formación de los hijos de este personal. Asimismo precisó que se adelantarán planes de Mi Casa Bien Equipada para los trabajadores públicos. Y propuso a las Federaciones y trabajadores de base que "en un plazo de 90 días -rumbo al 1° de mayoquiero recibir un proyecto de salud. Se gasta mucho en HCM y el servicio es cada vez peor; ese HCM no le sirve a los trabajadores, propongo fortalecerlo". Solicitó igualmente a los trabajadores públicos una propuesta para el fortalecimiento del sistema de caja de ahorros. "Quiero que, a más tardar del 1° de enero de 2016, me entreguen una propuesta para fortalecer el sistema de caja de ahorros, que sirva para apoyar créditos productivos, para viviendas familiares". Maduro también dijo que fue aprobada la asignación de 50.000 nuevas pensiones como parte de las políticas del Gobierno para reivindicar los derechos de los adultos mayores. Este grupo se suma a las 110.000 pensiones aprobadas en octubre pasado. El propósito es lograr que ese beneficio alcance a tres millones de personas en 2016.
Fuente: El Universal URL: http://www.eluniversal.com/noticias/economia/firman-contrato-marco-administracionpublica_17994
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