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comercio exterior
Opinión
Alcances del Decreto de Necesidad y Urgencia en el Comercio Exterior Vicente VICICONTE Licenciado en Comercio Internacional https://www.linkedin.com/in/vicenteviciconte-b43120191/
Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, anunciado por cadena nacional por el presidente Dr. JAVIER G. MILEI, fechado el pasado miércoles 20 de diciembre de 2023 y publicado en el Boletín Oficial el 21.12.2023 y titulado “Bases para la reconstrucción de la economía argentina” y con entrada en vigor 8 días de su publicación 29.12.2023, se desregularizará la actividad económica argentina a partir de la derogación y modificación de cientos de leyes. Por ejemplo: se puso fin de las leyes de Alquileres, Abastecimiento, Góndolas, Compre nacional, Observatorio de precios, entre otras. Por
si fuera poca también oficia de flexibilización del mercado laboral y propicia las bases de la antesala a una privatización de empresas públicas. Estas son algunas de las principales reformas abarcadas en las 83 páginas y 366 artículos de este decreto. Este decreto manifiesta profundas y variadas transformaciones normativas y operativas de las actividades de Comercio Exterior dentro del “Título V” del Decreto, en el apartado comprendido desde el articulo 98 al 153 inclusive. El objetivo es recomponer la competitividad del comercio exterior en la República Argentina. Si bien existen otras disposiciones dentro del DNU que podrían tener impacto en la dinámica del sector, vamos a intentar analizar los artículos referidos a esta materia. En primer lugar, nos gustaría destacar el impacto generado ya que el presidente encabezó el anuncio con una frase que no solo describe el propósito de estas ambiciosas transformaciones, si no que resume todo lo planteado en los diferentes artículos. Mediante cadena nacional ha anunciado 30 reformas, y
Desafío Exportar | Enero 2024
concretamente en relación con el comercio exterior ha mencionado textualmente:
“Número 12 Reforma del Código Aduanero para facilitar el comercio internacional, desde el día de hoy queda prohibido prohibir las exportaciones”
Resumen de las nuevas normativas publicadas En concordancia con el anuncio, el primer artículo 98 Deroga expresamente la Ley N° 25.626, que prohibía la importación para consumo de neumáticos (llantas neumáticas), recauchutados, neumáticos usados, remoldeados entre otras especificaciones de esta ley. El DNU continúa con una profunda transformación de la Ley N° 22.415 “Código Aduanero” de 1981. A partir de la entrada en vigor de este Decreto y con el fin de simplificar la operatoria y la gestión de las operaciones del sector: - Se elimina por completo las reglamentaciones sobre la inscripción a