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4.1 Marco jurídico nacional

Hoy en día, los sindicatos siguen esta misma tradición centrando su labor en tres aspectos principales: 1) Marcos jurídicos: La rati cación y aplicación de las normas jurídicas internacionales. 2) Marcos de políticas: Educación gratuita, obligatoria y de calidad para todos, trabajo decente para los adultos, piso de protección social, servicios públicos de calidad y otros. 3) Campañas y labor de promoción.

Esta sección ofrece algunas orientaciones y ejemplos sobre la labor que las centrales sindicales, sindicatos sectoriales, y en particular los sindicatos de docentes, están llevando a cabo para promover la Educación para Todos, como un derecho humano y un bien público, y como un medio para poner n al trabajo infantil.

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Es importante tener una imagen del grado en que las medidas jurídicas del país sobre la edad mínima de admisión al empleo y la provisión de educación obligatoria están en conformidad con las normas internacionales y con los convenios internacionales rati cados por el Gobierno.

Respeto de la legislación nacional y de los sistemas de inspección sobre el trabajo infantil

a) propugnar la rati cación y transposición en la legislación nacional de los

Convenios de la OIT sobre el trabajo infantil si aún no han sido rati cados; o instar a la rati cación de los protocolos opcionales a la Convención de las

Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (sobre los niños en con ictos armados o sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil) en función de las prioridades del país; b) propugnar un mejor sistema de inspección del trabajo o una mejor reglamentación de ciertas industrias que exhiben una alta incidencia del trabajo infantil; c) propugnar un mejor cumplimiento de las sanciones jurídicas contra los autores de las peores formas de trabajo infantil y el reforzamiento de los sistemas de inspección del trabajo;

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Lista de veri cación:

Al examinar las legislaciones nacionales, las cuestiones fundamentales que deben considerarse son: • ¿Está la legislación en conformidad con el Convenio de la OIT núm. 138 sobre la edad mínima de admisión al empleo y con el Convenio de la OIT núm. 182 sobre las peores formas de trabajo infantil? • ¿Están armonizadas las edades legales en que cesa la obligación escolar y la de admisión al empleo? • ¿Ha establecido el Gobierno una lista de los tipos de trabajo que pueden dañar la salud, la seguridad o la moralidad de los niños según lo exige el Convenio de la OIT núm. 182? ¿Se ha consultado a los sindicatos, según lo exige el

Convenio de la OIT núm. 182? • ¿Ha establecido el Gobierno algún plan para mejorar la situación actual?

Marco de políticas nacional

La falta de oportunidades de empleo decente para los adultos, y en particular para los trabajadores jóvenes, vinculada a la falta de acceso a la educación y a la de ciente calidad de ésta, son las principales razones por las que se envía a los niños a trabajar. Por ende, en la medida en que los sindicatos abogan por estrategias de empleo y de crecimiento del mercado laboral, así como por oportunidades de trabajo decente para todos, un piso de protección social y servicios públicos de calidad, estarán obrando en favor de un entorno económico propicio para eliminar el trabajo infantil.

Hoy en día, en los países en desarrollo, en aquellos sectores con una fuerte presencia sindical, hay poco trabajo infantil o simplemente no existe. Por el contrario, en aquellos sectores en los que la fuerza laboral está organizada de forma de ciente o no organizada, en particular en las zonas rurales y en la economía informal, el trabajo infantil está omnipresente. Por esta razón, una de las claves para luchar contra el trabajo infantil consiste en respaldar la organización y representación de los trabajadores de la economía informal. Los sindicatos han realizado progresos signi cativos en la organización de los trabajadores en la economía informal y en formas precarias de trabajo en las cadenas de subcontratación. Muchos sindicatos han formulado estrategias para organizar a los trabajadores en la economía informal y que bene cien de los servicios adecuados. Este trabajo es complementario y esencial para lograr la educación para todos y la eliminación del trabajo infantil.

Protección social universal y servicios públicos de calidad: vínculos ausentes

A lo largo de las últimas dos décadas, y en el marco del debate sobre una globalización justa, se ha constatado un renovado interés por el derecho básico a la seguridad

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social, como medio para abordar la pobreza extrema y la desigualdad en los países de bajos ingresos. El régimen básico de seguridad social ("piso de seguridad social") tendría un impacto particular en los trabajadores de la economía informal, en la que se concentra la mayor parte del trabajo infantil.

La seguridad social es reconocida como un derecho fundamental en el Artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social”, y en el Artículo 25 se identi ca el “derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”, y es un elemento fundamental del propio mandato de la OIT. Sin embargo, su aplicación en la práctica se ha circunscrito ampliamente a las economías desarrolladas. Para el 80% de la población mundial, el piso de seguridad social está muy lejos de su realidad diaria.

El concepto de piso de seguridad social consiste en un conjunto de servicios garantizados y prestaciones sociales de nidas como un derecho y no como parte de un sistema contributivo: • acceso a la atención sanitaria básica y esencial, cuya prestación y nanciación el

Estado acepta garantizar en el marco de su responsabilidad general; • seguridad de los ingresos básicos para todos los niños mediante un sistema de bene cios destinados a los niños con el n de facilitar su acceso a la nutrición, educación y atención; • apoyo nanciero focalizado para los pobres y desempleados del grupo de trabajadores en edad de trabajar; • pensiones de vejez o en caso de discapacidad o para los sobrevivientes.

Si bien incumbe al Gobierno la responsabilidad fundamental del piso de seguridad social, los interlocutores sociales, y en particular los sindicatos, deberán participar en el diseño y la gestión de los sistemas de protección social para garantizar su transparencia, buen Gobierno y sostenibilidad. En el transcurso de la última década, varios países de África, América Latina y Asia han introducido sistemas de piso de seguridad social, con importantes resultados para abordar la pobreza y la exclusión, en particular para los trabajadores de la economía informal.

Se han realizado varios estudios para demostrar que tales programas son asequibles para los países de bajos ingresos, y podrían representar un costo de sólo un 5% del PIB, en particular teniendo en cuenta los posibles bene cios en términos de crecimiento económico, mayor productividad y mejoras de los indicadores de educación, salud y nutrición.

El piso de seguridad social tiene un impacto importante sobre la incidencia del trabajo infantil y sobre las tasas de escolarización. La reciente introducción de un

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