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Sofía Cobo Téllez

Hablemos de Torreón

Moisés Sabanero

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Sofía Cobo Téllez, investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales, ofrece sus puntos de vista y sus reflexiones en torno del reciente caso de un menor de 11 años que ingresó armado a su escuela, mató a una maestra, hirió a un profesor y a cinco compañeros y terminó por suicidarse. Asimismo, da su opinión acerca de los principales retos que tenemos como sociedad para proteger a niñas, niños y adolescentes en México.

Sofía Cobo Téllez es doctora en Derecho por la Universidad Autónoma de Tlaxcala; cursó el máster internacional en sistemas penales comparados y problemas sociales en la Uni versidad de Barcelona-UAT y es especialista en derechos humanos por la Universidad de Castilla La Mancha. Actualmente es profeso ra e investigadora del Instituto Nacional de Ciencias Penales, profesora por oposición en la Universidad Nacional Autónoma de México y miembro de la Asociación Iberoamericana de Justicia Terapéutica, así como fundadora del Capítulo Mexicano y del comité editorial de la revista Alegatos de la UAM-Azcapotzalco.

Más allá del impacto mediático que suscitó el ataque del niño en Torreón, ¿qué lecciones pueden extraerse de este lamentable suceso? Del suceso ocurrido en Torreón podemos aprender las siguientes lecciones: la vulnerabilidad de niñas, niños y adolescentes a la violencia está relacionada con su edad, su género y su grado de desarrollo; la violencia contra niñas, niños y adolescentes se puede prevenir; se debe invertir en políticas públicas y en programas que aborden este tema desde sus causas estructurales; el Estado debe prestar apoyo a las familias y a las escuelas con el fin de generar capacidades y hacer del hogar y las escuelas entor nos seguros, no violentos, que garanticen los derechos de niñas, niños y adolescentes; es necesario modificar la política de venta y posesión de armas de fuego con el propósito de tener un mejor control de las mismas y que éstas no lleguen a manos de los menores de edad, y finalmente hay que atender oportunamente a niñas, niños y adolescentes con problemas de salud mental y adicciones.

¿El programa Mochila Segura es una herramien ta efectiva en la prevención de futuros episodios como el de Torreón o representa una violación al derecho a la intimidad de niñas, niños y adoles centes? Existen opiniones encontradas. Por un lado, ha sido considerada una política pública eficaz para la prevención de este tipo de acontecimientos pero, por otro, algunos expertos consideran que al tratar a niñas, niños y adolescentes como potenciales cri minales se rompen los vínculos de confianza entre autoridades escolares, maestros, padres de familia y alumnos, haciendo más difícil la detección tempra na de casos problemáticos.

Desde mi punto de vista, el “Operativo Mochila” o “Mochila Segura” no puede ser un programa aislado, sino parte de un programa integral de prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescen tes. Además, debe cumplir cuando menos con los estándares internacionales de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes emanados de los instrumentos nacionales e internacionales en la materia. Por ejemplo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en México cuenta con una recomendación, la 48/2019, sobre la violación de los derechos humanos a la educación, a la intimidad, a la participación y al interés superior de la niñez con motivo de su aplicación, considerando la creación de un Programa Nacional de Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia Escolar, en el que se coloque el principio de interés superior en el centro y se realicen medidas adicionales con el fin de lograr una convivencia escolar armónica.

¿Desde qué enfoques debería analizarse un pro blema tan multifactorial como el caso de Torreón? El estudio de la violencia contra los niños de la ONU, realizado en 2002 por expertos independientes, con cluye que la violencia contra niñas, niños y adolescentes existe en todos los países del mundo, independientemente de las culturas, las clases sociales, los niveles educativos, los ingresos económicos y el origen étnico; en este sentido, conceptualiza la vio lencia como un fenómeno multidimensional. El caso ocurrido en el Colegio Cervantes de Torreón, Coahuila, no es la excepción, por lo que no debe considerarse exclusivamente como un asunto de seguridad ciudadana; por lo tanto, el problema no sólo debe resolverse desde una perspectiva jurídica (en este caso castigando al abuelo del niño) y legislativa, sino desde un punto de vista integral, que incluya cuando menos aspectos sociales, eco nómicos, políticos y culturales.

Desde el aspecto legislativo, se deben incluir medidas que aborden todo tipo de violencia y no so lamente algunos de sus tipos (física o mental), crear planes de acción, programas y políticas nacionales que incluyan acciones de recuperación, reinserción y prevención de la violencia, destinar recursos espe cíficos para proteger a niñas, niños y adolescentes contra la violencia, creando, por ejemplo, estructuras e instituciones que den seguimiento a estas viola ciones de sus derechos.

La difusión, la promoción y la capacitación sobre los derechos del niño resulta indispensable para crear una cultura de paz que garantice sus derechos.

¿El contenido de los juegos de video y algunos programas de televisión pueden llegar a influir en niñas, niños y adolescentes, al grado de que los orille a actuar como el niño de Torreón? Considero que los contenidos televisivos y los video juegos por sí solos no pueden orillar a un comportamiento tan extremo; de ser así, todos los niños que estuvieran en contacto con este tipo de contenidos cometerían los mismos hechos. Sin embargo, de bemos evitar que nuestros niños y adolescentes se expongan a este tipo de contenidos, y, en caso de ha cerlo, estar atentos a su reacción con el fin de canalizarlos a los servicios de salud mental especializados.

¿Cómo se pueden generar espacios libres de violencia para niñas y niños a partir de propuestas específicas legislativas para proteger a la niñez de México? El Derecho, a través de las leyes, delimita reglas que procuran resolver por medios pacíficos los proble mas sociales. El contenido de la ley, por lo tanto, debe reflejar las condiciones sociales imperantes y coadyuvar a la creación de programas integrales que disminuyan la violencia y los abusos contra niñas, niños y adolescentes. Por eso resulta indispensa ble contar con un presupuesto para la aplicación de estos programas de prevención que coadyuven a la construcción de relaciones horizontales y que fortalezcan vínculos entre escuela, padres de familia y estudiantes. Resulta indispensable la capacitación de todo el personal educativo en prevención de vio lencia y a los padres o tutores en crianza positiva.

¿Cómo se puede aprovechar la inercia mediática del lamentable suceso en Torreón para consolidar una agenda política y social a favor de niñas y niños? Primero que nada creo que resulta indispensable pensar en el principio de interés superior de la niñez, como fundamento de toda política pública dirigida a niñas, niños y adolescentes. La Constitución (en su artículo 4º) y las leyes internacionales, como la Convención Internacional de los Derechos del Niño, establecen que todas las autoridades deben garan tizar que en todos los asuntos, decisiones y políticas

públicas se deben considerar como prioridad el de sarrollo y el ejercicio pleno de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Sin embargo, para consolidar la agenda política (y social) es necesario destinar re cursos a los sistemas de protección de niñas, niños y adolescentes, en especial a programas de preven ción de la violencia y de conductas de riesgo.

¿Está o no en la agenda de la actual administra ción federal ver por el bienestar y la seguridad de la niñez? El Plan Nacional de Desarrollo (2019-2024) delimi ta los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades que rigen las acciones de gobierno de la administración en turno. El actual (2019-2024) establece, en el eje denominado “No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera”, el derecho de los jóvenes a tener un lugar en el mundo, sin incluir a niños y niñas como parte de este grupo etario. Sin embargo, menciona dos programas destina dos para este grupo de población (Jóvenes Construyendo el Futuro y Becas Educacionales para primaria y secundaria). En los rubros pertenecien tes a justicia y seguridad, y en el Plan Nacional de Paz y Seguridad (2018-2024), no se refleja ninguna estrategia dirigida a niñas, niños y adolescentes ante la situación de violencia e inseguridad que actualmente vive el país.

¿Qué tipo de acciones estratégicas pueden imple mentarse desde las escuelas para atender la salud mental de niñas, niños y adolescentes? Es importante aclarar que en algunas ocasiones niñas, niños y adolescentes pasan más tiempo del día con su maestro o maestra que con sus padres, por lo que se deben generar propuestas pedagógi cas integrales que fortalezcan las capacidades del personal educativo con el fin de generar herramien tas y experiencias que transformen positivamente los conflictos y disminuyan la violencia. También es indispensable la creación de protocolos de detec ción, comunicación (canalización) e intervención temprana en casos de violencia, abusos, negligencia, adicciones y problemas de salud mental. Para im pulsar estas acciones resulta indispensable el trabajo interinstitucional, por ejemplo, de las secretarías de Salud, Educación, Cultura, Deporte y asistencia social por mencionar algunas.

¿Qué papel deben asumir la familia, la escuela, la sociedad civil y las autoridades públicas de cara a la protección integral de la niñez en México? Tanto el Estado como los sectores privado y social deben garantizar la protección y el ejercicio de dere chos de niñas, niños y adolescentes, cada uno en su esfera de competencia, con el objetivo de contribuir en su formación integral, incluyendo su desarrollo físico, psicológico, social y cultural. Los padres o las personas que ejercen la patria potestad cuentan con el deber originario de respetar y auxiliar a niñas, niños y adolescentes en la pro tección de sus derechos y de garantizar un nivel de vida adecuado, pero el Estado y, en general, todos los integrantes de la sociedad civil, son corresponsables de esta labor. Cuando una per sona tiene conocimiento de alguna violación de derechos de niñas, niños y adolescentes tiene la obligación de hacerlo del conocimiento inme diato de las autoridades competentes con el fin de que se instrumenten medidas de protección y restitución de derechos; es decir, se debe ge nerar una mayor sensibilización social en contra de situaciones de desprotección y maltrato hacia este grupo etario.

Desde el Derecho, ¿cuál es la ruta crítica que se debe seguir en la construcción de una me jor sociedad para niñas, niños y adolescentes de nuestro país? El Derecho, mediante sus leyes, resulta indis pensable para la protección de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes. También es necesaria la creación de políticas, servicios y acciones que den una respuesta eficiente para la construcción de una sociedad con enfoque de infancia y adolescencia. La Convención Inter nacional de los Derechos del Niño dispone que las políticas públicas dirigidas a la niñez y a la adolescencia deben tomar en cuenta la partici pación de los mismos; es decir, se debe tomar en cuenta su opinión, sus necesidades y sus intereses (entre ellos se deben considerar aspec tos culturales, éticos, económicos, sociales, educativos, afectivos y de salud), entre otras necesidades reales y emergentes que surgen como consecuencia de las situaciones de riesgo en las que actualmente viven niñas, niños y adolescen tes. Es indispensable propiciar investigaciones sobre derechos de la infancia y adolescencia que incluyan nuevas formas de exclusión con el propósito de realizar propuestas de reformas legislativas que tomen en cuenta estas nuevas necesidades.

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