XXVII Congreso Nacional de Trabajo social. 11, 12 y 13 de septiembre de 2014
EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL Y LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS.TRABAJO SOCIAL Y DERECHOS HUMANOS, APUESTAS DEL EJERCICIO PROFESIONAL EN LA CONTEMPORANEIDAD Eje Intervención profesional: contextos, escenarios y estrategias metodológicas. Godoy Fava Maria de los Ángeles1 La sanción de la Ley 13.298, de Promoción y Protección de Derechos de Niños y Jóvenes, en la Pcia de Buenos Aires, estructura el diseño de un nuevo marco normativo en el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, apostando a nuevas reglas de juego que modifican las relaciones jurídicas, institucionales y sociales en relación a los niños, los jóvenes y la comunidad. La Ley 13.634, del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, establece en el Art. 25, la Creación del Cuerpo Técnico Auxiliar, con el objetivo de asistir profesional y exclusivamente, tanto a los órganos jurisdiccionales como a los del Ministerio Público. Por su parte, la Suprema Corte de Justicia, mediante el Acuerdo 3370, resuelve la implementación de los CTA, dependiendo de las Asesoría Periciales Departamentales y de la Dirección General de Asesorías Periciales y establece su intervención no solo con los jóvenes en conflicto con la ley Penal, sino en la continuidad de las causas residuales en trámite en los ex Juzgados de Menores y transitoriamente en las Causas con menores víctimas de hechos delictivos. Está integrado por profesionales Trabajadores Sociales, Psicólogos, Médicos, Psiquiatra y un coordinador. El primer desafío planteado para el Equipo de profesionales, fue la construcción del nuevo rol, adecuándose al nuevo paradigma del marco legislativo: alejarse de un rol inscripto en una lógica tutelar, con un niño objeto de intervención, e inscribirse en otro: con un joven sujeto pleno de derechos, como único actor, junto a la familia y a la comunidad, al que debe garantizarse el pleno goce de sus derechos y en relación a la ley Penal, el debido proceso. Realmente constituía un desafío
hacia el interior del Cuerpo Técnico Auxiliar y
también hacia los otros organismos judiciales del Fuero la constitución del nuevo rol. Se pasaba de ser Equipo Técnico, con la función de asesorar al Juez, cada uno con la dinámica propia de cada Juzgado a centrarse en el Rol Pericial. Ello implicaba dejar
Licenciada enTrabajadora Social. Cuerpo Técnico Auxiliar, del Fuero de la Responsabilidad Juvenil, Distrito Judicial de Morón. Perito. marita.godoy@hotmail.com. 1
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de involucrarse en la tarea asistencial, seguimientos, gestiones, para centrarse en producir “la pericia”, en la que el dictamen debía responder a un punto de pericia determinado, que en ocasiones es diferente según el organismo que lo solicite. Respecto del rol pericial también hubo debates hacia el adentro, que dan cuenta de posicionamientos diferentes. Nos encontramos con un “rol instituido”, al que se pudieron imprimir modificaciones a partir de las propias incumbencias profesionales. Un colega Trabajador Social, ya fallecido, Diego Baca Paunero, graficó el debate al plantear que desde el Trabajo Social no nos correspondía hacer una “fotografía”, sino una “filmación”, en el sentido de poder transmitir en la pericia no sólo una descripción estática de la situación socio-familiar, sino también poder transmitir procesos, potencialidades, inserción comunitaria, interrelaciones con las redes sociales primarias y secundarias, etc. En este sentido, entendemos que nuestra función es “un dictamen pericial” que contribuya a garantizar el ejercicio de los derechos del joven , trabajar para intervenir en la restitución de aquellos que están vulnerados, en interrelación con los distintos organismos del Sistema Penal juvenil y con la comunidad misma, para que el joven sea entendido como único, con su propia historicidad, su subjetividad, sus vínculos, sus relaciones familiares y comunitarias y su relación específica con la Ley, con una finalidad socioeducativa y de responsabilización y reparación del daño cometido. Es por esto, que resulta imprescindible la mirada interdisciplinaria, que requiere que todos los profesionales aporten, desde sus saberes, para una mirada integral de la situación particular de cada joven, que ayudará a valorar distintas estrategias, al momento de elevar los dictámenes periciales. Algunas de las dificultades que se nos plantearon , como Cuerpo Técnico, desde la implementación de la nueva Ley, es que los distintos Organismos Judiciales, especialmente los Juzgados , nos pudieran visualizar y ubicar como un Organismo independiente, con una estructura y un posicionamiento distinto, con la facultad para poder discernir que intervención es la más conveniente , vista desde el actor principal, que es el joven y que nuestro rol se alejaba del asistencialismo, tal como había sido concebido desde el Patronato, bajo el amparo de la Ley 10.067. Otra dificultad que persiste y que obstaculiza nuestra tarea pericial, es el escaso tiempo para entrevistar al joven detenido y su familia , desde las tres disciplinas, y poder elevar dictámenes en tiempo y forma y que sean de utilidad a la hora de celebrar la audiencia prevista en el Art. 43.de la Ley. Estas pericias, en muchos casos,
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no son solicitadas solo por el Fiscal, sino también por el Defensor del Joven, con distintos puntos de pericia a los que se debe responder. La intervención del Cuerpo Técnico Auxiliar es solicitada para: - periciar a jóvenes en conflicto con la Ley Penal: ya sea que se encuentren en libertad, o detenidos en condiciones de celebrarse el Art. 43 de la Ley. Esta solicitud, en la etapa de la Investigación penal preparatoria, es realizada por Fiscales y defensores del Fuero y para la intervención de todas las disciplinas. - periciar a Jóvenes inimputables, a solicitud de los Jueces de Garantías y con los plazos establecidos por la Ley. -intervenir en Causas residuales, penales y asistenciales -periciar a menores víctimas de delitos: abuso sexual, cuya actividad es la mayor demanda para la Sección de Psicología, a solicitud de los Fiscales del Fuero Penal de Adultos -Colaborar en la toma de testimoniales en el Recinto de Cámara Gesell, actividad específica de los Psicólogos. -Concurrencia a Juicios Orales, para todas las disciplinas. - Evaluación del joven y su familia, en arresto domiciliario. (A solicitud de los Juzgados de Garantías y Responsabilidad Penal) -Evaluación de los jóvenes privados de la Libertad. - Construcción de las medidas alternativas en el marco de la Suspensión del Juicio a Prueba, en articulación con el Centro de Referencia, a solicitud de Los Defensores. -Evaluación del cumplimiento, por parte del joven, de las medidas alternativas impuestas por los Juzgados, al momento de resolver la suspensión del Juicio. “Es en el tema principal de la construcción de nuestro rol y del armado de las medidas alternativas con los jóvenes en donde queremos centrar nuestra exposición .” En el Cuerpo Técnico, desde el inicio se debatió mucho hacia el adentro, y comenzaron a surgir inquietudes sobre cuál podía ser nuestro aporte como profesionales (todos con un largo recorrido en el tema y en el trabajo concreto con jóvenes en conflicto con la ley), al Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, para que efectivamente se pudiera trabajar en el sentido que los Tratados Internacionales y la legislación vigente proponen para la Justicia Penal Juvenil. Desde el inicio se promovieron distintas reuniones con los Jueces, Defensores, Centro de Referencia, transmitiendo esta inquietud y la disponibilidad de los recursos profesionales del CTA para trabajar en este sentido. Ante situaciones en las que los jóvenes nos mencionaban la búsqueda de instituciones para realizar tareas comunitarias, comenzamos preguntándonos, que es una tarea
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comunitaria? para qué sirve?, a quien le sirve?, sirve?? ¿Cómo nos involucramos nosotros? ¿Si un joven no se siente responsable de un delito, hay posibilidades de trabajar una reparación? Sabiendo que la responsabilidad no es ajena a una clínica de vulnerabilidad, que la idea de responsabilidad no es jurídica y menos penal. Se llega ser responsable cuando se comprende que el mal que se sufre es resultado de la propia conducta, lo que se alcanza en un difícil proceso de maduración. Entendemos el delito como una manifestación del conflicto social, en un contexto en el que hace más de 30 años se ha excluido del Sistema a muchos sectores de la población y se han roto los lazos del tejido social. Este joven que delinque, en la mayoría de los casos, encuentra sus derechos vulnerados, como resultado de esas políticas neoliberales, sin oportunidades para armar su propio proyecto de vida. En este sentido, nos planteamos los siguientes objetivos: _ La reinserción del joven y la posibilidad de cumplir con la medida que el juez determine dentro de su comunidad. _ Es necesario pensar el concepto de medida alternativa desde una mirada integral del joven, su familia y la comunidad, en tanto los recursos que ésta ofrece y que se referencien con el joven. _ Desde la intervención psicológica, se trabaja para que la tarea Comunitaria no se reduzca a un simple “deber- tener que hacer”, sino construir un espacio de reparación del daño ocasionado y de sí mismo, que implique un movimiento subjetivo
que
posibilite al joven responsabilizarse sobre su accionar, implicarse al respecto e incluir al otro como sujeto. _El joven es protagonista y responsable del curso de su propio proceso, de acuerdo a la relación que establece con la medida impuesta, pero lo son también los otros actores que acompañan el proceso: la institución, la familia, el Centro de Referencia, el Cuerpo técnico Auxiliar. _Desde nuestro rol como profesionales, es necesario tener en claro que no debemos plantearnos un trabajo asistencial con el joven, sino un trabajo socio educativo, tendiente a su inclusión en la comunidad en un marco de legalidad. Por esto nos sumamos como cuerpo técnico Auxiliar del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, pero también como ciudadanos, profesionales y corresponsables a la creación y acompañamiento de medidas alternativas que permitan
un espacio sano,
diferente, construyendo la tarea comunitaria desde el joven y su realidad, favoreciendo medidas educativas en lugar de punitivas, que logre diferenciar la sanción penal juvenil
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de la pena en el Derecho Penal : de Adultos, evitando la adultización del joven sabiendo que lo que se aprendió se puede desaprender, desnaturalizando la violencia como forma de relacionarse con el otro. El buen desarrollo de las medidas alternativas dependen además del adolescente, de su familia , de la comunidad donde se las aplique, de los Equipos Técnicos asignados a su ejecución y el juzgado que se ha pronunciado en la Sentencia y todos los que intervengamos en el proceso de socialización del adolescente, asumiendo el principio de corresponsabilidad. En algunos distritos existen instituciones intermedias, instituciones municipales y ONG dispuestas a ser parte de este recorrido y funcionar como espacios de contención y acompañamiento. En ese primer contacto con el Joven y su Familia luego de que los mismos son derivados al Cuerpo Técnico Auxiliar
buscamos la institución acorde siendo los
profesionales del Cuerpo Técnico los encargados de elevar informes de evaluación de la medida implementada en el caso de que sea solicitado, manteniendo contacto con el joven, su familia, la institución de la comunidad y sus responsables, pudiendo así construir una evaluación conjunta en este proceso. Consideramos que el camino más eficaz al logro de resultados positivos, lo encontraremos coordinando acciones entre la justicia, el poder ejecutivo, órganos administrativos Municipales y provinciales y con una necesaria participación de la sociedad en la búsqueda de alternativas y oportunidades para los jóvenes. El compromiso es de todos, de cada uno en su rol de ciudadano y como parte de un estado de derecho.
Bibliografía Consultada: - BELOFF Mary (2000) Justicia y Derechos del niño n°2. Buenos Aires, Unicef oficina de área para Argentina, Chile y Uruguay. - MARCON Osvaldo Agustin Marcon, Raul Zaffaroni. (2011) Jóvenes en situación de conflicto Penal. Buenos Aires, Teseo. -Suprema Corte de Justicia, Instituto de estudios judiciales. (2009) Temas claves de Promoción y Protección de Derechos de niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Buenos Aires. Buenos Aires, Área de Comunicación Unicef Argentina.