XXVII Congreso Nacional de Trabajo social. 11, 12 y 13 de septiembre de 2014
Eje temático: Enfoque de derechos y políticas públicas en la contemporaneidad JÓVENES EN CONLFICTO CON LA LEY PENAL Y LA REPRESENTACIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL COMO DELITO. Medvescig, María Florencia1. Ramella, María Sol.2 Resumen El presente trabajo tiene por objetivo plantear de qué manera la violencia institucional hacia los jóvenes en conflicto con la ley penal es reconocida o no como delito por las instituciones del estado, los agentes estatales y los jóvenes. Para ello, se analiza qué implica el concepto de violencia institucional, cuáles son los mecanismos que garantiza el estado para que los jóvenes puedan denunciar y los motivos que llevan a que dicho tipo de violencia sea naturalizado por este grupo poblacional. La denuncia de las situaciones de “violencia institucional” está condicionada en relación a la construcción social sobre quién es la víctima, donde los jóvenes en conflicto con la ley penal, especialmente quienes se encuentran cumpliendo penas privativas a la libertad, no reconocen dichas situaciones como delitos. Asimismo algunos sectores de la sociedad e inclusive agentes estatales consideran que
la
condición de víctima se determina en relación a algún criterio de diferenciación social y “moral”. La división entre quienes exhiben la titularidad plena de los derechos con el status de ciudadanía y quienes no, introduce un elemento de fractura en la población que justifica tanto en términos normativos como prácticos la represión de los ‘no ciudadanos’ en nombre de la democracia. La violencia institucional y los jóvenes en conflicto con la ley penal El concepto de violencia institucional es amplio y complejo y tiende a generar ciertas deferencias en relación a su construcción simbólica y la aplicación práctica en la detección de situaciones que se incluyen en este tipo de violencia. Podría decirse que la violencia institucional refiere a los modos en que determinados sectores de la sociedad ejercen control sobre la población, afectando sus posibilidades 1
Lic. en Servicio Social. Universidad Nacional de Mar del Plata. Perito Asistente Social Oficial, Asesoría Pericial, Departamento Judicial Mar del Plata, dependiente de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Bs. As. Auxiliar adscripta a la docencia, asignatura Supervisión, de la carrera de Lic. En Servicio Social. FCSySS. UNMDP. Correo electrónico: florenciamed@hotmail.com . Teléfono: (0223) 156881931 2 Lic. en Servicio Social. Universidad Nacional de Mar del Plata. Integrante del Equipo Técnico del Instituto Cerrado de Batán. Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires. Correo electrónico: solramella@hotmail.com . Teléfono: (0223)155-236182
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de despliegue y crecimiento en pos de mantener las fuerzas de dominación, el statu quo y sus condiciones de privilegio y poder (Duarte, 2005). Estas violencias institucionales pueden ser leídas tanto por acción de poderes como por ausencia de acciones concretas; y generalmente se manifiestan en espacios y actores que operan institucionalmente.
Como
“…aquella
realizada
por
las/los
funcionarias/os,
profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las personas tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos...”3; Según Aguilera y Duarte la violencia institucional encuentra elementos que aportan a la posibilidad de instalar la legitimidad/ ilegitimidad de las situaciones de violencia institucional y, por ende, su reconocimiento como delito.
La Mediatización y Representación a través de los noticieros de
televisión y diarios, donde el discurso sobre la inseguridad construye regímenes de verdad, selecciona sujetos portadores de una cierta peligrosidad y escenifica y tipifica los modos en los que estos procesos se expresan.
Las omisiones políticas donde las acciones de violencia
institucional pueden convertirse en el resultado de actos concretos, como las actuaciones de los agentes encargados de la seguridad pública, con modalidades represivas avaladas por la sociedad como ilegitimas pero tolerables, lo que cuestiona de manera manifiesta la dimensión ética de la construcción política en relación a las racionalidades desplegadas en el intento de cumplir con la garantía de seguridad. Según Sergio Pinheiro la violencia practicada por agentes del Estado en función del control social es además uno de los ámbitos en los que operan con más fuerza ciertas representaciones sociales sobre los jóvenes, especialmente la que vincula pobreza con violencia y delito y transforma al adolescente pobre en "peligroso". La mayoría de los adolescentes y jóvenes termina identificando así al agente estatal policial como un “peligro”, no como una instancia a la que puedan recurrir en busca de protección. Las medidas cada vez más punitivas, incluida la detención a gran escala de presuntos miembros de bandas, asociada con la arbitrariedad, la ineficacia y una imposición violenta de la ley contribuyen aún más a "estigmatizar a los jóvenes pobres y al aumento de la violencia", destaca el Estudio Mundial contra los Niños en el mundo presentado en 2006, a pedido de la ONU. 3
Si bien la presente definición, se presenta en la Ley Nacional Nº 26.685, acerca de Violencia contra las Mujeres, consideramos que la misma se corresponde con el grupo poblacional enunciado.
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Mariana Barrenechea, de CORREPI4, explica que la violencia institucional se aplica, en el caso de Argentina, "hacia los sectores que resultan más conflictivos para la gobernabilidad del país, esto es, los sectores más pobres propensos a la organización y el enfrentamiento con el Estado como resultado de la precariedad de las condiciones de vida (represión preventiva) y los sectores organizados que participan activamente de la política nacional (represión selectiva)" Lo realmente paradójico es que las instituciones que deberían garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, los vulneran y transforman a algunos grupos de esa población infantojuvenil, en víctimas de una violencia institucional donde existe una intervención individual y patológica de un agente del estado. Los jóvenes son estereotipados generándose un producto cultural donde el otro se convierte en enemigo y allí pareciera que cualquier intervención del estado es legítima. Cabe destacar que debemos comenzar a cuestionar desde la institucionalidad el modo en que construimos la seguridad y, al decir de Daroqui5, las ausencias vinculadas a categorizar a la violencia estatal como estructurante en cuanto a la producción de inseguridad, o mejor aún, como violatoria del derecho a la seguridad de las personas que ingresan a las mallas de las distintas agencias del sistema penal y que, vale señalar, también son ciudadanos. Asimismo, debemos analizar y sancionar las violencias desplegadas a través de las instituciones y agentes estatales que lesionen y devalúen los derechos fundamentales como el de la educación, el trabajo y la salud. Considerar estos actos como delitos e integrarlos a la agenda que se ocupa de la seguridad porque son actos que vulneran derechos y atentan contra la integridad de las personas. La violencia institucional en los jóvenes privados de libertad es más que malos tratos es el abuso de poder en todas sus circunstancias es la falta de información sobre su situación procesal la falta de oportunidad educativa y recreativa.
El universo discursivo, violencia institucional y ciudadanía. La construcción social de la víctima. El universo discursivo es el espacio donde se articulan y aglutinan discursos, que se organizan coherentemente y exteriorizan. Los espacios mediatizados en relación al NO reconocimiento o la justificación de la violencia institucional hacia jóvenes en conflicto con la ley penal se constituyen en un espacio enunciativo donde el acontecimiento discursivo se revela a la sociedad y queda brindado a la repetición. 4 5
Coordinadora contra la represión institucional y policial. Comisión Provincial por la Memoria. “Informe Anual 2012”.
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Este espacio enunciativo reforzado por la disposición de los medios masivos de comunicación a exponer y reproducir de manera reiterada noticias relacionadas a la criminalidad y la violencia como las amenazas y riesgos para la seguridad de los ciudadanos construye imaginarios sociales en relación a cuales han de ser los fenómenos que afectan la seguridad y quienes son los individuos que las provocan. La búsqueda de cohesión social a través de la necesidad de garantizar la seguridad identificando y construyendo a “otros” que serán particularmente antidemocráticos, antisociales, peligrosos, inmorales, deshonestos y amenazas para el orden social y el bien público, permite la naturalización de situaciones de violencia institucional. La promoción negativa del otro instala las estructuras ideológicas en el discurso y exhibe un acento específico en la violación de las normas y valores. La violación de la norma y los valores que son tan preciados para la sociedad es la forma más básica de establecer la polarización y segregación social para privar de los derechos ciudadanos a estos sujetos particulares que se han convertido en los otros, los excluidos, los marginados, los no ciudadanos. Esta otredad de la que también forman parte los jóvenes privados de su libertad que dado que han cometido un delito son considerados victimarios e identificados como los peligrosos e inmorales no tienden a ser identificados como victimas, así la circunstancia determinen que han sufrido un delito. No existe en estos jóvenes esa identificación positiva que suele hacerse desde los medios y la sociedad con las víctimas de delitos pareciera que no califican ni por cercanía social ni moral ni por trayectoria de vida que se representa siempre plagada de aspectos negativos. Por el contrario se manifiesta paradójicamente una “visible invisibilidad” de que estos jóvenes, que pueden ser sujetos-victimas, no serían más que una víctima necesaria y merecedora de los delitos de violencia institucional. De esta manera se anula cualquier posibilidad de que dicha población pueda identificar la violencia institucional como delito, representando un castigo necesario y merecido, en nombre de la moral, las buenas costumbres y los valores de una sociedad que define en estos elementos, algo carente de consistencia democrática de quien porta el status de ciudadano. En las prácticas discursivas, incluso desde la estructura institucional, se construye una representación social de la ciudadanía que propugna una distinción entre los ciudadanos y los no ciudadanos. Este antagonismo se estructura alrededor de ejes socio-culturales, económicos y morales que fijan y definen los códigos de exclusión – inclusión a la condición de ciudadano. La posición social es quien define esta posibilidad de ejercicio de la ciudadanía, y los procesos de dualización y segregación social dejan fuera de la condición de ciudadanía a varios sectores sociales, siendo los
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jóvenes en conflicto con la ley penal, un grupo sobre el cual descansan las intervenciones estatales de control más ilegitimas. De esta manera se sitúa a la condición ciudadana en un estamento privilegiado de diferenciación social anulando su constitución como imperativo de democratización; construyendo
un perfil de ciudadano con criterios de admisión selectivos a una
categoría que fue constituida con carácter universal. La manipulación y apropiación de la titularidad plena de los derechos con el status de ciudadanía por un sector de la sociedad que se expone como miembro legítimo y pleno, excluyendo a quienes no, introduce un elemento de fractura en la población que, justifica tanto en términos normativos como prácticos la represión de los ‘no ciudadanos’ en nombre de la democracia, el mantenimiento del orden social y la conservación del bien público.
Trabajo Social y condicionamientos de la denuncia en jóvenes privados de la libertad. Discutir y reconocer que la violencia institucional es un delito, permitirá desnaturalizar un instrumento de control social que promueve la estigmatización, segregación y la búsqueda de represión del ‘no ciudadano’. Para el reconocimiento de situaciones de violencia en tanto delitos por parte de los jóvenes se debe partir de la idea de que para participar es necesario generar la mayor cantidad de conocimiento acerca de la situación que convoca, por lo cual se debería planificar generar en diferentes niveles acciones de capacitación, información y difusión, en cuanto a los derechos, tanto hacia los que son titulares de los mismos, como hacia quienes debemos garantizarlos. A su vez, se considera que fomentar el conocimiento sobre algo específico disminuye el rechazo, miedo, incertidumbre que ello pueda generar. En el desarrollo de las prácticas se observan que muchos jóvenes desconocen cuáles son sus derechos, naturalizando y justificando la violación de los mismos. Ello lleva a situaciones de “bronca o enojo” que terminan generando un círculo de violencia muy difícil de abordar. Por otro lado, muchos referentes comunitarios y/o institucionales, cuando deben intervenir con jóvenes en conflicto con la ley penal, temen quedar vinculados en cuanto a su responsabilidad, dentro de un proceso penal al cual deben rendir cuentas. En tal sentido, es necesario fomentar la comprensión acerca de que los jóvenes en conflicto con la ley, no tienen ni más ni menos derechos que otro adolescente en cuanto al reconocimiento de los mismos, quedando el abordaje sobre su responsabilidad ante la ley, en manos de instituciones específicas.
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Lo expuesto implica que un docente, médico, trabajador social, psicólogo, entre otros, que dependan de ámbitos educativos, de salud, recreativos, etc., no tendrían más responsabilidad que la que se desprende de los objetivos de sus propias organizaciones. No debemos ser subalternos del sistema penal ni de lo que instituido dentro de los espacios en los que desarrollemos nuestra intervención conlleve una lesión o vulneración de los derechos humanos. Por ello comprender que existen condicionamientos no solo internos sino externos en la posibilidad de que los jóvenes en contexto de encierro denuncien las situaciones de violencia institucional. En este sentido visibilizar la falta de trascendencia y tramitación de las denuncias realizadas por jóvenes la inexistencia de comunicación sobre los criterios preestablecidos y protocolos para abordar la violencia institucional en las instituciones privativas de libertad tanto hacia los jóvenes como los profesionales y agentes estatales que cumplen funciones en ella. Destacando que también afectan a la invisibilidad de estas situaciones de violencia institucional el miedo, las amenazas, el desconocimiento de los derechos, la falta de privacidad, etc. Todos elementos que conllevan a la naturalización no solo de malos tratos castigos y humillaciones, sino arraigando la creencia de que la privación de la libertad lleva consigo la perdida de todos los derechos humanos incluido ser visto, tratado y representado como un ser indigno.
Bibliografía consultada
Aquin Nora “Ensayos sobre Ciudadanía. Reflexiones desde el Trabajo Social” Editorial Espacio Buenos Aires Año 2003
Albano Sergio “Glosario Epistemológico Michel Foucault” Editorial Quadrata Buenos Aires Año 2006
Tassien E. “Filosofía de la Ciudadanía: Sujeto Político y Democracia”. Santa Fe. Argentina. Año 2001
Jelin, E.”¿Cómo construir ciudadanía? Una visión desde abajo”.Revista Europea de Estudios Latinoamericanos y del Caribe Nº55, Ámsterdam, Países Bajos, Centro Universitario de Estudios y Documentación Latinoamericana. Año 1993
Ricard Brotat i Jubert, “Un concepto de seguridad ciudadana”. Barcelona. Mayo 2002
Baurman Zigmunt “Vidas desperdiciadas. La modernidad y sus parias”. Barcelona. Ediciones Paidós Ibérica. 2005
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Declaración final del “Seminario de reflexión científica sobre el Delito y la Seguridad de los habitantes”, realizada en Costa Rica los días 9 a 13 de octubre de 1995.
El discurso mediático de la exclusión ANTISOCIALES: DE LA CRÓNICA ROJA A LA PROTESTA Por Gustavo González Rodríguez Instituto de la Comunicación e Imagen-Escuela de Periodismo.
Comisión Provincial por la Memoria. Informe Anual 2012. La Plata. 2012.