FAMILIAS PÚBLICAS

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XXVII Congreso Nacional de Trabajo social. 11, 12 y 13 de septiembre de 2014

EJE: Enfoques de Derechos y políticas públicas en la contemporaneidad FAMILIAS PÚBLICAS Marcela Hidalgo1 Nancy Villalobos2 José Danitz 3 Resumen: En el siguiente trabajo abordaremos la relación entre Estado/Instituciones-Familia a lo largo de la historia y cómo esta dialéctica deja en condición de objeto a las poblaciones menos legitimadas como la infancia. Realizaremos este análisis en clave de la concepción psicoanalítica de “función paterna”, intentando escapar de la confusión de creer que cuando se habla de la declinación de la función paterna, se crea que el poder del pater haya declinado. Se recorrerán los distintos efectos de esta ilusión y de la falta de lugar para el real que se impone cuando lo propio de las subjetividades insiste en presentarse por fuera de los marcos esperados en la ley y en las instituciones.

Historia de la relación entre estado y familia Señalaremos

brevemente

las

transformaciones

que

ha

sufrido

la

relación

Estado/Familia desde el antiguo régimen hasta principios del XX. Según el sociólogo francés Jacques Donzelot (1977), la relación entre Estado y familia ha sufrido grandes transformaciones a partir del advenimiento del Estado liberal del siglo XIX. En un primer momento, durante el antiguo régimen feudal, la familia tenía un rol activo en la sociedad. Con relación a los aparatos centrales el jefe de familia responde por sus miembros. Y si bien es objeto de gobierno4, a su vez desempeña un papel como sujeto de gobierno; la mujer, los niños y las personas asociadas están sometidas al jefe de familia. Este modelo de familia va a desaparecer progresivamente a lo largo del siglo XVIII, cuando la descomposición del antiguo régimen de paso a la nueva sociedad liberal. Las antiguas tradiciones comunitarias estallan, dejando en libertad a obreros y 1

Licenciada en Trabajo Social, Especialista en Salud Mental. Participante en formación del IOM de la EOL. Institución: Centro de Salud Mental Infanto Juvenil Nº 6, Lavalle, Mendoza 2 Licenciada en Trabajo Social. Profesora en Trabajo Social. Especialista en Criminología. Mediadora Penal y de Familia. Institución: Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario de los Juzgados de Familia y Penal de Menores. Ciudad de Mendoza 3 Estudiante de Sociología, Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNCuyo 4 El jefe de familia se sitúa en relación de dependencia con la comunidad


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aprendices para vender su fuerza de trabajo en el mercado. Así comienza un período de fuertes migraciones a las ciudades que sumado a las pésimas condiciones laborales y sanitarias ocasionara un aumento considerable del número de nacimientos fuera del matrimonio que llenan los tornos y los hospicios. El final del siglo XVIII conoce un aumento considerable del número de pobres que piden ayuda. Se inicia así un debate al interior de la sociedad liberal del siglo XIX en torno al control del aumento del pauperismo y las revueltas populares. Estos filántropos defensores del Estado liberal identificarán como enemigo de la civilización a la “autoridad arbitraria de la familia” que se reproduce sin preocuparse del porvenir de su prole. La filantropía higienista elude una interpelación política de lo económico, remitiéndola a la autoridad familiar a través de la norma. A esta altura la familia dejó de ser el agente reproductor del orden establecido, ahora será el objetivo de una serie de intervenciones que más que reposar sobre la instancia familiar la hacen actuar. La escuela gratuita y obligatoria se convierte en la mejor manera de intervenir sobre la familia para hacerla cumplir la norma. Este procedimiento introduce en su vida interna una obligación por la imposibilidad en la que pone a los padres de extraer un beneficio directo del trabajo de sus hijos, y a la vez una ventaja por los contenidos de la enseñanza, las normas de higiene y de comportamiento que favorecen el bienestar. La misión del maestro será introducir a través del niño la civilización en el hogar. ¿Imponer la escuela gratuita y obligatoria no es contrariar el libre juego del liberalismo que se quiere salvaguardar? En estos términos se discutirá la cuestión de la escuela, y se producirá un discurso que despojará a los padres de todo derecho sobre la educación de sus hijos. La obligación de proporcionar una educación es una deuda exigible, sancionable, ya que sin su cumplimiento no existe ningún freno a las excitaciones de los sentidos, no es posible ningún contrato social, ninguna sociedad de mercado. (Molinari, 1859) Para Donzelot (1977) lo que se pretendía con estas medidas era de naturaleza indisociablemente sanitaria y política, con ellas se trataba de satisfacer el estado de abandono en el que se encontraban los niños de las clases trabajadoras, pero también reducir la capacidad socio-política de éstas, rompiendo los lazos iniciáticos adultoniño, la transmisión autárquica de habilidades, la libertad de movimientos y de agitación que resultaba del relajamiento de las antiguas obligaciones comunitarias. El contrato y la tutela: A fines del siglo XIX proliferan las sociedades protectoras de la infancia que se


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encontrarán tarde o temprano enfrentadas con ese punto de resistencia infranqueable que suponía el poder paterno. Desde el Estado se organizará progresivamente una transferencia de soberanía de la familia “moralmente insuficiente” al cuerpo de notables filántropos, de magistrados y de médicos especializados en la infancia. El Estado se sentía bloqueado ante la siguiente alternativa: o bien construía para esos pequeños vagabundos unas semi-prisiones o bien se les beneficiaba con una verdadera formación profesional; pero eso era animar a las familias obreras a abandonar a sus hijos con toda tranquilidad. Para paliar estas dos alternativas la colaboración de la justicia y de las obras filantrópicas produjo un sistema que prefiguraba la actual libertad vigilada y la asistencia educativa en medio abierto. Apoyándose una sobre la otra, la norma estatal y la moralización filantrópica sitúan a la familia ante la obligación de tener que retener a sus hijos si no quiere ser ella misma objeto de una vigilancia y una disciplinarización. Allí donde las normas no son respetadas la abolición del poder patriarcal permitirá el establecimiento de un procedimiento de tutelarización que armonice los objetivos sanitarios y educativos con los métodos de vigilancia económica y moral. Se le quita a la familia su antigua posición de interlocutor, se invierte la relación de connivencia entre Estado y familia para hacer de esta un dominio de intervención directa, una tierra de misión. El complejo tutelar en Argentina: En Argentina, el Estado liberal de fines del siglo XIX y principios del XX importó estos modelos de control social. La ley de Patronato 10.910, sancionada en 1919, disponía que el Estado pueda privar a los padres de la patria potestad y auto-designarse tutor y padre a la vez del niño, se responsabiliza a la familia de todos los problemas del niño y la culpabiliza de la pobreza que pueda sufrir. Esta ley estuvo vigente en nuestro país durante 86 años. En el 2005 se sancionó la ley de protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, la cual representa, entre otras cosas, un intento de des-judicializar los problemas de los niños. El juez de menores deberá actuar asesorado por un espectro de profesionales especializados, y el niño sólo será internado en una institución total como última instancia y después que hayan fracasado numerosas medidas anteriores de integración familiar y de educación. El espíritu de la ley intenta aumentar la participación de la familia en las decisiones, a la vez que se propone capacitar y orientar a los padres para la vida familiar.


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Planteado este panorama cabe ahora hacerse algunas preguntas acerca de la situación actual de la relación Estado/Familia en Argentina: ¿De qué manera interviene el Estado hoy sobre las familias y que efectos produce el hecho de que siga teniendo un rol paternalista? ¿La apelación a profesionales y organismos extrajudiciales ha producido un cambio en la relación entre Estado y Familia respecto al paradigma anterior? ¿Realmente la Familia adquiere mayor protagonismo y el niño puede ser escuchado? ¿De qué manera el Estado cumple lo que Lacan denomina “Función paterna” y qué consecuencias tiene este accionar sobre los niños y las familias?

La función paterna del estado Cabe preguntarnos a esta altura ¿qué relación se establece entre la idea de autoridad o tutela y el concepto de función paterna? Remitiéndonos a Lacan, al abordar este tema, podemos ver que a partir de 1953 hace referencia a los efectos inconscientes de la función paterna por la vía de un operador lógico al cual llama “Nombre del Padre”; el mismo alude a un lugar vacío, que al tiempo que se ocupa con una presencia, se ausenta para darle lugar a un deseo que hace advenir a un sujeto. Al ser una presencia de la ausencia podemos arribar a que se trata de una inscripción simbólica, la cual no necesariamente debe ser encarnada por una figura de carne y hueso. Si retomamos la relación entre “autoridad y función paterna”, Markos Zafiropoulos, nos hace reflexionar sobre los riesgos que corremos al alimentar los discursos sobre la caída de la autoridad, vinculándolos a su vez con los discursos sobre la declinación de la función paterna, el declinar del Otro. Despertando la ilusión de recuperar el orden perdido, a través del sostenimiento de discursos autoritarios. Pensar en la eficacia de este operador “función paterna” en la cultura actual, nos trae a la reflexión lo expuesto por Mercedes Miniccelli : “Consideramos que ese énfasis en el desfallecimiento del Otro que desaloja (…), que des-afilia a las nuevas generaciones, no es azaroso sino efecto y producto de la confluencia (…) de la eficacia simbólica de discursos y prácticas que han alimentado y siguen alimentando la expropiación de la experiencia (…). Nada indica que en la Modernidad el ideario de profundo anclaje histórico-jurídico heredado del derecho romano sobre el poder del patter haya declinado, aunque esta afirmación requiera ciertas apreciaciones.


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El Estado Moderno se hace íntimo aliado de sus improntas, al establecer las bases para la apropiación de su poder, desplazándolo hacia el Estado y al sistema judicial, por la moralización de la familia nuclear y el complejo jurídico tutelar.(…) El discurso hegemónico moderno del Estado, ha ligado familia nuclear y complejo tutelar con los principios que sostuvieron la matriz jurídica occidental: paternidad y propiedad. Sólo desde aquí es posible considerar el “declinar del padre” e indagar en sus intentos de restituirlo de modos disfrazados”. (Minicceli, 2010: 22 y 23) Esta autora, nos sigue invitando a la reflexión cuando nos recuerda que el orden social que se intenta a través de la familia normalizada, no es algo natural sino una imposición de la época a través del ejercicio de la moral. La moral familiar moderna ha ido estableciendo los modos en que los miembros de diferentes comunidades configuraron sus relaciones. Es desde esta perspectiva que podemos decir que en nuestros días pululan diagnósticos de “familia disfuncional”. Sin embargo esta perspectiva, es la otra cara de una expresión moral. Es necesario recordar entonces cómo la función paterna es representada simbólicamente, es decir que el sujeto la introyecta, en el mejor de los casos, cuando se sirve de esa inscripción simbólica. Y así se produce una interdicción a través de un padre en la cultura, y de este modo puede sostener su función lógica y estructural en el lenguaje y en las representaciones. Si la palabra de ese Otro es eficaz, dará lugar a una función paterna eficaz. Si la palabra pierde su eficacia simbólica, el sujeto queda desamparado debiendo resolver el empuje masivo y desregulado de las pulsiones. Sin

embargo, la palabra

le

permitiría aliviar el dolor que ocasiona la postergación, la renuncia a la urgencia pulsional, mostrándole la posibilidad sublimar, ingresando así a la cultura. No obstante no podemos obviar que ese Otro, también puede ser ineficaz en su discurso, dejando al sujeto a merced de su poder. Es ahí donde la palabra no hace metáfora, es ahí donde produce y genera como única respuesta del sujeto, el acto. Este proceso que angustia, y libera al sujeto, lo des-afilia, lo des-sujeta. Teniendo como única respuesta la violencia o actos impulsivos Es por ello que estas respuestas disruptivas, deben

ser analizadas desde su

singularidad —a diferencia de cómo son universalizadas por el discurso social a través de diagnósticos, tipologías, discursos estigmatizadores etc— La ausencia de un sistema que sostenga la aplicaciòn de la ley tanto jurídica como simbólica; la ausencia de una mirada que ampare y al mismo tiempo sostenga el límite genera un caldo de cultivo para un sistema utilitario y autoritario.


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De este modo, vemos cómo en nuestros tiempos, los chicos, en busca de deseo de deseo, y es su afán de encontrar el alivio a su desvalimiento, queda atrapado en la arbitrariedad de aquel que lo requiere para satisfacer su goce. Aquel puede ser considerado en lo individual como también en lo colectivo. Es decir, objeto de goce de los padres (como la utilización de ellos para cumplimientos de mandatos familiares, trofeos de rupturas matrimoniales, estrategias de mendicidad, etc), objetos de goce para las políticas, para la economía (que los ubica como sujetos de consumo), para las instituciones (quienes necesitan del niño problematizado para su funcionamiento), etc. Si bien proliferan los casos respecto a situaciones donde queda evidenciado cómo las instituciones arrojan al niño o adolescente al lugar de objeto, podemos tomar un caso en particular. Florencia, una joven de 13 años, es derivada por la escuela, a un Centro de Salud Mental Infanto Juvenil. La escuela refiere que la niña presenta innumerables episodios de conducta desbordada, agresividad y dificultades para acatar normas escolares. Agregando que el vínculo que mantiene con su madre también es agresivo, ya que Florencia golpea a su mamá. Durante el tratamiento en dicho Centro, se van sucediendo una serie de cuestiones respecto a sus desbordes conductuales que van haciendo que Florencia deba cambiarse de escuela en reiteradas ocasiones. No siendo esto suficiente, en alguno de sus nuevos episodios y debido a sus comportamientos, se hace intervenir a Fiscalía y Órgano Administrativo Local (instancia Judicial de menores). Y como si todas estas instituciones no fueran suficientes para opinar sobre la vida de Florencia y su madre, en algunos episodios donde su cuadro se ha presentado de gravedad (porque presenta conductas de auto y heteroagresividad que la ponen en riesgo a sí misma como a terceros), se la deriva a la UIC (Unidad de internación en crisis para jóvenes). Cabe mencionar, que todo este cataclismo institucional, que hasta el día de hoy continúa, no ha podido operar en la vida de la joven de manera que su padecimiento remita. Todas las instituciones antes mencionadas, encargadas de atender a niños y adolescentes, que a la vez se embanderan por velar y garantizar los derechos de los niños y jóvenes y su interés superior, pareciera que poco saben sobre el superior interés de Florencia. Podríamos decir que más allá del diagnóstico o la estructura psíquica que la misma presente, Florencia es una niña que viene dando cuenta acerca de la llamada “disfuncionalidad familiar”, pero acerca también de lo que podríamos llamar “disfuncionalidad Institucional”. Es decir, hay algo de la Ley, que se encuentra desfallecida, que no está operando, que tanto la joven como su madre buscan, intentan, a través de distintas instancias, y


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parecen no hallar. Todas las instituciones, en su compulsión a intervenir, presentan serias dificultades para poder escuchar, para poder bancarse y soportar lo que Florencia tiene para decir respecto no solo de lo que no funciona para ella, en su psiquismo, sino también respecto a lo que no funciona en su familia, en su comunidad, en los adultos que la rodean, en las instituciones, en la sociedad.

Algunas consideraciones finales Las manifestaciones de Florencia, así como las de los diferentes niños y jóvenes, pueden leerse como el intento de poder decir algo, denunciar algo con el propio cuerpo. Pero su entorno, necesita acallarlo, normativizarlo, regularlo, diagnosticarlo, medicarlo, para calmar su propio sufrimiento, el sufrimiento que muchas veces genera ver a los chicos, des-bandados, abandonados, en las calles, en las propias familias, en las instituciones, en los discursos. Y que muchas veces, con el afán de “atenderlos”, de “garantizarlos”, “de hacerlos sujetos de ley”, se los priva de inscripciones en el discurso simbólico, se les cercena la posibilidad de pertenecer a una historia, a un linaje familiar, social y cultural. Y se termina no pudiendo dar cuenta que los chicos de ahora no son un resto de infancias anteriores, que no son producto de una época. Que esta perspectiva, lo único que termina haciendo, es constreñir a los chicos a un lugar de objeto, de objeto de goce, de objeto de control. Porque desconocer la condición de desvalimiento humano, que por el solo hecho de estar inscriptos en un lenguaje, el sujeto sufre, y que siempre, las nuevas generaciones se invisten de significaciones que el universo simbólico-imaginario de los adultos les otorga, desconocer esto, arroja al sujeto infantil a un lugar de resto, de objeto, que con la intención de considerarlo como sujeto, se lo termina capturando en la arbitrariedad de quienes lo precisan para desempeñar sus tareas de interés acerca de la infancia. Es necesario devolverle a los sujetos infantiles su posibilidad de sujetarse, de ser sujetos del lenguaje, de ser parlantes. Y a la vez habilitar espacios que toleren lo que la infancia tiene para decir, que los escuche, que permita el despliegue de sus subjetividades.

BIBLIOGRFIA: -DONZELOT, Jacques (1990) La policía de las familias, Valencia, Pre-textos. -Ley 26.061/05 de Protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes.


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-MINICCELLI, Mercedes (2010) Infancias en estado de excepcion. Derechos del niño y psicoanálisis. Buenos Aires, Noveduc. -MINNICELLI, Mercedes (2004) Infancias públicas. No hay derecho, Buenos Aires, Noveduc. -PIOTTI, María Lidia (2008) Los tres paradigmas sobre infancia-adolescencia, Universidad Nacional de Córdoba. - ZAFIROPOULOS Markos (2002) Lacan y las ciencias sociales. La declinacion del padre (1938-1953). Buenos Aires, Nueva Visión.


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