XXVII Congreso Nacional de Trabajo social. 11, 12 y 13 de septiembre de 2014
EJE: Nuevos campos de intervención: demandas de formación
MEDIACION Y TRABAJO SOCIAL: APROXIMACIONES A UN NUEVO ESPACIO PROFESIONAL María Ana del Carmen Diez1 Para poder aproximarnos al conocimiento y reflexión de esta temática es necesario que desarrollemos los ejes principales que forman parte de este nuevo campo “en construcción”: que se entiende por mediación, las teorías que forman parte de este campo y reflexiones sobre rol del mediador. Que se entiende por mediación: Si bien existen diferentes enfoques respecto a la Mediación (Harvard – Escuela Transformativa – Escuela Circular Narrativa, etc.) podemos decir que la Mediación es un encuentro entre partes de un conflicto, en el que “intervine” uno o dos terceros ajenos al mismo, quienes a través de técnicas provenientes de diferentes disciplinas, conducen un proceso de comunicación tendiente a crear un espacio conversacional, en el que los protagonistas del conflicto puedan reconstruir una imagen del mismo que permita llegar a una solución plasmable en un acuerdo ejecutable. “Mediar es reconocer a las partes de un conflicto el derecho inalienable de recomponer su situación con la asistencia de un especialista que es el Mediador, entendiendo que nadie mejor que los mismos protagonistas que sufren el conflicto, encuentren la solución y que además elaboren ellos mismos el acuerdo. Ello no significa ausencia de justicia sino por el contrario, de esta forma sentirán a la solución como más justa y completa”i La Mediación surge, según teóricos de la materia, como una forma de dar respuesta a la sensación de descrédito de los ciudadanos respecto a la administración de justicia (elevados
costos
económicos,
tiempo,
desgaste
de
energías,
sentencias
insatisfactorias, etc.), en los Estados Unidos en los años ‘80. La creación de programas de mediación comunitaria se habría basado en experiencias de organizaciones comunitarias de inmigrantes, que sin desconocer la administración de justicia de su país, mantenían su sistema de resolución de conflictos para sus miembros, respetando sus valores culturales y de cohesión social. Desde ese momento fundacional, se continúan considerando como atributos valiosos de la 1
Licenciada en Trabajo Social. Oficina de Mediación del Poder Judicial de la provincia de Santa Fe,
sede Rosario. Correo electrónico: maria_diez1974@hotmail.com Teléfono: 0341-155047145
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mediación: la celeridad, los bajos costos, la agilidad del proceso, etc. en todas las experiencias que se han propagado a escala mundial. Pero podríamos decir que la mediación es más que eso, como plantea Brandoni (2011), ya que es también un “dispositivo que aporta a la transformación cultural, en el sentido de que ayuda a modificar la concepción litigiosa como forma de abordar las diferencias, promoviendo en los ciudadanos una actitud responsable y pro activa ante la búsqueda de soluciones a sus conflictos”. ¿Podría constituirse en un procedimiento para democratizar y desjudicializar la resolución de conflictos? Para esta autora, y siguiendo este razonamiento, la mediación sería un modo de gestión de la vida social y no sólo una técnica o procedimiento de resolución de conflictos. Basados en la experiencia acumulada en estos cinco años de trabajo en mediación en el Poder Judicial, podemos observar que ambas posturas están presentes en la finalidad, que tanto operadores judiciales como mediadores, le asignan a la mediación. La naturaleza de la mediación implica la participación activa del sujeto, el reconocimiento de las necesidades del otro y el compromiso efectivo de encontrar una salida pacífica y sustentable de la problemática que los vincula. Por esto, podría pensarse a la mediación como una herramienta para restituir lazos sociales por la vía del diálogo constructivo. La Mediación, según Corbo Zabatel (1999), “restituye al sujeto que el discurso jurídico borra”, porque éste “anula al sujeto en tanto tal, dado que enajena su palabra en la de otro que lo representa”. La relación entre la Mediación y la Justicia, ha generado una polémica que algunos autores han podido saldar definiendo por ejemplo: A la Mediación como una forma de “acceso a justicia”: Alvarez, Highton, Jassan (1996) reconocen que la RAD (Resolución alternativa de Disputas) no sólo tiene que ver con la descongestión de causas del sistema, sino con el grado de insatisfacción que los integrantes de la sociedad han manifestado al sentir que no tienen entrada potencial a una solución justa de sus conflictos. “Una cosa es “acceso a la justicia” (entendida como sistema judicial) y otra es “acceso a justicia” (entendida como solución justa). La mediación “encarna una forma del acceso a justicia”, según datos extraídos en una investigación cualitativa, las autoras (Arechaga y otros, 2004), comprueban que el 68,5 % de los entrevistados consideran que es posible alcanzar justicia haciendo un acuerdo con la otra parte, la idea de justicia que pusieron de relieve no refiere estrictamente a la juridicidad o jurisdicción, sino a lo que ellos entienden por justo en la situación concreta.
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En muchos conflictos, la Mediación constituye un camino de acceso a justicia en los que el sistema jurisdiccional no era una vía posible de resolución de conflictos (por situaciones tipificadas como de insignificancia, bagatela, por la representación social que algunas personas tienen del Poder Judicial, etc.). En tal sentido, la Mediación no opera como un mecanismo alternativo sino un procedimiento “autónomo, factible, cercano, sin el cual esos conflictos no hubieran tenido un tratamiento institucional.” (Alvarez, 1996). En los conflictos interpersonales, se pone en juego una lucha de poder en la que la identidad de cada uno puede verse afectada por la mirada del otro, por tal razón la aplicación de métodos alternativos como la Mediación en la que necesariamente se incluye los intereses de todos y el reconocimiento de unos y otros, disminuye la tensión agresiva y resultan pacificadoras. Según Jorge Pesqueira, mediador reconocido mundialmente, impulsor de una nueva corriente en Mediación, la Mediación Asociativa, los principios de la Mediación además de los característicos de otros enfoques son: la autonomía de la voluntad, en la dignidad intrínseca, la vivencialidad, las habilidades socio-cognitivas, la coconstrucción de soluciones, la corresponsabilidad y el aprendizaje, por todo esto reconoce a la Mediación como “instrumento de cambio” (Pesqueira, 2010). La Mediación Asociativa, considera, “lleva consigo en su esencia la potencialidad de que las personas además de resolver sus conflictos, experimenten cambios sustantivos para bien de sus relaciones presentes y futuras y sobre todo se produzcan condiciones para la democratización de sus prácticas y en consecuencia para la generación de cambios en la cultura”. Para entender lo que ocurre en este espacio de mediación y distinguirlo de otras situaciones comunicativas o de gestión de conflictos, recuperaremos las ideas de Veronique
Pelt,
que
considera
a
la
mediación
como
una
“conversación
institucionalizada”. La autora dice, no se trata de una conversación cotidiana ya que aunque pueda existir un intercambio de informaciones o de opiniones sobre uno o varios temas que suele darse al principio de la mediación, el objetivo de la misma trasciende esta situación. Puede emparentarse con una discusión, la cual sugiere una noción de duelo, de cara a cara, en el que cada uno intenta defender y/o imponer sus propios argumentos, pero justamente el contexto de la mediación y sobre todo la presencia del mediador con la comprensión y dominio de la comunicación a través del respeto de las reglas de la mediación, es lo que hace que la mediación no se convierta en una mera discusión. Tampoco es una entrevista, dirigida hacia un público con un cuestionamiento determinado ni un interrogatorio que exige de las partes una
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justificación de lo dicho, “el entrevistador se preocupa por las preguntas que ha de hacer y de la manera en que el otro responde, no se preocupa de las preguntas que el otro se hace ni de la manera en que se las plantea”. No es un discurso del mediador, en que “satisface su placer narcisista”, incluso si las partes le otorgan un poder importante, debe saber liberarse de él para “ponerse al servicio de las personas que necesitan su ayuda”; podríamos agregar ponerse al servicio de la conducción de proceso de mediación que eso seguramente redundará en beneficios para las partes. Por último, tampoco se trata de una consulta, ya que no hay que establecer un diagnóstico de las partes ni del conflicto. Para caracterizar a la mediación menciona varios
indicadores,
tales
como:
la
inscripción
en
un
espacio-tiempo,
la
predeterminación de los papeles atribuidos a cada protagonista, la estructuración de la situación interlocutoria por el mediador, la técnica comunicacional empleada. Transformar una dinámica de confrontación en una dinámica de colaboración, lograr que las partes trabajen juntas en la solución de un problema, acercarlas para lograr un acuerdo, ¿es una tarea de magos?, se pregunta Diez y Tapia (1999), así como los magos cuentan con técnicas para que la audiencia vea algo nuevo, diferente, los mediadores deben conocer las herramientas para poner a disposición del proceso y lograr eso, que parece al inicio de la mediación, imposible. Éstos autores, con reconocida trayectoria a nivel internacional, nos dicen “la magia de la mediación consiste en ayudar a la gente a cambiar sus percepciones acerca del problema que las aflige, y modificar la percepción del problema significa poder mirarlo desde otro lugar”. Antes de avanzar, sería necesario diferenciar la Mediación de la conciliación, esto porque es habitual que muchos operadores judiciales (empleados, magistrados) confundan estos conceptos, considerando que el Juez en su despacho hace mediaciones. Según Lesser (2009) la conciliación “es la asistencia a las partes para la autocomposición de derechos litigiosos y el control de la legalidad del acuerdo al que pueda arribarse de modo de acordarle autoridad de cosa juzgada.” Jaime Guasp (2008) la define como: “un procedimiento no jurisdiccional, aunque intervengan en el, por razones de conveniencia, un Juez del orden civil o del orden laboral, por el que se intenta que las partes entre las que existe discrepancia o disceptación lleguen a una avenencia o convenio evitador del proceso, que, en otro caso, sería objetivamente necesario". Las diferencias que existen entre ambos institutos, se construyen y surgen a partir de tres notas distintivas propias de la conciliación:
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• La conciliación suele aparecer como un procedimiento dirigido por un tercero imparcial que reviste el carácter de funcionario, órgano judicial o administrativo. • El conciliador sugiere soluciones o formulas conciliatorias. • El conciliador trabaja con el expediente, en cambio el mediador lo hace con las partes en conflicto y sus narrativas.
Se ha llegado a decir en este orden de ideas que mientras el Juez im-pone una solución el conciliador pro-pone la misma. Esta facultad es una diferencia importante. La doctrina de la Mediación desaconseja que se propongan fórmulas de resolución, entendiendo que el Mediador debe procurar que estas propuestas surjan sólo de las partes. El conciliador reviste el carácter de autoridad, trabaja con el expediente del caso, frente al conciliador las partes sentirán la necesidad de probar sus dichos, convencer, ya que posteriormente, de no llegar a acuerdo este resolverá el conflicto unilateralmente. Esto, sumado a su facultad de proponer acuerdos, no deja margen para el protagonismo que las partes necesitarían para resolver por sí mismos sus conflictos, en los casos en que sea viable la mediación. El espacio de la mediación cuenta con ciertas pautas de procedimiento que posibilitan que las partes logren una comunicación efectiva en cuanto a transmisión de sus intereses y necesidades, pudiendo salir de la posición muchas veces rígidas con la que llegan. Dicho espacio, es entendido por Diez y Tapia como un espacio con un cierto estilo de interacción, diferente al de otros espacios, se trata de un espacio “neutral” porque es un territorio no beligerante, en el que las partes enfrentadas entran con el propósito de explorar la posibilidad de lograr un acuerdo y en el que regla el consenso para todas las decisiones que haya que tomar, “temporario” porque no será un espacio que se incorpore a las vidas de las partes, es para un tiempo breve, y “contingente” porque seguirá siendo el espacio de las partes sólo si sirve al propósito de trabajar voluntariamente el conflicto que traen a la mediación. Es necesario resaltar éste aspecto porque preparar y preservar este espacio de mediación facilita la conexión entre las partes y genera confianza en el proceso y en el mediador. El contexto de la mediación es diferente a cualquier espacio de trabajo, es importante resaltar este punto ya que seguramente podremos utilizar algunas técnicas de la mediación en nuestras intervenciones, pero esto no es lo mismo que llevar adelante el proceso de mediación. Retomando la idea de Pelt respecto a ciertos indicadores que caracterizan a la mediación, este aspecto de la “inscripción del espacio-tiempo”, como ella lo llama, son
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parte de las gestiones que debe realizar el mediador para organizar el encuentro de mediación, teniendo en cuenta los factores contextuales y ambientales que corresponden a las disposiciones sociales no sólo de los interlocutores sino también de la organización general del espacio. Con el riesgo de simplificar demasiado estos aspectos resulta necesario recordar los principios distintivos que rigen en el campo de esta metodología de resolución de conflictos: Confidencialidad: compromiso que asumen todos los que participan de la mediación por el cual queda establecido que las informaciones, opiniones, dichos, que se vierten en este espacio quedan circunscriptas al mismo, es decir el mediador no puede informar nada de lo ocurrido a un juez, fiscal, otro profesional, salvo autorización de las partes (en el caso de arribarse a un acuerdo y se quiere homologar, obviamente este sí toma estado público) y por otro lado los mediados tampoco pueden llamar como testigos de lo ocurrido al mediador en la causa o demanda que se está trabajando ni en otras que pudieran sucederse. Existen excepciones que son la comisión de delitos de acción pública durante la mediación y el conocimiento de la existencia de menores en riesgo. La instrumentalidad y alcance de este principio puede variar según la normativa de la institución a la que pertenece el mediador. Voluntariedad: es la voluntad de participar en el proceso de mediación, es decir de abordar su conflicto en este espacio con la presencia de la otra parte, sus representantes legales (en los casos en que asista) y el mediador. Aún ante la obligatoriedad a asistir a una mediación antes de iniciar la instancia judicial, como en el caso de la mediación prejudicial obligatoria en la provincia de Santa Fe, esto no obliga a las partes a permanecer en esta instancia. Imparcialidad del mediador: que implica no tomar partido por ninguna de las partes aunque en la actualidad algunos mediadores hablan de Multiparcialidad, es decir tomar partido por todas las partes a través de alianzas operativas del mediador con cada una de las partes en reuniones privadas. Encuadre de la mediación: el mediador debe plantearlo al comienzo de la mediación en lo que suele llamarse el discurso inicial o de apertura, éste refiere a la modalidad de trabajo que se propone (se explicita la posibilidad de realizar reuniones privadas con cada parte por separado, de programar una nueva reunión, de invitar a otras personas que puedan colaborar en la búsqueda de solución de algún problema o del conflicto que traen las partes a la mediación, de realizar acuerdos provisorios, etc.), las pautas para organizar el dialogo (dirigirse a la otra persona de manera respetuosa, respetar los turnos del habla, no interrumpir, etc.), los alcances del acuerdo o cómo se
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continuaría si no se accede al mismo. Permite delimitar el campo de lo permitido (esto es lo acordado en el discurso inicial) y lo no permitido en el proceso (lo contrario a lo acordado). Respecto a las técnicas que se consideran parte de esta Metodología de trabajo, éstas provienen mayoritariamente de la Terapia Familiar Sistémica, la Teoría del Observador,
Teoría
General
de
los
Sistemas,
teoría
de
las
Narrativas,
Neurolinguística, etc.: No estamos en condiciones en este momento de desarrollar este tema, no sólo por excede los objetivos propuestos para esta ponencia, sino también porque estas temáticas merecen un análisis más profundo respecto a las teorías que los sustentan, los alcances y límites que tienen, lo cual hasta el momento no suele tenerse en cuenta en los cursos de formación de mediadores que se suelen ofrecer. Las técnicas más difundidas son: Parafraseo: es una técnica que permitiría en el contexto de mediación, que una parte compruebe que el mediador entendió correctamente su mensaje y devolvió dicho mensaje limpio de agresiones y en un lenguaje neutral. Generación de Hipótesis: Una construcción tentativa del mediador relativa a su percepción del conflicto, que le permite explicarlo o predecirlo y sirve de guía para desarrollar sus intervenciones. Es concebida con el fin de ser verificada en el proceso, por cuanto se formula a partir de información insuficiente. Se suelen distinguir entre herramientas en Modo afirmativo: reformulación (dar otra formulación a algo ya dicho), connotación positiva (connotar positivamente a las personas,
los
hechos,
las
acciones),
legitimación
(son
los
movimientos
comunicacionales que permiten, en la co-construcción del proceso, la construcción de un lugar positivo de las partes ante el mediador, el mediador ante la parte, las partes entre sí (reconocimiento) y las partes hacia sí (empowerment), abogado del diablo que es el rol que puede asumir en algún momento del proceso el mediador como agente de la realidad (permite que las partes valoren la viabilidad de las opciones y alternativas). Y Herramientas en modo interrogativo: construcción de las preguntas desde lo dicho previamente en el lenguaje del otro en busca de un objetivo. Tipo de preguntas: abiertas, cerradas, circulares, reflexivas. Campo teórico de la Mediación: Lo que acontece en ese espacio de mediación, en el que las personas llegan a la mediación con una “posición” frente al conflicto, y en un porcentaje elevado (Diez, 2013) (entre un 75 % y un 80 %) encuentran una solución consensuada con el otro, elaborada por ellos mismos y sin la intervención de una autoridad, fortalecidos en su
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condición de personas capaces de reflexionar y hacerse cargo de sus deseos, necesidades, nos invita a buscar las categorías de análisis que nos permitan entenderlo. Hasta hace unas décadas atrás era casi indiscutible la concepción de que la realidad existe fuera de nosotros, que existe un mundo externo susceptible de ser conocido y que es posible verificar lo que es verdaderamente real de lo que no lo es. En esta concepción que algunos denominan el “viejo paradigma” el lenguaje es considerado representacional de esa realidad objetiva que está fuera del individuo. Desde la década del '20 con el físico Werner Heisenberg empiezan a aparecer desde las ciencias exactas algunas ideas que conmocionan las convicciones positivistas de la era moderna. En los años '60 Heinz von Foerter (físico matemático), posteriormente Humberto Maturana (biólogo chileno), Thomas Kuhn, Gregory Bateson (zoólogo y antropólogo) cuestionan esas ideas y plantean que “no existe unidad básica en la materia que pueda ser observada con independencia de quienes efectúan la observación”, “que los hechos no existen en sí mismos sino que son producto de procesos de consensos sociales”, “que sólo podemos conocer ideas de los objetos, que son creación nuestra y por lo tanto subjetivos, pero no los objetos mismos”, que la realidad no es más que una construcción que surge del modo como cada observador ve el mundo. Éstas ideas, con distintos matices habrían conformado las “ciencias de la complejidad” cuyo elemento básico sería la transformación de la noción de realidad y de la de observador y de la relación entre ambos, ya no se acepta que podamos conocer una realidad única independiente del observador. Con la cibernética de segundo orden se incorpora la noción de co-construcción que significa que el observador es co-constructor del sistema que observa. En esta línea y de la mano del construccionismo social se dice que la explicación y comprensión del mundo son, en sí mismas, formas de acción social. La comunicación ya no es vista como sinónimo de lenguaje, si bien éste forma parte de nuestras actividades, de nuestro mundo, no constituye su totalidad. Para acercarnos a lo que tratábamos de comprender, lo que nos aporta estas nuevas ideas, es la posibilidad de trascender esta mirada lineal de la comunicación, de emisor a receptor que tiende a considerar que existen verdaderos significados de las cosas y de los hechos que podría implicar la disputa por lo que es real o lo que es verdad. El lenguaje es concebido ahora no como la representación del mundo, sino como su construcción. Esto se traduciría en que no existen nombres o significados
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verdaderos por su correlación con el mundo externo, sino por el nivel de consenso social al nombrar las cosas o los acontecimientos de determinada manera. La comunicación no es un proceso digital lineal sino de causalidad circular, desde esta perspectiva las propiedades o axiomas de la comunicación enriquecen la exploración de nuevos significados. Los axiomas de la comunicación humana según Paul Watzlawik (1985) son: 1- Es imposible no comunicar. El comportamiento tiene valor de mensaje; no hay nada contrario al comportamiento; todo comportamiento es comunicación; el intercambio de mensajes entre personas es interacción; la comunicación no es necesariamente intencional y/o consciente, tampoco es necesariamente eficaz; la no comunicación es la mayor forma de violencia. 2- Toda comunicación tiene niveles de contenido y de relación; la comunicación transmite información e impone conductas, así se definen los aspectos referenciales y conativos de la comunicación. 3- Pautas de la secuencia de los hechos, la naturaleza de una relación depende de la puntuación (pauta) de las secuencias de comunicación entre comunicantes; la falta de acuerdo sobre la manera de puntuar la secuencia de hechos es causa de innumerables conflictos en las relaciones, porque los individuos llegan a tener interpretaciones muy diferentes de una realidad común. 4- Comunicación digital y analógica: los seres humanos se comunican tanto digital como analógicamente; en la comunicación digital, la relación entre la palabra y la realidad a la que hace referencia es totalmente arbitraria; el lenguaje digital cuenta con una sintaxis lógica, pero carece de una semántica adecuada. Cuando una palabra se usa por fuera del contexto cultural que le da significado al código, ésta pierde todo su significado. 5- Interacción simétrica y complementaria: todos los intercambios comunicacionales son simétricos o complementarios, según estén basados en la igualdad o la diferencia; los comportamientos que dan lugar a éstas clases de relación encajan en una interacción en la que tienden a favorecerse mutuamente. Pueden presentarse relaciones meta-complementarias, en las cuales uno de los individuos manipula la naturaleza de la relación. Las personas que participan de una mediación, atribuyen significados a un significante (cosa, hecho, personas) en función de sus marcos de referencias y de su contexto. Como consecuencia de sus condicionamientos perceptivos, conceptuales y contextuales, sienten y se comportan de un modo o de otro, por lo tanto sus conductas y emociones serán un reflejo de los significados que se atribuyen a los hechos y a las cosas. Los mediadores, desde la idea de que la realidad puede ser entendida de muy diferentes modos, intentan trabajar en transformar esos significados para poder ayudar
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a mirar con otros lentes, es decir reencuadrar las situaciones, incorporando sobre todo la mirada del otro sobre los mismos significantes para convertirlas en más beneficiosas u operativas en la búsqueda de acuerdos consensuados. Como se verá el mediador también interviene desde su sistema de percepciones, marcos de referencias, supuestos, etc. por lo cual el trabajo con uno mismo, sabiendo cuales son dichos marcos y que resonancias generan es fundamental para que el trabajo sea óptimo y no sólo una escucha activa en el mejor de los casos. Dicen Diez y Tapia, “si en el proceso de mediación se pueden generar nuevas historias para esa disputa o nuevos aspectos de esa historia, que incorporen porciones positivas que en el proceso de armado de la historia del conflicto se cayeron del relato (o que desplacen algunos elementos negativos de la historia original) entonces quizá puedan comenzar a estructurarse otras pautas de interacción entre las partes, menos conflictivas, que den espacio a un tipo de relación que permita el acuerdo”.(Diez, 1999) Es interesante rescatar las posibilidades que brinda el dialogo que se favorece a través de la mediación. Llamazares (2011) dice “al producirse, se manifiesta algo imprevisible, que trasciende las voluntades particulares; lo que sucede es la emergencia de un hecho de conocimiento…al hacerse presente en la relación interpersonal tiene un efecto numinoso para los que lo viven y al suceder algo de este orden, el encuentro dialógico se convierte en una experiencia cognoscitiva trascendente, que modifica existencialmente a los que participan”. Si bien quizás no piense específicamente en el dialogo que se genera en la mediación, resulta interesante explorar este concepto porque, ya que como decíamos antes, las experiencias de mediaciones en las que se producen acuerdos que parecieran imposibles, nos interpelan a encontrar conceptos para describir lo que sucede en ese espacio. Retomando otro autor (Ferrer), Llamazares apunta: “la cualidad creativa del dialogo es algo que está más allá de cualquiera de estas dos formas de intercambio verbal
al
que
estamos
acostumbrados
(conversación
amistosa,
discusión
confrontativa), sus frutos originales provienen de la sinergia del encuentro, del habitar conjuntamente un espacio que se abre infinito, más allá de nosotros y sin embargo, gracias a la singularidad de cada uno”. El rol del mediador en el proceso de Mediación: El papel que ejerce el mediador en la dinámica de la mediación, si bien no cuenta con ningún poder sobre las partes, sí lo tiene en relación a la conducción del proceso. Es necesario que mencionemos que los objetivos que se propone el mediador tendrán que ver con la orientación general según la escuela o modelos de mediación que se elija. Según Bolaño, Diez y Urruela, existen cuatro modelos:
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La Escuela de la satisfacción o de resolución de conflictos (lineal – de Harvard). Frente a la negociación posicional (centrada en posiciones) proclaman la negociación basada en necesidades e intereses, animan a abandonar la tendencia de competición y a centrarse en los intereses subyacentes. Es de vital importancia el Acuerdo, el mediador es un facilitador de la comunicación centrada en lo verbal. No se tiene en cuenta la relación, el contexto, la historia. La Escuela Transformativa o transformadora, pasa de la visión individualista a la relacional del origen del conflicto. Siguiendo un modelo sistémico, este modelo valora un pequeño cambio operado en un sistema y mantenido a lo largo de cierto tiempo puede producir un gran cambio en la red donde el sistema está situado. Es decir no hace hincapié en el logro de los acuerdos sino en la modificación de algún aspecto de la interacción entre las partes. El Modelo circular narrativo de Sara Cobb tiene como elementos esenciales: la comunicación circular: incluye la comunicación analógica. A diferencia del modelo de Harvard, se considera que las personas traen orden en su narrativa y que la labor del mediador es introducir caos y ofrecer otra narrativa alternativa a las partes. Las técnicas preferidas son la legitimación, reconocimiento, preguntas circulares, connotación positiva, externalización. El objetivo sí es el acuerdo, pero sin olvidar el aspecto relacional. Modelo estratégico de Rubén Calcaterra (2002), es un compendio de los tres modelos, que trabaja con tres cuestiones principales: deconstrucción del conflicto, reconstrucción de la relación y co-construcción de la solución. El autor atribuye al mediador funciones que otras escuelas le vedan: administrador del proceso, mayéutica (alumbrar lo que ellos tienen sin saberlo), sintetizador del conflicto (traductor de opciones, promotor de alternativas, fijar puntos de arranque). Coincidiendo con Florencia Brandoni (2011), la Mediación constituye una especificidad que no se corresponde con ninguna profesión o disciplina en particular sino que se trataría de un “nuevo campo de práctica social”.
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Ocupar el lugar de tercero en un proceso de Mediación en el que las partes del conflictos se movilizan en una dinámica de ataques, defensas, contraataques, es una tarea compleja que requiere formación, aptitudes personales y prácticas sostenidas. La autora sostiene que, “el mediador no es ajeno al decurso que el conflicto ha de tomar en la mediación”, un mismo conflicto puede tener resultados diferentes dependiendo de la tarea desarrollada por éste; el protagonismo que tiene el mediador es inherente a su rol: “su instrumento es él mismo, y su herramienta, su lenguaje”. La importancia de la formación del mediador radica también en la construcción de su identidad como mediador, ya que de ésta dependerá la profesionalización de su práctica, evitando la implicación personal. El rol del mediador se construye desde la convicción de las posibilidades que brinda la Mediación para la resolución de un conflicto; de la capacidad de los sujetos de auto gestionar la solución del mismo, incorporando el interés del otro (como postula Haynes (1989): “en todo hombre hay algo de Dios”). Esa convicción habilitará el espacio de diálogo que permitirá a las partes moverse del enfrentamiento, adoptando una postura más reflexiva y constructiva frente al mismo. En la construcción de este rol, intervienen aspectos éticos, como el mencionado antes que evitarán que el Mediador se convierta en un educador, predicador, etc. y aspectos personales: la capacidad de sostener la tensión propia de la disputa, sin asustarse, enojarse con la situación o con alguno de los protagonistas, ni apurarse a generar alternativas de solución. La empatía, también podríamos considerarla como un aspecto personal que podría desarrollarse y fortalecerse en el mediador y como refiere Brandoni, deberá ser entendida como la “distancia óptima que permita entender la experiencia y la realidad subjetiva de la persona, sin identificarse con ella”. El mediador debe realizar una comprensión teórica y en contexto del conflicto en el que media, esto posibilitará “un acercamiento menos personal al conflicto y por lo tanto más profesional”. Cualquiera de los conflictos que se nos presenten en Mediación estará atravesado por la singularidad del caso pero signados por las particularidades culturales del grupo social de pertenencia y condicionados por los procesos económicos, políticos, sociales de la época. Sin esta comprensión de los conflictos, dice Brandoni, se corre el riesgo de que los mediadores nos acerquemos a la conflictividad social desde nuestra posición generacional, de clase, género, etc., juzgando, presuponiendo patologías, valorando aciertos y errores.” La práctica durante estos años me ha demostrado que desde nuestra profesión contamos con una mirada de las relaciones sociales y de los conflictos interpersonales que nos habilita a acompañar de manera efectiva este nuevo espacio en el que las
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personas asumen el protagonismo de la búsqueda de solución de conflictos. iGiandomenico Jorge (2011) Mediación Penal: Relatos de experiencias exitosas en el Poder Judicial de Santa Fe – Santa Fe – Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe (material de distribución interna) Si bien hoy no podríamos decir que la Mediación es un nuevo campo laboral para el Trabajador Social, al menos en nuestra legislación provincial esta tarea está preponderantemente asignada a mediadores abogados; sabemos que como ha ocurrido en otros campos laborales, con presencia en los espacios de discusión y decisión podríamos insertarnos y legitimar nuestra intervención. A través de estas líneas se pretendió que nos aproximemos al conocimiento de este espacio de intervención, más allá de las oportunidades de implementación hoy posibles en nuestro país. Es decir, aproximarnos al conocimiento de sus características, su finalidad y como hemos dicho sus posibilidades y sus límites como mecanismo de resolución de conflictos, para luego ir pensando, si nos parece apropiado, en qué lugares, de qué manera, con qué recursos se podría implementarla. Esto obviamente requiere iniciar los procesos de formación, no sólo instituidos a través de las normativas provinciales y nacionales, sino sobre todo explorar, sistematizar las experiencias que existen en la temática y recrear y profundizar los conceptos y lineamientos que se proponen dentro de esta Metodología. En un contexto social atravesado por manifestaciones de violencia, exclusión, discriminación, apostar a la implementación y desarrollo de estos métodos de resolución de conflictos que pueden ser generadores de instancias de pacificación social, bien vale la pena iniciar el desafío.
BIBLIOGRAFÍA: Alvarez Gladys – Highton Elena – Jassan Elías – (1996) Mediación y Justicia – Buenos Aires - Ed. Depalma. Arechaga Patricia, Brandoni Florencia, Finkelstein Andrea (2004), Acerca de la clínica de la Mediación – relatos de casos – Buenos Aires - Ed. Librería Histórica Brandoni Florencia (Comp.) (2011) Hacia una mediación de calidad – Buenos Aires - Editorial Paidós Brandoni Florencia – (2011) - Hacia una mediación de calidad – Buenos Aires Editorial Paidós Cárdenas José Eduardo – (1999) – La mediación en conflictos familiares – Buenos Aires – Editorial Lumen/hvmanitas
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Diez Francisco – Tapia Gachi – (1999) - Herramientas para trabajar la mediación Buenos Aires- Editorial Paidos Del Val Teresa – (2009) Mediación en materia Penal - Buenos Aires - Editorial Universidad – Etcheverry Rául - Highton Elena – (2010) - Resolución alternativa de conflictos – Buenos Aires- Editorial Hammurabi s.r.l. Haynes John Gretchen L. Haynes – (1989) - La Mediación en el divorcio – Buenos Aires - Editorial Granica Llamazares Ana María – (2011) – Del reloj a la flor de loto – Buenos Aires - Editorial del nuevo Extremo s.a. Mayer Bernard (2008) – Más allá de la neutralidad – Barcelona – Editorial gedisa Moore Christopher (1995 )El proceso de Mediación Buenos Aires - Editorial Gránica NordenstahlUlf - (2005) Mediación Penal, de la práctica a la teoría – Buenos Aires Editorial Histórica Neuman Elías (2005) Mediación Penal –Buenos Aires - Editorial Universidad Parkinson Lisa (2005) – Mediación Familiar – Barcelona – Editorial gedisa Pesqueira Jorge Leal y Ortiz Aub Amalia – (2010) - Mediación Asociativa y cambio social – México - Universidad de Sonora. Redorta Joseph (2006) Emoción y conflictos Buenos Aires – Editorial Paidós Suares, Marinés. (1996) - Mediación. Conducción de disputas, comunicación y técnicas – Buenos Aires - Editorial Paidós Suarez, Marinés (2002) Mediando en Sistemas Familiares – Buenos Aires- Editorial Paidós Watzlawick Paul y otros – (1985) - Teoría de la comunicación humana – Barcelona Editorial Herder