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3.2. Aportes teóricos

MEDIO AMBIENTE (CUADMINISTRACIÓN) APORTES TEÓRICOS

RACIONALIDADCURRICULAR CRÍTICA

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Aportes teóricos

Se considera que la sociedad y todo su entorno social son sitios de encuentro con gran capacidad formadora que guía a las personas a optar por posiciones más críticas y emancipatorias ante los diferentes procesos culturales que hacen parte de la misma sociedad. Es imprescindible que un factor como la conservación del medio ambiente no sea pensado desde tal postura cultural, ya que este mismo debe ser involucrado en la formación educativa como espacio y entorno altamente educativo. La racionalidad curricular crítica nos sustenta esa necesidad de apropiarse de los sitios formadores para lograr en el individuo prácticas pedagógicas que encaminan a una emancipación para ser actores positivos en su misma realidad.

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Ferreda (2002) citado por (Valdés, M. 2017) nos dice que:

“La acción pedagógica debe configurarse de manera libre y horizontal entre las personas involucradas en el proceso, quedando así como una responsabilidad individual y colectiva el alcanzar aprendizajes liberadores, fundados en la reflexión consciente de los sujetos respecto de sus condiciones sociohistóricas concretas. La práctica formativa, desde este horizonte teórico, se sostiene en el concepto de praxis pedagógica, es decir, en una relación permanente entre teoría y práctica, entre intención y realidad”.

porque debe existir un proceso y una conexión teórica y práctica de la necesidad de la conservación del medio ambiente y todo lo que conlleva la recolección correcta de los residuos para que los sujetos puedan generarse posiciones críticas ante esa experiencia y necesidad para el bien colectivo. Además, uno de los factores importantes en la racionalidad curricular crítica es poderle cultivar a las personas prácticas productoras de sentido e identidad por la situación en la que se está desarrollando, en este caso el cuidado del medioambiente y el manejo correcto de los residuos.

MEDIO AMBIENTE (CUADMINISTRACIÓN) APORTES TEÓRICOS

Desde el Ministerio De Educación Nacional se ha decretado varios artículos sobre la necesidad y la obligatoriedad de inclusión de Proyectos de Educación Ambiental, con el fin de establecer criterios sobre el manejo y la conservación del medio ambiente como eje participativo en la formación educativa.

Por tal motivo estipula la Ley 1549 de 2012, donde se resalta los siguientes artículos que configuran el Proyecto de Educación Ambiental:

ARTÍCULO 1

Definición de la Educación Ambiental. Para efectos de la presente ley, la educación ambiental debe ser entendida, como un proceso dinámico y participativo, orientado a la formación de personas críticas y reflexivas, con capacidades para comprender las problemáticas ambientales de sus contextos (locales, regionales y nacionales).

LEY 1549 DE 2012

ARTÍCULO 3

Objeto de la ley. La presente ley está orientada a fortalecer la institucionalización de la Política Nacional de Educación Ambiental, desde sus propósitos de instalación efectiva en el desarrollo territorial; a partir de la consolidación de estrategias y mecanismos de mayor impacto, en los ámbitos locales y nacionales, en materia de sostenibilidad del tema, en los escenarios intra, interinstitucionales e intersectoriales, del desarrollo nacional. Esto, en el marco de la construcción de una cultura ambiental para el país.

ARTÍCULO 8

Los Proyectos Ambientales Escolares (PRAE). Estos proyectos, de acuerdo a como están concebidos en la política, incorporarán, a las dinámicas curriculares de los establecimientos educativos, de manera transversal, problemas ambientales [...] para lo cual, desarrollarán proyectos concretos, que permitan a los niños, niñas y adolescentes, el desarrollo de competencias básicas y ciudadanas, para la toma de decisiones éticas y responsables, frente al manejo sostenible del ambiente.

tipología:CURRICULUM REAL

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Desde las tipologías curriculares encontramos pertinente mencionar el currículo real como factor importante en este proyecto de educación ambiental, debido a que “es la puesta en práctica del currículum formal con las inevitables y necesarias modificaciones que requiere la contrastación y ajuste entre un plan curricular y la realidad del aula” (Martha Cassarini. 2009). En este caso, la realidad educativa que se está vivenciando en cuanto al medio ambiente transforma el plan curricular formal para dar sentido a la visión institucional la cual hace referencia a la responsabilidad frente al medio ambiente, formación cultural del manejo de los residuos y el buen uso de los espacios.

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